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mercosul/sgt nº 3/cg/ata nº 03/08 xxxiii reunião ... - Punto Focal

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f) Mantener los requisitos declarados para la aprobación y certificación, conforme lo<br />

indicado en el punto 5. del RTM <strong>03</strong>/<strong>08</strong>. En caso de necesidad de cambios, deberá<br />

ponerlo a consideración previa del OEC para su aprobación.<br />

g) Cumplir con todas las condiciones establecidas en este PDEC, y en el RTM Nº<br />

<strong>03</strong>/<strong>08</strong>, con las disposiciones legales y las contractuales referentes a la Licencia.<br />

h) Mantener registros auditables del control secuencial de la numeración de los<br />

sellos en stock y los adheridos puestos en los cilindros certificados. Estos<br />

registros deben contener como mínimo las siguientes informaciones en cuanto al<br />

cilindro que tenga colocado un sello:<br />

• Número de serie e identificación del lote<br />

• Fecha de fabricación<br />

i) Comunicar inmedi<strong>ata</strong>mente la interrupción de la fabricación, importación o<br />

comercialización de los cilindros (en servicio)<br />

j) Adoptar providencias inmedi<strong>ata</strong>s, incluyendo el eventual retiro del mercado del<br />

cilindro en los casos en que ocurran hechos que puedan comprometer la<br />

seguridad pública, y/o la credibilidad de las certificaciones y/o la imagen de la<br />

Autoridad Competente del Estado Parte donde se comercialice el cilindro<br />

independientemente de la existencia de requisitos del Programa de Evaluación de<br />

la Conformidad.<br />

k) Aplicar la Marca de Conformidad en todos los cilindros certificados.<br />

l) Facilitar a su OEC los trabajos de auditoría y acompañamiento, así como la<br />

realización de ensayos y otras actividades de certificación previstas en este<br />

PDEC.<br />

m) Ac<strong>ata</strong>r las decisiones pertinentes a la certificación, tomadas por el OEC o por la<br />

Autoridad Competente del Estado Parte donde se comercialice el Cilindro.<br />

n) Restituir al OEC para su inutilización los sellos que no hayan sido utilizados en los<br />

casos en que se impida por penalidades u otras causas, la comercialización de<br />

cilindros certificados.<br />

o) solicitar al OEC anticipadamente, la cantidad de sellos que necesite para adherir<br />

en todos los cilindros certificados. La empresa Licenciada, no podrá comercializar<br />

cilindros certificados, sin su correspondiente sello adherido.<br />

6.4. Responsabilidades de los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC)<br />

Para Programas de Evaluación de Conformidad que involucran a Organismos de 3ª<br />

(tercera) Parte:<br />

a) Tiene responsabilidad técnica, civil y penal por:<br />

• la certificación de los cilindros conforme a este PDEC y al RTM <strong>03</strong>/<strong>08</strong>,<br />

fabricados o importados por la empresa licenciada.<br />

• la custodia de los documentos referentes a la certificación.<br />

• la concesión de la Licencia a la empresa solicitante.<br />

b) Implementar el programa de Evaluación de la Conformidad según el marco de la<br />

legislación vigente en el ámbito del MERCOSUR y de acuerdo a los criterios<br />

establecidos por la Autoridad Competente del Estado Parte donde se<br />

comercialice los cilindros.<br />

c) Las dudas deben ser dirimidas con la autoridad competente del estadp parte<br />

donde se comercialicen los cilindros.

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