M. - SHCP
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ENAJENACIÓN DE ACCIONES GRUPO FINANCIERO<br />
BBVA BANCOMER<br />
CARPETA No. I<br />
ÍNDICE DEL LIBRO BLANCO<br />
1.1 CONSTANCIA DE TENENCIA ACCIONARIA.<br />
1.2 CONTRATO DE FIDEICOMISO ADMINISTRADOR DE LAS ACCIONES.<br />
1.3 ACTOS CORPORTATIVOS BBVA BANCOMER.<br />
1.4 ACTAS DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS.<br />
1.5 DISPOSICIONES DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES<br />
APLICABLES A LA OFERTA DE ACCIONES.<br />
1.6 ENAJENACIÓN DE LA POSICIÓN ACCIONARIA.<br />
1.7 ACUERDOS DE LA CIGF-CID.<br />
1.8 CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO FEDERAL Y BANCOMER.<br />
1.9 INSTRUCCIONES AL FIDEICOMISO F/22625-8.<br />
1.10 PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS.<br />
1.11 CERTIFICACIONES DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR EL COMITÉ.<br />
1.12 TRÁMITE ANTE EL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES PARA LA<br />
CONTRATACIÓN DEL AGENTE COLÓCADOR.<br />
1.13 INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS (CONTRATACIÓN DEL<br />
AGENTE COLÓCADOR).<br />
1.14 DESIGNACIÓN DEL GRUPO DE EVALUACIÓN.<br />
1.15 CARTAS DE CONFIDENCIALIDAD.
CARPETA No. II<br />
2.1 JUNTA DE ACLARACIONES.<br />
2.2 ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS Y<br />
APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS.<br />
2.3 ACTO DE APERTURA DE PROPUESTAS ECONÓMICAS Y FALLO.<br />
2.4 DICTAMEN TÉCNICO.<br />
2.5 CONTRATACIÓN DE SERVICIOS (AGENTE COLOCADOS GLOBAL).<br />
2.6 DESPACHO DE ABOGADOS.<br />
2.7 COLABORACIÓN CON EL IPAB.<br />
2.8 OFERTA DE ACCIONES COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES Y<br />
BOLSA MEXICANA DE VALORES (CONSULTA Y COMENTARIOS).<br />
2.9 CONTRATO DE COLOCACIÓN Y DOCUMENTOS DE CIERRE.<br />
2.10 OFERTA PRINCIPAL.<br />
2.11 OPINIÓN LEGAL DE LA PROCURADURÍA FISCAL DE LA FEDERACIÓN.<br />
2.12 INDICACIONES SOBRE EL TRASPASO DE LAS ACCIONES.<br />
2.13 INSTRUCCIONES AL FIDEICOMISO No. F/22625-8.<br />
2.14 REGISTRO DE LOS INGRESOS PRODUCTO DE LA ENAJENACIÓN.<br />
2.15 EJERCICIO PARCIAL DE LA OPCIÓN DE SOBREASIGNACIÓN.<br />
2.16 INDICACIONES SOBRE EL TRASPASO DE LAS ACCIONES.<br />
2.17 INSTRUCCIONES AL FIDEICOMISO F/22626-8.<br />
2.18 REGISTRO DE LOS INGRESOS PRODUCTO DE LA ENAJENACIÓN PARA EL<br />
EJERCICIO PARCIAL DE LA OPCIÓN DE SOBREASIGNACIÓN.<br />
2.19 INFORME DEL AGENTE COLOCADOR GLOBAL.<br />
2.20 CONTRATO DE MANDATO CON NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.<br />
2.21 REGISTRO DE LOS INGRESOS PRODUCTO DE LA ENAJENACIÓN A<br />
TRAVÉS DEL MANDATO.
2.22 AUDITORIA PRACTICADA POR AL AUDITORIA SUPERIOR DE LA<br />
FEDERACIÓN.<br />
2.23 APÉNDICES.
I. PRESENTACIÓN<br />
En este Libro Blanco denominado "Enajenación de acciones del Grupo Financiero<br />
BBVA Bancomer" se da a conocer información sobre el proceso de enajenación de las<br />
acciones de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., propiedad del Gobierno<br />
Federal.<br />
Período de vigencia que se documenta:<br />
1 Diciembre 2000 - 31 Diciembre 2005.<br />
Príncipales características técnicas:<br />
El Libro Blanco contiene la enajenación de las acciones del Gobierno Federal en<br />
Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., realizada a través de oferta pública<br />
en los mercados de valores de México y el extranjero.<br />
Se acompaña copia de la documentación que acredita la titularidad de las acciones,<br />
las atribuciones de la Dirección General de Crédito Público (hoy Unidad de Crédito<br />
Público), las autorizaciones pertinentes, el proceso para contratar al agente colocador,<br />
el ingreso de los recursos y la revisión de dicho proceso por parte de la Auditoría<br />
Superior de la Federación, entre otros.<br />
El Libro Blanco se encuentra en el archivo de la Dirección General Adjunta de<br />
Procedimientos Legales de Crédito, adscrita a la Unidad de Crédito Público.<br />
j
II. FUNDAMENTO LEGAL Y OBEJTIVO DEL LIBRO BLANCO<br />
La elaboración del Libro Blanco se basa en los "Lineamientos para la formulación del<br />
informe de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006, así<br />
como para la elaboración e integración de libros blancos", publicados en el Diario<br />
Oficial de la Federación el 13 de octubre de 2005.<br />
Su objetivo es dar a conocer de manera pormenorizada las acciones realizadas para la<br />
enajenación de la posición accionaria del Gobierno Federal en el Grupo Financiero<br />
BBVA Bancomer, S.A. de C.V.
III. ANTECEDENTES<br />
El 5 de septiembre de 1990, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el<br />
"Acuerdo del Ejecutivo Federal en donde se establecieron los principios y bases del<br />
proceso de desincorporación de las sociedades nacionales de crédito; instituciones de<br />
banca múltiple y se creó el Comité de Desincorporación Bancaria".<br />
El 25 de septiembre de 1990, se publicaron el Diario Oficial de la Federación las<br />
"Bases Generales del proceso de desincorporación de las instituciones de banca<br />
múltiple propiedad del Gobierno Federal", en las que se designó a las personas que<br />
integrarían el Comité de Desincorporación Bancaria.<br />
El 7 de agosto de 1991, el Comité de Desincorporación Bancaria acordó enajenar los<br />
títulos propiedad del Gobierno Federal, representativos del capital social de Bancomer,<br />
S.A., institución de banca múltiple.<br />
El 8 de noviembre de 1991, el grupo ganador de la subasta del Banco, compró al<br />
Gobierno Federal el 51% del capital pagado del Banco en acciones Serie "A". En<br />
ténninos del "Acuerdo que establece los principios y bases del proceso de<br />
desincorporación de las sociedades nacionales de crédito, instituciones de banca<br />
múltiple y crea el Comité de Desincorporación Bancaria", así como de las "Bases<br />
particulares para la enajenación de los títulos, propiedad del Gobierno Federal,<br />
representativos del Capital Social pagado de Bancomer, Institución de Banca Múltiple",<br />
el grupo de Consejeros Regionales de la institución bancaria renunciaron al derecho<br />
de preferencia (opción de compra) por el 27.53% del capital social pagado del Banco<br />
en acciones Serie "B". Por lo tanto, en ejercicio de su derecho, el grupo ganador<br />
adquirió (opción de compra) únicamente el 5% del capital social pagado del Banco en<br />
acciones Serie "B"; el Gobierno Federal mantuvo el 22.53%.<br />
El 8 de noviembre de 1991, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informó al<br />
Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje que el Banco dejó de formar parte de las<br />
Entidades de la Administración Pública Federal. En 1993, la mencionada dependencia<br />
dio de baja la clave programático-presupuestal asignada a la entidad en el Catálogo de<br />
Dependencias y Entidades de la Administración Pública federal.<br />
Las acciones Serie "B" que el Gobierno Federal mantenía en el Banco, se afectaron al<br />
fideicomiso F/22625-8 de Bancomer, constituido el 28 de noviembre de 1991 por el
Gobierno Federal (fideicomitente); el cual tuvo por objeto, entre otros, transmitir o<br />
enajenar dichas acciones conforme a las instrucciones del Gobierno Federal.<br />
El 26 de mayo de 1993, el Gobierno Federal cambió el 22.53% (1,045'446,004<br />
acciones Serie "B") que mantenía del capital social pagado del Banco por 915'915,244<br />
acciones Serie "L" (de objeto limitado) del Grupo Financiero Bancomer, S.A. de C.V.,<br />
en su carácter de controlador del Banco, las cuales fueron afectadas al Fideicomiso en<br />
sustitución de las acciones Serie "B".<br />
Derivado de un pago de dividendos efectuado el 16 de mayo de 1995, Grupo<br />
Financiero Bancomer, S.A. de C.V. afectó al mencionado Fideicomiso y a favor del<br />
Gobierno Federal 33'922,787 acciones Serie "L" adicionales, con lo que el lote de esa<br />
serie de acciones propiedad del Gobierno Federal se incrementó a 949'838,031.<br />
El 29 de junio de 2000, Grupo Financiero Bancomer, S.A. de C.V. aprobó en una<br />
Asamblea General Extraordinaria de Accionistas la fusión de Grupo Financiero BBV-<br />
Probursa, S.A. de C.V., y acordó modificar la denominación social de Grupo Financiero<br />
Bancomer a Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., el cual se constituyó<br />
formalmente con fecha 16 de agosto del 2000; casi al mismo tiempo (10 de agosto de<br />
2000), este grupo financiero adquirió el 100% de las acciones de Banca Promex, S.A.<br />
El 24 de enero de 2001, Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., recomendó<br />
a su Asamblea de Accionistas que convirtiera la totalidad de las acciones Serie "L" en<br />
acciones Serie "O", las cuales tienen derecho a voto y cotizan en la BMV; por acuerdo<br />
adoptado en una asamblea especial celebrada el 24 de abril de 2001, se llevó a cabo<br />
la sustitución (una a una) de las acciones Serie "L" por acciones Serie "O". Esta<br />
conversión tuvo efectos el 2 de mayo de 2001, por lo que la posición del Gobierno<br />
Federal se convirtió en 949'838,031 acciones Serie "O" del mencionado Grupo<br />
Financiero, que representaban el 10.49% del capital social pagado de dicha institución.<br />
La Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002 contemplaba en<br />
su artículo 1° la enajenación de las acciones del Gobierno Federal en Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
En términos del artículo 68 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, se llevó<br />
a cabo la enajenación de títulos representativos del capital social, propiedad del<br />
Gobierno Federal en el mencionado Grupo Financiero, a través de procedimientos<br />
bursátiles propios del rfiercado de valores.
IV. MARCO NORMATIVO APLICABLE A LAS ACCIONES REALIZADAS<br />
DURANTE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO<br />
El proceso de enajenación de las acciones materia del Libro Blanco descansa en los<br />
artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 de la<br />
Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 25, 26, fracción II, 28, fracción II, 40, 41,<br />
fracciones III y X, y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del<br />
Sector Público y su Reglamento, vigentes en el año 2002; y 14 de la Ley de Ingresos<br />
de la Federación para el ejercicio fiscal de 2002.<br />
Asimismo, el mencionado proceso está basado en los Acuerdos 01-XIX-4 de 8 de<br />
agosto de 2001 y 02-V-6 de 6 de marzo de 2002 de la Comisión Intersecretarial de<br />
Gasto Financiamiento, así como en los Acuerdos CID-01-XIII-2 de 8 de agosto de<br />
2002 y CID-02-III-1 de 6 de marzo de 2002 de la Comisión Intersecretarial de<br />
Desincorporación. Cabe destacar que el asunto en comento fue llevado a ambas<br />
Comisiones por haber sido materia de éstas el inicio del proceso de desincorporación<br />
de la institución bancaria, y el presente proceso de enajenación de acciones<br />
conclusión de aquél.
V. VÍNCULACIÓN DEL PROYECTO CON EL PLAN NACIONAL DE<br />
DESARROLLO 2001-2006 Y PROGRAMAS SECTORIALES,<br />
INSTITUCIONALES, REGIONALES Y/O ESPECIALES.<br />
La enajenación de acciones materia del Libro Blanco no respondió a ninguna<br />
obligación derivada del Plan Nacional de Desarrollo o Programas Sectoriales,<br />
Institucionales o Especiales.
VI. SÍNTESIS EJECUTIVA DEL PROYECTO<br />
i. Acciones instrumentadas para ejecutar el esquema acordado para la<br />
enajenación de las acciones del Gobierno Federal en BBVA Bancomer<br />
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos<br />
Mexicanos, 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2° inciso B<br />
fracción V, 6° fracciones XXX y XXXIV, 12 fracción XIII y 17 fracción XIV del<br />
Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; en términos de lo<br />
acordado por las Comisiones Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de<br />
Desincorporación, el Secretario de Hacienda y Crédito Público designó al titular de la<br />
Dirección General de Crédito Público (hoy Unidad de Crédito Público) para que<br />
realizara los actos necesarios para la enajenación de las acciones.<br />
Con base en los criterios de la Unidad de Política de Ingresos de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público sobre la aplicabilidad del mecanismo de ingresos netos, la<br />
Dirección General de Crédito Público (hoy Unidad de Crédito Público) obtuvo de las<br />
Direcciones Generales de Programación, Organización y Presupuesto, y de<br />
Programación y Presupuesto de Servicios, así como de la Unidad de Política<br />
Presupuestad autorización para llevar a cabo la contratación de un agente colocador a<br />
través del mecanismo de ingresos netos. Asimismo, se llevó a cabo la contratación dé<br />
un despacho de abogados internacional, especialista en la materia, que asesorara el<br />
Gobierno Federal en la operación de referencia.<br />
II. Contratación de servicios para la venta de las acciones<br />
A) Contratación del Agente Colocador Global<br />
• La <strong>SHCP</strong> contrató como agente colocador de la mencionada posición accionaria a<br />
Goldman Sachs, mismo que resultó licitante ganador en él procedimiento de<br />
Invitación Internacional a cuando menos Tres Personas número I.T.P.I.-DGCP.-<br />
01/2002. A través de dicho banco de inversión fueron enajenadas 894'863,483<br />
acciones.
B) Contratación del Despacho Jurídico CGSH<br />
• El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público autorizó a la Dirección General de Crédito Público (hoy<br />
Unidad de Crédito Público), contratar como asesor jurídico de la operación al<br />
despacho internacional denominado Cleary Gottiieb Steen & Hamilton.<br />
III. Participación de una Sociedad Nacional de Crédito<br />
• A través de Goldman Sachs fueron enajenadas 894'863,483 acciones; el resto de<br />
la posición accionaria, es decir, 54'974,548 acciones fueron enajenadas a través<br />
de Nacional Financiera, S.N.C., a través de un mandato otorgado al mencionado<br />
banco de desarrollo por la Dirección General de Crédito Público (hoy Unidad de<br />
Crédito Público) con fundamento en el artículo 68 de la Ley Federal de las<br />
Entidades Paraestatales.
vil. ACCIONES REALIZADAS<br />
/<br />
Se obtuvieron las autorizaciones necesarias y se realizaron los pasos necesarios,<br />
invitaciones, licitaciones, contratos respectivos, a fin de enajenar la tenencia que el<br />
Gobierno Federal mantenía en Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.
VIII. SEGUIMIENTO Y CONTROL<br />
El proceso de enajenación de los títulos accionarios de Grupo Financiero BBVA<br />
Bancomer, S.A. de C.V., propiedad del Gobierno Federal se dio por concluido con la<br />
auditoria que del mismo realizó la Auditoría Superior de la Federación en 2002, así<br />
como con el último depósito a favor de la Tesorería de la Federación en 2003.
IX. RESULTADOS Y BENEFICIOS ALCANZADOS<br />
Enajenación de acciones del Grupo Financiero BBVA Bancomer<br />
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Dirección General de<br />
Crédito Público (hoy Unidad de Crédito Público), llevó a cabo en los mercados de<br />
valores de México y el extranjero la enajenación de la posición accionaria del<br />
Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., consistente en<br />
949'838,031 acciones de la serie "O" del capital social de dicho grupo financiero.<br />
Con ello, se logró la enajenación de la totalidad de los títulos accionarios de Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., propiedad del Gobierno Federal,<br />
obteniéndose para el Erario Federal un ingreso de 7,674.8 millones de pesos.
INFORME FINAL DEL SERVIDOR PUBLICO DE LA DEPENDENCIA O<br />
ENTIDAD, RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA<br />
Y/O PROYECTO<br />
El informe de referencia no resulta aplicable en virtud de que la enajenación de<br />
acciones materia del Libro Blanco no responde a una obligación legal, reglamentaria o<br />
normativa.
o<br />
z<br />
u<br />
H<br />
o 2<br />
o ><br />
z a<br />
> m<br />
S H<br />
b m<br />
Z<br />
m<br />
Z<br />
O
'%¿.><br />
m<br />
ENAJENACIÓN DE ACCIONES BBVA BANCOMER<br />
ÍNDICE DEL EXPEDIENTE<br />
INTRODUCCIÓN
A. CONSTANCIA DE TENENCIA ACCIONARIA
\«ir-<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, SA. DE C.V.<br />
EL SUSCRITO Lie. LUIS ROBLES MIAJA EN MI CARÁCTER DE SECRETARIO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN<br />
DE GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
CERTIFICO<br />
QUE EL CAPITAL SOCIAL SUSCRITO Y PAGADO DE GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, SA. DE C.V., AL<br />
TREINTA Y UNO DE MARZO DE DOS MIL UNO, ESTABA INTEGRADO DE LA SIGUIENTE MANERA:<br />
CAPITAL SOCIAL AUTORIZADO<br />
No. DE ACCIONES<br />
K588'150,257.90<br />
41,710*456,890<br />
VALOR NOMINAL POR ACCIÓN $0.11<br />
CAPITAL PAGADO<br />
No. DE ACCIONES SERIE "O" Y "L"<br />
CAPITAL FUO<br />
NO. DE ACCIONES SERIE "O"<br />
CAPITAL VARIABLE<br />
No. DE ACCIONES SERIE "O" Y "L"<br />
CAPITAL VARIABLE ORDINARIO<br />
NO. DE ACCIONES SERIE "O"<br />
CAPITAL VARIABLE ADICIONAL<br />
NO. DE ACCIONES SERIE "L"<br />
ACCIONES SERIE "O"<br />
ACCIONES SERIE "L"<br />
TENENCIA ACCIONARIA<br />
ACCIONISTAS NO. DE ACCIONES<br />
SERIE "0" SERIE "L"<br />
BBVIIC<br />
3,501*904,939<br />
FID. F/23314-8<br />
1,051*207,502<br />
364,325<br />
BANK OF MONTREAL 812*449,309<br />
GOBIERNO FEDERAL<br />
949*838,031<br />
IPAB<br />
145*775,543<br />
MERCADO<br />
2,528*323,040 65*949,262<br />
TOTAL<br />
8,039*660,333 1,016-171,618<br />
SERIE "O"<br />
SERIE "L"<br />
TOTAL<br />
SERIE "0"<br />
TESORERÍA<br />
200*339,667<br />
143*828.382<br />
344*168,049<br />
$996,141,514.61<br />
9,055'831,951<br />
8,039*660,333<br />
1,016*171,618<br />
$458,815,025.79<br />
4,171*045,689<br />
$537,326,488.82<br />
4,884,786,262<br />
$425*547,610.84<br />
3,868,614,644<br />
$111.778,877.98<br />
1,016*171,618<br />
PARTICIPACIÓN %<br />
SERIE "L" SERIE "0**+**L"<br />
43.56<br />
38.67<br />
13.07<br />
0.04<br />
11.61<br />
10.11<br />
8.97<br />
93.47<br />
10.49<br />
1.81<br />
1.61<br />
31.45<br />
6.49<br />
28.65<br />
100.00<br />
100.00<br />
100.00<br />
$22*037,363.37<br />
$15*821.122.02<br />
$37*858,485.39<br />
EXTIENDO LA PRESENTE CERTIFICACIÓN A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL UNO.<br />
ATENTAMENTE<br />
Lie. LUIS ROBLES MIAJA<br />
SECRETARIO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
1)<br />
í^<br />
mUi Bancomer<br />
Servicios<br />
CONSTANCIA<br />
Emisión 2001<br />
Por la presente sé hace constar que al amparo del Fideicomiso F/22625-8, se<br />
encuentran depositadas en Administración a nombre de nuestro Fideicomitente-<br />
Fideicomisario EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA<br />
DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO Y DE LA TESORERÍA DE LA<br />
FEDERACIÓN, las Acciones, representativas del capital social del Grupo<br />
Financiero BBVA-Bancomer, S.A. de C.V., que se describen a continuación:<br />
EMISORA<br />
GFBB<br />
SERIE<br />
"0"<br />
NO. DE ACCIONES<br />
949-838.031<br />
La presente constancia se extiende en la Ciudad de México, D.F., a los 29 días<br />
del mes de Junio del año 2001.<br />
BBVA-BANCOMER SERVICIOS, S.A.<br />
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE,<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER<br />
DIRECCIÓN FIDUCIARIi<br />
^. i<br />
DDVA Bancomer<br />
Sen/icios ^;<br />
Lie. Evelyne Rodríóuez Ortega<br />
Tesorería de la Federación<br />
Presente.<br />
\ ^<br />
México. D.F. a 16 de Julio de 2002<br />
SH DIRECCIÓN GENSRAL<br />
p p DE CRÉDITO r"J8LIC0<br />
^ 'JUL. 17 2002 ^'<br />
Con relación al Contrato de Fideicomiso F/22625'8 Gobierno Federal, anexo a la<br />
presente la Constérnela Fiduciaria de la tenencia Accionaría en el citado<br />
Fideicomiso respectó de las 54'974,548 Acciones GFBB Serie "O".<br />
Sin otro particular, qiuedó a sus órdenes.<br />
¿I-/ í^. tT- *^' ••' •<br />
J-í', m<br />
FRANCISCO FUENTES BERNAL<br />
íótor Fiduciario Negocios Especiales<br />
C.c.p. L/c. Joaquín Escamilla Orozco.- Subtesorero de Operación, Tesorería de la Federación.<br />
Lie. Ignaeio Rayón Lerandl.- Director General Adjunto de Ingresos, Subtesorería de<br />
Operación, Teso erfa de la Federación.<br />
Aet. Alonso Gírela Tames.- Director General de Crédito Público de la Secretaria de<br />
Hacienda y Créd to Público.<br />
Lie. Jorge Arturo Flores Salinas.- Director Corporativo Fiduciario.<br />
l/~/^..r:D ¡rtowirinc < A IM
a W<br />
IP^<br />
\^w/L^ Bancomer<br />
Servicios<br />
Lie. Evelyne Rodríguez Ortega<br />
Tesorería de la Federación<br />
Presente.<br />
,1^' vi-<br />
/<br />
México, D.F. a 23 de Mayo de 2002<br />
Con relación al Contrato de Fideicomiso F/22625-8 Gobierno Federal, anexo a la<br />
presente la Constancia Fiduciaria de la tenencia Accionaria en el citado<br />
Fideicomiso respecto de las 949'838,031 Acciones GFBB Serie "O".<br />
Sin otro particular, quedó a sus órdenes.<br />
Atentamente,<br />
Lie. jm^GE ARTURO FLORES SALINAS<br />
¡rector Corporativo Fiduciario<br />
c.cp. Lie. Joaquín Escamilla Orozco.- Subtesorero de Operación, Tesorería de la Federación.<br />
Lie. Ignacio Rayón Lerandi.' Director General Adjunto de Ingresos, Subtesoreria de<br />
Operación, Tesorería de la Federación.<br />
Act. Alonso García James.- Director General de Crédito Público de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público.<br />
BBVA BAMCOMER SERVICIOS. S.A., IMSTITUClON DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA-BANCOMER
%<br />
Servicios<br />
"CONSTANCIA<br />
Emisión 2002<br />
Por la presente se hace constar que al amparo del Fideicomiso F/22625-8. se<br />
encuentran depositadas en Administración a nombre de nuestro Fideicomitente-<br />
Fideicomisario EL GOBIERNO FEDERAL, por conducto DE LA SECRETARIA DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO Y DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN,<br />
las Acciones, representativas del capital social del Grupo Financiero BBVA-<br />
Bancomer, S.A. de C.V., que se describen a continuación:<br />
EMISORA<br />
GFBB<br />
SERIE<br />
"O*<br />
NO. DE ACCIONES<br />
949-838.031<br />
Las acciones antes citadas, se encuentran libres de todo Gravamen y a<br />
disposición del Fideicomitente-Fideicomisario<br />
La presente constancia se extiende en la Ciudad de México, D.F., a los 13 días<br />
del mes de mayo del año 2002.<br />
BBVA-BANCOMER SERVICIOS, S.A.<br />
INSTITUCIÓN DE BANCA MUL TIPLE,<br />
GRUPO FINANCIERO BB VA BANCOl<br />
DIRECCIÓN FIDUCIARIA<br />
FRANCISCO FUENTES BERNAL<br />
DELEGADO FIDUCIARIO<br />
BBVA BANCOMER SERVICIOS. SA. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO PINANOERO BBVA-BANCOMER
l^^<br />
BBVA Bancomer<br />
Servicios<br />
Por la presente se<br />
CONSTANCIA<br />
Emisión 2002<br />
: -;íi.-j;iiii;:ii_fe,:: ;::.áj<br />
encuentran deposi tddas en Administración a nombre de nuestro Fideicomitente-<br />
Fideicomisario EL<br />
HACIENDA Y<br />
las Acciones,<br />
Bancomer, S.A. de<br />
ace constar que al amparo del Fideicomiso F/22625-8, se<br />
(foBIERNO FEDERAL, por conducto DE LA SECRETARÍA DE<br />
CREOITO PUBLICO Y DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN,<br />
representativas del capital social del Grupp Financiero BBVA-<br />
3.V., que se describen a continuación:<br />
EMISORA<br />
GFBB<br />
SERIE NO. DE ACCIONES<br />
54'974,548<br />
Las acciones anteé ! citadas, se encuentran libres de todo Gravamen y a<br />
disposición del Fi deicomitente-Fideicomisario<br />
La presente<br />
del mes de julio del<br />
constarjcia se extiende en la Ciudad de México, D.F., a los 16 días<br />
año 2002.<br />
BBVA-BANCOI\/IER SERVICIOS, S.A,<br />
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE.<br />
0RUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER<br />
DIRECCIÓN FIDUCIARIA<br />
Lie. JULlQf^ODlNf^ORTES<br />
rELEGADO EtéuCIARIO<br />
BBVA BANCOMER SERVICIOS. SA INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA-BANCOMER
'Vi,:<br />
m<br />
^_V... i^^-i-..-^ .<br />
B. CONTRATO DE FIDEICOMISO ADMINISTRADOR DE LAS ACCIONES<br />
-iSJ
socmono HnooiAi ot avaro<br />
F/22625<br />
CONTRATO DE FIDEICOMISO QUE CELEBRAN BL GOBIERNO FEDERAL, POR<br />
CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO Y DE LA<br />
TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN, EN CALIDAD DE PIDEICOMÍTENTE; Y<br />
BANCOMER, S.A., EN SD CARÁCTER DE FIOUCIARIOl DE CONFORMIDAD<br />
CON LAS SIGUIENTESt<br />
CLAUSULAS<br />
PRIMERA.- Constitoción.- El Gobierno Federal, a través de la<br />
Secretaria de Hacienda y Crédito Público y de la Tesorería de<br />
la Federación celebra en este acto con Bancomer, S. A., un<br />
fideicomiso que tendrá por materia 1,045*446,004 (MIL CUARENTA<br />
Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATRO)<br />
acciones de la Serie "B", representativas del 22.53% del<br />
capital social pagado del propio Bancomer, S. A.<br />
El fiduciario acepta el cargo que se le confiere y otorga<br />
recibo de las acciones fideicomitidas.<br />
SEGUNDA.- Partes.- Son partes en el presente fideicomiso:<br />
/ JP PIDEICOMITENTE i El Gobierno Federal<br />
FIDUCIARIO I Bancoaer, S. A.<br />
FIDEICOMISARIO I El Gobierno Federal o la<br />
Persona Física o Moral que<br />
éste designe.<br />
I<br />
í TERCERA.- Fines.- Son fines en el presente fideicomisot<br />
\<br />
I . a) La administración y conservación de las acciones que<br />
;:s. constituyen la materia de este fideicomiso;<br />
L'<br />
I ,f
i •<br />
b) El ejercicio de los derechos corporativos inherentes a<br />
las ' acciones que integran el fondo de este<br />
fideicomiso, en los tárninos del presente contrato.<br />
c) El ejercicio de los derechos económicos inherentes a<br />
las acciones que integran la nateria de este<br />
fideicomiso, en los términos del presente contrato, y<br />
d) El transmitir p enajenar las acciones fideicomitidas<br />
conforme a las instrucciones del fideiconitente.<br />
CUAKTA.- Derechos Corporativos.- Durante la vigencia del<br />
fideicomiso, los derechos de voto que confieren las acciones<br />
fideicomitidas, se ejercitarán conforme a lo siguiente:<br />
a) El fiduciario otorgará a la persona o personas que<br />
indique el fideicomitente, loa poderes necesarios para<br />
que éstas ejerciten el derecho. En todo caso el<br />
fideicomitente deberá solicitar al fiduciario los<br />
poderes mencionados con una anticipación mínima de<br />
cinco días hábiles a la fecha fijada para la<br />
correspondiente asamblea.<br />
d<br />
• • • • . - t<br />
b) En caso de que el fiduciario no reciba la solicitud<br />
referida en el inciso a), éste asistirá a la asamblea<br />
l^S por conducto de su representante o de la persona o<br />
^^ personas que apodere al efecto y ejercitará el derecho<br />
de voto, en el mismo sentido en que se pronuncie la<br />
mayoría en la asamblea que corresponda.<br />
QUINTA.- Otras Obligaciones del Fiduciario.- El fiduciario<br />
suscribirá y pagará, en la proporción que corresponda, los<br />
aumentos de capital que decrete la emisora, siempre y cuando el<br />
'•:''. V, '\i A .'.<br />
;¿:^^fv;: f ideicomitente le proporcione los fondos necesarios con una<br />
'" anticipación mínima de cinco días a la fecha en que termine el<br />
plazo para la suscripción de las acciones que corresponda.<br />
El fiduciario cobrará los dividendos que confieran los valores<br />
fideicomitidos, y pondrá dichas cantidades a disposición del<br />
fideicomitente.
soaeotD/uaaun ofctteom<br />
En cualquier caso de sustitución de los valores fideicomitidos,<br />
«1 fiduciario canjeará lo correspondiente y conservará los<br />
nuevos títulos en el fondo en fideicomiso* en los términos<br />
antes descritos.<br />
El fiduciario administrará el fondo en fideicomiso de acuerdo<br />
con las facultades y deberes que. se establecen en los artículos<br />
278 y 356 de la Ley General de Títulos y Operaciones de<br />
Crédito, y el clausulado de este contrato.<br />
•g^ SEXTA.- Rendición de Cuentas.- El fiduciario deberá informar<br />
^ por escrito mensualoente al fideicomitente del estado del fondo<br />
del fideicomiso.<br />
SÉPTIMA.- Prohibiciones Legales.- De acuerdo con lo<br />
establecido en el inciso B), de la fracción XIX del artículo<br />
106 de la Ley de Instituciones de Crédito, el fiduciario<br />
declara que explicó en forma inequívoca al fideicomitente el<br />
valor y consecuencias legales de dicha fracción, que a la letra<br />
dicet<br />
"Artículo 106.- A las instituciones de crédito les estará<br />
prohibidoI<br />
Fracción XIX en la realización de las operaciones a que se<br />
|B refiere la Fracción XV del artículo 46 de esta Ley»<br />
a). . . .<br />
b) Responder a los fideicomitentes, mandantes o comitentes,<br />
del incumplimiento de los deudores, por los créditos que se<br />
otorguen, o de los, emisores, por los valores que se<br />
adquieran, salvo que sea por su culpa, según lo dispuesto<br />
en la parte final del artículo 356 de la Ley General de<br />
Títulos y Operaciones áe Crédito o garantiear la percepción<br />
de rendimientos por los fondos cuya inversión se les<br />
encomiende.<br />
Si al término del fideicomiso, mandato o comisión<br />
constituidos para el otorgamiento de créditos, estos no<br />
I hubieren sido liquidados por los deudores, la institución<br />
^ deberá transferirlos al fideicomitente o fideicomisario,<br />
I según el caso, o al mandante o comitente, absteniéndose de<br />
1 cubrir su importe.<br />
1 • • • • • • » • : • • • •<br />
* >
Cualquier pacto contrario a lo dispuesto en los dos<br />
párrafos anteriores, no producirá efecto legal alguno".<br />
En los contratos de fideicomiso, aandato o comisión se<br />
insertarán en forma notoria los párrafos anteriores de este<br />
inciso y una declaración de la fiduciaria en el sentido de<br />
que hizo saber inequívocamente su contenido a las personas<br />
de quienes haya recibido bienes para su inversión.<br />
La parte final del artículo 356 de la Ley General de<br />
Títulos y Operaciones de Crédito, obliga al fiduciario a<br />
cvunplír con su cometido conforme a lo establecido en el<br />
contrato, debiendo actuar como un buen padre de familia,<br />
siendo responsable de las pérdidas o menoscabos que los<br />
bienes o derechos sufran por su culpa.<br />
OCTAVA.- Defensa del Pondo en Fideicomiso.- El fideicoinitente<br />
tendrá la obligación de avisar por escrito al fiduciario de<br />
cualquier situación que pudiere afectar al f ideícoiniso, así<br />
como el nombrar a una persona que se encargue de ejercer los<br />
derechps derivados del fideicomiso, o que proceda a su<br />
defensa. El fiduciario no responderá de la actuación de la<br />
persona designada, solamente tendrá la obligación de otorgarle<br />
los poderes y documentos que al efecto necesite.<br />
En caso de urgencia, el fiduciario deberá realisar los actos<br />
indispensables, para conservar el fondo en fideicomiso y los<br />
derechos derivados de éste, sin perjuicio de la facultad que se<br />
designe al apoderado a que se refiere el párrafo anterior.<br />
NOVENA.- Domicilios.•> Son domicilios de las partest<br />
GOBIERNO FEDERAL < Av. Hidalgo No. 77, Módulo 3,<br />
Planta Baja<br />
Colonia Centro<br />
06020 México, D.F.<br />
BANOOMBR, 8. A.« Av. universidad No. 1200<br />
Col. Xoco<br />
03339 México, D.F.<br />
! DÉCIMA.» Extinción.» El fideicomiso tendrá una duración<br />
' indefinida a partir de la firma del presente contrato, y podrá<br />
f extinguirse por cualquiera de las causas contenidas en el<br />
I articuló 357 de la Ley General de Títulos y Operaciones de<br />
3 Crédito.
i<br />
.i<br />
J<br />
7<br />
wi<br />
Banconter<br />
K la extinción del fideicomiso, los bienes que obren en poder<br />
del fiduciario se pondrán a disposición del fideicomitente.<br />
DECIMA PRIMERA.- Competencia.- Para la interpretación,<br />
ejecución y cumplimiento del presente contrato/ las partes se<br />
someten expresamente a las leyes aplicables y tribunales<br />
competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal,<br />
renunciando a cualquier fuero que pudiere corresponderles por<br />
raeón de su domicilio presente o futuro.<br />
El presente contrato se firma en la Ciudad de México. Distrito<br />
Federal, el 28 de noviembre de 1991.<br />
FIDEICOMITEBTrE<br />
GOBIERNO FEDERAL POR COtlDUCTO DE L<br />
DE HACIENDA Y CREDITp Püi<br />
T LA TESORERÍA DE LA FEDE<br />
DR. GülLLETülU UKTIU lOütTINEZ<br />
SUBSECRETARIO DE HACIENDA<br />
y CRÉDITO PUBLICO<br />
Lie. GU<br />
DEL<br />
C.P. SALV.<br />
TESORERO<br />
FIDUCIARIO<br />
BANCO!<br />
RMO JUAN LÓPEZ<br />
FIDUCIARIO<br />
•<br />
RETARÍA<br />
TINEZ CERVANTES<br />
FEDERACIÓN
m<br />
C. ACTOS CORPORATIVOS DE BBVA BANCOMER
iáimMA 6EMPM. pCTAMMOiNMIñ OC ACCIONISTAS<br />
GRUPO FINANCIERO BrtNCOMER, S.A. DE C.V.<br />
•-m<br />
En lo Ciudod de México^ Distrito Federal siendo las lá:?0 horas<br />
del dia 29 de abril de l?93f en el edificio marcado con el No.<br />
1200 de la ^v. Universidadr se reunieron con el objeto de<br />
celebrar una asaoibleo general extraordinoria de accionistas de<br />
! GRUPO FINANCIERO BANCOMERf S»ft» DE C.V. f las personas cu_yos<br />
ipombres y representociones aparecen en el original de la lista de<br />
:: asistencia, que se agrega al «x-pediente de esta acta.<br />
^De„conformidQd--Con ..eJL-artXculo trigésimo primero de los estatutos<br />
¡sociales, por —designación- unánime de los-presentes-presidió la<br />
Ía»amblea-el-serfor-Llc . - José Rodolfa-Gonráles Guzmérr-y^actuó-como-<br />
secretarlo^ el señor Lie. Javier Francisco Lozanortorales", ~ quien<br />
¡i<br />
;lo es del propio consejo de administración.<br />
El presidentef de conformidad con el artículo vigésiino noveno de<br />
los estatutos sociales, designó como escrutadores a los seffores<br />
|| C.P. Filemón Morales Téllez y C.P. Carlos Ceval'los Esponda? los<br />
.que cceptaron su cargo y en el desempeño del mismo» tísbpués de<br />
jj haber revisodo los poses de asistencia y, en su caso, los poderes<br />
¡i de* los representantes de los accionistas» elaboraron el<br />
ji escrutinio correspondiente, en los siguientes términosí<br />
•-Uos-suscritos- designados -escrutadores-,— manifestamos- -<br />
que— henos—revisado—los pases —de - asistencia -y-los -<br />
poderes—exfrlbidos—por—^1 os representantes"^^—de los<br />
accionistas, "^ ^"otorgados" eñ los formulaTribsT'eraborados<br />
por~la socTedad, los~cuales~satí5fac~eh los requisitos<br />
que señafo el articulo 22 de la Ley Puro Regular las<br />
Agrupaciones Financieros
Por JO anterjort certificamos que sé encuentran . re-<br />
prssentodas en esta asombleo -3»117'373,S77- acciones<br />
que representan #1 70.212 de las -3»4S5'850f41?~<br />
acciones en circuloción» representativos del copitol<br />
social pagado de QRUPO FINMClEnO BANCOMER, S'A. DE<br />
C,^*t por lo que existe el quorum requerido paro lo<br />
celebración -^UE-PRESENTA EL-CONSEJO DE ADMINISTRACION-<br />
S0BRE-iWMEMTO-»E-CrtPITAL-S0CIAk-ÍN-kA-PARTE VrtRIA—<br />
BtEj-MEDIANTE-tíT-EItlSlOM-DE-ACCIONES SERIE 'L*-,-DE-<br />
VaT0~i:THITAD07'REFRESENTRnT7ffS~DEL~CAPrTAL TlDICIO--<br />
NrtirDEn:A~sociErr«ryrTfrsircAso7"DETERMiNAR "CA "~^"<br />
FORMA Y TÉRMINOS DE SU COLOCACIÓN.<br />
m^^mmmimmimmmmm^mm->.
^f-^-í^B^íSi-r-<br />
í,-,;;: -..íij.livj^^j:<br />
PT^íe^^S<br />
• . . ; ; ; « : > : . - ;<br />
^rS^. .•l>d4HMl»ogo 4m3L jpiTiMr'fms^o'd«2:-;of4«B d»r"?-y;
^^^iif»!<br />
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A ^F*>:SS;í.':;S >,;>¿/:;.-;.<br />
"jKif a- yjedo^r élBvod< -ta CQntldad-Tr«-Wr-|r42'827,é33.13"
7*«í m<br />
35<br />
M i' '•'"r •<br />
¿<br />
II, En el desahogo d»J ••gundo y úliiao punto ti«l ard«n d«l dxj><br />
lo o«omblao acordó»<br />
UNIC0>~ Designar como delegodos especiales de esta osamblear a<br />
los señore* licenciados Javier Francisco Lozano Moróles, Fran<br />
cisco Xavier Sánchez Soldañar Pedro Enrique Lumen L020 y Carlos<br />
HeredJq Navorro? para que cualesquiera de ellos ocurra ante las<br />
«autoridades competeniesy a realizar los trámites y gestiones que<br />
Lea'í-U"-e5te_pJLOceíi-an_píirq .la plena eficacia de las resoluciones<br />
qJüptüdüs p-oj es^to—asQinblea.», as i m ismo > pa na q ue_!acuíl.Qn_aat e.<br />
—not^3^^io-públ-ieo-de—su-eleccion- o—f in de-protocolizor--hi—presente-<br />
—acta y ot^-tener^—en caso—neceao-r-io^—l-o—ifv&eMpc-tón-rdelr—p^r-ime^r—tes=-<br />
-tinlOílio—£prg~al~-BfBcto-5e-expTd5i—en—eí-Regxátro-Pú-trl-ico-de-eoiirer'---<br />
CÍO del aomiciiio ae lo socfe'da^~;<br />
No habiendo otro asunto que triitor, se levantó la presente lact- L,<br />
4ue previa su lectura se aprob¿ por unonimidad de ;-i ourscnc^<br />
qiie aparecen representando acciones en la lista de ciáisté-ri-.:<br />
cor responiii tinte.<br />
^5^S?^^5^^^ [^^^^5^^^^<br />
Se - hace constar por último, que e1 total de dichas personas que<br />
rep rasen ton—acc i oaeSj permuneciaron y votaron durante todo el<br />
-tiempo—que—durá esta o'samblea.<br />
t, J CÍ:\ÍOSB ; RODOLFO; GONZÁLEZ;<br />
^..:^^;¿?J^^^>¿¿^Ta^^.<br />
"SECRETAKIO
Informe de Avance de Gestión Financiera 2001<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Púbiico<br />
Anexo 1<br />
1/3<br />
"Evaluación de la Enajenación de la Tenencia Accionaria en poder del Gobierno<br />
Federal de Grupo Financiero BBVA-Bancomer, S.A. de C.V."<br />
Resultados<br />
1. De la revisión se comprobó que el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios (Comité) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (<strong>SHCP</strong>) en su sesión<br />
extraordinaria núm. 03/2002 celebrada el 8 de abril de 2002, mediante el acuerdo núm.<br />
18/2002 aprobó la contratación de los servicios de un Agente Colocador Global para la<br />
enajenación de la posición accionaria del Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA-<br />
Bancomer, S.A. de C.V., debiendo presentar la Dirección General de Crédito Público<br />
(DGCP) la justificación para la contratación del Agente Colocador a través del<br />
procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, que incluyera los criterios de<br />
evaluación que se establecerían en la bases para llevar a cabo éste procedimiento.<br />
Mediante el oficio núm. 305.- 069/2002 del 12 de abril de 2002, la DGCP proporcionó al<br />
Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales, en su carácter de<br />
Presidente Suplente del Comité, la aclaración, información y documentación requerida por<br />
el Comité, a excepción úf los criterios de evaluación, los cuales se proveerían una vez
m<br />
Anexo 1<br />
2/3<br />
que se contara con las bases y el contrato para instrumentar el procedimiento de<br />
invitación a cuando menos tres personas.<br />
No se encontró evidencia documental de que la DGCP de la <strong>SHCP</strong> haya presentado al<br />
Comité los criterios de evaluación que se establecerían en las bases para llevar a cabo la<br />
contratación de los servicios de un Agente Colocador Global para la enajenación de la<br />
tenencia accionaria del Gobierno Federal en Gmpo Financiero BBVA-Bancomer, S.A. de<br />
C.V. mediante el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas,<br />
incumpliendo con ello lo dispuesto en el acuerdo núm. 18/2002 del Comité.<br />
2. Se constató que el 28 de noviembre de 1991, celebraron contrato de fideicomiso núm.<br />
F/22625 el Gobierno Federal por conducto de la <strong>SHCP</strong> y la Tesorería de la Federación en<br />
calidad de fideicomitente y fideicomisario, y Bancomer, S.A. en su carácter de fiduciario,<br />
para la administración, conservación y enajenación de 1,045,446,004 acciones de la serie<br />
"B", no obstante, en las bases para la enajenación de la tenencia accionaria del Gobierno<br />
& Federal fueron 949,838,031 acciones de la serie "O", por lo que existe una diferencia tanto<br />
en la cantidad de acciones como en la serie.
\-r-<br />
Anexo 1<br />
3/3<br />
3. En el contrato de prestación de servicios de intermediación bursátil de fecha 30 de abril<br />
de 2002, en su párrafo segundo, se señaló que para el caso de que existiera una opción<br />
de sobreasignación el número de acciones a que se refiere el primer párrafo de dicho<br />
contrato, con-esponde al 93.0% a 949,838,031 acciones, en el entendido de que el 7.0%<br />
restante se reservara para la opción de sobreasignación, por lo que existe una<br />
discrepancia con lo que se establece en la Bases para llevar a cabo la contratación de los<br />
servicios de Agente Colocador Global, ya que estas consideran 949.838,031 como el<br />
totalde-la^cciones propiedad del Gobierno Federal.<br />
V ^ /
ODVAj Bancomer<br />
México, D.F. a 17 de diciembre de 2002.<br />
DRA. SILVIA ROCHA TORRES<br />
Directora General Adjunta<br />
Procedimientos Legales y Crédito<br />
"-N<br />
.líT)<br />
r. . . ^•^r.r^^ Hai I ir I iii
iíll<br />
'i .-<br />
ASAMBLEA GENERAL QfUXNAltlA DE ACCfOMSTAS<br />
4¿í£AS:-en las^)fldnae pflndpalee de la-SodedadriAilcadae «i^AvenidrUnlvereldad i<br />
-«OOrCoi.-Xoco, efhMMcorDWrtte-Pederal.<br />
-FECHArar denabftl drt99Sryla» n.'30 horae.<br />
-COMVOCAfQRi^; St pu^Scó en loe pertMicos "EXCELSlOfT y l^EFORMA" de ta<br />
dudad de Máxico, D.F. y "EL NORTE" de la dudad de Monterrey, N.L, en s» edteiones<br />
dd día e de id3rt del preeente afto.<br />
PREStDEWTE Y SECWEj^afftQ; En aueenda del PrwWente del Consejo de<br />
Admlrtsfraddn, pre>Wi6 la AsamWea d seftor Uc. Eduardo A. EHíwrdo Lozano y actuó<br />
_?"!"? il*^!^? e< —ffof Uc. Javier Peo. Lozano Aforalee, qt4enee «on reepecCvamenti,.<br />
. >?c?P«^ní!L y_Secrefwte_d^^^ preaenteei Sr.^.p,<br />
Jo»iManue|.Canal.Hemando.en su carlcter de Comisarlo Propietario de la Serle "A",<br />
ESCRUTADORES: Sefloree c.P. FSemdn Morales Téilez y LJc. Mano Alt^arto Chape<br />
Martfnez, designados por el Presidente. -<br />
:--::<br />
ACCIONES REPRESENTADAS: Los sefíoree escrutadores, vertncaí^ los pases de<br />
ashrtenda y tos poderes ktos pw los represéntantr» de los accionistas, otor^dos de<br />
acuerdo a loe formularlos" elaborados por la Sociedad, conftMine a ios requisito»<br />
estabteckíos en'el artículo 22 de la Ley para Regiter la» Agrupaciones ñríandera». Acto<br />
cortfraio cerlíllcaron que est^ legabnente representadas 2,7l3r393,498 acdone», o sea<br />
*' '^''^t^J^ '^*3'M«,290^ue se encuentran en dro^tedón, represenlat^8S del<br />
_^*?^-*^ ?®^* ®"??^i''^ ?*"^_?'' ?.J^,.* ^"^•**»'*=*« suscrtta por dchoe_<br />
escrutadores.<br />
•]
-4-<br />
•li ^y<br />
"íftSTACaciOH: En vlrtid'de Jó anterior y de confb'rtnidád conlo esítóleckto en el artículo-<br />
TMdrtarLe7Geñeral de Sodedades MenaiTifflMT^ eefív Presidente dedartlegalmeñte<br />
instalada la Asamblea, dado que ia representadfln de acciones constituye ei quóaim<br />
seflatado por el Artículo Vigésimo Noveno de los Estatutos Sociales para esta ciase de<br />
Asamblea.<br />
A confinuadón, el señor Secretario do lectura al sigílente:<br />
ORDENJgLDIft — ~<br />
CONOCER. Y TOMAR . LOS _ACUERDOS. QUE LA ASAMBLEA<br />
CONVENIENTES RESPECTO DE LOS SIGUIENTES ASUNTOS:<br />
I." INFORME DEL" CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN POR EL EJERCICIO<br />
SOCIAL DE 1994, QUE INCLUYE LOS ESTADOS RNANCIEROS Y EL<br />
INFORME DB LOS COMISARIOS. EN LOS TÉRMINOS DEL ARTICULO<br />
172 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES.<br />
-II. APUCACION DE LAS UTIUDADES DEL EJERCICIO DE 1994.<br />
|||..CANCELACION_DE.ACCIONES__DE.TESORERÍA. Y, EN SU CASO,.<br />
EMISIÓN DE ACCIONES SERIÉ T".<br />
IV. AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL EN SU PARTE VARIABLE MEDIANTE<br />
CAPITAUZACION-DE-RESERVAS-Y-.-EN-SU- CASO, ENTRECA-OE-<br />
.ACCIONES SCR1E.V.U8RES DE PAGO,<br />
INCREMENTAR EL SALDO DE LA "RESERVA PARA ADQUISICIÓN DE<br />
^CCI0NE5~PR0PIAS^'C0N-CARG0-ArCArCUENtA-DE~UnaDADES"<br />
-PENDIENTES DE APUCAR,-ASMSOMO-DETERMINAR EL MONTO DEL<br />
_CAPITAL_SOC!.AL. QUE _PODRA AFECTARSE A LA COMPRA DE DICHAS<br />
ACCIONES, EN LOS TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN I DEL ARTICULO 14<br />
BIS DE LA LEY DEL MERCADO'OE VALORES.<br />
VI.-RATlRCAaON-DE-ACTOS—Y—ACUERDOS-DEL-C0N6EJ0-DE<br />
ADMINISTRACIÓN. • '•<br />
VII. NOMBRAMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y COMISARIOS<br />
DE-LAS-SERIES"^A"7-Tr Y""Cnr"DETERMINACIÓN" DE^SUS'<br />
HONORARIOS. '^—<br />
ESTIME
mm<br />
•tímm<br />
viii: DesiQNACioN De oeLBOAOos.<br />
en il desahogo del primer punto del orden del Día, «i seflor Ing. Alfonso González^<br />
Mlgoya, Director General AcQunto de Finanzas de la Sodedad por intficadones dei<br />
PrwrdenteTTazo la presentaddfr del informe de) Conseio dé MttMttratíóa por el ejercicio<br />
soaal de 1994, que incluye los Estados Financieros dictaminados por ei Oespact»<br />
Roberto Casas Alatriste, Coopere & Lybrand y el Intbnne de los Comisarlos, documentos<br />
que se agregan ^ expediente de esta acta.<br />
Después de analizar los documentos anteriores, la ^Asamblea por unanimidad de votos de<br />
las acciones representadas, emiltó eí siguiente:<br />
ACUERDO<br />
ÚNICO.- Se aprueba el Informe dei Consejo de Administración de Grupo Finsiefero<br />
Bancomer, SJL de-C.V., por ei ejercicio social de 1994, q^e incjuye los estados<br />
financieros así como ei Irtforme de tos Comisarios. -<br />
ti.- En relación con ei segundopunto del Orden dei Día, ei seflor Ing. Momo González<br />
f/lgoyara soScitud dei Presidente sometió a la consideñctón de la Asamblea, et proyecto<br />
de aplicación de lais utilidactes dei ejercicio social de 1994.<br />
jAcío seguido y una ve¡c que la Asamblea anaüzó el citado proyecto, por unanimidad de<br />
; votos de las acciones representadas emitió ^ «guíente:<br />
!<br />
ACUERDO<br />
UNiCO.-Se apnjeba que las utatdadee oOttfíidas por Grupo nanoiwo Bancomer, SA<br />
de CY., en ei ejercido kjodal de 1994, se apliquen de la siguiente fbrma: -
s<br />
1<br />
¡<br />
• • —<br />
*<br />
i<br />
:<br />
1<br />
•<br />
Éiák<br />
-T<br />
Pérdkla^de Operadón ^«rBlck>i994<br />
UttfidadM de Substdiart» No OJtlrfbuifUt<br />
M qerclclo d« 1994<br />
umiánóM de Subsidiarlas No DiatrlbuMas<br />
De ^rdclo* anteriores<br />
UtllMadee de Operactén de Elweldoe<br />
AntsHorM ~"<br />
t Propuesta de AptlcacJón:<br />
I PéniMa de Operación 1994 por la cantidad<br />
I de 62,902 contra utlíldade» porapUcardo<br />
7 EjerelcÍCTráñterteree. " ~r~<br />
Reserva para Recompra de Acdones pro -<br />
_^_- _ __ ._-<br />
MILES DE N$<br />
(82,902) _<br />
«W.t49<br />
2^217^51<br />
75,780 3,194,S78<br />
lncr»m( *
'<br />
Í|i20'405,l26 Serle ve» v
SEGUNDO.- Como consecuencia del nmiento de capital teciai antas (^retado, y una<br />
vez queja Aumbiti Oenerai gxtraofdharla a cetobrarse w^M^LI!^^./^*^ ^I?'*'^^^<br />
TlBfórma de.(osj^atutos ^_l>
í<br />
li^W-<br />
x'^f<br />
V. C&? el desehc^ de! quinto punto díH Orim dsí Día, «I saflcr éaaétanopfOfMO i !•"<br />
Aaam})!ea w lncrí=in«i?te «(niomo de ta "Reserva para AdquWcídn de Acciones pñ^'<br />
consBtujda por acuerdo de ia AMmWea General Crdharta de Accionistas de fecha 25 di<br />
ñícwro áe 1W3. sn la cantidad de ^S!^t.CO0*0OO.WO.Cu (un m3 mlBcnoa d« nueves peed<br />
0
)r.<br />
te<br />
et<br />
m<br />
ie SÉ<br />
;a.<br />
se<br />
fi»r j<br />
ACUERDO<br />
ÚNICO.- 8d raOflcan todos los actos y acuerdos sdotktftddi hasta asta fsctia por el<br />
Consejo ds AdmMstraddn áb Grupo Ftamciero Baneetnir, ÍA de CV. realzados en<br />
el desempeno cte sus Andones.<br />
VH. En ei desatwflo del séptimo ptaito del Orden del Día, el Secretario do lectura a las<br />
designaciones hechos por las Asambleas Espádales de Accionistas de las Series JA",.<br />
"B". y 'C. celebradas ei día de hoy, de sus respectivos Consejeros y Comisarlos, así<br />
como también a una propuesta que presenté-un gr^M de acdordstas para desls^ a las<br />
-personas-que-deberán lUngir como PresJdente-y Vicepresidente'del-Consejo-de-<br />
Administradón de entre ios consejeros designados por los accionistas de ia Ser1e-"A", '<br />
asi como al Secretario y ai Prosecretario del ptppio Consejo.<br />
Iguaimente Informé que erflas dtadaS Asainbieas Especiales de Accionistas délas Serles<br />
"B" y"X"rwlwolvír^ "iff« vez^efedu^^<br />
Serie "B" a aMñiarse^mTia Asamblea' Geneñü Extraon^iaria de Acdordstas a oeiebrarse<br />
en esta misma fecha, los Consejeros designados por ia Serle "C continuarán en ei<br />
desempeno de sus cargos, sumándose a aquellos Consejeros designados por la Serle<br />
"S".<br />
Acto seguido, la Asamblea tomando en corwideradén la8_de8lgnadones efectuadas pot<br />
las mendonadas asambleas y ia propuesta que antecede, por unanimidad de voto» de las<br />
_acdcnesj'eprMentadas,.emltiéjos siguientes:.<br />
ACUERDOS.<br />
PRfflfEROr^e nombran comoConseJerosrComisaTlosr Presidente, Vlcepresidenter<br />
SecretarlO~y~Pro8ecretarlo~del~ Consejo 'deAdminlstradOn' de Grupo Financiero'<br />
tfanc6ríw;8A7Ís~CArrpára éTéJercído sodal del<br />
'^.-
•!t-<br />
i<br />
M<br />
.1-<br />
&<br />
01:)<br />
A^'<br />
CONSEJEROS PROPOTARIO»-—<br />
1 • EUGENIO OARZA lAQUERA<br />
~2.TEDUARDaANGEL EUZONOO LOZAMO-<br />
VIcsprBsidertB<br />
"3.^0SETERKAlíOCrCAEDEROW7VYAlA—<br />
4.- ALBERTO BAILLERES GONZÁLEZ<br />
5.-MAXMICHEirSUBERV!tLE<br />
e.- RICARDO GUAJARDOTOÜCHB<br />
H Z'^-'^<br />
7.- ALFONSO GARZA VALOES<br />
B.rMARIA.ELEMAi(ANGELDEMLMQ_<br />
9.- JAVIER LUCIO BARRAGAN VILLARREAL<br />
. ia- BARBARA GARZA DE.BRAN1EE<br />
11.- EVA GARZA DE FERNANDEZ<br />
1Z. ARMANDO GARZA^SA&A.<br />
13.^UAN GUICHARD MICHEL<br />
-14.- ROOOLFOFCOraARRERAAflLLARREAL<br />
tS.. JUUU SERRANO SEOOVIA<br />
-16.- JORG&RODRtOO RANGEL DE ALBA BRUNEL<br />
17.- OTAQH RUe MONTEMAYOR<br />
18.-JOSEMK3UELNAOER -<br />
19.. JOSÉ ANTONIO FERNANDEZ CARBAJAL<br />
20.- IGNACIO ARANGUREN CASTIEUQ- -<br />
21 - GABRIEL ALARCON VELAZQÜE2<br />
22-EDUARDO MONROY CARDB4AS<br />
23.- ENRIQUE RUBÉN MAZON LaPEZ__<br />
24.. ROBERTO ÓARCM MALOOMUXi<br />
CONSEJEROS fROPíETARípS<br />
1.-JAVIER ROBINSON BOURSAUIADA<br />
Z- ANTONIO ELOSUA MUGUERZA<br />
3.- ISIDRO LÓPEZ DEL BOSQUE<br />
4.- ALFREDO MARTÍNEZ URQAL<br />
5.-ENRIQUE HERNÁNDEZ PONS<br />
6.- HÉCTOR VÍCTOR SANTOS SANTOS<br />
7.. JORGE MORALES TREVII^O<br />
8. RAFAEL RUIZORTZ<br />
CONSE,XROS PROPIETARtOS<br />
SEwe"»"<br />
SERIE-C<br />
1.- DIONISIO GARZA MEDINA<br />
Z-ROBERTO SERVTTJE SENDRA<br />
3.- GASTÓN AZCARRAGA ANDRADE<br />
4.-JOSÉ MARTÍNEZ RAMÍREZ"" ~<br />
- ENRIQUE COPPEL LUKEN<br />
- GREGORIO GÓMEZ ALONSO ~~<br />
- JORGE MARTÍNEZ GUITRON<br />
. RAMÓN IRIARTE MAISTERRENA<br />
. LEOPOLDO MARTIN DEL CAMPO VlLLASEfJOR<br />
.JOSÉ BARQUÍN SA8ATE<br />
.gUUO DIAZTORRE MACIAS VALADEZ-<br />
• MANUEL COLLADO TASSINARI<br />
taM»«fl^
mi-<br />
o<br />
JwntJ<br />
SECRETARIO<br />
Javier Francteo Lozano Morales<br />
PROPlETARiO<br />
José Manuel Canal Hernando<br />
PROPlETAf«0<br />
Rogarlo Casas Aiatriste Hernández<br />
COMISARIOS SERIE 'A"<br />
COMISARIOS SERIE "B*<br />
PROSECRETARIO<br />
Mario Adberte Chapa Martínez<br />
SUPLENTE<br />
Osear Carrfflo Chávez<br />
SUPLENTE<br />
- Hugo Lara Slfva<br />
8ECUNDp.-_Los_.8eflorB8-Consejeros, Comisarlos, Secretarlo y Prosecretario<br />
designados jio.perdbrán-honorarios por el desempeño de sus cargos y^de conformidad<br />
con lo dl8pne8to-poF-lo»-artfculos Décimo QuWo y Vigésimo Primero dalos Estetuíos<br />
Sociales de la Sociedad, no otorgarán caución alguna por el desarnperto de los mísmos.-<br />
-j-- TERCERO.-—Alefectuaree-el- canje de- acciones" ^^t^» "c"l)or ácdon^Serié "B", 'm<br />
i acordarse en la Asamblea General Extraordinaria a celebra/^ en ésta misma fecha, los<br />
C^nsa/en» drTa~Sefír"C" antes no.mbrados se tendrán para todos los efectos legales a<br />
•que hüt)lera"lugar, corno Cóñsejéíos {¿"la sirie^' . '<br />
VIII. En el desahogo del último punto del Orden del Ofa, el señor Presidente informó a la<br />
Asamblea que es necesario se designe a uno o más delegados espaciales para que<br />
ejecute los acuerdos que se adoptaron en esta Asamblea, asícomo para_qu«J»'»ÍL..<br />
ante las Autoridades competentes a raaltear los trámite» y gestiones que legahriartte<br />
procedan como consecuencia de lo» acuerdos adoptedos y. aalmbrao, para gi^i anida<br />
.3^^^^_^^^,^^^}^J».^^^?^^í^. íhJ^_protocolizar_*^tai.o parcialmente-la presente<br />
acta JB.inscriban.el primer testimonio que.al afecte se-expida en el Registro Púbffco de<br />
-Comerciodeldómicillo de la Sociedad.<br />
v^<br />
3 .
^^•'<br />
m<br />
Acto seflt^do I» AsamWea por unanimidad d» votos dt t« acciones repfMntidti, tfftjl<br />
_9l8lQMttm»:<br />
AGÜERO O-<br />
-UNiCO.—Ce-designan-como Delegados^EspedeiM-de esta AsamUee-a-los seAMw-<br />
-Ücenciado8-Javier-l=ranci8CO-Lo2anoMoraiesrMarto Alberto Ciwtpa-Martínez y Carto»-<br />
•Heredia--Nawn'orTara~que~/ndfetíntamertff-coa/e^üíefa~a8~9lííaí;—wurra~amriir<br />
autondadee con^etefttiB. a réaüar los tfámites y gestiones que legalmeñte procedwr<br />
j como consecuencia de ios acuerdos adoptados en este Asamblea así como, para 9^*<br />
'~T ¥cuda'fi¡nte"Notarto Público de"«relecd6ná fin de protocoHiar total o parcStónentt l|<br />
: presenta Acta, así como para Inscriba- el primer testimonio de la escritura respeci^a en
Íí?i<br />
siSíifjsisaisigsaeaáaáS^a^í»*^^<br />
14 \Í5Í;.OO.3:.<br />
separación surtirá sus efectos una vez que se cuinplad"¿.\lo.s<br />
requisitos estipulados en el articulo 11 de la Ley para Reg*tk!^"¿i;7«<br />
las Agrupaciones Financieras. ==============================='="<br />
=== SEGUNDA.- Se aprueba dar por terminado, respecto de las<br />
sociedades CASA DE CAMBIO PROBURSA, S.A. DE C.V., en<br />
Liquidación y FACTORAJE PROBURSA, S.A. DE C.V., en Liquidación,<br />
el Convenio de Responsabilidades a que se refiere el articulo<br />
28 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.===-==<br />
=== PUNTO SEGUNDO.- En desahogo del segundo punto del Orden del<br />
Día, el Presidente señaló que conforme al Convenio de fusión<br />
mediante el cual la sociedad habrá de fusionarse con Grupo<br />
Financiero Bancomer, S.A. de C.V., resultará necesario<br />
incrementar el capital social de Grupo Financiero BBV-Probursa,<br />
=== Continuando con el uso de la palabra, el Presidente señaló<br />
que previo al aumento de capital social, y por ser un requisito<br />
de carácter jurídico, es necesario reducir el mismo mediante la<br />
cancelación de la totalidad de las acciones que actualmente se<br />
encuentran depositadas en la tesorería de la sociedad, sujeto<br />
a la condición de que esta misma Asamblea de accionistas,<br />
vuelva a emitir aquellas acciones que en los términos del<br />
artículo 210 bis de la Ley General de Títulos y Operaciones de<br />
Crédito, se mantengan en la tesorería de la sociedad para poder<br />
efectuar la conversión de las obligaciones de la "EMISIÓN DE<br />
OBLIGACIONES .SUBORDINADAS CONVERTIBLES NECESARIAMENTE EN<br />
ACCIONES DE GRUPO FINANCIERO BBV-PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
1996-BIS, emitidas el 20 de diciembre de 1996. El Presidente<br />
recordó que dicha Emisión fue autorizada desde el año de 1996,<br />
y aunque no ha sido suscrita ni pagada, existen obligaciones<br />
contraidas con International Finance Corporation (IFC), para el<br />
efecto de su suscripción y pago.=============================<br />
=== Después de haber considerado lo anterior, los accionistas<br />
presentes, por unanimidad de votos, adoptaron las 6iguientes=<br />
====================== RESOLUCIONES: ========================<br />
=== TERCERA.- Sujeto a que esta Asamblea de Accionistas apruebe<br />
la emisión de acciones representativas de la parte variable del<br />
capital social que en los términos del artículo 210 bis de la<br />
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, deben<br />
mantenerse en la tesorería de la sociedad para que, en su<br />
.oportunidad, se pueda realizar la conversión de las<br />
•;•/-^obligaciones correspondientes a la "EMISIÓN DE QBLIGACIONES
í»<br />
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Serie "R.,' . - °® ia Par^« ^^.•^í') cada i,n» -"^ *^® $1 on<br />
-'° CUARTA.-. ' ' "°=ied=d..r-! '" ^''^"-"tran L: "' "*" í-<br />
."P'-esentati^"'^-, suscritas y ' ' """EM" WcW ''"•'°^-<br />
' ^'"^'"V,oa//;;.^":-Cienes t>^-.«Pitaa .oc/a, ""^^ ^<br />
SEISCXBHjo,; "ifO "-"-^ (OCHO toV ,"'"-" ' Por ^/J "P^^a^n<br />
cuaIes-6,S434.o - í^^^te varí u ' ""^'^ de / ' •^•' füN<br />
•'-'"-"«í'-S^a •«•'".' -«onés :t:^-'^^ "Pit! . !. =^-e „<br />
'".e se^ icie„,' "'^'^^P^es "rresr-n! *^"''«««n at '' ''^ ^^<br />
' ,; / -^ • .^^«Sn,-. corree;. .*'',•> -ít^N p,<br />
"> < < f ' ) ^
„ í f it' ¿^ "E^^^^-is<br />
^'^^i^í&^^.^^S^^^^^^'^!^<br />
16 45,0(<br />
social y la cantidad de $0.5927 (CERO PUNTO CINCO NUEVE<br />
SIETE PESOS MONEDA NACIONAL) por acción a pago de primá=:^ji~A í<br />
suscripción de acciones. ====================s===============is^¿ -^í j<br />
=== Acto seguido, el Presidente indicó que de aprobarseV^IN!'<br />
X' .raumento<br />
de capital social, los accionistas tendrían un plazo d&í<br />
quince días para suscribir y pagar las nuevas acciones, en<br />
proporción a su participación en el capital social y en<br />
ejercicio de su derecho de preferencia, en los términos del<br />
artículo 132 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y<br />
Décimo Primero de los estatutos sociales.====================<br />
=== A continuación el Presidente propuso que el aumento de<br />
capital referido, quedase sujeto a las condiciones resolutorias<br />
consistentes en que: (i) en esta misma fecha, la Asamblea<br />
General Extraordinaria de Accionistas de Grupo Financiero<br />
Bancomer S.A. de C.V., no apruebe su fusión con el Grupo<br />
Financiero BBV-Probursa, S.A. de C.V. y no adopte las<br />
resoluciones necesarias para cumplimentar el Convenio de Fusión<br />
cuya aprobación se propone a esta asamblea posteriormente y;<br />
(ii) dentro de los cinco días hábiles siguientes a que concluya<br />
el plazo para el ejercicio del derecho de preferencia, no quede<br />
-íntegramente suscrito y pagado el citado aumento de capital.=<br />
=== Continuando con el uso de la palabra, el Presidente propuso<br />
a los asistentes que las acciones que se emitan como resultado<br />
del aumento del capital propuesto que no fuesen suscritas y<br />
pagadas por los accionistas de la sociedad en ejercicio de su<br />
derecho de preferencia, sean ofrecidas para su suscripción y<br />
pago en efectivo, al mismo valor, a BANCO BILBAO VIZCAYA<br />
ARGENTARÍA, S.A., o a cualquiera de sus sociedades afiliadas o<br />
subsidiarias. Lo anterior, con el propósito de asegurar que<br />
Grupo Financiero BBV~Probursa, S.A. de C.V., reciba la<br />
totalidad del aumento de capital propuesto, en los términos del<br />
Convenio de Fusión, antes aludido.===========================<br />
=== Finalmente, el Presidente informó que ya se cuenta con la<br />
opinión favorable por parte de la Secretaría de Hacienda y<br />
Crédito Público para poder llevar a cabo el aumento de capital<br />
antes citado. Lo anterior, mediante Oficio No.<br />
DGBA/DGABM/630/2000.=========================================<br />
=== Después de haber considerado lo anterior, los accionistas<br />
presentes, por unanimidad de votos, adoptaron las siguientes<br />
-=?= "QUINTA.- Sujeto a la condición resolutoria que se describe
^^^^^^.-I^K^íf^^íS^f^^'^'*''^''<br />
•<br />
«^^>¿&í^-*''^'*•" "-"'^'" '"<br />
,£aüfá:ffi5taS.3üJs;<br />
j(]¿J.
