23.03.2015 Views

REGLAMENTO DEL ALUMNO

REGLAMENTO DEL ALUMNO

REGLAMENTO DEL ALUMNO

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DEL</strong> <strong>ALUMNO</strong>


<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DEL</strong> <strong>ALUMNO</strong><br />

TÍTULO I: Objeto<br />

TÍTULO II: Del ingreso a la Universidad Internacional SEK<br />

TÍTULO III: De los alumnos de la UISEK<br />

TÍTULO IV: Régimen económico estudiantil<br />

TÍTULO V: Evaluación y promoción de alumnos<br />

TÍTULO VI: De las materias pendientes de aprobación.<br />

TÍTULO VII: Cambio de régimen de estudios<br />

TÍTULO VIII: De la evaluación al docente<br />

TÍTULO IX: De la disciplina<br />

TÍTULO X: Representación estudiantil<br />

TÍTULO XI: De la continuidad de estudios.<br />

TÍTULO XII: De la participación en los órganos colegiados de cogobierno<br />

TÍTULO XIII: Disposiciones finales<br />

TÍTULO I<br />

Objeto<br />

Artículo 1. El reglamento del alumno regula la vida académica de los estudiantes, sus derechos y<br />

deberes como alumnos de la Universidad Internacional SEK (UISEK). Este Reglamento se<br />

complementa con los Estatutos de la UISEK, el Reglamento Académico y el Reglamento General de<br />

Grados, y otras normas académicas de la misma.<br />

TÍTULO II<br />

Del ingreso a la Universidad Internacional SEK<br />

Artículo 2. La admisión a la Universidad Internacional SEK es el procedimiento de ingreso, en<br />

virtud del cual se adquiere la calidad de alumno, a través de una de las siguientes modalidades:<br />

Admisión directa, para los alumnos graduados de cualquiera de los Colegios SEK y los<br />

alumnos que estén en posesión del diploma de Bachillerato Internacional.<br />

Admisión ordinaria, propia de los graduados de enseñanza secundaria o su equivalente.<br />

Admisión por convalidación, para estudiantes provenientes de otras universidades<br />

legalmente reconocidas, nacionales o extranjeras, según el Instructivo correspondiente.<br />

Admisión especial, para estudios específicos o de intercambio, concedida por el Rector de<br />

la Universidad.<br />

Admisión por aceptación de grado académico o título profesional expedidos por otras<br />

universidades legalmente reconocidas del país.<br />

Admisión a postgrados, para profesionales que deseen cursar estudios de cuarto nivel,<br />

según el instructivo específico.<br />

Artículo 3. El ingreso a la UISEK tiene requisitos propios, según el tipo de estudios que el<br />

aspirante desee cursar:<br />

a) Pueden iniciar estudios en una carrera de grado (tercer nivel), quienes posean el título de<br />

bachiller y aprueben el examen de admisión.<br />

b) Los estudiantes que hayan cursado al menos un semestre de estudios en otra universidad,<br />

pueden ingresar sin el examen de admisión, convalidando dichos estudios, si así lo<br />

desearen.<br />

c) Pueden obtener un título profesional (de tercer nivel) quienes posean el grado académico o<br />

título profesional previo, expedido por una universidad reconocida legalmente.<br />

ACRE02 – Reglamento del Alumno 2


<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DEL</strong> <strong>ALUMNO</strong><br />

d) Para estudiar una carrera de postgrado (cuarto nivel) se requiere haber completado<br />

previamente los estudios en una carrera de grado y aprobar el examen de ingreso.<br />

e) El ingreso de estudiantes especiales que desean realizar estudios específicos fuera de una<br />

titulación académica propia de la UISEK, no requiere examen de ingreso y lo aprueba el<br />

Rector.<br />

TÍTULO III<br />

De los alumnos de la UISEK<br />

Artículo 4. Los alumnos que se hallen matriculados y hayan cancelado el valor de los servicios<br />

educacionales, en cualquiera de las carreras que ofrece la Universidad Internacional SEK, o<br />

programa conducente a la obtención de un título profesional o grado académico tienen la<br />

condición de alumnos ordinarios o regulares.<br />

Artículo 5. Son alumnos especiales aquellos que participan en cursos, intercambio o actividades<br />

académicas no conducentes a un título profesional o grado académico dentro de la UISEK.<br />

