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Proyecto Fusion LIBERBANK CARTERA ... - Cajastur

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PROYECTO DE FUSIÓN DE<strong>LIBERBANK</strong> <strong>CARTERA</strong> CONSERVADORA, FI (Fondo absorbente)CANTABRIA GESTIÓN DINÁMICA, FI (Fondo absorbido)1. Identificación de los fondos implicados y de sus Sociedades Gestoras y Depositarios.El presente proyecto de fusión tiene por objeto la fusión por absorción de los fondos de inversión quese indican a continuación:1.1. Identificación del Fondo Absorbente.<strong>LIBERBANK</strong> <strong>CARTERA</strong> CONSERVADORA FI, nº de registro 3355 de la CNMV.Entidad Gestora: <strong>LIBERBANK</strong> GESTIÓN, SGIIC, SAU, número 176 de registro en la CNMV1.2. Identificación del Fondo Absorbido.CANTABRIA GESTIÓN DINÁMICA FI, nº de registro 2382 de la CNMV.Entidad gestora: CANTABRIA FONDOS SAU SGIIC número 62 de registro en la CNMVAmbos fondos tienen:- Por entidad depositaria a <strong>LIBERBANK</strong> SA, con número 225 de registro en la CNMVLas características principales del fondo absorbente, <strong>LIBERBANK</strong> <strong>CARTERA</strong> CONSERVADORA,FI, son las siguientes:a) Inversión mínima inicial: 6,00 eurosb) Inversión mínima a mantener: 6,00 eurosc) Valoración de suscripciones y reembolsos y publicidad del valor liquidativo: la Sociedad Gestorapublica diariamente el valor liquidativo del fondo en www.liberbankgestion.es. A efectos de lassuscripciones y reembolsos que se soliciten en este Fondo, el valor liquidativo aplicable es elD+1. Por tanto, si se solicita una suscripción o reembolso el día D, el valor liquidativo que seaplicará será el correspondiente al día D+1.Las órdenes cursadas por el partícipe a partir de las 15:30 horas o en un día inhábil se tramitaránjunto con las realizadas al día siguiente hábil. A estos efectos, se entiende por día hábil todos losdías de lunes a viernes, excepto festivos en todo el territorio nacional.. No se considerarán díashábiles aquellos en los que no exista mercado para los activos que representen más del 5% delpatrimonio. Los comercializadores podrán fijar horas de corte distintas y anteriores a laestablecida con carácter general por la Sociedad Gestora, debiendo ser informado el partícipe alrespecto por el comercializador.La Sociedad Gestora exigirá un preaviso de hasta 10 días para reembolsos superiores a300.000,00 euros. Asimismo, cuando la suma total de lo reembolsado a un mismo partícipe,dentro de un periodo de 10 días sea igual o superior a 300.000,00 euros la Gestora exigirá paralas nuevas peticiones de reembolso, que se realicen en los diez días siguientes al últimoreembolso solicitado cualquiera que sea su importe, un preaviso de 10 días. Para determinar elcómputo de las cifras previstas en este párrafo se tendrán en cuenta el total de los reembolsosordenados por un mismo apoderado. Las solicitudes de reembolso de cualquier partícipe seliquidarán como cualquier otra solicitud del día, si hay liquidez, y para el caso de que noexistiera liquidez suficiente para atender el reembolso, se generará la liquidez necesaria, sinesperar a que venza el plazo máximo de 10 días. En tal caso, el valor liquidativo aplicable a estosreembolsos será el que corresponda a las operaciones del día en que se hayan contabilizado losresultados de las ventas de activos necesarias para que el Fondo obtenga la liquidez para hacerfrente a su pago.d) La entidad comercializadora <strong>LIBERBANK</strong> S.A. ofrece a los partícipes de este Fondo un plansistemático de aportaciones mensuales para la suscripción de participaciones, con un mínimo de10 euros mensuales.Existe a disposición del público los documentos informativos de los fondos que pueden serconsultados en los domicilios de ambas Sociedades Gestoras y en los registros de la CNMV.1


