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DESEMPLEO SUPER CASH - Banco Falabella

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ionizantes o contaminación por radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier desperdicio proveniente de lacombustión de dicho combustible.11. Pena de muerte o participación activa en cualquier acto delictivo o en actos violatorios de leyes o reglamentos; en dueloconcertado, en peleas o riñas, salvo en aquellos casos en que se acredite legítima defensa; servicio militar; así como participaciónactiva o actos notoriamente peligrosos en huelgas, motín, conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y terrorismo.12. Fenómenos de la naturaleza tales como pero no limitados a: terremotos, maremotos, inundaciones, huaycos, avalanchas,deslizamientos y rayos.13. Accidentes que se produzcan en: la práctica profesional de cualquier deporte; la práctica no profesional de deportes de actividadde riesgo, tales como carreras de automóvil, motocicletas, deportes acuáticos, caminata de montaña, práctica de ciclismo, concursoso prácticas hípicas, equitación, rodeo, rugby, boxeo, esquí acuático, tabla hawaiana, paracaidismo, ala delta, parapente, puenting,caza de animales, toreo, andinismo, pesca submarina, deportes a caballo.14. La práctica o desempeño de alguna actividad, profesión u oficio claramente riesgoso que no haya sido declarado por el Aseguradoal momento de contratar el seguro o durante su vigencia.15. La participación del Asegurado en actos temerarios o en cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividadnotoriamente peligrosa, entendiendo por tales aquellas donde se pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas.16. Accidente de trabajo o Enfermedad profesional para los trabajadores de empresas comprendidas por ley como empresas de riesgo.17. Por acto delictivo contra el Asegurado cometido en calidad de autor o cómplice por el Beneficiario o herederos, dejando asalvo el derecho a recibir la Suma Asegurada a los restantes Beneficiarios.PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTROEn caso de siniestro, estando ésta Póliza en pleno vigor, el Contratante o los Beneficiarios deberán comunicarlo por escrito al <strong>Banco</strong> <strong>Falabella</strong> yllamar al teléfono (01) 615-4300 (Lima) y 60-6000 (Provincias) y/o al correo electrónico: contactenos@bancofalabella.com.pe, con el fin decoordinar la presentación de los documentos sustentatorios para la indemnización del siniestro. El aviso del siniestro será igualmente válido yeficaz si se utilizan medios electrónicos (Correo) de conexión directa u otros análogos, que permitan el acuse de recibo como medio fehacientede comunicación. Para tener derecho a la indemnización el Contratante y Beneficiarios deberán acreditar el siniestro, con los antecedentes ydocumentos sustentatorios. La Compañía podrá investigar, revisar, solicitar o comprobar la autenticidad de la información recibida; en generalpodrá disponer de las medidas necesarias para la sustentación del evento.DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS EN CASO DE SINIESTROLas indemnizaciones previstas bajo esta Póliza, serán pagadas por la Compañía, siempre que el Contratante y los Beneficiarios cumplancon presentar la siguiente documentación:Para la Cobertura de Fallecimiento: Documento de Identidad del Asegurado (DNI), certificado de defunción del Asegurado (original ocopia certificada), acta o partida de defunción del Asegurado (Original o copia certificada) y estado completo del crédito o deuda.En caso de Muerte Accidental, deberán además presentar los siguientes documentos: Parte y atestado policial completo (copiasimple), certificado y protocolo de necropsia.Para los casos de Invalidez Total y Permanente por Enfermedad: Certificado médico de Invalidez Permanente Total emitida porESSALUD o la COMAFP (Comisión médica de AFP), copia de la historia médica de la clínica ú hospital donde recibió la atención médica yEstado completo del crédito o deuda.En caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente, deberán además presentar los siguientes documentos: Parte y atestadopolicial completo (copia simple) y resultado del análisis toxicológico y resultado del dosaje etílico.La Compañía de seguros se reserva el derecho de solicitar en caso lo estime conveniente la documentación adicional necesaria.IMPORTANTE· La información contenida en el presente documento se encuentra a título parcial e informativo. Prevalecen las condiciones de la Póliza,que obra en poder del Contratante y que el Asegurado declara conocer y aceptar.· El Asegurado tiene derecho a solicitar copia de la Póliza del Seguro de Grupo a la Compañía la cual deberá ser entregada en un plazomáximo de 15 días calendario desde la recepción de la solicitud presentada por el Asegurado.· En cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolución N° SBS 1420-2005 y Resolución 2996-2010 las comunicacionescursadas por el Asegurado al Contratante por aspectos relacionados con el presente contrato de seguros, tienen el mismo efecto que sihubieran dirigido a la Compañía.· Los pagos efectuados por el Asegurado o Contratante a la empresa del sector financiero se consideran abonados a la Compañía.· El Asegurado expresa su consentimiento a que los datos personales que brinde a la Compañía, o que sean recabados por éste, comoconsecuencia de la presente relación contractual, sean tratados (almacenados, registrados, transferidos, analizados, entre otros, según definición deLey N° 29733), a fin de mantener un nivel de servicio adecuado para el Asegurado, que incluye, fines publicitarios y/o promocionales.· El Asegurado autoriza a la Compañía a proporcionar los datos personales obtenidos en la presente relación contractual a la Corredora de Segurosy/o al Contratante para un mejor servicio.ATENCIÓN DE RECLAMOS Y SERVICIO AL CLIENTE<strong>Banco</strong> <strong>Falabella</strong>: Teléfono: (01) 615-4300 (Lima) y 60-6000 (Provincias) / E_mail: contactenos@bancofalabella.com.peCardif del Perú S.A. Cía de Seguros y Reaseguros: Teléfono: 615-5700 / Fax: 615-1721 / E_mail: servicioalcliente@cardif.com.pe / Páginaweb: www.cardif.com.pe (ícono “consultas”) El plazo de atención de un reclamo no deberá exceder de 30 días calendario, contados a partir dela fecha de recepción del mismoDEFENSORÍA DEL ASEGURADOCualquier diferencia existente entre la Compañía y el Asegurado y/o Contratante y siempre y cuando la pretensión no exceda la suma deUS$ 50,000.00 (Cincuenta Mil y 00/100 Dólares Americanos) o su equivalente en moneda nacional, podrá ser sometida al ámbito de laDefensoría del Asegurado, institución privada creada por la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG).Dirección: Arias Araguez 146, San Antonio Miraflores, Lima - PerúTelefax: 446-9158 / Correo electrónico: info@defaseg.com.pe / http://www.defaseg.com.peASEGURADOCARDIF DEL PERÚ S.A. COMPAÑÍA DESEGUROS Y REASEGUROS

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