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Normas y procedimientos para la toma del inventario ... - Sencico

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V. NORMAS GENERALES5.1 Comisión de Inventario.-La Comisión de Inventario, será designada mediante Resolución de <strong>la</strong> Alta Dirección apropuesta de <strong>la</strong> oficina de Administración y Finanzas y tendrá como función organizar,conducir y consolidar los resultados <strong>del</strong> Inventario a nivel nacional, de acuerdo a <strong>la</strong>magnitud de los bienes a inventariar.La Comisión de Inventario estará conformada por el personal <strong>del</strong> Departamento deContabilidad, Departamento de Abastecimiento y de <strong>la</strong> Gerencia Zonal Lima Cal<strong>la</strong>o.5.2 Sub Comisiones de Inventario.-Estarán conformadas por representantes de <strong>la</strong>s Gerencias Zonales y tendrán como función<strong>la</strong> ejecución de <strong>la</strong> Toma de Inventario en <strong>la</strong> Dependencia Zonal y al término de el<strong>la</strong>, losresultados deberán ser informados a <strong>la</strong> Comisión de Inventario.5.3 Cronograma de Trabajo.-La Toma de Inventario Anual deberá efectuarse al 31 de Diciembre indefectiblemente. LaComisión de Inventario en coordinación con <strong>la</strong>s Sub Comisiones de Inventario, e<strong>la</strong>boraránsu Cronograma de Trabajo.5.4 Equipos a Utilizar.-Para el trabajo de verificación física a realizar, deberá utilizarse equipos de apoyo como:Computadoras, Impresoras y otros.5.5 Prohibición <strong>del</strong> desp<strong>la</strong>zamiento de bienes.-Para una adecuada verificación de los bienes asignados a cada una de <strong>la</strong>s dependencias<strong>del</strong> SENCICO, queda suspendido todo desp<strong>la</strong>zamiento interno o externo de los bienesdurante el mes de Diciembre. Esta medida permitirá que el Inventario Físico Institucionalsea exacto y veraz.5.6 Responsabilidad de los bienes asignados.-Teniendo en cuenta que cada trabajador es el único responsable de <strong>la</strong> existencia física,permanencia y conservación de cada uno de los bienes asignados a su uso, éste deberáadoptar <strong>la</strong>s previsiones <strong>del</strong> caso <strong>para</strong> evitar <strong>la</strong> pérdida, sustracción y deterioro de losmismos, que vaya en desmedro <strong>del</strong> patrimonio institucional y pudiera generarresponsabilidad administrativa.5.7 Deterioro <strong>del</strong> medio identificatorio.-En caso, de que el medio identificatorio colocado a los bienes asignados, se despegue,extravíe o deteriore, el responsable de dicho bien, deberá comunicar de inmediato elhecho al Departamento de Abastecimiento, Área de Control Patrimonial, <strong>para</strong> solicitar elduplicado <strong>del</strong> código identificatorio.5.8 Control de Bienes no codificados y no registrados en cuentas contables.-Estos bienes que no son Activo Fijo, ni Cuenta de Orden y figuran en los respectivos<strong>inventario</strong>s de <strong>la</strong> Dependencia/Trabajador, según “Inventario Físico de Bienes nocodificados“, dada su naturaleza y características propias, serán contro<strong>la</strong>dos en forma2

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