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CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA ...

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Administración Portuaria Integral de Altamira, S.A.<br />

de C.V.<br />

Convocatoria a la Licitación Pública Nacional Mixta<br />

No. 09176001-004-10<br />

SUMINISTRO DE PAPELERIA Y ARTÍCULOS DE<br />

OFICINA<br />

• Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los<br />

requerimientos solicitados por esta entidad, el CONTRATO se adjudicará a quien presente la proposición<br />

que ofrezca menor precio en la mayoría de las partidas relacionadas en el ANEXO 1, sobre todo en<br />

aquellas que están señaladas como de mayor consumo.<br />

• Será motivo de desechamiento de la proposición la falta de cualquiera de los documentos solicitados en el<br />

numeral 6.1. de esta <strong>CONVOCATORIA</strong>.<br />

• Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones,<br />

la adjudicación se efectuará como criterio de desempate, se empleara lo dispuesto en el último párrafo del<br />

artículo 14 de la LEY, en igualdad de condiciones se dará preferencia a la empresa que cuente con<br />

personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su<br />

plantilla de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; antigüedad que en su caso se<br />

comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social.<br />

• En el caso de que ninguno de los LICITANTES cuente con el porcentaje descrito en él articulo 14 de la<br />

LEY, la adjudicación se efectuara al LICIANTE que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que<br />

celebre la API DE ALTAMIRA en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto<br />

por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto, el<br />

cual el primero en sacarse será el del LICITANTE ganador. De presentarse esta situación, se requerirá,<br />

previa invitación por escrito, la presencia de los LICITANTES y de un representante del O.I.C., y se<br />

levantará acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia o la falta de firma de los LICITANTES<br />

invalide el acto.<br />

• Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación<br />

por parte de la API DE ALTAMIRA, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, lo<br />

que se hará constar en el dictamen a que se refiere el artículo 36 de la LEY. Si el LICITANTE no acepta la<br />

corrección de la propuesta, se desechará la misma.<br />

• Será motivo de descalificación si los LICITANTES no presentan sus PROPOSICIONES y documentos<br />

inherentes a las mismas en idioma español, así como lo solicitado en el numeral 2.13 de esta<br />

<strong>CONVOCATORIA</strong>.<br />

• Preferentemente todos los documentos deben estar firmados por el representante legal, sin embargo si<br />

algún documento o parte de él no es firmado por omisión, no será motivo de descalificación, con excepción<br />

para el documento 12 “Carta Proposición” y documento 13 “Relación de precios unitarios de los BIENES”,<br />

los cuales deben estar firmados por el representante legal, en cuyo caso la falta de firma en cualquiera de<br />

sus hojas será motivo de desechamiento del documento y por consiguiente de la PROPOSICIÓN.<br />

• La inobservancia de alguno de los requisitos solicitados derivados de la(s) junta(s) de aclaraciones y sus<br />

anexos es de responsabilidad del LICITANTE, por lo tanto es motivo de desechamiento de la<br />

PROPOSICIÓN.<br />

• No será motivo de descalificación requisitos de forma, como: Que un documento este contenido dentro de<br />

otro documento, que el texto de algún anexo de los proporcionados por la convocante haya sido modificado;<br />

siempre y cuando cumpla su propósito etc.<br />

• Será motivo de descalificación el que un LICITANTE proponga plazo distinto al solicitado por la API DE<br />

ALTAMIRA en el punto 3.2 de esta <strong>CONVOCATORIA</strong>.<br />

• Será motivo de desechamiento de la proposición de aquel LICITANTE que presente y ofrezca condiciones<br />

de entrega de los BIENES diferentes a las descritas en el punto 3.4 de esta <strong>CONVOCATORIA</strong>.<br />

FEBRERO DE 2010. 11

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