CORRESPONDE A EXPTE
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ANEXO 1<br />
CAPITULO 1 – DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS<br />
1.1. AUTORIZACIONES<br />
1.1.1 Las autorizaciones que se otorguen en el marco de estas Normas UZOVI se<br />
emitirán mediante Resolución de la Administración y tendrán el carácter de PERMISO<br />
DE USO PRECARIO. El carácter de precario entrará en vigencia cuando la Dirección<br />
Provincial de Vialidad deba efectuar una obra, ya sea por administración o por terceros,<br />
en el lugar afectado por el permiso. En ese caso el permiso quedará sin efecto y la obra<br />
antes autorizada podrá ser trasladada, removida y/o demolida sin que ello genere<br />
derecho a reclamo de ninguna naturaleza.<br />
1.1.2 En aquellas obras ejecutadas por Organismos Oficiales, ya sea por su cuenta o por<br />
terceros, el permiso solicitado se extenderá a dicho Organismo como responsable de la<br />
obra.<br />
1.1.3 En toda obra privada que tenga relación con Servicios Públicos se extenderá el<br />
permiso al solicitante particular, siempre y cuando acredite, mediante constancia<br />
expedida por el Organismo competente, la autorización de uso de dicho Servicio.<br />
1.1.4 En toda obra privada que no tenga relación con Servicios Públicos, se extenderá<br />
el permiso a nombre del solicitante particular.<br />
1.2 CONSIDERACIONES GENERALES<br />
1.2.1 A los efectos del uso por parte de terceros de la Zona de Camino, la Dirección<br />
Provincial de Vialidad dispondrá dentro de la estructura del Departamento Conservación<br />
y Obras por Administración de una Oficina que se encargue del manejo de los permisos,<br />
esto es el estudio, análisis y posterior aconsejamiento a la Administración de aprobación<br />
de las solicitudes de permisos, como así también de la inspección y recepción de los<br />
trabajos.<br />
1.2.2 La Administración es la única que puede otorgar los permisos, previo informe<br />
positivo del Departamento Conservación y Obras por Administración, el que incluirá la<br />
totalidad de la documentación aportada por los solicitantes y aprobada por la Oficina de<br />
Control. Dichos permisos serán emitidos mediante Resolución emanada de la Administración.<br />
1.3 DEL PROYECTO<br />
1.3.1 El peticionante deberá presentar por Mesa de Entradas de la Dirección Provincial<br />
de Vialidad un pedido de factibilidad para un Anteproyecto de la obra, el que será<br />
acompañado por una Memoria Descriptiva, la que indicará la ruta, progresiva y<br />
georeferenciación en POSGARD 98 del tramo en cuestión, el destino de la obra, fecha<br />
probable de inicio y en caso de involucrar un servicio público el nombre de la<br />
prestataria. Si por alguna razón técnica y/o reglamentaria la ejecución de la obra deba<br />
apartarse de lo establecido en las Condiciones Particulares – Capítulo III, el solicitante<br />
deberá advertirlo en la Memoria Descriptiva incluyendo la justificación correspondiente.<br />
Cuando corresponda, la solicitud deberá estar refrendada por el titular del Organismo<br />
peticionante.<br />
1.3.2 En un plazo no mayor a 15 (quince) días la DPV emitirá un Informe de<br />
Factibilidad el que contendrá todas las condiciones técnicas a cumplir por el Proyecto<br />
Definitivo, tales como ubicación, cotas, obras complementarias (cámaras, protecciones,<br />
caño- camisa, etc.). Incluirá las condiciones que debe cumplir el Representante Técnico<br />
conforme a la envergadura de la obra, como así también incluirá las medidas de<br />
protección al Medio Ambiente y las de Seguridad de obras, y aquellas que por la<br />
magnitud y tipo de obra que se solicita, la DPV considere necesarias.<br />
1.3.3 Las solicitudes se presentarán por Mesa Gral. de Entradas previo pago del sellado<br />
de Ley correspondiente. Quedan exceptuadas del pago las solicitudes presentadas por:<br />
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