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ANÁLISIS

Revista19

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<strong>ANÁLISIS</strong> Y LETRAS<br />

rio de la Real Academia de la Lengua Española: “Es la<br />

persona que practica o es partidaria del terrorismo. Terrorismo<br />

es la dominación por el terror” 1 .<br />

El filósofo norteamericano, Noam Chomsky, presenta<br />

una definición de terrorismo asimilada por los manuales<br />

militares del Ejército de Estados Unidos: “El uso<br />

calculado de la violencia o de la amenaza de violencia<br />

para obtener objetivos que son de naturaleza política,<br />

religiosa o ideológica. Esto se hace por medio de la intimidación,<br />

la coerción o infundiendo miedo” 2 .<br />

Es un enunciado más elaborado, con relaciones cercanas<br />

a los diferentes campos del poder e incluso a la<br />

intención particular de obtener un indeterminado beneficio.<br />

Por consiguiente, en esta definición cada hecho<br />

ocurrido, denominado acto terrorista, debe tener la explicación<br />

de su naturaleza.<br />

Citada por Pizarro, la tratadista y estudiosa del tema,<br />

Jessica Stern, conceptúa sobre terrorismo:<br />

“El uso sistemático de la intimidación coercitiva generalmente<br />

al servicio de objetivos políticos. El terror es<br />

utilizado para crear y recrear un clima de miedo en una<br />

amplia comunidad definida como blanco, más que en<br />

las víctimas directas de la violencia y para publicitar una<br />

causa, así como presionar para que se acceda a los objetivos<br />

de los terroristas”. (2003. Pág. 34).<br />

La autora enfoca todo su concepto al denominado objetivo<br />

político, argumento válido y de común uso, en especial<br />

en las acciones ejecutadas por parte de grupos<br />

político militares alzados en armas contra el Estado, independiente<br />

de la ideología a la que pertenezcan.<br />

En el medio colombiano existen diversas referencias relacionadas<br />

con el concepto de terrorismo. Plinio Apuleyo,<br />

señala: “podría decirse con entera validez, que todo<br />

movimiento que se sirva de la violencia, cualquiera que<br />

sea la forma que ella adopte, es terrorista”.<br />

Y agrega, “pero si se quiere definiciones más precisas,<br />

el elemento que le sería característico es la de servirse<br />

del terror para imponer en una sociedad determinada<br />

sus objetivos y concepciones, sean ellas nacionalistas,<br />

1. Real Academia Española, Diccionario de la lengua española, Madrid, Espasa Calpe,<br />

XXI edición, 1992.<br />

2. Chomsky, Noam, Piratas y emperadores, terrorismo internacional en el mundo de<br />

hoy, Barcelona, Ediciones B, 2003, p. 163<br />

políticas o religiosas, o para castigar a quienes no las<br />

compartan o se oponen a ellas” 3 . Se podría decir que es<br />

una definición construida y concebida para el conflicto<br />

colombiano.<br />

Pizarro, profundo estudioso del conflicto en Colombia,<br />

refiriéndose al tema indica que es un método para conseguir<br />

un objetivo. “Un acto terrorista es concebido,<br />

ante todo, como un método que puede ser utilizado<br />

tanto por grupos propiamente terroristas, como por organizaciones<br />

armadas no terroristas”. Es el reflejo de la<br />

realidad. Cualquier individuo con intenciones de hacer<br />

daño puede perpetrar una acción terrorista, incluso por<br />

motivaciones baladíes. Basta obtener o fabricar un explosivo,<br />

y activarlo en contra de un objetivo cualquiera.<br />

En el reglamento de operaciones de combate irregular<br />

de las Fuerzas Militares, hay una definición enfocada no<br />

a terrorismo sino a la organización que lo ejecuta:<br />

“(…) organización delincuencial clandestina, conformada<br />

por individuos de diferentes clases sociales con<br />

mayor o menor grado de cultura que, basada en la movilidad,<br />

la sorpresa, la acción rápida y violenta, pretende<br />

alcanzar un desarrollo que le permita conformar un grupo<br />

armado, para poder conducir un conflicto a través<br />

del cual se llegue al cumplimiento de los objetivos que<br />

se haya impuesto” (1999. Pág. 21).<br />

Definición de típico carácter castrense y acomodada a<br />

la realidad de la situación de la confrontación con los<br />

grupos insurgentes. En concepto del autor de este artículo,<br />

es el reflejo del condicionamiento de una doctrina<br />

traída desde tiempos pasados que merece ser repensada.<br />

La ley 599 de 2000, artículo 343, precisa una definición<br />

desde el Código Penal, indicando:<br />

“El que provoque o mantenga en estado de zozobra o<br />

terror a la población o a un sector de ella, mediante actos<br />

que pongan en peligro la vida, la integridad física o<br />

la libertad de las personas o las edificaciones o medios<br />

de comunicación, transporte, procesamiento o conducción<br />

de fluidos, o fuerzas motrices, valiéndose de medios<br />

capaces de causar estragos (…)”.<br />

3. Apuleyo, Plinio. Las Farc, un enclave terrorista en Colombia. Publicado en “Letras Libres”,<br />

septiembre de 2002.<br />

Junio - Julio 2016<br />

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