Artículo 6. La condición de alumno se mantiene mientras se encuentre en vigencia su matrícula, es<br />

decir, que consten matriculados en las carreras respectivas y asistan normalmente a las clases<br />

correspondientes. Dichos alumnos gozan de todos los derechos y adquieren todas las obligaciones<br />

respecto de la Universidad Internacional SEK y se someten a todas las exigencias de la carrera en la<br />

cual se encuentren matriculados.<br />

Artículo 7. La condición de alumno de la Universidad Internacional SEK se pierde cuando se<br />

incurra en alguna de las siguientes causales:<br />

a) Incumplimiento del pago de los servicios educacionales o de cualquiera de los aranceles<br />

establecidos por la universidad.<br />

b) Faltas graves a las normas establecidas por la universidad o acciones en contra de algún<br />

miembro de la comunidad universitaria, sancionadas por el Consejo Académico, después<br />

del respectivo sumario, siguiendo el debido proceso.<br />

c) Retiro voluntario de la universidad, expresado por escrito en la Secretaría Académica.<br />

d) Por todas las demás causales que determine el Consejo Académico.<br />

TÍTULO IV<br />

Régimen económico estudiantil<br />

Artículo 8. La condición de alumno de la universidad inicia con la respectiva matrícula y el pago<br />

de los servicios educacionales dentro de los plazos correspondientes; caso contrario, no constará en<br />

el registro de estudiantes y no tendrá derecho a la asistencia ni a la rendición de exámenes. Por<br />

ninguna condición el docente permitirá el ingreso al estudiante que no esté debidamente<br />

matriculado, que no haya cancelado los valores de colegiatura y que no conste en lista.<br />

Artículo 9. El pago total de los valores de matrícula y servicios educacionales por todo el semestre<br />

es una obligación ineludible y constituye una obligación que permanece vigente, aún si el<br />

estudiante se retira. Será regulado por la normativa vigente y el contrato de servicios educativos. El<br />

pago del semestre, no incluye a las materias pendientes ni cursos extracurriculares.<br />

Artículo 10. En los casos que el alumno solicite crédito al IECE para el pago de matrícula y<br />

servicios educacionales, tendrá el plazo de un mes para cancelar dichos valores a la Universidad,<br />

caso contrario se procederá a la baja académica, previa notificación por incumplimiento del<br />

procedimiento. Adicionalmente, en los casos excepcionales aprobados únicamente por el Rector y<br />

que incumplan con los plazos de pago convenidos previamente, se dará la baja académica a dicho<br />

alumnos.<br />

ACRE02 – Reglamento del Alumno 3


<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DEL</strong> <strong>ALUMNO</strong><br />

Quien no haya cancelado la totalidad de los pagos por servicios educacionales deja de ser alumno<br />

de la universidad, no pudiendo rendir exámenes semestrales, ni registrarse sus notas o retirar la<br />

documentación académica.<br />

Artículo 11. Los alumnos que tengan materias pendientes o de arrastre, deberán matricularse y<br />

cancelarlas en las fechas establecidas según en el calendario establecido por el Consejo Académico.<br />

Artículo 12. Durante el desarrollo del trabajo de fin de carrera, desde la aprobación del plan<br />

propuesto, los alumnos deberán estar matriculados en la UISEK.<br />

TÍTULO V<br />

Evaluación y promoción de alumnos<br />

Artículo 13. Los alumnos tienen el derecho a conocer, desde el inicio del semestre, las formas de<br />

evaluación del aprendizaje que aplicará el profesor, el peso de cada actividad académica en la<br />

calificación final y la programación de fechas de exámenes. Igualmente tienen el derecho de<br />

revisar sus exámenes y a pedir al Decano/a la recalificación de los exámenes parciales ordinarios y<br />

extraordinarios, a excepción de trabajos individuales o grupales, en el plazo de dos días hábiles<br />

después de publicadas las notas.<br />

Artículo 14. Los alumnos tienen la obligación de asistir al menos al 70% de la totalidad de las clases<br />

dictadas y de las actividades prácticas, tales como, talleres, laboratorios, casos, conferencias, visitas<br />

a empresas, salidas de campo o similares. Para tal efecto, el profesor debe registrar la asistencia al<br />

inicio de cualquier actividad. Los alumnos que no cumplan con la asistencia mínima reprueban la<br />

materia y no podrán presentarse a exámenes ordinarios o extraordinarios en dicha materia.<br />

