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Reglas de Operación 2010 - Secretaría de Economía

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Miércoles 30 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2009 DIARIO OFICIAL (Quinta Sección) 7Requisitos para acce<strong>de</strong>r a los Apoyos <strong>de</strong>l PROSOFT13. Los Apoyos <strong>de</strong>l PROSOFT se otorgan a la Población Objetivo a través <strong>de</strong> los Organismos Promotoresque serán los encargados <strong>de</strong> canalizar los Apoyos a la Población Objetivo salvo lo previsto en la regla 4 <strong>de</strong>lpresente instrumento, y para acce<strong>de</strong>r a los mismos se <strong>de</strong>ben cumplir los siguientes requisitos:I. El Organismo Promotor <strong>de</strong>berá ser validado conforme a lo dispuesto en la regla 16 <strong>de</strong>l presenteor<strong>de</strong>namiento;II. Que esté legalmente registrado o constituido conforme a la legislación mexicana;III. Que el Apoyo se solicite <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l tiempo <strong>de</strong> duración <strong>de</strong> la convocatoria a través <strong>de</strong> la Solicitud <strong>de</strong>Apoyo (Anexo B) en las direcciones www.software.net.mx y/o www.prosoft.economia.gob.mx, adjuntando enforma electrónica la documentación soporte <strong>de</strong>l proyecto y la documentación jurídica correspondiente;IV. Que el proyecto para el que soliciten Apoyo, cumpla con las características establecidas en laspresentes <strong>Reglas</strong> <strong>de</strong> Operación y en los Criterios <strong>de</strong> Operación aprobados por el Consejo Directivo;V. Que soliciten Apoyos por proyecto, sin rebasar los montos y porcentajes máximos establecidos en elAnexo A, pudiendo solicitar más <strong>de</strong> uno <strong>de</strong> ellos. Cualesquiera otra erogación cuyo concepto no se encuentre<strong>de</strong>scrito en el Anexo A <strong>de</strong>berá estar expresamente mencionado en el proyecto y podrá ser aprobadapor el Consejo Directivo;VI. Que no estén recibiendo Apoyos <strong>de</strong> otros programas fe<strong>de</strong>rales para el mismo concepto, que impliquensustituir su aportación o duplicar Apoyos o subsidios conforme a lo establecido en las presentes <strong>Reglas</strong> <strong>de</strong>Operación;VII. Que se encuentren al corriente en el cumplimiento <strong>de</strong> sus obligaciones en caso <strong>de</strong> haber solicitadoApoyos a éste o cualquier otro fondo o programa <strong>de</strong> la SE, in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong> la entidad fe<strong>de</strong>rativa enque se haya comprometido a ejecutar el proyecto;VIII. Los rubros y montos por conceptos <strong>de</strong> gasto aplicables en los que podrá incurrir un proyecto conrecursos <strong>de</strong>l PROSOFT se listan en Anexo A <strong>de</strong> las presentes <strong>Reglas</strong> <strong>de</strong> Operación;IX. Que todas las erogaciones efectuadas durante la vigencia <strong>de</strong>l proyecto estén directamenterelacionadas con el objetivo <strong>de</strong>l mismo;X. Se <strong>de</strong>berán presentar al menos tres cotizaciones equiparables para la selección <strong>de</strong> proveedores quelleven a cabo los componentes <strong>de</strong>l proyecto, <strong>de</strong>biendo el beneficiario seleccionar aquella que en razón <strong>de</strong>calidad y precio sea la más conveniente para la realización <strong>de</strong>l mismo.En caso <strong>de</strong> que por así convenir al <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong>l proyecto se <strong>de</strong>cida cambiar al proveedor seleccionado, elBeneficiario, a través <strong>de</strong>l Organismo Promotor <strong>de</strong>berá solicitar autorización previa a dicho cambio al ConsejoDirectivo, justificando su <strong>de</strong>cisión, siempre y cuando los conceptos sean equiparables en calidad y precio y nose vea afectado el objetivo <strong>de</strong>l proyecto.El Consejo Directivo o la Instancia Ejecutora facultada para tal efecto, notificará la resolucióncorrespondiente <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los 90 días naturales posteriores a la fecha <strong>de</strong> recepción <strong>de</strong> la solicitud. En caso <strong>de</strong>que el Consejo Directivo o la Instancia Ejecutora <strong>de</strong>bidamente facultada no resuelvan en el plazo mencionado,la solicitud se enten<strong>de</strong>rá resuelta en sentido negativo.En el caso <strong>de</strong> proveedores únicos, se <strong>de</strong>berá <strong>de</strong> presentar la documentación que lo justifique, pudiendo entodo caso la Instancia Ejecutora, negar dicha proveeduría <strong>de</strong> bienes o servicios si a su juicio, no se justificaplenamente que se trata <strong>de</strong> un proveedor único;XI. Se podrá presentar documentación comprobatoria y justificativa <strong>de</strong>l Apoyo a partir <strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> larecepción <strong>de</strong> la Solicitud <strong>de</strong> Apoyo ante la Instancia Ejecutora. En cualquier caso las inversiones realizadas apartir <strong>de</strong> esa fecha por parte <strong>de</strong> los Beneficiarios <strong>de</strong>l proyecto no suponen la aprobación <strong>de</strong>l mismo por elConsejo Directivo <strong>de</strong>l PROSOFT. Para los proyectos productivos, parques tecnológicos y proyectos <strong>de</strong>industria el reconocimiento <strong>de</strong> dichas aportaciones se podrá realizar a partir <strong>de</strong> la fecha en que se hayaformalizado la intención <strong>de</strong> inversión ante la SE, y

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