01.02.2015 Views

CONVENIO DE COLABORACiÓN QUE CELEBRAN POR ... - Issfam

CONVENIO DE COLABORACiÓN QUE CELEBRAN POR ... - Issfam

CONVENIO DE COLABORACiÓN QUE CELEBRAN POR ... - Issfam

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>CONVENIO</strong> <strong>DE</strong> COLABORACiÓN<br />

<strong>QUE</strong> <strong>CELEBRAN</strong> <strong>POR</strong> UN PARTE CA<strong>DE</strong>NA COMERCIAL OXXO S.A. <strong>DE</strong> C.V. EN<br />

A<strong>DE</strong>LANTE "OXXO", REPRESENTADA <strong>POR</strong> EL C. RAYMUNDO YUTANI VELA y <strong>POR</strong><br />

OTRA PARTE EL INSTITUTO <strong>DE</strong> SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS<br />

MEXICANAS, EN A<strong>DE</strong>LANTE " EL ISSFAM", REPRESENTADO EN ESTE ACTO <strong>POR</strong> EL C.<br />

GENERAL <strong>DE</strong> BRIGADA DIPLOMADO <strong>DE</strong> ESTADO MAYOR CARLOS EVARISTO<br />

CASTAÑEDA TREJO, EN SU CARÁCTER <strong>DE</strong> DIRECTOR <strong>DE</strong> TECNOLOGíAS <strong>DE</strong><br />

INFORMACiÓN, PLANEACIÓN Y COMUNICACiÓN SOCIAL, CONFORME A LAS<br />

SIGUIENTES <strong>DE</strong>CLARACIONES Y CLÁUSULAS:<br />

<strong>DE</strong>CLARACIONES<br />

1. Declara "OXXO" por conducto de su representante legal:<br />

a) Que CA<strong>DE</strong>NA COMERCIAL OXXO, S.A. <strong>DE</strong> C.V. es un empresa mercantil constituida<br />

conforme a las leyes de la República Mexicana, según se hace constar en la Escritura<br />

Pública número 29,953 pasada ante la fe del Notario Público número 49 con ejercicio en<br />

la ciudad de Monterrey, del Estado de Nuevo León, Licenciado Jesús Montaña García, el<br />

17 de diciembre de 1991 e inscrita en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio<br />

de dicha localidad bajo el tomo numero 3123 Vol. 197-63 Libro 4 Tercer Auxiliar-Actos y<br />

Contratos Diversos Sección de Comercio con fecha de 04 de junio de 1992.<br />

b) Que su representante el señor Raymundo Yutani Vela, está debidamente facultado para<br />

celebrar en su nombre y representación el presente convenio como consta en la Escritura<br />

Publica No. 3.475 de fecha 07 de septiembre del 2000, pasada ante la fe del Lic. Eduardo<br />

Arechavaleta Medina. titular de la Notaría Publica No. 27, con ejercicio en la ciudad de<br />

Monterrey, del Estado de Nuevo León, facultades que no le han sido revocadas, limitadas<br />

ni modificadas de manera alguna.<br />

c) Que tiene como domicilio para efectos del presente contrato, el ubicado en Edison #1235<br />

Nte. Col. Talleres, C.P. 64480 en Monterrey Nuevo León México.<br />

d) Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes bajo la Clave<br />

CC08605231 N4.<br />

2. Declara "EL ISSFAM" por conducto de su Director de Tecnologías de Información,<br />

Planeación y Comunicación Social:<br />

a. Es un organismo publico descentralizado federal con personalidad juridica y patrimonio propio<br />

y tiene la facultad para realizar toda clase de actos jurídicos y la celebración de contratos y<br />

convenios.<br />

b. El C. Gral. Bgda. D.E.M., Carlos Evaristo Castañeda Trejo, cuenta con facuttades para<br />

representarlo de acuerdo con los artículos 13 y 14 de la ley que lo rige, así como 11 fracción<br />

XIII de su Estatuto Organico<br />

c. Que tiene interés en obtener para beneficio de los miembros de las Fuerzas Armadas<br />

Mexicanas en situación de retiro, pensionistas y sus derechohabientes, en el presente<br />

convenio.<br />

d. Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes bajo la Clave 13S-<br />

760729-5W9.


