12.07.2015 Views

Exp. 288/07 - Ayuntamiento de Zapopan

Exp. 288/07 - Ayuntamiento de Zapopan

Exp. 288/07 - Ayuntamiento de Zapopan

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

DICTAMEN Y PROPUESTA DE COMISIONES DEL AYUNTAMIENTO<strong>Exp</strong>ediente <strong>288</strong>/<strong>07</strong> Se resuelve iniciativa <strong>de</strong>l Regidor Benito ManuelVillagómez, respecto <strong>de</strong> la implementación <strong>de</strong>l Programa parala Prevención y Gestión <strong>de</strong> Residuos Sólidos <strong>de</strong>l Municipio <strong>de</strong> <strong>Zapopan</strong>Septiembre 29, 2009H. AYUNTAMIENTOCONSTITUCIONAL DE ZAPOPAN20<strong>07</strong>-2009tratamiento y disposición final <strong>de</strong> los residuos sólidos e industriales que no estén consi<strong>de</strong>radoscomo peligrosos, <strong>de</strong> conformidad con lo dispuesto por el artículo 137 <strong>de</strong> la presente ley;V. La creación y administración <strong>de</strong> zonas <strong>de</strong> preservación ecológica <strong>de</strong> los centros <strong>de</strong>población, parques urbanos, jardines públicos y <strong>de</strong>más áreas análogas previstas por la legislaciónlocal;VI. La aplicación <strong>de</strong> las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control <strong>de</strong> lacontaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, radiaciones electromagnéticas y lumínica yolores perjudiciales para el equilibrio ecológico y el ambiente, proveniente <strong>de</strong> fuentes fijas quefuncionen como establecimientos mercantiles o <strong>de</strong> servicios, así como la vigilancia <strong>de</strong>lcumplimiento <strong>de</strong> las disposiciones que, en su caso, resulten aplicables a las fuentes móvilesexcepto las que conforme a esta ley sean consi<strong>de</strong>radas <strong>de</strong> jurisdicción fe<strong>de</strong>ral;VII. La aplicación <strong>de</strong> las disposiciones jurídicas en materia <strong>de</strong> prevención y control <strong>de</strong> lasaguas que se <strong>de</strong>scarguen en los sistemas <strong>de</strong> drenaje y alcantarillado <strong>de</strong> los centros <strong>de</strong> población,así como <strong>de</strong> las aguas nacionales que tengan asignadas, con la participación que conforme a lalegislación local en la materia corresponda a los Gobiernos <strong>de</strong> los Estados;VIII. La formulación y expedición <strong>de</strong> los programas <strong>de</strong> or<strong>de</strong>namiento ecológico local <strong>de</strong>lterritorio a que se refiere el articulo 20 bis 4 <strong>de</strong> esta ley, en los términos en ella previstos, asícomo el control y la vigilancia <strong>de</strong>l uso y cambio <strong>de</strong> uso <strong>de</strong>l suelo, establecidos en dichosprogramas;IX. La preservación y restauración <strong>de</strong>l equilibrio ecológico y la protección al ambiente enlos centros <strong>de</strong> población, en relación con los efectos <strong>de</strong>rivados <strong>de</strong> los servicios <strong>de</strong> alcantarillado,limpia, mercados, centrales <strong>de</strong> abasto, panteones, rastros, tránsito y trasportes locales, siempre ycuando no se trate <strong>de</strong> faculta<strong>de</strong>s otorgadas a la fe<strong>de</strong>ración o a los estados en la presente ley;X. La participación en la atención <strong>de</strong> los asuntos que afecten el equilibrio ecológico <strong>de</strong> doso más municipios y que generen efectos ambientales en su circunscripción territorial;XI. La participación en emergencias y contingencias ambientales conforme a las políticas yprogramas <strong>de</strong> protección civil que al efecto se establezcan;XII.- La vigilancia <strong>de</strong>l cumplimiento <strong>de</strong> las normas oficiales mexicanas expedidas por lafe<strong>de</strong>ración, en las materias y supuestos a que se refieren las fracciones III, IV, VI Y VII <strong>de</strong> esteartículo;XIII. La formulación y conducción <strong>de</strong> la política municipal <strong>de</strong> información y difusión enmateria ambiental;XIV. La participación en la evaluación <strong>de</strong>l impacto ambiental <strong>de</strong> obras o activida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>competencia estatal, cuando las mismas se realicen en el ámbito <strong>de</strong> su circunscripción territorial;XV. La formulación, ejecución y evaluación <strong>de</strong>l programa municipal <strong>de</strong> protección alambiente, yXVI. La atención <strong>de</strong> los <strong>de</strong>más asuntos que en materia <strong>de</strong> preservación <strong>de</strong>l equilibrioecológico y protección al ambiente les conceda esta ley u otros or<strong>de</strong>namientos en concordanciacon ella y que no estén otorgados expresamente a la fe<strong>de</strong>ración o a los estados.- Página 5 <strong>de</strong> 12 -

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!