¿iitíii-iass-3i;wjii'^-^-=-:^¿^^'í--'^-^:-^ '''[ "<br />
18 45,003<br />
OCHOCIENTOS CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MI<br />
SETECIENTOS DIECISIETE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), y ¿sfo<br />
representará por 13,850'782,717 acciones, ordinaria<br />
nominativas, con valor nominal de $1.00 M.N. (UN PESO 00/10\í¿V*i
Lie. ROBERTO NUNEZ Y BANDERA<br />
NOTARÍA No.l, MÉXICO, D.E. 19 45,003<br />
^'^•í^<br />
t^^'<br />
TKÍl^<br />
,,,„.,^f^_^...jmTgiHiarfr.iiiirTin«<br />
20<br />
Orden del Día, el capital social de Grupo Financ;<br />
BBV-Probursa, , S S.A. de C.V., ascenderá a la cantidad cant \e**.:;-^.í;Si^-i<br />
$14,090'782,717.00 M.N. (CATORCE MIL NOVENTA MILLONl<br />
SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DIECISIETE PESOS'^víi.'ST<br />
00/100 MONEDA NACIONAL), y 66 representará por 14,090'782,717<br />
acciones, ordinarias, nominativas, con valor nominal de $1.00<br />
M.N. (UN PESO 00/100 MONEDA NACIONAL) cada una, de las cuales<br />
13,850'782,717 acciones se encontrarán integramente suscritas<br />
y pagadas, en donde 5,170'131,660 acciones son de la Clase I,<br />
representativas de la parte fija del capital social, de las<br />
cuales 3,897'464,633 acciones corresponden a la Serie "F" y<br />
1,272' 667,027 acciones corresponden a la Serie "B", y<br />
8,680'651,057 acciones son de la Clase II representativas de la<br />
parte variable del capital social, en donde 6,543'843,119<br />
acciones corresponden a la Serie "F" y 2,136*807,938 acciones<br />
corresponden a la Serie "B", permaneciendo las restantes<br />
240'000,000 de acciones de la Clase II, Serie "B", depositadas<br />
en la tesorería de la sociedad, de conformidad con la<br />
resolución DECIMA PRIMERA anterior."=========================<br />
=== "DECIMA TERCERA.- . Emítanse los títulos de acciones<br />
representativos del aumento al capital social y háganse las<br />
anotaciones correspondientes en los libros de la sociedad."...<br />
=== ... PUNTO SEXTO.- En relación con el sexto punto del Orden<br />
del Día, el Presidente indicó que como consecuencia de lo<br />
resuelto en el primer punto de esta Asamblea, resultaba<br />
necesario modificar el artículo SEGUNDO de los estatutos<br />
sociales. A continuación solicitó del Secretario que diera<br />
lectura al texto propuesto de dicho artículo y al proyecto de<br />
resolución para este punto del Orden del Día.================<br />
=== Después de haber considerado lo anterior, los accionistas<br />
presentes, por unanimidad de votos, adoptaron la siguiente===<br />
===============-======= RESOLUCIÓN: =========================<br />
=== "DECIMA NOVENA.- Se acuerda modificar el artículo segundo<br />
de los estatutos sociales, para que quede redactado como sigue:<br />
=== ARTICULO SEGUNDO.- La sociedad participará en el capital<br />
social de las entidades financieras siguientes: 1.- Banco<br />
Bilbao Vizcaya-México, S.A. Institución de Banca Múltiple,<br />
Grupo Financiero BBV-Probursa; 2.- Casa de Bolsa BBV-Probursa,<br />
S.A. de C.V., Grupo Financiero BBV-Probursa; 3.- Seguros<br />
_-'; BBV-Probursa, S.A. de C.V. Grupo Financiero BBV-Probursa y; 4.-<br />
;v'V~Fa'anzas Probursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBV-Probursa.<br />
y-Mz^<br />
s
^ ^ ^ ^ ^ ^ ^ ^ ^ ^ ^ ^ ^ ^<br />
«l><br />
fl<br />
-• .x<br />
" I LIO. ROBERTO NUNEZ Y BANDERA<br />
^J NOTARÍA No. 1, MÉXICO, D.F. .....<br />
J 21 45,003<br />
/ .<br />
La sociedad podrá participar en el capital social de otras<br />
entidades financieras y sociedades que previamente autorice la<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los términos<br />
previstos en la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras,<br />
las Reglas Generales para la Constitución y Funcionamiento de<br />
Grupos Financieros- y las Reglas para el Establecimiento de<br />
Filiales de Instituciones Financieras del Exterior."=========<br />
=== PUNTO SÉPTIMO.- En relación con el séptimo punto del Orden<br />
del Dia, los accionistas presentes, por unanimidad de votos,<br />
adoptaron la siguiente=======================================<br />
. === VIGÉSIMA.- Se designan delegados especiales de la presente<br />
asamblea a los señores don José Madariaga Lomelín, don Vitalino<br />
Manuel Nafria Aznar, don Luis Robles Miaja, don Jaime Adam<br />
Vidal, don José Fernando Pío Díaz Castañares y don José Arturo<br />
Sedas Valencia, para que, indistintamente cualquiera de ellos<br />
concurra ante el notario público de su elección a protocolizar<br />
la presente acta, y el Convenio de Fusión a que se refiere la<br />
Resolución DECIMA SEXTA anterior y realice todas las gestiones<br />
que sean necesarias o convenientes para que las resoluciones<br />
aquí adoptadas queden debidamente formalizadas y adquieran<br />
pleno^vigor y efecto."=======================================<br />
=== No habiendo más asunto que tratar, se suspendió la Asamblea<br />
por el tiempo necesario para redactar la presente acta^\la<br />
cual, una vez leída, se aprobó por todos los asistentes.====\^<br />
=== Se hace constar que durante el desarrollo de la Asamblea<br />
estuvieron presentes todas las personas que en ella<br />
=== Se anexan al expediente de esta acta, ejemplares de los/^<br />
\ y'<br />
siguientes documentos: =============:====;============^;======j;^'=<br />
=== 1.- Certificados de depósito, cartas poder y tarjetas'de<br />
admisión exhibidas por los asistentes.=======================<br />
=== 2.- Lista de asistencia.=================================<br />
=== 3.- Ejemplares de los periódicos "El Economista" y "El<br />
Financiero" del día 13 de Junio de 2000.=====================<br />
=== 4.- Convenio de Fusión.================================== ¡<br />
=== Se levantó la Asamblea a las 11:00 horas, del mismo dj<br />
su fecha de celebración.==========================<br />
=== Firman la presente acta para constancia el Presi^<br />
Secretario y los Comisarios.=======================[<br />
=== Siguen firmas" .================================V'^5^4^"=5.?r?<br />
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•'-v'líA*'"<br />
INSCRITO EN LA DIRECCIÓN GENERAL DEL<br />
REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO<br />
EN EL r'';.'0 r •<br />
UL''u<br />
PTDA.<br />
.'.'nr.<br />
Fíu EN CAJA:S§<br />
^ ^ ^<br />
DE FECHA: fi=\-^f^~ s=»OC30<br />
ZZ'P:.7,¡7:O EN MÉXICO, D.F., AZD. DE ^ DEL 20QO<br />
V at touer.cio REGISTRADOR UC ANA LILIANA MARTÍNEZ LORENCE<br />
^:<br />
Ü: CV-viCA-.<br />
• )<br />
nbsMulsaco,Oirecto/íje Comercio,<br />
Etoo6le8 y Bienes Muebles de laDirección Generai<br />
'úblico de la Propiedad y de Comercio, con<br />
en el artículo 20 (racotón IV del Reglamenio<br />
Interiof de la Adminiuraotón Pública del Oistriio Federal y el<br />
Acuerdo delegatorio de facultades publicado en la Gaceta<br />
Oficial dtl Otatrito Fwltial d« («ch* 19 de diciembre de 1897<br />
• ^
"-rS"-i-^^' ' V -í^-j"*—* j».- -<br />
«o?í5^-<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA T CRÉDITO PUBLICO<br />
í!- '•*-••"-• -.•'', ••,•.•'"••'"'•;'•.''"•-'-••' •'••-- '-¿¿^*' '''''^'i''\'^^^¿i^f^?^^¿^Sj'if^'3¿^fe-'''^j^<br />
SECRETARIA PARTICULAR<br />
101- i^^y<br />
México, D.F., 3 de agosto del 2000<br />
Lie. José Madariaga Lomelin<br />
Presidente del Consejo de Administración de<br />
Grupo Financiero BBV-Probursa, S.A. de C.V.<br />
Presente<br />
\ Hacemos referencia al escrito del día 6 del mes en curso, presentado por el Lie. Arturo Sedas<br />
5 Valencia, en representación de Grupo Financiero BBV-Probursa, S.A. de C.V., cuya<br />
personalidad se encuentra debidamente acreditada ante esta Secretaría, mediante el cual,<br />
A ^ en cumplimiento de nuestro diverso DGBA/DGABM/630/2000 del 16 de junio anterior, remite<br />
a esta Unidad Administrativa Primer Testimonio y tres copias simples de la Escritura Pública<br />
Núm. 45,003 del día 5 del presente mes, otorgada ante la fe del Lie. Roberto Núñez y<br />
Bandera, Notario Público No. 1, con ejercicio en esta Ciudad, por la que se protocoliza el<br />
Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de ese Grupo Financiero,<br />
celebrada el 29 de junio último.<br />
1 En la citada Asamblea se acordó separar a Casa de Cambio Probursa, S.A. de C.V. y a<br />
Factoraje Probursa, S.A. de C.V. de ese Grupo Financiero, en virtud de que se encuentran<br />
en liquidación y, en consecuencia, reformar el Artículo Segundo de sus Estatutos Sociales,<br />
•<br />
así como aumentar su capital social contable en la cantidad de 1,400'000,000.00 de dólares<br />
de los Estados Unidos de América, al tipo de cambio para solventar obligaciones<br />
denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, que publique el<br />
Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en fecha previa a la celebración de la<br />
presente asamblea.<br />
^ ^ Sobre el particular, esta Secretaria en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo<br />
'W W' 6° ' fracción XXIV de su Reglamento Interior y con fundamento en lo dispuesto por los<br />
artículos 11 y 17 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, autoriza a Grupo<br />
Financiero BBV-Probursa, S.A. de C.V. para que separe a Casa de Cambio Probursa, S.A.<br />
de C.V. y a Factoraje Probursa, S.A. de C.V. de ese Grupo Financiero, en virtud de que se<br />
encuentran en liquidación y aprueba la reforma estatutaria acordada por ese Grupo<br />
Financiero.<br />
T1£V • HAnENDA<br />
Asimismo, manifiesta conformidad con el aumento a su capital contable en la cantidad de<br />
1,4G0'G0Q,000.00 de dólares de los Estados Unidos de América, al tipo de cambio para<br />
solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República<br />
Mexicana, que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en fecha<br />
previa a la celebración de la presente asamblea. A<br />
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i.H.-1 -A,<br />
Í12- 1990<br />
•ntv. HACEUDA<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SECRETARIA PARTICULAR<br />
101- lí^-iy<br />
Hoja-2-<br />
Por último, adjunto al presente se devuelve a usted el Prime^Testimonio que anexó a su<br />
escrito, indicándole que deberá infomnar a esta Dependencia sobre la fecha y demás datos<br />
relativos a la inscripción que lleve a cabo del mismo, ante el Registro Público de la Propiedad<br />
y de Comercio.<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN<br />
El Secretarlo<br />
Ángel Gurría<br />
C.c.p. Dr. Guillermo Ortiz Martínez, Gobernador del Banco de México, para su<br />
conocimiento.- Av. 5 de Mayo No. 2.- Ciudad.<br />
Lie. Eduardo Fernández García, Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de<br />
Valores, con igual fin.- Av. Insurgentes Sur No. 1971, Torre Norte, 10o. Piso.-<br />
Ciudad. 1 ANEXO.<br />
Dr. Ángel Aceves Saucedo, Presidente de la Comisión Nacional para la Protección y<br />
Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, mismo objeto.- Av. Insurgentes<br />
Sur No. 762, 7o. Piso!- Ciudad.<br />
Lie. Adulfo Jiménez Peña, Director General del Registro Público de la Propiedad y de<br />
Comercio, para su conocimiento.- Carlos J. Finlay y Villalongín.- Ciudad.<br />
Lie. Manuel Guerrero Gutiérrez, Director de Asuntos Internacionales de la Dirección<br />
General Adjunta de Banca Múltiple, mismo objeto.- Edificio.<br />
(1021/2000)<br />
N.C.I. 826
'/<br />
México, D. F., a 5 de julio de 2001- YO JAVIER i.<br />
PÉREZ ALMARAZ, Notarlo No.'125 CERTIFICO, que la<br />
presente copia fotostática concuerda fielmente<br />
con su original que reproduce, con el que quedó<br />
cotejada, sin calificar sobre su autenticidad, validez<br />
o licitud, según registro l\lo. 6426 de 5 de julio de<br />
2001, del Libro de Registro de Cotejos de la notaría<br />
No. 137 en que actúo.
f'<br />
d^<br />
s».<br />
10 4.5^y^^^Í<br />
Millones Seiscientas Sesenta y Siete Mil Veintisiete acciones*<br />
corresponden a"la Serie "B", y variable de Doscientos Cuarenta<br />
Millones de Pesos, Moneda Nacional representado por Doscientos<br />
Cuarenta Millones de acciones de la Clase "II", Serie "B",<br />
todas ellas con valor nominal de Un Peso, Moneda Nacional, cada<br />
una. Dicha escritura se encuentra en trámite de inscripción en<br />
el Registro Público de la Propiedad de esta Ciudad.==========<br />
=== XVIII.- De los estatutos actualmente en vigor de la<br />
sociedad aparece que ésta se denomina GRUPO FINANCIERO BBV-<br />
PROBURSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, con domicilio<br />
en esta Ciudad de México, Distrito Federal, duración<br />
indefinida, capital mínimo fijo sin derecho a retiro de Cinco<br />
Mil Ciento Setenta Millones Ciento Treinta y Un Mil Seiscientos<br />
Sesenta Pesos, Moneda Nacional y su objeto es:===============<br />
=== 1.- Adquirir y administrar acciones emitidas por<br />
instituciones de seguros y de fianzas, casas de bolsa,<br />
almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras,<br />
empresas de factoraje financiero, casas de cambio, sociedades<br />
operadoras de sociedades de inversión, instituciones de<br />
crédito, y cualquier otra clase de asociaciones o entidades<br />
financieras y de sociedades que determine la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público con base en lo establecido en la Ley<br />
para Regular las Agrupaciones Financieras. ==================<br />
=== 2.- Adquirir valores y emitir y girar toda clase de títulos<br />
de crédito, aceptarlos y endosarlos. Lo anterior, de<br />
conformidad con la Ley para Regular las Agrupaciones<br />
Financieras y con las reglas que, de conformidad con dicha ley<br />
determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.=======<br />
=== 3.- Adquirir en propiedad o en arrendamiento toda clase de<br />
bienes muebles o inmuebles, así como derechos reales sobre<br />
ellos, que sean necesarios o convenientes para la realización<br />
de su objeto social.=========================================<br />
=== 4.- En general realizar y celebrar toda clase de actos,<br />
contratos y operaciones conexos, accesorios o accidentales, que<br />
sean necesarios o convenientes para la realización de los<br />
objetos anteriores, así como aquellas operaciones y actividades<br />
previstas en la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras<br />
§ y aquellas análogas a las anteriores, sujetándose en todo'caso<br />
a las disposiciones de carácter general, que en su caso, emita<br />
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.=================<br />
=== A la sociedad le estará prohibido:=======================
¿<br />
nC. BOBERTO NUNEZ Y BANDERA<br />
NOTARÍA NO. 1, MÉXICO, D.F, ' . n n ^<br />
11 45/003<br />
'V.o.v -~~ ^'~ Otorgar créditos, con excepción de los que correspondan<br />
a prestaciones de carácter laboral de su personal. ============<br />
=== IJ.- Operar con los títulos representativos de su capital,<br />
salvo los supuestos previstos en la Ley para Regular las<br />
Agrupaciones Financieras y en las reglas que, de conformidad<br />
con dicha Ley, emita la Secretaria de Hacienda y Crédito<br />
\<br />
=== III.- Efectuar trámites o gestiones sobre las operaciones<br />
de las Entidades Financieras que controle; y ================<br />
=== IV.- Proporcionar información sobre sus operaciones o sobre<br />
las de otros integrantes de GRUPO FINANCIERO PROBURSA, excepto<br />
a las autoridades facultadas para ello conforme a las<br />
disposiciones legales, siendo extensiva esta prohibición a sus<br />
consejeros, comisarios, funcionarios, empleados y en general a<br />
quienes con su firma puedan comprometer a la propia sociedad.<br />
=== XIX.- El compareciente me exhibe el libro de actas de<br />
Asambleas de Accionistas de la Sociedad en el cual a fojas de<br />
la ciento cuarenta y dos a la ciento cincuer\ta y nueve, obra un<br />
acta que en su parte conducente dice:======W=================<br />
======= "GRUPO FINANCIERO BBV-PROBURSA, S I »V* *<br />
• / /<br />
====== ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIÓN<br />
29 DE JUNIO DE 2000 I<br />
DE C.V. =======<br />
TAS =======<br />
=== En la Ciudad de México, Distrito Federal, domicilio social<br />
de GRUPO FINANCIERO! BBV - PROBURSA, S-AV DE C.V., síencfeylas<br />
10:00 horas del dia 29 de Junio de 2000, se reunieron en%l<br />
inmueble marcado con el número 620 de la calle de Montes<br />
Urales, colonia Lomas de Chapultepec, C.P.11000, las personas<br />
que aparecen en la lista de asistencia que se agrega al<br />
expediente de esta acta, formando parte integrante de la misma,<br />
con el fin de celebrar una ASAMBLEA GENERAL EXTRAOR^INARIA^E<br />
ACCIONISTAS a la que fueron debidamente convocados mediante<br />
publicaciones realizadas en los periódicos "El Economista" y<br />
"El Financiero" en su edición del dia 13 de Junio de 2000.<br />
Estuvieron también presentes los señores don Vitalino Manuel<br />
Nafria Aznar, Consejero Director General de la sociedad, asi<br />
como los señores don Alfredo Solloa García y don Luis Francisco<br />
t Padilla Gutiérrez, Comisarios Propietarios de la misma.======<br />
===== Presidió la Asamblea el señor don José Madariaga Lomelín<br />
-en su carácter de Presidente del Consejo de Administración<br />
fictuó como Secretario el señor don José Arturo Sedas Valencia<br />
Prosecretario del propio Consejo.===========================
-.6<br />
12<br />
;:-^'l<br />
4.5;*,>p0V^<br />
=== Acto seguido, el Presidente designó escrutadores a "NJ.O'S<br />
señores don Miguel Rivera Campo y don José Fernando Pío Díaz<br />
Castañares, quienes aceptaron su nombramiento y habiéndose<br />
cerciorado de la observancia de lo dispuesto por el artículo 22<br />
de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras,<br />
procedieron a preparar la lista de asistencia, en la cual se<br />
hace constar que estuvieron representadas en la Asamblea<br />
5,056'244,664 acciones de las 5,170'131,660 acciones en que se<br />
divide el capital social pagado de GRUPO FINANCIERO<br />
BBV-PROBURSA, S.A. DE C.V., lo que representa el 97.79% de<br />
=== Con base en la certificación de los escrutadores y<br />
habiéndose publicado la convocatoria respectiva, el Presidente<br />
declaró legalmente instalada la Asamblea, de conformidad con lo<br />
dispuesto en los artículos vigésimo séptimo, vigésimo noveno y<br />
trigésimo sexto de los estatutos sociales y 182 y 190 de la Ley<br />
General de Sociedades Mercantiles.===========================<br />
=== A continuación, el Presidente pidió al Secretario dar<br />
=== I.- Desihcorporación de las empresas Casa de Cambio<br />
Probursa, S.A. de C.V., en liquidación y Factoraje Probursa,<br />
S.A. de C.V., en liquidación, del propio Grupo Financiero; y<br />
modificación del convenio de responsabilidades a que se refiere<br />
el articulo 28 de la ' Ley para Regular las Agrupaciones<br />
Financier Resoluciones al resgesLtcu.s=s^==================<br />
==^=11.-'-^Cancelación de 3^'s acciones ^^_d^ositadas en la<br />
-V<br />
tesorería de la sociedad, y consecuente disminución del capital<br />
sacial, - Resoluciones"^ál' respecio, ==^^^=«=='========"===="=======<br />
==^. irrr-^^'Stimento en la parte variable del capital social por<br />
el equivaliente en pesos. Moneda Nacional, de hasta la cantidad<br />
-de"$ 17'400'000,000.00 de Dólares, E.U.A., mediante la emisión de<br />
nuevas acciones de las Series "B" o "F" Emisión 2000, y de la<br />
Clase II, representativa de la parte variable del capital, que<br />
se ofrecerán para suscripción y pago en efectivo, al valor que<br />
incluyendo prima por suscripción de acciones determine la<br />
Asamblea de Accionistas. Los accionistas de la sociedad podrán<br />
ejercer su derecho de preferencia para suscribir las acciones<br />
que les correspondan, dentro de un plazo no menor de quince<br />
jdlás que. determine la propia Asamblea de Accionistas, en los<br />
términosV del articulo 132 de la Ley General de Sociedades
I<br />
|.<br />
..^..^,^a,a..^a.sai8.B.^s^^<br />
Jia;ik:;jüS!Si¿í!fci!»iasü:<br />
2 45,oa3s;^;^;>;<br />
=== 4.- En general realizar y celebrar toda clase de actos,<br />
contratos y operaciones conexos, accesorios o accidentales, que<br />
sean necesarios o convenientes para la realización de los<br />
objetos anteriores, asi como aquellas operaciones y actividades<br />
previstas en la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras<br />
y aquellas análogas a las anteriores, sujetándose en todo caso<br />
a las disposiciones de carácter general, que en su caso, emita<br />
la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.=================<br />
=== A la sociedad le estará prohibido:=======================<br />
===== I.- Otorgar créditos, con excepción de los que<br />
correspondan a prestaciones de carácter laboral de su personal.<br />
===== II.- Operar con los títulos representativos de su<br />
capital, salvo los supuestos previstos en la Ley para Regular<br />
las Agrupaciones Financieras y en las reglas que, de<br />
conformidad con dicha Ley, emita la Secretarla de Hacienda y<br />
===== III.- Efectuar trámites o gestiones sobre las operaciones<br />
de las Entidades Financieras que controle; y ================<br />
===== IV.- Proporcionar información sobre sus operaciones o<br />
sobre las de otros integrantes de GRUPO FINANCIERO PROBURSA,<br />
excepto a las autoridades facultadas para ello conforme a las<br />
disposiciones legales, siendo extensiva esta prohibición a sus<br />
consejeros, comisarios, funcionarios, empleados y en general a<br />
quienes con su firma puedan comprometer a la propia sociedad.<br />
=== II.- La escritura a que se refiere el inciso anterior, fué<br />
inscrita en el Registro Público de la Propiedad de esta Ciudad,<br />
en el folio mercantil número ciento cuarenta y tres mil<br />
seiscientos ochenta y siete.=================================<br />
=== III.- Por escritura número cuarenta y dos mil seiscientos<br />
cincuenta y ocho, otorgada en esta Ciudad, el seis de mayo de<br />
mil novecientos noventa y uno, ante el mismo Notario que la<br />
anterior, GRUPO FINANCIERO PROBURSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE<br />
CAPITAL VARIABLE, aumentó el capital mínimo fijo en la cantidad<br />
de Novecientos Veintiocho Millones de Pesos, Moneda Nacional,<br />
o sea hasta la suma de Novecientos Veintinueve Millones de<br />
Pesos, Moneda Nacional, y el capital variable en la cantidad de<br />
Nueve Mil Doscientos Ochenta Millones de Pesos, Moneda<br />
Nacional, para quedar con un capital social total de Diez Mil<br />
Doscientos Nueve Millones de Pesos, Moneda Nacional, de los que<br />
Novecientos Veintinueve Millones de Pesos, Moneda Nacional,<br />
corresponden al capital mínimo fijo y Nueve Mil Doscientos
siE3J:iií;;-í-^r3<br />
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Lie. ROBERTO NUÑEZ Y BANDERA<br />
NOTARLA No. 1, MÉXICO, D.F. ^<br />
^'""^"-^FriPñyiT ,„.^..^^..„,.„. ,»o-;^^^^..-,^.v..,^,^»^.:.-«..^^m,,^j«»!^^<br />
45,003<br />
chenta Millones de Pesos, Moneda Nacional, al capital<br />
variable, y en consecuencia modificó el articulo séptimo de sus<br />
estatutos sociales. Dicha escritura fué inscrita en el Registro<br />
Público de la Propiedad de esta Ciudad, en el folio mercantil<br />
ya citado.===================================================<br />
=== IV.- Por escritura número cuarenta y dos mil novecientos<br />
cincuenta, otorgada en esta Ciudad, el diecinueve de junio de<br />
mil novecientos noventa y uno, ante el mismo Notario que las<br />
anteriores, GRUPO FINANCIERO PROBURSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE<br />
CAPITAL VARIABLE, aumentó el capital en su parte fija en la<br />
cantidad de Noventa Mil Novecientos Ocho Millones Ciento<br />
Ochenta y Tres Mil Pesos, Moneda Nacional, y en su parte<br />
variable en la cantidad de Novecientos Nueve Mil Noventa y Un<br />
Millones Ochocientos Diecisiete Mil Pesos, Moneda Nacional,<br />
para quedar con un capital total de Un Billón Diez Mil<br />
Doscientos Nueve Millones de Pesos, Moneda Nacional, de los que<br />
Noventa y Un Mil Ochocientos Treinta y Siete Millones Ciento<br />
Ochenta y Tres Mil Pesos, Moneda Nacional, corresponden al<br />
capital minimo fijo y Novecientos Dieciocho Mil Trescientos<br />
Setenta y Un Millones Ochocientos Diecisiete Mil Pesos, Moneda<br />
Nacional, al capital variable, modificó los articules segundo<br />
y séptimo de sus estatutos sociales, relativos a las entidades<br />
financieras en cuyo capital participa y al capital social,<br />
respectivamente. Dicha escritura fué inscrita en eL^-Reglstro<br />
Público de la Propiedad de esta Ciudad, en el folio'' mercantil<br />
=== V.- Por escritura número cuarenta y ,seis miljochocientos<br />
noventa y cinco, otorgada en esta Ciudad, el veintidós de<br />
febrero de mil novecientos noventa y tres, antis el mismo<br />
Notario que las anteriores, GRUPO FINANCIERO PROBURSA^SOeiEDAD<br />
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, modificó los artículos décimo<br />
primero y vigésimo noveno de sus estatutos sociales, relativos<br />
a los aumentos y disminuciones del capital social y a las<br />
asambleas de accionistas, respectivamente. Dicha escritura fué<br />
inscrita en el Registro Público de la Propiedad de esta Ciudad,<br />
en el folio mercantil ya citado.=============================<br />
=== VI.- Por escritura número cuarenta y ocho mil cuatrocientos<br />
catorce, otorgada en esta Ciudad, el veintitrés de septiembre<br />
de mil novecientos noventa y tres, ante el mismo Notario que<br />
las anteriores, GRUPO FINANCIERO PROBURSA, SOCIEDAD ANONIj<br />
CAPITAL VARIABLE, redujo el capital variable en la cant
i<br />
4<br />
Trescientos Doce Millones! Ciento Cincuenta y Siete<br />
Seiscientos Nuevos Pesos, Moneda Nacional, mediante la •<br />
cancelación de acciones, aumentó el capital variable en la<br />
cantidad de Ochenta y Siete Millones Doscientos Cincuenta y<br />
Seis Mil Cuatrocientos Veinticinco Nuevos Pesos, Moneda<br />
Nacional, para quedar con un capital social total de<br />
Setecientos Ochenta y Cinco Millones Trescientos Siete Mil<br />
Ochocientos Veinticinco Nuevos Pesos, Moneda Nacional, de los<br />
que Noventa y Un Millones Ochocientos Treinta y Siete Mil<br />
Ciento Ochenta y Tres Nuevos Pesos, Moneda Nacional,<br />
corresponden al capital mínimo fijo y Seiscientos Noventa y<br />
Tres Millones Cuatrocientos Setenta Mil Seiscientos Cuarenta y<br />
Dos Nuevos Pesos, Moneda Nacional, al variable, y modificó los<br />
articules segundo, séptimo y octavo de sus estatutos sociales<br />
relativos a entidades financieras en cuyo capital participa la<br />
sociedad, al capital social y a las acciones en que se divide<br />
el capital social, respectivamente. Dicha escritura fué<br />
inscrita en el Registro Público de la Propiedad de esta Ciudad,<br />
en el folio mercantil ya citado.=============================<br />
=== VII.- Por escritura número cuarenta y nueve mil novecientos<br />
veintinueve, otorgada en esta Ciudad, el veintiséis de abril de<br />
mil novecientos noventa y cuatro, ante el mismo Notario que las<br />
anteriores, GRUPO FINANCIERO PROBURSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE<br />
CAPITAL VARIABLE, aumentó el capital fijo a la suma de Ciento<br />
Quince Millones Trescientos Noventa y Seis Mil Cuatrocientos<br />
Dieciocho Nuevos Pesos, Moneda Nacional, modificó el capital<br />
variable que también se aumentó, por lo que la sociedad quedó<br />
con un capital total de Ochocientos Ochenta y Cuatro Millones<br />
Noventa y Un Mil Seiscientos Noventa y Siete Nuevos Pesos,<br />
Moneda Nacional, de los que corresponden Ciento Quince Millones<br />
Trescientos Noventa y Seis Mil Cuatrocientos Dieciocho Nuevos<br />
Pesos, Moneda Nacional, al capital minimo fijo, y Seiscientos<br />
Noventa y Tres Millones Cuatrocientos Setenta Mil Seiscientos<br />
Cuarenta y Dos Nuevos Pesos, Moneda Nacional, al capital<br />
variable ordinario, y Setenta y Cinco Millones Doscientos<br />
Veinticuatro Mil Seiscientos Treinta .y Siete Nuevos Pesos,<br />
Moneda Nacional, al capital variable adicional, y modificó los<br />
artículos séptimo, octavo, noveno, décimo primero, décimo<br />
segundo, décimo cuarto, décimo sexto, décimo séptimo, décimo<br />
noveno, vigésimo quinto, vigésimo séptimo., vigésimo noveno y<br />
trigésimo cuarto de sus estatutos sociales relativos al<br />
>'íí'^í:>.
•a-<br />
'^:P-<br />
^í?^<br />
LIC^ ROBERTO NUÑEZ Y BANDERA<br />
NOTARÍA lío. 1, MÉXICO, D.P.;;<br />
capital./ a las acciones, al registra; de accionistas,, a los<br />
aumentos de capital, a.las disminuciones, de capital, a la<br />
administración; de la sociedad,' al Presidente del Consejo, a las<br />
facultades del Consejo,! a las sesiones del consejo, a la<br />
vigilancia/ a las asambleas, a la convocatoria para las<br />
asambleas ,y a las -.asaiiibleas, respectivamente. Dicha escritura<br />
fué inscrita en;,el Reigis tro Público de .la Propiedad de esta<br />
Ciudad, en el folio mercantil ya ritado.=====================<br />
=f= VI 11 i -; Por escritura 'número cincuenta' y tres mil . ciento<br />
ochenta y; ocho,; otorgacla en esta.Ciudad, el treinta de junio de<br />
mil novecientos, iioyenta y cinco, ante el mismo Notario que las<br />
anteriores, 'GRUPQ FINANCIERO PROBURSA/ SOCIEDAD ANÓNIMA DE<br />
CAPITAL VARIABLE, sé convirtió en Sociedad pon-troladora Filial,<br />
redujo y aumentó sus capitales mínimo y Variable, para'quedar<br />
con un capital social total de Dos Mil Setecientos Cincuenta y<br />
Un Millones :Novecientos; Cuarenta y Siete Mil Novecientos<br />
Cuarenta. ;y Un Pesos, Moneda .Nacional/ ,de los que Dos Mil<br />
Quinientos Un .Millones Setecientos. Setenta Mil. Ochocientos<br />
Cincuenta y Seis Pesos, ,Cuarenta Centavos, Moneda Nacional,<br />
cqrrespónden al capital í variable, y ^ Doscientos Cincuéínta<br />
Miílpnes Ciento Setenta y Siete Mil Ochenta y Cinco, Pesos,<br />
Sesenta.Centavos, Moneda Nacional, al capital fijo, y reformó<br />
sus estatutos sociales, sinyhaberse cambiado su denominación ni<br />
su cláusula dé nacionalida'dv picha escritura fué insqritaén el<br />
Registro.Público dé ;la Propiedad de,esta,Ciudad, en el fol<br />
=== IX.- Por escritura número cincuenta y jcinco mil, trescientos<br />
, • . •• • •••• ,• • • ; " ' : • • • ,. •• •' : - • • • . - ^ ' • - ' : ' ' ' >• y - ' - - • ' - I " • • ' • ' • \ '<br />
treinta y seis, otorgada; en esta Ciudad/ el,trece\de,mayo"de,<br />
mil novecientos noventa y-Jseis, ante el,mismo Notar!¡U) que las<br />
anteriores, GiUJPOFINJUíCIElRpfPROBURSA • SOCIEDAD AHONTHA DE<br />
CAPITAL VARIABLE, modificóveí articulo séptimo de;sus estatutos<br />
sociales, , relativo ál capital social..-.JDich.¿./>escr.itura- f,u<br />
inscrita, en; el Ilegistro Público de la Propiedad;de esta Ciudad,<br />
'en ;e'Í';"fo.lip;'.'mercantil,. ya- :CÍtadO'. ======Í====^====Í;===T===<br />
==.= X.- Por escritura número cincuenta y cinco mil setecientos<br />
diecinueve, otorgada en esta'Ciudad,, el cinco de julio de mil<br />
novec.ientos; noventa .;y seis, .ante el mismo Notario que las<br />
ariteripres >, GRUPO FINANCIERO. PROBURSA, SOCIEDAD .ANÓNIMA DE<br />
ÍCAP^ITAL'yAI^lABLE,; modificó fi^l articulo segundo ele sus estat<br />
sociaiee,, relatiyo a las, entidades financi'eras enVcuyp<br />
participa; la ^sociedad. Dicha, escritura fué ^inscrit
•afe-J'ta-ai'-aa-S'^-^'-'asgfeagJSJS»^^<br />
Registro Público de la Propiedad de esta Ciudad, en el forip;-;:^';<br />
" • „ ' • • ' • ><br />
mercantil ya citado.========================================= •--<br />
=== XI.- Por escritura número cincuenta y cinco mil setecientos<br />
veinte, otorgada en esta Ciudad, el cinco de julio de mil<br />
novecientos noventa y seis, ante el mismo Notario que las<br />
anteriores. Grupo Financiero Probursa, Sociedad Anónima de<br />
Capital Variable, cambió su denominación por la de GRUPO<br />
FINANCIERO BBV-PROBURSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,<br />
y modificó los artículos primero y segundo de sis estatutos<br />
sociales, relativos a la denominación y a las entidades<br />
financieras en cuyo capital participa la sociedad,<br />
respectivamente. Dicha escritura fué inscrita en el Registro<br />
Público de la Propiedad de esta Ciudad, en el folio mercantil<br />
=== XII.- Por escritura número cincuenta y seis mil doscientos<br />
ochenta y nueve, otorgada en esta Ciudad, el cuatro de<br />
septiembre de mil novecientos noventa y seis, ante el mismo<br />
Notario que las anteriores, GRUPO FINANCIERO BBV-PROBURSA,<br />
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, disminuyó y aumentó el<br />
capital variable y reestructuró el mismo para quedar con un<br />
capital social total de Tres Mil Ciento Cincuenta y Un Millones<br />
Novecientos Cuarenta y Siete Mil Novecientos Cuarenta y Dos<br />
Pesos, Moneda Nacional, de los que Doscientos Ochenta y Seis<br />
Millones Quinientos Cuarenta Mil Setecientos Veintidós Pesos,<br />
Veinte Centavos, Moneda Nacional, corresponden al capital<br />
mínimo fijo, y Dos Mil Ochocientos Sesenta y Cinco Millones<br />
Cuatrocientos Siete Mil Doscientos Diecinueve Pesos, Ochenta<br />
Centavos, Moneda Nacional, al variable, y modificó el articulo<br />
séptimo de sus estatutos sociales, relativo al capital social.<br />
Dicha escritura fué inscrita en el Registro Público de la<br />
Propiedad de esta Ciudad, en el folio mercantil número ciento<br />
cuarenta y tres mil seiscientos ochenta y siete.=============<br />
.=== XIII.- Por escritura número cincuenta y ocho mil cincuenta<br />
•S<br />
i y cinco, otorgada en esta Ciudad, el treinta de abril de mil<br />
i novecientos noventa y siete, ante el mismo Notario que las<br />
I anteriores.. GRUPO FINANCIERO BBV-PROBURSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE<br />
§ CAPITAL VARIABLE, disminuyó y aumentó el capital en su parte<br />
variable, mediante la emisión de acciones, para atender la<br />
conversión de obligaciones emitidas, para quedar con un capital<br />
mínimo fijo sin derecho a retiro de Doscientos Ochenta y Seis<br />
• Millories Quinientos Cuarenta Mil Setecientos Veintidós Pesos,
a<br />
1<br />
s<br />
{<br />
Lie. ROBERTO NUÑEZ Y BANDERA<br />
NOTARÍANo.l, MÉXICO, D.F.<br />
7 45,003<br />
Veinte Centavos, Moneda Nacional, y variable de Tres Mil Ciento<br />
Cinco Millones Cuatrocientos Siete Mil Doscientos Diecinueve<br />
Pesos, Ochenta Centavos, Moneda Nacional, representados,<br />
respectivamente por acciones ordinarias, nominativas, sin<br />
expresión de valor nominal de las clases "I" y "II", y modificó<br />
los artículos segundo y séptimo de sus estatutos sociales<br />
relativos a las entidades financieras en cuyo capital participa<br />
la sociedad y al capital social, respectivamente. Dicha<br />
escritura fué inscrita en el Registro Público de la Propiedad<br />
de esta Ciudad, en el folio mercantil ya citado.=============<br />
=== XIV.- Por escritura número cincuenta y ocho mil sesenta y<br />
tres, otorgada en esta Ciudad, el dos de mayo de mil<br />
novecientos noventa y siete, ante el mismo Notario que las<br />
anteriores, GRUPO FINANCIERO BBV-PROBURSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE<br />
CAPITAL VARIABLE redujo, aumentó y reestructuró el capital<br />
social para quedar con un total de Tres Mil Trescientos Noventa<br />
y Dos Millones Doscientos Cuarenta y Ocho Mil Trescientos<br />
Cuarenta y Dos Pesos, Moneda Nacional, representado por Tres<br />
Mil Trescientos Noventa y Dos Millones Doscientas Cuarenta y<br />
Ocho Mil Trescientas Cuarenta y Dos acciones ordinarias,<br />
nominativas con valor nominal de Un Peso, Moneda Nacional, cada<br />
una, de la Clase "I", de las que Dos Mil Cuatrocientas Ocho<br />
Millones Seiscientas Veinte Mil Trescientas Tres^Aí^iones<br />
corresponden a la Serie "F" y Novecientas Ochenta y Tres<br />
Millones Seiscientas Veintiocho Mil Treinta y Nueve acciones^^<br />
la Serie "B", y modificó los artículos segundo, séptimo y<br />
décimo cuarto de sus estatutos sociales, relativos a las<br />
entidades financieras en cuyo capital participará la sociedad,<br />
al capital social y a la administración, respectivamente. Dichí<br />
escritura fué inscrita en el Registro f>úblico de l
f<br />
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LIO. EOBBRTO NUÑEZ Y BANDERA<br />
NOTABJANo.l, MÉXICO, D.F. 9<br />
45,003<br />
parte fija del capital social, de las cuales Mil Seiscientas<br />
Sesenta y Nueve Millones Quinientas Treinta y Nueve Mil<br />
Doscientas Dos acciones corresponderán a la Serie "F", y Diez<br />
Millones Ochocientas Cuarenta y Siete Mil Setecientas Treinta<br />
y Ocho acciones corresponderán a la Serie "B", acciones que<br />
servirán para atender a la conversión a capital de las<br />
obligaciones emitidas por la sociedad; iii) Formalizó el<br />
acuerdo de entregar a los obligacionistas del Grupo Financiero,<br />
mediante canje, en proporción de ("9.335483") Nueve punto<br />
Trescientas Treinta y Cinco Mil Cuatrocientas Ochenta y Tres<br />
acciones pagadas representativas del capital social, por cada<br />
una de las obligaciones de que sean tenedores en los términos<br />
precisados en dicha escritura; iv) Formalizó el acuerdo de que<br />
una vez llevado a cabo el canje de las obligaciones se<br />
aumentaría el valor nominal de todas las acciones a la cantidad<br />
de Un Peso, Moneda Nacional, cada una, mediante la<br />
capitalización de Ochenta y Un Millones Quinientos Doce Mil<br />
Doscientos Noventa y Cinco Pesos, Setenta y Cinco Centavos,<br />
Moneda Nacional, de la cuenta de prima en venta de acciones de<br />
la sociedad; v) Formalizó el aumento de capital social en la<br />
cantidad de Doscientos Cuarenta Millones de Pesos, Moneda<br />
Nacional, representado por Doscientos Cuarenta Millones de<br />
acciones ordinarias, nominativas con valor nominal deyíJiKPeso,<br />
Moneda Nacional, cada una, de la Clase "II" represen:tativas\de<br />
la parte variable del capital social, correspondientes a lí<br />
Serie "B", pendientes de suscripción y pago para atender la<br />
conversión de la emisión de obligaciones mil novecientos<br />
noventa y seis guión bis; vi) Formalizó la reestructura del<br />
capital social y reformó el articulo séptimo de los^^tatutos<br />
sociales, del que se desprende que su capital es varia^lre^on<br />
ja£^mínirao,fijo sin derecho a retiro de Cinco Mil Ciento Setenta .<br />
Millones Ciento Treinta y Un Mil Seiscientos Sesenta Pesos,<br />
Moneda Nacional, representado por Cinco- Mil Ciento Setenta<br />
Millones Ciento Treinta y Un Mil Seiscientos Sesenta acciones<br />
ordinarias, nominativas con valor nominal de Un Peso, Moneda<br />
Nacional, cada una, que formarán la Clase "I", cuyas sucesivas<br />
emisiones se podrán numerar progresiva y sucesivamente y además<br />
con el número del año en que se haga la emisión, de las cuale<br />
Tres Mil Ochocientas Noventa y Siete Millones CuatrocientcfsV#^|^<br />
Sesenta y Cuatro Mil Seiscientas Treinta y Tres accionas'^"í:k¿áí<br />
:orresponden a la Serie "F", y Mil Doscientas Setenta y DoV^2^;W^^|!:^¿)^
lL-'\<br />
GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 14 "<br />
En consecuencia de lo anterior, los accionistas de LA FUSIONADA, recibirán<br />
acciones que representen el 32.97% (treinta y dos punto noventa y siete por<br />
ciento) del total de las acciones representativas del capital social pagado de LA<br />
FUSIONANTE, después de la fusión, en una proporción de una acción de LA<br />
FUSIONANTE por cada 4.736120 acciones de LA FUSIONADA Dicho<br />
porcentaje no considera la conversión futura de obligaciones emitidds por la<br />
Sociedad."<br />
CUARTA.- 4.1 Se toma nota que la Asainblea General<br />
Extraordinaria de Accionistas de LA FUSIONADA aprobó su fusión corrió<br />
sociedad fusionada en LA FUSIONANTE en los términos de este Convenio de<br />
Fusión y sujeto a las siguientes condiciones resolutorias:<br />
(i) que en esta misma fecha, la Asamblea General F.xtraoidinaria de<br />
Accionistas de Grupo Financiero Bahcomer S.A de C.V., no ^ipiupbe su fusión<br />
con el Goipo' Financiero BBV - Probursa, S A. de C.V y no adopte las<br />
resoluciones necesarias para cumplimentar el presente convenio de fusión y;<br />
(ii) que dentro de los cinco dias hábiles siguientes a que concluya el plazo<br />
para el ejercicio del derecho de preferencia, no quede integramente suscrito y<br />
pagado el aumento de capital social por la cantidad de $0,6f30'651,057.00 que<br />
decrete la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Grupo Financiero<br />
BBV -Probursa, S.A. de C.V., celebrada en esta misma fecha, más la prima por<br />
suscripción de acciones que importa la cantidad de $5,145021,881.48."<br />
4.2 También se-scueFda que la Asamulea General Extraordinaria de Accionistas<br />
de LA FUSIONANTE aprobó su fusión como sociedad fusionante con LA<br />
' JSIONADA en los términos de este Convenio de Fusión y sujeto a las<br />
siguientes condiciones resolutorias:<br />
(i) que en esia misma fecha, la Asamblea General Extraordinaria de<br />
Accionistas de Grijfo Financiero BBV - Probursa S.A. de C.V., no apmebe su<br />
fusión con el Grupo Financiero Bancomer, S A de C.V y no adopte las<br />
resoluciones necesarias pars cumplimentar el prestente convenio de fusión y;<br />
(ii) que dentro de los cinco días hábiles siguientes a que concluya el plazo<br />
para el ejercicio del derecho de preferencia, no quede íntegramente suscrito y<br />
pagado el aumento de capital social por la cantidad de $0,680651,057.00, que<br />
decrete la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Grupo Financiero<br />
BBV -Probursa, S.A. de C.V., celebrada en esta misma fecha, más la prima por<br />
suscripción de acciones que importa la cantidad de $5,145'021,881.48."<br />
QUINTA. En virtud de
i'i^f<br />
L<br />
GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 15<br />
En adición, y «n los términos de la fracción VI del artículo 10 de la Ley para<br />
Regular las Agrupaciones Financieras, durante los noventa dias naturales<br />
siguientes a partir de la fecha de publicación a que se refiere el párrafo anterior,<br />
los acreedores de las partes, incluso los de las entidades financieras que<br />
integran tanto a LA FUSIONANTE como a LA FUSIONADA, podrán oponerse<br />
judicialmente a la misma, con el único objeto de obterter el pago de sus<br />
créditos, sin que esta oposición suspenda la fusión.<br />
SEXTA - Con motivo de la fusión, LA FUSIONANTE se obliga a modificar<br />
o, en su caso, elaborar un nuevo convenio de responsabilidades en los<br />
términos del articulo 28 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras,<br />
con el propósito de incluir en el mismo, a las entidades financieras que integran<br />
a LA FUSIONADA, cumpliendo en todo caso con lo establecido en el articulo 17<br />
del referido ordenamiento legal.<br />
SÉPTIMA - Pora todo lo relativo al presente convenio, las partes<br />
señalan como sus domicilios los siguientes:<br />
LA FUSIONANTE<br />
Avenida Universidad 1200<br />
Colonia Xoco<br />
03339 México D.F,<br />
LA FUSIONADA<br />
Montes Urales No 424<br />
Col. Lomas de Chapultepec,<br />
11000 México, D.F.<br />
Todas las notificaciones, aún las personales en caso de juicio y requerimientos<br />
que deban hacerse o se formulen las partes, serán por escrito y se dirigirán a<br />
los domicilie-!; antes citados y surtirán sus efectos desde la fecha en que se<br />
hayan recibido.<br />
.•- ••"<br />
OCTAVA.- Para todo lo relativo a la interpretación, ejecución y<br />
cumplimiento del presente convenio, las partes se someten a la jurisdicción y<br />
competencia de los tribunales ubicados en la Ciudad de México, Distrito<br />
Federal, renunciando s cualquier otro fuero que pudiera correspondertes por<br />
razón de sus domicilio.? presentes y/o futuros o por cualquier otro motivo.<br />
En constancia de lo anterior, las partes firman por duplicado el presente<br />
instrumenlü, en la Ciudad de México, Distrito Federal, el día 29 de junio de<br />
2000.<br />
DEClMToiifMTA T ;" "^^*^ ^ '^ condición indicada en /a r^scivaón<br />
«ocíIdÍH^ f^ r*^!:'^''' ^^ ^P'"^''^ ^"®'« ^"s'ón surta efectos entre la<br />
sociedad fusionada y la sociedad fusionante a partir del primero de julio<br />
Asimismo, y en atención al articulo 10 de la Ley para Requiar las<br />
Agrupaciones Financieras, los acuerdos de fusión que la Dresente<br />
a^^^l^ts'Xt^ HT, '°^ ^^ '^ ^^^"'•^•^^ general eTraó^rnar a de<br />
nlnn» ^ sociedad fusionante, deberán contar con la aprobación<br />
definitiva por parte de la Secretaría de Hacienda v Crédito PúbTco oícha
k^<br />
::^^^.ÍÍ;'S.Í:..J¿JSS:J: ^u:v'!J:i¿Ai^e;£i..;^:..;iiij.^a;vi¿i.i,:ai:aj<br />
GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 16<br />
autorización, junto con los acuerdos de fusión respectivos, se<br />
Inscribirán en el Registro Público de Comercio del domicilio de ambas<br />
sociedades, surtiendo plenos efectos ante terceros, a partir de la fecha<br />
de dicha inscripción.<br />
Una vez hecha la inscripción antes señalada, los acuerdos de fusión<br />
adoptados por la presente AsamlMea, así como los de la Asamblea<br />
General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad fusionante, serán<br />
publicados en el Diario Ofíclat de la Federación y en dos periódicos de<br />
amplia circulaciói^ correspondientes ai domicilio social de ambas<br />
sociedades."<br />
"DECIMA OCTAVA.- Quedan autorizados los señores don José<br />
Madariaga Lomelih, don Vitalino Nafria Aznar, don Luis Robles Miaja,<br />
don José Fernando Pió Díaz Castañares y don José Arturo Sedas<br />
Valencia, como delegados especiales de esta Asamblea, para que<br />
indistintamente cualquiera de ellos, haga constar ante el Registro<br />
Público de Comercio del domicilio social, asi como ante las autoridades<br />
competentes, el cumplimiento de las condiciones a las que se sujetó la<br />
fusión aprobada, en la forma y términos que consideren convenientes,<br />
quedando autoriz^üos a obtener certificacionesianto de los funcionarios<br />
de Grupo Financiero BBV-Probursa, S.A. de C.V, como del Secretario de<br />
la Asamblea General Extraordinaria de Accionist.as de Grupo Financiero<br />
Bancomer S.A. de C.V., para hacer constar el cumplimiento de las<br />
condiciones a que se sujetó la fusión,"<br />
PUNTO SEXTO.- En relación con el sexto punto del Orden del Dia, el<br />
Presidente indicó que como consecuencia de lo resuelto en el primer punto de<br />
esta Asamt?lea, resultaba necesario modificar el artículo SEGUNDO de los<br />
estatutos sociales. A continuación solicitó del Secretario que diera lectura al<br />
texto propuesto de dicho artículo y al proyecto de resolución para este punto<br />
del Orden del Dia.<br />
Después de haber considerado lo anterior, los accionistas presentes, por<br />
unanimidad de votos, adoptaron la siguiente<br />
RESOLUCIÓN:
10,Q<br />
•ij •^-í:j,,:.%'£}i~_,'2<br />
GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 17<br />
"DÉCIMA NOVENA.- Se acuerda modificar el artículo segundo de los<br />
estatutos socialeS; para que quede redactado coma sigue:<br />
ARTÍCULO SEGUNDO.- La sociedad participará en el capital<br />
social de las entidades financieras siguientes: 1.- Banco Bilbao<br />
Vizcaya-México, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo<br />
Financiero BBV-Probursa; 2.- Casa de Bolsa BBV-Probursa, S.A.<br />
de C.V., Grupo Financiero BBV-Probursa; 3.- Seguros BBV-<br />
Probursa, S.A. de C.V. Grupo Financiero BBV-Probursa y; 4.-<br />
Flanzas Probursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBV-<br />
Probursa. La sociedad podrá participar en el capital social de<br />
otras entidades financieras y sociedades que previamente<br />
autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los<br />
términos previstos en la Ley para Regular las Agrupaciones<br />
Financieras, las Reglas Generales para la Constitución y<br />
Funcionamiento de Grupos Financieros y las Reglas para el<br />
Establecimiento de Filiales de Instituciones Financieras del<br />
Exterior."<br />
PUNTO SÉPTIMO.- En relación con el séptimo punto del Orden del Día, los<br />
accionistas presentes, por unanimidad de votos, adoptaron la siguiente<br />
RESOLUCIÓN:<br />
VIGÉSIMA..-Se designan delegados especiales de la presente<br />
asamblea a los señores don José Madarlaga Lomolín, don Vltallno<br />
Hanu^l NafTÁa Aznar. tícn Luis RoWes Miaja, don Jaime Adam Vidal, don<br />
José Femando Pío Diaz Castañares y don José Arturo Sedas Valencia,<br />
para que, indistintamente cualquiera de ellos concurra ante el notarlo<br />
publico de su elección a protocolizar ta presente acta, y el Convenio de<br />
Fusión a que se refiere /a resolución DÉCIMA SEXTA anterior y real/ce<br />
rp^oh JT^ gestiones que sean necesarias o convenientes para que las<br />
¡dnni" ^f ^'*"' adoptadas queden debidamente formalizadas v<br />
adquieran pleno vigor y efecto" • ««"^«luds y<br />
necestífo^n^r^^^^^^^ ^"^ *^'*'^' '^ ''^P^"^'° '« asamblea por el tiempo<br />
S o T S " " '''''''' ''''' '^ ^"^'- ""^ ''' '-'^^. ^e aprobó p'or<br />
tLmesto67^l.T "^"'""^^ ^' '^'"^^°"^ ^^ '^ Asamblea estuvieron<br />
presentes todas las personas que en ella intervinieron.
.^-Cvj;i:su-:.i^,t¿u.s*:ji^:.iisiii.i-v,?^ •ami-l,^ú:.^^^iU::<br />
><br />
GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 18<br />
Se anexan al expediente de esta a';í¿^,, ejemplares de los siguientes<br />
documentos:<br />
1.- Certificados de depósito, cartas poder y tarjetas de admisión exhibidas<br />
por los asistentes.<br />
2.- Lista de asistencia<br />
3- Ejemplares de los periódicos "El Economista" y "El Financiero" del día 13<br />
de Junio de 2000.<br />
4.- Convenio de Fusión.<br />
Se levantó la Asamblea ,3 las 11:00 horas, del mismo día de su fecha de<br />
celebración. *<br />
Firman la presente acta paia constancia el President^, ^el Secretario y los<br />
Comisarios,fc.'^wtio-iísí',at.(,,-45b,ií
ÍÜJ.iili¿iííÍiJÍl :.;^Ü,:ÍÍÍC,;Í^:;ÍJ:ÍÍ£&¿;;.<br />
LIO. ROBERTO NIINEZ Y BANDERA<br />
NOTARÍA NO. 1 ,MEXICO D.F.<br />
ESC. No.: 45,003 VOL.: 1077<br />
FECHA: 05/JULI0/2000<br />
T E S T I M O N I O<br />
/I<br />
AUMENTO DE CAPITAL VARIABLE SUJETO A CONDICIÓN RESOLUTORIA, DESINCÓRPORACION DE .6oS^ ENTIDADES<br />
FINANCIERAS Y MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE GRUPO FINANCIERO BBV-PROBURSA, S.A. DE C.V. ====
XS3iSfi¿-~-*-^i<br />
f<br />
^¿aSgttitf^Sja.<br />
r^^^^Ur-—>. )<br />
Lie. BOBEBTO NUÑEZ Y BANDERA<br />
NOTARÍA No.l, MÉXICO, D.P.<br />
=élV4e¿H=^ii====¿==== INSTRUMENTO NUMERO<br />
============== CUARENTA Y CINCO MIL TRES ==================<br />
Í^^X ============== VOLUMEN UN MIL SETENTA Y SIETE. =========?'=====<br />
=== En la Ciudad de México, Distrito Federal, -a los cinco días<br />
del mes de julio de dos mil.======================r=-5======^====<br />
=== ROBERTO NUÑEZ Y BANDERA, Notario en Ejercicio, Titular de<br />
la Notarla número Uno de este Distrito, hago constar:========<br />
=== El AUMENTO "DE CAPITAL VARIABLE SUJETO A CONDICIÓN<br />
RESOLUTORIA, DESINCORPORACIÓN DE DOS ENTIDADES FINANCIERAS y<br />
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS de GRUPO FINANCIERO, BBV-PROBURSA,<br />
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que en nombre y<br />
representación de dicha Sociedad otorga el Licenciado Luis<br />
Robles Miaja, en los términos de los siguientes antecedentes,<br />
declaraciones y cláusulas:===================================<br />
======================= ANTECEDENTES ========================<br />
=== I.- Por escritura número cuarenta y dos mil quinientos,<br />
otorgada en esta Ciudad, el diez de abril de mil novecientos<br />
noventa y uno, ante el Notario número ciento treinta y siete<br />
del Distrito Federal, Licenciado Carlos de Pablo Serna, se<br />
constituyó GRUPO FINANCIERO PROBURSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE<br />
CAPITAL VARIABLE, con domicilio en México, Distrito Federal,<br />
duración indefinida, capital social mínimo fijo sin derecho a<br />
retiro de Un Millón de Pesos, Moneda Nacional, variable con un<br />
limite de diez veces la parte mínima fija, siendo su objeto:=<br />
=== 1.- Adquirir y administrar acciones emitidas por<br />
instituciones de seguros y de fianzas, casas d<br />
almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras,<br />
empresas de factoraje financiero, casas de cambio, sociedades<br />
operadoras de sociedades de inversión, institujciones de<br />
crédito, y cualquier otra clase de asociaciones oXentidades''<br />
financieras y de sociedades que determine la Secretarla de<br />
Hacienda y Crédito Público con base en lo establecido en la Ley<br />
para Regular las Agrupaciones Financieras. ==================<br />
=== 2.- Adquirir valores y emitir y girar toda clase de títulos<br />
de crédito, aceptarlos y endosarlos. Lo anterior, de<br />
conformidad con la Ley para. Regular las Agrupaciones<br />
Financieras y con las reglas que, de conformidad con dicha ley<br />
determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.=======<br />
=== 3.- Adquirir en propiedad o en arrendamiento toda clase de<br />
bienes muebles o inmuebles, así como derechos real<<br />
ellos, que sean necesarios o convenientes para la rea<br />
de su objeto social.=================================1<br />
W^
i<br />
11<br />
GRUPO FINANCIEKO tMBV -^PRlDiíURSír, S.A. Di- L..<br />
ASAMBLEA GENF.RAL EXTRAORDINARIA DE ACCIÓN.<br />
29 DE JUNIO DEROGO<br />
HOJA No. 5<br />
"CUARTA.- Como consecuencia de la resolución inmediata anterior, el<br />
capital social de GRUPO FINANCIERO BBV- PROBURSA, S.A. DE C.V.,<br />
se fija en la cantidad de $5,170'131,660.00 M.N. (CINCO MIL CIENTO<br />
SETENTA MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS<br />
SESENTA PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), representado por<br />
5,170'131,660 acciones ordinarias, nominativas, con valor nominal de<br />
$1.00 M.N. (UN PESO 00/100 MONEDA NACIONAL) cada una,<br />
íntegramente suscritas y pagadas, de la Clase I, representativas de la<br />
parte fija del capital social, de las cuales 3,897'464,633 acciones<br />
corresponden a la Serie "F" y 1,272'667,027 acciones corresponden a la<br />
Serle "B".<br />
! PUNTO TERCERO.- En desahogo del tercer punto del Orden del Día, el<br />
: Presidente señaló que de conformidad con los acuerdos de fusión celebrados<br />
; con Grupo Financiero Bancomer S.A. de C.V., se somete a la consideración<br />
; de esta asamblea aprobar un aumento en el capital social, hasta por la<br />
cantidad de $8,680'651,057.00 M.N. (OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENT/^<br />
[MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CINCUENTA Y SIETE<br />
1; PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL). Dicho aumento de capital social s€<br />
^ realizarla mediante la emisión de 8,680651,057 nuevas acciones ordinarias<br />
•nominativas, con valor nominal de $1.00 f^ N. (UN PESO 00/100 MONED/<br />
:,NACIONAL) cada una, de la Clase II, representativas de la parte variable de<br />
'capital social, de las cuales 6,543'843,119 acciones corresponderían a<br />
••'Serie "F" y 2,136'007,938 acciones corresponderían a la Serie "B", misma<br />
[.^que se identificarían como Emisión 2000, y que se ofrecerían para si<br />
; suscripción y pago en efectivo a un valor de $1.5927 (UNO PUNTO CINCC<br />
pNUEVE DOS SIETE PESOS MONEDA NACIONAL) por acción, del cual I<br />
iijbaritldad de $1.00 M.N. (UN PESO 00/100 MONEIDA NACIONAL) por acciór<br />
p correspondería a pago ,de capital social y la cantidad de $0.5927 (CER(<br />
¿PUNTO CINCO NUEVE DOS SIETE PESOS MONEDA NACIONAL) pe<br />
i acción a pago de prima en suscripción de acciones.<br />
Acto seguido, ei Presidente indicó que de aprobcitse el aumento de capit<br />
social, los accionistas tendrían un plazo de quince días para suscribir y pagí<br />
las nuevas acciones, en proporción a su participación en el capital social y ^<br />
ejercicio de su derecho de preferencia, en los términos del artículo 132 de<br />
Ley General de Sociedades Mercantiles y Décimo Primero de los estalutc<br />
sociales.
.O<br />
/rs<br />
GRUPO FINANCIERO BBV PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 6<br />
A continuación el Presidente propuso que el aumento de capital referido,<br />
quedase sujeto a jas condiciones resolutorias consistentes en que: (i) en esta<br />
misma fecha, la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Grupo<br />
Financiero Bancomer S.A. de C.V., no apruebe su fusión con el Grupo<br />
Financiero BBV - Probursa, S.A. de C.V. y no adopte las resoluciones<br />
necesarias para cumplimentar el Convenio de Fusión, cuya aprobación se<br />
propone a esta Asamblea posteriormente y; (ii) dentro de los cincoldtás<br />
siguientes a que concluya el plazo para el ejercicio del derecho de<br />
preferencia, no quede íntegramente suscrito y pagado el citado aumento de<br />
capital.<br />
Continuando con el uso de la palabra, el Presidente propuso a los asistentes<br />
que las acciones que se emitan como resultado del aumento del capital<br />
propuesto que no fuesen suscritas y pagadas por los accionistas de la<br />
sociedad, en ejercicio de su derecho de preferencia, sean ofrecidas para su<br />
suscripción y pago en efectivo, al mismo valor, a BANCO BILBAO VIZCAYA<br />
ARGENTARÍA, S.A., o a cualquiera de sus sociedades afiliadas o<br />
subsidiarias. Lo anterior, con el propósito de asegurar que Grupo Financiero<br />
BBV-Probursa, S.A. de C.V., reciba la totalidad del aumento de capital<br />
propuesto, en los términos del Convenio de Fusión, antes aludido.<br />
Finalmente, el Presidente informó que ya se cuenta con la opinión favorable<br />
por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para poder llevar a<br />
cabo el aumento de capital antes citado. Lo anterior, mediante Oficio No.<br />
DGBA/DGABM/630/2000.<br />
Después de ha%r consideíado lo anterior, los accionistas presentes, por<br />
unanimidad de votos, adoptaron las siguientes<br />
RESOLUCIONES:<br />
"QUINTA.- Sujeto a la condición resolutoria que se describe en la<br />
resolución DÉCIMA siguiente, se aprueba aumentar la parte variable del<br />
capital social de Grupo Financiero BBV-Probursa, S.A. de C.V., en la<br />
cantidad de $8,680'651,níi7.00 M.N. (OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA<br />
MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CINCUENTA Y SIETE<br />
PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), mediante la emisión de<br />
8,680'651,057 acciones ordinarias, nominativas, con valor nomina! de<br />
$1.00 M.N. (UN PESO 00/100 MONEDA NACIONAL), cada una, de la Clase<br />
II, representativas de la parte variable del capital social, de las cuales<br />
6,543'843,119 acciones corresponderán a la Serle "F" y 2,136'807,938<br />
acciones corresponderán a la Serie "B", que se identificarán como<br />
Emisión 2000.
• /<br />
1)<br />
GRUPO FINANCIERO BBV - PR0BUR3A, S.A DF_ C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 7<br />
Las acciones emitidas conforme al párrafo anterior, se ofrecerán a los<br />
accionistas para su suscripción y pago, a un valor de $1.5^27 (UNO<br />
PUNTO CINCO >ÍUEVE DOS SIETE PESOS MONEDA NACIONAL), del<br />
cual la cantidad de $1.00 NI.N. (UN PESO 00/1ÜÜ MONEDA NACIONAL)<br />
corresponde a pago de capital y la cantidad de $0.5927 (CERO PUNTO<br />
¡CINCO NUEVE DOS SIETE PESOS MONEDA NACIONAL) al pago de<br />
; prima por suscripción de cada acción.<br />
Los accionistas podrán ejercitar el derecho de preferencia que les<br />
corresponde en los términos deMrticuloílSa de la Ley General de<br />
Sociedades Mercantiles y Décimo Primero de los estatutos sociales, y en<br />
consecuencia, tendrán derecho a suscribir y pagar 1.6790 (UNO PUNTO<br />
SEIS SIETE NUEVE CERO) nuevas accioneG do las que so emsten por<br />
cada una de las acciones tjue actualmente se cncuon'ron en circulación<br />
y de que sean tenedores, y contra la í?ntr'>rá a la cantidad de<br />
$13,850782,717.00 MH. (TRECE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA<br />
MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS<br />
DIECISIETE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), y se representará por<br />
13,850702,717 acciones, ordinarias, nominativas, con valor nominal de<br />
$1.00 M.N. (UN PESO 00/100 MONEDA NACIONAL) cada una, de las<br />
cuales 5,170*131,660 acciones son de ia Ciase I, representativas de la<br />
parte fija del capital social, en donde 3,897*464,633 acciones<br />
corresponden a la Serie "F" y 1,272607,027 acciones corresponden a la<br />
Serie "B", y 8,680'651,057 acciones son de la Clase II, representativas de<br />
ia parte variable de dicho capital, de las cuales G,543'843,119 acciones<br />
corresponden a la Serie "F" y 2,136'807,938 acciof»es corresponden a la<br />
Serle "B"."
Ú..,Í;IIM::J.;-Ü:U,>1!Í:Ü<br />
GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 8<br />
"OCTAVA.- Se designan delegados especiales de esía Asamblea a los<br />
señores don José Madariaga Lomeiín, don Vitaiino IVSaouel Nafría Aznar,<br />
don Luis Robles Miaja, don José Fernando Pío Díaz Castañares y don<br />
José Arturo Seda«: Valsncia, para que indistintamente, cualquiera de<br />
ellos, realice los tirémites que correspondan para hacer las publicaciones<br />
necesarias en cS Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de<br />
amplia circuSatsón f>n esta ciudad, para que los accionistas ejerciten su<br />
derecho de preferencia."<br />
"NOVENA.- Emítanse les lítuilios do acciones rapresentativos del<br />
aumento al capitaü' social y oáqanse las anotaciones orrespondienles en<br />
los libros de ia sociedad."<br />
"DÉCIMA.- Se acuerda que las resoluciones QUINTA a NOVENA<br />
anteriores, queden sujetas a la condición resoSulorSa consistente en que:<br />
(i) en esta misma fecha, la Asamblea General Extraordinaria de<br />
Accionistas de Grupo Financiero Bancomer S.A. de C.V., no apruebe su<br />
fusión con el Grupo Financiero BBV - Probursa, S.A. de C.V. y no adopte<br />
las resoluciones necesarias para cumplimentar el Convenio de Fusión,<br />
cuya aprobación se propc^n^ a esta Asamblea posteriormente y; (i¡)<br />
dentro de los cinco días i sfgiiféntes a que concluya el plazo para el<br />
ejercicio del derecho de preferencia, no quede integramente suscrito y<br />
pagado el aumento de capital a que se refiere la resolución QUINTA<br />
anterior."<br />
PUNTO CUARTO-^h desahogo del cuarto punto del Orden del Día, el<br />
Presidente explicó que de conformidad con lo resucito en el PUNTO<br />
SEGUNDO del Orden del Día, resulta necesario aumentar el capital social en<br />
su parte variable en la cantidad de $240'000.000.00 M.N. (DOSCIENTOS<br />
CUARENTA MILLONES DE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), mediante<br />
la emisión de 240*000,000 de acciones ordinarias, nominativas, con valor<br />
nominal de $1.00 M.N. (UN PESO 00/100 MONEDA NACIONAL), cada una,<br />
de la Clase II, representativas de la parte variable dei capital social, de la<br />
Serie "B", para que se conserven depositadas en la tesorería de la sociedad,<br />
pendiente de ? jscripción y pago a efecto de que en su oportunidad, seano<br />
entregadas a los tenedores de la Emisión de Obligaciones Subordinadas<br />
Convertibles Necesariamente en Acciones de Gnjpo Financiero BBV-<br />
Probursa, S.A. de C.V., 1996-Bis, emitidas el 20 óe Diciembre de 1996, al<br />
convertirse éstas y quedar pagadas las acciones mencionadas por efecto de<br />
la conversión.<br />
/ y
í •.<br />
: lüD<br />
GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S.A. ÜE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRA0RD||NARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA NO. 9<br />
Después de haber considerado lo anterior, los accionistas presentes, por<br />
unaninnidad de votos, adoptaron las siguientes<br />
RESOLUCIONES;<br />
;"DÉCIMA PRIMERA.- Se aprueba aumentar ki parte variable del<br />
i capital social de Grupo Financiero BBV-Proburs?u S.A. de C.V., en la<br />
jcantidad de $240*000,000.00 M.N. (DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES<br />
i DE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), medíi^nte la emisión de<br />
i 240*000,000 (DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES) tíe acciones<br />
ordinarias, nominativas, con valor nominal de $100 M.N. (UN PESO<br />
i 00/100 MONEDA NACIONAL), cada una, de la Cíese II, representativas de<br />
i la parte variable del capital social, de la Serie *'B", que se identificarán<br />
• como Emisión 2000-1.<br />
Las acciones emitidas conforme al párrafo anterior, se mantendrán<br />
depositadas en la Tesorería xi& la sociedad, per dientes-de suscripción y<br />
pago, en los términos del artículo 210 Bis tíe la Ley General de Títulos y<br />
Operaciones de Crédito, para que queden suscritas y pagr-^idas por los<br />
titulares de la EMISIÓN DE OBLIGACIONES SUBORDINADAS<br />
NECESARIAMENTE CONVERTIBLES EN ACCIONES DE GRUPO<br />
FINANCIERO BBV-PROBURSÁ, S.A. DE C.V, 1996-BIS, emitidas el 20 de<br />
diciembre de 1996, al realizarse la conversión y como efecto de ésta.<br />
En consecuencia, los accionistas no tendrán el derecho de preferencia<br />
para suscribir acciones a que refieren los artículos 132 de la Ley General<br />
de Sociedades Mercantiles y Décimo Primero dejos estatutos sociales.*'<br />
"OÉCiMA SEGUNDA.- Se hace constar que como consecuencia de la<br />
resolución anterior, y sujeto a que se suscriba y pague el aumento de<br />
capital a que se refiere el punto precedente del Orden del Día, el capital<br />
social de Grupo Financiero BBV-Probursa, S.A. de C.V., ascenderá a la<br />
cantidad de $14,090782,717.00 M.N. (CATORCE MIL NOVENTA<br />
MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS<br />
DIECISIETE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), y se representará por<br />
14,090782,717 acciones, ordinarias, nominativas, con valor nominal de<br />
$1.00 M.N. (UN PESO 00/100 MONEDA NACIONAL) cada una, de las<br />
cuales 13,850782,717 acciones se encontrarán íntegramente suscritas<br />
y pagadas, en donde 5,170*131,660 acciones son de la Clase I,
^<br />
GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S,A. DH C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCICt' -iTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 10<br />
representativas de la parte fija del capsta! •¿•ocJal de las cuales<br />
3,897'464,633 acciones corresponden a I» Sei 2 "¥" y 1,272'667,027<br />
acciones corresponden a la Serie "B", y 8,GaO'6r>1,eí.y acciones son de la<br />
Clase II, representativas de la parte variable del cfciiáal social, en donde<br />
6,543*843,119 acciones corresponden a la Sf?rifc 'F' y 2,136'8Ü7,938<br />
acciones corresponden a la Serie "B", pennanocierido las restantes<br />
240'000,000 de acciones de la Clase II, SíMJe "B", depositadas en la<br />
tesorería de la sociedad, de coníorniidad con U FosolucJóin DÉCIMA<br />
PRIMERA anterior."<br />
"DÉCIMA TERCERA-- lEniitanstí !o> ahilos á acciones<br />
representativos del aumento al cspilal sof.ía) y hf'«(>'«nse las iiíoíaciones<br />
correspondientes en los libri>s do ja sociedad."<br />
PUNTO QUINTO.- En relación con el quinto punto del Orden del Día, el<br />
Presidente informó á la Asamblea sobre los acuerdos de fusión aprobados por<br />
los consejos de administración, tanto del GRUPO FINANCIERO BBV -<br />
PROBURSA, S.A. DE C.V., como del GRUPO FINANCIERO BANCOMER,<br />
S.A. DE C:V., celebrados f^\ pasado 12 de junio del año en curso. Lo anterior,<br />
en los términos de ¡a presentación que se acompaña como anexo a la<br />
presente acta, formandc parte integrante de la misma<br />
Continuando con el uso de la palabra, el r^residente sometió a la<br />
consideración de los accionistas presentes, la apiübación cié la fusión y del<br />
Convenio de Fusión, míGmo que proceóió a dar lectura el Secretario.<br />
En uso de la palabra, e.\ ¡'residente señalo que para ofcctor, de la publicación<br />
a que se refieie el arlirisio 2/.:3 de la Ley Genfí:rai de Sot:iedadtí5 Mercantiles,<br />
se publicarán los esladcs financieros de ia socied-KJ al 31 Oe diciembre de<br />
1999, que fueron aprobados por resolución óf) !a Ap.üíribloa General Anual<br />
Ordinaria de Accionistai.- que se celebró ol 3ü de ruar/f) di? 20U0 Al efecto, el<br />
Presidente solicitó que er>ta Asarrtbl(íj raüf'.que |;j ;;>f:!oijac(óf\ de dichos<br />
Estados Financieros pata que sean totr.ado:^ con)'.) ba.^u) de ta fusión.<br />
Por otra parte, el Presidente manifestó a los accionistas que, en caso de que<br />
la fusión sea aprobada por la presente asamblea, y en viitud de que, tanto la<br />
sociedad fusionada como la sociedad fusionante, son sociedades<br />
controladoras reguladas por la Ley para Regular las Agrupaciones<br />
Financieras, el proceso de fusión se regirá por lo dispuesto en el artículo 10<br />
del referido ordenamiento legal, para lo cual ya se cuenta con opinión<br />
favorable por parte de la Secretaria de Hacienda y Ciédtto Público, mediante<br />
Oficio No. 101-957.<br />
/
í '.<br />
7\<br />
15<br />
'í^y£j£f iJ.'-j':f(i»i'-_'¿ a-:-.^^<br />
GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 11<br />
Por su parte, el propio Presidente informó que la Comisión Federal de<br />
Competencia había otorgado su conformidad para que ambos grupos<br />
financieros se fusionen mediante oficio CNT-54-2000.<br />
Continuando con el uso de la palabra, el Presidente propuso a los accionistas<br />
que la fusión se sujetara a la condición resolutoria consistente en que: (i) en<br />
esta misma fecha, la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de<br />
Grupo Financiero Bancomer S.A. de C.V., no apruebe su fusión con el Grupo<br />
Financiero BBV - Probursa, S.A. de C.V. y no adopta las resoluciones<br />
necesarias para cumplimentar el Convenio de Fusión, rnya aprobación se<br />
propone a esta asamblea posteriormente y; (ii) dentro,de los cincd díásj<br />
siguientes a que concluya el plazo para el ejercicic del derecho de<br />
preferencia, no quede íntegramente suscrito y pagado ei riumento de capital a<br />
que se refierü el PUNTO TERCERO del Orden del Día ,,<br />
Finalmente, el Presidente manifestó que en alencióií 8 =0 previsto por el<br />
artículo 10 de la Ley para Reguiar les Agrupaciones rii;?,: •cieras, los acuerdos<br />
de fusión que Iñ presente asamblea decrete, asi como los de la asamblea<br />
general extraordinaria de accionistas de la sociedad fuGionanle, deberán<br />
contar con la aprobación definitiva por parte de Ic; Sen •tería dG Hacienda y<br />
Crédito Público. Dicha autorización, junto con los -icuerdcs de fusión<br />
respectivos, se inscribirán en el Registro Público de Coiv iircio del domicilio de<br />
ambas sociedades, surtiendo plenos efectos ante lercen. s a partir de la fecha<br />
de inscripción.<br />
Después de haber considerado lo anterior, los accionistas presentes, por<br />
unanimidad de votos, adoptaron las siguientes<br />
RESOLUCIONES:<br />
"DÉCIMA CUARTA.- Se ratifica la aprobacióri| de los estados<br />
financieros de ia sociedad al 31 de Diciembre de 1999, según fueron<br />
aprobados por la Asamblea General Anual Ordinariia de Accionistas<br />
celebrada el 30 de marzo de 2000, mismos que sirven de base para la<br />
fusión objeto del presente punto."<br />
"DÉCIMA QUINTA.- Se aprueba ia fusiá?! de Grupo Financiero BBV-<br />
Probursa, S.A. de C.V., como sociedad fusionada en Grupo Financiero<br />
Bancomer, S.A. de C.V., como sociedad fusionante, en los términos del<br />
Convenio de Fusión que se transcribe en la resolución siguiente y sujeta<br />
a ia condición resolutoria consistente en:
¿>i)'---<br />
^<br />
^ / ' ••.\<br />
^<br />
GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 12<br />
(i) que en esta misma fecha, la Asamblea General Extraordinaria de<br />
Accionistas de Grupo Financiero Bancomer S.A. de C.V., no<br />
apruebe su fusión con el Grupo Financiero BBV - Probursa, S.A. de<br />
C.V. y no adopte las resoluciones necesarias para cumplimentar el<br />
Convenio de Fusión que se describe en la resolución inmediata<br />
siguiente y;<br />
(ii) que dentro de los cinco dias [siguientes a que concluya el plazo<br />
para el ejercicio del derecho de preferencia, no quede integramente<br />
suscrito y pagado el aumento de capital a que se refiere el PUNTO<br />
TERCERO del Orden del Día.<br />
"DÉCIMA SEXTA.- Sujeto a la condición señalada en la resolución<br />
anterior, se aprueba la celebración del Convenio de Fusión entre las<br />
sociedades a furJonarse, en ios términos de! texto que se transcribe a<br />
continuación y cuyo original se agrega al expodiente que se forma con<br />
motivo de la celebración de la presente Asamblea, facultándose<br />
expresamente a los señores don Vitalino Manuel Nafria Aznar y don Luis<br />
Robles Miaja, para que indistintamente, cualquiera de ellos, suscriba el<br />
mencionado convenio."<br />
CONVENIO DE FUSIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, GRUPO<br />
FINANCIERO BANCOMER, S.A. DE C.V., REPRESENTADA EN ESTE ACTO<br />
POR LOS SEÑORES RICARDO GUAJARDO TOUCHE Y FRANCISCO JAVIER<br />
FERNANDEZ CARBAJAL, (EN LO SUCESIVO "LA FUSIONANTE") Y POR LA<br />
OTRA PARTE, GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA. S.A. DE C.V.,<br />
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LOS SEÑORES VITALINO MANUEL<br />
NAFRÍA AZNAR Y LUIS ROBLES MIAJA, (EN LO SUCESIVO "LA<br />
FUSIONADA").<br />
DE CONFORMIDAD CON<br />
CLAUSULAS:<br />
LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y<br />
DECLARACIONES<br />
I.BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD. DECLARA LA FUSIONANTE. POR<br />
CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES LEGALES:<br />
1.1. Que es una sociedad mexicana, organizada de conformidad con la Ley<br />
para Regular las Agrupaciones Financieras.<br />
1.2. Que al 28 de junio de 2000, su capital social asciende a la cantidad de<br />
$924'000,000.C9M.N., representado por 8.400'000,000 de acciones,<br />
nominativas, con valor nominal de $0.11M.N. cada una, de las cuales<br />
e.OOO'OOO.OOO'oó acciones corresponden a la Serie "O", representativas del<br />
capital social ordinario y 2,400'000,000 de acciones corresponder! a la Serie "L",<br />
representativas del capital social en su parte adicional, siendo su capital social<br />
pagado de $653'984,852.51 M.N, amparado por 5,945'316,841 acciones, de las<br />
cuales 4,933'257,743 acciones corresponden a la Serie "O" y 1,012'059,098<br />
acciones corresponden a la Serie "L".
.•3 ,1<br />
'%<br />
./•n\<br />
GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNfO DE 2000<br />
HOJA No. 13<br />
1.3. Que sus representantes legales, cuentan con amplias facultades para<br />
la celebración y ejecución del presente convenio, las cuales no les han sido<br />
revocadas ni en forma alguna modificadas.<br />
••• BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD. DECLARA LA FUSIONADA.<br />
POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES LEGALES:<br />
11.1. Que es una sociedad mexicana, organizada de conformidad con la Ley<br />
para Regular las Agrupaciones Financieras.<br />
II 2. Que al 28 de junio de 2000, su capital social asciende a la cantidad de<br />
$5,410'131,660.00 M.N., representado por 5,410'131,6G0 acciones ordinarias,<br />
nominativas, con valor nominal de $1.00 M.N. cada una, de las cuales<br />
3,897'464,633 acciones conesponden a la Serie "F" y 1,512'667,027 acciones<br />
corresponden a la Serie "B", siendo su capital social pagado de<br />
$5,170* 131,660.00 M.N, amparado por 5,170'131,CG0 acciones, de las<br />
cuales3.897'464,633 acciones conesponden a la Serie "F" y 1,272'667,027<br />
acciones corresponder! a la Serie "B".<br />
11.3. Que sus representantes legales cuentan con amplias facultades para la<br />
celebración y ejecución del presente convenio, las cuales no les han sido<br />
revocadas ni en forma alguna modificadas.<br />
Con base, 5n las declaracioties que anteceden,<br />
sujetarse sí Contenido obligacional de tas siguientes:<br />
CLAUSULAS<br />
larj partes convienen en<br />
PRIMERA.- /• Por virtud del presente convenio y una vez aprobado el mismo<br />
por las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de LA<br />
FUSIONANTE, y LA FUSIONADA, estás acuerdan fusionarse, subsistiendo LA<br />
FUSIONANTE y extinguiéndose LA FUSIONADA.<br />
SEGUNDA:- Como consecuencia de la fusión acordada por las asambleas<br />
generales extraordinarias de accionistas de LA FUSIONANTE y de LA<br />
FUSIONADA, y al surtir éstd sus efectos, la totalidad del patrimonio de LA<br />
FUSIONADA, incluyendo todos sus activos, pasivos, derechos y obligaciones,<br />
sin reserva ni limitación alguna, pasarán a titulo universal a formar parte del<br />
patrimonio de LA FUSIONANTE, al valor que dicho patrimonio tenga en los<br />
estados financieros dé LA FUSIONADA al surtir efectos la fusión entre las<br />
partes, al inicio de operaciones el primero de julio de 2000.<br />
Por lo mismo, al surtir efectos la fusión, LA FUSIONANTE hará suyo y asumirá<br />
todo el pasivo que LA FUSIONADA tenga a la fecha antes indicada, quedando<br />
LA FUSIONANTE obligada expresamente al pago del mismo, en el entendido<br />
de que aquéllos pasivos que existan entre las partes de este convenio, por<br />
tener éstas el carácter de deudor y acreedor quedarán extinguidos por<br />
confusión al consolidarse en LA FUSIONANTE el carácter de acreedora y<br />
deudora.<br />
TERCERA- Las partes convienen que, como consecuencia de la fusión LA<br />
FUSIOraANTE aumentará su capital social en la parte mínima fija en la cantidad<br />
de $32-í-695,000.00 M.N.. y emiürá 2,924'500,000 (dos mil novecientos<br />
veinticiMro millones quinientas mil) nuevas acciones ordinarias, nominativas,<br />
de la Serie "O", con valor nominal de $0.11 cada una, mismas que sé<br />
entregarán a los accionistas de LA FUSIONADA como acciones libres de pago,<br />
en canje de sus acciones emitidas por LA FUSIONADA.
j-¡i'«i.iüj;a,i.:i.::ú;;<br />
íj<br />
i*i:;Sii!
GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 2<br />
II.- Cancelación de las acciones depositadas en la tesorería de la<br />
sociedad, y consecuente disminución del capital social.<br />
Resoluciones al respecto.<br />
III.- Aumento en la parte variable del capital social por el<br />
equivalente en pesos, Moneda Nacional, de hasta la cantidad<br />
de $1,400*000,000.00 de Dólares, E.U.A., mediante la emisión<br />
de nuevas acciones de las Series "B" o "F" Emisión 2000, y de<br />
la Clase II, representativa de la parte variable del capital, que<br />
se ofrecerán para suscripción y pago en efectivo, al valor que<br />
Incluyendo prima por suscripción de acciones determine la<br />
Asamblea de Accionistas. Los accionistas de la sociedad<br />
podrán ejercer su derecho de preferencia para suscribir las<br />
.m-<br />
% acciones que les correspondan, dentro de un plazo no menor<br />
de quince días que determine la propia Asamblea de<br />
Accionistas, en los términos del articulo 132 de la Ley General<br />
de Sociedades Mercantiles. Las Acciones que no hubieren<br />
quedac^c suscritas y pagadas al concluii el plazo mencionado<br />
en el párrafo anterior, serán ofrecidas para su suscripción y<br />
pago, al mismo valor, en la forma y términos que determine la<br />
propia Asamblea. Resoluciones al respecto.<br />
IV.- Aumento del capital social, en la cantidad de doscientos<br />
cuarenta millones de pesos, mediante la emisión de<br />
240*000,000 de acciones ordinarias, nominativas, con valor<br />
nomina! de $1.00 M.N. (un Peso Moneda Nacional), cada una,<br />
de la Clase II, representativa de la parte variable del capital<br />
social, de la Serie "B", para que se conserven depositadas en<br />
la tesorería de la sociedad, pendientes de su suscripción y<br />
pago por ios tenedores de la Emisión de Obligaciones<br />
Subordinadas Convertibles Necesariamente en Acciones ^e<br />
Grupo Financiero BBV-Probursa, S.A. de ^C.V., 1996-Bis,<br />
emitidas el 20 de Diciembre de 1996. Resoluciones ^al<br />
respecto.<br />
V.- Proposición para fusionar a Grupo Financiero BBV-Probursa,<br />
S.A. de C.V., en Grupo Financiero Bancomer, S.A. de C.V.,<br />
desapareciendo Grupo Financiero BBV-Probursa, S.A. de<br />
C.V., como sociedad fusionada, y subsistiendo Grupo<br />
Financiero Bancomer, S.A. de C.V., como sociedad<br />
fusionante. Aprobación de los Estados Financieros Base de<br />
Fusión;.y aprobación del Convenio de Fusión. Resoluciones al<br />
respecto.<br />
VI.- Reforma de los estatutos sociales. Resoluciones al respecto.<br />
^
u<br />
GRUPO FINANCIERO BBV - FRÜbUKbA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
29 DE JUNIO DE 2000<br />
HOJA No. 3<br />
Vil.- Designación de delegados especiales quo formalicen y den<br />
cumplimiento a las Resoluciones adoptadas por esta<br />
Asamblea.<br />
Los accionistas procedieron a desahogar el Orden del Día antes transcrito de<br />
la siguiente manera:<br />
PUNTO PRIMERO.- En desahogo del punto primero del Orden del Día, el<br />
Presidente informó a los asistentes las razones por las cuales resulta<br />
conveniente separar a las empresas CASA DE CAMBIO PROBURSA, S.A.<br />
DE C.V., en Liquidación y FACTORAJE PROBURSA, S.A DE C.V., en<br />
Liquidación, del GRUPO FINANCIERO BBV - PROBURSA, S.A. DE C.V.<br />
A continuación, el Presidente explicó a los asistentes que la separación de las<br />
¡empresas antes señaladas del Grupo Financiero, surtirá sus efectos á,partir<br />
de que se cumplan los requisitos estipulados en el artículo 11 de la L6y para<br />
; Regular las Agrupaciones Financieras.<br />
i -, ;• ..<br />
r Después dé tiaber considerado lo anterior, los accionistas presentes, por<br />
unanimidad de-^olos, adoptaron las siguientes<br />
6IMSOLUC10NES:<br />
"PRIMERA.- Se aprueba separar a las sociedades CASA DE CAMBIO<br />
PROBURSA, S.A. DE C.V.f^én Liquidación y FACTORAJE PROBURSA,<br />
S.A. DE C.V., en Liquidación, del GRUPO FINANCIERO BBV -<br />
PROBURSA, S.A. DE C.V-, en 1^ inteligencia de qué.dicha separación<br />
surtirá sus efectos una vez que se cumplan los requisitos estipulados en<br />
el articulo 11 de la Ley para Regular las Agrupaciones.Financieras."<br />
"SEGUNDA.- Se aprueba dar por terminado, respecto de las<br />
sociedades CASA DE CAMBIO PROBURSA^^ S.A. DE C.V., en Liquidación<br />
y FACTORAJE PROBURSA, S.A. DE C.V., en Liquidación, el Convenio de<br />
Responsabilidades a que se refiere el artículo 28 de la Ley para Regular<br />
las Agrupaciones Financieras."<br />
PUNTO SEGUNDO.- En desahogo del segundo punto del Orden del Día, e.<br />
Presidente señalo que conforme al Convenio de fusión mediante el cual la<br />
sociedad habrá de fusionarse con Grupo Financiero Bancomer, S.A. de C.V.,<br />
resultará necesario incrementar el capital social de Grupo Financiero BBV-<br />
Probursa, SA: de C.V.<br />
•'^i:
GRUPO FINANCIERO Bbv r'; •.^. lURSA, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA ©fNERAL EXTRAORÜINARíA ÜE ACCIÜNÍSTAS<br />
29 DE JUNIO tfc 2000<br />
HOJA No. 4<br />
Continuando con el uso de
m<br />
L>X>--J.O-CCJ»-*^ Xlí« y:7x_>ox I I X<br />
(<br />
C/WLÜS- DE PABLO<br />
JA Vitk i. PÉREZ ALMARñZ<br />
NüTÁRiÚS ASOClAOUS 157 Y 125 DHL D.F.<br />
Kiu MIVIM^\JIVM:> :?!;) oei. UlhU, LUL. LUAUhlbMUL, MÉXICO. Ü.F., UbSOO.<br />
ICI. iCJIímuiVlU UCL llMúinUIVIClUJiJ IVUIVI. UO,IO/í UV ÍÍ/ UE JUIMIU UE^UUI.<br />
LH 5CK¡E 'O", LA ív'iODiriCÁCiuN DEL ACTA ÜE EivUSiON DE<br />
GaUCACIGNcS 3UDOKDÍÍ\ÍADAS CGf\iVERT¡5LES FOKZOSAmci'\iTc<br />
EN TÍTULOS REpKc5Ef\¡TATiV05 De CAPITAL. iJ\ icErORñ/lA<br />
A SUS ESTATUTOS SOCIALES Y LA MODiriCACiON A<br />
SU COÍv'y'cNiO DE RESPuNSAoiLiDADES DE "GRUPO fiNAf\i<br />
CiERu oB'v'A BANCGüñER", SGCiEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL<br />
@
.-••.'. x\t i'¿ /'.,^ '^.<br />
/ /''^^ X'Yjd^.íí^^^^ JAVÍLR i. PÉREZ ALiviÁnAZ t''^^\<br />
{'^{^iy^'^'^-'i^.''^^^ '^j j I^^TAÍ..^t..#...• .*- w—.......^.--•-<br />
DE LA SERIE "L" EN ACCIONES DE LA SEMlt U", LA MOfíif iCÁCiOri DEL ACTA DE úrwiSlwrt<br />
DE OBLIGACIONES SUBORDINAPAS CONVERTIDLES rORZOGAMFNTC EN TÍTULOS<br />
rjFPRF.IPNTATIUnS nE CAPITAL de "GRUPO FINANCIERO DUVA nANCOMER", SOCIEDAD<br />
«••r^ciia«« r»f-
CAPITAL VARIABLE, con domicilio en Monlerray. Nuevo León, duración üa noventa y nueve anos,<br />
capital variable con un mínimo fijo sin derect^o a retiro de Niiave mil sctedentoa cuarenta y nueve<br />
fnillnn#í« rl(? 0^ir»5 ^^OH'í'l'"^ Warinnal v mAvimn tlimiInHn • •<br />
, DOS. - PRIMERA FUSIÓN. • Con la escritura número veintitrés mu noEcientos cinco, (le<br />
dieciséis de diciembrt! de mH novecientos rttjvenfa y uno, otorgada ante mismo Nolaiio que la anterior,<br />
inscrita en la Sección de Comercio, libro cuatro, tercer auxiliar, actos v contratos diversos, volunten<br />
mencionaao r^eyísiro, poi ¡a que be lubiuiiuimi oi\urvj rcMo/\ , auoicu/uj niiwiimnr» ut- wfv-i i/-»-<br />
VARIAI3LE, fusionante que subsistió, y "GRUPO INDUSTRIAL PROA", SOCIEDAD ANÓNIMA DI-<br />
CAPITAL VARIADLC!, "INVERSORA INDUSTRIAL VISA". SOCIEDAD ANÓNIMA D!i CAPITAL<br />
"tv^^ VARIAní F u 'VAMRA CORPORATIVA" SOCirOAn ANÓNIMA DE CAPITAL VAUlAnLC fusionadas<br />
V(UO OC UAl"iatí«ilWO, II<br />
TRPS. • PRIMERA REFORMA. - Con la escritura niimero veinlllrés mil dnscientos<br />
diecisiele de veinte de diciembre de mil novecientos noventa v uno. otornrida anirt el mismo Notario oue<br />
'' -•-> '! ^l.iHi-'-' !;''•"• '•:•^!"f^"»" -i;^"''<br />
numero oos mu treinm y aos, por la que se niooiiico ei inciso o) ae la ciausuia tercera 7!*.'h"? d** rP'l ririworionln«: nnupnla u rlnc f\^nrfT3ei-a anlp pl miímn Wntarln .^í>i¡na^ durm<br />
ItlAOllid un Cl lUtCIIUtJ ll.HH> 11 LOJ t..
í??^A<br />
\ñ\Í''^JÍ--é'W^^^^}'^} JAVItHl. l'bHt¿ALMAHA¿ M^^^'<br />
que "GRUPO FINANCIERO BANCOMER", SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAI VARIABLE, reformó<br />
IrileqrarnGntB sus estíitulos soc)a|GS. -. •-<br />
;3iciu. • ;«cuwnuM ruaiun. - oon lu cacniurn numcio inii scisiiictiius ciiiuieiiid y aeía,<br />
de veinte de mayo de mH rvweciantns ruiventa y cuatro, otorgada ante ol mismo Notario qiio la anleriof,<br />
Inscrita en los lolios mercantiles ciento ochenta y tres mil trescientos trclntn y nueve, y dentó cincuenta<br />
u riiatrn mil riialrnr»pnlns nitinrp nnr In niip 5P fiKti-inrx "r^PI IPr^ PIKIAMf^.lf-r7n rtANirtOMPR*.<br />
BANCOMER", SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, fusionada Oue r.e G)f|inguló.<br />
— nCMn. - TPRCFRA RFFDRMA - f.or, li «iírritijn nhm^m mil rpir.r.ifinlnü •íplnnlá v (V.hrv<br />
PN<br />
V^;.'' ) ue VCIJI'IIÚIBIU üc iitcsyu üe iiiií nuwcuiciiiuú iiuvctileí y i-uijiiu, uiuija^its uniu ui iiiioiiiv MÜiuiitj «|u«j lü<br />
anterior, inscrita en el referido (olio mercanlil, por la que se modilicnron los arliculos seniindo, décimo<br />
segundo, viyísimo, trigósimo y trigésimo tercero do los estntutos sociales ilo l;i inütiliicióii de referencia,<br />
y se adicionó un articulo cuadragésimo cuarto, rsl^tivos reEpeclivamenle a la? entidades financieras en<br />
las asamDieas cxirnordinarias y a laa especíalos y a la cancelación do la inscripción de lus acciones<br />
emitidas en el Registro Nacional de Valores e Intcrmeiti-irios '•<br />
ICIIIIO'IC LICü>>ll.'l IIU;^ Vl^ll lllllllt.*, K*C ^1 ti<br />
de mayo de mil novecientos noventa y CIIKO, otorgada ante el ntismo Notario que la antenor. inscrita en<br />
el referido folb mercantil, por la que se modificaron los EIIIICUIOG ;;egiindo. sóplimo. décimo tercero,<br />
décimo cuarto, viatsimo v vinésimo nriniern de Ins estalulns socialn.'! fie In.institución de referencia.<br />
•i;,.'«.^.,_i» «h i«.<br />
la aesignacion ae consejeros, a ios requisitos para sor consejero, n las facultades «ei consc)o cíe<br />
administración y comisarios.<br />
«-MllllT» rMÍC-Z-vn»"»<br />
üoce ne marzo ae imi novecientos noventa y seis, otorgaaa ante ci mismo Notario que la anterior,<br />
inscrita en el referido folio mercantil, por la que se modificaron les artículos ry.tavo. relativo a los<br />
aumentos de caóllal. y Irinésimo séptimo, relativo a la aclicació.'! do nulidades de los estalutos sociales<br />
íid "/^ir,'! iDn ciMaMPiror^ naMr^/^Hírro" Qr\r»trr>An AKu^^.t^^'t.^ r\rr r-AOITAI v/AoiAní rz<br />
ONCE. - SEXTA REFORMA. - Con la escritura mimero mil cincuenta y cuatro, de<br />
diecinueve de at)íi! de mil novecientos noventa v seis, ot.-irqada ante el mismo Notario nuc la anterior.<br />
inc/^rit^ an 2I ratar'iAn r.%IÍA rv^ar^ •\r\IA ..A^ W .S,,A .S, ,,sif,^.vi.Nn*,A ^^ w^z-^Aif',^-^^^^ 1^^.- ->^>.-.,l,s^ .NJ^-I-M,.., ,..at-k,>^<br />
a ios auinentos cíe capitai, y irjgésimo séptimo, relativo a ia aplicación uc uiiiidarios de ios esiaiuios<br />
sociales dei'-GfíUPO FINANCIERO BANCOMER", SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. —-<br />
mayo de tnii novecientos noventa y seis, otorgana ante ei mismo Notario que las ameiiores, inscrita en'<br />
el referido folio mercantH. por la que se modificó el articulo segundo de los estatutos sociales de
UÁ.*^~ ±o'ctjUíz x3' ->-r I_H:.« . !-»• i^i'Xw'oj. i i x<br />
"GRUPO FINANCIERO BAWCOMER". SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAriTAI. VAlílAItl.P. relativo a las<br />
nr>l¡^TÍáac- firtf^'>o\ar'\c ar\ l*sr mío r>-irti(~tif3 , .^.-.-.<br />
TRECE. - OCTAVA REFORMA. - Con la oscritura númoro mil cuatrocientos veintinueve,<br />
de tres de diciembre de mH novecientos noventa y seis, otorgada anta el mismo Motnrio que las<br />
anfArinrM in mrvlil'.crt c\ arliciiln<br />
CAPITAL VARIABLE, relativo a las entidades financieras en las que participa.<br />
r:ATnnr:F. - AirMFWrn DF CAPITAI Y Unvr-Hb. r^rFORMA. . C.nr. \n P.^cAUtTn niimnm<br />
!-v;,) ante el mismo Notario que las anteriores, inscrita en el referidlo rollo mercantil, por la quo so aumento d<br />
capital mínimo fijo de la institución de referencia a la cantidad do Ciento treliitri y cíete millones ciento<br />
upiriif? mil tr»"CJ"^ 2 ^'^ S "^ '^ÍT Í?C'E*^ ^^<br />
asciniúicicia, id ui;>uiuciúii úa m Kuutxjau y Ldiiceiauiúii tJ
^<br />
(<br />
/^./#s'^/"Wí'y^Ní; >^ CARLOS Dfl PARLO U']}^'^'}''<br />
/i^rí'Ai^u^v.^íI'ií-Víil JAVIER L PÉREZ ALMARAZ P'^t^ií^<br />
\í:\^>V;^.í;:iÍi!;^^ NUIAKIOS ASOCIADOS 137 Y 125 DEL D.F. t^!^I'.j<br />
DIECIOCHO. - FUSIÓN, CAMBIO Df: DCNOMINACIÓM, AUMENTO ÜC CAPITAL,<br />
REFORMAS Y COtwpuUSA. - Con la escritura número ciiarentíi v clri ijutiii.c, y cmrilu uiidicníu y<br />
tres mil selacientos oclientn y sioto. por la qiio sa hioionaron "GRUPO flNANCICRO DANCOMCR",<br />
SOCIEDAD ANÓNIMA DE: CAPITAL VARIAnLi;, hisionnnlo fiiif; siiliplstirt, y "Clílll'O FINANCIt^RO<br />
BBV - PROnURSA", C0C1Í:DAD ANÓNIMA DE CAPITAL VAfílAÜI.E^ fusionada niio so extinnuió. - Por<br />
I-, n^;»-»^', ^^,.rit,,^~, «rt -^,,n,f^^tA ,-,1 „-v„;i.^i ,*^í,.,•..,rt r.;.^ .t.. "/-mino ciM«M/^ir-nr\ n A n/-»/-\i*r:r)"<br />
t>uv>ii;UAU /\r40iNiM/\ iju (.yAi'M/\L VAKi/voLt, cn iü caniiuoo 00 irosciontos vciniiun miñones<br />
saisciontos noventa y cinco mil pesos. Moneda Nsc'Onal, pora qiierinr ron un co|iital social tolal da Mil<br />
treinta y cuatro millones de pesos. Moneda Macionai, de 1O:Í qtio Cualrociontos cincocntn y ocho<br />
millnn«f; rxrhnr.tf^ntrt^ rtiiinrA rnii trpíntn v tin n^';í-tc ^wn!.;;; ríMil.twr•*; ^-lr>nr_>i_l.t M^ujlfin-d rrtrrr'cnr^r.Hi'M .ij<br />
iTiiriiiTlO lijo, y k^ütiiiüñlGa ¿üiúñiú y Ciiiúü rñiliüric;^ utaCt\ít riCMÚi'iiiJ y r.ürill'ü t'iuí itlVvüCtrlitlwá ñic:áBrM¿i y<br />
ocho poso$, noventa y tres centavos, Moneda Nnrlonal, ni vari3hlc, se eoinlMO RII denominack'in por la<br />
de -GRUPO FINANCIERO DBVA PANCOMER", GOCICDAD ANÓMIMA DE CAPITAL VARIABLE, y Sa<br />
reformaron y compulsaron sus esl.'itutos solióles. - Di; dir.lu) iiislruiiiitiilo n'riíireci; íiue la deiinminacióii<br />
buoitu/UJ /\iM6niM/\ ut UAMiiAL wví 1/^a^ tyi_ i_^ .Jk_|\|^ t. ü tú LJÜÉ luci'Clt't Lil'^ L>iiiól |'K:I líl^ C»^l f v'^^lU tU^ I f'lCLlicll MT;
LJJ.\^-xc¡~cfjkjc A3«-»^ UC' n» :?3x-Jox t ij<br />
publicaciones realizadas en los periódicos "El Economista* y "El Financiero", en su edición del ella 6 dB<br />
abril de 2001. • —<br />
OrOf-irfiA 1^ _i.-1_rr,h\r,-, /^l r"*^' W'V* ' " ' ' P"<br />
prc»$eniea, y actuó como ¡^ecreiario el señor don Jose Hernando no Díaz Castañares, en su carácter de<br />
Prosecretario del Conssjo de Administración de la Sociedad,<br />
Asimismo, estuvo presente el señor dcn José Manuel Canal Hernnndn Cnmir.firio r'rnriifiíarin rtp. In<br />
iMAu seüuiuo, ei ^resiaeniB oosigno oscrutaoores a ios señores oon Jose Arturo 'óeaas v.iieiK.ia y don<br />
Miguel Rivera Campo. Al respecto, la Asamblea por unanimidad de volas resolvió aprobar la citada<br />
designación de escrutadores, quienes aceotaron su nombramiento y orocediemn a nrtíOjriir ki li'jüi tle<br />
• - • • I - - •••i> - • - • — — • — • - - / ' — f,^-^,^^ ..»...».»»-• , . - . .wj<br />
itipiejieiiidiilea üu ¡ua dcduiiisid^, uiuiy5;rriilí*Hnfp.í; rpf1irir.;irrin ríiiF» í'i^íinfiprnn rrnrr)cnntnfjnq nn |n Aí}?.r!"!!^!0z2 OO^'V/!' 2?7<br />
¿CCiOiicá ua 'ta Señe "L , uá laS i,íj'tú 11 í,u^ü aCCiOficá uó uiúiiú áciic cu ijuc ác Liivivíc ci Cci|'ilcji DOOÍÜI<br />
adicional pagado de GRUPO FINANCIERO BDVA BANCOMER, SA DO CV., lo que representa el<br />
95.35% de dlctw total. - -— • — - •^--<br />
r'nn I\,IÍ:D on tn í'onctnnrira He» Inq pcrri ltnf^n^pc w hnhiónrlnco niihtírafin In rr,n\ntrntr\rirí rocnprtii/q PÍ<br />
ritf:>iuefiia üauiaiú ieijuiítieiiia iii&idiciud id Aaaiiiuítid, uo uuiu'uiiiMUdu cuii iu üiafjuuaiü tíii iud ditiuiitua<br />
195 y denvis aplicables de la Ley Cieneral de Sociedades Mercantiles y en toa artículos vlgósinK] cuarto,<br />
vigi'í'jimo qnintny demás aplicables de los estatutos sociales. - —-<br />
A cnnlinnari^n ol Pr/*iti.'l(^ntí» riirlitS .ll RcrfM.liin ti.-if locliirA íil tiCiiiif Alíi _<br />
'-\^l\i.#l»l^ L/^hm Ip^lrk"<br />
I.- Conversión de las acciones de la serie "L", representativas de la pane adicional del capital<br />
social en acciones de la serie "O", representativas de la parte ordinaria do dicho capital y;<br />
II - riofiinnarirtn rio rlelcnadns osocíilalcs nara tnrmalirar v dar p.irmnlimlontn a lan resnIíirIoHes<br />
v|uv «iuvf/«u la rt»«MiMi«í«. '-' •——— — --—. —" .<br />
Acto seguida, los accionistas procedieron a desatiogar el Urden del Día antos transcrito de Ui iiir]i.HOnte<br />
PlIMTD PRIMFRO.- CnnvBrglrtn do l.is scnlnnoK rio \a Korle "L". ronrcsentalivas ríe la n.irte<br />
¿uiúiorirtí ¿¿í Cmíj'ñmi ¿¿Ci¿i ¿i'i ¿ciioricó M¿ t« ¿CTic "v • rví*rw^«í'uM*iv'¿j *!o ía i^MitC- üríMiiMrjá; %ái¿<br />
dicho capital. '^. •<br />
En c! desahogo del punto primero del Orden del Día, el Presidente explicó a los asislcnlcs qiii; el<br />
nntiiprno Fprlpral rnmo arr.innisln ríp. esta Sociedad y por rnndiif.tri de la Secrebrln de I lacienda y<br />
"L", representativas del capital social adicional, en acciones de la sede 'U', representativas del capital<br />
t lahmnHn rAn
15<br />
1^<br />
UX^-XO'CtJtIC X3*_X3 UC' • ^7j.w>ox I I X r • =7<br />
\P\Í^fé''^fi!^^.]'Í] JAVItH I. H:REZ AI.MARAZ W^^^^j'<br />
\^A^^:V^4:^'^/"j NüTAÜiúü A:ÍUUAUUS I'JÍ y 725 DCL D.F. ^^^Á\<br />
•?/;-7.-.<br />
"SEGUNDA.. Como coflsocuencta «le la rcsoluctón anterior, te acuerda llevar n cniK) iin canje de los<br />
títulos que representen las acciones de la Sociedad, nnr afiiicllos en los niiG se mr-ornoi-íín íio In<br />
nnnHiirpntp» t,^.«: mnHifirarinnac '^'¡"rncn^nrticjníQt A^ •¿ff^'íjp.cs ¿Qj ^,L¡::;w;; MTIICG iCrriíldw PUJU IOS<br />
sfscic.» ari'eriofüa, ¿a iViCúIUi a ko aeñuiea lion üicardo oiiajanii.) Toiicho, don vitoiino Manuel Natna<br />
Aznar, don Jaime Adam Vidal, don Luis Robles Mlaj,3, dnn José Fernantlo Pío Día'/ Cnstnflares, don<br />
Pablo Enriqíie Mendoza Martell y don Alfredo Agiiirre Cárdenas, para fine inUislintnmonto cualquiera de<br />
ellos lleve a cabo los tramites rWWñ.IflnA-; nam p\ ranlc> HP In^ n^t irinoc nn jn lncll(Mr¡Arr .It; P2"Í;;tC CT!<br />
• I tKLtKA.- üa íaculia a los softores don Ricardo Guajardo Touche, rlon .los¿ Mcidariaga Lomelln, don<br />
Juan Carlos nraniff Hierro y don Vitalino Manuel Nnfria Aznar, para que iTinnwiniiiniídiimcnla cualquiera<br />
dos de ellos, en su carácter do conseiHfos Hn In snr.iíirtsH «'.iiíi~riii;sii i^-j M {05 liinlot
i5<br />
i^i.^- i.a-ctJ»LJC. AJ-->o i-t.' ri-^^i^JOi. I ix<br />
presente acta, formando parte integranle de la misma, con el fin de celebrar una ASAMBLEA<br />
ESPECIAL OE ACCIONISTAS DE LA SERIE "O" a la que fueron debidamente convocados mediante<br />
oublicaciones realiíadas nn los n*irit Íln>Ml f^^ 1 II , ,i . »-•._.•.,-.•. r-* . • i • • i<br />
Acto seguirio, el Presidente ckísignó escrutadores a los sertores don Josí! Arturo Sedas Valencia y don<br />
MiQuel Rivera Campo. AI. respecto, la Asnfnbloa por unanimidacl de votos resolvió aorobar la cMscln<br />
i^i^í-!/^o-»í^ÍAn rtn r-n-ft^ if^Af^rf-sf ni i'if^r*r\r- rN .* ,-. rt»-Nf/Sn m. n n mVi> n.vi .o.^l ^ .. « .. . . ^: . .,_ _ .. .-_ — . - - - I— i: . i • .1.<br />
—--•^'•—-• — •• —— *-_*..—, — »- — . ti» i'd .boiiu 'L", iu|iiv»uiiídiivii(iv:<br />
adicional del capital social an acciones de la anrie "O", rapreaontalivag de la parto ordlriarla de<br />
Fn QI rlíacahAnn rit^í nimfrt nrinriArn rtnl Orrlpn Hnl ní?i oí Ptof^ifinnin avnIirA n lo*: sintiinnínr: nn.-i oí<br />
ouuieiiiu rcueicM, buiíiu i«.t.iuiii3iiud y<br />
Crédito Piiblico, someta a la consideración de esta Asamblea la conversión de las acciones fie la serie<br />
'I', representativas del capital social adicional, en acciones de la serie "O*. rsprosent.ntt\'as del capital<br />
i-idUiunuQ coosiueraao tu aruerior, ios picscníes oaopiaron por mayona oe votos, i¿is siguioníes—.-<br />
RESOLUCI O N E S; — — —^—
f^:;:-)<br />
/r^^:¡'.}^^&!A'^^^;fí\ CARLOS De PABLO tii?A\;T?''<br />
\Í\^$^'Prm^]^t\ JAVIER I PÉREZ ALMARAZ P ^ "<br />
V^íí'í-í'Ñt^'^yiry '/ NUIAHIUS ASOCIADOS 137 Y 125 DEL D.F. ^:Í«Í'VÍ<br />
"PRIMERA.- Se apmeba. con efectos a partir del dia 2 ríe mnyo del año en curso, que todas las<br />
acciones emltldaB por la Sociedad de la serie "L". representaüvan de la parte adicicinnl del MOIIAI snftinl<br />
co rnnuJortpn or> arrifinpc Ho la cortil 'r\' risM^arAntMiit/'^f ^« l.^ »^«rt*. /^r^-ji-^^ir;^ HA .I¡,.(.-^ .^-^.fcfiAi "<br />
"SEGuNDA.- Cuiiiu cuiiavvuenciii do ia resolución anterior, sc acucrria llevar a cauo un canje de los<br />
títulos qua representen las acciones de ta Sociedad, por aquellos en Uw que sfi Incorporen, en lo<br />
conducente, las modificaciones correspondientes en lérnilnof. del ncticrdo nntos tomado. Para Ins<br />
p.ínr.fnn anlfirlrirí»s s^ f;Sriiltn a ln>: •;#>fiArP'« f\r\n r?Íf-arHr» f'^^^^\^3rf\r^ T/NIK^KÍ» rli-ir^ \/;i-ii;nu.j>u>.u,k..>, M./(l I MbilV i-llIlVl.lU «VH-HUCl^O IVICSItCII y UWI I «-(lllOtJlJ y-^^(iUIU<br />
Caidenas. para quo, indistintamenie cualquiera de euos concurra ante el i\ot3rjo piil)lico de su elección a<br />
protocolizar la presente acta y realice todas la* geelionee quo sean nocesariac n convenientes pnra quc<br />
las resoluciones aquí adoptadas queden dübidanienle forni3li2.n¡las y ¿iclnuieran pleno vinor y efecto ' —<br />
préseme acia, ia cual, una vez ieiua. se aprotxj por toaos ios asistentes. ——.- ... —<br />
So tiaca constar que durante e) desarrollo de la Asnmlilea estuvieron présenlos to
m<br />
LJX3u i.iijt'tuóil oclnclt I tclitaiKjhi, CjwilllüLllltj I I L>piUÍdltlJ lil-i U<br />
¿otieoaa.—• -;.,_. _<br />
Acto seguido, el Prcsidnnte designó escrutarlores a los sefíores don Josó ArUiro Codas Vjifinr.ia y ilon<br />
Mifiuül Rivera Campo. Al respecto. In Asamblea por iin.inimirlárl rU uninr. riitmlvii'i :inriih.:ir l.n ri!r.,!£i<br />
asitituncia, vefificaruii ios .pases ae ingreso a la AsamDioa y los poderes enhiliidos puf los<br />
representantes de los accionistas, otorgados de acuerdo a los formularios elnborcid03 por In sociedéid.<br />
conformo a los reauisilos establecidos en el Jdicub 22 de la Lev nnr.i l'Jemil.ir l,is Anriin..ir.inni-.s<br />
Acto cuiüiiiuo, los esciuradores certiilcaron que ostuvioron representadas en i.^ Aanmiiiria r'.iun lu.'t.hvu<br />
.icciorves de la serie "O", ríe las 0,039000.333 acciones de dicha serle 6i\ que ÍI> (livi
w^<br />
(J:y-MM¡M:h CARLOS OE PABLO íSjtl'<br />
{Sí/4'*:'ív'^í;>S:ii';;!:;) JAVIER I. Pr.R(^Z ALMARAZ W^^<br />
\^^^.^^¡^:^i^•^j i NOTARIOS ASOCIADOS 137 Y 125 DHL o P. 0^^--,<br />
V.- Designación de delctjadoB especiales para formalizar y Hnr ciimpliniiento a las resoluciones<br />
que adopto la Asamblea. — .-,<br />
manera: -— ——<br />
Pübilfi-.PRIMERp ^^onverslrtn do IB9 acciones de la, aedej'yj,j-enresenyfiyas_!lqJa_p_atíQ<br />
adicional del capital social on acciones de la serie "O", rcnresonlntlvns <br />
moaiticaciones corresponoieoies en términos do los acuerdos antos tomados.'<br />
PUNTO SEGUMPO,- Moditieaelrtn dol acta de ."Emisión de Ot)l¡gncipnc3__SiTbgrdinarl_B3<br />
CotlVCrtlhlgS ror^Osamente en Títulos Renrescnlativns do Canit.il dn nriiiio Fln,inrlern_RRVA<br />
o.*»A.-»-.«« c* A .J.. i^ w ...... .„!_..__: ._ _.*.tj!..i r%..;^ III II y>->r-nn A^ ^\H ^. -_xi_i i<br />
^•'•vwi»*»**i w.*»» \i9 w.»., %,^»t *.mc»t.pt.tfc>Mwo Mniii*^*ma, «jviiu ^ tS^'. .t'*.'...
LQ-dokJCL ízf'^to Ljc» ri> ^:?í^jox i i x<br />
Secretario y cjue se acompafla al expediente (Je la prcuente Asamblea, formando prírte Integral de la<br />
———~- — -' ' K c a u L u L. I u f>i t 3: ;<br />
"CUARTA.- Previa aprobación de la Asamblea General de Obligacionistas a cetehrarse en esla misnw<br />
(echa, se acuerda modificar el acta de 'Emisión do Obligaciones Subordinadas Convertibles<br />
C.V., LtMi uLiim-dciuiic» iiiúilipius, Suiie "L" (Grüü yo-i)", con ei prupósito do quo ei acia cié emisión<br />
respectiva refleje la conversión de las acciones serla 'L" por accionas de la serie "O", aproljada en el<br />
punto primero del Orden del Día. Al respecto, los cilados cambios se transcriben a conliniiación:<br />
I' *-y u u ri N i c iG i"ntalivaR Hp I3 nartn nrdinari.i d«l cpnilPl Knr.iíil flp ("iriinn PinanriArn l'UlVA<br />
OBLIGACIONES<br />
SUDOROINAOAS: Obligaciones Siiljordinadas Convertibles Forzosamente en Tlkiios Representalivos<br />
flp r.snita! r.nn r.r)lnr.ar:innfts mt'iltinles ñprio'n*. ÍOFFIR fifi-?! - -—<br />
r> t A I I i^ I I<br />
h'KiMLKA.- Lmision. Con runaamcnio en lo dispuesto por el articulo ¿¿ oe la I.ey fara «egmar las<br />
Agrupaciones Financieras, 63 y 6^ de la Ley de Instituciones de Crédito, Grupo l'inancicro PnVA<br />
Baticoiner S.A de C.V.. declara ms es su voluntad, emitir en la Ciudad de México, Distrito federal,<br />
¿uüorainadas Convciíibie* Foríosarnente en Tiiuios Reprcseniativos oe CuMití'i, con coiocacionea<br />
múltiples, con valor nominal de NSIOQ.OO (CIEN NUEVOS PfSOS 00/100 M H). cada una. Serie "O" —<br />
CUARTA.- Denominación de la Cmlsión. I^sta Inmisión se denomina 'Cnilsión da Obliqacioncs<br />
uuvM Ltancomer, ii.>v oe L..W., ^eno u , lurtsü IU'J3-¿J .<br />
DECIMA TERCERA.- Conversión de las OWigaciones Las Obligacion./A, as t-.v.<br />
La citada conversión so realizara conforme a lo stoui«nte: '• '•—<br />
Ei Valor Nominal de cada Obligación Subordinada, serú dividido entre el Valor en I iliros de la Acción de<br />
:3uoorainaaas en circulación.<br />
Las 4'B.'id,67?) (Cuatro millones seiscientos cincuenta y nueve mil soisciontos sclcnla y nueve)<br />
Obliaaciones Subordinadas de la Serle "O", ser5n forzosamente convertibles por Acciones de la 5erl^<br />
"O" fiA i^fti^^ f írxnn^ÍQr.'A f^nWA r^on^n/T>cir C A ñd í^ \/ nt!ll-fon''lrt lo oi/ii flnnfa fArrwifíi<br />
En donde:<br />
—M/\ = V I
u^K^'xo-cKJuc x:?-_>3 n. :?^±^jox I I J<br />
' /¿^'^•'^-^^^^\ CARLOS DE PABLO<br />
i?!^'^ۥ^'^"^i^^^}^:f] 'lAVIER I. PERUZ ALMARAZ<br />
VÍ\'»uicie/o ue uuiiyaciuiies oiiuuiuinoaas en circulación ne que sean mulares ios oniigacionisias.<br />
En caso de existir fracciones, se ajustarán al numero inmwliiifo iintuiior y la diforoncin se pagará en<br />
— ... . . _^ ^ — „ „ ^.,., . ^ , . „j<br />
á iO uiájiüúáiü cii leí Luy rdici Reyulai id:» Ayiij()
m<br />
ío~c:.tjtjc íz • Zf^l.~X»-L. i I i.<br />
L » Valor en Libros de la acción calculado el Cuarto día hábS anterior a la fecha la ronverstón, sobro<br />
el reoorlQ de información financiera correspondiente al nrimero. semmdo v tercer trimestre del oicrcicio<br />
f^A'^ M f^F^U-^ An<br />
flMi M «fMV ^Vlt'V^f*'<br />
Doisa Mexicana ae v atores. O.M. ae i^.v.<br />
In rTmicr\m a la<br />
EL VALOR EN LIBROS de la Acción mencionado en el (virrafo anterior, será él resultndo do divitlí el<br />
capital contable reportado de la Emisora, previa deducción del monto total de las Oblignciones<br />
Riihnarjiriartn^ ^n rirriilarií^n . p»nlrp pl nnmpi'n fntnt Hp fwrtnnns f>n nm ilnriiSrt rlí^ liií^hí^ FiUiftrtTA íl IA<br />
icuitu UC k1 utlUllll('JUii inlciiuliúi'd uuVióÁu'di OOiVcáyúriúiciiiü."—"——**"-"**••"'""'"<br />
T = Nrinwro de Obligacionea Subordinadas a convertirse de tas que sea titular el obligacionista.<br />
Conforme a to previsto en el primer pirrafo de la presente cláusula, las fechasdc pago do intereses en<br />
lac nao oo noWrA a\nrrt'f \:i ntv.irin ílA r.Anvf>r«iAn anlirinarta snn las niio a r.nrMiniiní'.irtn Kfi ennmtirafi: —<br />
-—ruun/\ un ^-t^^l'< vi_i\uiwiv rw i < iwii /M^Í v<br />
-20 DE MAYO DE 1TO9——<br />
-12 DE AGOSTO DE 139D<br />
Itt Ufc MATU Ut ¿UUO--<br />
-10 DE AGOSTO DE 2000<br />
-2 DE NOVIEMBRE DE 2000-<br />
17 nr: HIAVO ncr onni,..<br />
—a ut Aowí> í u uu iiuu 1<br />
—1 DE NOVIEMBRE DE 2001-<br />
—1G DE MAYO DE 2002<br />
HAijL: UU ÜALCULU ^-<br />
-PRIMER TRIMESTRE DE in99<br />
-SEGUNDO TRIMESTRE DE 1990-<br />
Tr.oncD TQiKroTrr' ni- innn<br />
-riíllVIt-K IKIMUCHKU I^L: ¿UUU<br />
-SEGUNDO TRIMESTRE DE 2000-<br />
•TERCER TRIMESTRE DE 2000 --<br />
. PR!MER TRIMESTRE DE 2001 --<br />
._.—-—ScijiJiNDO TisiiVrESTRC De 2001<br />
TERCER TRIMESTRE DE 2001 —<br />
PRIMER TRIMESTRE DE rOOJ -<br />
f^\a laies eiecios, oi invarsiunibiü ueuciíi ue iiuuiic" Vi orr»¡tion/1n \tn niiot/n lílnln nnr pl m'ifTwarrv Ar^ Ohlin.^rif^np.
^-T.- f,;' f..-. >. ......<br />
ueierfTiináiiuu:>u ebúi t:quivdíeiiK.iij Ü id leciid u'ei cjtüULiu ue u u|i«jiúii uu i.ufivci¿ii>ii iiiñoúiiic; ci üsu uu<br />
las fónnulas do ajustes técnicos reconocidas por lii Bolsa Mexicana da Valores, S A. de C.V. "—<br />
DECIMA QUmTA- ConversiCín Anticipada. La Cmlsora, so reserva el deriíclio do anlicipnr lo<br />
rnrnjpiriiifiri rlp la?; nhlinprinnnK .'íiihnrriinarlaK rnn rol.Trnrlnnn»; nVillininfi y;^i KIÍ.I parrúal o totalmenle<br />
.:_ ....t_,;_„_T*^ ^.,.. _^.„ i.,i _r-.i. _*-.._ ..* n-~.-^- -f- »4ii..:^„ ci »].,,..:.,;., j _ ^^t^ .t^^^^i,^ ,i..is.v^A<br />
úe efectuarse en cualesquiera de las techas señaladas para ul pago de intereses en la i;iausuia üecima<br />
Segunda de la presente Acia de Emisión.- —.-.—...—- ••<br />
La Emisora se reserva el derecho de efectuar la conversión anticloada sin el perjuicio del derecho de<br />
•ilIVt^tl^tWII Í4.ll.iWMW%#t« l<br />
La tmisora, cuando monos con ¿a oías de anticipación a la teciia en que se naga la conversión<br />
anticipada, informarí» por escrito a! Banco de MéxiíO, a la CfmlfHc'in Mar.lonal nanearía y de Valores, a la<br />
S^^ Dalsa Mexicana de Valores. S.A. de C.V. v a la '6.D. Indcvai. S.A. de C.V.. Inclitución nara el Deriósilo<br />
**'"'^ uu. Muikllwi' • M»».i4^Vt*l VI «.•«I.^V I WV^WIIVS' W>» «ba iiiiuilib* Ul • IIMIHCi . .it'l l N>ll VI l-t"*l|.# .>nv*-. "— I— i .c:iVi ii¿ aailú^i ñl C¿riJB<br />
de los títulos múltiples cancelándose las Obligaciones Sulwrdinadas que en ese ninmonto so conviertan<br />
en Acciones Serie "O" y emitiendo un nuevo titulo por el número dc; Olilijacionos Sutiordinadíis en<br />
El) ÜdSu LHJ LfUÜ Ct íll^ailiuúj pdlü ilj r'luiuLiUÚll cji./VIIUIIU OÚKÜUIIÚ Cv^icLtlC úÓ4ÍürúÜ6 ÚtS cifiOVw CXlU la<br />
institución do crédito, perteneciente ul Gnipo Financiero flBVA Bani-,omer. ÍJ A. de C.V., a fin de que<br />
tales apoyos se canalicen al intermediario niencionndo, dititintns a prnoramas dl-i.gidos en forma general<br />
^'^y . » In InlialfH^vl Ha tai in«lit)ií"¡nno« i\a rrArlíln t^ cnripHTaH omi^nr^ rIohor.T nnlirrrTar l.n ronwnr^íAn on líliiln*5<br />
í'c}Vcáórii¿iitVOá úñ wt CÁ\nkat úc l¿> úuiHjúCtijfic:> :>uuúiv(iiuiLJÚá latjrriú iic KI |nr::>c;Éiíc ciVtoiiJú, ÚCI'HIÜ LIC;<br />
los 30 días siguientes a la foctia de la contratación con el instituto para la Protección al Atiorro tíancario.<br />
VIGÉSIMA OCTAVA.- Acciones en Tesoreila. Por acuerdo do la AsanttMoa Ceneuil f:xlrnon:linaria de<br />
Ar.rinnista.'! de nninn Pln.nncipro nflVA n.-inrnmpr .'í A flp C V ^filfí^^l.^fln PI dl.i P4 Mr», nlirll rlp ^nni 9.P.<br />
ochenta y dos) acetónos de tesorería de la Seno "L' en un número igiinl de acciones de tesorería de Ui<br />
Serie "O", que se requieren para la conversión do las Obligocienos Subordinadas (GFQB 95-2).<br />
Estas acciones se destinarán cara llevar .i cabo la converEÍón ríe l.is Oblitnr.ionGí; Siihorriinaria.'í<br />
de tmisión.'<br />
Estas acciones permanecerán en la Tesorería de Gmpo Finnociem DGVA fJannnmer, S.A. de (";.\\,<br />
durante la vioenr.ia de la emi.«;ií'in rnn l.n finaliri.nri rio niiR Inq mi.r.mnf: rr>.Tn nlllÍ7.qfl.Tq nptrs llpu^^r a.r.ihir<br />
ir.far~i5 ñ '.z p; .„,_,-.-..:... ...11<br />
y, en su casoí uecima (Juana de la presente Acta üe tmision.<br />
15
w<br />
m •:s<br />
i_*jn^-xo-ct»jc; ctj«tJ*u t-t- z>:7x->oa. I t i<br />
"QUfNTA.- Se facufta a los seAores clon Ricardo Guajarrio Touche. don Vilaüno Manuel Nafri.n Aznaf,<br />
drtrl .friimfí AHam Virlí»! Hnn tiiis Fínhl^s Miaia Hrvrt In^A Fi»rn;íriHn Pin HÍ-TT r*nsf;rffnrp^ rínn P¡.iliíri<br />
ellos, lleve a caco cualquier acto necasarto para efectuar las modlflcactones
%..!<br />
L>ii--ib-c;t«ü • :5:ÍÍ:JOÍ I li<br />
{^f'^.y^^^'''^-'0]ÍSí^ J>4WtK/. PLRÜZÁLMÁRAZ<br />
\f\\t '•^'^:^^^i^-^^i
m<br />
# debidamente acreditada anía esta Secretaría, mediante los cuales solicita autoriiacion oara modificar el<br />
io-citjtjc;. c,«ü»cíi uc. . , ri. jpx^^ol I'<br />
Se haco constar qúa durante et desarrollo de la Asamblea estuvieron presentes todas las personas qiie<br />
- en ella intervinieron. ————.—. ^^...•„.-„.,^^-—.. :,—. .^.^ ..—«<br />
í^p ;inpyan al pvnfldipntp da pf;tíi ^ír^a^ PtpmnLqfPf; ÍIP tn
.+-.<br />
u±^- xC}~cztM:jtz. c.u>«ifx r-i» j;?j.->ox ( I<br />
mmm'í<br />
CARLOS DE PABLO<br />
JAVItH I. H:larQ rínríiilar Ino Annirirtrinncic; Pínnnriorac HnnnrA<br />
-r* -\:— -— ..-- ¿1 • —¿t~ --j—i<br />
rcrriiiir Piiniei Tcsiiinoiilo ionio lie Ut tsuiiura üe FiuiutuiLtotiúii üti Atia Ju ici AbciiiiUcrt GóMófái<br />
Extraordinana do Accionistas corrospondiente como del nuovo Convento Único de fíesponaabilidados. -<br />
Atentamente - SUFRAGIO FFECTIVO. NO r^EELECOlON - ni Director Genera! Adjunto de Ranea<br />
/Flrmnrln» - C. r n Dr Anil-;lln n,ir'.t(»ns T.-irí^tfinf;<br />
•^ui^oav*tc3\c)(|u UB í idijeiiud y t_(tBU4Íu rúüluAi. póia au uuiiuuinuuiúu.- i utuoiu iióviv'MCüt * iniñ-ü i áúú<br />
Mariano, 4*. Piso- Ciudad. - Df. José Antonio Meads Kuribrorta, Director General de Banca y Ahorro,<br />
misnw fin.- Insurgentes Sur No. 826, 15". Piso.- Ciudad. - Dr. Guillermo Orliz Martínez, Goberradof de!<br />
R.nnfío fifi MÉvicn con Iriual fin - Au- fi ílf> Ma\/o Nn 7 - VAWúnú. - l.ír.. .lorialhnn üavls Arzac. Presidente<br />
Not^e, lü". i'iso,- uuaoo - ur. Angei Aceves saucedo, i'resicieme ne la comisión Nacional para la<br />
Prolección y Defensa de los IJsunrios de Servicios Finnncieros, pnrn 'iii ronocimifinto - Av Insurgentes<br />
Sur No. IW.. 7". Plüo - Ciudad - fC08/200tl - [NJ.C.I. 1.072 - (G2'i;2001V'. -— .•—" —<br />
CERTIFICO: 1. - Que me identifiqué plenamente como notario anlo el compareciente al<br />
alie conozco Dersonolmente v a mi inicio tiene c;!r!nci(l,id lena! nnra' este noto; 2. - Oue el<br />
•,-.,r,^\^^\A Af.M^f'. «1., I-. .^,^
m<br />
Ui.OJ. t I J.<br />
fFlrmado:) Carlos de Pablo.— —„___. fSello de autorizar)<br />
BBVA BANCOMER", SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, COMO INTERESADA, EN<br />
ESTAS VEINTE PAGINAS.- WeXICO, DISTRITO FEDeRAL, A VEINTINUEVE OE JUNIO DC DOS<br />
Mil UNO<br />
¿i)<br />
ñmm
SUBSECRETARÍA DÉ HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE BANCA Y AMORRO<br />
UIKtUUJÚN ühNtKAL AUJUNIA Ut ÜANUA MULÜrLE<br />
\^^^^$ OiiduDGo/v'DGABiví/^;? ;2üul /'//Í/.^V,-]Í'>,<br />
Presidente rinl Cnnsnjn rln Adminlstrarión ÍIR<br />
Grupo Financiero BBVA Bancomer. S.A. riñ C.V.<br />
Presente<br />
Hacemos referencia a los diversos escritos, fechado el último de ellos ci 20 de abril<br />
,-_,„ pasado, presentados por el Lie. Luis Robles Miaja, en representación de Grupo<br />
^^ Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., cuya personalidad sq encuentra debidamente<br />
acreditada ante esta Secretarla, mediante los cuales solicita autorización para modificar<br />
el Articulo Segundo de sus Estatutos Sociales y la celebrocióri do un nuevo Convenio<br />
Único de Responsabilidades, a fin de contemplar el cambio de denominación de<br />
uancomer, S A a BBVA Dancomer, S A , de Oanco Bilbao Vizcaya-MéyJco, S.A a I3DVA<br />
Bancomer Servicios. S.A. y de Casa de Bolsa BBV-Probursa, S.A. de C.V. a Casa de<br />
Boisa BbvA Bancomer. S.A. de C.V., asi como eliminar la reforencia a Caso de Bolsa<br />
Bancomer, 5«A. da C.V. como iniogrante dei Grupo f-inanciero de que so irao, en virtud<br />
ütí su (ubiüd uuii wá'aix u'u Buisa BBv-Prouursü, S.A. de C.V.<br />
Sobre el pc.iicular, esta Dependencia deapué^ da escdvíir.r ¡os argoiTianíGs ve¡!idc;3 per<br />
c¡ Ssr.cs de Mcxico y per ¡a Carr.iaiór. Nacional Hancana y de Valeres. c.Tmidoa en cíiaica<br />
S21,'1'1227 y l-ISSO y DGA '!07 007, .•^ccpcct¡va:r.c.-.tc, as: ca.r.a Ice prcpioc. c". ejercicio<br />
ds las 2lrit!LJCic:.".s£^gL;9j2_qerLf¡2rG-e¡ 2,^ÍÍCLJ!G 22, íraccicr; XV dc¡ Rcgb:r;c:;te ¡.-.¡criar de<br />
esta Sgc-gtaria.fgfíMíe opi.iió.". favorableJa Gr^pe I^irrancicc DEVA narrccnrQr,..^S.A. de<br />
C.V. para q-je .modificj-je e! .Art!cii!c Ssgii.'vJc ds EUS Es'.aí'Jlcs Sccir.Ies y'celebre (.¡n<br />
nuevo Convenio Único de P.esponsnbilidsdes, 2 efcícío de ccr^ísn-^pinr e!'cambio ds<br />
rlpnnminncirSn He B?,Mcnmer_ .5.A. 5 DBV.A BnocorTíor. S..A., d^ n?nco Dübtío Vizcnyn-<br />
Mévinn, S A a RRVA Ranrnmer .cipn/irin"., R.A y i\c- C^"-^
W<br />
m<br />
i.o-c::»tJ«uc: ckj-tjc: • ?7J.^>OX I<br />
^^/ff^S^'i<br />
• CCRErMIA<br />
Bf<br />
HACEfOM T CRCDIIO Pún KO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE BANCA Y AHORRO<br />
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA ÜE UANCA iUlÚLIIHLt<br />
UIIGIO UüU>\/UüAUM/ J*^ UUU\<br />
nujd INU. ^<br />
rui íilíiiTiO, ¡5 indica qü5 pura csisrcri üpíiíüd ¡Je GÍorgsr, sr, sj cr.sG, l« sprobsciG," s qjc<br />
56 refisrü e! articulo 17 da !a Lsy para "agúlar ¡a3 AguipQcícr.cG r;;;r.r¡cic:r.s, deberá<br />
rcmiíir "rimsr Testiir.oriic tanío do !a Escritura de P.rctsccüzació;; de! Acíj ds !a Asarriblss<br />
GeriSral Cxtracrdinsria de Accicr.istsa CGrrccpcr.dicíJÍc ccrr.s dc:'. nucvü Ccrjvcr.ic: Unise<br />
de ríG3pcri3Cbilidadc3..<br />
SUFRAGIO FFPCTIVO. NO REELECCIÓN.<br />
El Director General Adjunto de Banca Wlúítinlc<br />
Carlos Rafael Prowonclo Mufioz<br />
C.C p. ür; Agustín Carstens Carstens, bubsecreíano ao j íncienda y Credlio Púbiico,<br />
para su conocimiento.- Paiacjo Nacional, Primer Patio Mariano, 4o. Piso.- Ciudad.<br />
Ür. José Antonio ivíaade Kuribreña, Direcior General de Dancci y Aiiunu, iiiii>iiiu<br />
íln.-insurgenies Sur No. 62G, i5o. Piso.-Ciiiucio.<br />
üi, Guiliermo ürüz ivicúiíiiu^, Gobemuqui üei Bc»iiuu du ÍV'CAÍCCI, ¿orí iyüüi iiri.-r\V.<br />
5 de Mayo N'u. 2.- Ciudciü.<br />
Liu. JUliuíliUll uúviS rsiZüC, r rcaiuOnid uc líi v..Gi"ii3ÍOri KaCiCría. I^CÍ"IC"-VI\A '/ "C<br />
vdiuiea, 1111:31110 uujcsiu.'/-w. iiiauíyciuco oui m^. is/i i, iwm^ •••./nw, twi^. • .ww.<br />
(£02/2001)<br />
ri.C!. 1,072<br />
Di". Ángel Aceves Saúcadc, "rcaidcnic de ¡a CoíMiciór;<br />
Prctaccicri y Dcfcnos de ¡ce 'Jeuaries de Ser.'icioe Fi.'cer.cci.T.;er.íe.<br />
Av. I.ieurser.tee Sur N'e. 7G2. 7c.P:.';e.- CÍL'dad.<br />
Nécie.'i?.! pv.rp. la
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Ui.\^'~XO~CtJCJCI CJU'^MD UC' • =>:3i>jo± I É j<br />
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Grupo Financiero v |<br />
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B Oe ABRIL DE 2001<br />
i • Grupo Financiero .<br />
I B3VÁ Bancomer<br />
I *M>Ma MWinMM Walt'* uiu. C.wn;i íüi S:::: yí:l-.?, »''i"" '•'"•'íi- •'« "»>' f<br />
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£L nCOnC-IlCTA<br />
6 DB ABRIL DE 2001<br />
Grupo Financiero<br />
BBvA> Bancónicr<br />
* .. • OOMmCATIMM<br />
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«. ixuMn«iHAM/-icaakBUAaáM-nwt« «i'|ftdCM)ftiKbmd«i^U •<br />
s«UM ü MÁattWtdcd l< «cMt N MÚ1 y* CO«*MM«I pvMáHwMtt a j ^ ^<br />
ar«li aolrililn d» tinta im»tttmt«n Irtii ni ismt tvt !• 4 jpxnM •• 1« «««ÍUIM. >«5fc^nultl t<br />
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£i. pi.NANC'lPRO<br />
8 DÉ ABHÍL ÜE 2001<br />
Grupo Financiero<br />
BBvA Bancomer<br />
COHWeCATOMA<br />
Moowtni M úmirO füjAMCaa ÜS'.'A tf.KWH*. lA S( CV„ Jut p«i acut/M itfl Cixtuiu í?<br />
bctaUd>i»JIS*Únua>tCÍkL0tACOaMSIU0tUStlUfV4u*M ni niwtciS^wiL'iJ «£:!£!<br />
r«isai * íüdtiaú, ublcitfaa i<br />
MÍ» Irn-Ilíjr. •'' !s; SiCC J !^ l?
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l-»x^-'j.o"c:iL*JC cjLt» J:? Ufz.* r*> 77X.>ox I I ±<br />
o Oe ÁoñiL üB 2001<br />
Grupo ^'^^^^'^•'^<br />
BEVÁ Bancomer<br />
vc'igniít»! «I BRUfO nM>^UM] «««A imCS^IlX.i:'. ">'' V.. «u« por •cutres mKV-»mi<br />
"^.•*!n':r;]:;;:«. «P—'- «• •-'•-'Í ,v:íí::r'l*r:::t.'::*«v..<br />
I<br />
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II<br />
09/17/02 04:04 GFB/DIRECC JURÍDICA CORPORñTIUft ^ 56822498 NO.10b 001<br />
fe?<br />
Jñimem-deiullo del 1002.<br />
« Ptom a<br />
ORUPO nNANáERO aÍDVA BANCOMER. S>. OC C.V.<br />
AVISp A (.OS ACCIONISTAS»<br />
La Asamblea General EKtraortiinarlá dé Accionistas de Grupo nnancicro BBVA<br />
Bancemer. SÁ de CV.rGFBBVAB!)Tcelebr3fieyde'laSeric"B7<br />
Por lo aritéríé''V de confbrmidail^lconU^aeuerdas-de la Asamblea citada, sé<br />
procederá afrarije de los titulosque representan fas acciones en circulación, por los<br />
titulas queJrt£prexntanl|s,ntffiv»Serte°'devia^ de los S días<br />
hábiles contados a partirde'a publicación del presenteAvisp en el Diario Oficial de<br />
la Rderdd¿nnrj^4o» pérfM a trav^dé la Ipi indeyai.<br />
lA. de CV/.(ipituaón para el Depósito de Valonn. ubicada en Paseo de la Reforma<br />
No. 255. Calcíma Cuauhténwtoesoo Mtrfco; O.P. • . . -.<br />
.•'.-'/•"-- •••.'.•••••••'Mí»
09/17/02<br />
HOJA No. 1<br />
06:14 GFB/DIRECC JURÍDICO CORPOROTIUR ^ 56822498<br />
I . --<br />
ÍNANCiESOBgíVi! ;ER. S.A. DE C.V.<br />
V.GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
"En la C\\¡úÉ^^^^éxíc67ü\Wi^^^<br />
FINAÑQ&1#-BByA-BANCQMERT-S.A.-DE-C-V.,-SifíndQ_lag 1.Q:QQ I<br />
horas del día 3. de octubre de 2001. se reunieron en el inmueble<br />
marcado con el número 1200 de AvÍ"nida Universidad, üoionía~xoco.<br />
~e:P-O-3339r0elegación-Benit®-Juár€Zr las-personas que-apacecen-en-la.<br />
.üiJI|_de__as^istencia que se agrega al expediente de la presente acta.<br />
¡i foliíando parte integrante dé, la misma, con el fin de' celebrar una<br />
JA^AMBLEA-GENERAlrEX-TFRAORDINARIA-DE-AGGIONISTAS-a-la-<br />
^ue-íüeron,debidamente convocados mediante publicaciones realizadas<br />
|! en los periódipos "El Economist^" y "El Financiero", en su edición del dia<br />
^^TTHeseptiemDre cie'IQÚV ^ ••<br />
Presidió fá asamblea el señor don GIís~Roülés~Miaja7'P"or~designación-<br />
-ofmfiime-de-lQS-aeeÍ0Ristas-píre$eRteSr-y-actuó-coma3ficretarJQ el señoL<br />
don José Fernando Pío Díaz Castañares, en su carácter de<br />
Prosecretario del Consejo de Administración de la'Sb'cíedad"<br />
,Kv/mlsmo. estuvo presente el señor don Jps^ Manuel Canal HernanBa<br />
lisano P"ropietario'iJe"la'Sociedad.—^^—-—<br />
Acto seguido, el Pn^rdénte~déSigrró escrutadores-a - Ios-señores -don-<br />
-Jesé-Afttím--Sedasa/alenct9_y-Jon_Migufil..AngeLRiy^ Al<br />
respecto, la asamblea por unanimidad de votos resolvió aprobar la<br />
citada^ designación dé escrutadores; quienes aceptaron su<br />
—nombramient©-y-pF0eediePOfv^-preparaiLla-iista.de.asistencia^:í¿.ejificaron<br />
Jos pases de ingreso a la asamblea y lo^ poderes ^xtVibidos por los<br />
representantes de los accionistas, otorgados de acuerao a TüS"<br />
^fTíijra?tos''nerabíorados-poHa-Sociedad.--eonforme-a los--requisitosestablecidos.<br />
ecu&Larllculo 22 de ia Ley para Regular las Agrupaciones<br />
Financieras.<br />
-Asto—continuo, los _escfutadores certificaron que estuvieron<br />
ronrp
I de las 9.224'6TJ.flz¿ acciuiiBa uo wv..— —;— - .<br />
I social-ordinario-pagad0-d0-GRUPO-I^INANClER(XBBVA_BANCQIVlER.<br />
S.A-D£C.:\LJo.qyerepresenta el 9SJ5^de dicho tota). ^<br />
m<br />
-CoR-base-enJa constancia de los escrutadores y habiéndose publicado<br />
la convocatoria respectiva, el Presidente declaró legalmente instaiáBa la<br />
asannblea, de~cdrrfofm¡darcorrió dispuesto-en- los- artíeulos-182-190 y—<br />
-demás-aplieables-deJaXévü3finfiral.dfi.Spciedades J^ercantilé<br />
artículo trigésimo y demás aplicables de los estatutos sociales.
09/17/02 04:07<br />
,_ --^^.'^. 04:07 GFB/DIRECC JURIDICP CORPORflTIUfi ^ 5682^498 ' ^''"''" "^'<br />
°'^-^^^ NO. 107 001<br />
f ~<br />
^H<br />
"üRDPO'FIRARCIERCrBBVABANCOMER/SrA.-DEC.V. - 7<br />
_ ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
3 DE OCTUBRE DE^i<br />
_HOJAJNlQj ,<br />
—Cr,-:^. _W\-GontinüaGióf^-el-Pfesident&-pidió-aLSec(:eta4'ioJÍajJ.ectuxa.-al-SÍguJeate—<br />
m<br />
ORDEN DEL DÍA:<br />
I. Discusión y. eri_su^ caso, aprobación para la conversión de<br />
GRUPO FiNAÑCÍERO BBVA BANCOMER, 3.A DE C V.. en~<br />
SüCtetiadrControladüra'^iliíIrtle^onforrrrrdad-con-ia-bey-p^ra-<br />
•-Regular,La5^gmpac.lbJig.sJEínan cí e ra s;<br />
fl. Discusión y, en su caso, aproBac¡oTl"~|Sar'a~la~§eparácíoTr'^B'<br />
— Crédi-to-gamlliatV-S.A-de C V—y-rie Seguros BBVrPrjjbixr-sa^ Ade<br />
C V., del Grupo Financiero;<br />
Jll,^—DiSGusiG»v-yr-en-sL»-casQr^aprobación-.de-la-esG¡sión-d&-^e9u«>s-<br />
BancofTíér, S.A. de C.V., para constituir una sociedad<br />
especializada en el ramo de salud e incorporación' de ésta al<br />
Grtípe-F4nanoier&i — —<br />
IV. Discusión y, ^n su caso, aprobación para constituir una<br />
-soeiedad—operadora—de—sociedades—de—inversión——eincorporación<br />
de ésta al Grupo Financiero:<br />
-VT~Reform^ntegral-de-'lDS-estatutos~^Süüíale5rriJ5ra~refléjár'ior<br />
_.__3CU^rd¿!i_gue.,se_ionLeji_eoJpj^<br />
adecuadlos a las reformas a la Ley del Mercado de Valores y a<br />
la~teyparff"Rggüranas~Agrupaciones Pinancjeras, publicadas<br />
j^-fiLDjarío OficIal-ile-la-Federacíóri:^I^U-y-4-de-juñi&-^e-30(<br />
*>Ae.nar>f|fv/Ampnte:
m<br />
yy-' —^—M
— - - — ^£Z GfB/DlRECC JURIDICñ CORPORftTIUft 4 56822498<br />
lNAhíCÍéRaSBVA-8AKIGq!Mef?rS:Ar0e'e:V7<br />
ASAMBLEA QENERAL EXTRAORDIKIARIA DE ACCIONJSTAS<br />
3 DE OCTUBSg-DErSpoi ^ —<br />
. HOJA No. 3 '- ! '<br />
_ _ 1—1_ i—1~^ .. — —<br />
PUNTO^ PpiMERO.' Discusión y. en su caso, aprobación para la<br />
i--eenvérsió{f-de-:eiRüP&-PlhfAl^CigRO--BB^V^^<br />
C.V.: en Sociedad Controládor^ PHiat, rip ronformidad-con-ia-L^ypara<br />
Reouiar las AgrupacJc^iés Financieras. '_<br />
—^^esabogo-del-puDío-primero-del-OFdeñ-del-Díarel-Presidefíte-explieóaios<br />
asistentes que Banco Bilbao Vizcaya Argentaría. S.A., a través de<br />
SU filial constituida en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.<br />
-denominada—BBVA—International—Investment—Gorporationi—principalaccionista,<br />
de la Sociedad, había hecho del conocimiento del Consejo de<br />
Administración de la Sociedad, en su sesión de fecha 12 de septiembre<br />
-del-añQ-en-cursor-suHntend6n"de-atjnTentar^u"particip"ación~ernBl~cap1tBl~<br />
de la Sociedad, a por lo merjos el 51% de dicho capital, pudieodo-,<br />
incrementar su tenencia accionaria, de manera paulatina, hasta alcanzar<br />
-Bi-65%-de"dTcharcapitat:~~~ "^ —-^^<br />
Corttinuando con el uso de la palabra, el Presidente explicó a los<br />
¿sistemes que como resuífacíoUe la operación antes mencionada, la<br />
iedad-tendcía-que—adoptap-el-régimen-de-Seeiedad—Goñír-eíadQFalial,<br />
en términos del Capítulo II del Título Tercero de la Ley para<br />
Regular" las Agrupaciones Financieras, siendo necesario reformar<br />
-diveesos-artíGules-de-les-restatütes-soeialesrasi-eoffio-medificar-la-senede<br />
acciones que actualmente integra el capital social, para adecuarlos al<br />
citado ordenamiento legal, modificaciones éstas que tendrían que ser<br />
-SQmetidas-pafa-su-apfobaeiórra^as-autoridades-compete^tes:—<br />
Habiendo considerado las anteriores propuestas, los accionistas<br />
"presentesrproceTJfüran*"a~iBmltlrsTi'voto~cbmó"l;igDér~(i)" 8:35"T'37533r<br />
XQtQSL4a^U2Dfi&)_a_iavDr;4ii)-cerD-a¿otos-{acciones)- en--contr.a-^^<br />
500^373^046 votos (acciones) se abstuvieron.<br />
—-Tomando—en--consideración-
R gSOLU C ÍOHB S:<br />
i ^PRIMERA-.-^Se--apFüefea--llevaf—a—eabe—la-eoñveP3Íófv-de—Gr-upe-<br />
I Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., en Sociedad Controladora<br />
Filial, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley para Regular las<br />
j ^Afjrupaciones—Ptnanciefas, »trjeto~a-qu©r'-(i)--Rarrno-BilbHO-Vrzcaya—<br />
f'^!¿lLléi:iá^_S-^^_n__t^a^^s clp_sLLJilial SBY^Ifltemationa), Inyesírnení _.,<br />
Corporation, incremente'isu participación accionana en la Socieocia a poi<br />
j roTneiTD5~el~51;%~de"hs^pimrstR:lgir7TTiirse'übté7ipn<br />
raape£íivas.de.las.au.tQridades-CQmpeíeDte.s .L. —.-.- _<br />
10<br />
W
09/17x02 04:07<br />
^26<br />
JFB/DIRECC JURIDICñ CORPORñTIUñ 4 56822498<br />
-GRUeCLFJUAl!áCieRCLBBVA^ANCQMER.-&JV-D.EX.Y.<br />
ASAMOI-fcA OCMCOAL. CJÍTRAORruMARIA DE ACCIONISTAS<br />
— 3-O£-OCHJBRe-OE-20M<br />
HOJA No. 4<br />
-USEGmsIDA^-Se-faculía-expresamente-al-Consejo-de-Adrrvinistracien-aela<br />
Sociedad para realizar todas las gestiones que sean necesarias o<br />
convenientes para que la resolución inmediata antenor surta todos sus •<br />
efeGto&T^— : ——^ —•<br />
PUWTO~SEGUWDCÍÍ;~Disgüsí'oñT."éñ"sircasb. aprobación para la"<br />
.separación de Créc(,Uo_£amiiiat:^S.A^e--CrVn-v-MJe-^equPOS-BBV~-<br />
Probursa. S.A. de C.V.. del Grupo Financiero. ' •<br />
-Ea_,desaüogo-deUp(into-6e9üñd0-éei-©Fden-def-Br^r-d--Presiderrter<br />
explicó a los asistentes que derivado del proceso de reestructuración<br />
corporativa y reordenamiento de las empresas en las que la sociedad<br />
-participa-60mo-aceienisía-el-Gonspjarden^dminÍ5traciDTi',~despLrgs~ae~'<br />
naber real]¿:a
%<br />
Operaciones anteriormente mencionadas, el Presidente ,¡inpii^ A Jn4<br />
asistentes, separar del propio Grupo Financiero a fas empresais/Crédito<br />
-Fammarr-SrA. de C:V:7-SDCigdad Rnándera de Übjeto ümífaclQ, Orú'po<br />
Financiero Banc_C)mgiLX^5ü¿o.s_BaV-Prohursa, S.A. de CMT, Grupo-<br />
J^inanaero BBV-Probursa. siendo necesario además reformar ef artículo<br />
seyondo-de fos éS^Stutos sociales, mismo que enumeria las entidades<br />
financierpis pjUas-que-pailiapa4a-&Q6>edaéi-pafa~efeg|ffs-de-eiTn-tírr^r-tereferencia<br />
que en dicho articulo se hace de las mencionadas empresas.
1^<br />
i;<br />
'i<br />
L.<br />
L<br />
-m-<br />
» -<br />
^ ^ - - - ^•~-~ .^ffrfl^ECC^^JJJgjDlCR CORPORPTiufl /56822498'<br />
•<br />
. • . * - * • • • • . , ,<br />
GRUPO FINANCIERO«8VA BANCOMER. S.A. DE C.V. • '<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
3 DE OCTUBRE DE 2001<br />
HOJA No. 5 1 • '<br />
Flnatment^/el Presidenta explicó a los asistentes oue. en caso de ser \<br />
aprobadas por esta asarnblea las propuestas anteriores, e^tas quedarán<br />
sujetas a • la" oBTelicrórr~^B~^ir~^Tm}ríralílüffeT~TeTp"H^^ y a!<br />
-gjmpücoieoícMJ&Jos rgrifi.iisitas-establecidQS...en-Ios-art(r.ulns-J.1 y 17 dfi<br />
la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.<br />
-H-abiende—eensider-ade-—las—afvteFieFss—prepuestas,—los—acciooistaspresentes<br />
procedieron a emitir su voto como sigue: (i) 8.086'490.648<br />
votos (acciones) a favor; (ii) 254'374.748 votos (acciones) en contra y;<br />
iiiTVSI^^d&gTgST-votos-faccioñe^-se-afestaviepeñr<br />
Tomando en consideración que los accionistas que representan el<br />
~87^g6%~dr~lgr'^ciDrTes COT-TfeTectTir-de-voto-qtje-fntegfafr-el--eapitelsnriai<br />
pagarin rip la Sociedad, votaron a favor de las propuestas<br />
anteriores, por mayoría de votos se adoptó la siguiente<br />
R E S O L U C ION:<br />
'TERüE'R'A7^Sujgto-a-i^obt&n€i6fí-tte-tes-^t)tepi€e&iefíe&-^e^ecti\fas dp<br />
la;^ autoridades competentes, se aprueba separar del Grupo Financiero<br />
BBVA Bancomer. S.A. de C.V., a las empresas Crédito Familiar. S'.A. de<br />
C.V.. Sociedad Flrrancigra úa Objeto-ümitadQ-, Cfttpe—Fi^afí&iepo-<br />
Banóomer. y a Seguros BBV-Probursa. S.A. de C.V.. Grupo Financiero<br />
BBV-Probursa."<br />
PUNTO TERCERO.- Discusión v. en su caso, aprobación jle_|a_<br />
escisión de Seguros Bancomer. S.A. de C.V.. para constituir uní"<br />
"socTedaÜ'eSpeglatizada «n elT3mtrde-9aíiJ^-e-iñe^r^Qr^ci6n-de-ésía-<br />
-^l-Gcupo-BDaficieto^ ]<br />
En desahogo dei pürT!óTefc^o"detT^nJeTt-TlehDi-ard-f¥estdef^-expteé-<br />
i'Ni? _a gisientes-Que,-de.-CQn.fQrmidad con el Decreto pu^cjd£_en el<br />
-_ j_ -tnnn _-»J:^..»*^ «I<br />
NO. 107 (P04<br />
~-<br />
T<br />
—t ;<br />
! i
#<br />
m<br />
Wh<br />
Diario Oficial de la heaerauun c I V t w w w<br />
cual se reformó la Ley Geñeral~ae~fnstTrGGtories-T~^^etiades-<br />
1oimQalTStas-de-&egurodrel-Fam©-de-salüd--sók).deber.á-pcacticarsfi_pai_instituciones<br />
de sé'quros autorizadas exclusivamente para ese efecto y a<br />
las cuales se les podrá autorizar a practicar, de manera opcional, el'<br />
ramo ae gastos rTiéüicus» iiiciyüre&r '-<br />
Continuando conjjel uso de la palabra, el Presidente explicó que las<br />
Tsigui^doris~plJ§aefr^la^^<br />
f^H«^vq-
09/17/02 • 04:15 GFB/DIRECC JüRIDICP CORPORñTIUfi ^ 56822498 ' NO.108<br />
228<br />
GRUPO FINANCIERO 8BVA BANCOMER. S.A. DE C.V.<br />
"A5AMBre2r5HNtRACiirn«ümiiNARrí"oiizíccio^<br />
3 DE OCTUBRE OE 2001<br />
HOJA No. 6<br />
Acto seguido, el Presidente informó a los accionistas presentes que el<br />
Consejo de Administración de la Sociedad, aprobó la escisión de<br />
-SegufüS Bdricufrier;—SrA^iie C.V.. Qrapo^Pinanctgrcr—BHn-comerr<br />
subsistiendo la escindente. para qUe la sociedad escindida oüfe_¿e_<br />
\^' constituya sea una institución de seguros especializada eri el ramo de<br />
sálua con'lá posi5irrda9 de op'érar lamBién en er ramo "Se"gastos"<br />
médicos-mayofes, '•<br />
Uerivado de lo anterior, el Presidente propuso a los asistentes que? una<br />
-vez—ebíenidas—las—auíerizaeiones—respeetivas—-de—tes—autór-ídadescompetentes.<br />
Seguros Bancomer, S.A. de' C.V., Grupo Financiero<br />
Dancomer, oc escinda, oubcictiondo la oecindont©, de conformirlar) rnn<br />
-lo-arrt«s-señaladory~-posteriormente*la-sociedad-de-naeva~creadárrqDeresulte<br />
de \a escisión, se incüipore al Grupo Financiero. siendo<br />
necesario además reformar el artículo segundo de los estatutos<br />
-sDcfaies. rni5fna^ü^-5numera~ia5-gntid5düs~ftTTBncieras én las que<br />
. participa la, ,sncjedad parf? Rfp.rtos dñ incluir a . la C.\\^C\A .c;nr-ifidad<br />
escindida en dicho artículo.<br />
Igj—EíDalmeaíe,-eLEresid&qte-explicó a los-asis4@ntes-qu9T-@fí-caso de sef^<br />
aprobadas por esta asamblea las propuestas anteriores, estas quedarán<br />
süjefas a la obtención"~de fas autorizaciones respectivas y at<br />
cumpIiq:wepío-4©_|0S-pequisites-estableeides--enH©s^rtíetH©5H-Q-yH-?-dela<br />
Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.<br />
-Habiefide—considerado—tes—anteriores—propuestas^—los—^acciürrisTas~<br />
proccntcG procedieron a emitir cu voto como eigue: (it 8.iia£!á^0^6Aa_<br />
votos (acciones) a favor, (ii) 254'374.748 votos (acciones) en contra y;<br />
•fit)^lDi§6f:9a7-vDtD3-(cRxiorTE5-)TB"abstD7^ —<br />
Tomando en consideración que los accionistas que representan el<br />
787-:Ü6% de lag" acciones con dprprhn ñ'p'\jn\n r^np infpgran f=>\ rápita!<br />
Js.ocial pagado de-ia---SoeÍ€dadr-vQtafQR--a-fe¥ep-ée—¿^-preptje&t^t^<br />
'anteriores, por mayoría de votos se adoptaron las siguientes<br />
X -+•<br />
^É S Q L U C i-Q-M-E-S; 4^ ^-í-—<br />
P01
A...<br />
^•COARTA.- ííujeto a (a obtención de (as autorizaciones respeclivíig de;;<br />
las^üloüdádes-eo
09/17/02 86:14 GFB/DIRECC JURIDICft CORPORflTIUñ •> 56822498<br />
•i.<br />
GRUPO FINANCIERO.BBVA BANCOMER. S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTflAORDlNARlA DE ACCIONISTAS<br />
3 OE OCTUBRE DE 2001<br />
HOJA No. rí »<br />
r<br />
I<br />
-T^tHhff;A^ui4.tó-a-la1egcil cürrstiTOütün-d'g-"FrsveritTsrS~A. de C.V." y a~<br />
—la obtención tf&lías autQri7af:ionp.R rp.«>pprtivas HP la"^ ^iiforirlan
W<br />
m<br />
—-üabieodo—caos id erada--l^á_3nledüces-_propLLesias^ ..Jos aEciüDlslasL.<br />
presentes procedieron a emitir su voto como sigue: (i) 8.086'490.64.8<br />
votos facciones) a favor: (ú) 2S4'37^?"8 votos (acciones) en contra y;<br />
—(iiiV&4-Q^ge^TQS-7-voto&-^ae6ÍQBe&V«6-ab6tyvieP0Fh • •_—<br />
Tomando en consideración que los accionistas que representan e(<br />
-8T^6%--de-l as-aedefíes-eef>-d&r&ehe-de-^eto-Qüe-í ñteeífa ñ • ef-eag>teí-<br />
•SQClaLjjaqado de la Sociedad, votaron a favor de las propuestas<br />
anteriores, por mayoría de votos se adoptaron las siguientes
•-•j :l.\ i^J.Uiit';-:<br />
;! 09/17/02 06:14 GFB/DIRECC JURÍDICA CORPORftTIUfi ^ 56822498 NO. 117 OO:<br />
^3í?<br />
-GRÜf»&FINANG»eR«-8BV^^ANeOMERrS:7rDrc;V,~<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA OE ACCIONISTAS<br />
-3-De-OCTÜBRE DE 2001" ' -^—-<br />
HOJA No. 8<br />
ITE S"Ü^L~irc i O N ES;<br />
"SEXTA.- Sujeto a la obtención de las autorizaciones re3.pe.ctiv.as_de.la5<br />
|;:|| aLHoridadés competentes, se aprueba constituir una sociedad que habrá<br />
•€le--éenomfnarse—^BBVA -Bancomer - Gestión~Sl¡^7~tJe~C. v:"7~ corno<br />
_sociedadjj£erado£a_de^spc^^<br />
-^EPTIMA:= Sojeto-alalegalTóñstilücioTraé "BBVA"Bañc5mer1^^<br />
S.A. de C.V." y a la obtencí6FLde_las_autoi:Í7-acinPiBs-pftspf?6fív/^R-rifi-ia.qautoridades<br />
competentes, se aprueba incorporarla al Grupo Financiero<br />
"PUNTO QUINTO.- Reforma integral de los estatutos sociales.<br />
-pafa-reftejar Ios-acuerdos Qtrerseiorflen en los puntos anteriores v<br />
para adecuarlos a las reformAS-aJa-Lev-del-M&Fcado-de-Valor^s-v-a-<br />
^ I — . , - _ , . — - I . . . . . - •¿- — - ' • ;—= - — ^ , _ - •<br />
la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, publicadas en el<br />
Diario—Ofiüfar~ae~lá~Fedéi'actón el T v 4 de junio de 2001.<br />
resoectiyamentg ,— . _<br />
•En el~aesah'ogo del punto quinto del Orden del Día, el Presidente<br />
4im.ced¿d-a_expiic3r-^a-Jos-as(€teñtes-^e-como-consecaürn:ia~cis-|os'<br />
acuerdos tomados en él punto primero del Orden del Día.aunadxa-aJasrecientes<br />
modificaciones a la Ley del Mercado de Valores y a la Ley<br />
pa«_He9yiar-4as-A§Ftípaeiones^inanciera?r'PuBíícaíJ3S en" el Uiano<br />
Oficial de la Federación el 1° y 4 dejunjo^p ?nni rp.qpetitivjamftnt
' \<br />
m<br />
las .^^ '-i'"wa¿,.iMuuinu
í>í al<br />
ifflS^.<br />
09/17/02 04:19 6FB/DIRECC JURÍDICA CORPORflTIUP ^ 56822498<br />
>»i'<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER. S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GERtRALE)(n"RAORDINARlA DE ACCIONISTAS<br />
..3-DEXtCTljBRElÍP?nQ1 i. ' ' .:<br />
HOJANQ1.9...,J *<br />
'- I<br />
: < . •<br />
om'anitó.^ení.consideración que ios accrpnlstas qué represenfaTr~er<br />
SX^63Cíde4ás¿aa:ÍQQes-con derBcbo^aiJytoto.!.que:^teQran el nanita!<br />
Social pagado de la Sociedad, votaron a favor de las propuestas<br />
anteriores, por mayoría de votos se adoptaron las slguienfés<br />
RES O L U CION E S:<br />
""'O'CTSVA.-"^ujeló^a que se cunñplan las condlclooB'S'HStartjrecidas-erria"<br />
-fftRoUir.ifSñ—primera-aQífirin[:,_-se--apmgba^reformar íntegramente los<br />
estatutos sociales de Grupo Financiero BBVA Bañcomer, S.A. de C.V.,<br />
para que los mismos queden redactados en la torma que "a continuación"<br />
—se-expresa^<br />
ES T A T U T'O S S 0"C l'A L É"§'<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER. S.A. OE C.V<br />
CAPITULO 1<br />
II DENOMINACIÓN. PARTICIPACIÓN ACCIONARIA.<br />
~ ' DOWlfclt:r07OBJET0rBURAeieN-¥-NAei0NALHDA0<br />
"ARTICULO pRMEROTT3HNDy¡^11WClá7iJrXaTíenomrffacl6n-qgna^<br />
es "GRUPO FIN^ANCIERO BBVA BANCOMER". seguida de las palabras<br />
"SOCiEDÁD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", o de su abTevíálUra^'S.'A.'<br />
-OB-CMJ:—-—'. _-<br />
-L-a-seáedad-esHJfla-s0Giedad-contcoladora_filialr-fioJos-lérrniDi3S.deLÍIgBJlUlQJL<br />
del Titulo Tercero de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras y de las<br />
-Rüg1as-TaT3-^el-éstatlecirnienlo-íle-Filiales~de-lPstiltí6lones-EJoaodefas-i3eL<br />
Exterior. Todos tos términos definidos por dichos ordenamientos tendrán en<br />
estos es'tátülos errñTsmO slgniflcsíJiy:^<br />
•'ARTiriti Q Si=GCIÑDQT"Pl^TfaPATnDN~in:C10NfffRíA7-n:g---sDcied<br />
participa en el c^ital social de las entidades financieras siguientes:<br />
..-^-.—B8VA--Bar5comec.-5.A..-lnstilución de_Banca,MúliÍBle,..G_ry£0 Fin^n^^<br />
BBVA Banfcomer.<br />
2..- BBVA Bañcomer Servicios. S.A.. Institución de Banca Múltipla. Grupo<br />
Rña'nclerorBBVA-Bancomer<br />
NO.109 ODl<br />
^<br />
-it.
m<br />
T—C^sTdrgSiii-BB>7?rBiñ
69/17/02 84:19 GFB/DIRECC JURIDICft CORPORflTIUfl 4 56822498<br />
232<br />
._J_<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER. S.A. OC C.V.<br />
-ASAMBLEA SENERAb-EX-TRAOROlNARIA DB-AGGIONISTAS<br />
3 OE OCTUBRE OE 2001<br />
-MOJA No. 10 —^<br />
"ARTÍCULO TERCERO.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad es la dudad<br />
. de JVléxifiQ. J)islrilft_EeiaeraL pudJeodo_AometersejaJlQmiQ^<br />
sin que se enlienda cambiado por ello su domicilio social. La sociedad podrá<br />
-establecer-oficinas en. cualquier..olro-lugar-da-Ja-República_MexicaDa_o-dei-<br />
extranjero."<br />
"•ARTlCULacUARTOr—ÓBJETOrtza sociedadlendráporobjetor<br />
"Adquirir y áBñiíñlSfrar 'acciones conT'dérecho a voto que representen por lo<br />
menos el cincuetjita y uno por ciento del capital pagado de cada uno de los<br />
integrantes del ©rupo Financiero, así como de aquellas sociedades que<br />
.._pcesle.n_servicioá.complemeiitarjQsj3..auxiliar.es_de.maoe£a_pr£ponderaate..<br />
a la propia sociedad o a los demás integrantes del Grupo Financiero, y de<br />
otras sociedades-que-at-efecto-autonce-ia-Sesfetarla-de—Macienda-y<br />
Crédito Público.<br />
2.- Adquirir valores y emitir y girar toda clase de títulos ds crédito, aceptarlos,<br />
•3val3fl55~0"'5nddBárI557^?m^re~ycD"lñao"'sea pafa'CU'^P'i'' con Fü'oDjeio<br />
social. Lo anterior, de conformidad con la Ley para Regular las<br />
'Agrupaciones Riancieras y las reglas que, de conformidad con dicha Ley<br />
expida la Secretaria de Hacienda y Crédito Público. •<br />
3.- Operar sus propjas acciones en el Mercado^dé-ValofRs, .lujeiándose-aJa-.<br />
señalado en la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, las Reglas<br />
— Gepecales-para.ila-ConstiJución.yJ^RcienamientcK-de-Grüpes-P^nancieres:—<br />
la Ley del fvIercaSo de Valores y demás disposiciones aplicables.<br />
Adquirir en propfedad o en arrendamiento toda clase de bienes muebles o<br />
-jnmueblesrasí dDrrro-derechos'rBglffS'SDbrB'igilos<br />
convenientes pata la realización de su objeto social.<br />
5.- Proporcionar sep/icios de asesoría, consultoria y asistencia técnica en<br />
materia contableí, mercantil, financiera, fiscal, jurídica o administrativa a las<br />
sociedades enj.*jiue_pailícJ(ia_c.0íD.
