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www.anglogoldashanti.com.co<br />
agresión contra la prensa.<br />
Casos de “Hostigamiento a Líderes de la Comunidad”.<br />
• Caso volantes Alto de la Línea:<br />
La compañía no puede hacerse<br />
responsable del contenido<br />
de las publicaciones de las Fuerzas<br />
Armadas, y no puede ser acusada<br />
por actuaciones de terceros en las<br />
que no tiene injerencia alguna. Sin<br />
embargo, ante la situación, solicitamos<br />
una reunión con el Comandante<br />
de la Octava Brigada donde<br />
el Ejército explicó que la situación<br />
había obedecido a información<br />
obtenida en el área de operaciones<br />
en la que documentos contenían<br />
“alias” parecidos a apodos de<br />
algunos de los pobladores de Cajamarca<br />
o nombres parecidos de<br />
personas en la región pero que en<br />
ningún momento se sindicaban a<br />
personas de esa localidad que se<br />
sentían afectadas. Las Fuerzas Armadas<br />
públicamente explicaron<br />
lo sucedido.<br />
• Caso denuncia penal mensaje<br />
de celular: No se ha adelantado<br />
investigación alguna por parte<br />
de la Fiscalía en relación con este<br />
caso. Lo anterior es un hecho que<br />
trascendió en medios nacionales y<br />
locales, en virtud de la publicación<br />
de un mensaje de las FARC transmitido<br />
en el programa Testigo Directo,<br />
en el cual un jefe guerrillero,<br />
alias Donald, señala a AngloGold<br />
Ashanti como objetivo militar de<br />
esa guerrilla. El documento de<br />
CSC omite mencionar las amenazas<br />
que hemos recibido directamente<br />
por parte de la guerrilla de<br />
las FARC.<br />
• Caso de supuesto hostigamiento<br />
a periodistas: No existe<br />
ningún indicio ni prueba en contra<br />
de la compañía sobre este asunto.<br />
Rechazamos cualquier forma de<br />
Consulta popular en Piedras<br />
AngloGold Ashanti considera legítimo y sano que miembros<br />
de una comunidad se opongan a actividades que<br />
consideren podrían modificar su entorno ambiental y social.<br />
Las comunidades deben tener participación activa en<br />
relación con la realización de un proyecto de este tipo en<br />
sus municipios. También consideramos que esa oposición<br />
debe hacerse de manera respetuosa y pacífica. Con argumentos,<br />
evidencia objetiva sobre la actividad minera y los<br />
ecosistemas.<br />
Por otra parte, debe señalarse, que la definición sobre qué<br />
áreas de un territorio son excluibles de la minería no son<br />
de competencia del Alcalde ni del Concejo municipal, sino<br />
de las autoridades ambientales y mineras expresamente<br />
señaladas por la Constitución y la Ley. Adicionalmente,<br />
más allá de las consideraciones jurídicas o políticas sobre<br />
la consulta popular que tuvo lugar en el municipio de Piedras<br />
en julio de 2013, AGAC este mecanismo de participación<br />
ciudadana no es el más adecuado para gestionar el<br />
territorio.<br />
El sector minero colombiano debe desarrollar más espacios,<br />
formales e informales, en los cuales las comunidades<br />
sean oídas y tenidas en cuenta, en las cuales la compañía<br />
responda a las dudas y preocupaciones de las comunidades,<br />
en las cuales las compañías informen oportunamente<br />
y rindan cuentas a las comunidades ubicadas en sus zonas<br />
de influencia. La compañía quiere aportar al debate sobre<br />
cómo pueden promoverse los mecanismos de participación<br />
ciudadana a partir de experiencias exitosas que han<br />
sido implementadas en otros países.<br />
Nuestra propuesta:<br />
Mayor información para comunidades y más escenarios<br />
para dialogar.<br />
• Entregar Plan de Manejo Ambiental (PMA) a los<br />
propietarios de los terrenos en los cuales se realizará<br />
los trabajos exploratorios y en general a las<br />
comunidades del área de influencia del proyecto y<br />
establecer un “foro” adecuado para que las comunidades<br />
expongan sus dudas o preocupaciones y<br />
éstas sean resueltas por la compañía.<br />
• Poner a disposición pública el Estudio de Impacto<br />
Ambiental (EIA) presentado a la autoridad ambiental<br />
y el Plan de Trabajos y Obras (PTO) presentado<br />
a la autoridad minera.<br />
Formalizar el relacionamiento con las comunidades.<br />
16 17 de enero de 2014<br />
COLOMBIA