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COMITÉ DEL SISTEMAARMONIZADOWORLD CUSTOMS ORGANIZATIONORGANISATION MONDIALE DES DOUANESORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANASEstablished in 1952 as the Customs Co-operation CouncilCréée en 1952 sous le nom de Conseil de coopération douanièreEstablecida en 1952 con el nombre de Consejo de Cooperación AduaneraNC1564S1a(+ Anexos I y II)-46ª Sesión O. Ing.-Bruselas, 5 de agosto de 2010.PROYECTOS DE ENMIENDAS DEL SISTEMA ARMONIZADO QUE SE EFECTUARÁNMEDIANTE CORRIGENDUM(Punto II.8 del orden del día)Documentos de referencia:NC1310E1b (CSA/41 - Informe)NG0159B1NC1443E1b (CSA/43 - Informe)NG0163B1NC1444B1a (CSA/43 - Informe - Corrigendum)NC1510S1a (CSA/45)NC1448S1a (CSA/44)NR0828E1b, Anexo B/2 (SCR/40 - Informe)NC1500E1b (CSA/44 - Informe) SC0105E1a (Actas del Consejo 115ª/116ª)NG0154B1I. ANTECEDENTES1. En el contexto del ciclo de revisión pasado, el Comité del Sistema Armonizado en su43ª Sesión decidió enmendar las partidas 03.02, 03.03 y 03.04 de la versión actual del SA,siguiendo las propuestas presentadas por el Subcomité de Revisión en base a laspropuestas formuladas por la FAO (véase el Doc. NC1443B1b, Anexos F/2, L, O/9 y R).2. Estas enmiendas entrarán en vigor el 1 de enero de 2012 (véase el Doc. NG0163B1 -Enmiendas a la Nomenclatura añadidas como Anexo al Convenio (SA)).3. En la 40ª Sesión del Subcomité de Revisión en mayo de 2010, se consideraronpertinentes las observaciones de Japón con respecto al error tipográfico en el nombrecientífico para los colines de Alaska en la subpartida 0302.55 del SA de 2012, que reza“colín de Alaska (Theraga chalcogramma)”. El Subcomité concluyó que el nombre científicocorrecto del colín de Alaska era el siguiente: “Theragra chalcogramma” (subrayado añadidopor la Secretaría).Expediente nº 2483_________________Por razones de economía, la tirada de documentos es limitada. Se ruega a los delegados que lleven sus ejemplares a lasreuniones y se abstengan de solicitar copias adicionales.Copyright © 2010 Organización Mundial de Aduanas. Todos los derechos reservados. Cualquier solicitud para la traducción,reproducción o adaptación de este documento debe dirigirse a copyright@wcoomd.org.


NC1564S1a4. En el curso de su intervención acerca del procedimiento que permitiría asegurar lacorrección oportuna del error tipográfico en el texto de las subpartidas del SA 2012, 0302.55,0303.67, 0304.75, 0304.94 y 0304.95, el Director Adjunto explicó que el error tipográfico sepresentará al Consejo de la OMA en sus 115ª/116ª Sesiones en junio de 2010. Sepeticionará al Consejo que apruebe las correcciones tipográficas mediante corrigendum yque dé instrucciones al Comité del SA en el sentido de preparar la enmienda necesaria en elmarco del Artículo 16. El Subcomité convino con el trámite sugerido.5. En sus 115ª/116ª Sesiones, el Consejo aprobó las correcciones tipográficas en lassubpartidas citadas mediante corrigendum y dio instrucciones al Comité del SistemaArmonizado en el sentido de preparar las enmiendas necesarias a la Nomenclatura del SAen virtud del Artículo 16 a fin de integrarlas en un proyecto de futura Recomendación delConsejo.6. Por otra parte, en fecha reciente se informó a la Secretaría de que la palabra“subterranae” en el texto francés de la subpartida 0713.34 (véase el Doc. NG0163B1)contiene un error de mecanografía, y debe rezar “subterranea” (subrayado de la Secretaría)tal y como consta en el texto inglés de la subpartida.2.II. OBSERVACIONES DE LA SECRETARÍA7. La Secretaría informa a las Partes Contratantes del Convenio del SA y a los demásMiembros del Consejo que las correcciones tipográficas en el texto de las subpartidas0302.55, 0303.67, 0304.75, 0304.94 y 0304.95 del SA de 2012 aprobadas por el Consejo sedeben tener en cuenta cuando se prepare la versión 2012 de sus aranceles yNomenclaturas nacionales.8. Sin embargo, estas correcciones se deben efectuar formalmente mediante enmiendaspertinentes por corrigendum y en virtud del Artículo 16. Por lo tanto, la Secretaría hapresentado los necesarios proyectos de enmiendas que se efectuarán por corrigendum y envirtud del Artículo 16 de la Nomenclatura para la consideración del Comité en el Anexo I y IIde este documento, respectivamente.9. A efectos de corregir los errores de mecanografía en el texto francés de la subpartida0713.34 cuanto antes, la Secretaría también los ha incluido en los Anexos I y II del presentedocumento, porque considera que se puede aplicar el procedimiento del corrigendum para lacorrección del texto de la subpartida.10. El Consejo también solicitó que el Comité preparara las necesarias enmiendas a laNomenclatura en virtud del Artículo 16 con miras a integrarlas en un proyecto futuro deRecomendación del Consejo. A este respecto, la Secretaría invita al Comité a pronunciarseacerca de si las enmiendas deberían sean precedidas de un proyecto de Recomendacionesseparado que sería sometido al Consejo en junio de 2011 y entraría en vigor el 1 de enerode 2014, o si acaso deben ser incluidas en la recomendación del Consejo junto con otrasenmiendas de la Nomenclatura que serán aprobadas en el marco del Quinto ciclo derevisión. Por lo tanto, la Secretaría ha insertado dos diversas fechas posibles <strong>des</strong>pués de la“entrada en vigor” en la página de cobertura del Anexo II a este documento.11. Si el Comité decide que las enmiendas se deben hacer por una recomendaciónseparada del Consejo, la Secretaría preparará el proyecto de Recomendación de enmiendade la Nomenclatura del SA para la consideración del Comité en su sesión siguiente enmarzo de 2011, en base a los proyectos de enmienda que se efectuarán por elprocedimiento del Artículo 16 que constan en el Anexo II a este documento.