Artículo 15. La evaluación académica y las calificaciones de los alumnos están normadas por lo<br />

dispuesto en el título VI del Reglamento Académico. Los estudiantes tienen el derecho a por lo<br />

menos tres evaluaciones independientes durante el semestre y a una evaluación final. La<br />

evaluación final corresponderá al 40% de la nota semestral.<br />

La escala de calificaciones va de 0,1 a 10, siendo 7,0 sobre 10, la nota mínima para aprobar. Si la<br />

nota semestral es inferior a 3 sobre 10, se reprueba la materia. Si la nota semestral está entre 3,0 y<br />

6,9, el alumno tiene derecho a un examen único extraordinario. En este caso, la nota semestral<br />

definitiva es el promedio ponderado entre la nota del examen extraordinario (60%) y la calificación<br />

semestral anterior (40%), ambas establecidas en la escala de 10 puntos.<br />

En talleres, la evaluación se realizará sobre los avances progresivos logrados en los trabajos<br />

prácticos.<br />

Artículo 16. Los alumnos que no se presenten a la aplicación de un instrumento de evaluación con<br />

fecha prefijada, para rendir dicho examen deben hacer solicitud de examen atrasado en especie<br />

valorada al Decano(a), dentro de dos días hábiles siguientes, adjuntando la justificación respectiva.<br />

La nota obtenida sobre 10, se ponderará con el 80% de la nota alcanzada.<br />

Artículo 17. Los alumnos reprueban una asignatura cuando incurran en alguna de estas causales:<br />

a. Calificación final inferior a siete (7,0) puntos sobre 10;<br />

b. Calificación previa al examen semestral, inferior a tres (3,0) puntos sobre 10;<br />

c. Inasistencia a clases superior al 30% de las horas impartidas;<br />

d. Incumplimiento de las obligaciones financieras y/o administrativas;<br />

e. Sanción disciplinaria establecida por el Consejo Académico.<br />

ACRE02 – Reglamento del Alumno 4


<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DEL</strong> <strong>ALUMNO</strong><br />

Artículo 18. Cada asignatura podrá ser repetida como máximo en dos ocasiones. El estudiante que<br />

perdiera por segunda ocasión una materia tiene derecho a solicitar por escrito en especie valorada<br />

al Consejo Académico, por única vez, la autorización para cursar la materia reprobada. El retiro de<br />

una materia, mediante solicitud escrita, presentada en el plazo establecido por el Consejo<br />

Académico, según el calendario académico no causa pérdida de la misma.<br />

TÍTULO VI<br />

De las materias pendientes de aprobación.<br />

Artículo 19. Se considera materias pendientes de aprobación, asignaturas reprobadas, no<br />

convalidadas y las que no puede tomar el estudiante por no cumplir con el o los prerrequisito<br />

establecidos en el currículo académico. El estudiante que tenga cuatro o más asignaturas<br />

pendientes, no aprobadas o cursadas, que sean dictadas en ese ciclo semestral debe previamente<br />

matricularse en un semestre completo y aprobarlas, antes de avanzar en la malla curricular. Si no<br />

hay cruce de horarios en las materias pendientes, éstas deben ser aprobadas bajo la modalidad<br />

presencial y el resto, bajo la modalidad no presencial. Se respetarán las calificaciones obtenidas una<br />

vez aprobadas. No se podrá cursar materias, si las que son prerrequisitos no han sido aún<br />

aprobadas.<br />

Artículo 20. Si el estudiante tiene tres o menos materias pendientes, podrá aprobarlas mediante<br />

exámenes en la última semana de noviembre o de abril en el horario que la facultad establezca.<br />

