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RESOLUCION ADMINISTRATIVA DPI/MOD/DC Nº 01/2013 La Paz ...

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VISTOS Y CONSIDERANDO:<strong>RESOLUCION</strong> <strong>ADMINISTRATIVA</strong> <strong>DPI</strong>/<strong>MOD</strong>/<strong>DC</strong> Nº <strong>01</strong>/2<strong>01</strong>3<strong>La</strong> <strong>Paz</strong>, 08 de febrero de 2<strong>01</strong>3Que, el Decreto Supremo Nº 27938 de 20 de diciembre de 2004, modificado por el DecretoSupremo Nº 28152 de mayo de 2005, establece a través de su artículo 2 que “el Servicio Nacionalde Propiedad Intelectual – SENAPI, es una institución Pública Desconcentrada, con competencia dealcance nacional; tiene autonomía de gestión administrativa legal, técnica y depende del Ministeriode Desarrollo Productivo y Economía Plural”, así mismo, su artículo prevé que “su misión esadministrar en forma desconcentrada e integral el régimen de Propiedad Intelectual en todos suscomponentes, mediante una estricta observancia de los regímenes legales de Propiedad Intelectual,de la vigilancia de su cumplimiento y de una efectiva protección de los derechos referidos a lapropiedad intelectual, a los derechos de autor y derechos conexos; constituyéndose en la oficinanacional competente respecto de los tratados internacionales y acuerdos regionales suscritos yadheridos por el país, así como de las normas y regímenes comunes que en materia de PropiedadIndustrial que se han adoptado en el marco del proceso andino de integración”.Que, por Decreto Supremo Nº 029894 de 7 de febrero de 2009, el Servicio de Propiedad Intelectualse encuentra dentro de la estructura del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural bajosupervisión directa del Viceministerio de Comercio Interno y Exportaciones.Que, mediante Resolución Ministerial MDP y EP/DESPACHO/No. 190/2<strong>01</strong>2 de fecha 26 de octubrede 2<strong>01</strong>2, la Abog. Gabriela Murillo Zárate, ha sido designada Directora General Ejecutivo delServicio Nacional de Propiedad Intelectual – SENAPI.Que, mediante Memorandum MEM/DADM/RH/2<strong>01</strong>1-0025 de 07 de febrero de 2<strong>01</strong>1, el Abog. JorgeAndrés Daza Guzmán, ha sido designado Director de Propiedad Industrial, del Servicio Nacional dePropiedad Intelectual.Que, la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 2341 de 23 de abril de 2002, prevé en su artículo4 inc. j y k) entre los principios que rigen la actividad administrativa los siguientes: Principio deeficacia que tiene por objeto que todo procedimiento administrativo logre su finalidad, evitandodilaciones indebidas; así como el principio de economía, simplicidad y celeridad, referido a quetodo procedimiento administrativo se desarrolle con economía, simplicidad y celeridad evitandoformalismos innecesarios.Que, el Art. 7 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002, establece que “I. <strong>La</strong>s autoridadesadministrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer determinados asuntosadministrativos, por causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y pública. Estadelegación se efectuará únicamente dentro de la entidad pública a su cargo. II. El delegante y eldelegado serán responsables solidarios por el resultado y desempeño de las funciones, deberesy atribuciones emergentes del ejercicio de la delegación, conforme a la Ley Nº 1178, deAdministración y control Gubernamentales de 20 de julio de 1990 y disposiciones