2. Aspectos jurídicos y económicos de la fusión.La operación de fusión consiste en la absorción por <strong>LIBERBANK</strong> <strong>CARTERA</strong> CONSERVADORA,FI de CANTABRIA GESTIÓN DINÁMICA, FI, según lo dispuesto en el artículo 26 de la LIIC.La fusión implica la incorporación del patrimonio del fondo absorbido con transmisión por título desucesión universal de la totalidad de su patrimonio, derechos y obligaciones a favor del fondoabsorbente, quedando éste, como consecuencia de la fusión disuelto sin liquidación.Con esta fusión se pretende concentrar la gestión de las IIC promovidas por el Grupo <strong>LIBERBANK</strong>evitando duplicidades de políticas inversoras. Así, se ha acordado la fusión de dos fondos de fondosde riesgo similar.Las operaciones del fondo absorbido realizadas a partir de la fecha de ejecución de la fusión(otorgamiento del contrato de fusión) y hasta su definitiva inscripción en los Registros que procedanse entenderán realizados, a efectos contables, por el fondo absorbente.Todos los gastos derivados de la fusión serán soportados por <strong>LIBERBANK</strong> GESTIÓN SGIIC SAUpor lo que no tendrán repercusiones en los fondos afectados por la fusión.Las operaciones realizadas a partir de la fecha del otorgamiento del documento contractual y hastasu definitiva inscripción en los registros correspondientes se entenderán realizadas por el fondoabsorbente.Una vez ejecutada la fusión, la Gestora del fondo absorbente, en unión con el Depositario,procederá a efectuar el canje de los certificados de participación, en caso de que éstos hubieran sidoemitidos o algún partícipe lo solicitara.3. Información sobre la política de inversión y comisiones que seguirá el fondo absorbente.No se modificará la política de inversión de este fondo siendo sus elementos esenciales lossiguientes. En los documentos informativos pasará a estar catalogado como Renta Fija MixtaInternacional.Vocación inversora y política de inversión del fondo absorbente <strong>LIBERBANK</strong> <strong>CARTERA</strong>CONSERVADORA, FIEl fondo pertenece a la categoría: Fondo de Fondos: RENTA FIJA MIXTA INTERNACIONAL.El objetivo de gestión del fondo es rentabilizar las inversiones acorde con el perfil de riesgo delfondo. El fondo toma como referencia el comportamiento de los índices: FIM de AFI (90%); IBEX35 (3,3%); Euro Stoxx 50 Price (3,3%) y Standard & Poor´s 500, convertido a euros (3,3%).Política de inversión.El fondo mantendrá su exposición principalmente en activos de renta fija. Su objetivo de volatilidadanual es no superar el 3%.El fondo invierte entre un 70% y un 97% de su patrimonio, en IIC financieras que sean activo apto,armonizadas o no, pertenecientes o no al grupo de la Gestora, aunque se invertirá principalmente enIIC del grupo.El fondo invierte directa e indirectamente, a través de IIC de carácter financiero, en activos de rentafija y de renta variable. La exposición media objetivo a renta variable es del 10%, pero oscilará entreel 0% y el 25%, el resto en renta fija y mercado monetario.Las inversiones en Renta Fija serán en Deuda Pública y en Renta Fija Privada. Su calidad crediticiaserá alta (mínimo A-) y; hasta un 25% será de mediana calidad (BBB-, BBB y BBB+),preferentemente de los países de la Zona Euro, aunque podrá invertir en el resto de países de la UniónEuropea y de la OCDE (excluyendo emergentes), también podrá invertir hasta un 5% en emisionesde renta fija emergente y/o high yield (baja calificación crediticia, rating BB+ o inferior). Laduración de las inversiones se situará preferentemente en el corto plazo. En el caso de invertir en2