Para rendir estos exámenes el alumno debe estar matriculado en la universidad y haber cancelado<br />

el valor de los exámenes pendientes por lo menos una semana antes de la fecha del examen.<br />

Artículo 21. Cada inscripción en estos exámenes tiene validez de una matrícula en esa materia y<br />

por ende el alumno tiene derecho a exámenes extraordinarios. En cuanto al número de matrículas<br />

por materia, se aplicará lo dispuesto en la Ley de Educación Superior o su Reglamento y en la<br />

normativa general de la UISEK. La tercera matrícula requiere ser aprobada por el Consejo<br />

Académico, previa solicitud del alumno, por escrito, en especie valorada.<br />

Artículo 22. A inicio del semestre, cada facultad publicará la lista de estudiantes con materias<br />

pendientes de aprobación, siendo obligación del alumno verificar lo publicado, seleccionar las<br />

materias en las que rendirá exámenes e inscribirlas en la Secretaría Académica.<br />

Artículo 23. Los profesores brindarán asesoramiento académico a los estudiantes con materias<br />

pendientes de aprobación. Cada profesor indicará las formas de evaluación aplicables a la materia<br />

a su cargo y guiará al estudiante para que logre un aprendizaje efectivo.<br />

Artículo 24. Se aplicarán las mismas normas del Reglamento General Académico y del Alumno,<br />

en lo referente a calificaciones, plazos para entrega de notas y exámenes supletorios.<br />

Artículo 25. Los alumnos que concluyan el último semestre de la carrera<br />

pendientes deberá aprobarlas en el lapso de un año académico (dos semestres)<br />

y tiene materias<br />

TÍTULO VII<br />

Cambio de régimen de estudios<br />

Artículo 26. La reincorporación es el acto por el cual, un estudiante que interrumpió sus estudios<br />

en esta universidad, teniendo aprobadas por lo menos las asignaturas correspondientes al primer<br />

semestre, vuelve a estudiar la carrera. No podrán reincorporarse a la UISEK los alumnos que<br />

fueron separados de la universidad por sanciones disciplinarias.<br />

Artículo 27. Las notas finales de cada asignatura, obtenidas con anterioridad a la interrupción,<br />

serán plenamente válidas, siempre que no hayan transcurrido más de seis años desde la fecha en<br />

que se obtuvieron. Si hubiese transcurrido un plazo superior a seis años, deberá matricularse en<br />

ACRE02 – Reglamento del Alumno 5


<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DEL</strong> <strong>ALUMNO</strong><br />

los dos últimos semestres cursados y aprobar las materias con cambios significativos o nuevas en el<br />

pensum de estudio, según informe del Decano.<br />

En caso de mallas curriculares antiguas, el Decano deberá certificar que el programa académico del<br />

solicitante al momento del reingreso no ha sufrido modificaciones sustanciales, se considera<br />

iguales, caso contrario se deberá aplicar el Reglamento de Convalidación de acuerdo a la malla<br />

curricular vigente para el nivel en que reingresa el estudiante.<br />

Artículo 28. Intercambio institucional es el traslado para cursar un año académico en cualquiera<br />

de las dos universidades SEK, acogiéndose al régimen económico del centro de origen. Una vez<br />

transcurrido el año de intercambio, el alumno podrá regresar a la universidad de origen o acogerse<br />

al traslado institucional definitivo para continuar sus estudios y grado académico en la universidad<br />

a la que se trasladó.<br />

Artículo 29. Transferencia es el acto en virtud del cual el estudiante se cambia de una carrera a<br />

otra, dentro de la UISEK. El alumno tendrá derecho a transferencia, si ha aprobado en su totalidad<br />

el primer semestre de la carrera de origen. Las asignaturas aprobadas declaradas equivalentes en<br />

el proceso de convalidación, serán reconocidas en la carrera a la que se incorpora, según el<br />