NC1564S1a12. Debe observarse que las Partes Contratantes del Sistema Armonizado no tienenobligación legal de ejecutar las enmiendas conforme al procedimiento del corrigendum hastaque esas enmiendas entren en vigor en virtud de una Recomendación elaborada conformeal procedimiento del Artículo 16. Sin embargo, conforme al procedimiento del corrigendum,las Partes Contratantes gozarán de la libertad de aplicar las enmiendas <strong>des</strong>de el 1 de enerode 2012 para reflejar la situación a partir de esa fecha.13. Las enmiendas consecuentes a las Notas Explicativas (SA de 2012) también se veránconcretadas en los documentos que se someterán al examen del Subcomité de Revisión ennoviembre de 2010.14. La Secretaría invita a las Partes Contratantes a continuar examinando las enmiendasaceptadas a la Nomenclatura del SA que entrará en vigor el 1 de enero de 2012, a fin decerciorarse de que no hay otros errores efectivos u omisiones suplementarias que seríanecesario corregir mediante el procedimiento del corrigendum. Si los hubiera, la Secretaríaagradece poder recibirlos cuanto antes, de modo que se pueda elaborar un nuevodocumento de trabajo para la próxima sesión del Comité.15. Para la 48ª Sesión del Comité (septiembre de 2011), la Secretaría también va aelaborar un documento informativo que incluya una Lista consolidada de todas lasenmiendas efectuadas mediante corrigendum a la Nomenclatura de 2012 en virtud de laRecomendación del 26 de junio de 2009 adoptadas por el Comité y el Consejo. LaSecretaría cree que la Lista consolidada ayudará a los usuarios del SA en la preparación dela puesta en práctica de las enmiendas de 2012 a la Nomenclatura del SA.III. CONCLUSIÓN16. Considerando las observaciones anteriores de la Secretaría, se invita al Comité a :1°) adoptar las enmiendas que se efectuarán a la No menclatura (edición 2012) mediantecorrigendum, según lo precisado en el Anexo I de este documento, así como lasenmiendas que se efectuarán mediante el procedimiento del Artículo 16, según loprecisado en el Anexo II de este documento;2°) expresar su parecer si acaso la Secretaría debe elaborar un proyecto separado deRecomendación del Consejo por lo que se refiere a las correcciones tipográficas yamencionadas para que el Comité lo examine en su sesión siguiente, o si lasenmiendas se deben incluir en la Recomendación del Consejo junto con las demásenmiendas de la Nomenclatura que se aprobarán en el marco del Quinto ciclo derevisión del SA; y3°) tomar nota de la intención de la Secretaría de elaborar un documento informativo quecomprenda una Lista consolidada de todas las enmiendas efectuadas mediantecorrigendum a la Nomenclatura de 2012 en virtud de la Recomendación del 26 dejunio de 2009, para la 48ª Sesión del Comité.* * *3.

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