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LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN - Inegi

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CÁMARA <strong>DE</strong> DIPUTADOS <strong>DE</strong>L H. CONGRESO <strong>DE</strong> LA UNIÓNSecretaría GeneralSecretaría de Servicios ParlamentariosCentro de Documentación, Información y Análisis<strong>LEY</strong> <strong>FE<strong>DE</strong>RAL</strong> <strong>DE</strong> <strong>RADIO</strong> Y <strong>TELEVISIÓN</strong>Última Reforma DOF 19-06-2009establece: “Las concesiones sobre bandas de frecuencias se otorgarán por un plazo hasta de 20 años…”,aplicación supletoria con la cual se logra, además, una regla uniforme tanto para los concesionarios debandas de frecuencias para usos determinados en materia de telecomunicaciones como para losconcesionarios de servicios de radiodifusión.b) Fracción V del artículo 17-E, en la porción normativa que establece: “Solicitud de…presentada a…”.Por tanto, esa fracción queda en los siguientes términos:“Artículo 17-E.- Los requisitos que deberán llenar los interesados son:(…)V. Opinión favorable la Comisión Federal de Competencia.”c) Artículo 17-G, en la parte que señala: “…a través de subasta pública.”.Por lo que el precepto queda en los términos siguientes:“Artículo 17-G.- La Comisión valorará, para definir el otorgamiento de la concesión,la congruencia entre el Programa a que se refiere el artículo 17-A de esta ley y losfines expresados por el interesado para utilizar la frecuencia para prestar elservicio de radiodifusión, así como el resultado de la licitación.”d) Artículo 20, en las siguientes porciones normativas:1) De la fracción I, en la porción que dispone: “…cuando menos…”.2) De la fracción II, la primera parte, que señala: “De considerarlo necesario, la Secretaría podrásostener entrevistas con los interesados que hubiesen cumplido, en su caso, con los requisitos exigidos,para que aporten información adicional con relación a su solicitud.”3) De la fracción III, en la porción que establece: “…a su juicio...”En consecuencia, el artículo queda en los términos siguientes:“Artículo 20.- Los permisos a que se refiere la presente Ley se otorgarán conformeal siguiente procedimiento:I. Los solicitantes deberán presentar la información a que se refieren las fraccionesI, III, IV y V del artículo 17-E de esta Ley, así como un programa de desarrollo yservicio de la estación;II. Lo anterior, sin perjuicio de la demás información que la Secretaría considerenecesario recabar de otras autoridades o instancias, para el cabal conocimiento delas características de cada solicitud, del solicitante y de su idoneidad para recibirel permiso de que se trate.III. Cumplidos los requisitos exigidos y considerando la función social de laradiodifusión, la Secretaría resolverá sobre el otorgamiento del permiso.La duración de los permisos no excederá de 20 años, renovables por plazosiguales.”35 de 44

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