TC-0058-16
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República Dominicana<br />
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL<br />
QUINTO: CONCEDE un plazo de 5 días francos a partir de la notificación<br />
del presente dispositivo, para el cumplimiento de la presente sentencia, en<br />
cuanto al reintegro de la accionante, y un plazo de cinco días a partir de la<br />
notificación de la presente sentencia, debidamente motivada, para iniciar el<br />
Juicio Disciplinario en contra de la accionante, si lo entendiere procedente.<br />
SEXTO: CONDENA a la TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TSS)<br />
al pago de un ASTREINTE por la suma de MIL PESOS (RD$1,000.00)<br />
diarios, una vez vencido el plazo de cinco (5) días otorgado en el ordinal<br />
anterior, liquidable a favor del Hogar de Ancianos San Francisco de Asís.<br />
OCTAVO: ORDENA la comunicación por Secretaría de la presente<br />
sentencia a LA TESORERIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TSS) Y EL<br />
COMITÉ EJECUTIVO DE LA TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.<br />
NOVENO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín<br />
del Tribunal Superior Administrativo.<br />
4. Hechos y argumentos jurídicos de la parte recurrente en revisión<br />
La parte recurrente, Tesorería de la Seguridad Social (TSS), en su escrito de recurso<br />
presentado e l veinte (20) de marzo de dos mil quince (2015) ante la Secretaría<br />
General del Tribunal Superior Administrativo, procura que se acoja su recurso y, en<br />
consecuencia, se anule la sentencia recurrida. Para justificar sus pretensiones alega,<br />
fundamentalmente, lo siguiente:<br />
a) La acción de amparo de la Licda. ALBIDA MERCEDES SEGURA BATISTA<br />
trataba de la supuesta protección del derecho al trabajo de esa servidora pública,<br />
frente al derecho subjetivo o no que tiene la institución pública que la emplea a<br />
iniciar un proceso disciplinario en contra de esta, en virtud de violaciones<br />
cometidas por esta, consideradas “muy graves” por las disposiciones de la Ley 41-<br />
Expediente núm. <strong>TC</strong>-05-2015-0130, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la<br />
Tesorería de la Seguridad Social (TSS) contra la Sentencia núm. 490-2014, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior<br />
Administrativo el veinticuatro (24) de noviembre de dos mil catorce (2014).<br />
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