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LEY PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y ... - Vida sin Violencia

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<strong>LEY</strong> <strong>PARA</strong> <strong>LA</strong> <strong>IGUALDAD</strong> <strong>ENTRE</strong> <strong>MUJERES</strong> Y HOMBRES DEL ESTADO DE CAMPECHEPoder Legislativo del Estado de CampecheOficialía MayorDirección de Estudios LegislativosCompendio Jurídico del EstadoSección LeyesIII.Revisar permanentemente las políticas de prevención, atención, sanción yerradicación de la violencia de género.Artículo 34.- Para los efectos de lo previsto en el artículo anterior, las autoridadescorrespondientes desarrollarán las siguientes acciones:I. Garantizar el seguimiento y la evaluación de la aplicación de la legislaciónexistente;II. Promover el conocimiento de la legislación y la jurisprudencia sobre la materiaen la sociedad;III. Difundir en la sociedad el conocimiento de sus derechos y los mecanismospara su exigibilidad;IV. Integrar el principio de igualdad en el ámbito de la protección social;V. Impulsar acciones que aseguren la igualdad de acceso de mujeres y dehombres a la alimentación, la educación y la salud, yVI. Promover campañas de concientización para mujeres y hombres sobre suparticipación equitativa en la atención de las personas dependientes de ellos.CAPÍTULO QUINTODE <strong>LA</strong> <strong>IGUALDAD</strong> <strong>ENTRE</strong> <strong>MUJERES</strong> Y HOMBRES EN <strong>LA</strong> VIDA CIVI<strong>LA</strong>rtículo 35.- Con el fin de promover y procurar la igualdad en la vida civil de mujeres yhombres, será objetivo de la Política Estatal:I. Evaluar la legislación en materia de igualdad entre mujeres y hombres;II. Promover los derechos específicos de las mujeres como derechos humanosuniversales, yIII. Erradicar las distintas modalidades de violencia de género.Artículo 36.- Para los efectos de lo previsto en el artículo anterior, las autoridadescorrespondientes desarrollarán las siguientes acciones:I. Mejorar los sistemas de inspección del trabajo en lo que se refiere a lasnormas sobre la igualdad de retribución;II. Promover investigaciones con perspectiva de género en materia de salud y deseguridad en el trabajo;III. Apoyar las actividades de interlocución ciudadana respecto a la legislaciónsobre la igualdad para las mujeres y los hombres;IV. Reforzar la cooperación y los intercambios de información sobre los derechoshumanos e igualdad entre hombres y mujeres con organizaciones nogubernamentales y organizaciones nacionales de cooperación para eldesarrollo;9

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