Reglamento de Convalidación. En las transferencias internas no rigen los costos determinados en<br />

el instructivo de convalidaciones.<br />

Artículo 30. El retiro de una o más asignaturas elimina dicha matrícula. Un estudiante podrá<br />

solicitar el retiro mediante solicitud en especie valorada de acuerdo a las fechas establecidas en el<br />

calendario académico vigente. El retiro no da derecho a reembolso alguno de la matrícula o del<br />

costo de los servicios educacionales.<br />

Artículo 31. Las solicitudes de intercambio, transferencia, reincorporación o retiro de estudios<br />

deben presentarse en especie valorada al Decano de la Facultad y ser aprobadas definitivamente<br />

por el Rector.<br />

TÍTULO VIII<br />

De la Evaluación a los Docentes<br />

Art- 32. La filosofía de la Universidad Internacional SEK es alcanzar la calidad y excelencia<br />

académica en la comunidad universitaria; por tal motivo, es obligatorio que los alumnos evalúen<br />

cada semestre a los docentes responsables de las cátedras impartidas.<br />

Art. 33. Los alumnos deberán seguir el procedimiento a continuación detallado: Ingresar en la<br />

página web, área fórum SEK, seleccionar área alumnos, donde constan las evaluaciones a los<br />

docentes de acuerdo al semestre y materias que estén cursando. Las calificaciones tendrán el<br />

puntaje del 1 al 10, esta puntuación abarca aspectos académicos, de trato al estudiante, de<br />

puntualidad, entre otros.<br />

En caso que el sistema informático presente errores y los alumnos no puedan realizar la<br />

evaluación, deberán obligatoriamente solicitar al Decano y/o Director de Carrera la entrega del<br />

documento impreso de evaluación, para que procedan a realizar la evaluación en forma manual. El<br />

documento de evaluación con la respectiva firma de responsabilidad del estudiante deberá ser<br />

entregado al Decano y/o Director de Carrera, para su posterior envío al departamento de RRHH.<br />

Art. 34. El período de evaluación es de quince días; las fechas constan en el calendario académico<br />

del año lectivo correspondiente.<br />

Art. 35. En caso que el alumno no efectuara la evaluación, el Decano o Director de Carrera, deberá<br />

asignarle obligatoriamente actividades de vinculación con la colectividad y/o tareas propias del<br />

Decanato, las que cumplirá durante quince días antes de terminar el semestre; y presentando un<br />

informe de las actividades realizadas al Decano y /o Director de Carrera responsable.<br />

ACRE02 – Reglamento del Alumno 6


<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DEL</strong> <strong>ALUMNO</strong><br />

Art. 36. Únicamente en casos fortuitos o de fuerza mayor, debidamente comprobados por la<br />

Universidad, el alumno no es responsable por el no cumplimiento de la evaluación, quien deberá<br />

remitir por escrito a su Decano o Director de Carrera la justificación correspondiente.<br />

Art. 37. De no cumplirse la disposición del artículo 35 del presente Reglamento, el Decano o/y<br />

Director de Carrera, presentará el informe correspondiente al Departamento de Bienestar<br />

Estudiantil, para llevar el caso a Consejo Académico y aplicar la siguiente sanción: El Alumno<br />

deberá presentarse a supletorio en una materia, la cual será sorteada por el Decano o Director de<br />

Carrera y los profesores a tiempo completo de la Facultad que corresponda; y en la que el docente<br />

de la materia suspensa ingresará al fórum la nota obtenida por el estudiante en el semestre, es<br />

decir un máximo de 6 puntos sobre 10, dicha calificación deberá ser tomada en cuenta para la<br />

ponderación final.<br />

TÍTULO IX<br />

De la disciplina<br />

Artículo 38. Los estudiantes matriculados en la Universidad Internacional SEK, están obligados a<br />

cumplir las normas establecidas en los reglamentos, las disposiciones del contrato de servicios<br />

educacionales y las resoluciones que apruebe el Consejo Académico.<br />

Artículo 39. Todos los alumnos están obligados a respetar a las autoridades, académicos,<br />

estudiantes y empleados de la Universidad, al igual que el buen nombre de la misma, dentro de la<br />

institución y fuera de ella.<br />

Artículo 40. Los estudiantes tienen la obligación de tratar con debido cuidado los bienes muebles e<br />

inmuebles que la UISEK pone a servicio de la comunidad universitaria. Igualmente deben respetar<br />

los objetos y bienes de alumnos y profesores dentro y fuera de los predios universitarios.<br />