Página 2 de 5<br />

CLÁUSULAS<br />

PRIMERA.<br />

OBJETO<br />

Ambas partes están de acuerdo en llevar a cabo un convenio de colaboración que fomente<br />

una sinergia para promover el empleo entre los militares retirados, pensionistas y<br />

derechohabientes según su perfil a través de UOXXO" así como de terceros que tienen una<br />

relación comercial y de servicios con la misma.<br />

SEGUNDA. ALCANCE<br />

Las partes están de acuerdo en implementar y llevar a cabo las acciones que permitan<br />

cumpli r con el objeto del presente convenio, conforme a lo siguiente:<br />

• "OXXO" será quien determine el área específica de trabajo en la cual se aplicará la<br />

promoción de emp leo en caso de cualquier contratación.<br />

• "OXXO" después de verificar los datos del perfil de los candidatos antes indicados, podrá<br />

contratar o no contratar al candidato propuesto, sin que esto implique responsabilidad para<br />

ninguna de las PARTES.<br />

• Las Partes acuerdan que NO existen cuota(s) de contratación a cubrir de ningún tipo así<br />

mismo acuerdan que ninguna de las partes está obligada para con la otra a la entrega de<br />

información respecto al seguimiento que se le da al reclutamiento y selección a los<br />

militares retirados, pensionistas y derechohabientes.<br />

• Ninguna de las partes estará obligada para con la otra, al pago de contraprestación o<br />

compensación económica alguna derivada del presente convenio.<br />

TERCERA.<br />

RESPONSABILIDA<strong>DE</strong>S<br />

Las partes están de acuerdo en señalar sus responsabilidades para dar cumplimiento al<br />

presente convenio conforme a lo siguiente:<br />

Serán responsabilidad de " EL ISSFAM":<br />

• Ofrecer el espacio para que "OXXO" pueda proporcionar pláti cas a los militares próximos a<br />

retirarse, militares retirados, pensionistas y derechohabientes, según sea el caso, con<br />

temas de interés, asi como el llenado de la solicitud laboral en la página Web de "OXXO",<br />

que de conformidad al calendario que se acuerde entre las partes.<br />

• Intercambiar "ligas directas" con la página Web de "OXXO" (Bolsa de Trabajo) para que<br />

los interesados puedan cargar los datos de su currículum a la página web de UOXXO".<br />

• "EL ISSFAM" se compromete a difundir a través de sus medios de comunicación interna y<br />

extern a los beneficios del presente convenio .<br />

• Abrir espacios en boletines y/o medios internos de comunicación para que "OXXQ" pueda<br />

publicar artículos relacionados con el empleo y los pasos para el llenado de la solicitud de<br />

empleo a través de la página web de "OXXO" (www.oxxo.com) asi como las diferentes<br />

áreas donde podrán aplicar dichas solicitu des de empleo; de la misma manera darán a<br />

conocer "tips" (consejos) para llevar a cabo una buena entrevista. El espacio que se puede<br />

utilizar es de 2,500 caracteres con espacios cada 2 meses.


Página 3 de 5<br />

Serán responsabilidades de "OXXO":<br />

• Ofrecer las pláticas acordadas por ambas partes, en las instalaciones de "EL ISSFAM"<br />

impartiendo temas que complementen a Recursos Humanos.<br />

• Proporcionar "ligas directas" al personal del "EL ISSFAM" para que las difunda entre los<br />

miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas en situación de retiro y los<br />

derechohabientes de todos ellos para que puedan cargar los datos de su currículum a la<br />

pagina Web de "OXXO" (www.oxxo.com).<br />

• Realizara campañas de reclutamiento de personal, dependiendo del tipo de vacante y<br />

perfil.<br />

• "OXXO" desarrollará campañas con el fin de promover el empleo entre los militares<br />

retirados, pensionistas y derechohabientes dentro de las diferentes áreas funcionales . (El<br />

ISS FAM determinara las areas)<br />

• Proporcionar folletería, papelería e información publicitaria para la difusión y disposición de<br />

los militares próximos al retiro, militares retirados, pensionistas y derecho habientes<br />

respecto a los pasos para el llenado de la solicitud de empleo a través de la página Web<br />

de ~ OXXO ~; de la misma manera darán a conocer " t¡ps ~ o consejos para llevar a cabo un<br />

buena entrevista.<br />

CUARTA.<br />

CONTACTOS.<br />

Ambas partes señalan como responsables del proyecto a las personas que se mencionan en<br />

la presente cláusula o a quienes los sustituya en su cargo, así como sus domicilios para todo<br />

tipo de comunicaciones, avisos y notificaciones, los siguientes:<br />

" EL ISSFAM":<br />

• C. Gral. Bgda. D.E.M. Carlos Evaristo Castañeda Trejo.<br />

Dir. de Tecnologías de Información, Planeación y Comunicación Social<br />

• LAE. Lizbeth Méndez Mazariegos.<br />

Subdirectora de Comunicación Social y Desarrollo Organizacional.<br />

• LDCG . Ricardo Escalona Flores.<br />

Jefe del Departamento de Comunicación Social.<br />

Teléfono: 2122 0685.<br />

Domicilio: Av. Industria Militar 1053 , cuarto piso, Col. Lomas de Sotelo, Delegación Miguel<br />

Hidalgo, C.P. 11200, México Distrito Federal.<br />

e-mail: upop@issfam.gob.mx<br />

"OXXO":<br />

• C. Sandra Janet Avelar Treviño<br />

Gerencia Planeación Recursos Humanos<br />

• C. Lorena Araceli Chavez Gomez<br />

Gerencia Planeación Recursos Humanos<br />

• C. Carlos Miguel Garcia Gonzalez<br />

Gerencia Protección Patrimonial


Págir;a 4 de 5<br />

Domicilio: Ed ison #1235 Nte. Col. Talleres, C.P. 64480 en Monterrey Nuevo León México.<br />