eglamentarias…VI. <strong>La</strong> delegación de competencia y su revocación surtirán efecto a partir de lafecha de su publicación en un órgano de prensa de circulación nacional”.Que, el Art. 18 inc. c) y d) del Decreto Supremo Nº 27938 de 20 de Diciembre de 2004, seestablece entre las atribuciones del Director de Propiedad Industrial, “Otorgar o denegarderechos de propiedad industrial, de conformidad a la legislación vigente” y “Llevar y mantenerel registro de las solicitudes y modificaciones de los derechos de propiedad industrial”; Asimismo,el Art. 17 de la misma normativa prevé también entre las atribuciones comunes de losDirectores Técnicos de Propiedad Intelectual, establece que corresponde a estos: “a) Dirigir ycoordinar el trabajo y las actividades de las unidades de su dependencia…c) Atender los asuntosrelativos a su competencia…e) Ejercer plena competencia para el conocimiento y resolución de lassolicitudes y registro de Propiedad Intelectual, así como para la adopción de medidas cautelares,en sus respectivas áreas de gestión. Asimismo, actúan en primera instancia conociendo yresolviendo los recursos de revocatoria…”.Que, por Informe INF/DGE/<strong>DPI</strong>/2<strong>01</strong>3-0008 (I/2<strong>01</strong>3-00883), el Abog. Andrés Daza Guzmán –Director de Propiedad Industrial, con el fin de seguir con la agilización de trámites de signosdistintivos, en concreto con los trámites de solicitud de renovaciones de Signos Distintivos, solicitala modificación de la R.A. <strong>DPI</strong>/<strong>DC</strong> N° <strong>01</strong>/2<strong>01</strong>1 de 18 de mayo de 2<strong>01</strong>1, delegando la competenciadel procesamiento de dichos trámites al o la Responsable de Modificaciones de pendiente de laDirección de Propiedad Industrial, retirando dicha competencia al Responsable de SignosDistintivos.Que, por informe Dirección Jurídica INF/DGE/DJ/RAJ/2<strong>01</strong>3-0<strong>01</strong>3 (I/2<strong>01</strong>3-00883-SENAPI/DJ/N° 19-2<strong>01</strong>3) de 04 de febrero de 2<strong>01</strong>3 emitido por la Responsable de Asuntos Jurídicos Administrativos,Dra. María Eugenia Montaño y aprobado por el Director de Asuntos Jurídicos, Dr. Juan Pablo VillegasU. se analiza el requerimiento presentado por el Director de Propiedad Industrial, evaluandoque por Resolución Administrativa Nº 33/2<strong>01</strong>0 de 18 de octubre de 2<strong>01</strong>0, se aprueba la NuevaEscala Salarial y Estructura de Cargos del SENAPI, misma que fue autorizada por Resolución BiMinisterial Nº 04 de fecha 7 de Diciembre de los MEyFP y MDPyEP, en la que se incorporan dosnuevos Responsables adicionales dentro de la estructura de la Dirección de Propiedad Industrial,aspecto por el que se justificaría que estos puestos puedan asumir funciones que justifiquen losobjetivos de su creación, consideración que sumada a la excesiva recarga de funciones queplantea el Director de Propiedad Industrial, justifican la referida modificación de delegación; paralo cual se deberá estar a lo previsto en el Art. 7 de la Ley 2341, es decir, que corresponde alAbog. Andrés Daza Guzmán – Director de Propiedad Industrial, emitir la resolución demodificación de la R.A. <strong>DPI</strong>/<strong>DC</strong> N° <strong>01</strong>/2<strong>01</strong>1 de 18 de mayo de 2<strong>01</strong>1, toda vez que las funcionesque pretende delegar son atribuibles a sus competencias, dejando expresa constancia de quela delegación surtirá efecto a partir de su publicación en un medio de prensa de circulaciónnacional.


POR TANTO: El Director de Propiedad Industrial del Servicio Nacional de Propiedad Intelectual -SENAPI, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal y en virtud al Art. 7 de la Ley Nº 2341de Procedimiento AdministrativoRESUELVE:PRIMERO.- <strong>MOD</strong>IFICAR la R.A. <strong>DPI</strong>/<strong>DC</strong> N° <strong>01</strong>/2<strong>01</strong>1 de 18 de mayo de 2<strong>01</strong>1, delegando al o a laResponsable de Modificaciones la siguiente competencia:- Conocimiento y tramitación de solicitudes de renovaciones de signos distintivos, emitiendo actosadministrativos de mero trámites y/o definitivos de los mismos.- Firma de Resoluciones administrativas de Renovaciones de Signos Distintivos y firma de los títuloso certificados de renovaciones.- Conocimiento y emisión de Resoluciones de Revocatoria cuando se presente recursosadministrativos contra Resoluciones Administrativas de Renovaciones y/o actos administrativos decarácter definitivo en solicitudes de renovaciones.SEGUNDO: En lo que respecta a las demás competencias de los Responsables de Signos Distintivos,Responsables de Modificaciones al registro y Responsable de Patentes de Invención, establecidasen la R.A. <strong>DPI</strong>/<strong>DC</strong> N° <strong>01</strong>/2<strong>01</strong>1 de 18 de mayo de 2<strong>01</strong>1, las mismas se mantiene inalterables.TERCERO.- Conforme a lo previsto en el párrafo II del Art. 7 de la Ley Nº 2341 de ProcedimientoAdministrativo, se deja expresa constancia de que la autoridad delegante y delegada sonresponsables solidarios por el resultado y desempeño emergentes del ejercicio de la delegación.CUARTO.- <strong>La</strong> delegación de competencia, surtirá efecto legal a partir de su publicación, conformelo determina el Artículo 7, parágrafo VI de la Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 deabril de 2002. Por consiguiente, se ordena la publicación de la presente Resolución Administrativa,en un órgano de prensa de circulación nacional, quedando encargada para dicho fin, la DirecciónAdministrativa y Financiera de SENAPI.QUINTO.- Los Responsables de Signos Distintivos, Patentes de invención y Modificaciones alregistro, así como el Director Administrativo y Financiero del Servicio Nacional de PropiedadIntelectual (SENAPI) quedan encargados del cumplimiento a la presente resolución.SEXTO.- Se deja sin efecto cualquier otra disposición de igual o menor jerarquía contraria a lapresente Resolución.Regístrese, comuníquese y archívese

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