Artículo 41. Los estudiantes no podrán desarrollar actividades contrarias o reñidas con las Leyes<br />

de la República y con el Código de Ética de los Estudiantes. En los casos de incumplimiento de<br />

normas disciplinarias se procederá mediante:<br />

a. Amonestaciones verbales en infracciones leves.<br />

b. Amonestación escrita de autoridad competente, en casos de reincidencia o en infracciones<br />

de mayor gravedad.<br />

c. Resolución del Consejo Académico, notificada por Secretaría General, previo el análisis de<br />

informes escritos sobre la falta y respuesta escrita del supuesto infractor en su defensa.<br />

La gravedad de las infracciones y de las sanciones que se apliquen será determinada por el Consejo<br />

Académico.<br />

Artículo 42. Si los alumnos realizan actos que perturben gravemente a la Universidad en su<br />

conjunto o una parte de ella, tales como acciones individuales o colectivas, dentro de los recintos<br />

de la universidad, ocupaciones u otros análogos, que interfieran con los derechos y libertades que<br />

el Estado y Reglamento reconocen a los miembros de la universidad; y, especialmente, si en ellos se<br />

usare la fuerza o violencia, los estudiantes serán sancionados por el rector con la expulsión<br />

inmediata y definitiva de la universidad, perdiendo todos sus derechos en la misma, reservándose<br />

la universidad el derecho de exigir las responsabilidades legales que correspondan.<br />

Artículo 43. Si los estudiantes cometen, en las inmediaciones de la universidad, actos atentatorios a<br />

la moral y buenas costumbres, que perturben la tranquilidad del entorno, de los cuales se deriven<br />

perjuicios al nombre y al prestigio de la institución, éstos serán sancionados con amonestación por<br />

escrito del Decano. Si reincidieran en ello, el caso podrá ser elevado a conocimiento del Consejo<br />

Académico, el mismo que decidirá su sanción.<br />

ACRE02 – Reglamento del Alumno 7


<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DEL</strong> <strong>ALUMNO</strong><br />

Artículo 44. Será causa de expulsión inmediata de la universidad el consumo y/o posesión de<br />

sustancias estupefacientes o psicotrópicas, dentro y fuera del recinto de clases. Queda<br />

expresamente prohibido a los alumnos portar en el recinto universitario cualquier clase de arma<br />

blanca o de fuego, aunque disponga de licencia para ello.<br />

Artículo 45. En caso de que el estudiante no incluya en sus trabajos académicos las referencias<br />

bibliográficas de las de fuentes de información utilizadas, se considerará plagio, y el respectivo<br />

trabajo académico tendrá la calificación de cero.<br />

Artículo 46. Si un estudiante fuese encontrado copiando en el desarrollo de un examen, será<br />

sancionado con una calificación equivalente a cero en el examen en el que cometió la falta referida.<br />

TÍTULO X<br />

Representación estudiantil<br />

Artículo 47. Durante el mes de octubre, cada curso deberá elegir un delegado y un suplente a la<br />

Asociación de Estudiantes de la Facultad. Serán elegibles sólo quienes tengan un promedio<br />

académico de 8,5 de toda su carrera estudiantil o superior, haber cumplido más del 50% de la malla<br />

curricular, no tener materias de arrastre, no haber perdido el año y no tener sanciones<br />

disciplinarias escritas.<br />

Artículo 48. La Asociación de Estudiantes en cada Facultad está integrada por un delegado de cada<br />

curso y tiene como función primordial el fomentar y apoyar todas las actividades culturales,<br />

académicas, sociales y deportivas a nivel interno de la Universidad Internacional SEK. Designará<br />

entre sus miembros un Presidente y un Vicepresidente.<br />

Artículo 49. La Directiva de la Asociación de Estudiantes será elegida mediante votación de todos<br />

los alumnos, de entre listas integradas por delegados de los cursos de las diferentes facultades.<br />

Estará conformada por un presidente, un vicepresidente, un tesorero, un secretario y un<br />

representante de cada facultad. Las listas para terciar en el proceso eleccionario deben inscribirse<br />

en la Dirección de Bienestar Estudiantil, por lo menos cuatro días antes del día de la elección; la<br />