Teléfono: (8 1) 83 89 212 1<br />

e-mail: sandra.avelar@oxxo.com<br />

e-mail: lorena.chavez@oxxo.com<br />

e-mail: carlos.garciag@oxxo.com<br />

QUINTA.<br />

RELACiÓN LABORAL<br />

El personal que cada una de las partes utilice para el cumplimiento del presente instrumento,<br />

continuará relacionado laboralmente con la parte que lo empleó, sin que se considere a la<br />

otra como patrón solidario o sustituto.<br />

Si en la ejecución total o parcial del objeto del presente convenio interviene personal que<br />

preste sus servicios a instituciones o personas distintas a las partes, este personal continuará<br />

siempre bajo la Dirección y Dependencia de las mismas, por lo que su intervención no<br />

originara relación de carácter laboral con "EL ISSFAM" o con "OXXO" ni de ninguna otra<br />

naturaleza ya sea civil, mercantil o administrativa.<br />

SEXTA.<br />

PROPIEDAD INTELECTUAL<br />

Las partes acuerdan que mantendrán la propiedad de cada uno de sus logotipos, autorizado<br />

a su contraparte a hacer uso de estos única y exclusivamente para difundir los beneficios del<br />

presente convenio, en el entendido que cualquier material de difusión tendrá que ser antes<br />

consensado por la otra parte.<br />

SEPTIMA.<br />

VIGENCIA<br />

El presente convenio estará vigente a partir de la fecha de su firma , y su duración será<br />

indefinida, hasta que cualquiera de las partes desee darlo por terminado mediante aviso por<br />

escrito a la otra parte con 30 (treinta) días de anticipación a la fecha de terminación deseada.<br />

El incumplimiento de alguna de las partes a lo establecido en el presente convenio, dará<br />

derecho a la otra parte a darlo por terminado inmediatamente, sin necesidad de declaración<br />

judicial previa , bastando para ello un aviso por escrito señalando la causa del incumplimiento.<br />

En el caso de terminación las partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios<br />

tanto a ellas, como a terceros, en el entendido que deberán continuar hasta su conclusión las<br />

acciones ya iniciadas.<br />

OCTAVA.<br />

CONFI<strong>DE</strong>NCIALIDAD<br />

El presente convenio es publicado en las páginas Web interna y externa del Instituto, con la<br />

finalidad de hacer del conocimiento a los beneficiarios, por tal motivo no puede considerarse<br />

como confidencial, ya que la página Web de este Instituto es de carácter público.


Pagina 5 de 5<br />

NOVENA.<br />

SOLUCION <strong>DE</strong> CONTROVERSIAS<br />

El presente Convenio, los acuerdos especificas, los Programas y demás documentos que se<br />

deriven del mismo. son producto de la buena fe de "LAS PARTES". por lo que cualquier<br />

conflicto que se presente sobre interpretación, ejecución, operación o cumplimiento, será<br />

resuelto de común acuerdo por las partes que intervienen en el presente a través de las<br />

personas mencionadas en la cláusula cuarta del presente convenio o quien en su caso las supla,<br />

pero si agotada esta posibilidad continúa alguna controversia en cuanto a su interpretación y<br />

cumplimiento, así como para todo lo no previsto en el mismo, las partes se someten a la<br />

jurisdicción de los Tribunales Federales competentes de la Ciudad de México, por lo que<br />

renuncian expresamente al fuero que por razón de su domicilio o fuero, presente o futuro<br />

pudiera corresponderles.<br />

DÉCIMA. MODIFICACIONES.<br />

El presente Convenio podrá ser modificado, adicionado o adecuado por voluntad de "LAS<br />

PARTES" Y estas quedarán obligadas a la aplicación de dichas modificaciones o<br />

adecuaciones a partir de la fecha en que se firme el documento en el que se plasmen los<br />

cambios acordados.<br />

Enteradas ambas parte del contenido, alcance y fuerza legal del presente Convenio, y por no<br />

contener dolo, error, mala fe, ni cláusula contraria a derecho, lo firman de conformidad con su<br />

contenido por duplicado, al calce en esta hoja y rubrican al margen en cada una de ellas en<br />

la Ciudad de México. Distrito Federal. el dia 10 de Mayo 2013.<br />

"OXXQ"<br />

C. GRA . BGDA. D.E.M.<br />

CARLOS EVARISTO CASTAÑEDA TREJO<br />

DIR. TEC. INFN .• PLAN. Y COMo SOCo<br />

~<br />

DIRECCiÓN RECURSOS HUMANOS Y<br />

REPRESENTANTE LEGAL <strong>DE</strong> "OXXO"<br />

C. RAYMUNDO YUTANI VELA

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!