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Documento Completo - Diputación de Badajoz

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ÁREA DE CULTURA Y ACCIÓN CIUDADANASISTEMA DE REGLAMENTACIÓN YPROCEDIMENTACIÓN DEL ARCHIVOProc.: ARC-01Subsistema: Reglamento y Procedimientos <strong>de</strong>l Archivo ProvincialProcedimiento: Consultas Rev: B <strong>de</strong> 26/03/1999estará reservado a éstas, que, en el supuesto <strong>de</strong> observar que tales datos figuran incompletoso inexactos, podrán exigir que sean rectificados o completados, salvo que figuren enexpedientes caducados por el transcurso <strong>de</strong>l tiempo, conforme a los plazos máximos que<strong>de</strong>terminen los diferentes procedimientos, <strong>de</strong> los que no pueda <strong>de</strong>rivarse efecto sustantivoalguno.3. El acceso a los documentos <strong>de</strong> carácter nominativo que sin incluir otros datos pertenecientes ala intimidad <strong>de</strong> las personas figuren en los procedimientos <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho, salvo los<strong>de</strong> carácter sancionador o disciplinario, y que, en consi<strong>de</strong>ración a su contenido, puedanhacerse valer para el ejercicio <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> los ciudadanos, podrá ser ejercido, a<strong>de</strong>más<strong>de</strong> por sus titulares, por terceros que acrediten un interés legítimo y directo.4. El ejercicio <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos que establecen los apartados anteriores podrá ser <strong>de</strong>negadocuando prevalezcan razones <strong>de</strong> interés público, por intereses <strong>de</strong> terceros más dignos <strong>de</strong>protección o cuando así lo disponga una Ley, <strong>de</strong>biendo, en estos casos, el órgano competentedictar resolución motivada.4. El <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> acceso no podrá ser ejercido respecto <strong>de</strong> los siguientes expedientes:a) Los que contengan información sobre las actuaciones <strong>de</strong>l Gobierno <strong>de</strong>l Estado o <strong>de</strong> lasComunida<strong>de</strong>s Autónomas, en el ejercicio <strong>de</strong> sus competencias constitucionales no sujetas aDerecho Administrativo.b) Los que contengan información sobre la Defensa Nacional o la Seguridad <strong>de</strong>l Estado.c) Los tramitados para la investigación <strong>de</strong> los <strong>de</strong>litos cuando pudiera ponerse en peligro laprotección <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos y liberta<strong>de</strong>s <strong>de</strong> terceros o las necesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> las investigacionesque se estén realizando.d) Los relativos a las materias protegidas por el secreto comercial o industrial.e) Los relativos a actuaciones administrativas <strong>de</strong>rivadas <strong>de</strong> la política monetaria.6. Se regirán por sus disposiciones específicas:a) El acceso a los archivos sometidos a la normativa sobre materias clasificadas.b) El acceso a documentos y expedientes que contengan datos sanitarios personales <strong>de</strong> lospacientes.c) Los archivos regulados por la legislación <strong>de</strong>l régimen electoral.d) Los archivos que sirvan a fines exclusivamente estadísticos <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l ámbito <strong>de</strong> la funciónestadística pública.e) El Registro Civil y el Registro Central <strong>de</strong> Penados y Rebel<strong>de</strong>s y los registros <strong>de</strong> carácterpúblico cuyo uso esté regulado por una Ley.f) El acceso a los documentos obrantes en los Archivos <strong>de</strong> las Administraciones Públicas porparte <strong>de</strong> las personas que ostenten la condición <strong>de</strong> Diputado <strong>de</strong> las Cortes Generales,Senador, miembro <strong>de</strong> una Asamblea legislativa <strong>de</strong> Comunidad Autónoma o <strong>de</strong> unaCorporación Local.g) La consulta <strong>de</strong> fondos documentales existentes en los Archivos Históricos.7. El <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> acceso será ejercido por los particulares <strong>de</strong> forma que no se vea afectada laeficacia <strong>de</strong>l funcionamiento <strong>de</strong> los servicios públicos <strong>de</strong>biéndose, a tal fin, formular peticiónindividualizada <strong>de</strong> los documentos que se <strong>de</strong>see consultar, sin que queda, salvo para suconsi<strong>de</strong>ración con carácter potestativo, formular solicitud genérica sobre una materia oconjunto <strong>de</strong> materias. No obstante, cuando los solicitantes sean investigadores que acreditenun interés histórico, científico o cultural relevante, se podrá autorizar el acceso directo <strong>de</strong>aquéllos a la consulta <strong>de</strong> los expedientes, siempre que que<strong>de</strong> garantizada <strong>de</strong>bidamente laintimidad <strong>de</strong> las personas.- 37 -

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