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Contencioso-Administrativa Recurso contencioso-administrativo ...

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En consecuencia, elDecreto 106/2004, de 25 de junio, del Consell de la Generalitat Valenciana, es contrario aDerecho, por lo que procede su anulación y, por ende, sin necesidad de entrar a examinar los restantes motivosimpugnatorios aducidos por el actor, la estimación del presente recurso <strong>contencioso</strong>-<strong>administrativo</strong>.TERCERO.- A tenor del criterio establecido en elart. 139 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, no es de apreciartemeridad o mala fe en ninguna de las partes a efectos de imposición de las costas procesales.Vistos los artículos citados, concordantes y demás de general y pertinente aplicación,FALLAMOS1.- Estimar el recurso <strong>contencioso</strong>-<strong>administrativo</strong> núm. 1153/2004, deducido por D.Lázarofrente alDecreto106/2004, de 25 de junio, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el Plan General deOrdenación Forestal de la Comunidad Valenciana -D.O.G.V. 4.785, de 29 junio de 2004-.2.- Anular la disposición impugnada, por ser contraria a Derecho.3.- No hacer expresa imposición de costas procesales.A su tiempo y con certificación literal de la presente, devuélvase el expediente <strong>administrativo</strong> al centro de suprocedencia.Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado ponente del presenterecurso, estando celebrando Audiencia Pública esta Sala, de la que, como Secretaria de la misma, certifico.Voces:COMUNIDAD VALENCIANAMedio ambienteAprobación de Plan General de Ordenación Forestal de la Comunidad Valenciana: impugnación:procedencia: omisión del preceptivo trámite legal de informe del Consejo Asesor y de Participación del Medio Ambiente en laelaboración del Plan: determina la nulidad de la aprobación de esta norma reglamentaria:[F. 2]Notas de Redacción:El presente texto se corresponde exactamente con el distribuído de forma oficial por el Centro de DocumentaciónJudicial (CENDOJ). La manipulación de dicho texto por parte de Editorial Aranzadi se puede limitar a la in-troducciónde citas y referencias legales y jurisprudenciales. Editorial Aranzadi no se hace responsable de los errores que enmateria de Protección de Datos de Carácter Personal pudiera adolecer esta versión oficial.

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