20.11.2014 Views

Reglamento Interno - Bolsa de Valores Nacional

Reglamento Interno - Bolsa de Valores Nacional

Reglamento Interno - Bolsa de Valores Nacional

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

presenten y se cerciorará <strong>de</strong> que los jurados compren<strong>de</strong>n a<br />

cabalidad el contenido <strong>de</strong> las cuestiones <strong>de</strong> hecho a dilucidar.<br />

Durante estas audiencias, el Comisionado arreglará la recepción<br />

<strong>de</strong> pruebas <strong>de</strong> las partes interesadas conforme sea más conveniente,<br />

cuidando <strong>de</strong> permitir la mayor amplitud para que las mismas<br />

se diligencien en or<strong>de</strong>n.<br />

Las pruebas documentales se reproducirán bajo responsabilidad<br />

<strong>de</strong>l comisionado a efecto <strong>de</strong> que los jurados y las partes en conflicto<br />

tengan copia fiel <strong>de</strong> ellas. Los testimonios y <strong>de</strong>claraciones<br />

<strong>de</strong> las partes podrán grabarse completas, quedando las grabaciones<br />

a resguardo bajo responsabilidad <strong>de</strong>l comisionado.<br />

32.3.7 Audiencia final:<br />

Agotada la recepción <strong>de</strong> pruebas, si las partes lo solicitan, el comisionado<br />

señalará lugar, día y hora para la práctica <strong>de</strong> la audiencia<br />

final, en cuya ocasión las partes podrán presentar sus argumentos<br />

finales y hacer las consi<strong>de</strong>raciones que estimen convenientes.<br />

Si lo hicieren en forma escrita, se hará copia <strong>de</strong> lo expuesto<br />

para los jurados y las partes contrarias; si lo hicieren verbalmente,<br />

se podrá grabar lo expuesto como antes seiindicó.<br />

32.3.8 Deliberación y veredicto:<br />

A más tardar el día siguiente <strong>de</strong> verificada la última audiencia, el<br />

comisionado señalará lugar y hora para que en su presencia,<br />

los jurados se reúnan a <strong>de</strong>liberar. En esta ocasión, podrán revisar<br />

los documentos y escuchar las grabaciones que consi<strong>de</strong>ren<br />

oportuno y consultar al comisionado las dudas que surjan. El<br />

veredicto <strong>de</strong>berá rendirse por escrito ese mismo día y se<br />

circunscribirá a <strong>de</strong>terminar los hechos que los jurados, unánimemente,<br />

estiman probados.<br />

En vista <strong>de</strong>l veredicto que rindan los jurados, el comisionado fallará<br />

haciendo las consi<strong>de</strong>raciones oportunas y en su caso, indicando<br />

las infracciones que se consi<strong>de</strong>ran cometidas y las sanciones<br />

correspondientes. Su fallo <strong>de</strong>berá notificarse por escrito a<br />

las partes no más tar<strong>de</strong> <strong>de</strong> 5 días <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> rendido el veredicto.<br />

32.3.9 Apelación:<br />

La parte inconforme con lo resuelto por la comisión podrá apelar el<br />

fallo por escrito ante el Consejo <strong>de</strong> la <strong>Bolsa</strong> <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> un plazo<br />

<strong>de</strong> 5 días, manifestando las razones <strong>de</strong> su inconformidad. El<br />

Consejo, en su sesión subsiguiente a la fecha <strong>de</strong> recepción <strong>de</strong><br />

la apelación, resolverá en <strong>de</strong>finitiva lo que corresponda. Su fallo

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!