Bioética y dignidad humana Alberto Ling Altamirano
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La fecundación artificial extracorpórea homóloga,<br />
consistente en que el padre y la madre otorgan<br />
sus células germinales para la fecundación in vitro.<br />
En muchos países se permite la FIVET jurídicamente,<br />
incluso en legislaciones demasiado rígidas.<br />
Claro que todos sabemos que el punto de<br />
vista jurídico puede no coincidir con el punto de<br />
vista ético y moral. Incluso –como en el aborto–,<br />
la ley positiva <strong>humana</strong> colisiona con la ley moral.<br />
En la fecundación artificial extracorpórea heteróloga<br />
los óvulos pueden pertenecer a la esposa,<br />
a una pariente o a una donadora anónima.<br />
Si el problema es la anovulación de la esposa,<br />
se recurre a la donación de óvulos, pero deberá<br />
hacerse en el momento que se decide la inseminación,<br />
pues la conservación de ovocitos es demasiado<br />
complicada. El proceso de simultaneidad<br />
entre receptores y donadores es la ocasión<br />
de factores de reclamación posterior.<br />
La donación de espermatozoides es más sencilla,<br />
y ya hace tiempo existen bancos de semen<br />
animal. Los bancos de esperma <strong>humana</strong> son más<br />
recientes, llevando consigo problemas de clasificación.<br />
Pero en muchos lugares se prepara –para<br />
evitar reclamaciones posteriores– un cocktail de<br />
distintos donadores. Este tipo de procreación lleva,<br />
además, problemas de identidad.<br />
Algunas ocasiones, aunque de manera aislada,<br />
se transfieren gametos de otra pareja –por el<br />
método washing-out– consistente en desanidar<br />
un embrión implantado en el útero de la esposa<br />
de la segunda pareja para implantarlo, posteriormente,<br />
en el útero de la esposa de la primera pareja.<br />
Este procedimiento de donación de embriones<br />
lo utilizan cuando ha fallado la inseminación<br />
artificial y la fecundación in vitro heteróloga.<br />
El principal problema consiste en que “el<br />
concebido” tiene derecho a la identidad y, por<br />
lo tanto, en países donde se lleva a cabo este<br />
procedimiento se exige que el anonimato sea<br />
solamente directo, pero que las instituciones<br />
lleven de manera clasificada la identidad de los<br />
donantes y que solamente por orden judicial se<br />
pueda tener acceso a dicha información. Pero si<br />
se fabrica una mezcla de semen, ¿cómo saber<br />
la identidad?<br />
Inseminación artificial intracorpórea<br />
La fecundación es llevada a cabo dentro de<br />
la madre, a la cual se le deposita semen por<br />
medios artificiales, proveniente del esposo generalmente,<br />
pero que también puede proceder<br />
de un banco de esperma.<br />
La procreación no es un hecho meramente<br />
biológico del hombre sino un acto “personal” y<br />
“conyugal”; esto es, para decir que, para que sea<br />
<strong>humana</strong>, la procreación exige que sea un acto que<br />
involucre libre y responsablemente a la totalidad<br />
de cada uno de los cónyuges en forma exclusiva.<br />
No hay persona que no sea cuerpo, psique<br />
y espíritu; no se da ejercicio humano y personal<br />
de la sexualidad que no involucre cuerpo, psique,<br />
entraña y espíritu; por esto, no se da acto<br />
sexual moralmente honesto y recto que no esté<br />
inscrito en la conyugalidad y en el don recíproco<br />
y unitotal de las personas.<br />
La reproducción asistida, fecundación<br />
asistida, madres subrogadas<br />
o úteros en alquiler<br />
Los problemas morales y jurídicos de la separación<br />
entre conyugalidad-genitorialidad-paternidad<br />
se agravan cuando la madre que aporta<br />
los cromosomas es distinta de quien gesta al<br />
embrión. Puede complicarse aún más cuando<br />
se haga realidad el útero artificial. Ya han empezado<br />
los conflictos jurídicos entre la madre<br />
biológica y la madre gestadora.<br />
No se puede alegar altruismo en el alquiler u<br />
ocupación de otros úteros para gestar embriones<br />
humanos; podría, entonces, alegar lo mismo<br />
para relaciones adúlteras con fines de gestación.<br />
El caso es real y no solamente una suposición.<br />
Fecundación y gestación interespecífica<br />
Se entiende por fecundación interespecífica<br />
o hibridación, la posibilidad de fecundación<br />
entre gametos humanos y gametos animales.