20.11.2012 Views

Bioética y dignidad humana Alberto Ling Altamirano

Bioética y dignidad humana Alberto Ling Altamirano

Bioética y dignidad humana Alberto Ling Altamirano

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

42<br />

La fecundación artificial extracorpórea homóloga,<br />

consistente en que el padre y la madre otorgan<br />

sus células germinales para la fecundación in vitro.<br />

En muchos países se permite la FIVET jurídicamente,<br />

incluso en legislaciones demasiado rígidas.<br />

Claro que todos sabemos que el punto de<br />

vista jurídico puede no coincidir con el punto de<br />

vista ético y moral. Incluso –como en el aborto–,<br />

la ley positiva <strong>humana</strong> colisiona con la ley moral.<br />

En la fecundación artificial extracorpórea heteróloga<br />

los óvulos pueden pertenecer a la esposa,<br />

a una pariente o a una donadora anónima.<br />

Si el problema es la anovulación de la esposa,<br />

se recurre a la donación de óvulos, pero deberá<br />

hacerse en el momento que se decide la inseminación,<br />

pues la conservación de ovocitos es demasiado<br />

complicada. El proceso de simultaneidad<br />

entre receptores y donadores es la ocasión<br />

de factores de reclamación posterior.<br />

La donación de espermatozoides es más sencilla,<br />

y ya hace tiempo existen bancos de semen<br />

animal. Los bancos de esperma <strong>humana</strong> son más<br />

recientes, llevando consigo problemas de clasificación.<br />

Pero en muchos lugares se prepara –para<br />

evitar reclamaciones posteriores– un cocktail de<br />

distintos donadores. Este tipo de procreación lleva,<br />

además, problemas de identidad.<br />

Algunas ocasiones, aunque de manera aislada,<br />

se transfieren gametos de otra pareja –por el<br />

método washing-out– consistente en desanidar<br />

un embrión implantado en el útero de la esposa<br />

de la segunda pareja para implantarlo, posteriormente,<br />

en el útero de la esposa de la primera pareja.<br />

Este procedimiento de donación de embriones<br />

lo utilizan cuando ha fallado la inseminación<br />

artificial y la fecundación in vitro heteróloga.<br />

El principal problema consiste en que “el<br />

concebido” tiene derecho a la identidad y, por<br />

lo tanto, en países donde se lleva a cabo este<br />

procedimiento se exige que el anonimato sea<br />

solamente directo, pero que las instituciones<br />

lleven de manera clasificada la identidad de los<br />

donantes y que solamente por orden judicial se<br />

pueda tener acceso a dicha información. Pero si<br />

se fabrica una mezcla de semen, ¿cómo saber<br />

la identidad?<br />

Inseminación artificial intracorpórea<br />

La fecundación es llevada a cabo dentro de<br />

la madre, a la cual se le deposita semen por<br />

medios artificiales, proveniente del esposo generalmente,<br />

pero que también puede proceder<br />

de un banco de esperma.<br />

La procreación no es un hecho meramente<br />

biológico del hombre sino un acto “personal” y<br />

“conyugal”; esto es, para decir que, para que sea<br />

<strong>humana</strong>, la procreación exige que sea un acto que<br />

involucre libre y responsablemente a la totalidad<br />

de cada uno de los cónyuges en forma exclusiva.<br />

No hay persona que no sea cuerpo, psique<br />

y espíritu; no se da ejercicio humano y personal<br />

de la sexualidad que no involucre cuerpo, psique,<br />

entraña y espíritu; por esto, no se da acto<br />

sexual moralmente honesto y recto que no esté<br />

inscrito en la conyugalidad y en el don recíproco<br />

y unitotal de las personas.<br />

La reproducción asistida, fecundación<br />

asistida, madres subrogadas<br />

o úteros en alquiler<br />

Los problemas morales y jurídicos de la separación<br />

entre conyugalidad-genitorialidad-paternidad<br />

se agravan cuando la madre que aporta<br />

los cromosomas es distinta de quien gesta al<br />

embrión. Puede complicarse aún más cuando<br />

se haga realidad el útero artificial. Ya han empezado<br />

los conflictos jurídicos entre la madre<br />

biológica y la madre gestadora.<br />

No se puede alegar altruismo en el alquiler u<br />

ocupación de otros úteros para gestar embriones<br />

humanos; podría, entonces, alegar lo mismo<br />

para relaciones adúlteras con fines de gestación.<br />

El caso es real y no solamente una suposición.<br />

Fecundación y gestación interespecífica<br />

Se entiende por fecundación interespecífica<br />

o hibridación, la posibilidad de fecundación<br />

entre gametos humanos y gametos animales.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!