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Reglamento Interno Junta Directiva - Corficolombiana

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Nit. 890.300.653-6ejercer sus funciones a partir de la fecha en que la Superintendencia Financiera de Colombiaencuentre procedente que se desempeñen como directores, autorización con la cual se entiendesurtida la diligencia de posesión y prestado el juramento respectivo.Una vez posesionado un miembro de la <strong>Junta</strong> <strong>Directiva</strong>, deberá procederse por parte de laSecretaria General de la Corporación a su registro como tal ante la Cámara de Comercio deBogotá.PARÁGRAFO PRIMERO: No podrá haber en la <strong>Junta</strong> <strong>Directiva</strong> una mayoría cualquiera formadapor personas ligadas entre sí por matrimonio o unión libre, o por parentesco dentro del tercergrado de consanguinidad o segundo de afinidad o primero civil. Serán absolutamente ineficaceslas decisiones que se adopten en contravención a esta prohibición.PARÁGRAFO SEGUNDO: Si con antelación a la celebración de la Asamblea General deAccionistas, alguno de los asociados ha entregado a la Corporación una propuesta de candidatosa integrar la <strong>Junta</strong> <strong>Directiva</strong>, dicha propuesta se pondrá a disposición de los demás accionistasjunto con los documentos sobre los cuales se puede ejercer el derecho de inspecciónconsagrado en el Código de Comercio.PARÁGRAFO TERCERO: A los nuevos miembros de la <strong>Junta</strong> <strong>Directiva</strong> se les pondrá adisposición la información suficiente para que puedan tener conocimiento específico de laCorporación y del sector en que se desarrolla, así como aquella información relacionada con lasresponsabilidades, obligaciones y atribuciones propias del cargo.INCOMPATIBILIDADES E INHABILIDADESLos miembros de la <strong>Junta</strong> <strong>Directiva</strong> estarán sujetos a las normas previstas en los estatutossociales, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás disposiciones de carácter legal ointerno, referentes a inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo.DEBER DE REVELACIÓNLos Directores deberán informar cualquier circunstancia de la cual pueda derivarse una situaciónde competencia o de conflicto de interés y, cuando sea del caso, suministrar a la AsambleaGeneral de Accionistas toda la información que sea relevante para que ésta pueda decidir sobrela autorización para la actividad que genera el conflicto de interés o competencia.Acorde con lo anterior, entre otras cosas, los Directores deberán informar a la <strong>Junta</strong> <strong>Directiva</strong>,las relaciones, directas o indirectas, que mantengan entre ellos, o con el emisor, o conproveedores, o con clientes o con cualquier otro grupo de interés de las que pudieran derivarsesituaciones de conflicto de interés o influir en la dirección de su opinión o voto.REMUNERACIÓNLa Asamblea General de Accionistas señalará la remuneración de los miembros de la <strong>Junta</strong><strong>Directiva</strong> por su asistencia a las reuniones de <strong>Junta</strong> <strong>Directiva</strong> o a las de comités.Los miembros suplentes que asistan a reuniones de la <strong>Junta</strong> <strong>Directiva</strong> o de comités, así noactúen en reemplazo de su respectivo principal, tendrán derecho a devengar la mismaDIRECCIÓN GENERAL: Carrera 13 No. 26-45 Piso 8 Bogotá D.C. Pbx. (1) 2863300 Fax. (1) 2860163 A.A. 11843REGIONALES: Cali: Calle 10 No. 4-47 Piso 21 Pbx. (2) 8982222 Medellín: Calle 16 Sur No. 43A-49 Piso 8 Pbx. (4) 3197600Barranquilla: Carrera 52 No. 74-56 Of.803 Pbx. (5) 3681000 Bucaramanga: Calle 52 No. 35-38 Pbx. (7) 6470710Call Center 01 8000 522 238 – Bogotá 353 50 66www.corficolombiana.com

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