emisiones no calificadas por una entidad calificadora se atenderá a la calificación crediticia delemisor. Los ratings mencionados se refieren a los otorgados por S&P o equivalentes de otrasagencias.La inversión en Renta Variable será en activos de emisores de países OCDE, sin predeterminación encuanto a sectores. Un porcentaje máximo del 5% podrá estar invertido en renta variable de paísesemergentes o en valores de baja capitalización.La suma de las inversiones totales en renta variable de países emergentes, valores de bajacapitalización y de renta fija emergente y/o high yield no superará el 5% del patrimonio.La exposición al riego divisa no superará el 10%.Se podrá operar con instrumentos financieros derivados negociados en mercados organizados dederivados con la finalidad de cobertura y de inversión y no negociados en mercados organizados dederivados con la finalidad de cobertura y de inversión.La exposición máxima en instrumentos financieros derivados es el importe del patrimonio neto.Se podrá invertir hasta un máximo conjunto del 10% del patrimonio en activos que podrían introducirun mayor riesgo que el resto de las inversiones como consecuencia de sus características, entre otras,de liquidez, tipo de emisor o grado de protección al inversor.Comisiones que soporta el fondo absorbente, no se modifica su régimen de comisiones:Comisión anual de gestión: 0,50% anual sobre el patrimonio y 9% sobre el resultado anual.Comisión anual de depósito: 0,05% anual sobre el patrimonio.Sobre la parte de patrimonio invertida en IIC la comisión indirecta máxima no superará la suma del11% de los resultados anuales del fondo y el 2,5% de su patrimonio, en el caso de la comisión degestión y del 0,45% en el supuesto de la comisión de depósito.Por la parte de patrimonio invertido en IIC del grupo, las comisiones acumuladas aplicadas directa oindirectamente al fondo y a sus partícipes no superarán el 2,25% en el supuesto de la comisión degestión. Se exime a este fondo del pago de comisiones de suscripción y reembolso por la inversión enacciones y participaciones de IIC del Grupo.4. Diferencia entre las estructuras de las carteras del fondo absorbente y del fondo absorbido:Cuadro comparativo de la situación a 31-01-2012 de la cartera de cada fondo:Liberbank Cartera Conservadora Cantabria Gestión DinámicaLiquidez 3,51% 6,07%Repos Deuda Pública Española 0,00% 3,98%Monetarios 18,62% 38,24%Renta fija global 40,83% 15,95%Renta Variable Euro 11,02% 0,00%Renta Variable USA 4,84% 0,00%Renta Variable global 20,84% 0,00%IIC de Retorno Absoluto 0,00% 33,11%IIC de Inversión libre 0,34% 0,59%Materias Primas 0,00% 2,06%100,00% 100,00%La Sociedad Gestora reestructurará las carteras de los fondos que participan en la presente fusiónmediante la venta de los valores que sean necesarios, para adaptarlas así a la política de inversión yvocación inversora que sigue el fondo absorbente. Esta reestructuración de la cartera se iniciará, unavez finalizado el plazo legal de un mes contado desde la fecha de comunicación individualizada alos partícipes del proyecto de fusión de fondos y finalizará, en la medida de lo posible y siempre eninterés de los partícipes, antes de la ejecución de la fusión.3


Para obtener más información, existe a disposición de los partícipes, en el domicilio de las gestorasy en los registros de la CNMV, los informes periódicos de los fondos, en los que se puede consultarla composición detallada de las carteras, así como otra información económica financiera relevantede los fondos.5. Últimos estados financieros auditados e información sobre la posible ecuación de canje queresultaría conforme a los últimos estados financieros remitidos a la CNMV.5.1. Informes de auditoría.Los informes de auditoria del último ejercicio de los fondos implicados no presentan salvedades.Dichos informes se pueden consultar en el domicilio de la gestora y en los Registros de laCNMV.5.2. Ecuación de canjeSegún los últimos estados financieros remitidos a la CNMV referidos a 31/12/11 la ecuación decanje (resultado del cociente entre el valor liquidativo del fondo absorbido y el valor liquidativodel fondo absorbente) que resultaría sería la siguiente:Por cada participación de CANTABRIA GESTIÓN DINÁMICA FI el partícipe recibiría1,5691529 participaciones de <strong>LIBERBANK</strong> <strong>CARTERA</strong> CONSERVADORA FI.No obstante, la ecuación de canje definitiva se determinará con los valores liquidativos al cierredel día anterior al del otorgamiento del documento contractual de fusión y podrá variarrespecto a la anteriormente señalada.Dicha ecuación garantizará que cada partícipe del fondo absorbido reciba un número departicipaciones del fondo absorbente de forma que el valor de su inversión el día de la fusión nosufra alteración alguna, ya que el patrimonio del fondo resultante de la fusión es la suma exactade los patrimonios de los fondos antes de la fusión.6. Información a los partícipes de los efectos fiscales de la fusión.La presente fusión se acogerá al régimen fiscal especial que para las fusiones se establece en elcapítulo VIII del Título VII de la Ley del Impuesto de Sociedades, por lo que la misma no tendráefectos en el impuesto de la Renta de las Personas Físicas ni en el Impuesto de Sociedades para lospartícipes, manteniéndose en todo caso la antigüedad de las participaciones.Para ello, se deberá proceder a comunicar a la Administración tributaria la opción por esterégimen especial previsto para las fusiones, de acuerdo con lo previsto en la normativa delimpuesto sobre sociedades.D. José Ramón Arechederra ZabalaEn representación de<strong>LIBERBANK</strong> GESTION SGIIC SAUD. Jesús Alcalde Barrio y D. Alfonso María Gutiérrez RodríguezEn representación de<strong>LIBERBANK</strong> SAD. Gonzalo García PoleróEn representación deCANTABRIA FONDOS SAU SGIIC4

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