Dirección de Bienestar Estudiantil previa verificación del cumplimiento de requisitos, procederá<br />

con la calificación de listas De no existir por lo menos dos listas debidamente inscritas y calificadas,<br />

no se realizará el proceso de elecciones y se proclamará ganadora a la única lista calificada.<br />

Artículo 50. El Presidente de la Asociación de Estudiantes de la UISEK, además de motivar el<br />

desarrollo de actividades de integración, cultural, social, académico y deportivo, deberá fomentar<br />

el diálogo permanente en la comunidad estudiantil, como elemento impulsador de cambio y<br />

mejoramiento, en el marco del debido respeto a autoridades y comunidad universitaria en general.<br />

Actuará como representante de los estudiantes al Consejo Superior de la Universidad, en<br />

conformidad con el Artículo 47 de la LOES; en caso de ausencia le subrogará en sus funciones el<br />

Secretario de la Asociación de Estudiantes. De igual forma ejercerá la representación estudiantil<br />

ante cualquier comisión o estamento interno o externo conforme a la normativa legal vigente o a la<br />

que se estableciere a futuro.<br />

Artículo 51. El sistema de elección es siempre por votación secreta. El decano y tutor suscribirán el<br />

acta de la elección de los delegados de curso. La convocatoria a la elección la realizará el decano<br />

con una semana de antelación.<br />

Artículo 52. El delegado del curso será el representante del mismo ante autoridades de la<br />

universidad y de la Asociación de Estudiantes, para todas aquellas cuestiones que sean propias del<br />

ámbito académico y extra curricular. En caso de ausencia del delegado de curso asistirá el<br />

subdelegado.<br />

Artículo 53. El Decano se reunirá mensualmente con los delegados de su Facultad y el Rector lo<br />

hará periódicamente en cada Campus, con el objeto de tratar todos los aspectos tendientes al mejor<br />

ACRE02 – Reglamento del Alumno 8


<strong>REGLAMENTO</strong> <strong>DEL</strong> <strong>ALUMNO</strong><br />

funcionamiento de la universidad, así como para plantear las recomendaciones que se estimen<br />

oportunas.<br />

Artículo 54. Las Directivas de cada Facultad tendrán derecho a reunirse en las ocasiones que<br />

estimen oportunas, con el objeto de intercambiar criterios y experiencias, así como para realizar<br />

actividades artísticas, culturales y deportivas, siempre que dichas reuniones no afecten sus horarios<br />

de clase o la marcha normal de la universidad.<br />

TÍTULO XI<br />

De la continuidad de estudios.<br />

Artículo 55. La Universidad brindará al profesional SEK las facilidades para ampliar sus estudios<br />

de postgrado en la propia universidad.<br />

Artículo 56. Los estudiantes de la Universidad Internacional SEK que deseen continuar sus<br />

estudios de Postgrado en la Institución serán exonerados de rendir los respectivos exámenes de<br />

ingreso, sin importar las Facultades de las cuales provengan.<br />

Artículo 57. Los profesionales de la UISEK podrán utilizar las instalaciones, servicios de bienestar<br />

universitario y servicios de biblioteca de acuerdo a la disponibilidad y horarios establecidos.<br />

TÍTULO XII<br />

De la participación en los órganos colegiados de cogobierno<br />

Artículo 58. Los estudiantes de la UISEK de acuerdo a lo normado en el Estatuto podrán ser parte<br />

de los órganos de cogobierno de la Universidad.<br />

TÍTULO XIII<br />

Disposiciones finales<br />

Artículo 59. Los casos especiales y situaciones no previstas en el presente Reglamento serán<br />

resueltos por el Consejo Académico de la Universidad.<br />

Artículo 60. Toda reforma al presente reglamento, así como su interpretación, son potestades<br />

exclusivas del Consejo Superior de la Universidad Internacional SEK.<br />

Aprobado por Consejo Superior en Sesión del 23 de febrero del 2010<br />

Modificado y Aprobado por Consejo Superior en Sesión del 11 de enero del 2011<br />

ACRE02 – Reglamento del Alumno 9

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!