3^C«ru) r-n^'^y.<br />
•con dicha Ley, emita lá Secretaría de Hacienda y Crédito Público, as¡ coivo &ni3)<br />
•Ley-del-Mercado-dg^Vatctres;—ilíT^^'fQcrUfrrtrSrñ'ites O'gestiones sotare'i¿s---'<br />
operaciones de las entidades financieras que. controle: |V--. Propordángr ?•<br />
~infC)rmaclón~soDre sus operaciones'^o sobre las de otros integrantas del Grupo '<br />
Financiero, excepto a las autoridades facultadas para ello conforme .<br />
"aTsposicionei" leg9les,~siendo extensiva esta prohibición a sus consejeros,<br />
comisarios, funcionarios, empleados yj£D_genexaLa-qui&nfi¿^cQn su fimia pugdancomprometer<br />
a la prjíipia sociedad y; V.- Las demás prohibiciones previstas<br />
-¿flofomie- 3 lai farp.ispntes—esíaíutos—sociales—e-'a-^rey-^pay^egula^-te^-<br />
Agrupaciones Financieras." '•!<br />
^B ^má<br />
m<br />
8
09/17/02 • 04:19 GFB/DIRECC JURÍDICO CORPORfiTIUñ^ 56622498<br />
^1^<br />
-GaUEiO-^lblANCieftQ:teBVA¿BANC0MeRr-S.A^6-C;^A<br />
ASAMBLEA GENERAL EXláAOROINARIADE ACCIONISTAS<br />
-i-QErQGTUBgiB0e^(i6\'—^ —<br />
HOJANo. 1V^ • f ,<br />
,ty.:<br />
. , ._ :-.»r:<br />
•"AR.TjqÜLO QuijJTO.T DURACIÓN. La duración de la sociedad será<br />
inüe'tinrdaf 71—rr<br />
it^i<br />
•ABTtCULO SEXT07-!NAClQNALIBABt-La Sociedad es mexicana. Los socios<br />
-feflr'gfí^éJ^?%ajtüf|g^g'fatMfos^se-^bligaa-forroalpaente-coF^<br />
Relaciones Exteriores aTcoKIÍdei'a^sV^SSrñó'nacíóíiares respecto de las acciones<br />
-deHa^bd6diad-^tie-iad
w<br />
w<br />
-Sb-pañe-variabl¿restaré-r-epf6seniadoporacciones-da-)a-Clas6''tl-V-<br />
""?:=~-1:as~acciones dfe-la-serte-"P-solam¿hie podrán-ser-adquiridasrdif©ete-Qindirectamente.<br />
ipor una Institución Financiera del Exterior, salvo cuando la<br />
Trañsmisíón~de'acciones sea. en garantla~íníropieOad al Instituto pura la<br />
• -PfQÍeccióp al Ahorro Baneárlo. en cuyo caso, ño se requerirá autorización^<br />
"dé la Secretarte de Hacienda y'Crédilo Pü6lico"ñi modificación de" los<br />
--.presentes.fistaáitossfiCiales. _.. ... .<br />
-^:--—La-Instituclón-Knaaciera del Sxterior-prapietarla Jie:Jasjcaenes.5erig_!.'FJl.._<br />
no quedará sc^eta a tos limites establecidos en el articulo 20 de la Ley<br />
para-Regular ¿s-Agrupaciones -Finaneieras.- respecto-de su Jenencia de—<br />
acciones serie "B^
I 09/17/02 04:19 GFB/DIRECC JURIDICft CORPORHTIUR 4 56822498 Nü.,09 ^^^<br />
234<br />
-GRUP-O.ElNANCí£R0.BavA3ANC0MER. S A-DÉJC.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA OE ACCIONISTAS<br />
-a-Oe OCTUBRE-DE 2001—- —— —<br />
HOJA No. 12<br />
Las acciones de la serie "F" únicamente podrán ser enajenadas previa<br />
. au.tatizad.óiLíteJa-SficretacfaáeJla.ciendaj'Xléditc^ ;<br />
/ 5.* Salvo el casó en que el adquirente sea una inslliución Financiera del<br />
Exterfor-o--tflia—Sodedad—€ontfol9dor3—Filial—para—llevar—a-eabe—taenajenación<br />
H<br />
m<br />
Agniparion^t; unanoprpiR i nv >.I....-..,^VL^.».^respectivas<br />
contra el pago total de sú valor nomina) y do las prirnas rjue,<br />
• en.^y-«3fi0f*je4a-5©6iedaé;—— — -^—'—-——-<br />
13.. En ningún momento podrán participar en forma alguna gn^el cajsrial de la<br />
~gSfcie^áa."^^fer5onafe • wgrates fevirahjéras qua aietran niribiftrigs' ae<br />
autoridad, tampoco podrán l^ácerlo entidades finanderas del pais, induso<br />
las que fojmán parte de la propia sociedad, salvo cuando actúen como<br />
inversionisfes institucionales en los términos dei adígjio 19 de la Ley para<br />
Regular tas Agrupaciones Financieras. "•*,
09/17/02 04:24 GFB/DIRECC JURÍDICO CORPORRTIUR ^ 56822498 NO.110 P01<br />
,»•'...., ^3.<br />
GRUPO FINANCIERO BBV>A BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
-ASAMBkeArGeNERAt^X^AORDINARlAO&ACClONISTAS-<br />
3 OE OCTUBRE OE 2001 •<br />
"HOJA-NtHa —^-<br />
i<br />
"ijJllipüLÓ } NOVE0O.. TÍTULOS DE ACCIONES-. Ü3r~cerflKcáaor<br />
—^ p(aa}sipnaie&iLJo& títulos definitivos de las acciones podrán amparar una o más<br />
'acdonear seráiil fírm^dos por cualesquiera dos miembros del Consejo de<br />
-^—Admínistfa6ióiV6uyasirifmas-podcán.serJpnpfesas-eaiacsímiLfin-ÍDS.téri]<br />
'pfl lo dispuesto en la fradbión VIH del artículo 125 de la Ley General de Sociedades<br />
-\i,¡¿# ~—WercaTrtTtesr-&e-confbrmidad-eon-lo-di5pt)esto-psF-el-artlcul©--T4-€l8-la-L6y-del-<br />
Mercado de Valores, la sociedad podrá emitir un tíiulo único por cada serie de<br />
acciones que cumpla con fos reqmsKtySDue se señatarren el-arMcoto-citado:<br />
^tíi&4-.í<br />
nichos certificados provisionales o títulos definitivos deberán satisfacer todos los<br />
demás requisitos establecidos por el articulo 125 de la Ley G^eril de<br />
-Sociedades—Mer-caníiles;—podrán llevar adheridos cupones nominativos<br />
numerados para el lago de dividendos y el ejercicio de otros derechos, y<br />
•contendrán-en-fofma^stef»slbl6-ia-estipulaci6Q-a-que-.se-cefiereoJQs_arlisy¿íiíL<br />
sexto, séptimo y octavo de estos estatutos."<br />
"ARTICULO 0ECWto.-~0EPOS1TO-"r-REGlSTRe-SE-AeeieNgS.—1-esacciones<br />
emitidas par la Sociedad, en todotiempo deberán mantenerse en<br />
depósito en alguna dl^las instiTuciones para el deposito de valores re9iJtBda5~en"'<br />
• la-L&yL-riel-Mercado da Valores, la que en ningún momento se encontrará<br />
obligada a enlregarlaá a sus titulares.<br />
"Para lefectoy-de-tes^artieulos-l 28-Y-«9-de-la-Ley-6eQerai -de_SacÍ£dades_<br />
Mercantiles, la Socí^ad contara con un registro de acciones que podrá ser<br />
nievaaoií£5riaiffoplajSociEilad-trportina-institueión-pafa-el^<br />
que actúe como agerate registrador por cuenta y a nombre de la Sociedad, en la<br />
que se inscríBIran *todas íaS ope(Tcíones~de—suscripdónr-adqüisición—&-<br />
,ífansmisión de que asan objeto las acciones representativas del capital social.<br />
con expresión delsu^criptor o titular antenor y del cesióñario'o'áaiiicjlrente:<br />
L-a-Seeledad-^e-absténdrá-de-ioscfiblcjaD-fil-re.qisirg-de. acciones a que se refiere<br />
el párrafo anterior. h& transmisiones que se efectúen en contravención a lo<br />
—aispuestty-eaios-articulesH 8H8-81s-l .-3 9-y-20-de-la-i_ey_pata.Rfigulat_las.<br />
Agrupaciones Financieras. En estos casos la sociedad deberá rechazar la<br />
inscripción e intofinaf'SSbTe'latransmlsión-a-la-Seeretaria-de-HacleRda-yXrédiio-<br />
Público. dentro de les cinco días hábiles siguientes al que conozca de dicha<br />
transmisión." ^<br />
CAPlTULíTfir<br />
AlJfftgNTOS Y DISMINUCIONES DE CAPITAl.<br />
H-
m<br />
m<br />
""A'gTTCDi:O'"0FCtWlQ-PRIMeRe:^AÜM£|VffQS-DE-CABa:AU.SQCIAL:—Q.<br />
capital social podrá'ser aumentado, conforme a las reglas contenidas en este<br />
artículo. • íl' ' " ' •<br />
Los aumentos del íapital so"cial mínimo fijo sin derecRlT'a" retira7"cletjerán-ser<br />
-aprobados. DorJa-AJamblea General Extraordinaria de Accionistas, para lo cual<br />
será necesario refofinar los estatutos sociales que correspondan. Éráctá~qOH^e"<br />
-|evante-esF^-mQt)jrfdLde-4a-celebradárL-¿e. la,referida..asamblea, deberá ser^<br />
protocolizada anta notario público, misma que deberá ser aproba'da"<br />
'igypre«;amRntK-poHJÍ-SfeeretaFÍa-de-Hacieoda-v--CréditQ.eíibJicQ^-Se inscribirá en<br />
el Regisíro Público de Comercio correspondiente al domicilio social,
09/17/02 06:14 GFB/DIRECC JURÍDICO CORPORflTIUft ^ 56822498 NO'. 11'<br />
236<br />
_£SRUeD-£lNAHCJER0-aBVA_BANC0MEIVS.A;-DE-G7V:<br />
ASAMBLEA GENERAL ^TRAOROINARIA DE ACCIONISTAS<br />
1 DE OCTU8Re-OE 30&1^— ^<br />
HOJA No. 14<br />
~Tr3(ancíosé'3e^'fTién(os cíel capital sbciat^n su parte variable, éstos podrán ser<br />
aprobados por la Asamblea General Ofdinjria_de.A(;gionista3Lyj5.iCLQacBsidad-derefórmar<br />
estatutos Sociales. El acta que sé levante con motivo de la celebración<br />
de (a referida asamfelea no requarirá de la^pmbaci6Q-pomarte-de4a-Se6r-etari'ade<br />
Hacienda y Crédito Público, sir» embargo, deberá protocolizarse ante npiario<br />
juibllca-EjxjQdosJes-auroefltos-de-Gapital-seeial-en-^ií-parté-variablerTÍebBrá^<br />
í^^ observarse lo señalado en el articulo séptimo de estos estatutos sociales.<br />
No podré decretarse aumento alguno antes de que estén Integramente pagadas<br />
— ilas-eceíones-emitidás t:Drr3TitEfi5ri3á37~Anomarse los acuerdos respectivos, la<br />
..•^^ o«.w,w
capital social podrá ser disrrfinuído conforn^e a las reglas contenidas ,0n.este<br />
..arUcula • • '• —— " ~ ' ' "!' " "<br />
•4a&-dtemfnodorws^eh3pital sodat rniríiwó tijü áin derecho a retiro, deberán ser'<br />
aprobados por la /^ambíea General Extraordinaria de Accionistas, paralo cual<br />
-sera necesario ref^llrnar ios estatutos sociales que correspondan, cumpliendo.<br />
en su casq. con lo previsto por la Ley para Regular las AQruDacionPs Financipj-aa<br />
y ei articulo 9' de b Ley General de Sociedades Mercantiles. El acta que se<br />
levante con motl\^p de la„celet?ración rin la rpfftr.ida-^a«^biear-^&beFé-sep<br />
protOCOlíiada ante notario público, misma que deberá' ser aprobada<br />
gyprf»«:ampntfl pnr fa-SecretádajJftJ=>adftada-y-CrMitf>;-y-^
09/17/02 04:24 GFB/DíRECC JURIDICfí CORPORPTIUfl ^ 56822498<br />
m^^i^K^m^m^^mmmmma<br />
; * : • « • . . -fs.<br />
GRUPO FINANCIERO B8VA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
-ASAMBLEA-^éNEfVTL-efí^AeRBINAR^A-OE-AeeiONISTAS-<br />
3 OE OCTUBRE DE 2001
Vío<br />
operaaonéTl}uS~^e~híyan~efeirtaadcrTíarante^o»-30"dias~en-que-5«--oayci.¡^<br />
cotizado las acciones de la sociedad, previos a la fecha en que el retiro deba<br />
surlir sus~efeclos;*y (i) ei valor con»áBfelíS~laS'3cctenes7iíe-acuefdo-al-esladQde<br />
posición financiera aprobado por la Asamblea General Ordinaria de<br />
Accionislas, y correspondiente al cierre del ejiérdcio en que la'separactón'deüar<br />
•surtit-sus -eCeeios—En caso de que las acciones de ta sociedad no coticen en<br />
bolsa, se tomará en cuenta únicamente este úliimo valor El pago del"<br />
Tee(nb6la&-sepA-i^iglblft,aJa-sodedad-a^artl(-del dla_sÍQülenle a la celebración<br />
de la Asamblea General Ordinaria,de Accionistas, que haya aprobado el estado<br />
"TJgnpo5Tct6nfinaTTí:teraxorresporidtente-al-eier
_09/17/02 04:24 GFB/DÍRECC JURIDICft CORPORflTIUft ^ 56822498<br />
238<br />
-GRU^O FINANCIERO^B)^A BANCOMER. S./LJ)£^..V^<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA OE ACCIONISTAS<br />
)E-O6TiÍBR6-OE-í004-J<br />
HOJA No. 16<br />
\¡f:y) :S\<br />
^AfíTtf7V,_r> pcf,lft40 TPgrPPn. RFfilSTf^Q DE AUMENTOS Y.<br />
DISMINUCIONES DiE CAPITAL SOCIAL: Todo aumento o disminución del<br />
"''"'' -capital-sodal-se-regístraré-en-t;n^librc>-espeGin60-qu6-la--sociedad-llewaíá-pa£aesios<br />
casos, en tos términos del aalculo 219 de la Ley General de Sociedades<br />
~ MercanlíIesT' -<br />
m<br />
La amortización de acciones con utilidades repartibles se realizará po<br />
resolución de la Asamblea General Exlraordlñaria de Accionistas, en IOL<br />
término»; rtat artículo 136 de la Lev General de Sociedades Mercantiles"<br />
"ARTICULO DÉCIMO CUARTO.- ADQUISICIÓN DE ACCIONES PROPIAS: La<br />
sociedad podrá adquirir las acciones representativas de su capital social, a<br />
travátj dp la bolsa (Sa valores, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo<br />
14 Bis-3 y demás aplicables de la Ley del Mercado de Valores y de las<br />
---^sposicieñes--de~-6cir¿cier-geoeral-que-paca-tates-ef£r:JLas_expida la autoridad.<br />
correspondiente. Dicha adquisición deberá realizarse al precio corriente en el<br />
-merxadOT-sin Que-sea-aplicable-la-prohibición-estaE)leoida-eF>-el-primeF-pá«afo-deiarticulo<br />
134 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, siempre que la<br />
compra se reállcfe 66)1 csrgo 31 cap)t3l"TDntable~Bn-tanto-pertenerc3n-dichasacciones<br />
a la propia sociedad o, en su caso, al capilal social en el evento de que<br />
se resuelva convertirlas en acciones de tesorería, en cuyo supuesto, no se<br />
requerífá de resoluciones de asamblea de accionistas.<br />
La Asamblea General Ordinaria de Accionistas deberá acordar expresamente.<br />
-pata oda ejefcicioy-eUmoRto-roáximo de recursos t]uñ pndfA dPistinar'iB a In<br />
compra de acciones propias, con la única limitante de que la sumatoria de los<br />
recursos que püe
pil -efí-eHlsitado-devalpfes^e-la-bolsd «n que coticen. ' :<br />
^<br />
Lawfnprcryptocsctórnjg^egioneg previstas éft la Tra¿¿iah I del árticüifa 14 His-'<br />
3. los informes qu¿ sobre, las mismas deban presentarse a la asamblea general<br />
ordinana cíe acciowistas, las normas de revelación en la información financiera.<br />
así como la forma'^ términos en que estas operaciones sean dadas a conocer a<br />
la Comisión Nacional Sanearía y di Valores, ala^^oisa dü valores<br />
correspondiente ypl público inversionista R«;tar;^n SMJpInti a lag Hi
09/17/02 04:43 GFB/DIRECC JURIDICR CORPORPTIUP ^.56822498 NO.111 001<br />
i»?!-...<br />
GR^PO RNANCIgRO BBVA BANCOMER, SA. DE C V<br />
3 bfe OCTUBRTDE 2001<br />
HOJA No. 1,7<br />
I<br />
I<br />
Ir<br />
^J,<br />
> \-..i . -^ CAprTütoiv : \ ^t—<br />
-ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS<br />
"ARTICULO DECIWID QUINTO.- ASAMSL PAS nP ArrinNjiSTA«;- i .c<br />
Asambleas de Accionistas serán Generales y Especiales. Ambas se celebrarán<br />
gn. g|, domicilio SQciaJy y sin ftste-fequJsito^eráfi-flotasT-satvo ceso fertt?Hertrdefuerea<br />
mayor. Las asambleas Generales serán Ordinarias y Extraordinarias.<br />
-SeEán-Asambleas~G^eFales-0.rdiflafla^^as-qtle-se-Teüna^-en-1érmlnüS"de"ltís•<br />
artículos 180 y 181 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Serán<br />
-AsarpWeas Generales-Eitrdordinarías fas que Se reúnan para tratar cualquiera<br />
de los asuntos incluidos en el articulo 182 de la Ley General de Sociedades<br />
"Mercanllles. Serán AsamDieas hspeciales las que se reúnan para tratar los<br />
asuntos que puedan afectar los derechos de una sola serie representativa del<br />
capital social." '<br />
JIARTICULO DECIMD-SEXTO - r:ON\/QCAIQB!ASu-Las-cQnvoEatQFias -paraasambleas<br />
de accionistas deberán ser hechas por el Consejo de Administración<br />
-e-par-elGerfíisafio, oaUvoon les-sigdervte? cesoy<br />
^^ En términos del artículo 168 de la Ley 6ertgrat-de Socieagtfgr-Mércan^TlesT'<br />
\¿£0 cuando por cualquier causa faltare la totalidad de los comisarios, el consejo de<br />
'' acirpinistracion oeoerá convocar, en ei termino oélres días, a asamblea general<br />
de accionistas para que ésta haga la designación correspondiente. Si el consejo<br />
de administración no hiciere la convocatoria dentro del plazo señalado, cualquier<br />
accionista podrá ocutrir a la autoridad (udícial del domicilio de la sociedad para<br />
que ésta haga la convocatoria. En el caso de que no se reuniere la asamblea o<br />
de quft rf.uniria nn sa hiderfi la riHsignarinn, Ja autoridad^udiciaUiel-domidlio.dela<br />
sociedad, a solicitud de cualquier accionista, nombrará los comisarios,<br />
fetenes funoionarán hasta que la osambtea general do aeeieñistas-kaga—elnombramiento<br />
definitivo.<br />
En términos del articulo 14 Bis-3, fracción VI, inciso a) de la Ley del Mercado de<br />
"Calores, ios 3cciohTárás~cori-'acciones con derecho a voto, incluso en lorma<br />
limitada o restringida, que representen cuando menos el diez per ciento del<br />
capital social podrán pedir por escrito, en cualquier tiempo que el Consejo de<br />
Administración o tos Comisarios convoquen a una asamblea general de<br />
accionistas para tratar los asuntos que indiquen en su petición. Lo anterior, en<br />
ln«; términos spftala
B<br />
OUV«1CUaVJ^O . fVlO V-OI IMI430.
09/17/02 04:43 GFB/DIRECC JURIDICft CORPÜRflTIUR ^ 56822498 . NO.111 002<br />
^40<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, SA. DE C.V.<br />
ASAMBEEA-dEMEf^L-EXTRAOR0iriARIA~0E ACCIONISTAS<br />
3 DE OCTUBRE DE 2001 : —<br />
En términos del articulo 14 Bls-3. fracción VI. Inciso f) de la Ley del Mercado de<br />
-yalotes^os^eslenísta&-ee>ft-acclones-connJerecho a voto, incluso en forma<br />
limitada o restringida, que representen cuando menos el veinte por denlo del<br />
eapilat—social.-podrán-o(íDnerse~juai5íalmen[e a las resoluciones de las<br />
IF-v asambleas generales, respecto de las cuales tengan derecho de__y_Qio,_sieroP'^e.<br />
i% v*/ qoe se satisragan ios requisitos del artículo 201 de la Ley General de<br />
Sociedades Mercantiles, siendo JQualmentp apiieablp. el artlcnln ?n7 dp Ja-citada-<br />
Ley."<br />
j:ARTJCAJLO-DeClMO-8ERTIMO,^pyByGA6tQN-^P^f^NV0eAT-ORlAS-Caconvocatoria<br />
para las Asambleas Generales Ordinarias y/o Extraordinarias y<br />
-EspeGiales-de-4a-seeiedagr-deberán-public3r55 en ¿I Üiano Uficial de<br />
Federación o en uno de los diarios de mayor circulación del domicilio social, por<br />
^c^Tnenos-con•qu¡nce-dlardé^mticípación a la lecha fijada para la celebración de<br />
la asamblea respectiva. Les convocatorias contendrán el Orden del Dia. en el<br />
que se aeoeran listar todos los asuntos a tratar en la asamblea de accionistas<br />
respectiva, incluso los coitiprendldos en el rubro de a^^f.ii^3fj ^Q I^^ • • i'<br />
acciones con derecho de voto. Si en una asamblea, independientemente de ^<br />
Que sea Orriinari;^, FTteaocdlnarJa-o-EspeGÍat^e5tuvieFen-reüntdg>
._^ celebración de la asamblea Los accionistas deberán acreditar tgi ca'r.ctcr y '<br />
ináy.tardar dos días hábiles anienores de la fecha lyada psra la ceit'br
09/17/02 04:43 GFB/DIRECC JURÍDICO CORPORPlTIUfl :^ 56822498 NO. 111 005<br />
i<br />
W^<br />
ML<br />
GRUPO FINANCIERO BBVAJtAMCOMER^^JW^6-&.v-<br />
ASAMBLEA GE^ERALÍEXTRAOROlNARlA DE ACCIÓN<br />
3 PE 0CTUBR^E.2py.<br />
HOJA No. 19 .^,,..^<br />
"Tíe amisión a la asamblea a nombre del accionista y/o", su<br />
representante^ ^En todo caso, la recepción y pntrpga n^. iarto^..mani^^áe^a-.qtj^<br />
se refiere el presente articulo se hará en el horario de lunes a viernes, de 9.00 a<br />
17:00 horas, en días hábiles, considefáfldose-6eme-d^a9-tfíhábile5r^^0gmás-dg'<br />
los días sábados y domingos, aquellos que mediante disposiciones de carácter<br />
-geoefaUda-a-conoceF-Ia-Gsmlstéo-Naeional-Bancarla y flfe Vaiofg'sT'a'trávés'ae"<br />
publicación en el Diario Oficial de la Federación, aplicable para las instiluciones<br />
-^e crédito." : —• '<br />
'"ARTICUUO^IGESIMOTT^PRESEÑTACION DE LOS ACCIONISTAS: Las<br />
personas^ que acudan:en representación de los accionistas a lag asarobleas de<br />
la sociedad, acreditarán su personalidad mediante poder otorgado en<br />
formularios elaborados por la propia sociedad que__Eaüaaji—jA.s_cftC]i-ii«:aa«;señalados<br />
en el articulo 22 de la Ley para Regular las Agrupaciones<br />
£JnaDCÍefas,-sujp,tn a In señalada-ea-el-acrdn-iúrrde~la~<br />
asamblea, los formularlos.de los poderes, a fin de que aquéllos puedan hacerlos<br />
llegar con oportunidari d sus representador Los mlefTlBrffsaei consejo de<br />
Administración y los IComisarios no podrán representar a los accionistas en<br />
asambte'á^aiguna.'" | ~" [ ^<br />
'^
•<br />
#<br />
situación financiera de iá sociedad y demás documentos coritables. incluyendo<br />
-eUnfacmP. dP. Ins Cnrrusários an Inc t^rrr?inn
09/17/02 04:43 GFB/DIRECC JURÍDICft CORPORRTIUH ^ 56622498 NO.111 504<br />
242<br />
GRUPO FINANCIERO 8BVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
3 OE"OCTUBRE-OE-2001<br />
HOJA No. 20<br />
Para que una Asamblea"íSéTíerár'Orainaria de AcaoñlStas'se-considerelegalmente<br />
reunida por virtud de primera convocatoria, deberá estar<br />
representada en ella por lo menos la mitad ""dé las acciones pagadas<br />
-cepreseníatlvas-dei capital social de la sociedad y sus resoluciones serán válidas<br />
cuando se tomen por mayoría de votos de las acciones representadas en ella.<br />
-Err-ca30-de-segi^da-60Rvgeaitotiar-la3-^sambleas.iafiaejaJe? Ordinarias de<br />
Accionistas podrán celebrarse válidamente cualquiera que sea el número de<br />
-acclDnes-represefátadas-enHa-A8amblea-y-sus-resoiuciones_serán_yálidas_<br />
'^^) cuando se tomen por mayoría de votos de las .acciones representadas en<br />
misma "•<br />
"ARTICULO ""VÍgiSlMQ—TERCERO:^ SSTWISLEAS GENERAL-ES-<br />
EXTRAORDINARI^S: Para que una Asamblea General Extraordinaria de<br />
Accionistas se considere legalmente reunida por virtud de prirnera convocatona<br />
-deb£fán-fi5íar_ceo.ge.s.eiitadas_enella, por lo_menos, las tres cuartas parles de las<br />
acciones pagadas representativas del capital social de la sociedad y sus<br />
jes©iudoRes--s&tóaU¿álidas-£uaDda-ifi-iamfiD_aor^J3C0.tQjay.PI3bJj|_de,j.ccjpne^<br />
que representen, i^or lo menos, la.mitad de dicho capital social. En segunda o<br />
-ulterior ••convoc8t0í-ia—la-A5amblea-Gen8Pal-&rttaor
-l=as-Gopias-o-6onsféne*as-de-las-aetas-de-Asamblea3^Seftefaíeí-y-Espéfciáles'de-<br />
Accionístas, de sesiones del Consejo de Administración y de sesiones del<br />
-Gomité-gjecütivo •de dicho CüiTseju, asl~como de los g5Té^^^a5 o aeuerdsg<br />
contenidos en losf libros y registros sociales no contables y, en aenéral, de<br />
"XüáiquieíUbcunniBrjio de arcnivo oe lalñslitucion. podrán ser certificados por e<br />
Secretarlo o el. Prosecretario, quienes también podrán, conjunta o<br />
separadamente, aéudir ante el Notario Público de su elección a protocolizar las<br />
actas o acuerdoj" correspondientes, sin necesidad de-i;j9fiQiucián R'ipRrJal<br />
alguna."<br />
••;^L
09/17/02 04:48 QFB/DIRECC JURIDICft CORPORñTIUR -r 5682249S NO.112 P01<br />
>*"-.<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER. S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAC EXÍRAOROIMARIA DE ACCIONISTAS<br />
3 DE OCTUBRE DE íboi<br />
JiQ¿AJiSu231 -^ _J __<br />
r<br />
^r- CAPITULO V<br />
ADMUNIStRAClON Y VIGHANOA DE LA SOCIEDAO<br />
m "ARTICULO VIGESINJO SEXTO.- NOMBRAMIENTO DE CONSEJEROS: La<br />
-admiflistf.aci¿a-d£Ja-s4ciedad-e¿tafá.a-cacg&-de-uo-CoB6ejo da Admiñlstraciéñrintegrado<br />
por un ml|ilmo de cinco y un máximo de quince consejeros<br />
-ptopiataqo&r-de4o6 ;cu^le6 cuande-fnepes-ei-ve^ñtieir^eo-por-cfento-deberdn sar<br />
independientes, segúni este coripepto se define en el cuarto párrafo del articulo<br />
-^-k-HftHsH-pyT^ara-Rí^ntpHae-A^rop-acrorTwí-^rnjrreiürar: ~*~—'<br />
©<br />
Por cada consejero propietailü se designará a su respectivo suplente, en el<br />
enienoiflo oe que los tonsejeros suplentes de los consejeros independientes,<br />
deberán tener este mismo carácter. Dentro de cada sesión, un supipntp ^ñ\o<br />
podrá representar a un propietario.<br />
El accionista de la .sfirie. T" qua-/:epeeseftte-cuando-FPanes-ei-gifleuenta-y-ano-<br />
• por ciento del capital social pagado designará a la mitad más uno de los<br />
-ajci£eja«js-y-pof-Gada-di8Z-pQF-6ÍeR{o-de-«edefles-de-esta-serie-qüB-HTic&ds-d"é~<br />
ese porcentaje, tendrá derecho a designar un consejero más. Los accionistas de<br />
-la-sGrie-^SVdesignarán-aHos-conyejeros-rB-stanTes:—Soio poara revocarse ef<br />
nombramiento de los consejeros de miñona, cuando se revoque el de todos los<br />
-demás de Id rnistnd sarie.<br />
-Eí-nombramiéntoTae ids consejeros deberá hacerse en asamblea especial por<br />
cada serie de acciones. A las asambleas que se reúnan con este_fin le
Wh<br />
-stíañée»—eeneluya-el--perlodcr-de~5tJ~géstíó'ñ~hasta que los""designados para<br />
sustituirlos tomen posesión de sus cargos y recibirán las remuneraciones que<br />
•^eteiTnine-la'AsambleT'üeneraf07dfnaria"ailíccionistas;<br />
La mayoría de ios consejeros de la sociedad deberá residir en territorio<br />
nacional." :'<br />
"ARTJCULOJ/JGgSlMQ SEeTtMO.^.REQUISlTOS-BARA-SgR-GQNS&JERer-<br />
El nombramiento de consejeros deberá r^cser en personas que cuenten con<br />
-elegibilidad -creditiGia-iHienGFabtlidacl7-así-eemo-corr-3mplios~CDTrocímtHntos y<br />
experiencia en materia financiera, legal o administrativa.
09/17/02 04:48 GFB/DIRECC JURIDICñ CORPORftTIUñ s- 5b822498 NO. 112 1502'<br />
M.<br />
244<br />
I<br />
1. -:.'<br />
GRUPO FíNANCIERO BBViíV BANCOMER. S.A. OS C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
J DE OCTUBRE DE 2001<br />
HÓJA'No. 22 : ~ •<br />
iQS.conaBjeros estarán-Obligados a abstenerse expresamente de participar en la<br />
deliberación y votación de cualquier asunto que implique para ellos un conflicto<br />
-de-intéfés-Aslmlsmo-.deberán manteoec-absoiutajcoofidencialidad_rfispectQ_£ls_<br />
todos aquellos actos, hechos o acontecimientos relativos a la sociedad, asi<br />
-eomo de toda-deliberaeión quese-lleve a cabo en elConsejo-de. Administración,sin<br />
perjuicio de la otíiigación que tiene la sociedad de proporcionar (oda la<br />
ioformadórfque-le~séa-solicitada-en-términos -de-ia-bey- para-Regular-las<br />
Agrupaciones Financieras.<br />
En ningún caso podrán ser consejeros, las personas a que alude el articulo 25<br />
de la Ley para Regularías Agrupadonei'Rnancieras.""" [<br />
"ARTICULO VÍGESIK/éo OCTAVO.- DIRECTOR GENERAL Y FUNCIONARIOS:<br />
. El_CQnsejo_de. Admiatstraclón tendrá las facultades de riombrar y remover al<br />
Director General de lá sociedad, y demás funcionarios cuando asi lo eslime<br />
-€onvenieot©-y-oter§arlés-faGultades-y poderes-y-determinar-sus-remuneraciones<br />
En todo caso, los norrtbramientos del Director General de la sociedad y de los<br />
-ft»ncior7arios-qué-ocupftn-cargos-corHas-dos-jerarqulas-inmediates-inferÍQfes-eHa<br />
de éste, deberán recafer en personas que cuenten con elegibilidad crediticia y<br />
•riorioraMWgdrYquB'aéemárTBúnsrrles'Tequis/tos'preoistosen-Ei-arTlcüía^eTje<br />
la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.<br />
Para el adecuado desempeño de su cargo, el Director Gene ral de la sociedad<br />
gozará de las facultades que la Ley otorga a los de su clase, así como de todas<br />
aquellas que le otorgue el Conselo de Administración, en la inteligencia de que<br />
el propio Consejo de Administración podrá limitar o ampliar en cualquier tiempo<br />
Jas-facullades-otorgadas-a-dJcbo-fuDcionarioJL<br />
-i^ARTICUtO-VIGESIMO-NOVENO.—V&R^P4GA6IQN-DE-RgQyí€ffO^—^sociedad<br />
deberá verificar el cumplimiento de los requisitos a que se refieren los<br />
—ertíeaios-55-y-2&-de-la-fce3rpara-Regularlas-Agrupacronesr-Ptnanciera37-por-parTEde<br />
las personas que sean designadas como consejeros, director general y<br />
• funcionarlos-CDrrias dtís jerarqoías inmédiáTaTiñfefibrssTiá de este ultimo, con"<br />
anterioridad al Inicio dé sus gestiones, e informar a la Comisión Nacional que<br />
supervise a la sociedad deñlfoUe tos cinco dias hábiles posteriores a dicha<br />
., designación, que los nfismos cumplen con los requisitos aplicables en términos<br />
3e lo dispuesto en el articulo 26-Bis de la Ley para Regular las Agrupaciones<br />
Financieras.<br />
:ARTLC.ULQJERU3ESlMO--.BRESJQEMCJA Y SECRETARIA-DE-L^Q^-&SXJO!-&<br />
Presidente del Conse^b de Administración deberá ser electo por el propio<br />
Xonsejo-de-eBtfe-Iss-esnsejeros-prepietaries-designados-porios-acdonista^-d<br />
la serie "F". El Consejó de Administración podrá también designar a uno o más<br />
-VieepresídentesrHgualmenttJ el Consejo degfgríar§~gi~Srcf§tário y, si asi lo<br />
determina, a uno o inás Prosecretarios, los cuales no necesitarán ser rhlembros<br />
"del ConsejO^dé—Tiidministracíon. y designará, además a las personas que<br />
deseippeñen las tareas concretas que el propio Consejo determine. gj<br />
Presidente o ia pigrsorta que deba sustituirlo en sus fundones, presidir^..las ^. „ , : á<br />
asambleas ííI!^!ias_gejDfira)es_.de_Mc(antstas^_y_las_sesiones—del—Gsñsej'e—:tié<br />
generales ds acdnn;';t;^
^<br />
' • • • ' . • ( • ;<br />
-ias-áctas-de-las-ses«enB9-deí-eonse]o-da AdfTiinisiraelfln secorlsignaran en'un<br />
libro eipeaal y serán ffmadas por el Presidenle, el Secretarlo y.el Comisárib<br />
-qye-esishere^Tr-por-T3BiHnes-en-^üSerl&-r-dé-es(ós-re3licén sus funciones<br />
coplas de las actas dé las sesiones'del Consejo, así como cuaiqu.er-oFo'<br />
-docümento-qüe-OgTT7r-3é-gichas sesiones podrán ser certincados por el<br />
-. tful ° ° ^' P^°^^^g
,..s~drTá~socieaaí Las" sesiones<br />
ordinarias y extraordinarias del Consejo de Administración se celebrarán en el<br />
dbmicilid social de la sociedad o en cualq'uier ¿tro lugar, dentro del territorio<br />
nacional o del extranjero, previa convocatoria que se remita a los miembros-de.<br />
ésle, por cualquier medio físico o electrónico, por lo menos con cinco días de<br />
.anticipación a la fecha de la sesión, al únimn riomiriiin gm» \n
7^<br />
sus gestiones, éstos sólo podrán retirarlas hasta que haya sido debidamente<br />
-apr-obadasu-gestión-potUa'Asamblea-Ceneol-Ordinaria.de-Acdonistas-o-bien,por<br />
el Consejo de Adi»iini$traci6n."<br />
"ARTICUtO - TRIGÉSIMO—CUARTO.-:: FACULTADES—^eI" Consejo -de-<br />
Administración tiene todas las facultades que las Leyes y estos estatutos<br />
sociaréT~oto(^arrá7oFde~SLrcraTe~síiOffiitacló7Tátg^<br />
cabo todos los acto¿ que no estén reservados a la asamblea de acaonistas_y_<br />
que sean nécesari^ b convenientes a su juicio para" realizar los objetos<br />
sociales, dirigirá el rtegocio. representará a la sociedad y llevara la firma. sgciaL.<br />
De manera enunciativa más no limitativa el Consejo de Administración estará<br />
. _investido.deJas3Íguie£)te5Jacultad£S-Q poderes: _—;. -
09/17/02 04:57<br />
246<br />
GFB/DIRECC JURIDICñ CORPORfiTIUP ^ 56822498<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER. S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
3 DE OCTUBRE DE 2001<br />
HOJA.No,Jl
m<br />
©<br />
-iseffespenáeféñ é>f> oxctusiva-a-tes-delegados^ue-para-oicwKa-^M<br />
consejo y a los apoderados de la Sociedad a quienes en forma expresádseles.<br />
-haya-otorgador-í- • • '• ••-*••••• -.••'<br />
• : ^ • • • • — - ^ r<br />
2.- PODEFf GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN coji'todas las<br />
"facüdacíés gefiei'ales de acueroo con la Lsy, por lo que se confiere sin limitación<br />
alguna da conf|rmidadcon lo establecido, en el párrafo segundo del Articulo<br />
2554 (dos mil quinientos cincuenta y cuatro) del Código Civil vigente para el<br />
Distrito Federaljy de sus correlativos del C6dÍQQ-C'^í| p^d^t-y d^ los Códigos<br />
>en los Estados de lé Repút?|ica fvtexicana. '"•*•'/'<br />
mmssmmmmmmmmmmmmmam
09/17/02 05:05 6FB/DIRECC JURIDICR CORPORPITIUfl ^' 56822498 H0.114 501<br />
5i"N<br />
*^. ^ ^<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
-ASAMBL&A^ENEWftEXIiRAGReiNARIA-OE^^eeiONISTAS-<br />
3 DE OCTUBRE DE ?001<br />
-HO;WH4or2f ;———-^—<br />
¡^_^<br />
j ^ ] i<br />
3.-L .];PODEp GENERAL PARA ACTOS "DE DOMINIO con todariaT<br />
facultadles generales dé acuerdo con la Ley, por |o gye se eonfierfi sig limitariñn<br />
[ alguriá'^é"córifó?midad con lo establecido en el párrafo tercero del Artlcgío 2554<br />
,-(dQa-xniL^lfllentos-dncuenta_y-cuatra)-deLXódgaX:ivil--vigente-paéa-6i_Oisi«to-<br />
Federal y de sus correlativos del Código Civil Federal y de los Códigos Civiles<br />
—vi§ entes-e rv-los-Estades-de-la-Repúbll6a-Me*ieana:<br />
4.- PODER GENERAL PARA SUSCRIBIR TODA CLASE DE TÍTULOS DE<br />
'CREDI\u, con todas las-facliitades generales a que se refiere ei Arficuio 9""<br />
(noveno) de la Ley Genteral de Títulos y Operaciones de Crédito.<br />
PODE.R.EN MATERIA LABORAL que deberá ejercer para representar a_<br />
la Sociedad exciusivarñente. a través de los apoderados que al efecto designe,<br />
-en-íQda-clase-de.prQ£edlmiet3tosJabor3tes_ante,.las_Junias_de_ConciliaciÓQ._y_<br />
Arbitraje, Tribunales Federales de Conciliación y demás autoridades del trabajo,<br />
-sean-éstas-íederelesT-eslatales-Q-fRtíftieipalesT-para-ios-efestos-de-ios artÍGuios-<br />
11 (once), 692 (seiscientos noventa y dos) fracciones segunda y tercera, 767<br />
-(setecientos—ochenta—y—siete);—788—(setecientos—ochenta—y—ocho)-:—S7-3-<br />
(ochocientos setenta y tres) a 880 (ochocientos ochenta) y demás relativos de la<br />
Ley i-écferai aei 1 raoago poncrqae"grrtorm'a~ehimclativa-7mcrltmltativa"potiráactuar<br />
ante el Sindicato para efectos de revisión o negociación de conflictos o<br />
ante los trabajadores individualmente consTáeTados y llevara la représérStacTóñ"<br />
patronal legal de la Sctciedad con facultades para Actos de Administración; para<br />
conciliar y transigir, negociar y suscribir convenios laborales y en general para<br />
..intervenir eo cualqiific procedimiento o juicio de carácter laboral en<br />
representación de la Sociedad con personalidad de Administradores.<br />
6.- FACULTAD PARA OTORGAR Y DELEGAR PODERES GENERALES Y<br />
-ESPEeiAtESrREVOéAf^UN0S-¥-0T-R0SA^USTl-TülRLGS-EN-TODO-O-EN-<br />
PARTE, conforme é los poderes de que está investido, incluyendo<br />
"gxpTg5amgnte"la faojiUdd pdfd quw las-personas—a-qciíenes—etefgue—diehospoderes<br />
puedan, a sii vez, otorgarlos, delegarlos, sustituirlos o revocarlos, en<br />
"todo o en parte en favor de"(grcéros. S6~iñüüyS"6i?|5re"S"am¥m(í'la"facuirad-p3raque<br />
las personas a quienes se otorgue la facultad a que se refiere el presente<br />
inciso, puedan a su véz'oíórgarla en favor de las personas y con las fímíiaciones<br />
que en caC|a_caso congreto dicfíos apoderados establezcan.<br />
Para ahrir y ranrplar rijBnta«i bancarias a nombre de la Sociedad, asi<br />
como para hacer depésitos y girar contra ellas y designar personas que giren en<br />
-contra-de las-mismas: •. • •<br />
-87: Para-nombr^-y-removerOonsejeFes-Delegades-del-propio Consejo,-asicomo<br />
al Director Géheral, Funcionarios, apoderados, agentes, empleados y<br />
""aücli(ores"'áxte?nós~aé~la''Sffcledacrn:njantla-tonBstime-ccr^<br />
Jacultades y poderes, asi como determinar sus garantías, condiciones de trabajo
m><br />
y remuneracioneii.<br />
9.* Para nombrsjí' y remover al Secretario y Prosecretario del Consejo de<br />
AdmlnktrarlAa-flaJa Jociedari y ntnrgades_facuJtadeS-V.DCideres v señalarles sus<br />
rthlíriar'ÉrtnQc obligaciones w y remuneraciones<br />
romi inBirarli^r\»c<br />
10;- Para -crear- los~comités-y—corriisiones—que - estime—necesarios,<br />
señalándoles su estrijictura, jerarquía y atribuciones, otorgándoles las facultades<br />
líecésarrásn5araqDeik5~e"Iffrzarren"ios"ne^^<br />
de Administración determine.<br />
11^ Para formular e) Reglamento Interior de Trabajo de la Sociedad.
09/17/02 05:05 GFB/DIRECC JURIDICfi CORPORftTIUP -^ 56822498 NO.114 P02<br />
248<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE CV.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
-J-OE-OCIUBRE-0&^2001<br />
HOJA No. 26<br />
~^2? Para convocar aAsamoieas Cieneraies Ordinarias y Extraordinarias y<br />
Especiales de Accionistas en todos los casos previstos por eslos estatutos, o<br />
cuando lo considere conveniente y fijar la fectia y la hora en que tales<br />
Asambleas deban
.' •' -i<br />
"ARTICULO TR/GESJMO SEXTO.- REMOCIÓN: La Comisión Nacional que I<br />
supervise a la sociedad, p.n términos deLa4l¿tjte^üW€oa§ésim»-dé-*o3-e3tatotos7sociales,<br />
en concor|iancia con el articulo 27-lsl de la Ley para Regular las<br />
•.uoaáonesFip^aásfSBr^érá
¿V<br />
0y/17/B2 05:05 GFB/DIRECC JURIDICfi CORPüRfiTIUR ^ 56822498 NO.114 CQ3<br />
i^^• '^9<br />
-GRüPO^INANClBIjlé-BBVft-fiAtjeOMERrSrA-DrCrV:<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTPIAOROINARIA DE ACCIONISTAS<br />
-3-06 OCTUBRrDF2001<br />
HOJANo.,27 • r .<br />
1^<br />
^Ál<br />
CAPITULO VI<br />
DE LOS EJERCICIOS SOCIALES<br />
-¿.OEJ.AJMEQRMAClON.PlNANCIEgA-<br />
-"AW46UL-O^RIG^IMe-SEPTIMQ:^-&JERGlGíQ-SQS4Ab—L-ofl-eiereteioasociales<br />
durarán un ¿rio en los términos del articulo 8-A de la Ley General de<br />
Sociedaaes MercantiEry^omenzaran &~^fW&irns~&r\^nr)r^rrafiSfSrr-Q\'c\súltimo<br />
de diciembre d^ cada año."<br />
"ARTICULO TRIGÉSIMO OCTAVO.' INFORME DEL CONSEJO: A la clausura<br />
de cada ejercicio social, el Consejo de Administración presentará a la Asamblea<br />
-Gener.aLOrdinarJa-d¿-AccJooistá&-un.informe-queJocluya-po(LlQ_menQsi^)_Un.<br />
informe sobre la marcha de la sociedad en el ejercicio, asi como sobre las<br />
-polítieas-^ aegüides-pof-el-Gonseje-de-Administraeión-y.-an-su-ease-sobr©-Iosprincipales<br />
proyectos'existentes, b) Un informe en que se declaren y expliquen<br />
-|as prlnefpate5~pollti MO\/FMr>. Pi iRnr.Ar.iDN DE ESTADOS<br />
FINANCIEROS: Dentro de los quince días siguientes a la fecha en que la<br />
-As^mbtea-Seneral-QfdinaHa-de-Aeeieñis+as-haya-apfobado el infocrpe-a-que-se.<br />
rer-are 6i enunciado general del articulo 172 de la Ley r;fin«ral rif» Sociedades<br />
'^7^^^'ga^y^Tfig^e7^goboráw manda-se-publicar-los-ectadoc-fÍAaneie^'?«i-ifti°lnif
-tf-<br />
APLICACIÓN DE UTIUDAOfcS Y UIVlUbíMUUa<br />
u _.^_-______„<br />
"ARTICULO CUADRAGÉSIMO.^ APLICACIÓN DE UTILIDADES: Las utilidades<br />
nelas de caaá •eje¡^cido••^T5cral~despüés•~dg~lWdocfdas-1av-cantidades-qüe••<br />
legalmente correspondan a (i) Impueslo Sobre la Renta del ejercicio; (¡i) en su<br />
caso, reparto de utilidades al personal de la sociedad y; (iüT~en~Sü~caso.~<br />
amortjzgción de pérdidas de ejercicios anteriores, serán distribuidas comojigue^<br />
1.- El cinco por ciepto para constituir o reconstituir el fondo de reserva, hasta<br />
-que..áste-seaJgual [¿¡r lo menos. aLv^inte.p.pf. ciento del capital social. • 2.- Sí la<br />
A,eambl»a a«i ii? Hntes y mn.
;_09^02 06:14 GFB/DIRECCJURIDICPCORPORPTIUflr 56822498<br />
¿50<br />
_GRUPO PINANCIgRO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
•3 DE QCTUBRE_DE.20ai_.<br />
HOJA No. 28<br />
"ARTICULO CUADRAGÉSIMO PRIMERO.- DIVIDENDOS: Los pagos de<br />
~arv"i3endos se harán "en los dfar7"iogai'e?~qiiB~iJ5t8rnninü-iBi-C5TT5Bjir-tie"<br />
Administración y se cferán a conocer por medio de aviso que se publique en el<br />
Diario Oficial de la Federación o en un diarlo de mayor circulación del domidlio"<br />
.social. Los dividendo^ no cobrados dentro de cinco años, contados a partir de la<br />
fectia en que hayan «ido exigibles, se entenderán renunciados y prescritos en<br />
-Javot-d ft la sor.iftdad " ; .<br />
CAPITULO VIII<br />
DiSOLÚCION Y LIQUIDACIÓN<br />
"ARTICULO CUADRAGÉSIMO SEGUNDO.» DISOLUCIÓN: La. disolución de la<br />
sociedad se efectuará de acuerdo con los términos y condiciones previstos en ei<br />
arlículo 11 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras y las fracciones<br />
II a V del articulo 229 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. La<br />
c:ipHari .^pln pnrf^á d'SQtversQ una yff7 Cumplidas todas las Obligaciones<br />
contraídas por cada una de las entidades financieras que integran al Grupo<br />
-©«»«&erGk-n;oFV-aot9if4©rttód-a4a4isoiución-deLpropioU3i^po-Eiaancieca.i:<br />
-^R*^?LH:e--SHA&RAGESIMQ-TERGERQT—bfQbUBASieNt 0i»aelle-48-<br />
SO' -dad sé pondrá en liquidación. La liquidación estará encomendada a uno o<br />
"'•'Tre~TTcpjroadOfe5'tiesTgnado5 ' por" ta • Asamblea Generar Extraordwartar-dg"<br />
Accionistas. El car&o de liquidador deberá recaer en una Institución de Crédito.<br />
m ^<br />
St la Asamblea no niciere dicha designación, un Juez de lo uivii o de Uisinto del<br />
domicilio instrucciones de la expresas sogiedad de lo la hará Asamblea, a petición los de liquidadores cualquier tendrán accionista: las siguientes Salvo las<br />
facultades: 1.- Cibncluir las operaciones sociales qué hubieren Quedado<br />
pendientes al tiempo de la disolución. 2.- Cobrar los créditos existentes en favor<br />
,de la sociedad 3 •; Fnajflnar Ins hlenp
\<br />
rs-c<br />
"<<br />
"cspTTüDrrjc'<br />
-1.4^<br />
-" j CONVETñb DE RESPONSABILIDADES<br />
Y CRn|íERIOS GENERALES PARA EVITAR Cfi<br />
DE ÍNTERES ENTRE LOS PARTICIPANTES DEL GRUPO V^<br />
"ARTICULÓ CUADRAGÉSIMO CUARTO.- CONVENIO _DE<br />
RESPQ^/§Ae^L<br />
>oaedadT-en-&y-ea^ciOF de 8o¿iewidd LUiitiuidduieT<br />
suscribirá con las entidades financieras que la integran, el cpnvenio a que se<br />
,TRfip.fe-et.artt&jl^-¿@-^e-fa-t:«^rpaf8-Rego>ariag Agrupae¡atr&^ Fi'ngnipi'gras y la'<br />
Regla Décima Novena de las Reglas Generales para 'la Constitución y<br />
Fwioieooffwento-tle-Srcipoa FínaT^cIgros:—' "•
VJ!*"'<br />
09/17/02 05:24 GFB/DIRECC JURIDICfi CORPORftTIUP -> 56822498 NO.115 001<br />
»»•0NtSrAS-<br />
3 DE OCTUBÍíe DE 2001<br />
-HOi»A-Nor-2ftí :-r -" '•<br />
anterjorr.la sociedad responderá subsidiaria e ilimitadamente del<br />
3 currjpL'ítiienio'dl las obliígaciones a cargo de las entidades financieras que lo<br />
. inteqr^afjjcorrespojidientes c\ |t>ff arlividíjfl'*'' T'^ rnnfnrmp. a las: rtl«;pnslrJnnp.s^<br />
;aplicables7~)e sean propias a cada una de ellas, aún respecto de aquellas<br />
Financiero, Asimismo, la controladora responderá ilimitadamente por las<br />
-pérdidas do todao y Gaáe-ttf^-de-dteh»8-entit)cJdgs: Lu anteiiorrerrid fuimd'y<br />
términois establecidos eriiel articulo 28 de la Ley para Regular las Agrupaciones<br />
•^Tnanaeres-T-errla Rfcgid Oéctma NOVértá de las Keglas üenerales para ii~<br />
Constitución y Funcionamiento de Grupos Financieros. En el evento de que el<br />
pái?imonio ae la contfoiaoora no fuere suficiente para hacer efectivas las<br />
responsabilidades qlie respecto de dos o más entidades financiera^ integrantes<br />
del grupo se presenten de manera simultánea; dichas responsabilidades se<br />
cubrirán a prorrata ha^te agojar el patrimonín da la snrJfidad &l_£ieclo,_se_<br />
considerará la relación (¡jue exista entre los por cientos que representan, en el<br />
napital de la snrl-9l-eafirtel-(áe-la5enfidades<br />
de que se trate.<br />
Ninguna de las entidades financieras del Grupo responderá por las pérdidas de<br />
Id sudeüdd. ni pui Ids da los"demás parttolpantes del Gf'dgs: ' ~"<br />
La Soóieoaa no podra contraer pasivos directos o contingentes ni dar en<br />
' garantía sus propiedades, salvo cuando se trate del convenio de<br />
^£v) responsabilidades, en términos de los artículos 23 y 28 de la Ley para Regular<br />
las Agrupaciones Financieras, a.sí r.ng^n (;\P¡ nperaríanp.cj rnn oí lnifntn fiarp la .<br />
Protección al Ahorro Bancario.<br />
De conformidad con lo establecido en el articulo 17 de la Ley para Regular las<br />
-Agrupaciones FiRancÍQ
1 )<br />
2.- La sociedad r>ará lo necesario para que las operaciones que realicen<br />
entre si las entidades—íiaancieras conrtoladas—por- ella.—no—se úpartefH<br />
significativamente de l^s condiciones prevalecientes en el mercado para el tipo<br />
•de opefaciooes da quefcss tra^e."- — •—•<br />
-eAí»iTtito-x-<br />
—tNCORPORygOTJTSEPARACIÜN. FOSTÜff"<br />
Y REF-bRMA OE LOS ESTATUTOS SOCIALES<br />
"ARTICULO CUADR/^GEStMO SEXTO.- INCORPORAQPNr La incnrooración .<br />
de una nueva sociedad al Grupo Financiero, se efectuará de acuerdo con los<br />
términns y candicianen prevktng an P.Í afíiftuJaJQ-y-efl-el-CapiltiloJi-de-Ia-Lav<br />
para Regular las Agrupaciones Financieras."
*> • ••-*.<br />
_^dyi7y0Z B5.24 GFBXDIRECC JURIDíCñ CORPORflTÍUP •> 56822498<br />
^52<br />
'í>'<br />
-GRUfiO~F-WANCJERaB83/A8ANCOA9ERr5JL-DE-CAj;..:-K,;i<br />
"ARTICULO CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO.- SEPARACIÓN: La separación de<br />
alguno o algunos tfe los integrantes del Grupo Financiero, se efectuará de<br />
acuerdo con los términos y condiciones previstos én el articulo 11 y en el<br />
XafiüuiQ H deJa Ley^tata.Regular Jas. AgaipaciopaS-Etr^ancifiras.<br />
"ARTICULO CUADRAGÉSIMO OCTAVO.- FUSIÓN: La fusión de la sociedad<br />
"con otro trotros^rápo Flnancf«iU!>, a5'l~como'ia~fagióri de dos o inds entidadescontroladas<br />
por la sociedad se efectuará de acuerdo con los términos y<br />
condiciones pfevistds en el artículo iu y en el'CapiTülÓll de la Ley pa^á'Regular<br />
las Agrupaciones Fipanderas." • ; ,_"<br />
"ARTICULO CUADRAGÉSIMO NOVENO.- REFORMA DE ESTATUTOS<br />
S0ClALES;-De-c&ii>{or4TOd3d conJo estahiecidn en lo^-^ttlculos,182 de.la Le.y-<br />
General de Societíades Mercantiles y 17 de la Ley para Regular (as<br />
-Agrtipaeienés—Fifltfneier-asT-les—egtattftes Oe la -geeieéaé—góie-^oépéfl—se^<br />
modificados mediante acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria de<br />
"Atciunistas,' Cür\ Id íaprabaciún de la Sücreldiíd de~MaciendacB-w&Reiéfl-el-péffafe~antefÍQP-de&er6~)^eefse-p&^-esefiter<br />
cuando menos con treinta días naturales de anticipación y deberá acompañarse<br />
-de-4e-sigweF>to: (i^Oeeefípetó^rdet•acto dg-fni>pt;c.c.rán--^~sgr-rH?líz3ao y'CM) Las<br />
disposiciones legales pertinentes al acto de inspección objeto de la solicitud<br />
^ solicitud de la Comisión, las autondades que realicen la ínsDeccIóftáébe'fadJ'<br />
presentarles un inform» Ho Incroenlfarlnc ohloniH^e " . . ' _ : -- - '.<br />
NO.115 • 502
©<br />
"ARTICULO QUINCUAGÉSIMO PRIMERO.- NORMAS SUPLETORIAS.!P3ra<br />
todo lo no pravisiJi fin éatos-eslalutos, se eslaré-a tac
-^líll"'^I_... ^^'-^^ GFB^DIRECC JURIDICP COPPQRRJlUR ^ 56822496 NO.llí PQ3<br />
^f:ÍJ<br />
©<br />
••NUVfcNA.- bujeto á que se cumplan las condiciones establecidas en<br />
Jas resoluciQoe§4efG@FaT-GuaFtar-quintai-sex-ta--y-66fitima-^ñteñQFesr-^eaprueba<br />
reformar el artículo segundo de los estatutos sociales de Grupo<br />
"Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., quedando este redactado d^i<br />
-
09/17/02<br />
-^^^<br />
254<br />
05:29 GFB/DIRECC JURIDICft CORPORPTIUR^ 56822498<br />
GRUPO RNANCIERO 8B5Í/A SANCOMER, S.A. DE C V<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDfNARIA DE ACCIONISTAS<br />
.a.QE.X)CnJ8RE DE 2001-<br />
HOJA No. 32<br />
"ARTICULO SEGUND^.- PARTICIPACIÓN ACCIONARIA: La sociedad<br />
Ijarticipa en el capltarsocial^g las eñliflaais fiñanóleras iígulem"es:<br />
"'•• BBvA Bancomfér, SA,, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero<br />
8BVA Bancomer.<br />
2^'—BBYA..Bancormr_Sen£Ícios.-S.A.,-InstituGión-de-Banea-Mtiltipler-Gropo-<br />
Financiero BB\M Bancomer.<br />
3.- Casa de Botsai BBVA Bancomer. S.A de C V.. Grupo Financiero BBVA<br />
Sañeomer-:—-.<br />
~^^ Seguros-Banconer. S.A, de C.V., Grupo Financiero Bancomer,<br />
"5:^ Fianzas Probursi, §7\. di C.V.7Grupo FÍnanciercTBBV-Probursa.<br />
6.- Pensiones Bancomer, S.A. de C.V., Grupo Financiero Bancomer.<br />
7,- Preventis. S.A. de C.V.. Grupo Financiero BBVA Bancomer<br />
8.- BBVA Bancomer Gestión, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de<br />
Soeiedade3-de-fn»ersiórtrQrapo-FirTarrcierD-8BVA"Ba?TCom5r —<br />
-Así-mismo, la sDciedadTJanlclparw§yor¡ránamente en el capital social de GFB<br />
Servicios. S.A. de C,V., la cual le prestará a ella y a los demás integrantes del<br />
"GrDpo Financperor~cfé"'manera preponder"áñte. servicios complementarios o<br />
auxiliares."<br />
—DEGJMAT—Gemo-eensecuencia-de-ia-refarma estatutaria a que se<br />
refiere la resolución octava anterior, v una vez que riirha rpfnrnna curta<br />
todos sus efectos, en términos de lo acordado en el punto primero del<br />
-9rden-del-Did. sy aprueba llevar a ca5o ei canje de ios títulos que<br />
representen las acciones de la .SnripHari.-pdLaqiiftiiQg-an-jQ^-^ye-^V<br />
incorporen, en lo conducente, las mencionadas modificaciones. Para los<br />
tíftídos ^tenores, se faculta a los señores don Luis Robles Miaja, don<br />
Josa Ffírnando Pío maz-Castañaresr-don-Jesé^ftüfe-Sedas-VaterTcia:<br />
don Pablo Enrique Mendoza Martell y don Alfredo Aguirre Cárdenas.<br />
para que indistintamente cualquiera de ellos lleve a cabo los trámites<br />
;aPios-^ara-el-eánje-deHas-acciones-en-la-|nstitución~de~D5po5Tfo'<br />
en que se encuentraridichas acciones depositadas." :<br />
I^UNlb-SE<br />
;?:^<br />
l^oBIfícaclón del convenio de responsabilidades-<br />
NO.116 PQl
• h • •<br />
\.. . • j<br />
Agrupaciones Fmancleras. para reflejar los acuerdos que sejtomen<br />
en los puntos anteriores<br />
En desahogo del punrto sexto del Orden del Día y nnn PI prnf^gitn HP<br />
reflejar ios acuerdos lomados en los puntos segundo, tercero y cuarto<br />
-de)-9rdefí-delOfa. eC Presidente propuso a los asistentes modificar ei<br />
convenio de responáabilidadg,^ a qiiP ^ÍP rpfiprp pi.artír.iin ?fl.d?j,a_L^y-<br />
•-f
09/17/02 05:29 6FB/DIRECC JURÍDICA CORPORflTIUfi ^ 56822498 NO.116 502<br />
••••^••••••••¡••••«••••••••¡^•••••••ÍÍHHHBMÍMBÍÍBMHBBBBBÍHÍ<br />
c^<br />
^<br />
-^¡m--<br />
.ív.-<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. OE C.V.<br />
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS<br />
"3 ÜE OCTUBRE DE^OOI<br />
HOJA No. 33;<br />
""5 T<br />
'H'<br />
'í-<br />
•para R^ferjáiAgrupaciones Financieras y ra-R?gra~Detim-a Ñoñería';<br />
-de—las Rff^lfís G'f^DeraJR.s para la r,nnsiíliidón-4L-Eucucii:ixiainnleQl0--£ta ^<br />
Grupos Financieros. Lo anterior, en los términos del proyecto que<br />
procedió a dar leciura ei iecreíano y que se acompaña ai expediente de<br />
-la-pfesef>4e-as^anpM3l&ST4ow^and0-paFt©4pvtegr-al-d ©-la-misma-: -<br />
-Rnalmente. el Pres^^nte aclaró a les asIsteftfes-qtie-lQs-^éffniñes-de-lacitada<br />
modificación deberán ser sometidos para su aprobación a la<br />
autoridad correspondiente, en términos de lo establecido en el articulo<br />
~1Tll?ria"tey~para"Re"gDt3rlHsrA"gruparciones'Financieras-^<br />
'Habiendo considerado'la~añtefror propuesta. Ií)3~acctcrntstas présenles<br />
.prnr.p>riiftrQn.-a-^jiiitir—su-.VQtQ_CQmQ siguei_4L'i_8,077'962.048 .VQtQS-<br />
(acciones) a favor; (it) 254'374.748 votos (acciones) en contra y; (iii)<br />
519*411.587 votos (acciones) se aBsíüvíéron. "<br />
Tomando en consideración que los accionistas que representan ei<br />
le las acetofíes cQñ-deFeet=>0--de-vQtQ-que-integraR-eL-c3pit3U<br />
social pagado de la Sociedad, votaron a favor de la propuesta anterior.<br />
por mayoría de votos-se adoptó la siguiente<br />
RESO L U C t O N:<br />
"DECIMA PRIMERA.- Sujeto a que se cumplan las condiciones<br />
establecidas en las resoluciones tercera, cuarta, quinta, sexta y séptima<br />
anteriores. se~aprueba'modifrcarei-cortverrie-de-fespeñsab¡liéades-a-^ijese<br />
refiere al artículo 28 de la Lev para Regular las Agrupaciones<br />
Financieras y la Regía Décima Novena de las Reglas Generales para la<br />
"GóTistifu'cTón y j-uncibnáTfUentD-de-Gropüs-ptnHncieTosT-con-el-propósito-<br />
-d9-r-9flejai^&n-dichoxom¿e£]JQ-las..aepai:aciQneg e incorporaciones a que<br />
^^ ..«f;/r>ron Hirhac rp
©<br />
•JLUNTO SEPTIMJb.. Designación de delegados especiales para<br />
f^rrr-'-- V ^^^ rümplimientA ;i las resolnriones que adoplgja^<br />
asanrtble"al<br />
En desahogo del punto séptimo d_el_Orden del Día. el Presiden e<br />
propuso a los asistenres"se~cíésTgnen delegados" es-p^cratüF-oe-ia<br />
-presentenasamblea.par-a4oFmaIizar-los.acuerdos-antes_tQmadQS
09/17/02 05:23 GFB/DIRECC JURÍDICA CORPORflTIUft 4 56822498 NO.116 003<br />
^<br />
m<br />
-'- ^' írVÍ'!'""* °^ '°^ periódicos "El Economista'' y "El Financiérp" deJ<br />
oJa47-^e-sepHemliie de 2Q0r ^ ~ ~\~r<br />
^) Ejemplar del_contfato dg_£Qcnpmuenía-de-.aGGÍQ.^e€H^presentettv^<br />
del capital social de Crédito Familiar. S.A. de C.V.. sfeedad<br />
^.p^enetera-tle^-DüietO Limitada Grupo Financiero Bancoml^<br />
^JÍg!^M£e-Gmpfl_£ÍDaade;:o-eBAM-BaReemei, SA üü C V v<br />
Grupo Financiero Associates, S.A. de C.V<br />
/Ti?"
