ANÁLISIS
Revista19
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<strong>ANÁLISIS</strong> Y LETRAS<br />
rio de la Real Academia de la Lengua Española: “Es la<br />
persona que practica o es partidaria del terrorismo. Terrorismo<br />
es la dominación por el terror” 1 .<br />
El filósofo norteamericano, Noam Chomsky, presenta<br />
una definición de terrorismo asimilada por los manuales<br />
militares del Ejército de Estados Unidos: “El uso<br />
calculado de la violencia o de la amenaza de violencia<br />
para obtener objetivos que son de naturaleza política,<br />
religiosa o ideológica. Esto se hace por medio de la intimidación,<br />
la coerción o infundiendo miedo” 2 .<br />
Es un enunciado más elaborado, con relaciones cercanas<br />
a los diferentes campos del poder e incluso a la<br />
intención particular de obtener un indeterminado beneficio.<br />
Por consiguiente, en esta definición cada hecho<br />
ocurrido, denominado acto terrorista, debe tener la explicación<br />
de su naturaleza.<br />
Citada por Pizarro, la tratadista y estudiosa del tema,<br />
Jessica Stern, conceptúa sobre terrorismo:<br />
“El uso sistemático de la intimidación coercitiva generalmente<br />
al servicio de objetivos políticos. El terror es<br />
utilizado para crear y recrear un clima de miedo en una<br />
amplia comunidad definida como blanco, más que en<br />
las víctimas directas de la violencia y para publicitar una<br />
causa, así como presionar para que se acceda a los objetivos<br />
de los terroristas”. (2003. Pág. 34).<br />
La autora enfoca todo su concepto al denominado objetivo<br />
político, argumento válido y de común uso, en especial<br />
en las acciones ejecutadas por parte de grupos<br />
político militares alzados en armas contra el Estado, independiente<br />
de la ideología a la que pertenezcan.<br />
En el medio colombiano existen diversas referencias relacionadas<br />
con el concepto de terrorismo. Plinio Apuleyo,<br />
señala: “podría decirse con entera validez, que todo<br />
movimiento que se sirva de la violencia, cualquiera que<br />
sea la forma que ella adopte, es terrorista”.<br />
Y agrega, “pero si se quiere definiciones más precisas,<br />
el elemento que le sería característico es la de servirse<br />
del terror para imponer en una sociedad determinada<br />
sus objetivos y concepciones, sean ellas nacionalistas,<br />
1. Real Academia Española, Diccionario de la lengua española, Madrid, Espasa Calpe,<br />
XXI edición, 1992.<br />
2. Chomsky, Noam, Piratas y emperadores, terrorismo internacional en el mundo de<br />
hoy, Barcelona, Ediciones B, 2003, p. 163<br />
políticas o religiosas, o para castigar a quienes no las<br />
compartan o se oponen a ellas” 3 . Se podría decir que es<br />
una definición construida y concebida para el conflicto<br />
colombiano.<br />
Pizarro, profundo estudioso del conflicto en Colombia,<br />
refiriéndose al tema indica que es un método para conseguir<br />
un objetivo. “Un acto terrorista es concebido,<br />
ante todo, como un método que puede ser utilizado<br />
tanto por grupos propiamente terroristas, como por organizaciones<br />
armadas no terroristas”. Es el reflejo de la<br />
realidad. Cualquier individuo con intenciones de hacer<br />
daño puede perpetrar una acción terrorista, incluso por<br />
motivaciones baladíes. Basta obtener o fabricar un explosivo,<br />
y activarlo en contra de un objetivo cualquiera.<br />
En el reglamento de operaciones de combate irregular<br />
de las Fuerzas Militares, hay una definición enfocada no<br />
a terrorismo sino a la organización que lo ejecuta:<br />
“(…) organización delincuencial clandestina, conformada<br />
por individuos de diferentes clases sociales con<br />
mayor o menor grado de cultura que, basada en la movilidad,<br />
la sorpresa, la acción rápida y violenta, pretende<br />
alcanzar un desarrollo que le permita conformar un grupo<br />
armado, para poder conducir un conflicto a través<br />
del cual se llegue al cumplimiento de los objetivos que<br />
se haya impuesto” (1999. Pág. 21).<br />
Definición de típico carácter castrense y acomodada a<br />
la realidad de la situación de la confrontación con los<br />
grupos insurgentes. En concepto del autor de este artículo,<br />
es el reflejo del condicionamiento de una doctrina<br />
traída desde tiempos pasados que merece ser repensada.<br />
La ley 599 de 2000, artículo 343, precisa una definición<br />
desde el Código Penal, indicando:<br />
“El que provoque o mantenga en estado de zozobra o<br />
terror a la población o a un sector de ella, mediante actos<br />
que pongan en peligro la vida, la integridad física o<br />
la libertad de las personas o las edificaciones o medios<br />
de comunicación, transporte, procesamiento o conducción<br />
de fluidos, o fuerzas motrices, valiéndose de medios<br />
capaces de causar estragos (…)”.<br />
3. Apuleyo, Plinio. Las Farc, un enclave terrorista en Colombia. Publicado en “Letras Libres”,<br />
septiembre de 2002.<br />
Junio - Julio 2016<br />
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