Resolución Interna N° 1/2012 - Comisión Arbitral
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COMISION ARBITRAL<br />
CONVENIO MULTILATERAL<br />
DEL 18.8.77<br />
BUENOS AIRES, 1 de octubre de <strong>2012</strong>.<br />
RESOLUCION INTERNA Nº 1/<strong>2012</strong> (C.A.)<br />
VISTO: la misión y funciones conferidas a la Subcomisión Técnica y de<br />
Administración del SIFERE a través de la <strong>Resolución</strong> <strong>Interna</strong> Nº 1/2004 (CP) de fecha 2<br />
de diciembre de 2004 y lo propuesto por la Jurisdicción de Santa Fe en reunión de<br />
<strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong> del 20 de octubre de 2009, refrendado por las demás jurisdicciones a<br />
través de los integrantes de dicha Subcomisión, y<br />
CONSIDERANDO:<br />
Que la experiencia y evolución alcanzada hasta el presente por la<br />
Subcomisión Técnica y de Administración del SIFERE en la propuesta, definición y<br />
supervisión de las cuestiones técnico-operativas, de desarrollo, implementación,<br />
mantenimiento y administración de los sistemas desarrollados en el seno de la <strong>Comisión</strong><br />
<strong>Arbitral</strong>, demuestran que se hace necesario modificar la normativa que regula su<br />
creación y funcionamiento.<br />
Que la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong> en su reunión de fecha 20 de octubre de 2009,<br />
resolvió que se debe actualizar el alcance de las funciones y responsabilidades de la<br />
Subcomisión Técnica y de Administración del SIFERE, haciéndolas extensivas a todos<br />
los aplicativos vigentes y a desarrollarse;<br />
Que a los efectos de coordinar los aspectos técnicos, operativos y de<br />
ejecución del nuevo Sistema Federal de Recaudación Web (SFRW), se estima<br />
conveniente crear la “Subcomisión Técnica y de Administración de Sistemas”, sucesora<br />
de la Subcomisión mencionada en el considerando anterior, reasignando sus funciones y<br />
responsabilidades;<br />
Que dicha propuesta resulta atendible, en tanto agilizará la<br />
implementación de las aplicaciones existentes y a desarrollarse, a la vez que facilitará su<br />
actualización y mantenimiento, por lo que resulta procedente dictar el acto que disponga<br />
su creación, conformación y que fije sus misiones y funciones.<br />
Por ello,<br />
LA COMISION ARBITRAL<br />
(Convenio Multilateral del 18/8/77)<br />
RESUELVE:
COMISION ARBITRAL<br />
CONVENIO MULTILATERAL<br />
DEL 18.8.77<br />
ARTICULO 1º) – Crear la “Subcomisión Técnica y de Administración de Sistemas”, en<br />
cuyo ámbito se evaluarán, analizarán y discutirán todas las propuestas referidas a TICs<br />
(Tecnologías de Información y Comunicación) existentes o que se encomienden en el<br />
futuro a la Unidad Operativa SICOM de la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong>, y cuyas misiones y<br />
funciones serán las que se indican y aprueban en el Anexo I, que forma parte integrante<br />
de la presente.<br />
ARTICULO 2º) – La Subcomisión Técnica y de Administración de Sistemas estará<br />
conformada por el Vicepresidente de la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong>, representantes de la Unidad<br />
Operativa SICOM y dos representantes de cada una de las jurisdicciones, quienes<br />
deberán poseer formación en las áreas de Tecnologías de la Información y<br />
Comunicaciones y en Técnicas Tributarias de sus respectivas Jurisdicciones.<br />
La metodología de designación y perfil de sus integrantes se detallan en el Anexo I de la<br />
presente.<br />
ARTICULO 3) – El asiento de la Subcomisión será el de la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong> o en su<br />
caso el que aquella disponga, debiendo reunirse como mínimo una (1) vez al mes, al<br />
margen de las gestiones que pueda realizar fuera de dicho lugar, en cumplimiento de su<br />
misión y funciones, bajo la coordinación y asesoramiento técnico de la Unidad<br />
Operativa SICOM.<br />
ARTICULO 4º) – Comuníquese a los Fiscos y a las partes interesadas y archívese.<br />
MARIO SALINARDI<br />
SECRETARIO<br />
ROBERTO ANIBAL GIL<br />
PRESIDENTE
COMISION ARBITRAL<br />
CONVENIO MULTILATERAL<br />
DEL 18.8.77<br />
ANEXO I<br />
SUBCOMISION TÉCNICA Y DE ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS<br />
I. MISION:<br />
La Subcomisión Técnica y de Administración de Sistemas será la encargada de<br />
realizar todas las acciones relacionadas con las definiciones relativas a Tecnologías<br />
de la Información y Comunicaciones y Técnicas Tributarias (TICs), necesarias para<br />
la implementación de los productos de software orientados a la gestión del Impuesto<br />
sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral, sus regímenes de recaudación,<br />
retención y percepción, creados o a crearse.<br />
II. INTEGRANTES:<br />