09/17/02 05:29 GFB/DIRECC JURÍDICA CORPORflTIUfl 4 56822498 NO.11b D04<br />
(-%<br />
GRUPO FINANCieRO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
ASAMaLEAJSSylSALfXTRAQRQINARIA QF ACCIONISTAS.<br />
3 DE OCTUBRE OE 2001<br />
-HOM-N»r35<br />
•T .<br />
1- \<br />
"5)~-TiíjelTip>áf^el con^fa^e-de-compraventa de acciones rcprcocntativas<br />
del capital so§;ial de Seguros BBV-Prübufsa, S.A. de C.y^¿Grupo_<br />
l-inanciero BBÍv-ProDursa, celeoradó entre Grupo nnaricieiu BBVA<br />
BanCómer,—^TT.—^de—CrV:—y—B8V—hiterna tional—lnvesímef=rtrnrporatinn,<br />
fj^mn paiíp vendedora, y por The Globe Insurance<br />
Connpany y Non-Destructive Testers Limited, como parte<br />
compradora.<br />
-6^—Pf©yeete-de-m0dtf-iGaG¡ones aLconueoio-de-rfisponsahilidades.<br />
-Se-tevantcrl-a-asamblea-a-las-^-Gi3O-h0ras-del-roism9-dla-de.su-fecha.de.<br />
celebración. ^ • \<br />
Firman la presentí; acia para-constaneia-el-Presideñierel-SeGretariQ-y-eL<br />
-Comisario !_ .<br />
-Don-buis-Robles^Miaia-<br />
PRESIDENTE<br />
Don José Manu<br />
COMISAR!<br />
•^~fwSTJCw'6»TOPcrrGW3P03sniGr-opeRAetSN-eAMSrf38-íoo
09/17/02 03:59 GFB/DIRECC JURÍDICO CORPORflTIUft •> 56822498 NO.105 001<br />
Lie ARTURO SEDAS VALENCIA<br />
JURÍDICO INTERNACIONAL Y DE MERCADOS<br />
BBVABANCOMER<br />
Fecha: 17/09/02<br />
Date:<br />
Empresa: Secretaría de Hacienda y Crédito<br />
Company: Público<br />
Atención: Lie. Antonio Castaño Leal<br />
Attefition:<br />
Fax No.:<br />
Fax Number:<br />
No. Páginas:<br />
(induyen^lo carátula)<br />
Total Of Pages Sent:<br />
(Including this shset)<br />
Asunto:<br />
Subjet:<br />
91581482<br />
(37)<br />
SH DIRECCIÓN GENERAL<br />
r P DE CRÉDITO PUBLICO<br />
iz SET. 17 2002 T¡r<br />
DIRECCiON GENERAL ADJUNTA<br />
OE COORDINACIÓN Y CAPTACIÓN<br />
DE CRÉDITO EXTERNO<br />
Conforme a las instrucciones de Luis Robles Miaja<br />
te acompaño Acta de Asamblea Extraordinaria del<br />
drupo que acordó su conversión a filial y aviso<br />
publicado al respecto.<br />
Saludos.<br />
nc^.DCM I A iniAI IDAD DE HOJAS O SON ILEGIBLES. FAVOR DE
m<br />
DISPOSICIONES DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE<br />
VALORES APLICABLES A LA OFERTA DE ACCIONES
(Véase correlación)<br />
MÉXICO, D.F., 26 de septiembre de 1994.<br />
CIRCULAR 10-182<br />
A LAS CASAS DE BOLSA<br />
La Junta de Gobierno de esta Comisión, en su sesión correspondiente al 20 de<br />
septiembre de 1994, con fundamento en lo dispuesto por los artículos r ; 22,<br />
fracción I; 40; 41, fracción IV y 44, fracciones I y IV de la Ley del Mercado de<br />
Valores, y<br />
CONSIDERANDO<br />
Que es facultad de esta Comisión dictar medidas que permitan encauzar el<br />
adecuado desenvolvimiento de los intermediarios biursátiles, especialmente<br />
cuando se presentan factores que pueden contraponerse a los principios en<br />
que debe sustentarse el sano desarrollo del mercado;<br />
Que es congruente con ese objetivo reforzar la regulación aplicable en materia<br />
de prevención de conflicto de intereses, a fin de evitar su presencia en las<br />
operaciones en que intervienen las casas de bolsa que forman parte de grupos<br />
financieros,<br />
ha tenido a bien dictar las siguientes<br />
DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL<br />
PRIMERA.- Las casas de bolsa no podrán actuar como intermediarios<br />
colocadores de valores de renta variable e instrumentos de deuda emitidos por<br />
las sociedades controladoras y entidades integrantes del mismo grupo<br />
financiero al que aquellas pertenezcan.<br />
SEGUNDA.- En el manejo de cuentas discrecionales, las casas de bolsa<br />
deberán abstenerse de operar con valores de renta variable e instrumentos de<br />
deuda emitidos por las sociedades y entidades a que se refiere la disposición<br />
anterior, salvo que se trate de títulos de deuda emitidos, avalados o aceptados<br />
por instituciones de crédito.<br />
TRANSITORIA<br />
ÚNICA.- Las disposiciones contenidas en la presente Circular entrarán en vigor<br />
el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.<br />
Atentamente,<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.<br />
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES.<br />
El Presidente,<br />
Rúbrica.<br />
C.P. y Lio. Luis Miguel Moreno Gómez.<br />
*30;
•¡r-'-<br />
10-25 s>6~Z i -S-'ii Pagelofó<br />
A LAS CASAS DE BOLSA:<br />
MÉXICO. D.F., 11 de diciembre de 1994<br />
CIRCULAR 163<br />
La Junta de Gobierno de esta Comisión, de acuerdo al procedimiento de<br />
consulta llevado a cabo el 1° de diciembre de 1992, con fundamento en lo<br />
dispuesto por los artículos 1°; 22, fracciones I y V, incisos a), c) , f) y<br />
último párrafo de dicha fracción; 26 Bis; 40; 41, fracciones IV y X; 44,<br />
fracciones I y IV y 95 de la Ley del Mercado de Valores, y<br />
CONSIDERANDO<br />
\é¿y Que con motivo de las experiencias observadas en la aplicación del régimen<br />
al que deben sujetarse las casas de bolsa en la realización de operaciones<br />
por cuenta propia con valores de renta variable, establecido en la<br />
Circular 10-155, expedida por esta Comisión el 15 de abril de 1992,<br />
resulta conveniente introducir diversas modificaciones tendientes a<br />
otorgar mayor eficiencia a esta clase de operaciones;<br />
Que el nuevo marco regulatorio en esta materia, promueve que las casas de<br />
bolsa actúen como especialistas respecto de acciones de media y baja<br />
bursatilidad como condición indispensable para concertar operaciones<br />
directamente con su clientela, lo cual debe redundar en el<br />
perfeccionamiento de los procesos de formación de precios de los títulos<br />
que corresponden a dichas categorías, en beneficio del público<br />
inversionista;<br />
Que, en todo caso, se fortalece el principio de que en sus operaciones por<br />
cuenta propia las casas de bolsa deben otorgar prioridad y un tratamiento<br />
equitativo a la clientela inversionista, así como evitar la presencia de<br />
conflictos de interés en las funciones de intermediación, a cuyo efecto se<br />
¡^ amplían las medidas conducentes a estos propósitos.<br />
Ha tenido a bien expedir las siguientes<br />
DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE DEBEN SUJETARSE LAS CASAS DE BOLSA<br />
EN LA REALIZACIÓN DE OPERACIONES POR CUENTA PROPIA E INVERSIÓN PATRIMONIAL<br />
SOBRE VALORES DE RENTA VARIABLE.<br />
OPERACIONES POR CUENTA PROPIA<br />
Primera.- Para los efectos de las presentes disposiciones, se entiende por<br />
operaciones por cuenta propia:<br />
1. Aquellas operaciones mediante las cuales una casa de bolsa compra o<br />
vende por sí misma valores de renta variable, a través de la Bolsa<br />
de Valores, con objeto de facilitar su colocación.o coadyuvar a dar<br />
mayor estabilidad a los precios y a reducir los márgenes entre<br />
http://www.cnbv.gob.mx/normatividad/circula/valores/10-163.htm 12/08/02
10-25 Page2of6<br />
cotizaciones de compra y venta de los títulos, incluyendo ventas en<br />
corto.<br />
2. Aquellas operaciones mediante las cuales una casa de bolsa compra o<br />
vende por sí misma valores de renta variable, de o a la posición de<br />
su clientela, a través de la Bolsa de Valores, con objeto de proveer<br />
liquidez al mercado y facilitar el intercambio de los títulos entre<br />
los inversionistas (en adelante denominadas operaciones de<br />
autoentrada).<br />
3. Aquellas operaciones de compraventa de valores de renta variable<br />
que una casa de bolsa lleve a cabo por sí misma con financiamiento<br />
de instituciones de crédito; operaciones a plazo y a futuro;<br />
transacciones en mercados del exterior y de arbitraje internacional;<br />
emisiones de títulos opcionales, así como las operaciones de<br />
compraventa de acciones que realice para mantener coberturas de<br />
emisiones de títulos opcionales<br />
Adicionalmente, se entiende por valores de renta variable a las acciones,<br />
inclusive los títulos fiduciarios que las representan, los certificados de<br />
aportación patrimonial, las obligaciones convertibles en acciones y los<br />
títulos opcionales inscritos en la Sección de Valores del Registro<br />
Nacional de Valores e Intermediarios, así como en la Bolsa de Valores.<br />
Segunda.-. Las casas de bolsa podrán llevar a cabo operaciones por cuenta<br />
propia, cuando sean autorizadas para ello por la Comisión Nacional de<br />
Valores, a la que deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos<br />
siguientes:<br />
1. Que presenten solicitud por escrito, en la que se comuniquen los<br />
nombres de los funcionarios que, además del director de operaciones,<br />
tendrán la responsabilidad de realizar estas transacciones y, en su<br />
caso, la solicitud para actuar . como especialistas bursátiles,<br />
señalando la emisora o emisoras que operarán con tal carácter.<br />
2. Que su sistema de recepción de órdenes y asignación de operaciones de<br />
compra y venta al contado de títulos de renta variable y de renta<br />
fija que se cotizan en la Bolsa de Valores, se encuentra<br />
automatizado íntegramente, con uh programa operativo que perroita<br />
identificar claramente las operaciones por cuenta propia que lleven<br />
a cabo, distinguiendo la clase a la que pertenecen y que, asimismo,<br />
asegure en todo tiempo el cumplimiento de las presentes<br />
disposiciones.<br />
3.- Que las características de su organización aseguren controles<br />
internos que separen las decisiones de compra y de venta de las<br />
sociedades de inversión a las que presten servicios de<br />
administración y de distribución y recompra de acciones, respecto de<br />
las operaciones por cuenta propia que realicen.<br />
Tercera.- Cuando durante una misma sesión de remates en la Bolsa de<br />
Valores se produzca variación generalizada a la baja, del 3% o más del<br />
índice General de Precios, las operaciones de venta por cuenta propia que<br />
lleven a cabo las casas de bolsa, conforme a lo previsto en la disposición<br />
primera, numerales 1 y 2 de la presente Circular, no podrán contratarse a<br />
un precio inferior al de la última cotización en bolsa, o al mismo precio.<br />
http://www.cnbv.gob.mx/normatividad/circula/valores/10-163 .htm 12/08/02
10:25 Page3of6<br />
si éste es consecuencia de un movimiento a la baja (puja abajo y cero puja<br />
abajo).<br />
La Comisión Nacional de Valores tendrá la facultad de modificar el<br />
porcentaje a que se refiere el párrafo anterior, a fin de prevenir<br />
condiciones desordenadas de mercado y que este tipo de operaciones se<br />
lleve a cabo de acuerdo con la Ley, las disposiciones de carácter general<br />
que de ella deriven, así como con usos y sanas prácticas.<br />
Cuarta.- Las operaciones por cuenta propia, con excepción de las de<br />
autoentrada, podrán llevarse a cabo con valores de renta variable que<br />
correspondan a las categorías de alta, media y baja bursatilidad, que sean<br />
dados a conocer a través del boletín mensual de la Bolsa de Valores.<br />
Sin perjuicio de lo anterior, las casas de bolsa también podrán realizar<br />
la adquisición de acciones y certificados de aportación patrimonial para<br />
su subsecuente • oferta pública, así como adquirir dichos títulos, en su<br />
carácter de agentes colocadores, como consecuencia de una oferta pública,<br />
en cuyos casos el plazo de la tenencia no podrá exceder de tres meses a<br />
partir de la fecha de adcpiisición, salvo que en casos justificados la<br />
Comisión Nacional de Valores resuelva autorizar un plazo mayor.<br />
Quinta.- Las casas de bolsa sólo podrán realizar operaciones por cuenta<br />
propia, cuando hayan quedado satisfechas en su totalidad las órdenes de su<br />
clientela recibidas con anterioridad a la concertación del hecho en bolsa,<br />
respecto de valores de renta variable de la misma emisora y al mejor<br />
precio.<br />
Sexta.- Las operaciones de autoentrada se sujetarán a lo siguiente;<br />
1. Únicamente podrán llevarse a cabo respecto de valores de renta<br />
variable que correspondan a la categoría de alta bursatilidad, que<br />
aparezcan pxiblicados en el boletín mensual de la Bolsa de Valores.<br />
Las casas de bolsa deberán informar a la clientela acerca de estas<br />
operaciones, a cuyo efecto le comunicarán en la forma pactada en el<br />
contrato de intermediación bursátil, los casos en que hayan<br />
celebrado operaciones de autoentrada con el titular de la cuenta.<br />
Las casas de bolsa autorizadas para actuar como especialistas<br />
bursátiles, podrán concertar operaciones de autoentrada sobre<br />
valores de renta variable que correspondan a las categorías de media<br />
y baja bursatilidad, siempre que su autorización se refiera a los<br />
títulos materia de las transacciones, y estén obligados a mantener<br />
constantemente posturas competitivas en firme de compra y de venta<br />
en dichos valores.<br />
En caso, de acuerdo a la forma pactada en el contrato de<br />
intermediación bursátil, las casas de bolsa deberán informar<br />
previamente a la clientela sobre las cotizaciones vigentes en el<br />
mercado y de que la operación se realiza actuando la casa de bolsa<br />
como especialista bursátil.<br />
2. Sólo podrán realizarse cuando hayan quedado satisfechas en su<br />
totalidad las órdenes de su clientela que sena en el mismo sentido<br />
(de compra o de venta) de la operación que pretenda efectuar la casa<br />
de bolsa, recibidas con anterioridad a la concertación del hecho en<br />
http ://www.cnbv.gob.mx/normatividad/circula/valores/l O-163 .htm 12/08/02
m<br />
10T25 Page4of6<br />
bolsa, respecto de valores de renta variable de la misma emisora y<br />
al mismo o mejor precio y siempre que la orden del cliente no se<br />
haya concertado en la Bolsa de Valores con otra casa de bolsa.<br />
3. En ningún caso podrán efectuarse operaciones de autoentrada con<br />
clientes cuyas cuentas sean de tipo discrecional, a menos que exista<br />
instrucción por escrito del titular de la cuenta que autorice la<br />
celebración de este tipo de operaciones de manera general o en casos<br />
concretos.<br />
4. Al celebrar este tipo de operaciones, las casas de bolsa deberán<br />
observar estrictamente el principio de "primero en tiempo, primero<br />
en derecho" y otorgar un trato equitativo a la clientela<br />
inversionista.<br />
5. Las casas de bolsa únicamente podrán realizar operaciones de<br />
autoentrada con los inversionistas que hayan convenido por escrito<br />
la modificación contractual correspondiente, que las autorice a<br />
celebrar este tipo de operaciones con el titular de la cuenta.<br />
INVERSIÓN PATRIMONIAL<br />
r-<br />
Séptima.- La inversión patrimonial, sobre valores de renta variable, es la<br />
que se realiza con propósito de afectación permanente a los activos de una<br />
casa de bolsa, por lo que deberá llevarse a cabo sobre acciones<br />
representativas del capital social de las sociedades que prestan servicios<br />
de a la casa de bolsa o cuyo objeto sea auxiliar o complementario de las<br />
actividades que realiza, así como en acciones emitidas por las bolsas de<br />
valores e instituciones para el depósito de valores de que sea socio.<br />
REGISTRO Y ASIGNACIÓN DE OPERACIONES<br />
Octava.- En las operaciones por cuenta propia, las órdenes deberán ser<br />
ejecutadas en el piso de remates de la Bolsa de Valores observándose las<br />
disposiciones aplicables a la recepción de órdenes y asignación de<br />
operaciones contenidas en la Circular 10-128 de la Comisión Nacional de<br />
Valores, así como las previstas en esta Circular.<br />
Novena.- Las casas de bolsa deberán anotar diariamente las operaciones por<br />
cuenta propia, en forma cronológica y señalando la fecha de operación, la<br />
clave del emisor, el cupón adherido, la cantidad de títulos, el precio por<br />
acción, y el importe total de la transacción. Las hojas que formen dicho<br />
registro, invariablemente deberán estar foliadas.<br />
En el mismo registro, deberá identificarse:<br />
1. El tipo de operación, distinguiendo si es por cuenta propia o de<br />
autoentrada.<br />
2. Si corresponde a una operación al contado o a plazo, de. margen, de<br />
venta en corto, o de venta en corto para arbitraje internacional.<br />
Tratándose de operaciones de arbitraje internacional, la anotación<br />
deberá efectuarse el día en que la compra o venta respectiva, se<br />
http://www.cnbv.gob.mx/normatividad/circula/valores/l 0-163.htm 12/08/02
íD<br />
10-25 PageSofó<br />
registre en la Bolsa Mexicana de Valores.<br />
3. En su caso, si se trata de una operación estabilizadora, conforme a<br />
lo establecido en.la disposición tercera de.esta Circular.<br />
4. Las cotizaciones vigentes de los títulos de que se trate, al momento<br />
de la transacción.<br />
Las casas de bolsa deberán mantener a disposición de la Comisión Nacional<br />
de Valores la información consignada en el citado registro, referida a<br />
periodos mensuales.<br />
Décima.- Las operaciones de autoentrada se identificarán en los estados de<br />
cuenta de los clientes, con especificación del emisor, clase y serie de<br />
los títulos objeto de las transacciones, el volumen e importe operado y la<br />
comisión cobrada, con el desglose del impuesto al valor agregado.<br />
DISPOSICIONES FINALES<br />
Décima Primera.- Las casas de bolsa podrán llevar a cabo operaciones por<br />
cuenta propia con sociedades de inversión, siempre que no sean de las<br />
administradas por la misma casa de bolsa o por instituciones de crédito o<br />
sociedades operadoras de sociedades de inversión que formen parte del<br />
mismo grupo financiero o bursátil.<br />
La restricción señalada anteriormente, no,se aplicará a las operaciones de<br />
adquisición y venta de acciones representativas del capital de sociedades<br />
de inversión comunes que realicen las casas de bolsa con las sociedades de<br />
inversión emisoras.<br />
Décima Segunda.- Las casas de bolsa tendrán prohibido realizar operaciones<br />
por cuenta propia, con las entidades y empresas integrantes del mismo<br />
grupo financiero o bursátil, inclusive con instituciones de crédito qué<br />
actúen en el desempeño de fideicomisos, mandatos o comisiones, a menos que<br />
la persona que tenga a su cargo las decisiones de inversión en el<br />
fideicomiso, el mandante o el comitente giren instrucción por escrito para<br />
la celebración de operaciones con la casa de bolsa, de manera general o en<br />
casos concretos.<br />
Décima Tercera.- Las casas de bolsa no podrán abrir cuentas de inversión<br />
en otras casas de bolsa y tendrán prohibido realizar operaciones de<br />
triangulación.<br />
Décima Cuarta.- La Comisión Nacional de Valores podrá revocar la<br />
autorización para que las casas de bolsa lleven a cabo operaciones de<br />
autoentrada, previa audiencia del interesado, cuando incumplan las<br />
presentes disposiciones, sin perjuicio de aplicar las sanciones que<br />
correspondan contra los funcionarios responsables de la infracción.<br />
TRANSITORIAS<br />
http://\vww.cnbv.gob.mx/normatividad/circula/valores/10-163.htm 12/08/02
©<br />
10.25 Pageóofó<br />
PRIMERA.- Las presentes disposiciones entrarán en vigor el día siguiente<br />
al de su publicación en el Diario Oficial dé la Federación.<br />
SEGUNDA.- Se abrogan las disposiciones de carácter general contenidas en<br />
la Circular 10-155, del 15 de abril de 1992, expedida por la Comisión<br />
Nacional de Valores.<br />
Atentamente<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.<br />
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES.<br />
El Presidente,<br />
C.P. y Lie. Luis Miguel Moreno Gómez,<br />
http://www.cnbv.gob.mx/normatividad/circula/valores/l O-163 .htm 12/08/02
i Proyecto Pagelofl04<br />
;"' ' CID<br />
ii<br />
México, D.F., a 19 diciembre de 1997.<br />
CIRCULAR 11-29<br />
A LAS SOCIEDADES EMISORAS DE VALORES INSCRITOS O QUE SOUCITEN<br />
SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES E<br />
INTERMEDIARIOS Y A LAS BOLSAS DE VALORES:<br />
Esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto<br />
por los artículos 11, tercer párrafo y 14, fracción VI de la Ley del Mercado de<br />
Valores y 4, fracciones XXIX, XXXVI y XXXVII y 16, fracción I, de la Ley de la<br />
Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y<br />
CONSIDERANDO<br />
Que es conveniente adecuar y actualizar los procedimientos administrativos para<br />
la inscripción de valores en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, así<br />
como para la aprobación de su oferta pública, señalando en forma detallada la<br />
documentación e información que deberá integrarse en las solicitudes respectivas<br />
e incorporando el uso de programas informáticos con el fin de hacer más ágil y<br />
eficiente el análisis de la información presentada;<br />
Que resulta necesario asegurar una más amplia y mejor revelación de información<br />
j^s en los prospectos de colocación de valores, así como el acceso del público a las<br />
«f solicitudes antes mencionadas, que le permita contar con más elementos para la<br />
toma de decisiones, coadyuvando con ello al desarrollo y perfeccionamiento del<br />
mercado de valores, y<br />
Que se estima fundamental la participación de las bolsas de valores en los<br />
mencionados procesos administrativos, esta Comisión ha resuelto expedir las<br />
siguientes:<br />
DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS AL REGISTRO Y<br />
APROBACIÓN DE OFERTA PUBLICA DE VALORES<br />
PRIMERA.- Las solicitudes de inscripción en las Secciones de Valores y/o Especial<br />
del Registro Nacional de Valores e Intermediarios, así como de aprobación de oferta<br />
pública de valores, deberán presentarse ante la Comisión Nacional Bancaria y de<br />
Valores debidamente integradas conforme a los siguientes Anexos, según<br />
corresponda:<br />
http://\vww.cnbv.gob.mx/normatividad/circula/valores/l 1 -29.htm 16/08/02
Proyecto Page2ofl04<br />
ANEXO A<br />
Documentación e información a presentar para la inscripción de acciones en la<br />
Sección de Valores y, en su caso. Especial del Registro Nacional de Valores e<br />
Intermediarios y para la aprobación de su oferta pública (aplicable, en lo<br />
conducente, a certificados de participación ordinarios sobre acciones).<br />
ANEXOB<br />
A-1 Cuadro resumen de documentación entregada.<br />
A-2 Contenido del escrito de solicitud.<br />
A-3 Carta de los accionistas vendedores.<br />
A-4 Constancia de accionistas de la emisora.<br />
A-5 Constancia de actualización de los libros de actas de asambleas<br />
de accionistas, de actas de sesiones del consejo de administración, de<br />
registro de aumentos y disminuciones de capital social y de acciones<br />
de la emisora.<br />
A-6 Constancia de aumentos y disminuciones del capital social de la<br />
emisora.<br />
A-7 Relación de subsidiarias de la emisora.<br />
A-8 Contenido del aviso de oferta pública.<br />
A-9 Cartas de responsabilidad,<br />
Documentación e información a presentar para la aprobación de oferta pública de<br />
compra de acciones (aplicable, en lo conducente, a certificados de participación<br />
ordinarios sobre acciones).<br />
ANEXOC<br />
B-1 Cuadro resimien de documentación entregada.<br />
B-2 Contenido del escrito de solicitud.<br />
B-3 Contenido del folleto informativo.<br />
B-4 Contenido del aviso de oferta pública.<br />
Documentación e información a presentar para la inscripción de obligaciones en la<br />
Sección de Valores del Registro Nacional de Valores e Intermediarios y para la<br />
http://www.cnbv.gob.mx/normatividad/circula/valores/ll-29.htm 16/08/02
I! Proyecto Page3ofl04<br />
,1 aprobación de su oferta pública,<br />
11<br />
'i<br />
C-1 Cuadro resumen de documentación entregada.<br />
C-2 Contenido del escrito de solicitud,<br />
! C-3 Constancia de accionistas de la emisora,<br />
m<br />
ANEXOD<br />
C-4 Contenido del aviso de oferta pública.<br />
C-5 Cartas de responsabilidad.<br />
Documentación e información a presentar para la inscripción de pagarés de<br />
mediano plazo en la Sección de Valores del Registro Nacional de Valores e<br />
Intermediarios y para la aprobación de su oferta pública (aplicable a las solicitudes<br />
de aprobación de oferta pública de pagarés financieros).<br />
ANEXOE<br />
D-1 Cuadro resumen de documentación entregada.<br />
D-2 Contenido del escrito de solicitud.<br />
D-3 Contenido del aviso de oferta pública.<br />
D-4 Cartas de responsabilidad.<br />
Documentación e información a presentar para la inscripción de pagarés<br />
designados papel comercial en la Sección de Valores del Registro Nacional de<br />
Valores e Intermediarios y para la aprobación de su oferta pública.<br />
ANEXO F<br />
E-1 Cuadro resumen de documentación entregada.<br />
E-2 Contenido del escrito de solicitud.<br />
E-3 Contenido del aviso de oferta pública.<br />
Documentación e información a presentar para la inscripción de certificados de<br />
participación sobre bienes, derechos o valores distintos a acciones en la Sección de<br />
Valores del Registro Nacional de Valores e Intermediarios y para la aprobación de<br />
su oferta pública.<br />
F-1 Cuadro resumen de documentación entregada.<br />
http://www.cnbv.gob.mx/normatividad/circula/valores/ll-29.htm 16/08/02
"t"<br />
^<br />
Proyecto Page4ofI04<br />
ANEXO G<br />
F-2 Contenido del escrito de solicitud.<br />
F-3 Contenido del aviso de oferta pública.<br />
Documentación e información a presentar para la inscripción de títulos de deuda<br />
en la Sección Especial del Registro Nacional de Valores e Intermediarios.<br />
ANEXO H<br />
G-1 Cuadro resumen de documentación entregada.<br />
G-2 Contenido del escrito de solicitud.<br />
G-3 Constancia de accionistas de la emisora.<br />
Instructivo para la elaboración de prospectos de colocación de acciones (aplicable,<br />
en lo conducente, a certificados de participación ordinarios sobre acciones).<br />
ANEXO I<br />
Instructivo para la elaboración de prospectos de colocación de obligaciones,<br />
pagarés de mediano plazo y financieros y certificados de participación sobre<br />
bienes, derechos o valores distintos a acciones.<br />
SEGUNDA.- Las solicitudes de inscripción y de aprobación de oferta pública de<br />
valores a que se refieren las presentes Disposiciones, deberán acompañarse<br />
adicionalmente de un disquete conteniendo la información requerida de acuerdo<br />
con el Formato de captura electrónica para el registro y oferta pública de valores,<br />
el cual podrá solicitarse en la Dirección General de Emisoras de la Comisión, sita<br />
en Insurgentes Sur 1971, Plaza Inn, Torre Sur, Piso 7, Colonia Guadalupe Inn, de<br />
esta Ciudad.<br />
TERCERA.- Las sociedades emisoras que soliciten inscripción de valores en la<br />
Sección de Valores del Registro Nacional de Valores e Intermediarios y aprobación<br />
de su oferta pública, deberán entregar a la bolsa de valores en que pretendan<br />
coticen aquéllos, copia de su solicitud debidamente integrada y del disquete a que<br />
se refieren las Disposiciones Primera y Segunda anteriores, en la misma fecha en<br />
que se presenten a la Comisión, así como un disquete conteniendo el prospecto de<br />
colocación preliminar para efectos de lo previsto en la Disposición Séptima.<br />
CUARTA.- Las bolsas de valores al recibir copia de solicitudes en los términos de<br />
la Disposición anterior, deberán hacer del conocimiento público a más tardar el<br />
día hábil inmediato siguiente al de su recepción, la denominación de la sociedad<br />
emisora, así como el tipo de valores objeto de inscripción y, en su caso, de oferta<br />
pública.<br />
http://www.cnbv.gob.mx/normatividad/circula/valores/ll-29.htm 16/08/02
Proyecto Page5ofl04<br />
Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, las bolsas de valores tendrán a<br />
disposición del público las mencionadas solicitudes a partir de la fecha en que se<br />
los indique la sociedad emisora, pero en todo caso deberán estar disponibles a<br />
petición de esta última por lo menos diez días hábiles antes de la oferta pública de<br />
los valores respectivos. Tratándose de pagarés de mediano plazo, financieros y<br />
designados papel comercial, la disponibilidad será de cuando menos cinco días<br />
hábiles previos a su oferta pública.<br />
Las sociedades emisoras que no observen los plazos antes señalados, no podrán<br />
realizar la colocación de los valores objeto de oferta pública.<br />
QUINTA.- La Comisión en los casos debidamente justificados por las sociedades<br />
emisoras, podrá autorizar que no se tenga a disposición del público cierta<br />
documentación o información que forme parte de las solicitudes de inscripción y<br />
de aprobación de oferta pública de valores.<br />
SEXTA.- La Comisión podrá requerir documentación e información adicional a las<br />
sociedades emisoras, para los efectos previstos en estas Disposiciones.<br />
Las sociedades emisoras deberán proceder en los términos establecidos en la<br />
Disposición Tercera anterior, respecto de la citada documentación e información<br />
adicional.<br />
SÉPTIMA.- Las bolsas de valores divulgarán a través de la red pública electrónica<br />
de información denominada "Internet" el prospecto de colocación preliminar que<br />
forma parte de las solicitudes de aprobación de oferta pública de valores, en la<br />
misma fecha en que éstas se encuentren a disposición del público en los términos<br />
del segundo párrafo de la Disposición Cuarta.<br />
En la fecha de inicio de la oferta pública, las bolsas sustituirán el prospecto<br />
mencionado a través del mismo medio, por el prospecto de colocación definitivo.<br />
Para tal efecto, las sociedades emisoras deberán entregar a la bolsa de valores<br />
correspondiente un disquete que contenga el citado prospecto, a más tardar a las<br />
doce horas de la fecha señalada.<br />
OCTAVA.- Las sociedades emisoras deberán guardar confidencialidad respecto a<br />
los términos de las ofertas públicas que pretendan llevar a cabo, mientras las<br />
solicitudes respectivas no hayan sido presentadas formalmente a la Comisión. Este<br />
requisito de confidencialidad no será aplicable tratándose de publicaciones que sea<br />
necesario llevar a cabo con motivo de asambleas de accionistas o sesiones de otros<br />
órganos sociales.<br />
NOVENA.- El incumplimiento a las presentes Disposiciones dará lugar a la<br />
denegación de la inscripción y/o de la aprobación de oferta pública de los valores<br />
de que se trate y, en su caso, a la aplicación de las sanciones que correspondan en<br />
términos de ley previa audiencia de los interesados.<br />
http://www.cnbv.gob.mx/normatividad/circula/valores/ll-29.htm 16/08/02
^m<br />
Proyecto Page 6 of 104<br />
TRANSITORIAS<br />
PRIMERA.- Las presentes Disposiciones entrarán en vigor el 1° de enero de 1998.<br />
SEGUNDA.- A la entrada en vigor de estas Disposiciones quedará abrogada la<br />
Circular 11-20, y derogados los incisos a) y c) de la tercera de las disposiciones de<br />
la Circular 10-118, los incisos a) y c) de la tercera de las disposiciones de la<br />
Circular 10-143 y los incisos a) y c) de la cuarta de las disposiciones de la Circular<br />
10-148, emitidas por la extinta Comisión Nacional de Valores con fechas 30 de<br />
junio de 1992, 20 de abril de 1989, 13 de marzo de 1991 y 20 de septiembre de<br />
1991, respectivamente.<br />
TERCERA.- Las solicitudes de inscripción y aprobación de oferta pública de<br />
valores presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de estas Disposiciones,<br />
se ajustarán, en lo conducente, a las Circulares a que se refiere la Disposición<br />
Segunda Transitoria anterior.<br />
Las sociedades que se encuentren en el Listado Previo de Emisoras y lleven a cabo<br />
la oferta pública correspondiente con posterioridad al 1° de enero de 1998,<br />
deberán elaborar y divulgar el prospecto de colocación conforme a lo señalado en<br />
las presentes Disposiciones.<br />
Atentamente,<br />
COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES<br />
Eduardo Fernández García<br />
Presidente<br />
ANEXO A<br />
DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN A PRESENTAR PARA LA INSCRIPCIÓN DE<br />
ACCIONES EN LA SECCIÓN DE VALORES Y, EN SU CASO, ESPECIAL DEL<br />
REGISTRO NACIONAL DE VALORES E INTERMEDIARIOS Y PARA LA APROBACIÓN<br />
DE SU OFERTA PUBLICA (APLICABLE, EN LO CONDUCENTE, A CERTIFICADOS DE<br />
PARTICIPACIÓN ORDINARIOS SOBRE ACCIONES).<br />
1. Cuadro resumen de documentación e información entregada, según ANEXO A-<br />
1.<br />
2. Solicitud de inscripción y de aprobación de oferta pública, con el contenido que<br />
se detalla en el ANEXO A-2.<br />
3. Tratándose de ofertas secundarias o mixtas, carta suscrita por cada uno de los<br />
http://www.cnbv.gob.mx/normatividad/circula/valores/ll-29.htm 16/08/02
2 2<br />
i!
m<br />
&<br />
ENAJENACIÓN DE LA POSICIÓN ACCIONARIA
t^£<br />
F. ESQUEMA DE ENAJENACIÓN<br />
8
m<br />
m<br />
Notas para la CIGF-CID<br />
^<br />
:>"<br />
. .-i-ii*
SECRETARIA DE<br />
HACIENDA Y<br />
CRÉDITO PÚBLICO \i B<br />
POSICIÓN ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL EN BBVA BANCOMER<br />
Enajenación de las acciones<br />
8 de agosto, 2001
[. Antecedentes<br />
En 1991, el Gobierno Federal tenía la propiedad de 3,643,750,062 acciones del capital social de Bancomer, S.A. (el "Banco"),<br />
que representaban el 78.53% del capital social pagado del mismo, de las cuales 2,366,312,625 correspondían a la Serie "A" y<br />
representaban el 51% del capital social pagado y 1,277,437,437 acciones de la Serie "B" que representaban el 27.53% del capital<br />
social pagado.<br />
El 8 de noviembre de 1991, el grupo ganador de la subasta del Banco, compró al Gobierno Federal el 51% del capital pagado del<br />
Banco en acciones Serie "A". El grupo de Consejeros Regionales de la institución bancaria renunciaron al derecho de preferencia<br />
(opción de compra) por el 27.53% del capital social pagado del Banco en acciones Serie "B" que les otorgaban el Acuerdo que<br />
establece los principios y bases del proceso de desincorporación de las sociedades nacionales de crédito, instituciones de banca<br />
múltiple y crea el Comité de Desincorporación Bancaria, y las Bases particulares para la enajenación de los títulos, propiedad<br />
del Gobierno Federal, representativos del Capital Social pagado de Bancomer, Institución de Banca Múltiple. Por lo tanto, en<br />
ejercicio de su derecho, el grupo ganador adquirió (opción de compra) únicamente el 5% del capital social pagado del Banco en<br />
acciones Serie "B"; el Gobierno Federal mantuvo el 22.53%.<br />
El 8 de noviembre de 1991, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (la "<strong>SHCP</strong>") informó al Tribunal Federal de<br />
Conciliación y Arbitraje que el Banco dejó de formar parte de las Entidades de la Administración Pública Federal. En 1993, la<br />
mencionada dependencia dio de baja la clave programático-presupuestal asignada a la entidad en el Catálogo de Dependencias y<br />
Entidades de la Administración Pública Federal.<br />
Las acciones Serie "B" que el Gobierno Federal mantenía en el Banco, se afectaron al fideicomiso F/22625-8 de Bancomer (el<br />
"Fideicomiso"), constituido el 28 de noviembre de 1991 por el Gobierno Federal (fideicomitente); este Fideicomiso tiene por<br />
objeto, entre otros, transmitir o enajenar dichas acciones conforme a las instrucciones del Gobierno Federal. Cabe mencionar que<br />
el Fideicomiso no cuenta con comité técnico.<br />
Él 26 de mayo de 1993, el Gobierno Federal cambió el 22.53% (1,045,446,004 acciones Serie "B") que mantenía del capital<br />
social pagado del Banco por 915'915,244 acciones Serie "L" (de objeto limitado) del Grupo Financiero Bancomer, S.A. de C.V.,<br />
en su carácter de controlador del Banco, las cuales fueron afectadas al Fideicomiso en sustitución de las acciones Serie "B".
:t<br />
Derivado de un pago de dividendos efectuado el 16 de mayo de 1995, Grupo Financiero Bancomer, S.A. de C.V. afectó al<br />
Fideicomiso y a favor del Gobierno Federal 33'922,787 acciones Serie "L" adicionales, con lo que el lote de esa serie de<br />
acciones propiedad del Gobierno Federal se incrementó a 949'838,031.<br />
El 29 de junio de 2000, Grupo Financiero Bancomer, S.A. de C.V. aprobó en una Asamblea General Extraordinaria de<br />
Accionistas la fusión de Grupo Financiero BBV-Probursa, S.A. de C.V., y acordó modificar la denominación social de Grupo<br />
Financiero Bancomer a Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. ("BBVA Bancomer"), el cual se constituyó<br />
formalmente con fecha 16 de agosto del 2000; casi al mismo tiempo (10 de agosto de 2000), este grupo financiero adquirió el<br />
100% de las acciones de Banca Promex, S.A.<br />
El 24 de enero de 2001, BBVA Bancomer recomendó a su Asamblea de Accionistas que convirtiera la totalidad de las accioríes<br />
Serie "L" en acciones Serie "O", las cuales tienen derecho a voto y cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores (la "BMV"); por<br />
acuerdo adoptado en una asamblea especial celebrada el 24 de abril de 2001, se llevó a cabo la sustitución (una a una) de las<br />
acciones Serie "L" por acciones Serie "O". Esta conversión tuvo efectos el 2 de mayo de 2001, por lo que actualmente el<br />
Gobierno Federal cuenta con 949'838,031 acciones Serie "O" de BBVA Bancomer que representan el 10.49% del capital social<br />
pagado del Banco.<br />
II. Venta de las acciones<br />
La Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2001 (la "Ley de Ingresos") prevé en su artículo 1° la<br />
enajenación de las acciones del Gobierno Federal en BBVA Bancomer.<br />
En términos del artículo 134 de la Constitución Política de tos Estados Unidos Mexicanos, las enajenaciones de bienes se deben<br />
adjudicar o llevar a cabo a través de licitaciones públicas, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones de precio, calidad,<br />
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; cuando las licitaciones no sean idóneas para asegureír dichas<br />
condiciones, las leyes deben establecer las bases y procedimientos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad<br />
y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado.
Las acciones de BBVA Bancomer son susceptibles de venderse en el mercado de valores por su naturaleza de títulos<br />
representativos del capital social propiedad del Gobierno Federal. La mencionada institución bancaria no forma parte de la<br />
Administración Pública Federal.<br />
IIL Contratación de servicios para la venta de las acciones<br />
A) Contratación de un agente colocador global<br />
Debido a la demanda de inversionistas respecto de las acciones de BBVA Bancomer, así como a la capacidad económica de los<br />
mismos para adquirir el paquete accionario del Gobierno Federal, la enajenación de dicha posición accionaria se realizaría<br />
principalmente en los mercados de valores de Estados Unidos y de Europa. Sin embargo, se estima que sería conveniente colocar<br />
una parte de las acciones mencionadas a través de la BMV.<br />
Para tal efecto es necesario realizar la contratación de un Agente Colocador Global que prestaría al Gobierno Federal un servicio<br />
de colocación de acciones y sería el que determine la forma en que se distribuyan las mismas entre los diferentes mercados, entre<br />
ellos el nacional, coordinándose para ello con las distintas instituciones que participen en el proceso. El Gobierno Federal, a<br />
través de la <strong>SHCP</strong>, por conducto de la Dirección General de Crédito Público elegirá, de las opciones que le presente el Agente<br />
Colocador Global, la forma de venta que se considere conveniente en el momento más adecuado.<br />
Es importante señalar que en este tipo de operaciones, la práctica de mercado es formar grupos de instituciones financieras con el<br />
fin de maximizar el valor de venta de las acciones.<br />
Conforme a la Ley del Mercado de Valores, la enajenación de acciones en la BMV debe Ueveirse a cabo a través de una casa de<br />
bolsa debidamente autorizada para operar en México; en virtud de que la gran mayoría de los agentes globales no cuentan con<br />
casas autorizadas en México, sería necesario que obtuvieran los servicios de una casa de bolsa mexicana.<br />
Es de destacarse que, debido a la constante y estrecha relación que debe haber entre el Agente Colocador Global con la casa de<br />
bolsa mexicana y las demás instituciones internacionales para la venta de las acciones de BBVA-Bancomer en los mercados de<br />
valores de México y el extranjero, así como la responsabilidad sobre la confidencialidad de la información y del resultado de la<br />
propia colocación que asumiría el Agente Colocador Global, es necesario que sea éste quién seleccione y obtenga los servicios de<br />
dichas instituciones. Lo anterior, con el propósito de que existan entre ambos vínculos sólidos de confianza e identificación<br />
profesional que aseguren el éxito de la operación.<br />
^
&« \¿^<br />
Aunado a lo anterior, cabe mencionar que: (i) la comisión que se establezca para la contratación del Agente Colocador Global<br />
incluiría el costo de los servicios prestados por las instituciones financieras que el mencionado agente requiera para la venta de<br />
las acciones; y (ii) dicho agente colocador obtendría directamente los servicios de esas instituciones financieras, y cubriría los<br />
costos correspondientes.<br />
Para que las Secretarías de Estado, organismos descentralizados, o los fideicomisos en los que el Gobierno Federal sea<br />
fideicomitente, realicen contrataciones de servicios, se deben ajustar a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos<br />
y Servicios del Sector Público (la "Ley de Adquisiciones"), según lo indica el artículo 1° de dicho ordenamiento.<br />
En el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones se indica que las instancias mencionadas pueden contratar adquisiciones,<br />
arrendamientos y servicios medizinte los procedimientos de licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o<br />
adjudicación directa; de los artículos 27 y 40 se deriva que la licitación pública es la regla general para la contratación de<br />
servicios, y como excepciones a la regla general se señalan los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas y de<br />
adjudicación directa.<br />
Conforme a los artículos 22 fi"acción II, y 41 fracciones III y X de la Ley de Adquisiciones, para llevar a cabo los procedimientos<br />
de invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación directa, es necesario que exista de por medio un dictamen del<br />
Comité de Adquisiciones de la dependencia o entidad y que se presente alguno de los siguientes casos:<br />
i. Que existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales importantes, debidamente justificadas.<br />
ii. Que se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones cuya difusión pudiera afectar el interés público<br />
o comprometer información de naturaleza confidencial para el Gobierno Federal.<br />
La contratación del Agente Colocador Global se realizaría a través del procedimiento de invitación a cuando menos tres<br />
personas, mencionado en los artículos 41 y 43 de la Ley de Adquisiciones, en virtud de lo siguiente:<br />
• La información relativa a los tiempos en los que el Gobierno Federal pretende realizar la venta de las acciones debe<br />
permanecer confidencial, ya que de publicarse dicha información pondría sobre aviso a los inversionistas potenciales. Estos<br />
podrían utilizar la información para adelantarse a la venta, disminuyendo la flexibilidad del Gobierno Federal para<br />
aprovechar la oportunidad de colocar las acciones de manera sorpresiva, lo cual resultaría en un menor precio de venta.
Jl^ -^<br />
• La estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación debe permanecer confidencial para evitar ataques<br />
especulativos a la acción, lo que resultaría en un menor precio de venta.<br />
• Mediante una licitación pública, la difusión de información sobre la oferta pública podría generar expectativas de mercado<br />
que castigarían el precio de las acciones y/o, en su caso, impedirían que el proceso se lleve a cabo en los plazos esperados. La<br />
disminución en el valor de las acciones y el retraso en el proceso ocasionaría menores ingresos y generaría costos adicionales<br />
para el Gobierno Federal.<br />
De lo anterior se desprende la necesidad de realizar un procedimiento de invitación a cuando menos tres agentes colocadores para<br />
garantizar la confidencialidad de la estrategia de venta. Con ello se maximizaría el valor de venta del paquete accionario,<br />
protegiendo los ingresos programados por el Gobierno Federal, y asegurando para el Estado las mejores condiciones de precio,<br />
calidad, financiamiento y oportunidad.<br />
B) Contratación de un despacho jurídico global<br />
Con el propósito de que la instrumentación de la venta accionaria en los mercados de valores de Estados Unidos y de Europa, así<br />
como a través de la BMV, se lleve a cabo confomie a la legislación aplicable en México y en los mercados internacionales, es<br />
necesario que el Gobierno Federal, a través de la <strong>SHCP</strong>, cuente con despachos dé asesoría en derecho mexicano e internacional.<br />
En virtud de la coordinación que se requiere entre ambos asesores jurídicos y de éstos con el Gobierno Federal, se considera que<br />
se debe contratar, mediante el procedimiento de adjudicación directa, a un Despacho Jurídico Global de asesoría, con capacidad<br />
de obtener los servicios de despachos jurídicos en México y, en su caso, en los sitios donde se llevará a cabo la colocación de las<br />
acciones.<br />
La contratación del Despacho Jurídico Global se realizaría mediante el procedimiento de adjudicación directa al despacho<br />
Cleary, Gottlieb, Steen & Hamilton ("CGSH"), conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la Ley de Adquisiciones en<br />
virtud de los siguientes argumentos de confidencialidad, práctica de mercado, economía, eficacia y eficiencia:<br />
1. Confidencialidad.<br />
El despacho jurídico que asesore al Gobierno Federal tendrá que manejar información relativa a los tiempos en que se pretende<br />
realizar la venta de las acciones, así como a la estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación.
m V-.i<br />
La información relativa a los tiempos en los que el Gobierno Federal pretende realizar la venta de las acciones debe permanecer<br />
confidencial, ya que de publicarse dicha información pondría sobre aviso a los inversionistas potenciales. Estos podrían utilizar la<br />
información para adelantarse a la venta, disminuyendo la flexibilidad del Gobierno Federal para aprovechar la oportunidad de<br />
colocar las acciones de manera sorpresiva, lo cual resultaría en un menor precio de venta.<br />
La estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación debe permanecer confidencial para evitar ataques especulativos<br />
a la acción, lo que resultaría en un menor precio de venta.<br />
Mediante una licitación pública, la difusión de información sobre la oferta pública podría generar expectativas de mercado que<br />
castigarían el precio de las acciones y/o, en su caso, impedirían que el proceso se lleve a cabo en los plazos esperados. La<br />
disminución en el valor de las acciones y el retraso en el proceso ocasionaría menores ingresos y generaría costos adicionales<br />
para el Gobierno Federal.<br />
2. Práctica de mercado.<br />
La práctica de mercado indica que un mismo despacho jurídico actúa como asesor tanto del emisor como del tenedor de las<br />
acciones en venta. De hecho, el abogado del emisor (BBVA Bancomer) es quien prepara la mayor parte de los documentos<br />
legales relacionados con la colocación, incluyendo el prospecto de la misma, en virtud de que casi toda la información contenida<br />
en dichos documentos se refiere al emisor, y tiene como fm describir al inversionista la situación de la institución cuyas acciones<br />
se enajenan (BBVA Bancomer).<br />
Adicionalmente, el emisor y el vendedor de las acciones comparten intereses similares con respecto al resultado de la operación:<br />
concretar en el menor tiempo posible una colocación de acciones exitosa, con la más amplia distribución y el mejor precio de<br />
venta. Ambos también comparten responsabilidades en cuanto a la información que proveen al despacho de abogados, las<br />
garantías que éste les ofrece y las limitaciones de los poderes otorgados al mencionado asesor jurídico, por lo que no existiría<br />
conflicto de interés al trabajar para el emisor y el vendedor.<br />
En virtud de que CGSH es el abogado de BBVA Bancomer, resulta indispensable su contratación ya que el abogado del<br />
vendedor de las acciones (Gobierno Federal) debe trabajar estrechamente con el emisor de las mismas (BBVA Bancomer) en la<br />
preparación de los documentos necesarios para realÍ2^ar la venta.*<br />
* CGSH ha participado en operaciones con el Gobierno de Portugal, así como con empresas brasileñas, estadounidenses y mexicanas, prestando sus<br />
servicios al mismo tiempo a emisores y vendedores de títulos. Fuente: CGSH (19 de junio de 2001).
3. Economía.<br />
El Gobierno Federal toma la decisión de realizar una oferta pública de acciones a su entera discreción y el producto de la<br />
colocación le beneficia de forma exclusiva, como dueño de las acciones. Es por ello que el Gobierno Federal es quien debe<br />
afrontar los gastos asociados a esta transacción, incluyendo los honorarios del Despacho Jurídico Global.<br />
Designar como despacho de abogados al que actualmente es asesor jurídico de BBVA Bancomer, tiene el beneficio de que el<br />
Gobierno Federal compartiría gastos con el emisor (BBVA Bancomer), ya que el despacho jurídico representaría los intereses de<br />
ambos, con lo cual se generarían economías para el Gobierno Federal.<br />
Por el contrario, la contratación de un despacho diferente de CGSH como abogado del Gobierno Federal traería como<br />
consecuencia la generación de gastos adicionales, ya que se tendría que pagar a dos despachos de asesoría jurídica en lugar de<br />
uno.<br />
4. Eficacia y eficiencia.<br />
A) CGSH participó en 1994 en la primera oferta pública del capital social de Bancomer, S.A., después de que dicha institución<br />
fue desincorporada de la Administración Pública Federal. Por lo anterior, CGSH cuenta con capacidad y experiencia<br />
específica en la venta del capital social de BBVA Bancomer. Esto permitiría que los trabajos preparativos y la oferta pública<br />
se realicen en forma más eficiente, lo que se reflejaría en un menor costo.<br />
Dada la experiencia de CGSH en los procedimientos previos de colocación de acciones de BBVA Bancomer, la participación<br />
de ese despacho garantiza la consistencia en la interpretación del marco jurídico y en el manejo de los factores de riesgo a<br />
considerar, por lo que se evitarían los riesgos en la ejecución de la propia oferta pública del Gobierno Federal.<br />
B) CGSH es una destacada firma internacional que posee gran experiencia en la prestación de servicios de asesoría jurídica a<br />
clientes que participan en actividades comerciales y financieras, tanto en los Estados Unidos de América, como en otros<br />
países del mundo. Desde hace muchos años, la firma se ha dedicado a una extensa práctica relacionada con América Latina.<br />
CGSH cuenta con una amplia experiencia en todos los aspectos legales de los mercados de instrumentos financieros. Las<br />
principales áreas en las que el despacho tiene enfocada su actividad incluye asuntos corporativos, financieros,<br />
reglamentarios, tributarios y litigiosos.
CGSH es líder de asesoramiento de gobiernos respecto a su actividad en los mercados financieros internacionales. La<br />
asesoría brindada abarca temas como operaciones bancarias y de valores en los mercados de capital más importantes,<br />
emisiones de valores en los Estados Unidos y Europa, así como financiamientos de activos y proyectos de infraestructura.<br />
C) Debido a la constante y estrecha relación que debe haber entre el Gobierno Federal, BBVA Bancomer y su asesor jurídico,<br />
así como la responsabilidad sobre la confidencialidad de la información y del resultado de la propia colocación que asumiría<br />
el mencionado asesor jurídico, es necesario que existan entre las partes vínculos sólidos de confianza e identificación<br />
profesional que aseguren el éxito de la operación.<br />
Por lo tanto, y considerando que CGSH es un despacho jurídico que trabaja con el Gobierno Federal desde hace más de 20 años;<br />
que también ha sido asesor de BBVA Bancomer desde su privatización, y que llevó a cabo la anterior colocación de las acciones<br />
de dicha institución, se hace evidente la necesidad de realizar un procedimiento de adjiudicación directa para contratar a ese<br />
despacho jurídico, con lo cual también se garantizaría la confidencialidad de la estrategia de venta. Con ello se maximizaría el<br />
valor de venta del paquete accionario, protegiendo los ingresos programados por el Gobierno Federal, y asegurando para el<br />
Estado las mejores condiciones de precio, calidad, financiamiento y oportunidad.<br />
Cabe mencionar que el Gobierno Federal no cuenta actualmente con los servicios del Agente Colocador, ni en el ámbito de los<br />
contratos con los despachos jurídicos que le prestan servicios podría incluirse el servicio requerido para la enajenación de las<br />
acciones de BBVA Bancomer, por lo que en términos del artículo 19 de la Ley de Adquisiciones se hace necesaria su<br />
contratación.<br />
IV. Proceso de contratación de servicios para la venta accionaria<br />
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 31 de la Ley Orgánica de la<br />
Administración Pública Federal, y 2° inciso B fracción V, 6° fracciones XXX y XXXIV, 12 fracción XIII y 17 firacción XIV del<br />
Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y considerando la naturaleza de las fiínciones de la<br />
Dirección General de Crédito Público en materia de mercados de capitales, activos financieros y esquemas especiales, se tiene<br />
contemplado designar a la mencionada Unidad Administrativa para que realice los actos jurídicos necesarios para la venta de las<br />
acciones de BBVA Bancomer.<br />
Se tiene contemplado que una Sociedad Nacional de Crédito funja como auxiliar para la venta del paquete accionario, cubriendo<br />
los gastos que genere dicha enajenación, y enterando los recursos correspondientes a la Tesorería de la Federación.<br />
-I
V. Transparencia<br />
^<br />
En procesos similares, la Secodam ha sugerido la incorporación de una organización extema de transparencia, representante de la<br />
sociedad civil, que participe durante dichos procesos.<br />
Considerando que, como ya se ha mencionado, la información relativa a la colocación de las acciones del Gobierno Federal debe<br />
mantenerse confidencial para obtener resultados óptimos en su colocación, es pertinente únicamente hacerla del conocimiento de<br />
servidores públicos a quienes obliga el artículo 47 fracción IV de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores<br />
Públicos a guardar dicha confidencialidad, sobre la cual tienen responsabilidades específicas.<br />
Asimismo, las regulaciones en los diversos mercados de valores en los que se pretende realizar la venta, establecen restricciones<br />
respecto de la difusión de información y publicidad que puede darse; en el caso específico de México, dichas restricciones están<br />
contempladas, entre otros, en el artículo 25 de la Ley del Mercado de Valores. El incumplimiento de tales restricciones puede<br />
generar sanciones de carácter económico o impedir la realización de la venta en los plazos estipulados.<br />
Por lo tanto, se considera que el proceso de contratación de los servicios para la venta de las acciones de BBVA Bancomer, así<br />
como la enajenación de las mismas, debe ser del conocimiento únicamente de los servidores públicos involucrados en el proceso<br />
y obligados á guardar confidencialidad.<br />
VI. Esquema de pago de los servicios para la venta accionaria<br />
En términos del artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, las dependencias y entidades pueden convocar, adjudicar o contratar<br />
servicios solamente cuando se cuente con la autorización de la <strong>SHCP</strong> del presupuesto de inversión y de gasto corriente conforme<br />
a los cuales deberán programarse los pagos respectivos. Sin embargo, el mencionado artículo también establece que la <strong>SHCP</strong><br />
puede aprobar una excepción para que pueda iniciarse el proceso de convocatoria sin contar con dicha autorización.<br />
Debido a que la Ley de Ingresos no prevé una partida para los gastos que implica la venta de las acciones de BBVA Bancomer,<br />
las erogaciones que genere este proceso se cubrirán con el producto de la venta de las acciones.
VIL Acuerdo solicitado a la CIGF y a la CID<br />
• Se solicita a estas H. Comisiones adoptar sus respectivos acuerdos en los siguientes términos:<br />
"Esta Comisión toma nota que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Dirección General de Crédito<br />
Público, llevará a cabo la enajenación de la posición accionaria del Gobierno Federal en el Grupo Financiero BBVA<br />
Bancomer, S.A. de C.V, representativa del 10.49% del capital social de dicha institución, y, para tal efecto contratará los<br />
servicios de un agente colocador internacional a través del procedimiento de invitación a por lo menos tres personas, así<br />
como los servicios del despacho jurídico Cleary, Gottiieb, Steen «fe Hamilton a través del procedimiento de adjudicación<br />
directa; que la mencionada dependencia llevará a cabo la convocatoria y contratación de los servicios mencionados sin<br />
contar con una autorización global o específica del presupuesto de inversión y de gasto corriente, en términos del artículo 25<br />
de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y que dichos servicios serán pagados por una<br />
Sociedad Nacional de Crédito de la que se auxiliará la mencionada Dirección General de Crédito Público."<br />
^
SECRETARIA DE<br />
HACIENDA Y<br />
CRÉDITO PÚBLICO<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
m<br />
n<br />
POSICIÓN ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL EN BBVA BANCOMER<br />
Enajenación de las acciones<br />
Marzo, 2002
l. Antecedentes<br />
El Gobierno Federal es propietario de 949'838,031 acciones serie "O" (las "Acciones Bancomer") del capital social de Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. ("Bancomer"), que representan el 10.49% del capital social pagado de dicha<br />
institución. Las mencionadas acciones se encuentran en el fideicomiso F/22625-8 constituido en Bancomer.<br />
En virtud de que en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2001 estaba prevista la enajenación de las<br />
Acciones Bancomer, las Comisiones Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de Desincorporación tomaron nota sobre el<br />
procedimiento para la venta, el cual consistía en contratar a un Agente Colocador Global mediante el procedimiento de<br />
invitación a por lo menos tres personas, y al Despacho Jurídico Global Cleary, Gottlieb, Steen & Hamilton ("CGSH"), a través<br />
del procedimiento de adjudicación directa, en términos de la Ley de Adquisiciones. Arrendamientos y Servicios del Sector<br />
Público (la "Ley de Adquisiciones"). Asimismo, el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público instruyó al C. Director General<br />
de Crédito Público a llevar a cabo la citada enajenación.<br />
IL Acciones instrumentadas para ejecutar el esquema acordado para la venta<br />
Con base en los criterios de la Unidad de Política de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (la "<strong>SHCP</strong>") sobre<br />
la aplicabiiidad del mecanismo de ingresos netos, la Dirección General de Crédito Público obtuvo de las Direcciones Generales<br />
de Programación, Organización y Presupuesto, y de Programación y Presupuesto de Servicios, así como de la Unidad de Política<br />
Presupuestal, autorización para llevar a cabo las convocatorias para las contrataciones mencionadas a través del mecanismo de<br />
ingresos netos, sin contar con la autorización presupuestaria global o específica de conformidad con la excepción prevista en la<br />
Ley de Adquisiciones.<br />
Posteriormente, la contratación de los servicios del Agente Colocador Global y del despacho CGSH, se presentó para su<br />
consideración al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la <strong>SHCP</strong> (el "Comité de Adquisiciones") en cuatro<br />
ocasiones.<br />
La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (la "SECODAM") indicó vía oficio a la <strong>SHCP</strong>, entre otras cosas, que:<br />
(i) la Ley de Adquisiciones no era aplicable en virtud de que se utilizaría el mecanismo de ingresos netos, y éste no implica una<br />
erogación que afecte una partida de gasto; (ii) al no ser aplicable la Ley de Adquisiciones, el asunto de referencia no era matería<br />
del Comité de Adquisiciones; y (iii) si fuese aplicable la citada Ley, los referidos casos hubieran sido dictaminados<br />
favorablemente, por haberse encontrado y acreditado los supuestos de excepción a la licitación previstos en el citado<br />
ordenamiento.<br />
íA
III. Situación actual<br />
Contratación del Agente Colocador Global<br />
• El artículo 14 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, publicada el 1 de enero del presente<br />
año (la "Ley de Ingresos 2002"), prevé la aplicabilidad del mecanisnib de ingresos netos para la contratación de terceros en<br />
los procesos de enajenación de acciones, y asimismo señala que en tales contrataciones es aplicable la Ley de<br />
Adquisiciones.*<br />
• Al ser aplicable el mecanismo de ingresos netos, conforme a la Ley de Adquisiciones la <strong>SHCP</strong> puede autorizar que se inicie<br />
el procedimiento para la contratación del Agente Colocador Global sin necesidad de contar con una autorización global o<br />
específica del presupuesto de inversión y de gasto corriente. En términos de la propia Ley de Adquisiciones, el Comité de<br />
Adquisiciones debe dictaminar sobre la procedencia para aplicar el procedimiento de invitación a por lo menos tres personas.<br />
Contratación del Despacho jurídico CGSH<br />
• El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002 (el "PEF") prevé recursos para la<br />
contratación del despacho jurídico que auxiliará al Gobierno Federal en la enajenación de su posición accionaria en<br />
Bancomer, por lo que en términos de la Ley de Adquisiciones se debe contar con la autorización presupuestal global o<br />
específica por parte de la <strong>SHCP</strong>, así como la del titular de esa Dependencia de la erogación para la contratación de los<br />
mencionados servicios de consultoríá y/o asesoría.<br />
• El Comité de Adquisiciones debe dictaminar sobre la procedencia de instrumentar el procedimiento de adjudicación directa,<br />
según lo establece la Ley de Adquisiciones.<br />
* "...Los ingresos netos por enajenación de acciones, cesión de derechos y desincorporación de entidades son los recursos efectivamente recibidos por<br />
el gobierno federal, una vez descontadas las erogaciones realizadas tales como comisiones que se paguen a agentes financieros, contribuciones, gastos de<br />
administración, de mantenimiento y de venta, honorarios de comisionados especiales que no sean servidores públicos encargados de dichos procesos, así<br />
como pagos de las reclamaciones procedentes que presenten los adquirentes o terceros, por pasivos ocultos, fiscales o de otra índole, activos inexistentes y<br />
asuntos en litigio y demás erogaciones análogas a todas las mencionadas. Los ingresos netos a que se refiere este párrafo se concentrarán en la Tesorería de<br />
la Federación, y deberán manifestarse, tanto en los registros de la propia Tesorería como en la cuenta de la Hacienda Pública Federal. Lo dispuesto en el<br />
párrafo anterior será aplicable a la enajenación de acciones y cesión de derechos cuando impliquen contrataciones de terceros para llevar a cabo tales<br />
procesos, las cuales deberán sujetarse a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público."
IV. Participación de una Sociedad Nacional de Crédito<br />
Al estar previstos en el PEF los recursos para la contratación de CGSH, no sería necesario que el Gobierno Federal utilice los<br />
servicios de una Sociedad Nacional de Crédito como agente pagador en el proceso de enajenación como se había previsto<br />
anteriormente. Sin embargo, en caso de que el Agente Colocador Global no enajene la totalidad de las Acciones Bancomer en<br />
una oferta, el remanente podría ser vendido en ofertas subsiguientes en el o los mercados de valores que correspondan a través<br />
del propio Agente Colocador Global y/o mediante la participación de la mencionada Sociedad Nacional de Crédito.<br />
V. Acuerdo solicitado a la CIGF y a la CID<br />
• Se solicita a estas H. Comisiones tomar nota de lo siguiente:<br />
(i) De las consideraciones formuladas por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo relativas a la<br />
improcedencia de aplicar en el año de 2001 la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y<br />
de instrumentar el mecanismo de ingresos netos en dicho proceso;<br />
(ii) Que en términos de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, la Dirección General de<br />
Crédito Público considera que es aplicable la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del. Sector Público<br />
para la contratación del Agente Colocador Global internacional a través del mecanismo de ingresos netos. Por lo<br />
anterior, esto requeriría de la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito PúbHco para iniciar la contratación<br />
respectiva sin contar con la autorización global o específica del presupuesto de inversión y de gasto corriente;<br />
asimismo, se requeriría someter a la consideración del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de dicha<br />
Secretaría la instrumentación del procedimiento de invitación a por lo menos tres personas;<br />
(iii) Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal de 2002 prevé recursos para contratar<br />
los servicios del despacho jurídico Cleary, Gottlieb, Steen & Hamilton, y se requiere autorización del titular de la<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público para efectuar la erogación para dicha contratación; asimismo, se requiere<br />
someter a la consideración del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de esa Secretaría el<br />
procedimiento de adjudicación directa; y<br />
(iv) Que en la instrumentación del proceso de enajenación de la posición accionaria referida, la Dirección General de<br />
Crédito Público podrá optar por auxiliarse de una Sociedad Nacional de Crédito, e instruirá lo conducente al<br />
fideicomiso F/22625-8 de Bancomer.
•
m<br />
Acuerdos de la CIGF-CID<br />
10<br />
(®
51-^<br />
i<br />
^toi'eecuf^^ tontea<br />
^^ /^<br />
17deagostodeí0i31 3. H. C...<br />
PARA: ACT. ALONSO GARCÍATAMÉS •*:^- /oJ'-r. S| . aicc-oK *'%" ¿-v:-/<br />
Director General de Crédito Público J k / ^ ' * ' ^ j . " "^píp?.?-- -^iv<br />
DE: BERNARDO GÓMEZ PAUCIO ^^cl/r^>\:í>- '<br />
Por considerado de su interés, le envío el acuerdo definitivo 01-XIX-4 de la Comisión Intersecretarial de<br />
Gasto Financiamiento, tomado en la XIX sesión ordinaria de 2001. celebrada el pasado 8 de agosto,<br />
referente a la solicitud de la Dirección General de Crédito Público de la Secretaria de Hacienda y<br />
Crédito Público para enajenar la posidón acdonaria del Gobierno Federal en el Grupo Financiero<br />
BBVA-Bancomer, S A de C.V.<br />
¿SLk t e n t a m e H^etv.<br />
1 -Sr\.l=r<br />
•j
I •<br />
'xL><br />
Acuerdo Sobre: <strong>SHCP</strong> (ENAJENACIÓN DE LA POSICIÓN ACCIONA-<br />
RÍA DEL GOBIERNO FEDERAL EN BBVA<br />
• BANCOMER).<br />
Acuerdo 01-XIX-4<br />
La Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, en forma conjunta<br />
con la Comisión Intersecretaríal de Desincorporación y con la presencia de<br />
la Tesorero de la Federación, del Jefe de la Unidad de Política de Ingresos<br />
y del Director General de Crédito Público, todos de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público (<strong>SHCP</strong>), conoció la nota titulada: 'Posición<br />
Accionaria del Gobierno federal en BBVA Bancomer. Enajenación de las<br />
Acciones", que elaboró la Dirección General de Crédito Público (DGCP) de<br />
la <strong>SHCP</strong>; al respecto, acordó tomar nota de lo siguiente: a) que la <strong>SHCP</strong>,<br />
a través de la DGCP, llevará a cabo la enajenación de la posición<br />
accionaria del Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer,<br />
S.A. de C.V., representativa der 10.49% del capital social de dicha<br />
institución y, para tal efecto, contratará los servicios de un agente<br />
financiero colocador internacional a través del procedimiento de invitación<br />
ll^ a por lo menos tres personas, así como los servicios del despacho jurídico<br />
(fa<br />
Cleary, Gottlieb, Steen & Hamilton a través del procedimiento de<br />
adjudicación directa, y b) que la mencionada dependencia llevará a cabo la<br />
convocatoria y la contratación de los servicios mencionados, sin contar con<br />
una autorización global o específica del presupuesto de inversión y de<br />
gasto corriente, en términos del artículo 25 de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de que dichos servicios<br />
serán pagados por una sociedad nacional de crédito de la que se auxiliará<br />
^ la mencionada DGCP. (080801)
16deagostDjíeído1j.| c ^<br />
PARA: ACT. ALONSO GARCÍA TAMES n \ &' T, .fo •<br />
Director General de Crédito Público de >^ .:
Acuerdo Sobre: <strong>SHCP</strong> (ENAJENACIÓN. DE LA POSICIÓN<br />
ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL EN BBVA<br />
BANCOMER).<br />
Acuerdo CID-01-XIII-2.<br />
La Comisión Intersecretaria! de Desincorporaciórr, en forma conjunta con la<br />
Comisión Intersecretaria! de Gasto f^inanciamiento y con la presencia de la<br />
Tesorero de la Federación, del Jefe de la Unidad de Política de Ingresos y<br />
^ del Director General de Crédito Público, todos de la Secretaria de<br />
^ Hacienda y Crédito Público (<strong>SHCP</strong>), conoció la nota titulada: "Posición<br />
Accionaria del Gobierno Federal en BBVA Bancomér. Enajenación de las<br />
Acciones', que elaboró la Dirección General de Crédito Público (DGCP) de<br />
la <strong>SHCP</strong>; al respecto, acordó tomar nota de lo siguiente: a) que la <strong>SHCP</strong>,<br />
a través de la DGCP, llevará a cabo la enajenación de la posición<br />
accionaria del -Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomér,<br />
SA de C.V., representativa del 10.49% del capital social de dicha<br />
institución y, para tai efecto, contratará los servicios de un agente<br />
, financiero coiocador internacional a través del procedimiento de invitación<br />
%o<br />
a por lo n^nos tres personas, así como los servicios de! despacho jurídico<br />
Clea7, Gottiieb, Steen & Hamilton a través del procedimiento de<br />
adjudicación directa, y b} que la mencionada dependencia llevará a cabo la<br />
convocatoria y la contratación de los servicios mencionados, sin contar con<br />
una autorización global o específica del presupuesto de Inversión y de<br />
. gasto com'ente, en términos del artículo 25 de la Ley de Adquisiciones,<br />
^^Arrendamientos y Servicios, del Sector Público y de que dichos servicios<br />
.J
"f<br />
Acuerdo Sobre: <strong>SHCP</strong> (ENAJENACIÓN* DE U POSICIÓN<br />
ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL EN BBVA<br />
BANCOMER).<br />
serán pagados por una sociedad nacional de crédito de la que se auxiliará<br />
"C la mencionada DGCP. (080801)
^<br />
\&ñ<br />
m<br />
PARA: ACT. ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />
Director General de Crédito Público de<br />
la Secretaria de Hacienda y Crédito<br />
Público<br />
DE: Lie. SERGIO MONTANO FERNÁNDEZ.<br />
Ref.: 0329<br />
17 de abril de 2002<br />
X:^'<br />
Por considerarlo de su interés, le envió el acuerdo definitivo 02-V-6 de la Comisión Intersecretarial de<br />
Gasto Financiamiento, tomado en la V sesión ordinaria de 2002, celebrada el pasado 6 de marzo.<br />
i'<br />
-I:) /'^S.<br />
'€)
TÉ=^<br />
KTeoftelá^Ua Kyécntca<br />
Acuerdo Sobre: <strong>SHCP</strong> (ENAJENACIÓN DE U POSICIÓN<br />
ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL EN BBVA<br />
BANCOMER).<br />
Acuerdo 02-V-6<br />
La Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento (CIGF), en forma<br />
conjunta con la Comisión Intersecretarial de Desincorporación y con la<br />
presencia del Director General de Crédito Público de la Secretaría de<br />
Ip Hacienda y Crédito Público (<strong>SHCP</strong>), conoció la nota titulada: "Posición<br />
Accionada del Gobierno Federal en BBVA Bancomer. Enajenación de las<br />
Acciones", que elaboró la Dirección General de Crédito Público (DGCP) de<br />
la <strong>SHCP</strong>; al respecto, acordó tomar nota de lo siguiente: a) que la<br />
Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo formuló diversas<br />
consideraciones referentes a la improcedencia de aplicar en el año 2001 la<br />
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (Ley<br />
de Adquisiciones), al proceso de enajenación de la posición accionaria del<br />
Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
fljl (BBVA Bancomer), representativa del 10.49% del capital social de dicha<br />
institución, en razón de que para llevar a cabo dicho proceso se utilizaría el<br />
mecanismo de ingresos netos, b) que de conformidad con el artículo 14 de<br />
la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, la<br />
DGCP considera aplicable la Ley de Adquisiciones para la contratación del<br />
agente colocador global internacional, a través del mecanismo de ingresos<br />
netos, por lo que dicha Dirección General solicitará la aprobación de la<br />
<strong>SHCP</strong>, para la contratación respectiva, sin contar con una autorización<br />
global o específica de! presupuesto de inversión y de gasto corriente, en
K/eot/elá/tiíaz/écnica<br />
Acuerdo Sobre: <strong>SHCP</strong> (ENAJENACIÓN DE U POSICIÓN<br />
ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL EN BBVA<br />
BANCOMER).<br />
términos del artículo 25 de ia Ley de Adquisiciones y someterá a la<br />
consideración del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios<br />
(Comité) de esa dependencia la instrumentación del procedimiento de<br />
invitación a por lo menos tres personas, c) que el Decreto de Presupuesto<br />
de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, prevé recursos<br />
'^<br />
@ para la contratación de los servicios del despacho jurídico Cleary, Gottiieb,<br />
^3<br />
Steen & Hamilton, por lo que la DGCP deberá contar con la autorización de<br />
la <strong>SHCP</strong> en términos del articulo 25 antes mencionado y someterá a la<br />
consideración del Comité el procedimiento de adjudicación directa, y d) que<br />
el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario explore la posibilidad de<br />
seguir un procedimiento paralelo al del Gobierno Federal, para contratar al<br />
mismo agente colocador y/o despacho de abogados, para enajenar su<br />
posesión accionaria en BBVA Bancomer. (060302)
%<br />
!.CT-,i<br />
PARA: ACT. ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />
Director General de Crédito Público de la<br />
Secretaria de Hacienda y Crédito Público<br />
DE: Lie. SERGIO MONTANO FERNÁNDEZ<br />
SecnetarUO' léaUea, /íaxtJÍiax<br />
Ref.:015<br />
17 de abril de 2002<br />
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•VH:<br />
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'V<br />
Por considerarlo de su interés, le envío el acuerdo definitivo CID-02-III-1 de la Comisión<br />
Intersecretarial de Desincorporación, tomado en la ill sesión ordinaria de 2002, celebrada el pasado<br />
6 de marzo.<br />
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Acuerdo Sobre: <strong>SHCP</strong> (ENAJENACIÓN DE U POSICIÓN<br />
ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL EN BBVA<br />
BANCOMER).<br />
Acuerdo CID-02-I1I-1.<br />
La Comisión Intersecretarial de Desincorporación (CID), en forma conjunta<br />
con la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento y con la<br />
presencia del Director General de Crédito Público de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público (<strong>SHCP</strong>), conoció la nota titulada: "Posición<br />
Accionaria del Gobierno Federal en BBVA Bancomer. Enajenación de las<br />
Acciones", que elaboró la Dirección General de Crédito Público (DGCP) de<br />
la <strong>SHCP</strong>; al respecto, acordó tomar nota de lo siguiente: a) que la<br />
Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo formuló diversas<br />
consideraciones referentes a la improcedencia de aplicar en el año 2001 la<br />
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (Ley<br />
de Adquisiciones), al proceso de enajenación de la posición accionaria del<br />
Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
(BBVA Bancomer), representativa del 10.49% del capital social de dicha<br />
institución, en razón de que para llevar a cabo dicho proceso se utilizaría el<br />
mecanismo de ingresos netos, b) que de conformidad con el artículo 14 de<br />
la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, la<br />
DGCP considera aplicable la Ley de Adquisiciones para la contratación del<br />
agente colocador global internacional, a través del mecanismo de ingresos<br />
netos, por lo que dicha Dirección General solicitará la aprobación de la<br />
<strong>SHCP</strong>, para la contratación respectiva, sin contar con una autorización<br />
global o específica-del presupuesto de inversión y de gasto corriente, en<br />
.../<br />
Eíx
^¡f^ffcáeaix ^«Ü?T4cctcütí¿a/eá: Z^c
O<br />
Oficios de instrucción del C. Secretario de Hacienda y Crédjto Público<br />
para la venta de las acciones y la contratación del despacho jurídico.<br />
11<br />
(|3)
08/09/01 JUE 18:48 FAI 2281690 DGCP Í1002<br />
HAaEMIA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
C, Alonso Pascual García tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Presente.<br />
PROCÜÍ^URÍA FISCAL DE LA FEDERACIÓN<br />
SÜBPROCURADURÍA FISCAL FEDERAL DE<br />
LEGISLACIÓN Y CONSULTA<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE LEGISLACIÓN Y<br />
CONSULTA, ENTIDADES PARAESTATALES Y<br />
FIDEICOMISOS<br />
529-II-DGLCEPF-4493<br />
México, D.F.. a 9 de agosto de 2001.<br />
Conforme a lo acordado, me pennlto remitirle proyecto de oficio relativo a la ¡nstnjcción<br />
del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, en relación a que esa Dirección<br />
General lleve a cabo el procedimiento de enajenación de la tenencia accionaria que el<br />
Gobierno Federal mantiene, a través del fideicomiso F/22625 en Bancomer, S.A., de<br />
acciones serie "O" del capital social de Gmpo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
Sin otro particular, quedo de Usted.<br />
JABB/PRO.<br />
Atentamente<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.<br />
El Subprocurador<br />
JUAN CAÍ O PINO<br />
5M
08/09/01 JUE 18:47 FAI 2281690 DGCP IgOOl<br />
©<br />
m<br />
SE£RETARM<br />
DE<br />
[lAaENQAYCREDrnDPUBUCO<br />
C. Alonso Pascual García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Presente.<br />
SECRETARIA PARTICULAR<br />
101.-<br />
México, D. F.,<br />
Me refiero a (a tenencia accionaria que el Gobierno Federal mantiene, a través del<br />
fideicomiso F/22625 en Bancomer S.A., de acciones serie "O" dei capital social dé<br />
Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
Al respecto, y con objeto de que se dé cumplimiento a la propuesta de enajenación de<br />
las acciones de referencia que fue presentada por esa Dirección General a su cargo en<br />
el seno de las Comisiones Intersecretariales de Gasto Financlamiento y de<br />
Desincorporación de fecha 8 de agosto de 2001, y de las cuales derivan los acuerdos<br />
01-XIX-4 y CID-OI-XIIl-2, respectivamente, le Instruyo con fundamento en los artículos<br />
16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 1' y 6°<br />
fracción XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,<br />
para que en estricto apego al Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados<br />
Unidos Mexicanos y demás normativa aplicable y conforme a la propuesta presentada<br />
por usted, lleve a cabo el procedimiento de enajenación aludido.<br />
Sin otro particular, quedo de usted.<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN<br />
El Secretario,<br />
Lie, José Francisco Gil Díaz<br />
c.c.p. Lie Aiejarwjro TOÍTCS Palmer.- Subsecretario de Normatividad y Control de la Gestión Pública. SECODAM.- Para su<br />
conocimiento. Presente.<br />
Dr, Agustín GuillerTno Carstens Caretens.- SubseCTetario de Hacienda y Crédito Público.- Para su conocimiento y efacios.<br />
Uc. Rubén Octavio Aguirre Pangbum.- Suljsecretario da Ingresos.- Para su conocimiento.<br />
Dr. Carlos Hurtado López.- Subsecretario de Egresos.- Mismo Rn.<br />
Uc. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Ofidal Mayor.- Misnio fin.<br />
Lie. Gabriel Reyes Onjna.- Procurador Rscal ds la FedeiBción.- Mismo Fin.<br />
Uc. Evelyrit: Eug«
i APn-10-?001 14:33 DE:SUBPROC.LEG.Y CONS. 52284204 ^-.952261609 ^^ Pi2<br />
PROCURADURU FISCT^L DE UV FEDERÁCSN^^^ ^^^ "<br />
SUBPROCURADURÍA RSCAL FEDERAL DE<br />
LEGISLAaÓN Y CONSULTA<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE LEGISLACIÓN Y<br />
CONSULTA. ENTIDADES PARAESTATALES Y<br />
FIDEICOMISOS<br />
'^** 529-II-OGLCEPF-4498<br />
HM3EM»YaEMX)|iWeLI0D<br />
-'•*{"'•*•. • ' • '<br />
^ _ » - ; • > ' " . - •, , .<br />
México, O.f., a 10 de agosto de 2001.<br />
LIC'IORENZO HERNÁNDEZ HERRERA. DI AüGIO U-U<br />
Secratarío Particular del C. Secretario<br />
t^í?i de Hacienda y Crédito Público.<br />
Presente. ... ÍLL<br />
Hacemos referencia al proyecto de oficio relativo a la instrucción del C. Secretar» de<br />
Hacienda y Crédito Público para que la Dirección General de Crédito Público lleve a<br />
cabo el procedimiento de enajenación de la tenencia accionaria que el Gobierno<br />
Federal mantiene, a través del fideicomiso F/22625 en Bancomer, S.A. de acciones<br />
serie "O" del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.; al<br />
respecto, nos penrítimos comunícaríe que desde el punto de vista de esta área Jurídica<br />
no existe Inconveniente legal alguno para que el instrumento respectivo sea formalizado<br />
por el Titular de esta Secretaria, en virtud de haber sido atendidas las observaciones<br />
formuladas por esta área jurídica. ¡\<br />
Sin otro particular, quedo de Usted.<br />
JABB/FR4<br />
Atentamente<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.<br />
El Subprocurador<br />
JUAN CARLOS TAMAYO PINO
. "'" s«*'^*/ r^^^^^^^V , SECRETARIA PARTICULAR ñ^<br />
%^^«* ^^ . 121-1338<br />
CECRETMU<br />
OE<br />
HACCNDAYCMSfTD PUBUCO<br />
C. Alonso Pascual García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Presente.<br />
México, D. F., 10 de agosto de 2001,<br />
Me refiero a la tenencia accionaria que el Gobierno Federal mantiene, a través del<br />
fideicomiso F/22625 en Bancomer S.A., de acciones serie "O" del capital social de<br />
Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
^ Al respecto, y con objeto de que se dé cumplimiento a la propuesta de enajenación de<br />
las acciones de referencia que fue presentada por esa Dirección General a su cargo en<br />
el seno de las Comisiones Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de<br />
Desincorporación dé fecha 8 de agosto de 2001, y de las cuales derivan los acuerdos<br />
01-XIX-4 y CID-01-XIII-2, respectivamente, le instruyo con fundamento en los articules<br />
16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, asi como 1® y 6"<br />
fracción XXX del Reglamento interior de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público,<br />
para que en estricto apego al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados<br />
Unidos Mexicanos y demás normativa aplicable y conforme a la propuesta presentada<br />
por usted, lleve a cabo e! procedimiento de enajenación aludido.<br />
Sin otro particular, quedo de usted.<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN<br />
El Secretario.<br />
M toAE0.'20at m '' >-Ic. José (4AÍÍSC0 Gil Diaz<br />
fUBUCO ^Ñf<br />
'1. .•<br />
ccp. Lie. Alejandro Torre» Palmer.- Subsemtarw de Noimatividad y Control de la Gestión Pública. SECODAM.- Para su<br />
conocimiento. Presente.<br />
Dr. Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Púbnco.- Para su conocimiento y efectos.<br />
Uc. Rubén Octavio Aguirre Psngbum.- Subsecretario de Ingresos.- Para su conocimiento.<br />
Dr. Carlos Hurlado López- Subsecretario de Egresos.- Mismo Fm.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Mismo Fin.<br />
Líe. Gabriel Reyes Orona.- Procurador Fiscal de la Federacidn.- Mismo Fin.<br />
Lie. Evelyne Eugenia Rodríguez Ortega.- Tesorero de ta Federación.- Misnw Fin.
