Documento Completo - Diputación de Badajoz
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ÁREA DE CULTURA Y ACCIÓN CIUDADANASISTEMA DE REGLAMENTACIÓN YPROCEDIMENTACIÓN DEL ARCHIVOProc.: ARC-01Subsistema: Reglamento y Procedimientos <strong>de</strong>l Archivo ProvincialProcedimiento: Consultas Rev: B <strong>de</strong> 26/03/1999ANEXO II: NORMATIVA REGULADORA PARA EL PROCEDIMIENTO DE CONSULTACONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 27 DE DICIEMBRE <strong>de</strong> 1978Art. 441. Los po<strong>de</strong>res públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen<strong>de</strong>recho.2. Los po<strong>de</strong>res públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio<strong>de</strong>l interés general.Art. 105La ley regulará:b) El acceso <strong>de</strong> los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte ala seguridad y <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong>l Estado, la averiguación <strong>de</strong> <strong>de</strong>litos y la intimidad <strong>de</strong> las personas.LEY ORGÁNICA 1/1982 DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DERECHO AL HONOR, A LA INTIMIDADPERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGENArt.1.1El <strong>de</strong>recho fundamental al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen,garantizado en al artículo 18 <strong>de</strong> la Constitución, será protegido civilmente frente a todo género <strong>de</strong>intromisiones ilegítimas, <strong>de</strong> acuerdo con lo establecido en la presente Ley Orgánica.Art. 7Tendrán la consi<strong>de</strong>ración <strong>de</strong> intromisiones ilegítimas, en el ámbito <strong>de</strong> protección <strong>de</strong>limitado por elartículo segundo <strong>de</strong> esta ley:Tres. La divulgación <strong>de</strong> hechos relativos a la vida privada <strong>de</strong> una persona o familia que afecten asu reputación y buen nombre, así como la revelación o publicación <strong>de</strong>l contenido <strong>de</strong> cartas,memorias u otros escritos personales <strong>de</strong> carácter íntimo.Cuatro. La revelación <strong>de</strong> datos privados <strong>de</strong> una persona o familia conocidos a través <strong>de</strong> laactividad profesional u oficial <strong>de</strong> quien los revela.Art. 8.1No se reputarán, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas oacordadas por la Autoridad competente <strong>de</strong> acuerdo con la ley, ni cuando predomine un interéshistórico, científico o cultural relevante.LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCALArt. 10.1La Administración Local y las <strong>de</strong>más Administraciones públicas ajustarán sus relacionesrecíprocas a los <strong>de</strong>beres <strong>de</strong> información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitoscompetenciales respectivos.- 29 -