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Resolución Interna N° 1/2012 - Comisión Arbitral

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COMISION ARBITRAL<br />

CONVENIO MULTILATERAL<br />

DEL 18.8.77<br />

BUENOS AIRES, 1 de octubre de <strong>2012</strong>.<br />

RESOLUCION INTERNA Nº 1/<strong>2012</strong> (C.A.)<br />

VISTO: la misión y funciones conferidas a la Subcomisión Técnica y de<br />

Administración del SIFERE a través de la <strong>Resolución</strong> <strong>Interna</strong> Nº 1/2004 (CP) de fecha 2<br />

de diciembre de 2004 y lo propuesto por la Jurisdicción de Santa Fe en reunión de<br />

<strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong> del 20 de octubre de 2009, refrendado por las demás jurisdicciones a<br />

través de los integrantes de dicha Subcomisión, y<br />

CONSIDERANDO:<br />

Que la experiencia y evolución alcanzada hasta el presente por la<br />

Subcomisión Técnica y de Administración del SIFERE en la propuesta, definición y<br />

supervisión de las cuestiones técnico-operativas, de desarrollo, implementación,<br />

mantenimiento y administración de los sistemas desarrollados en el seno de la <strong>Comisión</strong><br />

<strong>Arbitral</strong>, demuestran que se hace necesario modificar la normativa que regula su<br />

creación y funcionamiento.<br />

Que la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong> en su reunión de fecha 20 de octubre de 2009,<br />

resolvió que se debe actualizar el alcance de las funciones y responsabilidades de la<br />

Subcomisión Técnica y de Administración del SIFERE, haciéndolas extensivas a todos<br />

los aplicativos vigentes y a desarrollarse;<br />

Que a los efectos de coordinar los aspectos técnicos, operativos y de<br />

ejecución del nuevo Sistema Federal de Recaudación Web (SFRW), se estima<br />

conveniente crear la “Subcomisión Técnica y de Administración de Sistemas”, sucesora<br />

de la Subcomisión mencionada en el considerando anterior, reasignando sus funciones y<br />

responsabilidades;<br />

Que dicha propuesta resulta atendible, en tanto agilizará la<br />

implementación de las aplicaciones existentes y a desarrollarse, a la vez que facilitará su<br />

actualización y mantenimiento, por lo que resulta procedente dictar el acto que disponga<br />

su creación, conformación y que fije sus misiones y funciones.<br />

Por ello,<br />

LA COMISION ARBITRAL<br />

(Convenio Multilateral del 18/8/77)<br />

RESUELVE:


COMISION ARBITRAL<br />

CONVENIO MULTILATERAL<br />

DEL 18.8.77<br />

ARTICULO 1º) – Crear la “Subcomisión Técnica y de Administración de Sistemas”, en<br />

cuyo ámbito se evaluarán, analizarán y discutirán todas las propuestas referidas a TICs<br />

(Tecnologías de Información y Comunicación) existentes o que se encomienden en el<br />

futuro a la Unidad Operativa SICOM de la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong>, y cuyas misiones y<br />

funciones serán las que se indican y aprueban en el Anexo I, que forma parte integrante<br />

de la presente.<br />

ARTICULO 2º) – La Subcomisión Técnica y de Administración de Sistemas estará<br />

conformada por el Vicepresidente de la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong>, representantes de la Unidad<br />

Operativa SICOM y dos representantes de cada una de las jurisdicciones, quienes<br />

deberán poseer formación en las áreas de Tecnologías de la Información y<br />

Comunicaciones y en Técnicas Tributarias de sus respectivas Jurisdicciones.<br />

La metodología de designación y perfil de sus integrantes se detallan en el Anexo I de la<br />

presente.<br />

ARTICULO 3) – El asiento de la Subcomisión será el de la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong> o en su<br />

caso el que aquella disponga, debiendo reunirse como mínimo una (1) vez al mes, al<br />

margen de las gestiones que pueda realizar fuera de dicho lugar, en cumplimiento de su<br />

misión y funciones, bajo la coordinación y asesoramiento técnico de la Unidad<br />

Operativa SICOM.<br />

ARTICULO 4º) – Comuníquese a los Fiscos y a las partes interesadas y archívese.<br />

MARIO SALINARDI<br />

SECRETARIO<br />

ROBERTO ANIBAL GIL<br />

PRESIDENTE


COMISION ARBITRAL<br />

CONVENIO MULTILATERAL<br />

DEL 18.8.77<br />

ANEXO I<br />

SUBCOMISION TÉCNICA Y DE ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS<br />

