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Reglamento del H. Cabildo del Municipio - Villahermosa

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H. AYUNTAMIENTOCONSTITUCIONAL DE CENTROVILLAHERMOSA, TAB. MEX.REGLAMENTO DEL H.CABILDO DEL MUNICIPIODE CENTRO, TABASCO.VI. Concluida la verificación o determinada la verificación posterior, el presidente municipal saliente, susregidores y su secretario, procederán a retirarse de la sesión;VII. El H. <strong>Cabildo</strong> entrante designará al secretario <strong>del</strong> Ayuntamiento y al contralor, a propuesta de su presidentemunicipal;VIII. Se tomará protesta al secretario <strong>del</strong> Ayuntamiento y al contralor designados, e inmediatamente, éstosiniciarán sus funciones;IX. El H. <strong>Cabildo</strong> a propuesta <strong>del</strong> presidente municipal, determinará la integración de las comisiones, quecorresponderán a cada uno de sus integrantes;X. El presidente municipal dará lectura al programa de trabajo que deberá contener como mínimo, las basespara la elaboración <strong>del</strong> Plan Municipal de Desarrollo, los trabajos a realizarse dentro <strong>del</strong> Programa OperativoAnual y su respectiva calendarización;XI. El presidente municipal comunicará al H. <strong>Cabildo</strong>, el nombre de los servidores públicos que haya tenido abien designar y les tomará la protesta de ley correspondiente;XII. El presidente municipal ordenará comunicar a los Poderes <strong>del</strong> Estado y a los titulares de las oficinasfederales y estatales que se encuentran establecidas en el municipio, el nombre de sus integrantes y el <strong>del</strong>os titulares de las dependencias señaladas en el artículo 73 de la Ley Orgánica de los <strong>Municipio</strong>s <strong>del</strong> Estadode Tabasco, yXIII. Se procederá a clausurar la sesión.Artículo 18. Si uno o varios regidores no acudieron a rendir protesta y tomar posesión de su encargo, el presidentemunicipal o en su defecto, uno de los síndicos de hacienda o cualquier otro regidor, solicitará al secretario <strong>del</strong>Ayuntamiento verificar si acreditó o acreditaron causa justa de su inasistencia; de ser así, se esperará a que superensu impedimento y se presente o presenten; en caso contrario, se exhortará a los faltantes para que comparezcan enun término de tres días naturales como máximo, apercibiéndolos que de no hacerlo, se entenderá que no aceptan elcargo y se llamará a los suplentes, los que los sustituirán de manera definitiva.Si vencido el término no se presenta o presentan, se llamará a los suplentes, por notificación personal y conapercibimiento de que si no acuden se entenderá que no aceptan el cargo; éstos deberán presentarse dentro de lasdos sesiones ordinarias de cabildo siguientes, y si no lo hacen, se estará a lo dispuesto en el artículo 62 de la LeyOrgánica de los <strong>Municipio</strong>s <strong>del</strong> Estado de Tabasco.SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO. Unidad Jurídica7

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