La designación de sus integrantes será realizada ante la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong> a través<br />
de nota oficial del titular de la administración tributaria de cada uno de los Fiscos o<br />
persona en quien se haya delegado tal función. La permanencia en el cargo será<br />
decidida en el ámbito de cada jurisdicción, debiendo informarse las novedades en la<br />
misma forma.<br />
Las jurisdicciones deben mantener siempre dos representantes activos, a fin de<br />
evitar carencias de respuesta en casos de ausencia temporal.<br />
El perfil requerido para esta función es el de técnicos con profundos conocimientos<br />
en las áreas de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y en Técnicas<br />
Tributarias de sus respectivas Jurisdicciones.<br />
En caso de tratarse temas de elevada complejidad, que requieran conocimientos muy<br />
específicos, los representantes técnicos de las jurisdicciones podrán convocar a<br />
especialistas de sus jurisdicciones para enriquecer el debate y fortalecer las<br />
decisiones.<br />
III. FUNCIONES ESPECÍFICAS:<br />
La Subcomisión Técnica y de Administración de Sistemas tendrá las siguientes<br />
funciones y responsabilidades por sí o del modo que resulte necesario al efecto:<br />
a) Planificar las tareas a desarrollar por año calendario, de modo de poder<br />
contemplar nuevas situaciones que alteren las prioridades asignadas.<br />
b) Evaluar los requerimientos, cambios y/o sugerencias en los sistemas o productos<br />
de software que a pedido de la/s jurisdicción/es y con la anuencia de sus<br />
representantes, se encomienden a la Unidad Operativa SICOM de la <strong>Comisión</strong><br />
<strong>Arbitral</strong>.<br />
c) Definir los requerimientos de los sistemas o productos de software que deban ser<br />
desarrollados.<br />
d) Tomar conocimiento de la planificación de los desarrollos que se hallan en<br />
ejecución por la Unidad Operativa SICOM de <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong>, a fin de evitar<br />
superposiciones y detectar desvíos que pudieran surgir.<br />
e) Realizar el seguimiento de las planificaciones e implementaciones.
COMISION ARBITRAL<br />
CONVENIO MULTILATERAL<br />
DEL 18.8.77<br />
f) Aprobar, testear, homologar y auditar los desarrollos de Sistemas ejecutados para<br />
asegurar el cumplimiento de los requerimientos y la calidad del producto,<br />
poniendo a disposición de las jurisdicciones las pruebas funcionales de los<br />
mismos.<br />
g) Proponer a la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong> los cambios que considere necesarios, surgidos<br />
de la revisión, análisis y evaluación de sistemas en producción.<br />
h) Recibir y atender todos los problemas, dudas y/o consultas planteados por las<br />
Jurisdicciones, derivados del desarrollo y/o implementación de los sistemas.<br />
i) Analizar y efectuar el seguimiento de los productos de software y sus<br />
modificaciones desarrollados por la AFIP como asimismo el desarrollo e<br />
implementación de las interfases necesarias para la explotación de la información<br />
puesta a disposición por el Sistema OSIRIS y las modificaciones que efectúe<br />
dicho Organismo a ese Sistema , de manera que no altere la funcionalidad de los<br />
productos de software, definiendo las cuestiones técnicas-operativas referidas a<br />
acuerdos y homologaciones necesarias para su funcionamiento.<br />
j) Poner a disposición de las jurisdicciones, los productos de software desarrollados<br />
y homologados funcionalmente, aprobados por la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong>.<br />
k) Tomar intervención, a pedido del Presidente o Vicepresidente, sobre los actos y<br />
convenios que deba suscribir el Presidente de la <strong>Comisión</strong> <strong>Arbitral</strong> por mandato<br />
de la <strong>Comisión</strong> Plenaria, como asimismo en relación a las Actas<br />
Complementarias a dichos convenios, tanto con entidades y bancos recaudadores<br />
como con el/los banco/s administrador/es, siempre que de algún modo se<br />
relacionen con los productos de software para la gestión de la información y<br />
recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, emitiendo su opinión al<br />
respecto.<br />
l) Proponer y supervisar, de acuerdo con los recaudos presupuestarios pertinentes,<br />
los gastos derivados de la implementación, mantenimiento y optimización de las<br />
TICs y todos aquellos relacionados con la ejecución de los Convenios celebrados<br />
para su implementación, proponiendo a tal efecto los presupuestos y<br />
contrataciones que resulte menester.<br />
m) Proponer las difusiones que se requieran para la implementación de los sistemas<br />
desarrollados.<br />
n) Toda otra función necesaria para el exclusivo cumplimiento de su misión.