I. MISION:<br />

La Subcomisión Técnica y de Administración de Sistemas será la encargada de<br />

realizar todas las acciones relacionadas con las definiciones relativas a Tecnologías<br />

de la Información y Comunicaciones y Técnicas Tributarias (TICs), necesarias para<br />

la implementación de los productos de software orientados a la gestión del Impuesto<br />

sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral, sus regímenes de recaudación,<br />

retención y percepción, creados o a crearse.<br />

II. INTEGRANTES:<br />

La designación de sus integrantes será realizada ante la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong> a través<br />

de nota oficial del titular de la administración tributaria de cada uno de los Fiscos o<br />

persona en quien se haya delegado tal función. La permanencia en el cargo será<br />

decidida en el ámbito de cada jurisdicción, debiendo informarse las novedades en la<br />

misma forma.<br />

Las jurisdicciones deben mantener siempre dos representantes activos, a fin de<br />

evitar carencias de respuesta en casos de ausencia temporal.<br />

El perfil requerido para esta función es el de técnicos con profundos conocimientos<br />

en las áreas de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y en Técnicas<br />

Tributarias de sus respectivas Jurisdicciones.<br />

En caso de tratarse temas de elevada complejidad, que requieran conocimientos muy<br />

específicos, los representantes técnicos de las jurisdicciones podrán convocar a<br />

especialistas de sus jurisdicciones para enriquecer el debate y fortalecer las<br />

decisiones.<br />

III. FUNCIONES ESPECÍFICAS:<br />

La Subcomisión Técnica y de Administración de Sistemas tendrá las siguientes<br />

funciones y responsabilidades por sí o del modo que resulte necesario al efecto:<br />

a) Planificar las tareas a desarrollar por año calendario, de modo de poder<br />

contemplar nuevas situaciones que alteren las prioridades asignadas.<br />

b) Evaluar los requerimientos, cambios y/o sugerencias en los sistemas o productos<br />

de software que a pedido de la/s jurisdicción/es y con la anuencia de sus<br />

representantes, se encomienden a la Unidad Operativa SICOM de la <strong>Comisión</strong><br />

<strong>Arbitral</strong>.<br />

c) Definir los requerimientos de los sistemas o productos de software que deban ser<br />

desarrollados.<br />

d) Tomar conocimiento de la planificación de los desarrollos que se hallan en<br />

ejecución por la Unidad Operativa SICOM de <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong>, a fin de evitar<br />

superposiciones y detectar desvíos que pudieran surgir.<br />

e) Realizar el seguimiento de las planificaciones e implementaciones.


COMISION ARBITRAL<br />

CONVENIO MULTILATERAL<br />

DEL 18.8.77<br />

f) Aprobar, testear, homologar y auditar los desarrollos de Sistemas ejecutados para<br />

asegurar el cumplimiento de los requerimientos y la calidad del producto,<br />

poniendo a disposición de las jurisdicciones las pruebas funcionales de los<br />

mismos.<br />

g) Proponer a la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong> los cambios que considere necesarios, surgidos<br />

de la revisión, análisis y evaluación de sistemas en producción.<br />

h) Recibir y atender todos los problemas, dudas y/o consultas planteados por las<br />

Jurisdicciones, derivados del desarrollo y/o implementación de los sistemas.<br />

i) Analizar y efectuar el seguimiento de los productos de software y sus<br />

modificaciones desarrollados por la AFIP como asimismo el desarrollo e<br />

implementación de las interfases necesarias para la explotación de la información<br />

puesta a disposición por el Sistema OSIRIS y las modificaciones que efectúe<br />

dicho Organismo a ese Sistema , de manera que no altere la funcionalidad de los<br />

productos de software, definiendo las cuestiones técnicas-operativas referidas a<br />

acuerdos y homologaciones necesarias para su funcionamiento.<br />

j) Poner a disposición de las jurisdicciones, los productos de software desarrollados<br />

y homologados funcionalmente, aprobados por la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong>.<br />

k) Tomar intervención, a pedido del Presidente o Vicepresidente, sobre los actos y<br />

convenios que deba suscribir el Presidente de la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong> por mandato<br />

de la <strong>Comisión</strong> Plenaria, como asimismo en relación a las Actas<br />

Complementarias a dichos convenios, tanto con entidades y bancos recaudadores<br />

como con el/los banco/s administrador/es, siempre que de algún modo se<br />

relacionen con los productos de software para la gestión de la información y<br />

recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, emitiendo su opinión al<br />

respecto.<br />

l) Proponer y supervisar, de acuerdo con los recaudos presupuestarios pertinentes,<br />

los gastos derivados de la implementación, mantenimiento y optimización de las<br />

TICs y todos aquellos relacionados con la ejecución de los Convenios celebrados<br />

para su implementación, proponiendo a tal efecto los presupuestos y<br />

contrataciones que resulte menester.<br />

m) Proponer las difusiones que se requieran para la implementación de los sistemas<br />

desarrollados.<br />

n) Toda otra función necesaria para el exclusivo cumplimiento de su misión.

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