©<br />
SECRETARÍA DE I!<br />
HACIENDA Y]<br />
CRÉDITO PÚBLICO 11<br />
PARA: Lie. LUIS CORNU GÓMEZ<br />
SUBPROCURADOR FISCAL FEDERAL<br />
DE LEGISLACIÓN Y CONSULTA<br />
DE: SILVIA E. ROCHA TORRES<br />
D<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y<br />
CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
México, D.F., a 25 de marzo de 2002.<br />
Asunto: Enajenación de acciones de Bancomer.<br />
Me refiero a la enajenación de la posición accionaria del Gobierno Federal en acciones serie "O"<br />
del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., así como al oficio número<br />
346.-383 de fecha 8 de marzo de 2002 de la Dirección General de Programación, Organización y<br />
Presupuesto de esta Secretaría (se acompaña copia simple).<br />
Al respecto, en términos de lo acordado, le solicito que por su amable conducto se gestione la<br />
autorización del C. Secretario de la erogación para la contratación de los servicios de consultoría<br />
y/o asesoría jurídica correspondientes, en términos de los artículos 19 último párrafo y 25 de la<br />
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Sen/icios del Sector Público.<br />
Para lo anterior, se acompaña debidamente firmado el oficio de la solicitud respectiva, así como<br />
rubricado el proyecto de oficio de autorización.<br />
Sin otro particular, quedo a sus órdenes.<br />
:5.C02<br />
-?kOL.;rJ.D\JV.iA FiSCAL<br />
FEDCR-^L DE<br />
ATENTAME
SECRETARIA<br />
OE<br />
HAaENDA r CRÉDITO PUBUCO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.-058/2002.<br />
Lie. JOSÉ FRANCISCO GIL DÍAZ<br />
Secretario de Hacienda y Crédito Público<br />
Presente.<br />
México, D.F., a 25 de marzo de 2002.<br />
Me refiero a la enajenación de la posición accionaria del Gobierno Federal, a través<br />
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en Grupo Financiero BBVA<br />
%) Bancomer, S.A. de C.V. ("BBVA Bancomer"), consistente en 949'838,031<br />
(novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un)<br />
acciones serie "O" del capital social de dicha institución. Asimismo, me refiero a la<br />
contratación de los servicios profesionales del despacho jurídico Cleary Gottiieb Steen<br />
& Hamilton ("CGSH") para la instrumentación de la mencionada enajenación.<br />
Dicha contratación se realizaría a través del procedimiento de adjudicación directa, de<br />
conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 41 fracciones III y X de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Sen/icios del Sector Público (la "Ley de<br />
Adquisiciones") por lo que, en términos del artículo 22 fracción II de la mencionada<br />
Ley, la justificación para instrumentar tal procedimiento por excepción a la licitación<br />
pública se someterá en su momento a la consideración, y en su caso dictaminación,<br />
del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de esta Secretaría (el<br />
"Comité"), integrando los documentos necesarios para tal efecto.<br />
Para llevar a cabo la contratación del despacho jurídico, en cumplimiento a lo<br />
dispuesto en los artículos 5°, 30 y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto<br />
Público Federal, y 62, 65 y 66 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y<br />
Crédito Público, se cuenta con el oficio de suficiencia presupuestal No. 346.-383 de<br />
fecha 8 de marzo de 2002, emitido por la Dirección General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto de esta Secretaría (se acompaña copia simple).<br />
En virtud de la naturaleza de los servicios que se prestarían, el período de<br />
contratación iniciaría, en su caso, una vez que se cuente con la dictaminación<br />
favorable del Comité, y concluiría el 31 de diciembre de 2002, o en el momento en<br />
que se enajenen las acciones de referencia, si esto sucede antes de que concluya el<br />
presente año.<br />
Cabe mencionar que mediante acuerdos 01-XIX-4 y CID-01-XIII-2, y CIGF-02-V-6 y<br />
CID-02-III-1, adoptados en sesiones conjuntas celebradas el 8 de agosto de 2001, y el<br />
6 de marzo de 2002, respectivamente, las Comisiones Intersecretariales de Gasto<br />
Financiamiento y de Desincorporación tomaron nota del esquema de enajenación de<br />
la fDosición accionaria de BBVA Bancomer.
0^<br />
ti<br />
SECRETARIA<br />
OE<br />
HACIENDA Y CREOfTO PUBUCO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.-058/2002<br />
Por lo anterior, de no existir inconveniente, y para obtener los servicios profesionales de<br />
referencia, se solicita su autorización para la erogación correspondiente vinculada a la<br />
contratación de los servicios de consultoría y/o asesoría jurídica en términos de los artículos<br />
19 y 25 de la Ley de Adquisiciones, y 73 del Reglamento de la Ley de Presupuesto,<br />
Contabilidad y Gasto Público Federal.<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
__ A t e n4 a mente,<br />
'^SüFRAGÍ^-eFECTIVO.<br />
^\EI| DIrecfóf General,<br />
so-Ga«íía>Tamés<br />
REELECCIÓN.<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Dr. Carlos Hurtado López.- Subsecretario de Egresos.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.-Presente.<br />
Lie. Juan Carlos Tamayo Pino.- Procurador Fiscal de la Federación.- Presente.
D<br />
SECRCTARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
Act. Alonso García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Presente<br />
SECRETARIA PARTICULAR<br />
101.-<br />
México, D.F.,<br />
Me refiero a la posición accionaria que el Gobierno Federal rhantiene, a través del<br />
. fideicomiso F/22625 en Bancomer, S.A., de acciones serie "O" del capital social del Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
Al respecto, en alcance al oficio número 101.-1338 de fecha 10 de agosto de 2001, con<br />
fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública<br />
Federal; 19 último párrafo y 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Sen/icios del<br />
Sector Público, y 1° del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público, y considerando lo señalado por usted mediante oficio No. 305.-058/2002 de fecha<br />
25 de marzo de 2002, así como el oficio de suficiencia presupuestal No. 346.-383 de fecha<br />
8 de marzo de 2002, emitido por la Dirección General de Programación, Organización y<br />
Presupuesto de esta Secretaría, se autoriza la erogación para la contratación de los<br />
servicios de consultoría y/o asesoría jurídica, necesarios para instrumentar el esquema<br />
para la enajenación de acciones referida, reiterándole que se efectúe en estricto apego al<br />
artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás<br />
normativa aplicable.<br />
Sin otro particular, quedo de usted.<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.<br />
El Secretario,<br />
Lie. José Francisco Gil Díaz<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Dr. Carlos Hurtado López.- Subsecretario de Egresos.- Presente.<br />
Lio. Alejandro Torres Palmer.- Subsecretario de Normatividad y Control de la Gestión Pública.<br />
SECODAM.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.<br />
C.P. Aída Amanda Córdova Chávez.- Titular del Órgano Interno de Control de la <strong>SHCP</strong>.- Presente.
•ir-<br />
Para:<br />
De:<br />
C.c.p.<br />
SECRETARIA<br />
OE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
'I-<br />
Procuraduría Fiscal de la Federación<br />
Subprocuraduría Fiscal Federal de Legislación y Consulta<br />
Dirección General de Legislación y Consulta Fiscal y Presupuestaria<br />
Dirección de Apoyo Técnico u*. r • -:<br />
' •¿''' ;-, - - •'!"' '<br />
Lie. Lorenzo Hernández Herrera. " ' '<br />
Secretario Particular del Secretario de Hacienda y Crédito Público.<br />
Lio. Luis Cornu Gómez.<br />
Subprocurador Fiscal Federal de Legislación y Consulta.<br />
Juan Carlos Tamayo Pino.<br />
Procurador Fiscal de la Federación.<br />
Fecha: 25 marzo 2002<br />
Número: DAT/13/02<br />
'02 míe 13X3<br />
Asunto: ENAJENACIÓN DE ACCIONES SERIE "O" QUE EL GOBIERNO FEDERAL MANTIENE<br />
EN EL GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A DE C.V.<br />
La Directora General Adjunta de Procedimientos Legales de la Dirección General de Crédito Público<br />
(DGCP), mediante nota sin número de fecha 25 de marzo del presente ejercicio, remitió ? esta unidad<br />
jurídica el oficio número 305.-058-2002 por el que dicha Dirección General solicita al C. Secretario de<br />
Hacienda y Crédito Público la autorización de la erogación para la contratación de sen/icios de<br />
consultoría y/o asesoría jurídica, necesarios para instrumentar el esquema para la enajenación de<br />
acciones serie "O" que el Gobierno Federal mantiene en Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de<br />
C.V., adjuntando al efecto copia del oficio número 346.-383 de fecha 8 de marzo del presente, en el<br />
que la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de esta Dependencia<br />
informa que existe disponibilidad de recursos para cubrir la erogación respectiva y el proyecto de<br />
oficio que la DGCP elaboró como respuesta, mismo que se encuentra rubricado por la Dra. Silvia E.<br />
Rocha Torres, Directora General Adjunta de Procedimientos Legales de Crédito Público y a través del<br />
cual el Titular del Ramo otorgaría, en su caso, la autorización para la erogación correspondiente.<br />
Cabe destacar que la DGCP señala que la justificación para la contratación de dichos servicios de<br />
consultoría y/o asesoría se someterá en su momento a la consideración y dictaminación del Comité<br />
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de esta Secretaria y, en el proyecto de autorización por<br />
parte del C. Secretario se le reitera al referido Director General que el esquema para la enajenación<br />
de las acciones deberá efectuarse en estricto apego al artículo 134 de la Constitución Política de los<br />
Estados Unidos Mexicanos y demás normativa aplicable, por lo que no se encuentra inconveniente en<br />
que se proceda a la formalización del citado proyecto.<br />
Por lo anteriormente expuesto anexo al presente sírvase encontrar los documentos referidos al efecto<br />
de que, de considerarlo procedente, a través de su amable conducto, el proyecto de mérito sea<br />
sometido a la consideración y, en su caso, firma del TitiyjgT de>Ramo<br />
Reciba usted un cordial saludo.<br />
AB.o.VOLANTE 061Í<br />
ATEN<br />
NTE
€)<br />
^c.vsH^Í^. SECRETARÍA PARTICULAR<br />
"«^- México, U.h,,a 26 de marzo de 2002<br />
SECRETMOA<br />
OE<br />
ttfCtSMM r CREOtTO «MUCO<br />
Act. Álense García Tarrtés<br />
Director Gdiierai dé Crédito rúbiico<br />
Presente<br />
^ 1 c^v-i<br />
iiuciouiiiiaC ri£.f.
Convenio entre el Gobierno Federal y Bancomer<br />
12
CONVENIO PARA LA ENAJENACIÓN DE LA POSICIÓN ACCIONARIA DEL<br />
GOBIERNO FEDERAL EN EL GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.,<br />
QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA<br />
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, POR CONDUCTO DE ALONSO<br />
PASCUAL GARCÍA TAMÉS, DIRECTOR GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO DE LA<br />
PROPIA SECRETARÍA, EN ADELANTE EL "GOBIERNO FEDERAL", Y POR LA OTRA<br />
EL GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V., REPRESENTADO POR<br />
LUIS ROBLES MIAJA, EN LO SUCESIVO "BANCOME.V, REFERIDAS<br />
CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", QUIENES SE RECONOCEN<br />
RECÍPROCAMENTE LA PERSONALIDAD PARA CELEBRAR EL PRESENTE<br />
CONVENIO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y<br />
CLÁUSULAS.<br />
ANTECEDENTES<br />
I. El Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto de la<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es titular de 949'838,031 (novecientos<br />
cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones serie<br />
"O" del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. (en<br />
adelante "BBVA Bancomer")<br />
II. La totalidad de las acciones a que se refiere el antecedente i (en adelante las<br />
"Acciones BBVA Bancomer") se encuenti-an afectas al fideicoiniso F/22625-8 de<br />
Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., constituido el 28 de noviembre de<br />
1991 por el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público. Conforme a la cláusula tercera del contrato de fideicomiso mencionado,<br />
éste tiene por objeto, entre otros, transmitir o enajenar dichas acciones conforme a<br />
las instrucciones del Gobierno Federal.<br />
III. El esquema de enajenación de la posición accionaria del GoDierno Federal en<br />
,^^ Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. está previsto en los acuerdos 01l^y<br />
XIX-4 y CID-01-XIII-2, adoptados por las Comisiones Intersecrütariales de Gasto<br />
Financiamiento y de Desincorporación, respectivamente, en sesión conjunta<br />
celebrada el 8 de agosto de 2001.<br />
i<br />
. IV. Con base en lo anterior, el Gobierno Federal ha iniciado los trabajos tendientes para<br />
llevar a cabo la enajenación de las Acciones BBVA Bancomer tanto en los Estados<br />
Unidos Mexicanos (en adelante "México") como en el extranjero.<br />
V. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinó llevar a cabo, en ténninos<br />
de la Le"^ de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, un<br />
procedimiento de invitación a cuando menos tres personas para obtener los<br />
servicios de un agente colocador (en adelante el "Agente Colocador") de las<br />
Acciones BBVA Bancomer. ^<br />
/ •<br />
c<br />
@
VI. En el proceso de enajenación referido en el antecedente III de este Convenio, el<br />
Gobierno Federal podrá contratar los servicios de una sociedad nacional de crédito<br />
para que lleve a cabo las erogaciones necesarias para su instrumentación.<br />
DECLARACIONES<br />
I. DECLARA EL "GOBIERNO FEDERAL":<br />
a) Que es titular de 949*838,031 (novecientos cuarenta > nueve millones<br />
ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones serie "O" del capital social<br />
de BBVA Bancomer.<br />
b) Que ha obtenido las autorizaciones correspondientes que le permiten enajenar<br />
la totalidad de las Acciones BBVA Bancomer, asi como que cuenta con las<br />
facultades suficientes para celebrar el presente Convenio.<br />
H. DECLARA "BANCOMER":<br />
]<br />
a) Que es una Institución legalmente constituida confomne a las leyes de los<br />
Estados Unidos Mexicanos, y que opera conforme a la Le; para Regular las<br />
Agrupaciones Financieras y otros ordenamientos legales conexos.<br />
b) Que su representante cuenta con facultades para representarlo en este acto,<br />
según obra en escritura pública número 66,835 de fecha 20 de noviembre de<br />
2000, otorgada ante la fe del Notario Público número 137 del Distrito Federal,<br />
Lie. Carlos de Pablo, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del<br />
Comercio del Distrito Federal, en la sección de comercio, bajo el folio mercantil<br />
64010, de fecha 4 de enero de 2001. Asimismo, y bajo protesta de decir verdad,<br />
manifiesta que sus facultades no le han sido revocadas ni modificadas en forma<br />
alguna.<br />
^^^ c) Que es su voluntad celebrar el presente Convenio en los térrninos y condiciones<br />
@r que en el mismo se establecen.<br />
i<br />
d) Que comparece a la celebración del presente Convenio en virtud de contar con<br />
las autorizaciones correspondientes para celebrarlo.<br />
CLÁUSULAS<br />
PRIMERA." Con el fin de que el Gobierno Federal desarrolle uo proceso eficiente<br />
para la venta de las Acciones BBVA Bancomer de que es propietario, las Partes acuerdan<br />
lo siguiente:<br />
a) Entrega de Información. Bancomer se obliga a poner a disposición del<br />
Gobierno Federal o a quien éste le indique la infcrmación contable,<br />
financiera y legal que le sea inherente y que sirva para que el Gobierno ^<br />
-2<br />
r
i '.<br />
Federal transmita las Acciones BBVA Bancomer. Lo anterior, siempre y<br />
cuando la información mencionada se encuentre en poder de Bancomer,<br />
sea necesaria para realizar la colocación de las Acciones BBVA Bancomer<br />
de conformidad con las prácticas bursátiles, y su entrega no implique una<br />
violación de disposición legal alguna, incluyendo las relacionadas con la<br />
obligación de guardar el secreto bancario o fiduciario, o bien, contravenga<br />
compromisos de confidencialidad previamente celebrados.<br />
b) Confidencialidad. El Gobierno Federal y Bancomer se comprometen a<br />
mantener estricta confidencialidad respecto de la iniomriación que se<br />
entregue en cumplimiento del presente Convenio y respecto de la<br />
celebración del mismo. Copia de este Convenio podrá ser incorporado a las<br />
bases para el proceso de contratación del Agente Colocador.<br />
c) Colaboración. Bancomer se compromete a colaborar y hacer su mejor<br />
esfuerzo para facilitar el proceso de colocación de las acciones propiedad<br />
del Gobierno Federal, por lo que de manera enunciativa, mas no limitativa,<br />
fj Bancomer hará lo necesario para: (i) que sus empleados y directivos<br />
involucrados en el proyecto objeto del presente Convenivj coadyuven con el<br />
Gobierno Federal en todo aquello que razonablemente esté a su alcance; y<br />
(ii) que se realicen todos los actos necesarios y pruporcionen toda la<br />
información necesaria para el cumplimiento del objeto del presente<br />
Convenio. Lo anterior sin que implique de manera alguna obligación de<br />
Bancomer de inscribir o listar las acciones representativas de su capital<br />
social en cualquier bolsa de valores nacional o extranjera.<br />
SEGUNDA.- El Gobierno Federal se obliga a infonnar oportunamente a Bancomer<br />
el nombre de la institución que se desempeñará como Agente Colocador para la<br />
enajenación de las Acciones BBVA Bancomer.<br />
TERCERA.- Las partes señalan como domicilio para efectos Je notificaciones y<br />
avisos relacionados con este contrato, los siguientes:<br />
^^ "GOBIERNO FEDERAL": Palacio Nacional, Patio Central, oficina 3010, colonia<br />
tiP Centro, México, Distrito Federal.<br />
tilias<br />
"BANCOMER": Av. Universidad 1200, Col. Xoco 03339 México,<br />
Distrito Federal.<br />
Mientras el "Gobierno Federal" o "Bancomer" no se notifiquen recíprocamente por<br />
escrito el cambió de sus respectivos domicilios, las diligencias que correspondan se<br />
practicarán en los domicilios señalados en la presente cláusula.<br />
CUARTA.-"*Para cualquier controversia o interpretación relacionada con este<br />
Convenio, las Partes se someten a los tribunales federales competentes en la Ciudad de<br />
México, Distrito Federal, y renuncian expresamente a cualquier otra competencia que<br />
pudiera corresponderies por cualquier causa. A .
I<br />
W<br />
GENERALES<br />
Enteradas las partes del contenido y alcance del presente Convenio, se suscribe en la<br />
Ciudad de México, D.F., el día 21 del mes de agosto del año 2001, en eos tantos, para la<br />
Secretaría y para BBVA Bancomer.<br />
EL '"^GOBJERNÜTEDERAL"<br />
'^ ^-^^f^tMP^fm'a -dp>ja^ripriria y Crpdiío Público<br />
«^<br />
x^Aionso Pascual Gai/cía Tamas<br />
Director General de Ciíédito Público<br />
"BANCOIWER"<br />
Grupo Financiero<br />
BBVA Bancomer, G.A. de C.V.<br />
Luís Robles .Vlíaja<br />
Apoderado
^ y<br />
Instrucciones al Fideicomiso F/22625-8<br />
13<br />
íz
y<br />
i<br />
^MkfilH^
WM Bancomer<br />
AGUSllN GUILLERMO CARST£NS CARSTENS<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA YCRÉDríQ PÚ3UCQ<br />
O m ^ ^ ^ ^ # ^<br />
# « V «I «
^<br />
D<br />
Procedimiento para la contratación de servicios<br />
14
Trámite presupuestario para la contratación del agente colocador global 2002<br />
16<br />
(lo^
Trámite arite el Comité de Adquisiciones para la contratación del agente<br />
colocador global y del despacho de abogados<br />
17
(<br />
vi"<br />
CR^ITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 041/2002<br />
Méxic£LXL£_Íjile_aMH=«©-^€-2002<br />
/r^í^^^Tyíl SECnETARIADEHAClEliDA<br />
I'' - .1- ^"^ » CFf 2;r0 PUBLICO<br />
•;:.'; l-i-jc SüüSÍCREIAfilAOE EGRESOS<br />
RECIBIDO<br />
C.P. Araceli Ritman Borrón<br />
Directora General de Program^ icten, MAR. 8 2002 .^<br />
Organización y Presupuesto<br />
Presente.<br />
OIRECCION GEMERAl DE PROGr_AMACiOM<br />
Cí<br />
^<br />
1 o<br />
CX3<br />
-D<br />
en •í -,i:^S<br />
Me refiero a la enajenación de (a posición accionaria deJ/'Gobierno Federal, a través<br />
de la Secretaría de Hacienda y''erédítff'FúBncólTa <strong>SHCP</strong>), en el Grupo Financiero<br />
BBVA Bancomer, S.A. de C.V., consistente en 949'838,031 (novecientos cuarenta y<br />
nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones serie "O" del<br />
capital social de dicha institución, así como al oficio número 101-1338 de fecha 10 de<br />
agosto de 2001, mediante el cual el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público<br />
instruyó a esta Dirección General a llevar a cabo la enajenación de la mencionada<br />
posición accionaria, para lo cual es necesario contratar a un Agente Colocador Grjgbal<br />
(se acompaña copia simple).<br />
Al respecto, le informo lo siguiente:<br />
ANTECEDENTES<br />
El esquema de la enajenación de la posición accionaria referido así'icomo lq$,<br />
procedimientos para las contrataciones mencionadas, están previstos en los<br />
acuerdos 01-XIX-4 y CID-01-XIII-2, adoptados por las Comisiones<br />
Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de Desincorporación,<br />
respectivamente, en sesión conjunta celebrada el 8 de agosto de 2001.<br />
Mediante oficio No. 305.-189/2001, de fecha 13 de agosto del 2001, se solicitó a la<br />
Unidad Administrativa a su digno cargo, se tramitara ante la Subsecretaría de<br />
Egresos, conforme al segundo párrafo del artículo 25 de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público (la LAASSP), la autorización por<br />
excepción para realizar el proceso de contratación sin que se cuente con el<br />
documento de suficiencia presupuestad en virtud de que la contratación de los<br />
servicios referidos al no afectar el presupuesto, y ser cubiertos con el producto de<br />
la enajenación del paquete accionario, no requieren suficiencia presupuestaria.<br />
La Dirección Geraisfá)3íCPfc^ramaí;i4nj Organización y Presupuesto, mediante<br />
oficio No. 346-02797 de fechadle dé'^ágosto de 2001, envió a esta Direccróñ<br />
General, el oficio No. 311-A-5950 de la misma fecha emitidjXríJPtJa Direccic^<br />
General de ProgrSíia|ió(ij^ Pgesim^esja de Servicios, e<br />
llevar a cabo las convocatorias para"^las (Contrataciones, ^<br />
con la autorización presupuestaria global o específica/©,<br />
del oficio No. 349-A-269 emitido por la Unidad dey**<br />
Subsecretaría de \^\^^^W^-'-<br />
¿¿6f,nc<br />
a<br />
L3<br />
\\\<br />
T^ i.
/<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PU8UC0<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio Ño. 305.-041/2002<br />
• La contratación de los servicios necesarios para la enajenación mencionada se<br />
presentó para su consideración al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios de esta Secretaría (el Comité) en sesiones ordinarias No. 06/2001 y<br />
07/2001 de fechas 27 de septiembre y 11 de octubre de 2001, respectivamente, y<br />
en sesiones extraordinarias No. 08/2001 y 09/2001, de fechas 20 de agosto y 12<br />
de septiembre del 2001, respectivamente, con la finalidad de que resolviera<br />
respecto a la viabilidad de acudir al procedimiento de invitación a por lo menos tres<br />
personas, para obtener los servicios de un Agente Colocador Global, de<br />
conformidad con lo establecido en los artículos 22 fracción II, 40 y 41 fracciones III<br />
yXdelaLAASSP.<br />
• Mediante oficio No. 305.VII.-203/01 de fecha 26 de septiembre de 2001, se le<br />
solicitó a la Dirección General Adjunta de Normas e Investigación Presupuestaria<br />
(la DGANIP) informara si a esa Unidad Administrativa le correspondía emitir<br />
alguna consideración presupuestaria respecto de la enajenación referida. La<br />
DGANIP mediante oficio No. 307-A-4-2527 de fecha 27 de septiembre de 2001,<br />
consideró que la contratación de los servicios a que se hace referencia configuran<br />
una disminución de ingresos como lo señala el punto 11.6 de la Décima Séptima<br />
Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal para el año 2000 y anexo 5, 7<br />
y 15, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2001.<br />
• La Secretaría de Contraioría y Desarrollo Administrativo mediante oficio No.<br />
UNAOPSPSF/309/AD/O.- 891/2001 de fecha 9 de octubre del 2001, emitido por la<br />
Dirección General Adjunta de Normatividad de Adquisiciones y Servicios, dirigido a<br />
la Dirección General Adjunta de Recursos Materiales y Servicios Generales de la<br />
<strong>SHCP</strong>, manifestó lo siguiente: "dentro de los procedimientos de contratación de los<br />
citados sen/icios, al no existir erogación alguna que afecte una partida<br />
presupuesta! específica del gasto de la dependencia, por referirse al esquema de<br />
ingresos netos, las citadas contrataciones no serían metería de la LAASSP y por<br />
( ^ consecuencia tampoco materia del Comité, por lo que el acuerdo tomado por éste<br />
en la reunión antes indicada quedaría sin efecto.<br />
"Sin embargo, quedó como antecedente que si fuese aplicable la citada Ley, ios<br />
referidos casos hubieran sido dictaminados favorablemente, por haberse<br />
encontrado y acreditado los supuestos de excepción a la licitación previstos en el<br />
citado ordenamiento.<br />
"En este sentido, tomando en consideración el mecanismo de ingresos netos<br />
aprobado por la Unidad de Política de Ingresos, y la opinión de la Dirección<br />
General Adjunta de Normas e Investigación Presupuestaria, recomienda al Comité<br />
únicamente tomar nota de que dichos procesos fueron revisados, ya que el Comité<br />
no se puede pronunciar respecto de las citadas autorizaciones, en virtud de que lo<br />
que se contempla es una disminución de ingresos para cubrir las erogaciones<br />
vinculadas a la operación".
J<br />
?<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAGENDA Y CREOrrO PUBLICO<br />
SUBSEGRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN CBEÑERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 041/2002<br />
CONSIDERACIONES<br />
El pago de ios servicios para la contratación del Agente Colocador Global, se<br />
llevará a cabo bajo el esquema de ingresos netos a que se refiere el artículo 14<br />
de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2002, el cual<br />
señala que:<br />
"...Los ingresos netos por enajenación de acciones, cesión de derechos y<br />
desincorporación de entidades son los recursos efectivamente recibidos por el<br />
gobierno federal, una vez descontadas las erogaciones realizadas tales como<br />
comisiones que se paguen a agentes financieros, contribuciones, gastos de<br />
administración, de mantenimiento y de venta, honorarios de comisionados<br />
especiales que no sean servidores públicos encargados de dichos procesos,<br />
así como pagos de las reclamaciones procedentes que presenten los<br />
adquirentes o terceros, por pasivos ocultos, fiscales o de otra índole, activos<br />
inexistentes y asuntos en litigio y demás erogaciones análogas a todas las<br />
mencionadas. Los ingresos netos se concentrarán en la Tesorería de la<br />
Federación, y deberán manifestarse, tanto en los Registros de la propia<br />
Tesorería como en la cuenta de la íHacienda Pública Federal.<br />
"Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable a la enajenación de acciones<br />
y cesión de derechos cuando impliquen contrataciones de terceros, para llevar<br />
a cabo tales procesos, las cuales deberán sujetarse a lo dispuesto por la Ley<br />
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público."<br />
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 45 fracción I de la<br />
LAASSP, y 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal,<br />
se debe autorizar y determinar, a través de las unidades administrativas<br />
competentes, tanto el presupuesto total como el relativo a los ejercicios de que<br />
se trate para cubrir el compromiso derivado de dicho contrato.<br />
Asimismo, en términos del artículo 25 de la LAASSP, las dependencias y<br />
entidades pueden convocar, adjudicar o contratar servicios solamente cuando<br />
se cuente con la autorización de la <strong>SHCP</strong> del presupuesto de inversión y de<br />
gasto corriente conforme a los cuales deberán programarse los pagos<br />
respectivos. En casos excepcionales y previa aprobación de la <strong>SHCP</strong>, las<br />
dependencias y entidades podrán convocar sin contar con dicha autorización.<br />
En el caso específico, la vigencia de la mencionada contratación iniciaría en<br />
marzo de 2002 y concluiría en la fecha que ocurra primero, de diciembre del<br />
presente ano o el momento en que se enajenen las acciones mencionadas.
m<br />
{<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAaENOA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.-041/2002<br />
III. Con fundamento en el artículo 19 de la LAASSP, se precisa que no existen<br />
contrataciones de estudios, investigaciones o asesorías similares a los<br />
servicios que prestaría el .Agente Colocador Global, ni dichas tareas son<br />
desempeñadas o equivalentes a las del personal de plaza presupuestaria.<br />
Por lo anterior, se solicita confirmar la autorización por excepción para realizar el<br />
proceso de contratación del Agente Colocador Global, bajo el esquema de ingresos<br />
netos, el cual encuadra con lo ordenado en el artículo 14 de la Ley de Ingresos de la<br />
Federación para el ejercicio fiscal de 2002, sin que se cuente con el documento de<br />
suficiencia presupuestal, en virtud de que la contratación de los servicios referidos al<br />
no afectar el presupuesto, y ser cubiertos con el producto de la enajenación del<br />
•j paquete accionario, no requiere suficiencia presupuestaria.<br />
Cabe mencionar que mediante acuerdos CIGF-02-V-6 y CID-02-III-1, adoptados en<br />
sesión conjunta celebrada el 6 de marzo de 2002, las Comisiones Intersecretariales<br />
de Gasto Financiamiento y de Desincorporación, tomaron nota de las consideraciones<br />
indicadas en el presente oficio.<br />
Con el propósito de facilitar el estudio y análisis de la presente solicitud, se acompaña<br />
una justificación respecto a las consideraciones para proceder a la contratación por<br />
parte del Gobierno Federal del mencionado Agente Colocador Global.<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
Atentamente,<br />
SUF^GTCTEFECTWQ^O REELECCIÓN,<br />
^rector General,<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.<br />
C.P. Aída Amanda Córdova CháveZ:- Titular del Órgano Interno de Control de la <strong>SHCP</strong>.-<br />
Presente.<br />
Lie. Guillermo Bernal Miranda.- Jefe de la Unidad de Política Presupuestal.- Presente.<br />
Lie. Eduardo Escalante Macín.- Director General de Programación y Presupuesto de<br />
Servicios.- Presente.
4<br />
c<br />
GMt<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAdENDAYCREOrrO PUBUCO<br />
C. Alonso Pascual García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Presente.<br />
SECRETARIA PARTlbULAR<br />
121-Í338<br />
México, D.F.,'íO de agosto de 2001<br />
Me refiero a la tenencia accionaria que el Gobierno Federal mantiene, a través del<br />
fideicomiso F/22625 en Bancomer S.A., de acciones serie "O" del capital social de<br />
Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
Al respecto, y con objeto de que se dé cumplimiento a la propuesta de enajenación de<br />
las acciones de referencia que fue presentada por esa Dirección General a su cargo en<br />
el seno de las Comisiones Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de<br />
Desincorporación de fecha 8 de agosto de 2001, y de las cuales derivan ios acuerdos<br />
01-XIX-4 y CID-01-XIII-2, respectivamente, le instruyo con fundamento en los artículos<br />
16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 1° y 6°<br />
fracción XXX del Reglamento Interior de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público,<br />
para que en estricto apego ai artículo 134 de la Constitución Política de los Estados<br />
Unidos Mexicanos y demás normativa aplicable y conforme a la propuesta presentada<br />
por usted, lleve a cabo el procedimiento de enajenación aludido.<br />
Sin otro particular, quedo de usted.<br />
22 i ??r?v<br />
^ O ASO. 'l^<br />
t.-\<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN<br />
El Secretario,^<br />
Lie. José Frártcisco Gil Díaz<br />
c.c.p. Lie. Alejandro Torres Palmer.- Subseaetario de Normatividad y Control de la Gestión Pública. SECODAM.- Para su<br />
conocimiento. Presente.<br />
Dr. Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Para su conocimiento y efectos.<br />
Lie. Rubén Octavio Aguirre Pangbum.- Subsecretario de Ingresos.- Para su conocimiento.<br />
Dr. Carlos Hurtado López.- Subsecretario de Egresos.- Mismo Fin.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial M?yor.- Mismo Fin.<br />
Lie. Gabriel Reyes Orona.- Procurador Fiscal de la Federación.- Mismo Fin.<br />
Lie'. Evelyne Eugenia Rodríguez Ortega.- Tesorero de la Federación.- Mismo Fin.
JUSTIFICACIÓN PARA CONSIDERAR I_A CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN<br />
AGENTE COLOCADOR GLOBAL, PARA LA ENAJENACIÓN DE LA POSICIÓN ACCIONARIA DEL GOBIERNO<br />
FEDERAL EN GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
Contratación de un agente colocador global<br />
Debido a la demanda de inversionistas respecto de las acciones del Grupo Financiero<br />
BBVA Bancomer, S.A. de C.V. ("BBVA Bancomer"), así como a la capacidad económica de<br />
los mismos para adquirir el paquete accionario del Gobierno Federal, la enajenación de<br />
dicha posición accionaria se realizaría principalmente en los mercados de valores de<br />
Estados Unidos y de Europa. Sin embargo, se estima que sería conveniente colocar una<br />
parte de las acciones mencionadas a través de la Bolsa Mexicana de Valores ("BMV").<br />
Para tal efecto es necesario realizar la contratación de un Agente Colocador Global que<br />
prestaría al Gobierno Federal un servicio de colocación de acciones y sería el que<br />
^ determine la forrna en que se distribuyan las mismas entre los diferentes mercados, entre<br />
ellos el nacional, coordinándose para ello con las distintas instituciones que participen en el<br />
V proceso. El Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por<br />
conducto de la Dirección General de Crédito Público elegirá, de las opciones que le<br />
presente el Agente Colocador Global, la forma de venta que se considere conveniente en el<br />
momento más adecuado.<br />
Es importante señalar que en este tipo de operaciones, la práctica de mercado es formar<br />
grupos de instituciones financieras con el fin de maximizar el valor de venta de las<br />
acciones.<br />
Conforme a la Ley del Mercado de Valores, la enajenación de acciones en la BMV debe<br />
llevarse a cabo a través de una casa de bolsa debidamente autorizada para operar en<br />
México; en virtud de que la gran mayoría de los agentes globales no cuentan con casas<br />
autorizadas en México, sería necesario que obtuvieran los servicios de una casa de bolsa<br />
mexicana.<br />
Es de destacarse que, debido a la constante y estrecha relación que debe haber entre el<br />
Agente Colocador Global con la casa de bolsa mexicana y las demás instituciones<br />
internacionales para la venta de las acciones de BBVA-Bancomer en los mercados de<br />
valores de México y el extranjero, así como la responsabilidad sobre la confidencialidad de<br />
la información y del resultado de la propia colocación que asumiría el Agente Colocador<br />
Global, es necesario que sea éste quién seleccione y obtenga los servicios de dichas<br />
instituciones. Lo anterior, con el propósito de que existan entre ambos vínculos sólidos de<br />
confianza e identificación profesional que aseguren el éxito de la operación.<br />
Aunado a lo anterior, cabe mencionar que: (i) la comisión que se establezca para la<br />
contratación del Agente Colocador Global incluiría el costo de los servicios prestados por<br />
las instituciones financieras que el mencionado agente requiera para la venta de las<br />
acciones; y (ii) dicho agente colocador obtendría directamente los servicios de esas<br />
instituciones financieras, y cubriría los costos correspondientes.
(<br />
Para que las Secretarías de Estado, organismos descentralizados, o los fideicomisos en los<br />
que el Gobierno Federal sea fideicomitente, realicen contrataciones de servicios, se deben<br />
ajustar a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector<br />
Público (la "LAASSP"), según lo indica el artículo 1° de dicho ordenamiento.<br />
En el artículo 26 de la LAASSP se indica que las instancias mencionadas pueden contratar<br />
adquisiciones, arrendamientos y servicios mediante los procedimientos de licitación pública,<br />
invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa; de los artículos 27 y 40 se<br />
deriva que la licitación pública es la regla general para la contratación de servicios, y como<br />
excepciones a la regla general se señalan los procedimientos de invitación a cuando menos<br />
tres personas y de adjudicación directa.<br />
Conforme a los artículos 22 fracción II, y 41 fracciones III y X de la LAASSP, para llevar a<br />
cabo los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas, es necesario que<br />
exista de por medio un dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios<br />
de la dependencia o entidad y que se presente alguno de los siguientes casos:<br />
i. Que existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales<br />
importantes, debidamente justificadas.<br />
ii. Que se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones cuya<br />
difusión pudiera afectar el interés público o comprometer información de naturaleza<br />
confidencial para el Gobierno Federal:<br />
La contratación del Agente Colocador Global se realizaría a través del procedimiento de<br />
invitación a cuando menos tres personas, mencionado en los artículos 41 y 43 de la<br />
LAASSP, en virtud de lo siguiente;<br />
• La información relativa a los tiempos en los que el Gobierno Federal pretende realizar la<br />
venta de las acciones debe permanecer confidencial, ya que de publicarse dicha<br />
información pondría sobre aviso a los inversionistas potenciales. Estos podrían utilizar la<br />
información para adelantarse a la venta, disminuyendo la flexibilidad del Gobierno<br />
Federal para aprovechar la oportunidad de colocar las acciones de manera sorpresiva,<br />
lo cual resultaría en un menor precio de venta.<br />
• La estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación debe permanecer<br />
confidencial para evitar ataques especulativos a la acción, lo que resultaría en un menor<br />
precio de venta.<br />
• Mediante una licitación pública, la difusión de información sobre la oferta pública podría<br />
generar expectativas de mercado que castigarían el precio de las acciones y/o, en su<br />
caso, impedirían que el proceso se lleve a cabo en los plazos esperados. La<br />
disminución en el valor de las acciones y el retraso en el proceso ocasionaría menores<br />
ingresos y generaría costos adicionales para el Gobierno Federal.<br />
De lo anterior se desprende la necesidad de realizar un procedimiento de invitación a<br />
cuando menos tres agentes colocadores para garantizar la confidencialidad de la estrategia<br />
de venta. Con ello se maximizaría el valor de venta del paquete accionario, protegiendo los<br />
-2-
f<br />
f<br />
ingresos programados por el Gobierno Federal, y asegurando para el Estado las mejores<br />
condiciones de precio, calidad, financiamiento y oportunidad.<br />
Cabe mencionar que el Gobierno Federal no cuenta actualmente con los servicios del<br />
Agente Colocador Global, ni dichas tareas son desempeñadas o equivalentes a las del<br />
personal de plaza presupuestaria, por lo que en términos del artículo 19 de la [_AASSP se<br />
hace necesaria su contratación.<br />
-3
i'iHK-cir-ciuüi; L^'-dH uti'-u. i-riu. i-Kuu. iMsij. occ^ao^aa Hí^Dcctiir ri. t-: 1<br />
f^<br />
é<br />
\v<br />
ni-v iivTHiM<br />
SECRffARIÍ<br />
'^'.¡CSSLflPl SEMtTASWtlfHÍClfHD» A<br />
(M^KjBJ vcfltDi 10 Manco<br />
ftimnriirriiuú iii tgoíjnr<br />
I<br />
RECIBIDO<br />
•^ MAR 10 Tflfl? H^<br />
10<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
DIRECCIÓN GENIRAL DE PROGRAMACIÓN,<br />
440.<br />
3b<br />
11<br />
Máifirn n R rit<br />
«ÍWWi, W. f<br />
Lie. EpuARoq ES^^MR^IMP"<br />
Director General de PfgflfííR!\?pl4p,y;,Presui^sto de Servicios<br />
Presente ., l^flRF\R•c^'rl^^ j<br />
^ ^V IIIV««««>'<br />
/S/RECJBÍpO^<br />
m OFICÍAME M^*^V^-<br />
K^'73S5frí^.^;íó^\<br />
' Me refiero al oficio 30S.-041/2002 de fecha 7 de marzo de 2002, mediante et cual la Dirección<br />
General de Crédito Público solicita se autorice por excepción realizar el proceso de<br />
contratación del Agente Colocador Global, bajo ei esquema de Ingresos netos, el cual<br />
encuadra con !o ordenado ©n e! articulo 14 de la Le^ da InoraBos dt la Fedfradé.n para el<br />
ejercicio fiscal de 2002, sin que ss cuente con ! docu.Tísnío d Btifirianr.ia nraaiimiactal<br />
. ,^.<br />
virtud d@ cjus !s ccrtrstsción ds les servicies •« fsridc5 a! no afectar e! presupuesto, y ser<br />
cubiertos con el producto de ia enajanación dei psciuate sccicnanO, no Tequiare ~'~ súiicienciS<br />
praáüpuááíáríS.<br />
Lo anterior, con el fin de realizar^ la enajenación de la posición accionaría del Gobierno<br />
Federa!, a través de !a Secretaría de Harianda y Crédito Público (la SHGP). en el Grupo<br />
Financiero BBV.A Bar^c-omer, S.A. de C.V., consistente en 949'83ft,051 rnoveciento? cugr^nt?<br />
u niio\/a nriillnnoo AohrvpIonfnQ tramfa \i nr-hn mil trainta u rin\ ar/'lrtnoc caria TV Hgl ranifal<br />
e^i»íeil AiA f^i^Ka ír*»V¡ti i^íAn if\ I^IIAI íl la Jrte4i-» ii,4f\ rv^A^tan^a ^ít/*i*^ «Mmíarl^ iOi-i^'^ft ^o fecV^a ÍA<br />
ub aywdiw uc &WW I, pwi b) w^. wobiekaiiu U9 i iaviriiT"' -i nut ipftjuqf im f<br />
j- .^.ij:»_ n.-.ui: ,-"V "^ l!;JTI»'i<br />
Para dar atención a este proceso de enajenación accionaria, sé reoliiere de-la.contratactón de<br />
un aaenté cctocador olobal d^ las mismas. FI opiaa úar la orestaetón de i^oa servieiok. da<br />
af^iiftrrirt al artlniín 14 rift la I flu rtet InnrAítrtR HA IA FAfÍArariAn nara«l Eiftrcicio_Fiacal de 2002<br />
_. ^„._ . , — ^ _- ...j ._ . ^^,„^„ ^j,. ---^^-- •-"^^ tr¿r" ^ '<br />
sstablscs "US éste ss deberá rsaüzar con recursos de is vent£-i3e !a fffjyonaHñeu a^ !a«<br />
sccjcrics y scic snísrsr Jcs !r,arssss nstcs dsspués d»<br />
csmislcfisa qus ss pagusn s Iss sgantas financiaros.<br />
H.«»«;r«.ntar !í%e.«rfír!«ri?>r»«»
HHR--"-¿üüc: IJ:C:H ut:u. mu. rKuia. itssii DccaDHtatj H:':C>C:CÜÍ7TÍ r:c;<br />
K^<br />
TWV. K*forsa a in fi'iKnnaKfn nnr la I fiv ríe Afinui&iclones. Arrendamientos V<br />
El articulo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Púbiico<br />
establece que las dependencias y entidades pueden convocar, adjudicar o contratar servicios<br />
solamente cuando se cuente con la autorización de la 8HCP del presupuesto de inversión y<br />
de gasto corriente conforme a los cuales deberán programarse los pagos respectivos. En<br />
casos excepcionales y previa aprobación de la <strong>SHCP</strong>, las dependencias y entidades podrán<br />
convocar 5Ín contar con dicha auíorlzación.<br />
Considerando que de acuerdo ai articulo 14 ae la Ley oe ingresos anxés Citaaá, m erogación<br />
para cubrir el pago de ios servicios del agente cotocador giobai demias acciones, se cubrirá a<br />
través del mecanismo de ingresos netos, donde se enterarán a la lesoreria de ia Federación<br />
los recursos una vez descontadas las erogaciones qué se paguen al agente tinanciaro, no es<br />
posible proporcionar suficiencia presupuestaria, ya que el pago correspondiente no se cubrirá<br />
mediante el mecanismo presupuesta!.<br />
For io anieríor, y con basé en éi dítíüuiu 2a u« m L«y Ú6 Auquisicicnes, Arr«Rdam!3r.t8S<br />
y Servicios dei Sector púbitco, se sóiiciiá su aüiorizaQíón por cACopción, para reaüzsr<br />
ei proceso de contratación dei Agenie Coiocador Qiobai, bajó m esquenM de Ingresos<br />
netos, ei cual encuadra con io ordenado en ei ariícuio 14 de ia Ley de ingresos de ía<br />
Federación para el ejercleto fiscal de 2Ó02, sin que se cuente con ei documento de<br />
euficiencla presupuestal, en virtud de que ia contratación de ios servicios referidos ai<br />
no afectar el presupuesto, y ser cubiertos con el producto de la enajenación dei<br />
paquete accionario, no requiere suficiencia presupuestarla.<br />
ConHiderando que la meribiorMua wviiírataciwn iniciaría sn •TÍSTZS de¡ 2SC2 y ccnciulrís<br />
en ei maméñio én que se #na|sn«íi ¡ai accione* iiidncIcnaMas, que podíM ss* pcsieriOi*<br />
ai término de esta ejercicio, se soiiciia ia auíórízáciúri cítaud pira «I periwdw en couieiítc<br />
con base en ios artículos 24 y 29 de ia Ley de Adquisiciones, Arréndairiíariíwa y<br />
Servicios del Sector Púbíico^ y ^ de is-L^ ^ Rresupuesto, Coniabüidád y Gasto<br />
Público Federal..<br />
Ccriic soporís ds b presente solicitud ss anexa al presente la sis'-J'^ntí dodírn^níación:<br />
• Oficio 305.-^1/2002 de la Dirección General de Crédito Público con el cual hace la<br />
CAflritiiíH mío nnc r\riina"<br />
• Oficio 101.-1338 del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público;<br />
0^
i'iHK-cr-duüc: IJ:C:D Lt:u. m u . rROG. ÍNSIIÍ Dc^BDtüb H:95££Sifíl F:5<br />
m<br />
(<br />
í^<br />
,^<br />
ilfV •iivri-M)*<br />
°^' OFICIALÍA MAYOR<br />
DIRECCIÓN QENER.AL DE PROGRAMACIÓN.<br />
riDrtAIÜH»AnAM V DBPÁ^°ivtW't« •<br />
SECRFTAfilí .,, , *, - * . _• -A/srt<br />
IMÁvinn ty C 3 A ria marrn Hik 7nn9<br />
í'Ctrtiln niiQ; irn<br />
Wltbuiiw I WktWV<br />
• Justificación emitida por la Dirección General de Crédito Público, para considerar la<br />
contratación de los sen/idos de un agente colocador global, para la enajenación de la<br />
posición accionaria de! Gobiefrjo Federa! en gnjpQ financiero BBVA BANCOMER, S.A. DE<br />
• Acuerdos 01-XIX-4 y CID-01-XIII-2. adoptados por la$ Comlstones Intereecretariaies de<br />
Gasto Financiamiento y de Desincorporación;<br />
• \jnCtO tHO. ovo.-1 Otf/^UU I Ue leuriU lO ue dÜU»tu uei ¿uui, eiiimuw |jut la I./IICWWIWK<br />
General de Crédito Pübiico;<br />
í Oficio .No. 346-0279? de fecha 16 de agoste de 2001, emitido por la Dirección General de<br />
D^/^n^orv^aí•iAr^ nrnaniTarr'rAn u Proel iniiioB*iT<br />
• OficfO No. 311-A-5950 de fecha 16 de agosto de 2001, emitido por la Dirección General de<br />
Programación y Presupuesto de Servioos; y<br />
• Oficio NO. 34d-Á-25d emitido por la Unidad dé PóíítJCB dé InyféSOS uc ¡5 Subsscrctsrís u€<br />
ingreso».<br />
Reitero las seguridades de mi distinguida cónsideracióti.<br />
Atentamente<br />
La Directora Generar<br />
u^.u..Araceii riunári Déffwii<br />
c.c.p. Dr. Agustín Car«tens carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público,- Para su<br />
corwcrmiento.- Presente,<br />
c.c.p. Dr. Carlos Hurtado López.-Subsecretario de Egresos.-Mi$mo fin.-Presante.<br />
c.c.p. Lie. Luis Manuel Gutiérrez Lavy.- Oficial Mayor del Ranfio.- Mtsnrw fin.- Presente,<br />
c.c.p. ACT. Alonso García Tamés.» Director General de Crédito Público.- Mismo fin.- Presente,<br />
c.cp. Lie, Guillermo E. Bemal Miranda.- Titular de la Unidad de Política Presupuestal.- Mismo fin.-<br />
Presente.<br />
c cp Lie. José Bustani y Hld.- Director General Adjunto de Programación y presupuesto,- Mismo<br />
fin.-Presente.<br />
JBH'FMM* • y^<br />
. ^¿¿^<br />
\ •'^ Páoin» 3 de 3
I'IHK-C f -liüt)^ KJC: Dt Ut: Hí^DciíDl í ri r: 1<br />
lü^,<br />
..^^'^%.<br />
SeCRTMIM .'.\<br />
/<br />
\ i^ / UNH3AD ÜB rou I »t-A rn.c»«r»—' • —<br />
,/<br />
. \ r /<br />
_ v\ V /<br />
/ Oficio,^7.Á.' 170 rp<br />
M^co, D. F., 20 d€ mar?o[3^wu^i -"«•.'"*iuÍ. ,.«s5i<br />
/ I<br />
« i ••"«1, • «. f.oUÍ «<br />
/ í „..<br />
'XK. EOUJ^RtJ^ ESCALANTE MAOIM,<br />
/ OiRecTOR GENERAL DÉ PROGRAI^CIÓ» Y<br />
! PnEsiipüESTdoe SERVICIOS, \<br />
f e r Á B « n t 6.1 y<br />
/<br />
I<br />
' / , . ^ . A,. . _A,t/% «f/^ J:„..»A al ni]ai jA Hímncióñ Genera! Adjunta der<br />
H§go referencia al oncio ^n-M-uuMo-gyit. ni6u.«....w i3! is L^r^ccion «o *= * J . ,<br />
programación y Presupuesto de servicios sgiiwia<br />
u Prpcitnuesto de<br />
*<br />
-------»#*v.. ^ < • r<br />
solicitud presentada por la Dirección Generai de Prografiíaaon, ^[M°*_' _ (•,)(«.» ^^^ Secretaria oara cjue se autorice a la Dirección ueneral de Cródiíu r ÜÜÍK^ - ««..<br />
¿on'trata^iAn de un consultor y/o asesor jurídico para la enajenación ué la po5íCiv.n -WÍ-^Í.<br />
A¿"ñ.^^'^'rr^r. P^HAraJ «n el GruDO BBVA Bancomer. SA de C.V.. asi coñfiü u« un r^tniM<br />
Cülücadof G'c^'-' "'- ¡"«•r„rtient¿rá dicha ooeración de acuerdo con el esquema someuuu « .p<br />
oom*id«ración di U Ccmisióp. Intersecrnígrial Gasto Financiamiento en sesión de» o oe agosio<br />
de2ü0i.<br />
Al ro«n.»rto con fundamento en lo dispuesto por los articuios 31 íráccioncs XV» y XXÜ! da !a<br />
: 'I "^:'¡^^r^.c HA \Pi Administración Pública Federa!, 5", 30 y 3ó de ia Ley ue rf6S«püS3.«,<br />
ContabJS'y G3£ío Pú^ür-n Federal. 24 v 25 de la Ley de Adquisiaones. Árrendámi«ni05^y<br />
* 3érJs>5 (Joi Seciur Púbiico, asi como «I 62 del Reglamento Interior de esta Secretaria, m«<br />
. pemÁíD hac«f t usted Jas consideraciones sisuientes;<br />
. S^ virtud de auB la contratación del consultor y/o asesor juridicú se itevará a^cabo^con<br />
^r..,r.r.c nrAsi.ntiastados oara el presente ejercicio fiscal en la uireccion «enera, ^f^-'--';-<br />
•S'uTiZr.rn.roTa m^Hosión del contrato se dará a más tardar en diciembre aé *uu*. S3»a<br />
^^¡:^. cc^slderrcuete dispu^slo oor los artículos 30 de la Ley de Presupuesto.<br />
ConiabiiicJad y Gasto Público Federal y 2d de la Lay de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios dei Sécior Publico, ssi cortío ¡a excepción dispuesta en el párrafo segundo aei<br />
articulo 25 de esta úiiima Ley, no aplicar, para esta operactón<br />
* En rsfs.'snc'^ " '
la<br />
é<br />
P5Í?-1-2002 12:50 DE:<br />
y<br />
,>Í^W5A,<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAQENDA Y CRÉDITO PUBÜCO<br />
C.P.C. ARACELI RITMAN BERRÓN<br />
Directora General de<br />
Programación, Organización y<br />
Presupuesto de la Secretarla<br />
de Hacienda y Crédito Público<br />
Presente.<br />
Pi: 952285413<br />
14<br />
SUBSECRETARÍA DE EGRESOS<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE<br />
PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO DE<br />
SERVICIOS<br />
311.A-846<br />
México D.F., r de abril de 2002.<br />
Me refiero al oficio número 346.- 384, mediante el cual se solicitó la autorización de esta<br />
área para que por excepción se realice la contratación de un Agente Colúcador Global,<br />
bajo el esquema de ingresos netos, a que se refiere el artículo 14 de la Ley de Ingresos<br />
de la Federación para el ejercicio fiscal de 2002. contratación que tendrá por objeto<br />
realizar la enajenación de la posición accionaría del Gobierno Federal, en el gnjpo<br />
financiero BBVA-BANCOMER, S. A de C. V.; señalándose que la contratación iniciará<br />
en marzo de 2002 y concluirá en eí momento en que se enajenen las acciones, lo cual<br />
podría ser posterior al término de este año.<br />
Sobre el particular, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 24 y 25 de la Ley de<br />
Adquisiciones, An-endamientos y Servicios del Sector Público, 30 de la Ley de<br />
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, el numeral 159 del Manual de<br />
Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal y a lo previsto por ef<br />
artículo 13 del Decreto Aprobatorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para<br />
el ejercicio fiscal del año 2002, se autoriza la instaimentación de la mencionada<br />
contratación, bajo las siguientes consideraciones:<br />
- Debido a la naturaleza de la operación a realizar y en estricto apego a lo<br />
dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Ingresos de la Federación para el<br />
ejercicio fiscal dé 2002, no se requiere suficiencia presupuestal para cubrir el<br />
costo de la mencionada contratación, ya que su fuente de fÍnañc]árniéntD"será la<br />
venta de la posición accionaría antes señalada.<br />
- Será responsabilidad de la entidad verificar que en la formalización de este<br />
compromiso no se establezca penalización para la dependencia en caso de que<br />
ocurra una variación en las estimaciones de costos presupuéstales.<br />
I<br />
P:2
ñpP;rl-S002 12:51 DE: P:9522B5413 P:3<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAOENDA Y CRÉDITO PUBUO)<br />
SUBSECRETARÍA DE EGRESOS<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE<br />
PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO DE<br />
SERVICIOS<br />
311-A-846<br />
México D.F., r de abril de 2002.<br />
- Queda bajo la responsabilidad de esa área fijar el monto de los compromisos, y<br />
determinar el procedimiento de contratación en las condiciones de<br />
costo-beneficio que más le favorezcan, según las disposiciones aplicables en la<br />
materia. Razón por la que la presente autorización se circunscribe a los<br />
preceptos legales señalados en el segundo párrafo de este oficio, y sólo tendrá<br />
efecto en la circunstancia de que la contratación se extienda al año 2003,<br />
supuesto en el que se deberá informar de inmediato a esta área, señalándose el<br />
monto de recursos a devengar en dicho año.<br />
En el ejercicio de los recursos se deberá obsen/ar lo dispuesto en los artículos 42<br />
fracciones I y II, así como 44 del Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y<br />
Gasto Público Federal.<br />
Sin más por el momento, le reitero las seguridades de mi consideración distinguida.<br />
c.c.p. C. Carlos Hurtado, Subsecretario de EQresos.- Presente.<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN<br />
El Director General<br />
te Macin
i<br />
Í-,!K<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
\^^Ct?S> DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN,<br />
ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
ACT. ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />
Director General de Crédito Público<br />
Presente<br />
346.- 436<br />
México, D.F., 1 de abril de 2002<br />
Me refiero a su oficio No. 305.-041/2002 de fecha 7 de marzo del 2002 mediante el cual<br />
esa Dirección General solicita se autorice por excepción realizar el proceso de<br />
contratación del Agente Golocador Global bajo el esquema de ingresos netos sin que se<br />
cuente con el documento de suficiencia presupuestal, y autorización que abarque el inicio<br />
de la contratación en él mes de marzo de 2002 y concluya en el momento en que se<br />
enajenen las acciones que podría ser posterior ai término del año en curso, con el fin de<br />
realizar la enajenación de la posición accionaría del Gobierno Federal en el Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
Al respecto envío a usted el oficio No. 311-A-846 de fecha 1 de abríl del 2002, mediante el<br />
cual la Dirección General de Programación y Presupuesto de Servicios autoriza lo<br />
siguiente:<br />
• Debido a la naturaleza de la operación a realizar y en estricto apego a lo dispuesto en<br />
el artículo 14 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, no<br />
se requiere suficiencia presupuestal para cubrir el costo de la mencionada contratación<br />
ya que su fuente de flnanciamiento será la venta de la posición accionaría antes<br />
señalada.<br />
• La Dirección General de Programación y Presupuesto de Servicios, emite la<br />
autorización bianual para la contratación del Agente Colocador Global, bajo las<br />
siguientes consideraciones.<br />
• Queda bajo la responsabilidad de esa Dirección General fijar el monto de los<br />
compromisos y detenninar el procedimiento de contratación en las condiciones de<br />
costo-beneficio que más le favorezcan, según las disposiciones aplicables en la<br />
materia, y sólo tendrá efecto en la circunstancia de que la contratación se extienda<br />
al año 2003, supuesto que se deberá informar de inmediato a esta área,<br />
señalándose el monto de los recursos a devengar en dicho año.<br />
& )
TIEV. HAQENDA<br />
aH.i<br />
SECRETARIÍ<br />
DE<br />
HACIENDA y CRÉDITO PUBLICO 346.- 43b<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN,<br />
ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO<br />
México, D.F., 1 de abril de 2002<br />
Será responsabilidad de esa Dirección General verificar que en la formalización de<br />
este compromiso no se establezca penalización para la dependencia en caso de<br />
que ocurra una variación en las estimaciones de costos presupuéstales.<br />
En el ejercicio de los recursos se deberá observar lo dispuesto en los artículos 42<br />
fracciones I y II, así como 44 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto<br />
Público Federal.<br />
Reitero las seguridades de mi distinguida consideración.<br />
Atentamente<br />
La Directora General<br />
P.C. Araceii Pitman Berrón<br />
c.c.p. Dr. Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.<br />
Para su cofiocimiento.- Presente<br />
c.c.p. Lío. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor del Ramo.- Mismo fin.- Presente<br />
FMM*L0V
1^^ Trámite presupuestario para la<br />
contratación del despacho de abogados
f<br />
^1^.<br />
"^ HACie^'Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO l@<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 042/2002<br />
México,<br />
C.P. Araceij Ritman Berrón<br />
Directora General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto ' ^iPfc/jOMGEfjfnAiD<br />
Presente.<br />
Me refiero a la enajenación de la p"osicíón accionaria-€Íél Gobierno Federal, a<br />
través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (la <strong>SHCP</strong>), en el Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., consistente en 949'838,031<br />
(novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un)<br />
acciones serie "O" del capital social de dicha institución, así como al oficio número<br />
101-1338 de fecha 10 de agosto de 2001, mediante el cual el C. Secretario de<br />
Hacienda y Crédito Público instruyó a esta Dirección General a llevar a cabo la<br />
enajenación de la mencionada posición accionaria (se acompaña copia simple)<br />
para lo cual es necesario la contratación de un consultor y/o asesorsjurídica (el<br />
"despacho de abogados") en el referido proceso, que se instrumentará^ trav^de<br />
un Agente Coiocador Global. ^<br />
Al respecto, le informo lo siguiente:<br />
ANTECEDENTES<br />
CP<br />
El esquema de la enajenación de la posición accionaria referido así como los<br />
procedimientos para las contrataciones mencionadas, están previstos en los<br />
acuerdos 01-XIX-4 y CID-01-XIII-2, adoptados por las Comisiones<br />
Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de Desincorporación,<br />
respectivamente, en sesión conjunta celebrada el 8 de agosto de 2001.<br />
Mediante oficio No. 305.-189/2001, de fecha 13 de agosto del 2001, se solicitó<br />
a la Unidad Administrativa a su digno cargo, se tramitara ante la Subsecretaría<br />
de Egresos, conforme al segundo párrafo del artículo 25 de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (la LAASSP), la<br />
autorización por excepción para realizar el proceso de contratación sin que se<br />
contara con el documento de sufipMncia..presupuestad en virtud de que la<br />
contratación de los sfervloiós-feferidos al no afectar el presupuesto, y ser<br />
cubiertos con el producto de la enajenación del paquete accionario, no hubiest^<br />
requerido suficiencia pcesupuastari^. 0711 -in -•• 'v<br />
La Dirección General de Programación, Organización y Pr^s^ú^ésÍQ;rfíied¡ante<br />
oficio No. 346-02797 de fecha 16 de agosto de 2001,^^l¿^á ésta^-bitéíscióR<br />
General, el oficio No. Sg^^rííft^'-gi.gtS.O de la-gi^a fecha/gt:pitidc7?|B(^{feJ3ir^(|í^^<br />
General de Program^Gféci'y'P.íesljplJést&id^iervicioi^^^n ePcüj^fi^^'^Griz^<br />
llevar a cabo las convocatorias para las contrat^^e3> atitfís'"'ciracras,<br />
•9 L 6 f,<br />
co<br />
en<br />
O<br />
><br />
CP<br />
:3<br />
;Q<br />
o -
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAOENOA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 042/2002<br />
contar con la autorización presupuestaria global o específica, en térininos del<br />
contenido del oficio No. 349-A-269 emitido por la Unidad de Política de<br />
Ingresos de la Subsecretaría de Ingresos.<br />
La contratación de los servicios necesarios para la enajenación mencionada se<br />
presentó para su consideración al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Sen/icios de esta Secretaría en sesiones ordinarias No. 06/2001 y 07/2001 de<br />
fechas 27 de septiembre y 11 de octubre de 2001, respectivamente, y en<br />
sesiones extraordinarias No. 08/2001 y 09/2001, de fechas 20 de agosto y 12<br />
de septiembre del 2001, respectivamente, con la finalidad de que resolviera<br />
respecto a la viabilidad de acudir al procedimiento de adjudicación directa, para<br />
obtener los servicios del despacho de abogados, de conformidad con lo<br />
establecido en los artículos 22 fracción II, 40 y 41 fracciones III y X de la<br />
LAASSP.<br />
Mediante oficio No. 305.VII.-203/01 de fecha 26 de septiembre de 2001, se le<br />
solicitó a la Dirección General Adjunta de Normas e Investigación<br />
Presupuestaria (la DGANIP) informara si a esa Unidad Administrativa ie<br />
correspondía emitir alguna consideración presupuestaria respecto de la<br />
enajenación referida. La DGANIP mediante oficio No. 307-A-4-2527 de fecha<br />
27 de septiembre de 2001, consideró que la contratación de los servicios a que<br />
se hace referencia configuraban una disminución de ingresos como lo señala el<br />
punto 11.6 de la Décima Séptima Resolución de Modificaciones a la<br />
Miscelánea Fiscal para el año 2000 y anexo 5, 7 y 15, publicada en el Diario<br />
Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2001.<br />
La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo mediante oficio No.<br />
UNAOPSPSF/309/AD/O.- 891/2001 de fecha 9 de octubre del 2001 dirigido a la<br />
Dirección General Adjunta de Recursos Materiales y Servicios Generales de la<br />
<strong>SHCP</strong>, manifestó lo siguiente: "dentro de los procedimientos de contratación de<br />
los citados sen/icios, al no existir erogación alguna que afecte una partida<br />
presupuestal específica del gasto de la dependencia, por referirse al esquema<br />
de ingresos netos, las citadas contrataciones no serían materia de la LAASSP<br />
y por consecuencia tampoco materia del Comité, por lo que el acuerdo tomado<br />
por éste en la reunión antes indicada quedaría sin efecto.<br />
"Sin embargo, quedó como antecedente que si fuese aplicable la citada Ley,<br />
los referidos casos hubieran sido dictaminados favorablemente, por haberse<br />
encontrado y acreditado los supuestos de excepción a la licitación previstos en<br />
el citado ordenamiento.
f<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 042/2002<br />
"En este sentido, tomando en consideración el mecanismo de ingresos netos<br />
aprobado por la Unidad de Política de Ingresos, y la opinión de la Dirección<br />
General Adjunta de Normas e Investigación Presupuestaría, recomienda al<br />
Comité únicamente tomar nota de que dichos procesos fueron revisados, ya<br />
que el Comité no se puede pronunciar respecto de las citadas autorízaciones,<br />
en virtud de que lo que se contempla es una disminución de ingresos para<br />
cubrír las erogaciones vinculadas a la operación".<br />
CONSIDERACIONES<br />
^m I. Los recursos para contratar a un despacho de abogados que asesore al<br />
Gobierno Federal en el proceso de enajenación de las acciones, se<br />
encuentran previstos en la partida 3304, capítulo 3000 del ramo 06 del<br />
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio<br />
Fiscal 2002, por lo que la contratación del despacho de abogados es<br />
materia de la LAASSP.<br />
II. En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 45 fracción I de la<br />
LAASSP, y 30 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público<br />
Federal, se debe autorizar y determinar, a través de las unidades<br />
administrativas competentes, tanto el presupuesto total como el relativo a<br />
los ejercicios de que se trate para cubrir el compromiso derivado de dicho<br />
contrato.<br />
Asimismo, en términos del artículo 25 de la LAASSP, las dependencias y<br />
entidades pueden convocar, adjudicar o contratar servicios solamente<br />
^^^ cuando se cuente con la autorización de la <strong>SHCP</strong> del presupuesto de<br />
^P inversión y de gasto corriente conforme a los cuales deberán programarse<br />
^ los pagos respectivos.<br />
En el caso específico, la vigencia de la mencionada contratación iniciaría en<br />
marzo de 2002 y concluiría en la fecha que ocurra primero, de diciembre de<br />
2002 o el momento en que se enajenen las acciones mencionadas.<br />
III. Con fundamento en el artículo 19 de la LAASSP, se precisa que no existen<br />
contrataciones de estudios, investigaciones o asesorías similares a los<br />
servicios que prestaría el despacho de abogados, ni dichas tareas son<br />
desempeñadas o equivalentes a las del personal de plaza presupuestaria.<br />
Asimismo, con fundamento en el citado artículo 25 de la LAASSP, se solicita el<br />
documento de suficiencia presupuesta! de $20'000,000 (veinte millones de pesos<br />
00/100 M.N.) para la contratación del despacho de abogados, toda vez que los<br />
recursos correspondientes a dicha contratación se encuentran previstos para la
•<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.-042/2002<br />
Dirección General de Crédito Público en la partida 3304, capítulo 3000 del ramo<br />
06 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio<br />
Fiscal 2002. Lo anterior, con el propósito de que esta Unidad Administrativa<br />
proceda llevar a cabo las gestiones para obtener la autorización del C. Titular de la<br />
<strong>SHCP</strong> conforme al artículo 19 de la LAASSP.<br />
Cabe mencionar que mediante acuerdos CIGF-02-V-6 y CID-02-III-1, adoptados<br />
en sesión conjunta celebrada el 6 de marzo de 2002, las Comisiones<br />
Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de Desincorporación, tomaron nota<br />
de las consideraciones indicadas en el presente oficio.<br />
Con el propósito de facilitar el estudio y análisis de la presente solicitud, se<br />
acompaña una justificación respecto a las consideraciones para proceder a la<br />
contratación por parte del Gobierno Federal del mencionado despacho de<br />
abogados.<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
A t ^-t a-m-e-fi-t-e<br />
SUFRAGIO EFECTIVO<br />
ürgctor^general,<br />
O REELECCIÓN.<br />
Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.<br />
C.P. Aída Amanda Córdova Chávez.- Titular del Órgano Interno de Control de <strong>SHCP</strong>.-<br />
Presente.<br />
Lie, Guillermo Bernal Miranda.- Jefe de la Unidad de Política Presupuesta!.- Presente.<br />
Lie. Eduardo Escalante Macín,- Director General de Programación y Presupuesto de<br />
Servicios.- Presente.
G.H.t<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAÜENOA YCREOrrO PUBUCO<br />
C. Alonso Pascua! García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Presente.<br />
SECRETARIA PARTICULAR<br />
121-1338<br />
México, D. F., 10 de agosto de 2001.<br />
Me refiero a la tenencia accionaria que el Gobierno Federal mantiene, a través del<br />
fideicomiso F/22625 en Bancomer S.A., de acciones serie "O" del capital social de<br />
JH Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
Al respecto, y con objeto de que se dé cumplimiento a la propuesta de enajenación de<br />
las acciones de referencia que fue presentada por esa Dirección General a su cargo en<br />
el seno de las Comisiones Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de<br />
Desincorporación de fecha 8 de agosto de 2001, y de las cuales derivan los acuerdos<br />
01-XIX-4 y CID-01-XIÍI-2, respectivamente, le instruyo con fundamento en los artículos<br />
16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 1° y 6°<br />
fracción XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,<br />
para que en estricto apego al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados<br />
Unidos Mexicanos y demás normativa aplicable y conforme a la propuesta presentada<br />
por usted, lleve a cabo el procedimiento de enajenación aludido.<br />
Sin otro particular, quedo de usted.<br />
^ S. H, C. f- V::\<br />
'^ \ O ASO. 2üD* f:L¡<br />
POBLICO /
f<br />
JUSTIFICACIÓN PARA CONSIDERAR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS UN DESPACHO DE<br />
ABOGADOS, PARA LA ENAJENACIÓN DE LA POSICIÓN ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL EN<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
Con el propósito de que la instrunnentación de la venta de las acciones propiedad del<br />
Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. ("BBVA<br />
Bancomer") en los mercados de valores de Estados Unidos y de Europa, así como a<br />
través de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), se lleve a cabo conforme a la<br />
legislación aplicable en México y en los mercados internacionales, es necesario que el<br />
Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuente con<br />
despachos de asesoría en derecho mexicano e internacional.<br />
En virtud de la coordinación que se requiere entre ambos asesores jurídicos y de<br />
éstos con el Gobierno Federal, se considera que se debe contratar, mediante el<br />
g| procedimiento de adjudicación directa, a un Despacho Jurídico Global de asesoría,<br />
con capacidad de obtener los servicios de despachos jurídicos en México y, en su<br />
caso, en los sitios donde se llevará a cabo la colocación de las acciones.<br />
Conforme a los artículos 22 fracción II, y 41 fracciones III y X de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para llevar a cabo los<br />
procedimientos de adjudicación directa, es necesario que exista de por medio un<br />
dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la dependencia<br />
o entidad y que se presente alguno de los siguientes casos:<br />
i. Que existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales<br />
importantes, debidamente justificadas.<br />
ii. Que se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones<br />
cuya difusión pudiera afectar el interés público o comprometer información de<br />
naturaleza confidencial para el Gobierno Federal.<br />
La contratación del Despacho Jurídico Global se realizaría mediante el procedimiento<br />
de adjudicación directa al despacho Cleary, Gottiieb, Steen & Hamilton ("CGSH"),<br />
conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la LAASSP en virtud de los<br />
siguientes argumentos de confidencialidad, práctica de mercado, economía, eficacia y<br />
eficiencia:<br />
1. Confidencialidad.<br />
El despacho jurídico que asesore al Gobierno Federal tendrá que manejar información<br />
relativa a los tiempos en que se pretende realizar la venta de las acciones, así como a<br />
la estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación.<br />
La información relativa a los tiempos en los que el Gobierno Federal pretende realizar<br />
la venta de las acciones debe permanecer confidencial, ya que de publicarse dicha<br />
información pondría sobre aviso a los inversionistas potenciales. Estos podrían utilizar<br />
la información para.adelantarse a la venta, disminuyendo la flexibilidad del Gobierno
^t<br />
Federal para aprovechar la oportunidad de colocar, las acciones de manera<br />
sorpresiva, lo cual resultaría en un menor precio de venta.<br />
La estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación debe permanecer<br />
confidencial para evitar ataques especulativos a la acción, lo que resultaría en un<br />
menor precio de venta.<br />
Mediante una licitación pública, la difusión de información sobre la oferta pública<br />
podría generar expectativas de mercado que castigarían el precio de las acciones y/o,<br />
en su caso, impedirían que el proceso se lleve a cabo en los plazos esperados. La<br />
disminución en el valor de las acciones y el retraso en el proceso ocasionaría<br />
menores ingresos y generaría costos adicionales para el Gobierno Federal.<br />
2. Práctica de mercado.<br />
La práctica de mercado indica que un mismo despacho jurídico actúa como asesor<br />
tanto del emisor como del tenedor de las acciones en venta. De hecho, el abogado del<br />
emisor (BBVA Bancomer) es quien prepara la mayor parte de los documentos legales<br />
relacionados con la colocación, incluyendo el prospecto de la misma, en virtud de que<br />
casi toda la información contenida en dichos documentos se refiere al emisor, y tiene<br />
como fin describir al inversionista la situación de la institución cuyas acciones se<br />
enajenan (BBVA Bancomer).<br />
Adicionalmente, el emisor y el vendedor de las acciones comparten intereses<br />
similares con respecto al resultado de la operación: concretar en el menor tiempo<br />
posible una colocación de acciones exitosa, con la más amplia distribución y el mejor<br />
precio de venta. Ambos también comparten responsabilidades en cuanto a la<br />
información que proveen al despacho de abogados, las garantías que éste les ofrece<br />
y las limitaciones de los poderes otorgados al mencionado asesor jurídico, por lo que<br />
no existiría conflicto de interés al trabajar para el emisor y el vendedor.<br />
En virtud de que CGSH es el abogado de BBVA Bancomer, resulta indispensable su<br />
contratación ya que el abogado del vendedor de las acciones (Gobierno Federal) debe<br />
trabajar estrechamente con el emisor de las mismas (BBVA Bancomer) en la<br />
preparación de los documentos necesarios para realizar la venta.*<br />
3. Economía,<br />
El Gobierno Federal toma la decisión de realizar una oferta pública de acciones a su<br />
entera discreción y el producto de la colocación le beneficia de forma exclusiva, como<br />
dueño de las acciones. Es por ello que el Gobierno Federal es quien debe afrontar los<br />
gastos asociados a esta transacción, incluyendo los honorarios del Despacho Jurídico<br />
Global.<br />
CGSH ha participado en operaciones con el Gobierno de Portugal, así como con empresas brasileñas,<br />
estadounidenses y mexicanas, prestando sus servicios al mismo tiempo a emisores y vendedores de títulos.<br />
Fuente: CGSH (19 de Junio de 2001).
