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EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO - Gestiopolis

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Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración PúblicaNacional, de los Estados y de los Municipios, publicada en la GacetaOficial Nº 3850 Extraordinario de fecha 18 de julio de 1986, (vigente parala fecha en que se otorgaron las jubilaciones), establece lo siguiente:Artículo 3°: “El derecho a la jubilación se adquiere mediante elcumplimiento de los siguientes requisitos: a) Cuando el funcionario oempleado haya alcanzado la edad de 60 años, si es hombre, o de 55 añossi es mujer, siempre que hubiere cumplido, por lo menos, 25 años deservicio; o, b) Cuando el funcionario o empleado haya cumplido 35 añosde servicios independientemente de la edad”.2. La pensión de jubilación fijada, supera al 80 % del último salario quepercibían para la fecha en que se les concedió. Al respecto, el artículo 9°de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones delos Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, delos Estados y de los Municipios, antes citada, establece lo siguiente:Artículo 9°: “El monto de la jubilación que corresponda al funcionario oempleado será el resultado de aplicar al sueldo base, el porcentaje queresulte de multiplicar los años de servicio por un coeficiente de 2.5.La jubilación no podrá exceder del 80 % del sueldo base”.Esta situación se originó por la aplicación a estos ex-trabajadores, de laConvención Colectiva de Trabajo período 2005-2008, celebrada entre elSindicato Único Municipal de Empleados Públicos del Municipio El Portal yla Alcaldía de este Municipio, lo que produjo que se hayan concedido estosbeneficios al margen de la normativa legal que los regula, afectando alpatrimonio público municipal, por cuanto se vienen erogando montos en lanómina del personal jubilado, que en el caso de las 40 personas, representauna cantidad que acumulada desde el momento en que se les empezó a pagarel beneficio, hasta el 31 de diciembre de 2007, alcanzaba la suma total deBs. 900.000,00.En consecuencia, se ordena:1. Fórmese expediente administrativo del caso y asígnesele el númerocorrespondiente.

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