29.11.2016 Views

T7O76c

T7O76c

T7O76c

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

II. EXONERACIÓN DE EXÁMENES<br />

DE ADMISIÓN<br />

• Están exonerados del examen de admisión a<br />

la Sección de Estudios Superiores los alumnos<br />

que egresan de la Sección de Estudios<br />

Preparatorios – Programa Post Escolar de<br />

las especialidades de interpretación musical,<br />

que hayan obtenido en los dos últimos ciclos<br />

la calificación mínima de 17 en la especialidad<br />

y 17 de promedio en todas las demás<br />

asignaturas.<br />

• En el caso de los alumnos que egresan de<br />

Formación Musical General, están exonerados<br />

del examen de admisión a la Sección de<br />

Estudios Superiores los alumnos que hayan<br />

obtenido en los dos últimos ciclos la calificación<br />

mínima de 17 en el taller de especialidad,<br />

y 17 de promedio en todas las demás<br />

asignaturas.<br />

Nota: La exoneración sólo es válida para el<br />

proceso de admisión siguiente a la culminación<br />

de sus estudios.<br />

• Los alumnos exonerados del examen de admisión<br />

a la SES están exceptuados del pago<br />

por el derecho de inscripción. Sin embargo,<br />

deben cumplir con los demás requisitos de<br />

inscripción y las pruebas psicológicas que se<br />

indican en el prospecto de admisión.<br />

• Si un postulante con derecho a exoneración<br />

desea cambiar de especialidad al ingresar<br />

a la SES, debe rendir los exámenes<br />

correspondientes a la nueva especialidad,<br />

aunque mantiene la condición de exonerado<br />

en las demás pruebas de conocimientos<br />

musicales.<br />

Concurso de Admisión<br />

13

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!