Designar como despacho de abogados al que actualmente es asesor jurídico de<br />
BBVA Bancomer, tiene el beneficio de que el Gobierno Federal compartiría gastos con<br />
el emisor (BBVA Bancomer), ya que el despacho jurídico representaría los intereses<br />
de ambos, con lo cual se generarían economías para el Gobierno Federal.<br />
Por el contrario, la contratación dé un despacho diferente de CGSH como abogado<br />
del Gobierno Federal traería como consecuencia la generación de gastos adicionales,<br />
ya que se tendría que pagar a dos despachos de asesoría jurídica en lugar de uno,<br />
4., Eficacia y eficiencia.<br />
A) CGSH participó en 1994 en la primera oferta pública del capital social de<br />
Bancomer, S.A., después de que dicha institución fue desincorporada de la<br />
Administración Pública Federal. Por lo anterior, CGSH cuenta con capacidad y<br />
experiencia específica en la venta del capital social de BBVA Bancomer. Esto<br />
permitiria que los trabajos preparativos y la oferta pública se realicen en forma<br />
más eficiente, lo que se reflejaría en un menor costo.<br />
Dada la experiencia de CGSH en los procedimientos previos de colocación de<br />
acciones de BBVA Bancomer, la participación de ese despacho garantiza la<br />
consistencia en la interpretación del marco jurídico y en el manejo de los factores<br />
de riesgo a considerar, por lo que se evitarían los riesgos en la ejecución de la<br />
propia oferta pública del Gobierno Federal.<br />
B) CGSH es una destacada firma internacional que posee gran experiencia en la<br />
prestación de servicios de asesoría jurídica a clientes que participan en<br />
actividades comerciales y financieras, tanto en los Estados Unidos de América,<br />
como en otros países del mundo. Desde hace muchos años, la firma se ha<br />
dedicado a una extensa práctica relacionada con América Latina.<br />
CGSH cuenta con una amplia experiencia en todos los aspectos legales de los<br />
mercados de instrumentos financieros. Las principales áreas en las que el<br />
despacho tiene enfocada su actividad incluye asuntos corporativos, financieros,<br />
reglamentarios, tributarios y litigiosos.<br />
^m CGSH es líder de asesoramiento de gobiernos respecto a su actividad en los<br />
mercados financieros internacionales. La asesoría brindada abarca temas como<br />
operaciones bancarias y de valores en los mercados de capital más importantes,<br />
emisiones de valores en los Estados Unidos y Europa, así como financiamientos<br />
de activos y proyectos de infraestructura. .<br />
C) Debido a la constante y estrecha relación que debe haber entre el Gobierno<br />
Federal, BBVA Bancomer y su asesor juridico, así como la responsabilidad sobre<br />
la confidencialidad de la información y del resultado de la propia colocación que<br />
asumiría el mencionado asesor juridico, es necesario que existan entre las partes<br />
vínculos sólidos de confianza e identificación profesional que aseguren el éxito de<br />
la operación.<br />
Por lo tanto, y considerando que CGSH es un despacho juridico que trabaja con el<br />
Gobierno Federal desde hace más de 20 años; que también ha sido asesor de BBVA
V<br />
Bancomer desde su privatización, y que llevó a cabo la anterior colocación de las<br />
acciones de dicha institución, se hace evidente la necesidad de realizar un '•<br />
procedimiento de adjudicación directa para contratar a ese despacho jurídico, con lo :<br />
cual también se garantizaría la confidencialidad de la estrategia de venta. Con ello se<br />
maximizaría el valor de venta del paquete accionario, protegiendo los ingresos í.<br />
programados por el Gobierno Federal, y asegurando para el Estado las mejores |<br />
condiciones de precio, calidad, financiamiento y oportunidad. ;<br />
Cabe mencionar que el Gobierno Federal, en el ámbito de los contratos que tiene con<br />
los despachos jurídicos que le prestan servicios, no podría incluirse el servicio i.<br />
requerido para la enajenación de las acciones de BBVA Bancomer, ni dichas tareas :,<br />
son desempeñadas o equivalentes a las del personal de plaza presupuestaria de la \'.<br />
<strong>SHCP</strong>, por lo que en términos del artículo 19 de la LAASSP se hace necesaria su j<br />
contratación.<br />
. • . . ' h<br />
hí'<br />
t
a).<br />
-^^ í OO^<br />
V SHi OFICIALÍA MAYOR i<br />
J ' .,.nr,c DIRECCIÓN GENERAL DE PROftRAMACIÓN PROGRAMACIÓN, V »<br />
ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO<br />
TIEV . MAOENUA<br />
%Me#^# 346.. 2Q0<br />
-•»,ESCALANTE MACIN/<br />
DirepíóíGeneral de Programacióny^=*resupuestode Servicios ^<br />
Ppésente ^^<br />
Hago referencia aVoficicrfío. 305.- 042/2002 de fecha 7 de marzo de 2002 y recibido el mismo día en<br />
esta Dirección General (se anexa oficio y documentación soporte), mediante el cual la Dirección<br />
General de Crédito Público solicita suficiencia presupuestal en la partida 3304 "Otras Asesorías para la<br />
Operación de Programas" por la cantidad de $20'000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100 M.N.)<br />
con el fin de realizar la contratactón de un consultor y/o asesor jurídico (despacho de abogados) que<br />
asesore al Gobierno Federal en el proceso de la enajenación de la posición accionaria del Gobierno<br />
Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Grupo Financiero BBVA<br />
Bancomer, S.A. de C.V., que se instrumentará a través de un agente colocador global.<br />
La vigencia de la contratación iniciarla en marzo del 2002 y concluiría en la fecha que ocun'a primero,<br />
diciembre del 2002 o en el momento en que se enajenen las acciones mencionadas. Los artículos 24<br />
y 25 de la Ley de Adquisiciones. An-endamientos y Servicios del Sector Público, y 30 de la Ley de<br />
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, indican que se debe autorizar y determinar, a<br />
través de las unidades administrativas competentes, tanto el presupuesto total como el relativo a los<br />
ejercicios de que se trate para cubrir el coinpromiso derivado de dicho contrato.<br />
Para el presente ejercicio, se tienen presupuestados 20.0 millones de pesos en la partida 3304 en la<br />
Dirección General de Crédito Público para otorgar la suficiencia presupuestal respectiva; sin embargo,<br />
considerando que la mencionada contratación iniciaría en marzo del 2002 y concluiría en el momento<br />
en que se enajenen las acciones mencionadas, que podría ser posterior al término de este ejercicio, se<br />
solicita autorización para la contratacióri de un consultor y/o asesor jurídico (despacho de<br />
abogados) para el periodo antes citado, con base en los artículos 24 y 25 de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 30 de la Ley de Presupuesto,<br />
Contabilidad y Gasto Público FederaL<br />
Reitero las seguridades de mi distinguida consideración.<br />
Atentamente ;¿,<br />
La Directora General<br />
Arácelí Ritman Berrón<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Para su<br />
conocimiento.- Presente,<br />
c.c.p. Dr. (^rfos Hurtado López.- Subsecretario de Egresos.- Mismo fin.- Presente,<br />
c.c.p. Lie/Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor del Ramo.- Mismo fin.- Presente,<br />
c.c.p. A^T. Alonso García Tamés.- Director General de Crédito Público.- Mismo fin.- Presente,<br />
c.c.p. Lie. Guillermo E. Bernal Miranda.- Titular de la Unidad de Política Presupuesta!.- Mismo fin.-<br />
Presente.<br />
c.c.p. Lie. José Bustani Híd.- Director General Adjunto de Programación y Presupuesto:- Mismo fin.-<br />
Presente.<br />
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f-^<br />
OF!C!AL!A MAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAC.'ÓN.<br />
QOft^iJIjAriAlü '» c".«'<br />
uirécitüf Géf'iéi'ai ué Piuyrdinación y Presupuesto de Servicios<br />
México. D. F., a8édüo Púbííco en ei Grupo Financiero tiüVA<br />
•fqlncúmér.'sTA. de C.V., que se instrumemará4i osvés de un agente coíocador giobai.<br />
::Lá VloencfaOJte la COi^atacíÓn iniciaría tan m^r/h H«l 9007 w rnnrhilrífi «n I» forha nirp nriirra nrimpm<br />
^iciembre del 2002 oífen e| mornento en qua SA «najenftn las aocionss !T!$nc!Of>á!das. Los Hrticjlos 24<br />
.c4i-í3S de tó c«^/ de MffciyisicioneSi Arrsndarniéntos v Seryicios de! Sector PúbücQ, *' 30 ds !3 Ls*' de<br />
*,«rafflunuflfitflr"Onr»fanindAd v Gasto Público Fsdera!, indican "ue se dsbs suícrizar" determinar, s<br />
^S de ja&linidadés administrativ/aft /^AmrW>f(>ntes fnntn ai nmeimnoetn tntal rnmn ol ralnftun 9 Ine<br />
eJBrcicioa dtTaus «« trafí» nara riihrir p| rnmnrrtmian HorlüaHn H* rtir-hA ^rttrtituirt<br />
Para e! presente ejercicio. 9* «««en presupuestados 20.0 .millones de pesos en !a partida 3304 er. ¡a<br />
DirecGión Genera! de Crédito Púbüco para otorgar !s suficiencia presupueste! respective; sin embargo.<br />
Gon-sideranrin que !a mencionada contratación iniciaría en marzo dsi 2002 y cc.ncluirís sn s! rroms.níc<br />
en que se enajenen !as acciones mencionadas, que podría ser posterior a! término de este eje.'cicie, se<br />
soÜGlta auto.''!2aG!én para !a cont'stac'ón ds un consultor y/c asesor juridiec {dsspscho ds<br />
abosado*) para el periodo aníss citado, con bsss sn iss artículos 24 y 25 de te Ley de<br />
Adquisiciones. Arrendamientos y Servicios de! Ssctcr Púbüco, y 30 de lá Lgy^dsifyssypüssto,<br />
Gontabiüdad y Gasto PiibücG Federa!. X^^^^^^^^l^K<br />
Reitero las segurí{l3^^^fle.^l distinguida consideración.<br />
/¿"Vo t /^ I C5i 1 n nX^A<br />
|a.^ 1 3 W "m l^\<br />
^ 9. in. C. I-, ^s^<br />
Atentamente (^ í 1 í'í'í "ivr fg|<br />
La DlrectoraGensE?! ^ 1^-:^ >!:.£¡C!ON asKEsls. ^<br />
v-""^ ^^^ /
C.HI<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAOENOA YCREOrrO PUBUCO<br />
C. Alonso Pascual García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Presente.<br />
SECRETARIA PARTICULAR<br />
121-1338<br />
México, D. F., 10 de agosto de 2001,<br />
Me refiero a la tenencia accionaria que el Gobierno Federal mantiene, a través del<br />
í " fideicomiso F/22625 en Bancomer S.A., de acciones serie "O" del capital social de<br />
Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
Al respecto, y con objeto de que se dé cumplimiento a la propuesta dé enajenación de<br />
las acciones de referencia que fue presentada por esa Dirección General a su cargo en<br />
el seno de las Comisiones Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de<br />
Desincorporación de fecha 8 de agoáto de 2001, y de las cuales derivan los acuerdos<br />
G1-XIX-4 y CID-01-XIII-2, respectivamente, le instruyo con fundamento en los artículos<br />
16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 1° y 6°<br />
fracción XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,<br />
para que en estricto apego al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados<br />
Unidos Mexicanos y demás normativa aplicable y conforme a la propuesta presentada<br />
por usted, lleve a cabo el procedimiento de enajenación aludido.<br />
Sin otro particular, quedo de usted.<br />
4^ S. H. O. P- v::i\<br />
r| i o ASO. 2Qi5^ HS<br />
•.A. PUBLICO A^/<br />
r(T^ \ ;•;•<br />
X:/_^;;'i,;;\-'<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN<br />
El Secretarlo,^<br />
Lie. José Francisco Gil Díaz<br />
ccp. Lie. Alejandro Torres Palmer.- Subsecretario de Normatividad y Control de la Gestión Pública. SECODAM.- Para su<br />
conocimiento. Presente.<br />
Dr. Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Para su conocimiento y efectos.<br />
Lie. Rubén Octavio Aguirre Pangbum.- Subsecretario de Ingresos.- Para su conocimiento.<br />
Dr. Carlos Hurtado López.- Subsecretario de Egresos,- Mismo Fin.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial M»yor.- Mismo Fin.<br />
Lie. Gabriel Reyes Orona.- Procurador Fiscal de la Federación.- Mismo Fin.<br />
Lie. Evelyrie Eugenia Rodríguez Ortega- Tesorero de la Federación.- Mismo Fin.
i»<br />
JUSTIFICACIÓN PARA CONSIDERAR LÁ CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN<br />
AGENTE COLOCADOR GLOBAL, PARA LA ENAJENACIÓN DE LA POSICIÓN ACCIONARÍA DEL GOBIERNO<br />
FEDERAL EN GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
Contratación de un agente colocador global<br />
Debido a la demanda de inversionistas respecto de las acciones del Grupo Financiero<br />
BBVA Bancomer, S.A. de C.V. ("BBVA Bancomer"), así como a la capacidad económica de<br />
los mismos para adquirir el paquete accionario del Gobierno Federal, la enajenación de<br />
dicha posición accionaria se realizaría principalmente en los mercados de valores de<br />
Estados Unidos y de Europa. Sin embargo, se estima que sería conveniente colocar una<br />
parte de las acciones mencionadas a través de la Bolsa Mexicana de Valores ("BMV").<br />
Para tal efecto es necesario realizar la contratación de un Agente Colocador Global que<br />
prestaría al Gobierno Federal un servicio de colocación de acciones y sería el que<br />
determine la forrria en que se distribuyan las mismas entre los diferentes mercados, entre<br />
ellos el nacional, coordinándose para ello con las distintas instituciones que participen en el<br />
proceso. El Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por<br />
conducto de la Dirección General de Crédito Público elegirá, de las opciones que le<br />
presente el Agente Colocador Global, la forma de venta que se considere conveniente en el<br />
momento más adecuado.<br />
Es importante señalar que en este tipo de operaciones, la práctica de mercado es formar<br />
grupos de instituciones financieras con el fin de maximizar el valor de venta de las<br />
acciones.<br />
Conforme a la Ley del Mercado de Valores, la enajenación de acciones en la BMV debe<br />
llevarse a cabo a través de una casa dé bolsa debidamente autorizada para operar en<br />
México; en virtud de que la gran mayoría de los agentes globales no cuentan con casas<br />
autorizadas en México, sería necesario que obtuvieran los servicios de una casa de bolsa<br />
mexicana.<br />
Es de destacarse que, debido a la constante y estrecha relación que debe haber entre el<br />
f^^ Agente Colocador Global con la casa de bolsa mexicana y las demás instituciones<br />
internacionales para la venta de las acciones de BBVA-Bancomer en los mercados de<br />
valores de México y el extranjero, así como la responsabilidad sobre la confidencialidad de<br />
la información y del resultado de la propia colocación que asumiría el Agente Colocador<br />
Global, es necesario que sea éste quién seleccione y obtenga los servicios de dichas<br />
instituciones. Lo anterior, con el propósito de que existan entre ambos vínculos sólidos de<br />
confianza e identificación profesional que aseguren el éxito de la operación.<br />
É<br />
Aunado a lo anterior, cabe mencionar que: (i) la comisión que se establezca para la<br />
contratación del Agente Colocador Global incluiría el costo de los servicios prestados por<br />
las instituciones financieras que el mencionado agente requiera para la venta de las<br />
acciones; y (ii) dicho agente colocador obtendría directamente los servicios de esas<br />
instituciones financieras, y cubriría los costos correspondientes.
é)<br />
Para que las Secretarías de Estado, organismos descentralizados, o los fideicomisos en los<br />
que el Gobierno Federal sea fideicomitente, realicen contrataciones de servicios, se deben<br />
ajustar a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector<br />
Público (la "l_AASSP"), según lo indica el artículo 1° de dicho ordenamiento.<br />
En el artículo 26 de la LAASSP se indica que las instancias mencionadas pueden contratar<br />
adquisiciones, arrendamientos y servicios mediante los procedimientos de licitación pública,<br />
invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa; de los artículos 27 y 40 se<br />
deriva que la licitación pública es la regla general para la contratación de servicios, y como<br />
excepciones a la regla general se señalan los procedimientos de invitación a cuando menos<br />
tres personas y de adjudicación directa.<br />
Conforme a los artículos 22 fracción II, y 41 fracciones III y X de la LAASSP, para llevar a<br />
cabo los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas, es necesario que<br />
exista de por medio un dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios<br />
de la dependencia o entidad y que se presente alguno de los siguientes casos:<br />
i. Que existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales<br />
importantes, debidamente justificadas.<br />
ii. Que se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones cuya<br />
difusión pudiera afectar el interés público o comprometer información de naturaleza<br />
confidencial para el Gobierno Federal.<br />
La contratación del Agente Colocador Global se realizaría a través del procedimiento de<br />
invitación a cuando menos tres personas, mencionado en los artículos 41 y 43 de la<br />
LAASSP, en virtud de lo siguiente:<br />
• La información relativa a los tiempos en los que el Gobierno Federal pretende realizar la<br />
venta de las acciones debe permanecer confidencial, ya que de publicarse dicha<br />
información pondría sobre aviso a los inversionistas potenciales. Estos podrían utilizar la<br />
información para adelantarse a la venta, disminuyendo la flexibilidad del Gobierno<br />
Federal para aprovechar la oportunidad de colocar las acciones de manera sorpresiva,<br />
lo cual resultaría en un menor precio de venta.<br />
• La estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación debe permanecer<br />
confidencial para evitar ataques especulativos a la acción, lo que resultaría en un menor<br />
precio de venta.<br />
• Mediante una licitación pública, la difusión de información sobre la oferta pública podría<br />
generar expectativas de mercado que castigarían el precio de las acciones y/o, en su<br />
caso, impedirían que el proceso se lleve a cabo en los plazos esperados. La<br />
disminución en el valor de las acciones y el retraso en el proceso ocasionaría menores<br />
ingresos y generaría costos adicionales para el Gobierno Federal.<br />
De lo anterior se desprende la necesidad de realizar un procedimiento de invitación a<br />
cuando menos tres agentes colocadores para garantizar la confidencialidad de la estrategia<br />
de venta. Con ello se maximizaría el valor de venta del paquete accionario, protegiendo los
1 I<br />
ingresos programados por el Gobierno Federal, y asegurando para el Estado las mejores<br />
condiciones de precio, calidad, financiamíento y oportunidad.<br />
Cabe mencionar que el Gobierno Federal no cuenta actualmente con los servicios del<br />
Agente Colocador Global, ni dichas tareas son desempeñadas o equivalentes a las del<br />
personal de plaza presupuestaria, por lo que en témiinos del artículo 19 de la LAASSP se<br />
hace necesaria su contratación.<br />
-3-
4<br />
s«<br />
c<br />
TIEV. IIADENDA<br />
G.H.1<br />
. SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA y CRÉDITO PUBLICO<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN,<br />
ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO<br />
346.-<br />
México<br />
383<br />
de marzo de 20<br />
ACT. ALONSO GARCÍA TAMES<br />
Director General de Crédito<br />
Público<br />
Presente<br />
/<br />
/<br />
Hago referencia al oficio No. 305.- 042/2002 de fecha 7 de marzo de 2002 y recibido el<br />
mismo día en esta Dirección General, mediante el cual solicita suficiencia presupuestal<br />
en la partida 3304 "Otras Asesorías para la Operación de Programas" por la cantidad<br />
de $20'000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100 M.N.) con el fin de realizar la<br />
contratación de un consultor y/o asesor jurídico (despacho de abogados) que asesore<br />
al Gobierno Federal en el proceso de la enajenación de la posición accionaria del<br />
Gobierno Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., que se instrumentará a través de un agente<br />
colocador global.<br />
•O<br />
-V<br />
Sobre el particular, infonno que con fundamento en el artículo 25 de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, existe disponibilidad de<br />
recursos para cubrir el compromiso antes señalado, mismo que ha sido reservado en la<br />
clave No. 00024. No omito mencionar que la clave de reserva asignada deberá citarse<br />
al ser enviadas las facturas o documentación para el pago correspondiente a la<br />
Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, ya que éste se cubre<br />
al identificar la clave citada con el número de contrato, factura y/o pedido.<br />
Área Solicitante<br />
Dirección<br />
General de<br />
Crédito Público<br />
Descripción<br />
Cubrir la contratación de un consultor<br />
y/o asesor jurídico (despacho de<br />
abogados) que asesore al Gobierno<br />
Federal en el proceso de la enajenación<br />
de la posición accionaría del Gobierno<br />
Federal a través de la Secretaria de<br />
Hacienda y Crédito Público en el Grupo<br />
Finandero BBVA Bancomer, S.A. de<br />
C.V., que se instrumentará a través de<br />
un agente colocador global<br />
Partida<br />
3304<br />
Reserva<br />
No.<br />
00024<br />
Importe<br />
reservado<br />
$20'000,000.00<br />
Unidad<br />
Presupuestal<br />
210<br />
Cabe señalar, que se deberá cumplir con los ordenamientos de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; Ley de Presupuesto,<br />
Contabilidad y Gasto Público Federal, y su Reglamento; Manual de Normas<br />
Presupuestarias para la Administración Pública Federal; Presupuesto de Egresos de la<br />
Federación para el Ejercicio Fiscal 2002; sin menoscatio de la normatividad<br />
complementaria sobre la materia.<br />
..2/<br />
[ í-^»^-^
G.H.1<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN,<br />
ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO<br />
346.- 383<br />
México, D.F., 8 de marzo de 2002<br />
Es importante destacar que de confomiidad con los artículos 19 de la Ley de<br />
Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal y 73 de su Reglamento, para la<br />
realización de las erogaciones por concepto de asesorías, se requerirá de la<br />
autorización expresa del titular de la Dependencia, la cual de acuerdo a su oficio No.<br />
305.- 042/2002 será tramitada por esa Dirección General a su cargo, por lo que,<br />
independientemente de que se otorgue la suficiencia presupuestal a la partida antes<br />
citada, se deberá obtener la autorización del C. Secretario.<br />
Reitero las seguridades de mi distinguida consideración.<br />
Atentamente<br />
La Directora General<br />
P.C. ARACELI PITMAN BERRON<br />
C c.c.p Dr. Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y<br />
Crédito Público.- Para su conocimiento.- Presente,<br />
I<br />
c.c.p Lío. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor del Ramo.- Para su<br />
conocimiento.- Presente,<br />
c.c.p. Lie. José Bustaní y H¡d.- Director General Adjunto de Programación y<br />
Presupuesto.- Igual fin.- Presente.<br />
TIEV - MAQENDA<br />
APB*JBH*FMM*LOV<br />
V
w^<br />
WCSBA V CMWrO MMCO<br />
OFICIALÍA MAYOR DOPOP<br />
A<br />
RA<br />
ORIG NAL<br />
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GR<br />
TOTA LOR GtN VL<br />
E<br />
Olrec( lonC ener lid pCi<br />
2002 06 2 1 c<br />
F<br />
9dttO Pub co<br />
06<br />
SF<br />
04<br />
PS<br />
0500<br />
TOTA -DE LAF ES ERV ^C( >NN JMERC DE OFIC 10 :<br />
r 1 ^ ^<br />
CLAVE PRESUPUESTARIA Y CONCEPTO<br />
PR<br />
00<br />
PE<br />
00<br />
Al<br />
102<br />
UR<br />
210<br />
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PP<br />
P004<br />
RECURSOS RESERVADOS «r- H3n<br />
OBJETO DE<br />
GASTO<br />
CA CO PAR TO GD FF L<br />
3<br />
3<br />
04<br />
1<br />
0<br />
1<br />
2<br />
SO<br />
10<br />
C<br />
02<br />
CG<br />
04<br />
P<br />
00<br />
LINEA DE<br />
CRÉDITO<br />
ESPECIFICA<br />
4916<br />
IMPORTE<br />
TOTAL j<br />
DE OPERACIÓN<br />
20.000,000.00<br />
20.000.000.00<br />
20.000.000.00<br />
tsmcnacN<br />
RESERVA OE RECURSOS CON EL FIN OE REALIZAR LA CONTRATACIÓN OE UN CONSULTOR Y/O ASESOR JURÍDICO (DESPACHO DE ABOGADOS) QUE<br />
ASESORE AL GOBIERNO FEDERAL EN EL PROCESO DE LA ENAJENACIÓN OE LA POSICIÓN ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL A TRAVÉS DE LA<br />
SECRETARIA OE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO EN EL GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER. SA DE C.V.. QUE SE INSTRUMENTARA A TRAVÉS DE UN<br />
AGENTE COLOCAOOR GLOBAL<br />
I OE<br />
OAU. 00024<br />
MES<br />
1<br />
7<br />
DÍA r^m—<br />
ME!<br />
ATO<br />
03 2002<br />
oe<br />
CALENDARIO DE PAGOS<br />
ME<br />
6<br />
11<br />
12<br />
IMPORTE<br />
ESPECIFICO POR MES<br />
1,093.333.00<br />
2,240.000.00<br />
2.240.002.00
#<br />
i<br />
LO<br />
^<br />
ARIA<br />
OE<br />
r CRÉDITO PUBLICO<br />
Fn 1<br />
Act'Atonso García Te<br />
Director (general déXrédito Público<br />
/Prese n\É y \<br />
SECRETARÍA PARTICULAR<br />
101.- 318<br />
MéSg69;]D;JÍTv, a^Zende.-narpo^de 2002<br />
CONTROL ^•--^ ^^-^^-^?mí..<br />
:V!;.-;\i ;<<br />
'ü2nZ0 28 Pni2 37<br />
lílCV.M<br />
Me refiero a la posición accionaria que el Gobierno Federal mantiene¡^„a^ravés del<br />
fideicomiso F/22625 en Bancomer, S.A., de acciones serie "O" del capita+^cial del Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
Al respecto, en alcance ai oficio número 101.-1338 de fecha 10 de agosto de 2001, con<br />
fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública<br />
Federal; 19 último párrafo y 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Sen/icios del<br />
Sector Público, y 1° del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público, y considerando lo señalado por usted mediante oficio No. 305.-058/2002 de fecha<br />
25 de marzo de 2002, así como el oficio de suficiencia presupuestal No. 346.-383 de fecha<br />
8 de marzo de 2002, emitido por la Dirección General de Programación, Organización y<br />
Presupuesto de esta Secretaría, se autoriza la erogación para la contratación de los<br />
sen/icios de consultoría y/o asesoría jurídica, necesarios para instrumentar el esquema<br />
para la enajenación de acciones referida, reiterándole que se efectúe en estricto apego al<br />
artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás<br />
normativa aplicable.<br />
Sin otro particular, quedo de usted.<br />
- cc.C.p.<br />
i-í^.j<br />
^1^<br />
Atí0rTOft*A 0€ LA CreSTTtW «Uf<br />
MAR. 28 wm^<br />
R E C I B I D<br />
OFICIALÍA DE PARTE<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.<br />
El Secretario,<br />
Francisco Gil Díaz<br />
DiV^gustin C^rstens Carstens.- Subsecretario d/Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
DcSarlos Hurtado López.- Subsecretario de Egresos.- Presente.<br />
Lift-Alejandro Torres Palmer.- Subsecretario de Normatividad y Control de la Gestión Pública.'<br />
SECODAM.'Presente.<br />
Li^.uis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.<br />
C.íL,Aida Amanda Córdova Chávez.- Titular del Órgano Interno de Control de la <strong>SHCP</strong>.- Presente.<br />
en
i<br />
• I)<br />
G.H.1<br />
OFICIALÍA MAYOR ^^<br />
V^^S^^$ DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN,<br />
«V.l£fe-#- ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
ACT. ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />
Director General de Crédito Público<br />
Presente<br />
346.- 435<br />
México, D.F., 27 de marzo de 2002<br />
Hago referencia al oficio No. 305.-042/2002 de fecha 7 de marzo del año en curso y<br />
recibido el mismo día en esta Dirección General, mediante el cual solicita suficiencia<br />
presupuestal para el año 2002 en la partida 3304 "Otras asesorías para la operación de<br />
programas por la cantidad de $20'000,000.00, y autorización que abarque el inicio de la<br />
contratación en el mes de marzo de 2002 y concluya en el momento en que se enajenen<br />
las acciones que podría ser posterior al término del año en curso, con el fin de realizar la<br />
contratación de un consultor y/o asesor jurídico (despacho de abogados) que asesore al<br />
Gobierno Federal en el proceso de enajenación de la posición accionaría del Gobierno<br />
Federal a través de la <strong>SHCP</strong> en el Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., que<br />
se instrumentará a través de un agente colocador global.<br />
Sobre el particular, y en alcance al oficio No. 346.-383 de fecha 8 de marzo del presente,<br />
a través del cual se le comunicó la suficiencia presupuestal de 20.0 mdp, envío el oficio<br />
No. 311-A-837 de fecha 25 de marzo del año en curso y recibido el mismo día en esta<br />
( Dirección General, mediante el cual la Dirección General de Programación y Presupuesto<br />
dÉ de Servicios, emite la autorización bianual para la contratación de un consultor y/o asesor<br />
jurídico (despacho de abogados), bajo las siguientes consideraciones:<br />
o En caso de que la contratación exceda el ejercicio fiscal de 2002, la disponibilidad<br />
para el siguiente año quedará sujeta al monto que apruebe la H. Cámara de<br />
Diputados.<br />
o Será responsabilidad de esa Dirección General verificar que en la formalización de<br />
este compromiso no se establezca penalización para la Dependencia en caso de<br />
que ocurra una variación en las asignaciones presupuéstales, por la conformación<br />
y monto del presupuesto autorizado al Ramo 06.- Hacienda y Crédito Público el<br />
año de que se trate.
4 V^AiS^JI^ • OFICIALÍA MAYOR<br />
\ .^¿#W DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN,<br />
íyltte# ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO<br />
SECRETARIA<br />
DE •<br />
. HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
346.- 43D<br />
México, D.F.. 27 de marzo de 2002<br />
o Queda bajo la responsabilidad de esa Dirección General fijar el monto de los<br />
compromisos, y determinar el procedimiento de contratación en las condiciones de<br />
costo-beneficio que más le favorezcan, según las disposiciones aplicables en la<br />
materia, razón por la que la presente tendrá efecto en la circunstancia de que la<br />
contratación se extienda al año 2003, supuesto en el que se deberá infomnar de<br />
inmediato a esta área, señalándose el monto de recursos a devengar en dicho año.<br />
o En el ejercicio de los recursos se deberá observar lo dispuesto en los artículos 42<br />
fracciones I y II, así como 44 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto<br />
Público Federal.<br />
o De igual fonna, se indica en el oficio 311-A-837, que la contratación de un agente<br />
colocador global en opinión de la Subsecretaría de Egresos debe realizarse con<br />
base en lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Ingresos de la Federación, para<br />
el Ejercicio Fiscal de 2002.<br />
Reitero las seguridades de mi distinguida consideración.<br />
Atentamente<br />
La Direclora Genet<br />
C. Aracell Ritman Borrón<br />
c.c.p. Dr. Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Para su<br />
conocimiento.- Presente<br />
c.c.p. Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor del Ramo.- Mismo fin.- Presente<br />
c.c.p. L¡c. José Bustani y Hid.- Director General Adjunto de Programación y Presupuesto.- Mismo fin.-<br />
Presente.<br />
JBH*FMM*LOV
nr<br />
SUSSECRETARÍA PE ggKESOS<br />
flvtv/uyw-<br />
C.P:C.ARACEIÍtWTMANeERB©íf^i¿«/»i«íiiY?^ .<br />
C>rfyrírQrnür-ir\ri firttskniz'ar'Arim iJZs •• _^.-, iim •<br />
• i.cauti«M .w.v :.'i
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Jí^;-: •/ ,•••:•••^•-••;;:.. •"<br />
'•WBB*", •,....<br />
HÁCIEWDA V CREPITO PimjCe<br />
SUBSECREtÁKtA De EORCSOS<br />
DIRECCIÓN -' ' ¡- .y<br />
• • • \ - ^ . X ; - . . •• / ••••.•<br />
••••:,:.\'^v-. \ - • . • • • • / .<br />
• .. .^..„_^^,.,-,.<br />
P/^ardn^ád^ánte Macln<br />
RPELECCIÓN
11.3.3 Trámite ante el Comité de Adquisiciones<br />
para la contratación del agente colocador v -^<br />
global y del despacho de abogados<br />
i
m<br />
^.^1^^.<br />
SECRETAfllA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
ACT. ALONSO GARCÍA TAMES<br />
Director General de Crédito Púbiñico<br />
Palacio Nacional oficina 3010<br />
Presente.<br />
OFICIALÍA t\/IAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS<br />
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES<br />
378.-412<br />
025)<br />
Asunto: Se informa la celebración de la Sesión<br />
Extraordinaria 03 del Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios.<br />
México, D.F., 04 Abril de 2002.<br />
De conformidad con lo señalado en el Capitulo Segundo Artículo 17 fracción IV del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Sesión Extraordinaria 03/2002 del Comité de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de esta Secretaría, se llevará a cabo el lunes 8 de abril de 2002, a<br />
las 10:00 horas, en la sala de juntas de la Oficialía Mayor, el presente citatorio se hace con base en la<br />
delegación de funciones establecidas por el C. Oficial Mayor en su oficio número 103.-266 de fecha 7 de mayo<br />
de 2001.<br />
Por lo anterior se informa que la Sesión Ordinaria 03 de este Comité programada para celebrarse el pasado 27<br />
de Marzo de 2002 queda sin efecto, abriéndose el procedimiento para la sesión extraordinaria señalada.<br />
Agradezco la atención que merezca esta comunicación.<br />
r «IfíECCIC^<br />
C, P..<br />
GEI>Er." •"«os<br />
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D1»ATLR:W.ES V ; ^<br />
m. ^ 2ÜÜ2<br />
ESPAr^-^z<br />
Aten tarrneri t e.<br />
SUFRAGIO EFECTiya NO REH^KCION<br />
\ El Presidente Suplente/
i<br />
SECRHABIA<br />
DE<br />
HAOENOA y CREWTO PUBlCO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 052/2002<br />
México, D.F. 4¿l5 de abril de 2002.<br />
SUMECSETARIA DE COMIHOL V<br />
AUOITOnrA DF LA nf «¡TtntM PUSUCA<br />
/.<br />
I - • . • •'<br />
V r<br />
^}I:JO<br />
Lie. Guillermo I. González Avila ABR. 3 2002 -rfí-^."'^ '^"};^ ,r-^<br />
Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales -- -<br />
Presente. RECIBIDO<br />
OFICIALÍA DE PARTES<br />
Me refiero a la posición accionaria del Gobierno Federal, a través de la Secretaría<br />
de Hacienda y Crédito Público (la Secretaría), en Gnjpo Financiero BBVA<br />
Bancomer, S.A. de C.V. (BBVA Bancomer), consistente en 949'838,031<br />
.?;íf*;^(?í9ViéiÉPfeBtos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un)<br />
'^^'';#;$cí'tóH®s|^'''® "O" ^®' capital social de dicha Institución, así pomo al oficio número<br />
Xj-l'G1-¿"33^ ele fecha 10 de agosto de 2001, mediante el cuál el C. Secretaria á^<br />
" "Hc^feFtóg y Crédito Público Instmyó a esta Dirección General á llevar a c^ti^W-<br />
p,,\ enaj|ríac3óp de la mencionada posición accionaría (se acompaña copia-simple)!. ^' "^<br />
3 I<br />
V - ISm^ l>E LA FEKRACIOK<br />
Al r^peQtp, le infoijrao )mí jld>¡p.ijip^^n pr>|<br />
I
M<br />
^>i>iiD^^^ SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
SECRHARI*<br />
DE<br />
HACIENDA Y CREIXTO PISUCO<br />
Oficio No. 305.- 062/2002<br />
La contratación de los servicios necesarios para la enajenación mencionada se<br />
presentó para su consideración al Comité de Adquisiciones. Arrendamientos y<br />
Servicios de esta Secretaría (el Comité) en sesiones ordinarias No. 06/2001 y<br />
07/2001 de fechas 27 de septiembre y 11 de octubre de 2001,<br />
respectivamente, y en sesiones extraordinarias Ño. 08/2001 y 09/2001, de<br />
fechas 20 de agosto y 12 de septiembre del 2001, respectivamente, con la<br />
finalidad de que resolviera respecto a la viabilidad de acudir a los<br />
procedimientos de invitación a por lo menos tres personas y de adjudicación<br />
directa, para obtener los servicios del Agente Colocador Global y del despacho<br />
de abogados Cleary Gottiieb Steen & Hamilton (el despacho de abogados<br />
CGSH), respectivamente, de confonnidad con lo establecido en los artículos 22<br />
fracción II, 40 y 41 fracciones III y X de la LAASSP.<br />
Mediante oficio No. 305.VII.-203/01 de fecha 26 de septiembre de 2001, se<br />
solicitó a la Dirección General Adjunta de Normas e Investigación<br />
Presupuestaria (la DGANIP) informara sí a esa Unidad Administrativa le<br />
correspondía emitir alguna consideración presupuestaria respecto de la<br />
enajenación referida. La DGANIP mediante oficio No. 307-A-4-2527 de fecha<br />
27 de septiembre de 2001, consideró que la contratación de los servicios a que<br />
se hace referencia configuran una disminución de ingresos como lo señala el<br />
punto 11.6 de la Décima Séptima Resolución de Modificaciones a la<br />
Miscelánea Fiscal para el año 2000 y anexos 5, 7 y 15, publicada en el Diario<br />
Oficial de la Federación el 22 de agosto de 2001.<br />
La Dirección General Adjunta de Normatividad de Adquisiciones y Servicios de<br />
la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, mediante oficio No.<br />
UNAOPSPSF/309/AD/O.- 891/2001 de fecha 9 de octubre del 2001, dirigido a<br />
la Dirección General a su digno cargo, manifestó que "dentro de los<br />
procedimientos de contratación de los citados servicios, al no existir erogación<br />
alguna que afecte una partida presupuestal especifica del gasto de la<br />
dependencia, por referirse al esquema de ingresos netos, las citadas<br />
contrataciones no serían materia de la LAASSP y por consecuencia tampoco<br />
materia del Comité, por lo que el acuerdo tomado por éste en la reunión antes<br />
indicada quedaría sin efecto.<br />
"Sin embargo, quedó como antecedente que si fuese aplicable la citada Ley,<br />
los referidos casos hubieran sido dictaminados favorablemente, por haberse<br />
encontrado y acreditado los supuestos de excepción a la licitación previstos en<br />
el citado ordenamiento.<br />
"En este sentido, tomando en consideración el mecanismo de ingresos netos<br />
aprobado por la Unidad de Política de Ingresos, y la opinión de la Dirección<br />
General Adjunta de Normas e Investigación Presupuestaria, recomienda al
SECRHARIA<br />
«<br />
HUIENDA Y CREOrrO PUHJCO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 062/2002<br />
Comité únicamente tomar nota de que dichos pnDcesos fueron revisados, ya<br />
que el Comité no se puede pronunciar respecto de las citadas autorizaciones,<br />
en virtud de que lo que se contempla es una disminución de ingresos para<br />
cubrirlas erogaciones vinculadas a la operación".<br />
CONSIDERACIONES<br />
En virtud de que en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de<br />
2002 (la Ley de ingresos) se encuentra prevista la enajenación de acciones de<br />
BBVA Bancomer, y dicho ordenamiento dispone que las contrataciones asociadas<br />
a dichas enajenaciones cuando se instmmenten a través de los mecanismos de<br />
ingresos netos, están sujetas a la LAASSP, se somete a su consideración lo<br />
siguiente:<br />
I. Para la contratación del despacho de abogados CGSH, se cuenta con la<br />
acreditación de suficiencia presupuesta!, toda vez que los citados recursos<br />
se encuentran previstos en la partida 3304, capítulo 3000 del ramo 06 del<br />
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio<br />
Fiscal del año 2002, por lo que la contratación del despacho de abogados<br />
CGSH es materia de la LAASSP.<br />
Se cuenta con los oficios No. 346.-383 (de suficiencia presupuestal) y 346.-<br />
435 de fechas 8 y 27 de marzo de 2002, respectivamente, emitidos por ia<br />
Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de esta<br />
Secretaría; con la opinión favorable de la Dirección General de<br />
Programación y Presupuesto de Servicios mediante oficio No, 311-A-837 de<br />
fecha 25 de marzo del presente, asi como con el oficio No. 101.-318 de<br />
fecha 26 de marzo de 2002, mediante el cual el C. Secretario de Hacienda y<br />
f(^ Crédito Público autoriza ia erogación para la contratación de los servicios<br />
de consultoría y/o asesoría jurídica (se acompañan copias simples).<br />
En caso de presentarse una controversia entre el Gobiemo Federal y BBVA<br />
Bancomer, el despacho de abogados CGSH podría excusarse para<br />
patrocinar al Gobiemo Federal en procedimientos jurídicos relativos a dicha<br />
controversia, por lo que esta Secretaría estaría en posibilidad de contratar a<br />
otro despacho de abogados para representarla en la eventual disputa, a<br />
través del procedimiento de excepción que en su caso dictamine el Comité<br />
conforme a los artículos 22 fracción II. 40 y 41 de la LAASSP.<br />
II. En ténninos del artículo 25 de la LAASSP, el pago de los servicios<br />
derivados de la contratación del Agente Colocador Global, se llevará a cabo<br />
sin contar con el documento de suficiencia presupuestal, en virtud de que<br />
no se afecta el presupuesto, bajo el esquema de ingresos netos a que se<br />
refiere el artículo 14 de la ley de Ingresos, el cual señala lo siguiente:
SECRHARIA<br />
DE<br />
mCfEMDA Y CRÉDITO PUBLCO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 052/2002<br />
"... Los ingresos netos por enajenación de acciones, cesión de derechos y<br />
desincorporación de entidades son los recursos efectivamente recibidos por<br />
el gobierno federal, una vez descontadas las erogaciones realizadas tales<br />
como comisiones: que se paguen a agentes financieros, contribuciones,<br />
gastos de administración, de mantenimiento y de venta, honorarios de<br />
comisionados especiales que no seari servidores públicos encargados de<br />
dichos procesos, así como pagos de las reclamaciones procedentes que<br />
presenten los adquireníes o terceros, por pasivos ocultos, fiscales o de otra<br />
índole, activos inexistentes y asuntos en litigio y demás erogaciones<br />
análogas a todas las mencionadas. Los ingresos netos se concentrarán en<br />
la Tesorería de la Federación, y deberán manifestarse, tanto en los<br />
Registros de la propia Tesorería como en la cuenta de la Hacienda Pública<br />
Federal.<br />
"Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable a la enajenación de<br />
acciones y cesión de derechos cuando impliquen contrataciones de<br />
terceros, para llevar a cabo tales procesos, las cuales deberán sujetarse a<br />
lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del<br />
Sector Público".<br />
Para realizar el proceso de contratación mencionado, se cuenta con el oficio<br />
No. 346.-436 de fecha 1 de abril de 2002 de la Dirección General de<br />
Programación, Organización y Presupuesto de esta Secretaría, y con la<br />
opinión favorable de la Dirección General de Programación y Presupuesto<br />
de Servicios, mediante oficio No. 311-A-846 de fecha 1 de abril de 2002 (se<br />
^^ acompañan copias).<br />
s.i<br />
y<br />
El remanente de las acciones podrá ser vendido en ofertas subsiguientes<br />
en el o los mercados de valores que correspondan a través del propio<br />
Agente Colocador Global y/o una Sociedad Nacional de Crédito.<br />
Se precisa que en la práctica comercial los Agentes Colocadores cobran<br />
comisiones sobre el producto de la venta. En el caso concreto de las<br />
acciones de BBVA Bancomer el producto depende del valor de la acción en<br />
el mercado.<br />
III. En el caso específico, la vigencia de las mencionadas contrataciones<br />
iniciaría en abril de 2002 y concluiría en la fecha que ocun-a primero, el<br />
momento en que se enajenen las acciones mencionadas o diciembre del<br />
presente año.
ss^*^^ SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
SECRtTARlA<br />
OE<br />
mOENDA Y CTEOrrO PUBUCO<br />
Oficio No. 305.- 062/2002<br />
IV. Se acompañan al presente oficio los siguientes documentos:<br />
• Precisiones sobre el objeto del contrato vigente del despacho de<br />
abogados CGSH con esta Secretaría, y sobre el objeto del contrato que<br />
se suscribiría para ¡nstmmentar la enajenación de las acciones de<br />
referencia.<br />
• Tarifas por la prestación de los servicios legales que cobra el despacho<br />
de abogados CGSH vigentes.<br />
• Relación de los servicios que proporcionará el Agente Colocador Global.<br />
Con fundamento en el artículo 19 de la LAASSP, se precisa que dentro de esta<br />
Dirección General, no existen contrataciones de estudios. Investigaciones o<br />
asesorías similares a los servicios que prestaría el despacho de abogados CGSH<br />
y el Agente Colocador Global, ni dichas tareas son desempeñadas o equivalentes<br />
a las del personal de plaza presupuestaria. Asimismo, el objeto del contrato<br />
vigente con el despacho de abogados CGSH no tiene alcance para prestar el<br />
servicio requerido.<br />
Adicionalmente, le solicito que por su amable conducto se verifique que en<br />
términos del artículo citado, no existen dentro de la Secretaría de Hacienda y<br />
Crédito Público, contrataciones ni personal de plaza que lleve a cabo las<br />
actividades referidas.<br />
Derivado de lo anterior, y en atención a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de<br />
Ingresos, en términos del artículo 68 fracciones II y XIII del Reglamento Interior de<br />
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se somete a su consideración que la<br />
contratación de los servicios del despacho de abogados Cleary Gotílieb Steen &<br />
Hamilton y de un Agente Colocador Global a través de los procedimientos de<br />
adjudicación directa y de invitación a por lo menos tres personas,<br />
respectivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 19, 22<br />
fracción II, 40 y 41 fracciones III y X de la LAASSP, sea presentada para su<br />
dlctaminación, al Comité de Adquisiciones. Arrendamientos y Servicios de esta<br />
Secretaría.<br />
Cabe mencionar que mediante acuerdos CIGF-02-V-6 y CID-02-III-1. adoptados<br />
en sesión conjunta celebrada el 6 de marzo de 2002, las Comisiones<br />
Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de Desincorporación,<br />
respectivamente, tomaron nota de las consideraciones indicadas en el presente<br />
oficio.
.\jSU>Qs SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
mC3END* Y CREOTO PUBUCO<br />
Oficio No. 305.-062/2002<br />
Con el propósito de facilitar el estudio y análisis de la presente solicitud, se<br />
acompaña una justificación respecto a las consideraciones para proceder a la<br />
contratación por parte del Gobierno Federal de los mencionados despacho de<br />
abogados CGSH y del Agente Colocador Global (se anexa copia).<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
Atentamente,<br />
ro EFECTIVO." REELECCIÓN.<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Lie. Carlos Hurtado López.- Subsecretario de Egresos.- Presente.<br />
Lie. Alejandro Ton-es Palmer.- Subsecretario de Control y Auditoría de la Gestión Pública<br />
de la SECODAM.- Presente.<br />
Lie. Juan Carlos Tamayo Pino.- Procurador Fiscal de la Federación.- Presente.<br />
Lie. Evelyne E. Rodríguez Ortega.- Tesorera de la Federación.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutién-ez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.<br />
C.P. Aída Amanda Córdova Chávez.- Titular del Órgano Interno de Control de la <strong>SHCP</strong>.-<br />
Presente.
GH 1<br />
SECRETARIA.<br />
DE<br />
HAOENOA Y CREOrrO PUBUCO<br />
C. Alonso Pascual García Tamés<br />
Director Genera! de Crédito Público<br />
Presente.<br />
SECRETARIA PARTICULAR<br />
121-1338<br />
México, D.F., 10 de agosto de 2001.<br />
Me refiero a la tenencia accionaria que el Gobierno Federal mantiene, a través del<br />
fideicomiso F/22625 en Bancomer S.A., de acciones serie "O" del capital social de<br />
if Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
Al respecto, y con objeto de que se dé cumplimiento a la propuesta de enajenación de<br />
las acciones de referencia que fue presentada por esa Dirección General a su cargo en<br />
el seno de las Comisiones Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de<br />
Desincorporación de fecha 8 de agosto de 2001, y de las cuales derivan los acuerdos<br />
01-XIX-4 y CID-01-XIII-2, respectivamente, le instruyo con fundamento en los artículos<br />
16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 1° y 6°<br />
fracción XXX del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,<br />
para que en estricto apego al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados<br />
Unidos Mexicanos y demás normativa aplicable y conforme a la propuesta presentada<br />
por usted, lleve a cabo el procedimiento de enajenación aludido.<br />
Sin otro particular, quedo de usted.<br />
-^ \ O ASO. n^<br />
s ^-^^%sr\<br />
PÜBUCO<br />
':\-\;^<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN<br />
El Secretario,^<br />
Lie. José rránpisco Gil Díaz<br />
c.c.p. Lie. Alejandro Torres Palmer.- Subsecretario de Normatividad y Control de la Gestión Pública. SECODAM.- Para su<br />
conocimiento. Presente.<br />
Dr. Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Para su conocimiento y efectos.<br />
Lie. Rubén Octavio Aguirre Pangbum.- Subsecretario de Ingresos.- Para su conocimiento.<br />
Dr. Carlos Hurtado López- Subsecretario de Egresos- Mismo Fin.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Mismo Fin.<br />
Lie. Gabriel Reyes Orona- Procurador Fiscal de la Federación.- Mismo Fin.<br />
Lie. Evelyne Eugenia Rodríguez Ortega.-Tesorero de la Federación.- Mismo Fin.<br />
•.^^J' • —
:><br />
r-<br />
ISV-IUODOA<br />
G.H.1<br />
SECRfTARIA<br />
DE<br />
HiCIENDi Y CRÉDITO PUBLICO<br />
ACT. ALONSO GARCÍA TAMES<br />
Director General de Crédito<br />
Público<br />
Presente<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN,<br />
ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO<br />
346.. 383<br />
México, p.p. 8 de marzo de 20<br />
Hago referencia al oficio No. 305.- 042/2002 de fecha 7 de marzo de 2002 y recibido el<br />
mismo día en esta Dirección General, mediante el cual solicita suficiencia presupuestal<br />
en ia partida 3304 "Otras Asesorías para la Operación de Programas" por la cantidad<br />
de $20'000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100 M.N.) con el fin de realizar la<br />
contratación de un consultor y/o asesor jurídico (despacho de abogados) que asesore<br />
al Gobierno Federal en el proceso, de ia enajenación de ia posición accionaria del<br />
Gobierno Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., que se instrumentará a través de un agente<br />
colocador global.<br />
Sobre el particular, informo que con fundamento en el artículo 25 de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, existe disponibilidad de<br />
recursos para cubrir el compromiso antes señalado, mismo que ha sido reservado en la<br />
clave No. 00024. No omito mencionar que la clave de reserva asignada deberá citarse<br />
al ser enviadas las facturas o documentación para el pago correspondiente a la<br />
Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, ya que éste se cubre<br />
at identificar la clave citada con el número de contrato, factura y/o pedido.<br />
Area Solicitante<br />
Dirección '<br />
General de<br />
Crédito Público<br />
Descripción<br />
Cubrir ia contratación de un consultor<br />
y/o asesor jurídico (despacho de<br />
abogados) que asesore at Gobierno<br />
Federal en el proceso de ia enajenadón<br />
de ia posidón acdonaria del Gobierno<br />
Federal a través de ia Secretaria de<br />
i-(adenda y Crédito Público en el Grupo<br />
Financiero BBVA Banconrter, SA de<br />
C.V., que se instrumentaré • través de<br />
un agente colocador global<br />
Partida<br />
3304<br />
Reserva<br />
No.<br />
00024<br />
importe<br />
reservado<br />
$20'000,000.00<br />
Unidad<br />
Presupuestal<br />
210<br />
Cabe señalar, que se deberá cumplir con los ordenamientos de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; Ley de Presupuesto,<br />
Contabilidad y Gasto Público Federal, y su Reglamento; Manual de Normas<br />
Presupuestarias para la Administración Pública Federal; Presupuesto de Egresos de la<br />
Federación para el Ejercicio Fiscal 2002; sin menoscabo de la normatividad<br />
complementaria sobre la matería.<br />
..2/
Cí<br />
í)<br />
lEV.NJOOlDA<br />
C.H.1<br />
•5<br />
vV^MWS;<br />
•«"SS^<br />
SECRfTARIÍ<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN,<br />
ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO<br />
3«.- 383<br />
México, D.F., 8 de mareo de 2002<br />
Es importante destacar que de conformidad con los artículos 19 de la Ley de<br />
Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal y 73 de su Reglamento, para la<br />
realización de las erogaciones por concepto de asesorías, se requerirá de la<br />
autorización expresa del titular de la Dependencia, la cual de acuerdo a su oficio No.<br />
305.- 042/2002 será tramitada por esa Dirección General a su cargo, por lo que,<br />
independientemente de que se otorgue la suficiencia presupuestal a la partida antes<br />
citada, se deberá obtener la autorización del C. Secretario.<br />
Reitero las seguridades de mi distinguida consideración.<br />
Atentamente<br />
La Directora General<br />
P.C. ARACELl PITMAN BERRÓN<br />
C.c.p Dr. Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Subsecretario de (Hacienda y<br />
Crédito Público.- Para su conocimiento.- Presente,<br />
c.c.p Líe. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor del Ramo.- Para su<br />
conocimiento.- Presente,<br />
c.c.p. Lie. José Bustani y Hid.- Director General Adjunto de Programación y<br />
Presupuesto.- Igual fin.- Presente.<br />
APB'JBH'FMM'LOy<br />
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LINEA DE<br />
CRÉDITO<br />
ESPECIFICA<br />
4916<br />
IMPORTE<br />
•<br />
TOTAL 1<br />
OEOPERACKM<br />
20,000,000.00<br />
20,000,000.00<br />
20,000,000.00<br />
RESERVA DE RECURSOS CON El FM OE REAIBAR lA CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR V/O ASESOR JURÍDICO (DESPACHO DE ABOGADOS) QUE<br />
ASESORE AL GOBIERNO FEDERAL EN EL PROCESO DE LA ENAJENACIÓN DE LA POSICIÓN ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL A TRAVÉS OE LA<br />
SECRETARIA OE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO EN El GRUPO FINANCIERO B8VA 6ANCOMER. SA DE C.V.. QUE SE INSTRUMENTARA A TRAVÉS DE UN<br />
AGENTE COLOCADOR GLOBAL<br />
V<br />
H3n i a<br />
CUV.<br />
MES<br />
1<br />
r<br />
00024<br />
CALENDARIO OE PAGOS<br />
ME<br />
6<br />
11<br />
12<br />
0l*jMC8r»7O<br />
]o6] 03f56oj<br />
IMPORTE<br />
ESPECIFICO POR MES<br />
1.093,333.00<br />
2,240,000.00<br />
2,240.002 00
ScCnéTAnlñ<br />
DL<br />
•wiíKOA r wsono ?w. ico<br />
ACT, ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />
Diff-otor Gene;ral de Crédito Público<br />
Pxecsnte<br />
OFICIALÍA WAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL DH PROGRAMACIÓN,<br />
ORGANiZACiÓN Y PRESUPUESTO<br />
345.. 4íÍÍ><br />
México. D.F., 27 de marzo de 2002<br />
Hajjo referencia al ofitío No. 305.-042/2002 de fecha 7 de mareo del aflo en ci'rso y<br />
recfc'rio G1 mismo día en esta Dirección General, mediante el cual solicita suflnkí'Kíá<br />
píí-5irpU95la! para el año 2002 en la partida 3304 "Otras asesorías para la opersscün de<br />
pír.gí¿ír,35 por la canL'dsd de $20'OOD.OOD.DO, y sutorizadón que abarque G! InJclo ¿6 ÍB<br />
i;oiiu¿lációri én e! mes de marzo de 20C2 y concluya en el ntúmento en que ne errajéiien<br />
las acciones que podría ser posterior al lérmino del año en curso, con ei fin de reaürar ia<br />
contre.te(á6n de un consultor y/o asesor jurídico {despacho través dñ la <strong>SHCP</strong> en el Grupo FinancieroBBVA fianfiomer. «SA do C.V., q*.»e<br />
se insírumentará a través de un agente coíocador global.<br />
Sobre ei pariiuuíái, y éii «tiCáiiCd al úíiúk> l\ú. 34G.- SSS de feciiu 8 üe marzo deí pre!>eiiie,<br />
0 través del cual se le comunicó la suncíencla presupuesíaJ de 20.0 mdp, envío el oficio<br />
No. 311-A-837 de fecha 25 de marzo del afto en curso y recibido el mismo día en Cíta<br />
D;tf>.:5clón General, mediante el cual la Dirección General de Programación y Preei^jii^eto<br />
de Ser/íDJcrs. e.Tiííe la aulprizatíón bia.nual para la co.nt'iataaón de un consultor y/o aí^sor<br />
. #<br />
O £n caso de que la contratación exceda ei ejercicio fiscal de 2002, la dispoPÍ)>i|idad<br />
pnra el slguierite afto quedará «ujeta al monto que apruebe la H. Crtmara do<br />
Diputados.<br />
c Será responsabilidad de esa Dirección Genera! verificar que en la forrt;^!izad6r. do<br />
e»ié compromiso no se establezca penaüzaclón para la Deperidenoia en CÜSU de<br />
que ocurra una variación en las asignaciones presupuéstales, por la oonformacáón<br />
y monto de! presupuesto autorizado al Ramo 06.- Heetenda y Crédito Público el<br />
ano de que se trate.
'•'•i<br />
.<br />
1<br />
í?<br />
B-yfmmm^<br />
IWí^^'^^<br />
v-!í?;m
m<br />
V<br />
Í^ém^^:T''^\<br />
•.••.••• 'DE -•:,-;x.;:.-<br />
C.P.C. ÁRACEtíiPlTMAN BERB$«r* ¿¿f« iWp^-<br />
— '•• • w •• ^-'^.'v ••'• i •• .. • IKS .•«,wwB..rr»)»*»r*»»'<br />
Prc>srarnad6n,,: ,r0anj?eqeir 382; tñSJTBTí^ el cual ee soiicttó la auTonzscaon de esta<br />
áréá para la -córttíataaón de un conéüHor y/o ¡asesor jurídico para aseisorar al gobierno<br />
federa! en é! í)Vi^90 de !a énálenacritón de la posición accionaria de éste a través de la<br />
Sscrsía'^is de Hííííshíís y CTédito.,PúbiÍcp:én:eV8^upo fínencierp BBVA-BANCOMER, S. A<br />
dé G. V qus-seíVj^irurhentar^ a tr2víní;.45 ún iBsenie colbcador giobá!;señalándose que la<br />
conti«íSw¿nlnitíiir»l presupuesto autortzadó- ya que no se<br />
pi.ify;>Hy:p>)i^ jh/pgi inp pmptiacííSn;jjl tetJKb dé gasto para eiste propósito.<br />
. - En ¿^'&j^;.qüe la contr«t£Qj%'.
i<br />
^^^"^^^^^'^X<br />
SUBSECREtARÍA Dt ÉORESOS<br />
DE<br />
DIRECCIÓN *^^??í^. .^-cxn DE<br />
.PROGRAMACIÓN Y PRfcSuf-ucSTO Dt<br />
«iFRVICtOS •<br />
311=A^37<br />
WóxIooCr., 25dc,rrárz(>de 2002.<br />
que »Tiéfrw fevo^«^'«¡^^^»«^'^^r;rr^ leüálés señalados en<br />
la qüela-pre^me auionzawori scvMwur««-.^v -!^^^^^^ ciroiJ^stancia de que la<br />
el Séguhdp párrafo de este onc.o,^y;sp.p;io.^ra^«.f^.-^n |a^^ ^^<br />
contratábala sé e^rtiendá al aflo 2ÜÜ:5. supue^iu «''^^^^^'^r^.f I j f e ! ¿ÍÍ^O a^^o<br />
^^vptó á esta área. Beftalét«jpse el monto ae recüfsu$ « «0*006^ e,. fí.-. .0 ano<br />
^; •,. ,:._^.,iv:iie; ibs r^ur«o«^s©^deberé ol>serVar lo dispuesto en b^artl<br />
^n e. *y«7-^^?;^jl^--¿--^ ^^,^^ j^:rf¿ ,a L^y de Presupuesto. GontapiHoed y<br />
•":•'•: /; ¿/.,cp->„',.^^^r-..^ 1= contr«t«fií6n de un agente<br />
De iauál^formS;; pongo e la «»n«?°»«*'^"n^^^ •V?''^,i^ ^V^í^^ en lo<br />
rr,ir.r:^dora!Óbar.Bh opinión déla Subeecreiaria o^^^^^^^^r^^^^r-Zp^íí^ Fisca»<br />
HÚ.p..*«fb pnr é!r¿rtíGulo 14 de la Ley de ^gresos oe la f^^^^^unp^^^^^^^-^:dlloBaTpErtóSíáí<br />
esta área no cüftácon facultades para pronur^c.ar««-M«W- -oscto.<br />
:Sin má6pór.¿¡ÉS«níp. !ereltsTpJÍ¿éé¿ürt^¿.ciés de mi tx^nsideración distinguida.<br />
C-CiJ. • C.^Csdííií^íyrtstte, Sul>í'eci'ét3rio\ÍB.EéíWí>fe-.'^^<br />
J.50 EPECTfVD NQ^REELECCIÓN<br />
SUFRA<br />
Ei Director Genera! ^<br />
7<br />
'íV-<br />
: \
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAaENDA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
Act. Alonso García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Presente<br />
SECRETARIA PARTICULAR<br />
101.- 318<br />
México, D.F.,a 26 de marzo de 2002<br />
Me refiero a la posición accionaria que el Gobierno Federa! mantiene, a través del<br />
fideicomiso F/22625 en Bancomer, S.A., de acciones serie "O" del capital social del Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
Al respecto, en alcance al oficio número 101.-1338 de fecha 10 de agosto de 2001, con<br />
fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública<br />
Federal; 19 último párrafo y 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del<br />
Sector Público, y 1° del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público, y considerando lo señalado por usted mediante oficio No. 305.-058/2002 de fecha<br />
25 de marzo de 2002, así como el oficio de suficiencia presupuesta! No. 346.-383 de fecha<br />
8 de marzo de 2002, emitido por la Dirección General de Programación, Organización y<br />
Presupuesto de esta Secretaría, se autoriza la erogación para la contratación de los<br />
servicios de consultoría y/o asesoría jurídica, necesarios para instrumentar el esquema<br />
^ para la enajenación de acciones referida, reiterándole que se efectúe en estricto apego a!<br />
^ artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás<br />
normativa aplicable.<br />
Sin otro particular, quedo de usted.<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.<br />
El Secretarlo,<br />
Lie. José Francisco Gil Díaz<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- iSubsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Dr. Carlos Hurtado López.- Subsecretario de Egresos- Presente.<br />
Lie. Alejandro Torres Palmer.- Subsecretario de Normatividad y Control de la Gestión Pública.-<br />
SECODAM- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.-Oficial Mayor- Presente,<br />
C.P. Aída Amanda Córdova Chávez.- Titular del Órgano Interno de Control de la <strong>SHCP</strong>.- Presente.
^^mmm^<br />
CE<br />
Was-Oí, V CWMTO PU31.IC0<br />
ACT. ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />
Diieciof Gonera! de C.'édÜo Público<br />
presente<br />
OFIClALlA MAYOR<br />
DIRECCIÓN eE^iERAL DE PROGRAMACIÓN,<br />
ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO<br />
346.<br />
436<br />
México. O.F., 1 de abril de 2C02<br />
Un refiero a su ofido No. 305.-041/2002 de fecha 7 de marzo del 2002 mediante el cuáí<br />
£5S DL'^eccIón General sdldta se autorice por excepción realizar el proceso Be<br />
c*jníiaíavi6r. de! ^sr.ts Cobpador QÍobal bajo el esquema de Ingresos netos sin QUP m<br />
wHtúó eou el docunrisnlo ds suficicnda presupuesta!, y autcización que abarque el if-ícfo<br />
de hi comratadón en ei mes de marzo de 2002 y conduva en el momento en qut í^<br />
nrtnlenen las acdonee ^ue podría ser posterior al témiino del afio en curso, con e) fu<
i _;-. , - • • "<br />
! ' . ,^^^^^!K,.<br />
ll • • ^ • ^^<br />
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. r<br />
\<br />
SfCPFTARlA<br />
111/ rwi/u^w<br />
C.P.C. ARACtLI PiTMAN BERRÓN<br />
Directora General de<br />
Prcciramacíón, Organización y<br />
Prf.wjpuesto de la Secretarla<br />
d5 M2ci5nda y Crédito Público<br />
P r £¡ s e n t e.<br />
SUBSECRETARÍA DE EGRESOS<br />
DIRECCIÓN GENER,íiL DE<br />
311.A-84B<br />
México D.F., 1* dfi abrí! ds 2002.<br />
ftio rfttlero o! oficio número 346.- 384, mediante el cual se solicitó la autorización de esta<br />
árc© para que por excepción se realice la contratación de un Agente Colocadcr Global,<br />
bajo ft! esquema de Ingresos netos, a que $e rer$re el articulo 14 de la Ley ds !ni3rfeso$<br />
Hct Ja Federación pare el ejercicio fisca! de 2002. contratación que ísndrá por cbjelí;<br />
TaiZ^h£.r la en^Jensoión do l2 posición aocicnarís da! Cobíerno Pederá!, en ai grjpo<br />
fir.pncióro [»DVA*DANCOmER, S. A ue C. VH bénáiáhuúSS que la oontiatacíún iniciará<br />
éí"i máí2o dé 2002 y concíüiné en ei nwmenío en pue se enajenen las acciones, lo cii«!<br />
podfía ser posterior al término de este arto.<br />
Í5nt>re e! particular, oon fundamento en lo dlspue.sto en los artículos 24 y 25 de la Ley de<br />
AHqtiúsinjcmeE. Arrendamientos y Servicios de! Sector Público, 30 ds la Ley dí<br />
Prc'íiupL'esto, Ccntabüidad y Gasto Púbiico Federal, e! numaral 169 de! Manual dv<br />
N'Oirr.as PiÉoLípuestanas para la AdruinlStraclón Púbiica Federa! y a io pfévi^ig por «I<br />
eitiOuíC) 13 uéí DüCfetú Aprubdiorio déí Presupuesto de EgreBos de ia Federación para<br />
ei eiercício fiscal del año 2002, ae autoriza la instm mentación de te -mencionQcid<br />
contratación, bajo las siguientes consideraciones:<br />
' - Osh'ido a la naturaleza de la operadón a realizar y en est'lcío epsgo fi le<br />
dispuesto en e! artículo 14 de ta Ley de ingresos de !a Fedsración para ei<br />
«Jarcicio fiScal da 2GG2, no se requiere auflclericta pre$üpue&tál para cubrir éi<br />
ixíiio dé la mencionada contratación, ya que su fuente de financiamiíento «aré ia<br />
venta da la posición accionaría ames eeñaiada.<br />
Será responsabilidad da !a eniidart verifirar que en I9 formalización de ests<br />
compromiso no se establezca periaüzsción para la dspsnderjcis sr, caso üs que<br />
ocurra una variación en las estimaciones de cestos prasupUeotaies. -
m<br />
'•I 'L..<br />
sus SECP-FTAHÍA DE EGRESOS<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE<br />
^'^'^.ÍKf. PROGRAMACIÓN Y PRfZSUPüESTO DE<br />
f^mfk% SERVICIOS<br />
OE México D.F., r do abril de 2002.<br />
HAOf WA Y CJlEOnÓ PUflUCÓ<br />
' Queda bajo la responsabilidad de esa érea fijar ei morito de los comprcmiscs. y<br />
dct^rminer el procedimiento de contratación en las córidicáorw» ds<br />
ccstc-beneñcio que más le favorezcan* según las disposiciones apiicaisles en le<br />
(" maleris. Razón pc^r la que la presente autorización se drcunecríbe a los<br />
pióceptos (egaíes ssfta'.ados en s! segundo párrefo de este cficio, y sólo tendrá<br />
efecto en la üirujrislancJa de que ia ccnt^stsción se extienda al año 2003,<br />
«upuesto en el que se deberá Iníormar de inmediato a este érea* señalándose el<br />
monto de recursos a devengar en tíiühü ano.<br />
En £l ejercicio de los recursos se deberá observar lo dispue&to an !cs artículos A2<br />
fi-sccicnciS ! y U. asi como 44 del Reglaméntenle la Ley de Presuputísío, Coriíat>iiid6íl y<br />
Cc&ío Público Federa!.<br />
. Sin más puf e! nriomenío, le reitero las sesuridades de mi consideración distinguida.<br />
fcc.p. C C^flM Hurtetto, Subsecretario de Eow»» • P«s«n»,<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELFCOIÓN<br />
Ei Director General<br />
^ 7<br />
Eotíi^í/EsGala/ite Macln
II<br />
02/12/2002 18:38 FAI 21002/002<br />
.%<br />
Tarifas<br />
Anexo II<br />
Nosotros facturaremos nuestros servicios con base en el tiempo dedicado<br />
por cada profesional trabajando en un esunto. Nuestras tarifas por hora &ctu« ;slcs son<br />
las siguientes:<br />
Socios:<br />
Consejeros Especiales:<br />
Abogado Sénior.<br />
Asociados:<br />
Asociados de Verano y<br />
Abogados Extranjeros:<br />
US$525.00 a U$$695.00<br />
US$500.00 a USS625.00<br />
US$495<br />
US$225.00 a USS455.00<br />
US$225<br />
Paralegales y profesionales<br />
no abogados:<br />
US$140.00 a US$210.00<br />
En adición a las tarifas por servicios legales, también cobramos le» gastos<br />
incunidos en la prestación de los servicios y cargos accesorios, tales como servicios de<br />
envío especia! de documentos (courier) y correo, elaboración y duplicación de<br />
documentos, teléfono, fax y gastos de viaje. Los incrementos a nuestras tarifas<br />
generalmente responden a la inflación y incrementos en gastos generales y de<br />
administración. SI se llegara a dar el caso, notificaremos a la <strong>SHCP</strong> por escrito<br />
cualquier ajuste a nuestras tarifas.<br />
Í¡Y^U^\ .OU^Sr^
PRECISIONES SOBRE EL OBJETO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE<br />
SERVICIOS QUE SE SUSCRIBIRÍA CON EL DESPACHO DE ABOGADOS<br />
CLEARY, GOTTLIEB, STEEN & HAMILTON<br />
A efecto de determinar el objeto del contrato de prestación de servicios que se<br />
pretende suscribir con el despacho de abogados Cleary, Gottiieb, Steen &<br />
Hamilton (CGSH) para la enajenación de acciones propiedad del Gobiemo Federal<br />
del Gnjpo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. (BBVA Bancomer), resulta<br />
necesario precisar sus diferencias con el que fue resultado de la aprobación del<br />
Comité de Adquisiciones, An'endamientos y Sen/icios de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público (el Comité) en 2001.<br />
Contrato de operaciones crediticias y financieras en et marco de las<br />
atribuciones relacionadas con crédito público.<br />
La contratación a través del procedimiento de adjudicación directa del<br />
Despacho Cleary, Gottiieb, Steen & Hamilton para obtener los servicios de<br />
asesoría y/o consultoría jurídica relativa a cualquier operación crediticia y<br />
financiera que se realice a nombre del Gobierno Federal fue aprobada mediante<br />
Acuerdo número 33/2001 otorgado por los miembros del Comité en la sesión<br />
extraordinaria 07/2001. celebrada el pasado 26 de julio del 2001.<br />
De la justificación presentada al Comité, y de la documentación que se anexó<br />
como soporte se desprende que los servicios que se prestan están relacionados<br />
con operaciones crediticias o financieras vinculadas al crédito público.<br />
Específicamente, el contrato señala como objeto de la prestación del servicio<br />
en el marco de las cuestiones vinculadas a crédito público entre otros: la<br />
formulación, revisión y elaboración de contratos en los que participe el Gobiemo<br />
Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (<strong>SHCP</strong>); la<br />
.^ preparación y formulación de información relacionada con proyectos, en los que<br />
^|P participe el Gobierno Federal a través de la <strong>SHCP</strong>; la asesoría relativa a la<br />
legislación vigente principalmente en los Estados Unidos de América, o en<br />
cualquier otro país en donde tenga sucursales u oficinas CGSH; la asesoría<br />
jurídica en relación con operaciones crediticias y financieras en las que se<br />
involucre el Gobiemo Federal; atender las consultas y trabajos encomendados por<br />
la <strong>SHCP</strong>, así como ejecutar operaciones jurídicas y financieras que se realicen<br />
fuera de México y, preparar documentos relativos a emisiones de bonos que<br />
realice el Gobiemo Federal en los diversos mercados internacionales, incluyendo<br />
los prospectos de colocación.<br />
Cabe señalar que los recursos para el pago de los servicios que presta el<br />
despacho de abogados CGSH son con cargo al Ramo 24 Deuda Pública, como<br />
fue determinado por las autoridades presupuéstales competentes siempre y<br />
cuando los gastos por servicio de consultoría sean originados por la emisión de<br />
bonos y valores gubernamentales.
1<br />
Contrato para la operación específica de la enajenación<br />
de las acciones BBVA Bancomer<br />
En el caso del procedimiento para la enajenación de las acciones de BBVA<br />
Bancomer se trata de una operación de mercado de capitales, en el que la<br />
Dirección General de Crédito Público fue instruida para participar en el proceso<br />
por el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público por su conocimiento de tales<br />
mercados.<br />
En este contexto, los servicios profesionales que prestaría el despacho de<br />
abogados CGSH se circunscribiría a proporcionar asesoría y/o consultoría jurídica<br />
en relación con el proceso de enajenación de las acciones de BBVA Bancomer,<br />
así como en las operaciones derivadas del mismo; atender todas las consultas y<br />
trabajos encomendados derivados de la enajenación; participar en la ejecución de<br />
las operaciones jurídicas y financieras que se realicen fuera de México, y en la<br />
preparación de documentos relativos a la colocación de las acciones en los<br />
diversos mercados internacionales. •<br />
En el caso concreto, se cuenta con: (i) la acreditación presupuesta! para el<br />
pago de los servicios de asesoría y/o consultoría jurídica, mediante oficio expedido<br />
por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, toda vez<br />
que los citados recursos se encuentran previstos en la partida 3304, capítulo 3000<br />
del ramo 06 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal<br />
del año 2002; y (ii) el oficio mediante el cual el C. Secretario de Hacienda y Crédito<br />
Público, autoriza la erogación para la contratación de los servicios de referencia.
i<br />
RELACIÓN DE LOS SERVICIOS QUE PROPORCIONA EL AGENTE<br />
COLOCADOR.<br />
1. Auxiliar en la elaboración del prospecto de colocación para la venta de las<br />
acciones en los mercados internacionales.<br />
2. Colaborar en la elaboración del prospecto de colocación para la venta de las<br />
acciones en el mercado mexicano.<br />
3. Efectuar las acciones necesarias frente a los custodios, depositarios, así como<br />
cualquier otra autoridad extranjera o nacional, respecto de las acciones.<br />
4. Realizar una revisión legal y de negocio de Bancomer.<br />
5. Coordinar la organización y realización de giras de promoción para la<br />
comercialización de las acciones.<br />
6. Adicionalmente, realizará aquellos actos que sean necesarios de confonnidad<br />
con las disposiciones legales aplicables o que se acostumbre de acuerdo con<br />
la práctica común de este tipo de operaciones.
i<br />
I<br />
JUSTIFICACIÓN PARA CONSIDERAR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN<br />
AGENTE COLOCADOR GLOBAL Y DEL DESPACHO CLEARY GOTTLIEB STEEN & HAMILTON,<br />
PARA LA ENAJENACIÓN DE LA POSICIÓN ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL EN<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
A) Contratación de un agente colocador global<br />
Debido a la demanda de inversionistas respecto de las acciones de BBVA Bancomer, así<br />
como a la capacidad económica de los mismos para adquirir el paquete accionario del<br />
Gobierno Federal, la enajenación de dicha posición accionaria se realizaría principalmente<br />
en los mercados de valores de Estados Unidos y de Europa. Sin embargo, se estima que<br />
sería conveniente colocar una parte de las acciones mencionadas a través de la Bolsa<br />
Mexicana de Valores (la BMV).<br />
Para tal efecto es necesario realizar la contratación de un Agente Colocador Global que<br />
prestaría al Gobierno Federal un servicio de colocación de acciones y seria el que<br />
determine la fonna en que se distribuyan las mismas entre los diferentes mercados, entre<br />
ellos el nacional, coordinándose para ello con las distintas instituciones que participen en el<br />
proceso. El Gobierno Federal, a través de la <strong>SHCP</strong>, por conducto de la Dirección General<br />
de Crédito Público elegirá, de las opciones que le presente el Agente Colocador Global, la<br />
forma de venta que se considere conveniente en el momento más adecuado.<br />
Es importante señalar que en este tipo de operaciones, la práctica de mercado es fonnar<br />
grupos de instituciones financieras con el fin de maximizar el valor de venta de las<br />
acciones.<br />
Conforme a la Ley del Mercado de Valores, la enajenación de acciones en la BMV debe<br />
llevarse a cabo a través de una casa de bolsa debidamente autorizada para operar en<br />
México; en virtud de que la gran mayoria de los agentes globales no cuentan con casas<br />
autorizadas en México, sería necesario que obtuvieran los servicios de una casa de bolsa<br />
mexicana.<br />
Es de destacarse que, debido a la constante y estrecha relación que debe haber entre el<br />
Agente Colocador Global con la casa de bolsa mexicana y las demás instituciones<br />
internacionales para la venta de las acciones de BBVA Bancomer en los mercados de<br />
valores de México y el extranjero, así como la responsabilidad sobre la confidencialidad de<br />
la información y del resultado de la propia colocación que asumiria el Agente Colocador<br />
Global, es necesario que sea éste quién seleccione y obtenga los servicios de dichas<br />
instituciones. Lo anterior, con el propósito de que «xistan entre ambos vínculos sólidos de<br />
confianza e identificación profesional que aseguren el éxito de la operación.<br />
Aunado a lo anterior, cabe mencionar que: (i) la comisión que se establezca para la<br />
contratación del Agente Colocador Global incluiría el costo de los servicios prestados por<br />
las instituciones financieras que el mencionado agente requiera para la venta de las<br />
acciones; y (ii) dicho agente colocador obtendría directamente los servicios de esas<br />
instituciones financieras, y cubriría los costos correspondientes.
Para que las Secretarías de Estado, organisnnos descentralizados, o los fideicomisos en los<br />
que el Gobierno Federal sea fideicomitente, realicen contrataciones de servicios, se deben<br />
ajustar a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Sen/icios del Sector<br />
Público (la l_AASSP), según lo indica el artículo 1° de dicho ordenamiento.<br />
En el artículo 26 de la LAASSP se indica que las Instancias mencionadas pueden contratar<br />
adquisiciones, arrendamientos y servicios mediante los procedimientos de licitación pública,<br />
invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa; de los artículos 27 y 40 se<br />
deriva que la licitación pública es la regla general para la contratación de servicios, y como<br />
excepciones a la regla general se señalan los procedimientos de invitación a cuando menos<br />
tres personas y de adjudicación directa.<br />
Confomie a los artículos 22 fracción II, y 41 fracciones III y X de la LAASSP, para llevar a<br />
cabo los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación<br />
directa, es necesario que exista de por medio un dictamen del Comité de Adquisiciones de<br />
la dependencia o entidad y que se presente alguno de los siguientes casos:<br />
i. Que existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales<br />
importantes, debidamente justificadas.<br />
i¡. Que se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones cuya<br />
difusión pudiera afectar el interés público o comprometer Información de naturaleza<br />
confidencial para el Gobierno Federal.<br />
La contratación del Agente Colocador Global se realizaría a través del procedimiento de<br />
invitación a cuando menos tres personas, mencionado en los artículos 41 y 43 de la<br />
LAASSP, en virtud de lo siguiente:<br />
• La información relativa a los tiempos en los que el Gobierno Federal pretende realizar la<br />
venta de las acciones debe permanecer confidencial, ya que de publicarse dicha<br />
información pondría sobre aviso a los inversionistas potenciales. Estos podrían utilizar la<br />
infonríación para adelantarse a la venta, disminuyendo la flexibilidad del Gobierno<br />
Federal para aprovechar la oportunidad de colocar las acciones de manera sorpresiva,<br />
lo cual resultaría en un menor precio de venta.<br />
• La estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación debe permanecer<br />
confidencial para evitar ataques especulativos a la acción, lo que resultaría en un menor<br />
precio de venta.<br />
• Mediante una licitación pública, la difusión de infonnación sobre la oferta pública podría<br />
generar expectativas de mercado que castigarían el precio de las acciones y/o, en su<br />
caso, impedirían que el proceso se lleve a cabo en los plazos esperados. La<br />
disminución en el valor de las acciones y el retraso en el proceso ocasionaría menores<br />
ingresos y generaría costos adicionales para el Gobierno Federal.<br />
De lo anterior se desprende la necesidad de realizar un procedimiento de invitación a<br />
cuando menos tres agentes colocadores para garantizar la confidencialidad de la estrategia<br />
de venta. Con ello se maximizaría el valor de venta del paquete accionario, protegiendo los
ingresos programados por el Gobierno Federal, y asegurando para el Estado las mejores<br />
condiciones de precio, calidad, financiamiento y oportunidad.<br />
B) Contratación de Cleary Gottiieb Steen & Hamilton<br />
Con el propósito de que la instrumentación de la venta accionaria en los mercados de<br />
valores de Estados Unidos y de Europa, así como a través de la BMV, se lleve a cabo<br />
conforme a la legislación aplicable en México y en los mercados internacionales, es<br />
necesario que el Gobiemo Federal, a través de la Secretaría, cuente con despachos de<br />
asesoría en derecho mexicano e internacional.<br />
En virtud de la coordinación que se requiere entre ambos asesores jurídicos y de éstos con<br />
el Gobierno Federal, se considera que se debe contratar, mediante el procedimiento de<br />
adjudicación directa, a un Despacho Jurídico Global de asesoría, con capacidad de obtener<br />
los servicios de despachos jurídicos en México y, en su caso, en los sitios donde se llevará<br />
a cabo la colocación de las acciones.<br />
La contratación del Despacho Jurídico Global se realizaría mediante el procedimiento de<br />
adjudicación directa al despacho Cleary, Gottiieb, Steen & Hamilton (CGSH), confomne a lo<br />
dispuesto en los artículos 40 y 41 de la LAASSP en virtud de los siguientes argumentos de<br />
, confidencialidad, práctica de mercado, economía, eficacia y eficiencia:<br />
1. Confidencialidad.<br />
El despacho jurídico que asesore al Gobiemo Federal tendrá que manejar información<br />
relativa a los tiempos en que se pretende realizar la venta de las acciones, así como a la<br />
estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación.<br />
La información relativa a los tiempos en los que el Gobiemo Federal pretende realizar la<br />
venta de las acciones debe pemnanecer confidencial, ya que de publicarse dicha<br />
infonnación pondría sobre aviso a los inversionistas potenciales. Estos podrían utilizar la<br />
información para adelantarse a la venta, disminuyendo la flexibilidad del Gobierno Federal<br />
para aprovechar la oportunidad de colocar las acciones de manera sorpresiva, lo cual<br />
resultaría en un menor precio de venta.<br />
La estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación debe permanecer<br />
confidencial para evitar ataques especulativos a la acción, lo que resulfaría en un menor<br />
precio de venta.<br />
Mediante una licitación pública, la difusión de información sobre la oferta pública podría<br />
generar expectativas de mercado que castigarían el precio de las acciones y/o, en su caso,<br />
impedirían que el proceso se lleve a cabo en los plazos esperados. La disminución en el<br />
valor de las acciones y el retraso en el proceso ocasionaría menores ingresos y generaría<br />
costos adicionales para el Gobiemo Federal.<br />
2. Práctica de mercado.<br />
La práctica de mercado indica que un mismo despacho jurídico actúa como asesor tanto del<br />
emisor como del tenedor de las acciones en venta. De hecho, el abogado del emisor (BBVA<br />
-3
Bancomer) es quien prepara la mayor parte de los documentos legales relacionados con la<br />
colocación, Incluyendo el prospecto de la misma, en virtud de que casi toda la Información<br />
contenida en dichos documentos se refiere al emisor, y tiene como fin describir al<br />
inversionista la situación de la institución cuyas acciones se enajenan (BBVA Bancomer).<br />
Adicionalménte, el emisor y el vendedor de las acciones comparten intereses similares con<br />
respecto al resultado de la operación: concretar en el menor tiempo posible una colocación<br />
de acciones exitosa, con la más amplia distribución y el mejor precio de venta. Ambos<br />
también comparten responsabilidades en cuanto a la infonmación que proveen al despacho<br />
de abogados, las garantías que éste les ofrece y las limitaciones de los poderes otorgados<br />
al mencionado asesor Jurídico, por lo que no existiría conflicto de interés al trabajar para el<br />
emisor y el vendedor.<br />
En virtud de que CGSH es el abogado de BBVA Bancomer, resulta indispensable su<br />
contratación ya que el abogado del vendedor de las acciones (Gobierno Federal) debe<br />
trabajar estrechamente con el emisor de las mismas (BBVA Bancomer) en la preparación<br />
de los documentos necesarios para realizar la venta.'<br />
3. Economía.<br />
El Gobierno Federal toma la decisión de realizar una oferta pública de acciones a su entera<br />
discreción y el producto de la colocación le beneficia de forma exclusiva, como dueño de<br />
las acciones. Es por ello que el Gobierno Federal es quien debe afrontar los gastos<br />
asociados a esta transacción, incluyendo los honorarios del Despacho Jurídico Global.<br />
Designar como despacho de abogados al que actualmente es asesor juridico de BBVA<br />
Bancomer, tiene el beneficio de que ei Gobiemo Federal compartiria gastos con el emisor<br />
(BBVA Bancomer), ya que el despacho jurídico representaría los intereses de ambos, con<br />
lo cual se generarían economías para el Gobierno Federal.<br />
Por el contrario, la contratación de un despacho diferente de CGSH como abogado del<br />
Gobierno Federal traería como consecuencia la generación de gastos adicionales, ya que<br />
se tendría que pagar a dos despachos de asesoría jurídica en lugar de uno.<br />
4. Eficacia y eficiencia.<br />
A) CGSH participó en 1994 en la primera oferta pública del capital social de Bancomer,<br />
S.A., después de que dicha institución fue desincorporada de la Administración Pública<br />
Federal. Por lo anterior, CGSH cuenta con capacidad y experiencia específica en la<br />
venta del capital social de BBVA Bancomer. Esto pennitiria que los trabajos<br />
preparativos y la oferta pública se realicen en forma más eficiente, lo que se reflejaría en<br />
un menor costo.<br />
Dada la experiencia de CGSH en los procedimientos previos de colocación de acciones<br />
de BBVA Bancomer, la participación de ese despacho garantiza la consistencia en la<br />
interpretación del marco jurídico y en el manejo de los factores de riesgo a considerar,<br />
' CGSH ha participado en operaciones con el Gobiemo de Portugal, asi como con empresas brasileñas,<br />
estadounidenses y mexicanas, prestando sus servicios al mismo tienpo a emisores y vendedores de títulos. Fuente:<br />
CGSH(19dejuniode2001).<br />
•4-
' í ^<br />
por lo que se evitarían los riesgos en la ejecución de la propia oferta pública del<br />
Gobierno Federal.<br />
B) CGSH es una destacada finna internacional que posee gran experiencia en la<br />
prestación de servicios de asesoría jurídica a clientes que participan en actividades<br />
comerciales y financieras, tanto en los Estados Unidos de-Arnérica, como en otros<br />
países del mundo. Desde hace muchos años, la firma se ha dedicado a una extensa<br />
práctica relacionada con América Latina.<br />
CGSH cuenta con una amplia experiencia en todos los aspectos legales de los<br />
mercados de instnjmentos financieros. Las principales áreas en las que el despacho<br />
tiene enfocada su actividad incluye asuntos corporativos, financieros, reglamentarios,<br />
tributarios y litigiosos.<br />
CGSH es líder de asesoramiento de gobiernos respecto a su actividad en los mercados<br />
financieros internacionales. La asesoría brindada abarca temas como operaciones<br />
m) bancarias y de valores en los mercados de capital más Importantes, emisiones dé<br />
"" valores en los Estados Unidos y Europa, así como financiamientos de activos y<br />
proyectos de infraestructura.<br />
C) Debido a la constante y estrecha relación que debe haber entre el Gobierno Federal,<br />
BBVA Bancomer y su asesor jurídico, así como la responsabilidad sobre la<br />
confidencialidad de la información y del resultado de la propia colocación que asumiría,<br />
el mencionado asesor jurídico, es necesario que existan entre las partes vínculos<br />
sólidos de confianza e identificación profesional que aseguren el éxito de la operación.<br />
Por lo tanto, y considerando que CGSH es un despacho jurídico que trabaja con el<br />
Gobierno Federal desde hace más de 20 años; que también ha sido asesor de BBVA<br />
Bancomer desde su privatización, y que llevó a cabo la anterior colocación de las acciones<br />
de dicha institución, se hace evidente la .necesidad de realizar un procedimiento de<br />
adjudicación directa para contratar a ese despacho jurídico, con lo cual también se<br />
garantizaría la confidencialidad de la estrategia de venta. Con ello se maximizaría el valor<br />
de venta del paquete accionario, protegiendo los ingresos programados por el Gobierno<br />
Federal, y asegurando para el Estado las mejores condiciones de precio, calidad,<br />
financiamiento y oportunidad.<br />
Cabe mencionar que el Gobierno Federal no cuenta actualmente con los servicios del<br />
Agente Colocador, ni en el ámbito de los contratos con los despachos jurídicos que le<br />
prestan servicios podría incluirse el servicio requerido para la enajenación de las acciones<br />
de BBVA Bancomer, por lo que en términos del artículo 19 de la LAASSP se hace<br />
necesaria su contratación.<br />
En caso de presentarse una controversia entre el Gobiemo Federal y BBVA Bancomer,<br />
CGSH podría excusarse para patrocinar al Gobierno Federal en procedimientos jurídicos<br />
relativos a dicha controversia, por lo que esta Secretaría estaría en posibilidad de contratar<br />
a otro despacho jurídico para representaría en la eventual disputa, a través del<br />
procedimiento de adjudicación directa en términos del artículo 41 fracción V de la LAASSP.<br />
5-
•A<br />
v\<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
mOENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
ACT. ALONSO GARCÍA TAMES<br />
Director General de Crédito Público,<br />
Subsecretaría del Ramo,<br />
Patio Central, 3° Piso, Ofna. 3010,<br />
Palacio Nacional,<br />
06000 México, D.F.<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS<br />
MATEf^^^ Y SERVICIOS GENERALES<br />
378-<br />
'^m<br />
ASUNTO: Se solicita se dé cumplimiento a los<br />
acuerdos tomados en la Sesión Extraordinaria<br />
03/2002 del Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios.<br />
México, D.F., a O 9 ABR. 2C02<br />
p^ Me permito informar a usted, que de acuerdo a su solicitud en la Sesión Extraordinaria 03/2002 del Comité de<br />
1^' Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, fueron presentados los siguientes casos, acordándose lo que a<br />
continuación se señala:<br />
Servicio de un Agente Colocador Global para la Enajenación de la Posición Accionaría del Gobierno Federal en<br />
Grupo Financiero BBVA Bancomer.<br />
Acuerdo del Comité: Aprobado, debiéndose presentar una justificación exclusivamente para el<br />
Servicio de un Agente Colocador Global para la Enajenación de la Posición Accionaria del<br />
Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer, en la que se especifique lo relativo al<br />
Articulo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, asimismo,<br />
se deberán presentar los criterios de evaluación que se establecerán en las bases para llevar a<br />
cabo este procedimiento, así como aclarar si se encuentra vigente el dictamen emitido el 8 de<br />
agosto de 2001 por la Comisión Intersecretaríal de Gasto Financiamiento.<br />
Servicio del Despacho de Abogados Cleary Gottiies Steen & Hamilton.<br />
Acuerdo del Comité: Aprobado, debiéndose presentar una Justificación exclusivamente para la<br />
Contratación de ios Servicios del Despacho de Abogados Cleary Gottiies Steen & Hamilton, en la<br />
que se especifique lo relativo al Artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios del Sector Público, así como aclarar si se encuentra vigente el dictamen emitido el 8 de<br />
agosto de 2001 por la Comisión Intersecretaríal de Gasto Financiamiento. Se deberá de presentar<br />
cotización, tabla de tarifas por hora de los abogados o socios del Despacho a contratar y los<br />
alcances del servicio en papel membretado de la Empresa que se propone.<br />
Por lo que solicito a usted sea enviada a esta Dirección General, ia documentación antes señalada, con el fin de<br />
que se presente en el punto de "Seguimiento de Acuerdos', en la siguiente reunión del Comité de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, y con esto dar cumplimiento al acuerdo tomado por dicho Comité.<br />
Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.<br />
Atentame<br />
Sufragio Efectiv^<br />
El Presidente Sj<br />
Adquisiciones, Servicios,<br />
Lie. Giífflérmo González Avila<br />
@<br />
..al dorso
SECRETARIA<br />
OE<br />
HACCNDA Y CRÉDITO PUBÜCO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO I2'^><br />
Oficio hk>. 305.- 069/2002.<br />
^KBOs^^.-^<br />
'Á.^
m<br />
SECRHARIA<br />
DE<br />
ÍMCNOA Y CREBTO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 069/2002.<br />
Gabe mencionar que, los acuerdos 01-XIX-4 y CID-01-XIII-2 de fecha 8 de agosto de<br />
2001, tomados por las Comisiones Intersecretariales de Gasto Financiamiento (la CIGF)<br />
y la de Desincorporación (la CID), respectivamente, se encuentran vigentes. Sin<br />
embargo, en virtud de que (i) el artículo 14 de la Ley de Ingresos de la Federación para<br />
el Ejercicio Fiscal de 2002 prevé el mecanismo de ingresos netos, y que las<br />
contrataciones asociadas a dicho mecanismo en la enajenación de acciones son materia<br />
de la LAASSP, y (ii) en el presente año el pago de los honorarios por los servicios del<br />
despacho de abogados está contemplado en el Presupuesto de Egresos de la<br />
Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002, se informó sobre estas situaciones a la<br />
CIGF y la CID, y mediante acuerdos CIGF-02-V-6 y CID-02-III-1 adoptados en sesión<br />
conjunta celebrada el 6 de marzo de 2002, dichas comisiones tomaron nota de las<br />
adecuaciones al procedimiento.<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mí consideración más distinguida.<br />
Atentamente,<br />
SUFRAGIO EFECTIVO.<br />
El Director General,<br />
cfa Tam ts—<br />
NO REELECCIÓN.<br />
c.c.p. Dr. Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Púbiico.-<br />
Presente.<br />
C.P. Aída Amanda Córdova Chávez.- Titular del Órgano Interno de Control de la <strong>SHCP</strong>.- Presente.<br />
Dr. Guillermo Haro Belchez.- Titular de ia Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obras<br />
Públicas, Servicios y Patrimonio Federal de la Secodam.- Presente.
i<br />
ANEXO A<br />
JUSTIFICACIÓN PARA CONSIDERAR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN<br />
AGENTE COLOCADOR GLOBAL, PARA LA ENAJENACIÓN DE LA POSICIÓN ACCIONARIA DEL GOBIERNO<br />
FEDERAL EN GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DEC.V.<br />
Para que la instrumentación de la enajenación de las acciones propiedad del Gobierno<br />
Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. ("BBVA Bancomer") en los<br />
mercados de valores de los Estados Unidos de América y de Europa, así como en México a<br />
través de la Bolsa Mexicana de Valores (la BMV), es necesario que el Gobierno Federal, a<br />
través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuente con los servicios de un<br />
Agente Colocador Global encargado de llevar a cabo la citada enajenación en los referidos<br />
mercados.<br />
r<br />
Para tal efecto es necesario realizar la contratación de un Agente Colocador Global que<br />
prestaría al Gobierno Federal un servicio de colocación de acciones y sería el que<br />
detemnine la fornria en que se distribuyan las mismas entre los diferentes mercados, entre<br />
ellos el nacional, coordinándose para ello con las distintas instituciones que participen en el<br />
proceso. El Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por<br />
conducto de la Dirección General de Crédito Público elegirá, de las opciones que le<br />
presente el Agente Colocador Global, la forma de venta que se considere conveniente en el<br />
momento más adecuado.<br />
A fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de<br />
los Estados Unidos Mexicanos (la "Constitución"), así como a los artículos 40, 41 y 43 de la<br />
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (la "LAASSP") y 49 del<br />
Reglamento de la LAASSP referentes a la excepción a la licitación pública; y los<br />
mencionados artículos 134 de la Constitución y 40 de la LAASSP relativos a los criterios de<br />
economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez; se precisa lo siguiente:<br />
I. EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA<br />
Para que las Secretarlas de Estado, organismos descentralizados, o los fideicomisos en los<br />
que el Gobierno Federal sea fideicomitente, realicen contrataciones de servicios, los<br />
mismos se deben ajusfar a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios del Sector Público (la "LAASSP"), según, lo indica el artículo 1° de dicho<br />
ordenamiento.<br />
En el artículo 26 de la LAASSP se indica que las instancias mencionadas pueden contratar<br />
adquisiciones, arrendamientos y servicios mediante los procedimientos de licitación pública.<br />
Invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa; de los artículos 134 de la<br />
Constitución, y 27 y 40 de la LAASSP, se deriva que la licitación pública es la regla general<br />
para la contratación de servicios, y como excepciones a la regla general se señalan los<br />
procedimientos de invitación a cuando menos fres personas y de adjudicación directa.
i<br />
I)<br />
Conforme a los artículos 22 fracción II, y 41 fracciones III y X de la LAASSP, para llevar a<br />
cabo los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas, es necesario que<br />
exista de por medio un dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios<br />
de la dependencia o entidad y que se presente alguno de ios siguientes casos:<br />
i. Que existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales<br />
importantes, debidamente justificadas,<br />
ii. Que se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones cuya<br />
difusión pudiera afectar el interés público o comprometer ínfomiación de naturaleza<br />
confidencial para el Gobierno Federal.<br />
Estos supuestos se configuran para la contratación de un Agente Colocador Global<br />
mediante el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, por los siguientes<br />
criterios y requisitos:<br />
A) Criterios de Excepción a la Licitación Pública.<br />
La contratación del Agente Colocador Global se realizaría a través del procedimiento de<br />
invitación a cuando menos tres personas, mencionado en los artículos 40, 41 y 43 de ia<br />
LAASSP, en virtud de que se actualizan los siguientes criterios de confidencialidad y<br />
pérdidas o costos adicionales:<br />
La infonnación relativa a los tiempos en los que el Gobiemo Federal pretende realizar la<br />
venta de las acciones debe permanecer confidencial, ya que de publicarse dicha<br />
información pondría sobre aviso a los inversionistas potenciales. Estos podrían utilizar la<br />
información para adelantarse a la venta, disminuyendo la flexibilidad del Gobierno Federal<br />
para aprovechar la oportunidad de colocar las acciones de manera sorpresiva, lo cual<br />
resultaría en un menor precio de venta.<br />
La estrategia de venta en cuanto a montos y fonna de colocación debe permanecer<br />
confidencial para evitar ataques especulativos al valor de la acción, lo que resultaría en un<br />
menor precio de venta.<br />
Mediante una licitación pública, la difusión de información sobre la oferta pública podría<br />
generar expectativas de mercado que castigarían el precio de las acciones y/o, en su caso,<br />
impedirían que el proceso se lleve a cabo en ios plazos esperados. La disminución en el<br />
valor de las acciones y el retraso en el proceso ocasionaría menores ingresos y generaría<br />
costos adicionales para el Gobiemo Federal.<br />
B) Requisitos de Excepción a la Licitación Pública.<br />
Para dar cumplimiento a los requisitos de excepción a ia licitación pública establecidos en el<br />
artículo 49 del Reglamento de la LAASSP, se precisa lo siguiente:<br />
2-
I<br />
1. Descripción de ios servicios:<br />
El Agente Colocador prestaría al Gobierno Federal, entre otros, los siguientes servicios:<br />
a) la instrumentación de las actividades relativas a la enajenación de las acciones de<br />
BBVA Bancomer en los mercados de valores de los Estados Unidos y de Europa, así<br />
como a través de la BMV; b) asesoría sobre los tiempos en que se pretende realizar la<br />
venta de acciones, así como la estrategia de venta en cuanto a montos y forma de<br />
colocación; c) actuar como asesor del Gobierno Federal en la enajenación de las<br />
acciones de BBVA Bancomer; d) en coordinación con el despacho de abogados,<br />
preparar los documentos legales relacionados con Ja oferta de las acciones de BBVA<br />
Bancomer y la enajenación de las mismas, incluyendo los prospectos correspondientes,<br />
e) asesoría en todos los aspectos relacionados con los mercados de instrumentos<br />
financieros, así como en la interpretación del marco jurídico aplicable y el manejo de los<br />
factores de riesgo en la ejecución de la oferta de las acciones de BBVA Bancomer.<br />
2. Plazos y condiciones de entrega de los bienes o de prestación de los servicios:<br />
Los plazos para la prestación de los servicios serán durante el periodo de vigencia del<br />
contrato correspondiente, que iniciará en la fecha en que se haya notificado el resultado<br />
del proceso de selección del Agente Colocador y concluiría en la fecha que ocurra<br />
primero, la formalización del Contrato de Colocación o diciembre del 2002.<br />
3. Motivación y fundamentación legal del supuesto de excepción:<br />
Referido en el punto I de esta justificación, relativo a los Criterios de Excepción a la<br />
Licitación Pública.<br />
4. Precio estimado:<br />
En la práctica comercial los agentes colocadores cobran comisiones sujetas al producto<br />
de las ventas, en el caso concreto de las acciones de BBVA Bancomer el producto<br />
depende del valor de la acción en el mercado.<br />
5. Forma de pago propuesta:<br />
Mecanismo de ingresos netos, previsto en el artículo 14 de ia Ley de ingresos de la<br />
Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002.<br />
6. El procedimiento de contratación propuesto:<br />
Invitación a cuando menos tres personas.<br />
II. CRITERIOS DE ECONOMÍA, EFICACIA. EFICIENCIA,<br />
IMPARCIALIDAD Y HONRADEZ<br />
La contratación de un Agente Colocador Global se realizaría mediante el procedimiento de<br />
invitación a cuando menos tres participantes, conforme a lo dispuesto en los artículos 134<br />
de la Constitución, y 40, 41 y 43 de la LAASSP, en virtud de los siguientes argumentos de<br />
economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez:
1. Economía.<br />
De lo señalado en este documento se desprende la necesidad de realizar un<br />
procedimiento de invitación a cuando menos tres agentes colocadores para garantizar la<br />
confidencialidad de la estrategia de venta, y con ello maximizar el valor de venta del<br />
paquete accionario, protegiendo los ingresos programados por el Gobierno Federal, y<br />
asegurando para el Estado las mejores condiciones de precio, calidad, financiamiento y<br />
oportunidad.<br />
2. Eficacia y eficiencia.<br />
Las instituciones que serán invitadas a participar en el procedimiento para la<br />
enajenación de la posición accionaria del Gobierno Federal, cuentan con amplia<br />
experiencia y capacidad para llevar a cabo la colocación de acciones en los mercados<br />
financieros internacionales, con lo que se garantizaría la eficacia en dicho proceso.<br />
Asimismo, han actuado como colocadores internacionales participando activamente en<br />
mercadeo de acciones y ofertas públicas, por lo que se considera que cualquiera de<br />
ellas que resulte ganadora estaría en condiciones para llevar a cabo el citado<br />
procedimiento de enajenación de acciones de manera eficiente.<br />
3. Imparcialidad y honradez.<br />
El procedimiento para seleccionar al Agente Colocador se ajustará a lo establecido en la<br />
LAASSP, apegándose a los criterios de imparcialidad y honradez porque a las<br />
instituciones que participen en dicho proceso se les otorgará un tratamiento equitativo y<br />
se aplicarán consistentemente los criterios de selección correspondientes.<br />
Con ello, se cumplen los requisitos y criterios que la misma Ley establece, y se<br />
garantiza la transparencia del procedimiento, asi como la sana competencia entre las<br />
instituciones participantes, resultando de ello la selección de la institución que presente<br />
las mejores condiciones conforme lo establece la mencionada Ley.<br />
Adicionalmente, se menciona lo siguiente:<br />
1. El Gobierno Federal no cuenta actualmente con los servicios del Agente Colocador<br />
i Global, ni dichas tareas son desempeñadas o equivalentes a las del personal de plaza<br />
presupuestaria de la Dirección General de Crédito Público de la Secretaría de Hacienda<br />
y Crédito Público, por lo que en términos del artículo 19 de la LAASSP se hace<br />
necesaria su contratación.<br />
Mediante oficio No. 305.-062/2002 de fecha 1 de abril de 2002, se solicitó que las áreas<br />
competentes corroboren esta situación en el ámbito de la dependencia.<br />
2. El esquema de enajenación de las acciones y el procedimiento de invitación a cuando<br />
menos tres personas para la contratación del Agente Colocador, se presentó para su<br />
consideración ante las Comisiones Intersecretariales de Gasto Financiamíento (la<br />
CIGF") y de Desincorporación (la "CID"), respectivamente, las cuales en sesión<br />
conjunta de fecha 8 de agosto de 2001, y mediante acuerdos 01-XIX-4 y CID-01-XIII-2<br />
-4
tomaron nota de tales procedimientos; dichos acuerdos continúan en vigor. Sin<br />
embargo, en virtud de que la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal<br />
de 2002 establece el mecanismo de Ingresos netos, y que las contrataciones asociadas<br />
a dicho mecanismo en la enajenación de acciones son materia de la LAASSP, ésta<br />
situación se presentó a la CIGF y a la CID, que mediante acuerdos CIGF-02-V-6 y CID-<br />
02-III-1 adoptados en sesión conjunta celebrada el 6 de marzo de 2002, tomaron nota<br />
de estas precisiones.<br />
-5-
ANEXOB<br />
JUSTIFICACIÓN PARA CONSIDERAR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE UN DESPACHO DE<br />
ABOGADOS, PARA LA ENAJENACIÓN DE LA POSICIÓN ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL EN<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
Con el propósito de que la instrumentación de la venta de las acciones propiedad del<br />
Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. ("BBVA<br />
Bancomer") en los mercados de valores de los Estados Unidos de América y de<br />
Europa, así como a través de la Bolsa Mexicana de Valores, se lleve a cabo conforme<br />
a la legislación aplicable en México y en los mercados internacionales, es necesario<br />
que el Gobierno Federal, a través de ia Secretaría de Hacienda y Crédito Público,<br />
cuente con despachos de asesoría en derecho mexicano e internacional.<br />
¡^^ En virtud de la coordinación que se requiere entre dichos asesores jurídicos y de<br />
éstos con el Gobierno Federal, se considera que se debe contratar, mediante el<br />
procedimiento de adjudicación directa, a un Despacho Jurídico Global de asesoría,<br />
con capacidad de obtener los servicios de despachos jurídicos en ios sitios donde se<br />
llevará a cabo la colocación de las acciones.<br />
A fin de dar cumplimiento a lo establecido en ios artículos 134 de la Constitución<br />
Política de los Estados Unidos Mexicanos (la "Constitución"), así como a los artículos<br />
40 y 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (la<br />
"LAASSP") y 49 del Reglamento de la LAASSP referentes a la excepción a la licitación<br />
pública; y los mencionados artículos 134 de la Constitución y 40 de la LAASSP<br />
relativos a ios criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez; se<br />
precisa lo siguiente:<br />
I. EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA<br />
La excepción a la licitación pública, está prevista en los artículos 134 de la<br />
^^ Constitución, 40 y 41 de la LAASSP, ya que las dependencias y entidades, bajo su<br />
HP responsabilidad podrán optar por no llevar a cabo el procedimiento de licitación<br />
pública y celebrar contratos a través del procedimiento de adjudicación directa, en ios<br />
casos que la misma ley establece.<br />
Conforme a los artículos 22 fracción II, y 41 fracciones III y X de la LAASSP, para<br />
llevar a cabo el procedimiento de adjudicación directa, es necesario que exista de por<br />
medio un dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios (el<br />
"Comité") de la dependencia o entidad y que se presente alguno de los siguientes<br />
casos:<br />
i. Que existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales<br />
importantes, debidamente justificados.
0~y<br />
ií. Que se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones<br />
cuya difusión pudiera afectar el interés público o comprometer información de<br />
naturaleza confidencial para el Gobierno Federal.<br />
Estos supuestos se configuran para la contratación de un despacho de abogados a<br />
través del procedimiento de adjudicación directa, por los siguientes criterios y<br />
requisitos:<br />
A) Criterios de Excepción a la Licitación Pública.<br />
La contratación del Despacho Jurídico Global se realizaría mediante el procedimiento<br />
de adjudicación directa al despacho Cleary, Gottiieb, Steen & Hamilton ("CGSH"),<br />
confonne a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la LAASSP en virtud de los<br />
siguientes argumentos de confidencialidad, pérdidas o costos adicionales y práctica<br />
de mercado:<br />
1. Confidencialidad.<br />
El despacho jurídico que asesore al Gobierno Federal tendrá que manejar información<br />
relativa a los tiempos en que se pretende realizar la venta de las acciones, así como a<br />
la estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación.<br />
La información relativa a los tiempos en los que el Gobierno Federal pretende realizar<br />
la venta de las acciones debe permanecer confidencial, ya que de publicarse dicha<br />
información pondría sobre aviso a los inversionistas potenciales. Estos podrían utilizar<br />
la información para adelantarse a la venta, disminuyendo la flexibilidad del Gobierno<br />
Federal para aprovechar la oportunidad de colocar las acciones de manera<br />
sorpresiva, lo cual resultaría en un menor precio de venta.<br />
La estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación debe permanecer<br />
confidencial para evitar ataques especulativos al valor de la acción, io que resultaría<br />
en un menor precio de venta.<br />
2. Pérdidas o costos adicionales.<br />
Medíante una licitación pública, la difusión de información sobre la oferta pública<br />
podría generar expectativas de mercado que castigarían el precio de las acciones y/o,<br />
en su caso, impedirían que el proceso se lleve a cabo en tos plazos esperados. La<br />
disminución en el valor de las acciones y el retraso en el proceso ocasionaría<br />
menores ingresos y generaría costos adicionales para el Gobierno Federal.<br />
3. Práctica de mercado.<br />
La práctica de mercado indica que en operaciones de este tipo, lo más recomendable<br />
es que, tanto el emisor como el tenedor de las acciones en venta contraten al mismo<br />
despacho jurídico. De hecho, el abogado del emisor (BBVA Bancomer) es quien<br />
prepara la mayor parte de los documentos legales relacionados con la colocación,<br />
incluyendo el prospecto de la misma, en virtud de que casi toda la información<br />
contenida en dichos documentos se refiere al emisor, y tiene como fin describir al<br />
inversionista la situación de la institución cuyas acciones se enajenan (BBVA<br />
iancomer).<br />
-2
f<br />
C.<br />
Adicionalmente, el emisor y el vendedor de las acciones comparten intereses<br />
similares con respecto al resultado de la operación: concretar en el menor tiempo<br />
posible una colocación de acciones exitosa, con la más amplia distribución y el mejor<br />
precio de venta. Ambos también comparten responsabilidades en cuanto a la<br />
información que proveen al despacho de abogados, por io que no existiría conflicto de<br />
interés al trabajar para el emisor y el vendedor.<br />
En virtud de que CGSH es el abogado de BBVA Bancomer, resulta indispensable su<br />
contratación por adjudicación directa, ya que el abogado del vendedor de las acciones<br />
(Gobierno Federal) debe trabajar estrechamente con el emisor de las mismas (BBVA<br />
Bancomer) en la preparación de los documentos necesarios para realizar la venta.*<br />
B) Requisitos de Excepción a ia Licitación Pública.<br />
Para dar cumplimiento a los requisitos de excepción a ia licitación pública establecidos<br />
en el artículo 49 del Reglamento de la I.AASSP, se precisa lo siguiente:<br />
1. Descripción de los servicios:<br />
CGSH prestaría al Gobierno Federal, entre otros, ios servicios de: a) asesoría en<br />
la preparación de las bases para la selección y contratación de los servicios de<br />
intermediación bursátil; b) asesoría en ia preparación del documento de oferta o<br />
prospecto; c) asesoría en cuestiones de derecho relacionadas con el mercado de<br />
valores de ios Estados Unidos y de otros países; y d) apoyo en cualquier otro<br />
asunto legal que al efecto sea necesario o sea encomendado por ia dependencia,<br />
en relación con la oferta de las acciones de referencia.<br />
2. Plazos y condiciones de entrega de los bienes o de prestación de ios servicios:<br />
Los plazos para la entrega de ios servicios serán durante el periodo de vigencia<br />
del contrato correspondiente, que iniciará en el mes de abril de 2002 y concluiría<br />
en la fecha que ocurra primero, ya sea el momento en que se enajenen las<br />
acciones mencionadas o diciembre del 2002.<br />
Asimismo, las condiciones de ios servicios se sujetarán a ios requerimientos del<br />
Gobierno Federal, así como a las funciones que desempeñe el Agente Colocador.<br />
3. Motivación y fundamentación legal del supuesto de excepción:<br />
Referido en el punto i de esta justificación, relativo a ios Criterios de Excepción a<br />
ia Licitación Pública.<br />
' CGSH ha participado en operaciones con el Gobierno de Portugal, asi como con empresas brasileñas,<br />
estadounidenses y mexicanas, prestando sus servicios a] mismo tiempo a emisores y vendedores de títulos,<br />
cuente: CGSH (19 de junio de 2001).
m<br />
4. Precio estimado:<br />
Se acompañan las tarifas que el despachó CGSH cobra por hora, en virtud de que<br />
por la naturaleza de los servicios requeridos para la instrumentación del<br />
procedimiento de referencia, no es posible precisar el número exacto de horas que<br />
llevará tal procedimiento. Lo anterior, toda vez que el desarrollo de las actividades<br />
está en función de ias tareas que realice el Agente Colocador.<br />
5. Forma de pago propuesta:<br />
La forma de pago será en dólares de los Estados Unidos de América.<br />
6. El procedimiento de contratación propuesto:<br />
Adjudicación Directa.<br />
II. CRITERIOS DE ECONOMÍA, EFICACIA, EFICIENCIA,<br />
IMPARCIALIDAD Y HONRADEZ<br />
La contratación del Despacho Jurídico Global se realizaría mediante el procedimiento<br />
de adjudicación directa al despacho Cleary, Gottiieb, Steen & Hamilton ("CGSH"),<br />
conforme a lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución, y 40 y 41 de la<br />
LAASSP en virtud de los siguientes argumentos de economía, eficacia, eficiencia,<br />
Imparcialidad y honradez:<br />
1. Economía.<br />
El Gobierno Federal toma la decisión de realizar una oferta pública de acciones a su<br />
entera discreción y el producto de la colocación le beneficia de forma exclusiva, como<br />
dueño de las acciones. Es por ello que el Gobierno Federal es quien debe afrontar los<br />
gastos asociados a esta transacción, incluyendo los honorarios del Despacho Jurídico<br />
Global.<br />
Designar como despacho de abogados al que actualmente es asesor jurídico de<br />
6BVA Bancomer, tiene el beneficio de que el Gobierno Federal reduciría gastos, ya<br />
que el despacho jurídico ha trabajado en operaciones similares con dicho grupo<br />
financiero, con lo cual se generarían economías para el Gobierno Federal.<br />
Por el contrario, la contratación de un despacho diferente de CGSH como abogado<br />
del Gobierno Federal traeria como consecuencia la generación de gastos adicionales.<br />
2. Eficacia y eficiencia.<br />
A) CGSH participó en 1994 en la primera oferta pública del capital social de<br />
Bancomer, S.A., después de que dicha Institución fué desíncorporada de la<br />
Administración Pública Federal. Por lo anterior, CGSH cuenta con capacidad y<br />
experiencia específica en la venta del capital social de BBVA Bancomer. Esto<br />
permitiría que ios trabajos preparativos y la oferta pública se realicen en forma<br />
más eficiente, lo que se reflejaría en un menor costo.<br />
4-
Dada la experiencia de CGSH en los procedimientos previos de colocación de<br />
acciones de BBVA Bancomer, la participación de ese despacho garantiza la<br />
consistencia en la interpretación del marco jurídico y en el manejo de los factores<br />
de riesgo a considerar, por lo que se evitarían los riesgos en la ejecución de la<br />
propia oferta pública del Gobiemo Federal.<br />
B) CGSH es una destacada firma internacional que posee gran experiencia en la<br />
prestación de servicios de asesoría jurídica a clientes que participan en<br />
actividades comerciales y financieras, tanto en los Estados Unidos de América,<br />
como en otros países del mundo. Desde hace muchos años, la firma se ha<br />
dedicado a una extensa práctica relacionada con América Latina.<br />
CGSH cuenta con una amplia experiencia en todos ios aspectos legales de los<br />
mercados de instrumentos financieros. Las principales áreas en las que el<br />
despacho tiene enfocada su actividad incluye asuntos corporativos, financieros,<br />
reglamentarios, tributarios y litigiosos.<br />
¡^ CGSH es líder de asesoramiento de gobiernos respecto a su actividad en los<br />
mercados financieros internacionales. La asesoría brindada abarca temas como<br />
operaciones bancarias y de valores en los mercados de capital más importantes,<br />
emisiones de valores en los Estados Unidos y Europa, así como financiamientos<br />
de activos y proyectos de infraestructura.<br />
Asimismo, CGSH cuenta con oficinas en los países donde posiblemente se<br />
colocarían las acciones.<br />
C) Debido a la constante y estrecha relación que debe haber entre el Gobiemo<br />
Federal, BBVA Bancomer y su asesor jurídico, así como la responsabilidad sobre<br />
la confidencialidad de la información y del resultado de la propia colocación que<br />
asumiría el mencionado asesor jurídico, es necesario que existan entre las partes<br />
vínculos sólidos de confianza e identificación profesional que aseguren el éxito de<br />
la operación.<br />
D) Por lo tanto, considerando que CGSH: (i) ha sido asesor de BBVA Bancomer<br />
desde su privatización, y llevó a cabo la anterior colocación de las acciones de<br />
^v^F dicha institución; (ií) ha participado en la preparación de prospectos para ofertas<br />
de acciones y en la gestión y trámites necesarios ante autoridades financieras<br />
nacionales e internacionales; y (iii) es un despacho jurídico que trabaja con el<br />
Gobierno Federal desde hace más de 20 años, se hace evidente la necesidad de<br />
realizar un procedimiento de adjudicación directa.<br />
3. Imparcialidad y honradez.<br />
Conforme a las prácticas de mercado lo más conveniente es que, el despacho jurídico<br />
que actúa como asesor del emisor sea el mismo que representa al tenedor de las<br />
acciones. En virtud de que CGSH es asesor jurídico de BBVA Bancomer, su<br />
contratación reducirá los costos y tiempos en la instrumentación del procedimiento de<br />
enajenación de referencia.<br />
5-
Derivado de los servicios que durante varios años ha prestado CGSH a esta<br />
Secretaria, se ha corroborado que cuenta con amplia experiencia y conocimientos<br />
suficientes que le permiten desempeñar funciones de asesor y/o consultor juridico<br />
para la Instrumentación del procedimiento para la enajenación de la posición<br />
accionaria referida. Asimismo, CGSH es un despacho que dentro de su trayectoria no<br />
ha presentado contingencias o conflictos que pudieran poner en riesgo los intereses<br />
del Gobierno Federal.<br />
Adicionalmente, se menciona lo siguiente:<br />
I. En el ámbito de ios contratos de servicios jurídicos con que se cuenta, no<br />
podría incluirse el servicio requerido para la enajenación de las acciones de<br />
BBVA Bancomer, ni dichas tareas son desempeñadas o equivalentes a las del<br />
personal de plaza presupuestaria de la Dirección General de Crédito Público<br />
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por lo que en términos del<br />
artículo 19 de la LAASSP se hace necesaria su contratación.<br />
Mediante oficio No. 305.-062/2002 de fecha 1 de abril de 2002, se solicitó que<br />
las áreas competentes corroboren esta situación en el ámbito de la<br />
dependencia.<br />
II. El esquema de enajenación de las acciones y el procedimiento de adjudicación<br />
directa para la contratación del despacho de abogados a través del mecanismo<br />
de ingresos netos, sé presentó para su consideración ante las Comisiones<br />
Intersecretariales de Gasto Financiamiento (la "CIGF") y de Desincorporación<br />
(la "CID"), respectivamente, las cuales en sesión conjunta de fecha 8 de agosto<br />
de 2001, y mediante acuerdos 01-XIX-4 y CID-01-XIII-2 tomaron nota de tales<br />
procedimientos; dicho acuerdos continúan en vigor. Sin embargo, en virtud de<br />
que el pago de los honorarios por ios servicios del despacho de abogados está<br />
contemplado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio<br />
Fiscal de 2002, y la citada contratación es materia de la LAASSP, se presentó<br />
ante la CIGF y la CID el esquema de contratación especifico, y mediante<br />
acuerdos CIGF-02-V-6 y CID-02-III-1 adoptados en sesión conjunta celebrada<br />
el 6 de marzo de 2002, tomaron nota de las adecuaciones al procedimiento.<br />
L<br />
-6
.I ANEXO C<br />
.CLE.ARy, GOTTLIEB. STEEN & HAMILTON<br />
NEW YORK<br />
8 de abnl de 2002<br />
MEMORANDO PAR.^ LA SECKETARIÁ DE KACTET^TDA Y C^^D^Q FUBUCO<br />
Re: Conírriío de Prestación de Servicios Profesionales<br />
De acuerdo á Jo conversado, a continusción eacoatrsrán cierta información en<br />
TClacicm a! contrato de ía referencia.<br />
T. Dftscrinción de los Servicios.<br />
El Prestador prcporcicaax^á a !a Dependencia los siguientes servicios:<br />
a) Asebüxí» cji la píepaación de las "Bases para la Selección y Ccntrstación de los<br />
Servicios de Intermeáiación Bursáti! para RcalL^iu lú Eü^JenaciÓTi de Accioscs<br />
Representativas del Capital Social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S-A. de C.V.,<br />
en los Mercados de Valores de México y el Extranjero" y del contrato de servicios de<br />
intcnneóiación bunáíil.<br />
b) Assscría en \z preparacióu del dociüneaío de oferta o prospe-cto<br />
c) Ascsorai' a la DependeDcia en la^ cuestiones de derecho relscionadns COÜ el mercado de<br />
valores de ios Esudos Unidos.<br />
d) Participación en la revisión legal y de negocio de BBVA Bancomer.<br />
/j^ e) Negociar el contrato de colocación con los de valores con el asesor jurídico de los<br />
^^ agentes colocadores.<br />
f) Pispszsr y negociar la documentación de cierre, incluyendo nnínínnes legales.<br />
g) CuutUiíiiu coú il asesor jurídico mexicano lo relativo a. requerizúenios Is^^es cú<br />
México.<br />
h) Partiripar en cualesquicr otros asuntos legales que al efecto sean necesarios o le ficac<br />
encomendados por la Dependencia, en relación con la Oferta de Acciones maieria de este<br />
contrato.
I<br />
«•llffiui.m MCI ^OMÍHÜ.<br />
ANEXO C<br />
La vigeoda dd contrato vanona ca túaóúñ á&l wesaizouO y Cwsc!üs:¿a de les trsbqjos qu<br />
Tcajiíe ei agente cojocador.<br />
ni. T«rir^<br />
CrtA¡/\r<br />
Abogados<br />
Categoria Tarifas<br />
Abogados Extranjeros<br />
Asistentes Legales<br />
$525-695/hora<br />
£5C0-í2J,1se:a<br />
S22S/aúiik<br />
Si4d-2¡0/'hora<br />
Wanda J. Olson \_-
A^<br />
^<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
ACT. ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />
Director General de Crédito Público<br />
Palacio Nacional oficina 3010<br />
Presente.<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS<br />
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES<br />
378.- -170<br />
Asunto: Se informa la celebración de la Sesión<br />
Extraordinaria 04 del Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios.<br />
México. D.F.,. 1 7 ABR. 2002<br />
De conformidad con lo señalado en el Capitulo Segundo Artículo 17 fracción IV del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Sesión Extraordinaria 04/2002 del Comité de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de esta Secretaría, se llevará a cabo el viernes 19 de abril de 2002,<br />
a las 10:00 horas, en la sala de juntas de la Oficialía Mayor, el presente citatorio se hace con base en la<br />
delegación de funciones establecidas por el C. Oficial Mayor en su oficio número 103.-266 de fecha 7 de mayo<br />
de 2001.<br />
Agradezco la atención que merezca esta comunicación.<br />
Ate n ta m e n<br />
SUFRAGIO EFECTIV0^>iO'REELECCi<br />
El Presidente Suplente deKÍomité de<br />
Arrendamientos y Se<br />
;; c.c.p.- Lie. José Luis García Ramos L.- Director General Adjunto de Adquisiciones y Contratación de Servicios.-<br />
Edificio "C" 2^ Piso, Conjunto la Virgen.- Para su conocimiento.<br />
/<br />
GíGA-JLGRL*Jie(fc'amoy<br />
@<br />
i>/785
SECRETARIA<br />
DE<br />
HArigN'DAYCRFD'O PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA 03/2002<br />
En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las diez horas del día 8 de abril del año dos mil dos,<br />
en la Sala de Juntas de la Oficialía Mayor, ubicada en Ban-anca del Muerto No. 275-2*'. Piso, Col. San<br />
José Insurgentes, se reunió el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, para celebrar la<br />
Sesión Extraordinaria número tres, con la asistencia y participación de los siguientes Servidores<br />
Públicos:<br />
CARGO<br />
Presidente Suplente<br />
Secretario Ejecutivo Suplente<br />
Vocal Suplente<br />
Vocal Titular<br />
Vocal Titular<br />
Vocal Suplente<br />
%<br />
\<br />
NOMBRE Y FIRMA<br />
Lie. Guillermo I. González Avila<br />
Director General de Recursos<br />
Materiales y Servicios Generales.<br />
Lie. José Luis García Ramos L.<br />
Director General Adjunto de<br />
Adquisiciones y Contratación de<br />
Servicios..<br />
L\€. Alfredo Hernándfez Sánchez Mejorada<br />
Representante de la Dirección Gerteral de<br />
Programacióf^" Organización y Presupuesto<br />
Lie. Alejandro Contreras Reding<br />
Director Técnico Operativo de la<br />
Subsecre^rla de Hacienda y<br />
Crédito Pukjíco.<br />
Rodolfo E. Márqüéxy Rocha<br />
Representante de la^rección Técnica<br />
Operativa de la TesoreWa de la Federación.<br />
10
SECRHARIA<br />
DE<br />
HtDFN'Dt Y CPEDITO PUBUCO<br />
Vocal Suplente<br />
Vocal Titular<br />
Vocal Titular<br />
Vocal Titular<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
CF~PS^f^ÓMrfCo\dan García<br />
Representante de la Dirección Técnica<br />
Operativa de la Procuraduría Fiscal de la<br />
Federación.<br />
Lie. Arturo Sosa Viderique<br />
Director Técnico Operativo de la<br />
Subsecretaría de Egresos^<br />
.Ing. Edg<br />
Diré<br />
Pláneación<br />
Direcció<br />
Materiale^<br />
as Chávez<br />
ra^ Adjunto de Control,<br />
temas.<br />
írvicios,<br />
'Recursos<br />
^Servicip«
y<br />
\<br />
SECRHARl/k<br />
DE<br />
Hí CIENO* V CRÉDITO PUBLICO<br />
Invitada<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
12<br />
Dra. Silvia Rocha Torres<br />
Directora General Adjunta de<br />
Procedimientos Legales de Crédito de la<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
A continuación se dio lectura al Orden del Día.'-<br />
1.- Lista de asistencia.<br />
1.1.- Determinación de Quorum legal.-<br />
2- Aprobación del Orden del Día.-<br />
3.- Lectura y Aprobación del Acta de la Sesión Extraordinaria 02/2002 de fecha 20 de marzo de<br />
)) 2002.<br />
4.- Seguimiento de Acuerdos de la Sesión Anterior.<br />
5.- Informe Trimestral (Primer Trimestre de 2002), de los asuntos dictaminados, así como los<br />
resultados generales de las adquisiciones, arrendamientos y servicios.<br />
6.- Casos que se someten a dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios<br />
con fundamento en lo establecido por el Artículo 22, fracción II, de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público: ¡<br />
6.1.- Excepción de Invitación a Cuando Menos Tres Personas para llevar a cabo procedimientos de<br />
Adjudicación Directa. : '•<br />
6.1.1.- Servicio de Alimentación al Personal Adscrito a la Subsecretaría de Egresos.<br />
6.1.2.- Servicios de Internet con la Empresa Avantel. Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.—<br />
6.2.- Excepción de Licitación Pública para llevar a cabo procedimientos de Adjudicación Directa, o<br />
Invitación a Cuando Menos Tres Personas.<br />
6.2.1.- Servicios de un Agente Colocador Global para la Enajenación de la Posición Accionaria del<br />
Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer. Dirección General de Crédito Público,<br />
Invitación a Tres Personas. • :<br />
6.2.2.- Contratación de los Servicios del Despacho de Abogados Cleary Gottiies Steen & Hamilton.<br />
Dirección General de Crédito Publico. Adjudicación Directa.<br />
'6.2.3.- Servicio de Boletos de Avión. Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.<br />
Invitación a Tres Personas.<br />
7.- Asuntos Generales. ^<br />
7.1.- Nota Informativa Programa Anual de Adquisiciones. Se Anexa diskette.-<br />
: Desarrollo de la Sesión<br />
1.- El Lie. Guillermo González Avila, en su calidad de Presidente Suplente del Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios, dio la bienvenida a los asistentes a este acto e inició la Sesión<br />
Extraordinaria 03/2002. • '•<br />
1.1.- Determinación de Quorum legal.<br />
El Presidente Suplente del Comité, preguntó al Secretario Ejecutivo Suplente, si se contaba con el<br />
quorum legal para realizar esta Sesión, informándose que había quorum para su celebración, una vez<br />
revisada la lista de asistencia. :<br />
2.- Lectura y aprobación del Orden del Día.-<br />
El Presidente Suplente procedió a someter a consideración del Comité el Orden del Día para su<br />
aprobación. Acuerdo del Comité: Aprobada.<br />
3.- Lectura y Aprobación del Acta de la Sesión Extraordinaria 02/2002 de fecha 20 de marzo de 2002
DE<br />
HíCIENDt V CFOrrO PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
13<br />
asuntos que fueron tratados en esa Sesión y preguntó si había algún comentario al respecto, al no<br />
haberlo, solicitó la dispensa de la lectura del acta por tratarse de asuntos y acuerdos de) conocimiento<br />
de todos ios Miembros del Comité. Acuerdo del Comité: Se aprueba el acta con la dispensa de la<br />
lectura solicitada.<br />
4.- Seguimiento de Acuerdos de la Sesión Anterior.<br />
Acuerdo 01/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente comentó que este acuerdo corresponde a la<br />
adquisición de 250 Licencias Software Digital Valve Acelerator Suite (DVA Suite), solicitadas por la<br />
Dirección Técnica Operativa de la Subsecretaría de Egresos, la cual fue aprobada en la Sesión<br />
Ordinaria 01/2002, celebrada el 3 de enero de 2002, debiéndose presentar la documentación relativa a<br />
la sustentación del cumplimiento de las características de cada una de las propuestas que se<br />
presentan en la matriz comparativa de Software para Planeación Estratégica, presentada por el Titular<br />
de la Dirección Técnica Operativa de la Subsecretaría de Egresos, así como también aclarar y ampliar<br />
los conceptos de garantía y de la Póliza de Mantenimiento. Con oficio 400-4-1068 de fecha 15 de<br />
marzo de 2002, la Dirección Técnica Operativa de la Subsecretaría de Egresos, envió a la Dirección<br />
General Adjunta de Adquisiciones y Contratación de Servicios, una carpeta con folio 1 al 385<br />
conteniendo el estudio de mercado y la tabla con información ampliada sobre las características de<br />
cada una de la propuesta que se presentaron en matriz comparativa de software para Planeación<br />
Estratégica y documento aclaratorio sobre los conceptos de Garantía y Póliza de Mantenimiento, con lo<br />
cual se dio cumplimiento al acuerdo tomado por este Comité. Asimismo, se informó que en la Sesión<br />
Ordinaria 02/2002 de fecha 6 de marzo de 2002, en el Orden del Día en el punto 9.2.- se presentó<br />
"Nota Informativa sobre la Adquisición e Instalación de Dispositivos de Almacenamiento y<br />
Procesamiento para Incrementar la Capacidad de los Equipos de Computo de Misión Critica, así como<br />
la adquisición de 250 Licencias Digital Valué Acelerator", acordándose que la Dirección Técnica<br />
Operativa de la Subsecretaría de Egresos, solicitaría a la Dirección General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto el criterio que se pudiera tomar respecto a la autorización bianual, para<br />
definir de que manera se va a operar el presupuesto autorizado. Se informó que con oficios 400.4.-<br />
1108 y 1199 de fechas 19 y 26 de marzo de 2002, la Dirección Técnica Operativa de la Subsecretaría<br />
de Egresos, envió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, la reserva de<br />
recursos emitida por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, para los<br />
proyectos denominados "Sistema de Planeación Estratégica", "Fortalecimiento de la Infraestructura de<br />
los Equipos de Computo de Misión Crítica" y "Fortalecimiento de la Infraestructura de los Equipos de<br />
Computo para el Desarrollo de Aplicaciones e l-NET", con lo cual se da cumplimiento al acuerdo<br />
tomado en la Sesión Ordinaria 02/2002. El Comité se dio por enterado, dándose por concluido el<br />
presente seguimiento. •<br />
.) Acuerdo 03/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente comentó que este acuerdo corresponde al<br />
'•. Presupuesto Autorizado de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el año 2002.' para la<br />
\ determinación de la actuación de las diversas Unidades Administrativas de esta Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, con base en los montos de actuación señalados en el Artículo 51 del<br />
Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación, para los efectos del Artículo 42 de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el cual fue presentado en la Sesión<br />
Ordinaria 02/2002, en la que se tomó el acuerdo de elaborar y presentar una solicitud a la Dirección<br />
General de Programación, Organización y Presupuesto, con el fin de que se clarificaran los rangos de<br />
actuación indicando el nombre de las Unidad Administrativa y Subunidades para el 2002. Se informó<br />
que con oficio 346-418 de fecha 19 de marzo de 2002, la Dirección General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto envió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicio^/<br />
Generales la tabla por Unidad Administrativa de esta Secretaria, con los montos máximos de actuaci^n^<br />
para Adjudicación Directa e Invitación a Cuando Menos Tres Personas. Se entregó copia de dichos<br />
\: montos. El Comité se dio por enterado, dándose por atendido el presente seguimiento<br />
\ No /I'<br />
h<br />
p
SECRETARIA<br />
OE<br />
HtCiF'O» V-CO.EDITO PUB'.'CO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
Acuerdo 06/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde al diskette<br />
que contiene la información de la documentación necesaria que se deberá presentar cuando se<br />
elabore una solicitud de requerimientos a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios<br />
Generales, el cual fue entregado en la Sesión Extraordinaria 02/2002, tomándose el acuerdo por<br />
sugerencia de la Representante de la Secretaría de Contraloría y Desan-ollo Administrativo, de que se<br />
eliminará la mención al Comité Informativo Consultivo, de conformidad con el Acuerdo por el que se<br />
abroga el diverso que creó el Comité Informático Consultivo de la Secretarla de Hacienda y Crédito<br />
Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo de 2002. Se informó que con<br />
oficios 378-374 a! 385 de fecha 25 de marzo de 2002, de la Dirección GeneraKde Recursos Materiales<br />
y Servicios Generales, se realizó la entrega del diskette a los Miembros de este Comité, con las<br />
correcciones acordadas en el presente acuerdo. El Comité se dio por enterado, quedando<br />
concluido e! presente seguimiento.<br />
Acuerdo 06/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente iriformó que este acuerdo corresponde al Servicio<br />
'1<br />
%:y de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Elevadores Marca Internacional, solicitado por la Dirección<br />
de Operación y Servicios de la Dirección General Adjunta de Obras y Servicios, presentado para<br />
dictaminación del Comité en la Sesión Extraordinaria 02/2002, el cual se dio por aprobado, debiéndose<br />
presentar una ampliación de la justificación técnica en la que se aclaren las condiciones de entrega y la<br />
forma de pago que se propone tal como lo establece el Artículo 49 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, presentar el certificado actualizado<br />
expedido por Internacional de Elevadores de México, S.A. de C.V. en el cual le otorga a la empresa<br />
EHFA, S.A. de C.V. los derechos exclusivos de representación en México y cotización actualizada de la<br />
Empresa que se propone, así como el verificar con la Dirección General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto la partida presupuestal 3504, ya que la Representante de la Secretaría de<br />
Contraloría y Desarrollo Administrativo, propone se cambie por la 3503. Se informó que con oficio 333-<br />
473 de fecha 1 de abril de 2002, la Dirección de Operación y Servicios, envió la justificación técnica<br />
que incluye los preceptos de conformidad al Artículo 49 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios, en el mismo oficio dio a conocer la contestación de empresa Internacional<br />
de Elevadores de México, S.A. de C.V., respecto al certificado de derechos exclusivos, asimismo<br />
informó que la cotización se encuentra vigente, ya que en el texto de la misma se menciona la vigencia<br />
que es del 1 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2002. Por lo que respecta a la partida<br />
,^^^ presupuestaria a la cual deberá cargarse este servicio, la Dirección General de Programación,<br />
%?y Organización y Presupuesto, con oficio 346-VIII-831 de fecha 26 de marzo de 2002, realizó la consulta<br />
a la Dirección General de Programación y Presupuesto de Servicios. Se está en espera de recibir<br />
respuesta, en cuanto se obtenga, se hará del conocimiento de este Comité. El Comité se dio por<br />
V enterado, quedando pendiente este seguimiento para la próxima Sesión de Comité. ~<br />
'•\ Acuerdo 07/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde al Servicio<br />
•. de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Elevadores Marca Goldstar, solicitado por la Dirección de<br />
\ Operación y Servicios de la Dirección General Adjunta de Obras y Servicios, presentado para<br />
dictaminación del Comité en la Sesión Extraordinaria 02/2002, el cual se dio por aprobado, debiéndose<br />
presentar una ampliación de la justificación técnica en la que se adaren las condiciones de entrega y la<br />
forma de pago que se propone tal como lo establece el Artículo 49 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, presentar el certificado actualizado<br />
expedido por LG Industrial Systems Co., Ltd., en el cual le otorga a la empresa Sistema Industrial<br />
Coreano de México, S.A. de C.V. los derechos exclusivos de representación en México y la cotización<br />
\ actualizada de la Empresa que se propone, así como la verificación con la Dirección General de<br />
' \ Programación, Organización y Presupuesto respecto de la partida presupuestal 3504, ya que '^<br />
Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, propone se cambie por<br />
3503. vSe informó que con oficio 333-473 de fecha 1 de abril de 2002, la Dirección de Operación<br />
i oüvj. loe lili<br />
^<br />
14
f)<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAClf ^PA Y CTEDITO PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2t)02<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
15<br />
Servicios, envió la justificación técnica que incluye los preceptos de conformidad al Artículo 49 del '<br />
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; en el mismo<br />
oficio da a conocer la contestación de empresa LG Industrial Systems Co., Ltd., respecto aí certificado<br />
de derechos exclusivos, asimismo informó que la cotización se encuentra vigente, ya que en el texto de<br />
la misma se menciona la vigencia que es a partir del 1 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2002. Por<br />
lo que respecta a la partida presupuestaria a la cual deberá cargarse este servicio, la Dirección General<br />
de Programación, Organización y Presupuesto, con oficio 346-VIII-831 de fecha 26 de marzo de 2002, '<br />
realizó la consulta a la Dirección General de Programación y Presupuesto de Servicios. Se está en<br />
espera de recibir respuesta, en cuanto se obtenga se hará del conocimiento de este Comité. El<br />
Comité se dio por enterado, quedando pendiente este seguimiento para la próxima Sesión de<br />
Comité. '•<br />
Acuerdo 08/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde al Servicio<br />
de Telefonía Digital (Enlaces E1's, E1's PMP, EO's y DSO's), solicitado por la Dirección de Operación y<br />
Servicios, presentado para dictaminación del Comité en la Sesión Extraordinaria 02/2002, el cual se dio<br />
por aprobado, debiéndose agregar en el fundamento legal el Articulo 47 de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por tratarse de un contrato abierto, y eliminar la fracción<br />
I del Articulo 41 de la misma Ley, en el sustento para la decisión. En cuanto a la contratación y<br />
prestación de ios servicios se deberá realizar a partir de la fecha de dictaminación del Comité,<br />
asimismo se deberá de presentar una ampliación de la justificación en la que se aclaren las<br />
condiciones de entrega y la forma de pago que se propone, tal como lo establece el Artículo 49 del<br />
Reglamento de la Ley antes citada, de acuerdo con las observaciones del Órgano Interno de Control.<br />
Se informó que con oficio 333-473 de fecha 1 de abril de 2002, la Dirección de Operación y Servicios,<br />
envió la justificación técnica en la cual, en el fundamento legal se elimina la fracción I del Artículo 41 y<br />
se agrega el Artículo 47 de la Ley que se menciona, asimismo incluyó los preceptos de conformidad al<br />
Artículo 49 del Reglamento de la misma Ley. El Comité se dio por enterado, quedando concluido<br />
el presente seguimiento.—<br />
Acuerdo 09/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde al Servicio<br />
de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Elevadores Marca Otis, solicitado por la Dirección de<br />
Operación y Servicios de la Dirección General Adjunta de Obras y Servicios, presentado para<br />
dictaminación del Comité en la Sesión Extraordinaria 02/2002, el cual se dio por aprobado, debiéndose<br />
^J||k>resentar una ampliación de la justificación técnica en la que se aclare las condiciones de entrega y la<br />
^i^jforma de pago que se propone tal como lo establece el Artículo 49 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y presentar cotización actualizada de la<br />
. Empresa que se propone, así como la verificación en la Dirección General de Programación,<br />
A. Organización y Presupuesto la partida presupuesta! 3504, ya que la Representante de la Secretaría de<br />
• > Contraloría y Desarrollo Administrativo, propone se cambie por la 3503. Se informó que con oficio<br />
\ 333-473 de fecha 1 de abril de 2002, la Dirección de Operación y Servicios, envió la justificación<br />
\ técnica que incluye los preceptos de conformidad al Artículo 49 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, asimismo anexó cotización actualizada<br />
de la empresa Elevadores Otis, S. A. De C.V. y alcances técnicos del servicio. Por lo que respecta a la /<br />
partida presupuestaria a la cual deberá cargarse este servicio, la Dirección General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto, con oficio 346-VIII-831 de fecha 26 de marzo de 2002, realizó la consulta<br />
a la Dirección General de Programación y Presupuesto de Servicios. Se está en espera de recibir<br />
respuesta, en cuanto se obtenga se hará del conocimiento de este Comité. El Comité se dio por<br />
'\ enterado, quedando pendiente este seguimiento para la próxima Sesión de Comité. —r/^<br />
\ Acuerdo 10/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde a la Nd^a<br />
\ \ Informativa referente a las Adjudicaciones Directas del Sen/ício de Limpieza Integral y Habilitación, con \<br />
\ • las empresas Promociones Vap, S.A. de C.V., ADC Consultores y Servicios, S.A. de C.V. y Mac Cleark^y<br />
r<br />
I \^{
^J<br />
•<br />
SECRHARIA<br />
DE<br />
H
SECRETMQA<br />
OE<br />
HADENMVCRFDTO PUBJCO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
J7<br />
de la Dirección General Adjunta de Obras y Servicios, fundamentada en el Artículo 41 fracción V de la<br />
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la cual fue presentada para<br />
conocimiento de los Miembros del Comité en la Sesión Extraordinaria 02/2002. Por sugerencia del<br />
Representante del Órgano interno de Control en esta Secretaría, se solicitó a la Dirección de<br />
Operación y Servicios, presentara la justificación en la que se informe cuales fueron las causas que<br />
activaron (a hipótesis a que se refiere el Artículo 41 fracción V, de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se informó que con oficio 333-473 de fecha 1 de abril<br />
de 2002, la Dirección de Operación y Servicios, presentó la justificación técnica solicitada, con la cual<br />
se dio cumplimiento a este acuerdo. El Comité se dio por enterado, quedando concluido el<br />
presente seguimiento.<br />
S.- Informe del Primer Trimestre de 2002, de los asuntos dictaminados, así como los resultados<br />
generales de las adquisiciones, arrendamientos y servicios. »——<br />
El Presidente Suplente infonnó que en relación con este punto, se tienen algunas sugerencias hechas<br />
I por el Órgano Interno de Control referente a que los formatos presentados sean firmados por el<br />
Presidente del Comité y que se señale la fecha de entrega pactada en los casos 39, 40, 41, 42 y 43 del<br />
formato denominado "II Contratos que se Encuentran con Atraso en la Entrega o Prestación de<br />
ios Bienes o Servicios, así como las prorrogas otorgadas", toda vez que no se mencionan.<br />
Agregando que se tomaran en cuenta estas sugerencias para ser incluidas en dicho informe, y que el<br />
documento original lo firmara el C. Oficial Mayor, Presidente de este Comité, documento que se<br />
entregará en forma inmediata. '•<br />
El Arq. Andrés Méndez García, Representante de la Secretaria de Contraloria y Desarrollo<br />
Administrativo sugirió, que aun cuando no están consideradas en las disposiciones que rigen estos<br />
trámites se agregaran dos columnas en el formato "I Procedimientos de Contratación Dictaminados<br />
Favorablemente por el Comité, conforme al Artículo 41 de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público", una en la que aparezca la fecha en que se recibe<br />
la solicitud del área requeriente y otra con la fecha en la que se adjudica el bien o servicio, agregando<br />
que en cuanto a las penas convencionales, seria conveniente que sí ya están aplicadas o no, se<br />
elaboré una Nota Aclaratoria a este respecto, para ser presentada a este Comité.<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente, comentó que se harán las adecuaciones correspondientes, este<br />
mismo día, a este Informe Trimestral de las sugerencias del Órgano Interno de Control en esta<br />
jSecretaria y de las del Representante de la Secretaria de Contraloria y Desarrollo Administrativo, para<br />
ser presentado con las firmas correspondientes, en la siguiente Sesión del Comité, con lo que el<br />
informe que se entregaría en forma inmediata, con las modificaciones respectivas sugeridas por el<br />
Representante de la Secretaría de Contraloria y Desarrollo Administrativo, se modifica como queda<br />
asentado. Acuerdo 15/2002: El Comité se da por enterado, y por sugerencia del Representante<br />
de la Secretaría de Contraloria y Desarrollo Administrativo, se deberán agregar dos columnas<br />
en el formato (I), una con la fecha en que se recibe la solicitud del área requeriente y otra con la<br />
fecha en la que se adjudica el bien o servicio; en relación con las penas convencionales se<br />
deberá de presentar una Nota Aclaratoria señalando su seguimiento o su conclusión, asimismo<br />
se deberá de señalar la fecha de entrega pactada en los casos 39,40,41,42 y 43 del formato (II).<br />
\6.- Casos que se someten a dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios con<br />
fundamento en lo establecido por el Artículo 22, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos<br />
y Servicios del Sector Público:-—• ' /y<br />
6.1.- Excepción de Invitación a Cuando Menos Tres Personas para llevar a cabo procedimientos de<br />
Adjudicación Directa, • y.<br />
6.1.1.- Servicio de Alimentación al Personal Adscrito a la Subsecretaria de Egresos. ^ -/Á<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente informó que corresponde a la solicitud de excepción de invitación a<br />
cuando menos tres personas para llevar a cabo un procedimiento de adjudicación directa con '"•Oi<br />
^ >
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A **i>as^<br />
:
^ • .<br />
SECRHAfilA<br />
K<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002 , '<br />
19<br />
El Presidente Suplente informó que se tenian algunas sugerencias del Órgano Interno de Control en<br />
esta Secretaría, respecto a que la justificación se realice en apego a lo establecido en el Artículo 49 del<br />
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, solicitando al<br />
Lie. Alejandro Contreras Reding, Director Técnico Operativo de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público, una ampliación a la justificación de acuerdo a la sugerencia del Representante del Órgano<br />
Interno de Control, para ser presentada a este Comité. No habiendo ningún comentario más al<br />
respecto procedió con base en la anuencia del Comité, a dar por aprobado este servicio. Acuerdo<br />
17/2002: Aprobado, debiéndose presentar una ampliación de la justificación de acuerdo a lo<br />
establecido en el Artículo 49 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios del Sector Público. —<br />
6.2.- Excepción de Licitación Pública para llevar a cabo procedimientos de Adjudicación Directa, o<br />
Invitación a Cuando Menos Tres Personas. : •<br />
6.2.1.- Servicios de un Agente Colocador Global para la Enajenación de la Posición Accionaria del<br />
Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer. Dirección General de Crédito Público,<br />
Invitación a Tres Personas.— •<br />
El Presidente Suplente comentó que este caso se sometió a este Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios, en el año anterior, en ese entonces se planteó que no era materia del<br />
Órgano Colegiado, pero con la reforma que se hizo a la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2002,<br />
la cual incluye un apartado de Ingresos Netos es por lo que se vuelve a retomar. Se solicitó al<br />
Secretario Ejecutivo Suplente presentara el caso al Comité. : •.<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este caso corresponde a la solicitud de excepción de<br />
Licitación Pública para llevar a cabo un procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas,<br />
hecha por la Dirección General de Crédito Público, para la contratación de los Servicios de un Agente<br />
Colocador Global para la Enajenación de la Posición Accionaria del Gobierno Federal en Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer. El monto estimado en el formato tradicional de presentación de casos al<br />
Comité, no aplica para este servicio, por tratarse de una operación bajo el esquema de Ingresos Netos.<br />
El periodo de contratación seria de la fecha de adjudicación de contrato a la fecha de enajenación de<br />
las acciones o al 31 de diciembre de 2002, lo que ocurra primero, la solicitud de la Dirección General<br />
de Crédito Público se hizo mediante el oficio 305-062/2002 de fecha 1 de abril de 2002, se cuenta con<br />
los oficios 346-436 de fecha 1 de abril de 2002, de la Dirección General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto y el 311-A-846 del 1 de abril de 2Ó02, de la Dirección General de<br />
Programación y Presupuesto de Servicios, en los que se indica que la contratación de referencia debe<br />
realizarse bajo el esquema de Ingresos Netos a que se refiere el Artículo 14 de la Ley de Ingresos para<br />
el Ejercicio Fiscal 2002, por tal motivo el trámite se realiza sin contar con el documento de suficiencia<br />
presupuesta!, por no ser necesario, en virtud de que no se afecta el presupuesto. Se anexa la<br />
autorización para la contratación de un Agente Colocador firmada por el C. Secretario de Hacienda y<br />
Crédito Público. La fundamentación para la decisión se encuentra en los Artículos 19, 22, 25, 26, 40 y<br />
41 fracción III y X de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, asi como<br />
el 19 y 49 de su Reglamento, y el Articuló 14 de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2002, en<br />
. virtud de que existan circunstancias que puedan provocar perdidas o costos adicionales importantes<br />
\ debidamente justificados, y se trate de servicios de consultorias, asesorías, estudios e investigaciones<br />
cuya difusión pudiera afectar el interés público o comprometer información de naturaleza confidencial<br />
para el Gobierno Federa!. ^^<br />
El Presidente Suplente informó que se tenían sugerencias del Órgano Interno de Control en esta ^<br />
Secretaría, respecto a que la justificación se presente únicamente con la información de! caso que r}ós<br />
ocupa, que se realice en apego a lo establecido en el Articulo 49 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, An^endamientos y Servicios de! Sector Público, que sea firmada por el Titular del área<br />
usuaria de confonmidad con los Artículos 40 segundo párrafo de la Ley antes citada y 17 fracción V\
SECRHARIA<br />
DE<br />
HACIENS» Y CBFPn-Q PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
Inciso D de su Reglamento, que se acrediten claramente los criterios de economía, eficacia,<br />
imparcialidad y honradez a que se refiere el pán-afo tercero del Artículo 134 Constitucional y el párrafo<br />
segundo del Artículo 40 de la Ley ya mencionada, que en el servicio que se propone contratar se pacte<br />
lo establecido en el párrafo primero del Artículo 44 de la Ley, de no ser así se señalen cuáles son las<br />
causas que lo Impiden, que se presenten los criterios para la selección de los agentes a invitar en el<br />
procedimiento que se propone, que se informe a este Órgano Colegiado, cuáles son los criterios de<br />
evaluación de las propuestas técnicas y económicas a establecerse en las bases de la invitación, asi<br />
como la forma de pago y el procedimiento de penalización en caso de atraso, que se desarrolle un<br />
modelo de contrato, a efecto de que sea agregado en la bases de la invitación. Solicitando a la Dra.<br />
Silvia Rocha Torres Representante de la Dirección General de Crédito Público, diera respuesta a estas<br />
sugerencias. '•<br />
La Dra. Silvia Rocha Torres Representante de la Dirección General de Crédito Público, comentó que<br />
muchas de estas sugerencias del Órgano Interno de Control, serán informadas en sesiones posteriores<br />
de este Comité, porque van a estar ubicadas en las bases de invitación y en el modelo de contrato que<br />
se va a elaborar, por ejemplo se tiene algunas de ellas, como son los criterios de evaluación para las<br />
propuestas técnicas y económicas, el desarrollo del modelo de contrato y los criterios para la selección<br />
del servicio, éso se puede informar, y una vez que sea aprobado se procederá a incorporaria en la<br />
documentación que se elabore para este caso. También hay otros que ya fueron analizados en las<br />
Sesiones anteriores de este Comité, se tiene inclusive el oficio de la Secretaria de Contraloría y<br />
Desarrollo Administrativo en el que se dice que estos puntos ya fueron atendidos, por ejemplo los<br />
referidos a que si ya se aclararon los criterios de economía, eficiencia, imparcialidad y honradez del<br />
Artículo 134 Constitucional y si se están cumpliendo los requisitos establecidos en el Reglamento,<br />
como: cuál es el precio, cuál es la distribución del producto, y demás. Hay dos que quisiera comentar,<br />
señalo, el primero es respecto a que se presente la justificación únicamente con el caso que nos .<br />
ocupa, no sé si se refiere a que estamos citando los antecedentes de las Sesiones anteriores o a<br />
algunas precisiones de cuales son algunos de los procedimientos de la venta de las acciones, si se<br />
refiere a los antecedentes de las Sesiones anteriores, creemos que sí es importante marcados, porque<br />
este asunto que se ha estado presentando varias veces y como primer antecedente, tenemos que se<br />
había dicho que en este .Comité nada más se iba a tomar nota, independientemente de eso se<br />
analizaron cada una de las observaciones que en su momento se habían hecho por él Órgano Interno<br />
'de Control, por eso se,consideró presentar estos antecedentes, el segundo punto que quisiera<br />
comentar es el que se refiere a que el contrato se pacte a precio fijo, ya se había conientado que eso<br />
no era posible, porque esto dependía del mecanismo de ingreso neto, también de la practica que<br />
utilizaban los agentes colocadores para la colocación de las acciones y la participación de los propios<br />
]<br />
inversionistas en la compra de las acciones. •.<br />
\<br />
La C.P. Aída Amanda Córdova Chávez Titular del Órgano Interno de Control en la Secretaria de<br />
Hacienda y Crédito Público, comentó que estaba de acuerdo en la información que ofreció presentar la<br />
Representante de la Dirección General de Crédito Público, en cuanto a la justificación lo que se sugiere<br />
es que si se trata de dos contratos diferentes se tenga una justificación para cada caso, en lo que se<br />
refiere a precio fijo, no sabemos si se pudiera establecer algún porcentaje sobre la venta de las<br />
acciones. • • ••<br />
^<br />
''"^<br />
I<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Público comentó a lo señalado por la Contralora, j '<br />
que sería muy difícil, se tiene el porcentaje de las acciones que se van a vender que es un 49% de las ''\<br />
acciones, pero va a depender del lugar donde se coloquen, que puede ser en México, Estados Unido^<br />
!\ o Europa, dependiendo de lo que va a hacer el agente colocador. ; :—<br />
• La Titular del Órgano Interno de Control en esta Secretaria, comentó que el precio es muy importante<br />
, en los criterios de asignación, y se precisa saber cuales son los criterios bajo los cuales se van a \<br />
asignar, sabemos de algunos que estuve comentado con el Director General de Crédito Público, y esa&v.>A<br />
^<br />
/<br />
20
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
SECfin*RlA<br />
DE<br />
HACiEN-OA Y cREtirro PUBLICO<br />
son las cosas que se requiere que queden muy claras para que se vea transparente el proceso, si no<br />
es posible un porcentaje fijo, por lo menos mencionar un estimado, y si se tienen otros criterios de<br />
asignación que sean muy Importantes para la Secretaría, que se mencionen.<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que en caso de<br />
que no sea factible poner estos porcentajes que se van a pagar, y como es algo muy Importante se<br />
podrían poner en las invitaciones que se hagan, o como un criterio de evaluación de que el proveedor<br />
que oferte el porcentaje más bajo, sería al que se le asignaría este servicio. •<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Público, comentó que lo que se podría entregar al<br />
Comité es un estimado de cómo se presenta esto en las practicas de mercado, en cuanto a los criterios<br />
de evaluación ya tenemos desarrollados algunos y se podría presentar.<br />
La Titular del Órgano Interno de Control en esta Secretaría, comentó que no sabia si con la<br />
modificación de la Ley de ingresos, el costo del servicio ya no es tan importante y pasa a un segundo<br />
lugar, porque en el ejercicio de ingresos netos los críteríos son otros, porque lo que la realidad interesa<br />
'^'^ el concepto de Ingresos Netos.—- : •<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, preguntó que si el año<br />
pasado que se analizó este caso, se presentaron por el área requirente íos criterios establecidos en el<br />
Artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público a que se ha<br />
referido el órgano Interno de Control en esta Secretaría, porque en los antecedentes que se presentan<br />
en esta carpeta no vienen. En el caso de que fuera aprobado este servicio, quedaría sujeto a que<br />
fueran desan-ollados estos criterios en la justificación para ser presentados en este Comité.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Público, comentó que sí estaban desan-ollados,<br />
están incluidos en la carpeta del Comité pero que no hay inconveniente en volver a presentarlos. .<br />
I<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que la Comisión<br />
Intersecretarial de Gasto Financiamiento, emitió una resolución en la fecha que marca el oficio de la<br />
página señalada con folio 141 y, a reserva de lo que opine la Procuraduría Fiscal, determinar si todavía<br />
son validos estos acuerdos que se dieron en el ejercicio anterior o, en todo caso informarte a la<br />
Comisión correspondiente para que ratifique o rectifique estos acuerdos.<br />
El Lie. Alejandro Baca Pasos, comentó que la competencia, en su caso, del Comité de Adquisiciones,<br />
An-endamientos y Servicios de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para conocer sobre<br />
estos asuntos corresponde determinaría a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo y, es<br />
responsabilidad de los Miembros de este Comité conjuntamente con los Asesores de la Secretaría de<br />
Contraloría y Desarrollo Administrativo el determinar si las contrataciones que somete a consideración<br />
de la Dirección General de Crédito Público cumplen o no con los requisitos establecidos en la Ley de<br />
Adquisiciones , Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, la Ley de Ingresos, el<br />
Presupuesto de Egresos de la Federación para este Ejercicio y demás Normativa que resulte aplicable<br />
a los casos referidos, de lo cual dependerá la aprobación correspondiente. Ahora bien cabe mencionar<br />
que al tratarse de contrataciones cuyo objeto es diverso, esto es, por una parte los servicios de un<br />
\, Despacho Jurídico y por otra las de un Agente Colocador Global, se recomienda que deberá<br />
elaborarse una solicitud individual por cada una de las contrataciones mencionadas, no en forma<br />
•^. conjunta como actualmente se contempla en el oficio por parte de la Dirección General de Crédito<br />
\ Público presentado ante el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales y<br />
Presidente Suplente de este Comité, mediante oficio No. 305-062-2002 de fecha 1 de abril de 2002, y<br />
que obra agregada a las fojas 141 al 152 de la carpeta de esta Sesión. Lo anterior en razón de que los<br />
\ servicios del Despacho Jurídico serán con cargo al presupuesto de la partida de Asesorías, Estudios e<br />
i \ Investigaciones y la del Agente Colocador se realizaría bajo el mecanismo de ingresos netos aunado<br />
que los antecedentes para cada contratación son distintos. Que por lo que respecta al acuerdo que,en<br />
el año 2001 emitió la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, relacionado con este asunto,<br />
cab^ mencionar que dicha Comisión solamente se limita a tomar nota del proceso que instrumentaba<br />
^f /<br />
21
•^<br />
SECRHARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CREPITO PUB'.ICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
la Dirección General de Crédito Público, ya que no se encuentra en él ámbito de su competencia el<br />
emitir dictamen, por lo que se reitera que el acuerdo en mención es solamente un antecedente, ya que<br />
la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento únicamente toma'conocimiento sin prejuzgar ni<br />
convalidar el proceso de enajenación de acciones de la serie "O" que tiene el Gobierno Federal y del<br />
Grupo Financiero BBVA Bancomer. '• __<br />
El Presidente Suplente sugirió al Comité los aprobaran, siempre y cuando se dé atención y seguimiento<br />
por parte de la Dirección General de Crédito Público, a las sugerencias planteadas por la Titular del<br />
Órgano Interno de Control y el Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo<br />
Administrativo. No existiendo comentario adicional alguno por parte de los Miembros del Comité, lo<br />
aprobó en los términos propuestos. Acuerdo 18/2002: Aprobado, debiéndose presentar una<br />
Justificación exclusivamente para el Servicio de un Agente Coiocador Global para la<br />
Enajenación de la Posición Accionaria del Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA<br />
Bancomer, en la que se especifique que se dio cumplimiento al desarrollo de las características<br />
señaladas en el Artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector<br />
Público. Asimismo, deberán presentar los criterios de evaluación que se establecerán en las<br />
bases, para llevar a cabo este procedimiento. '•<br />
6.2.2,- Contratación de los Servicios del Despacho de Abogados Cleary Gottiies Steen & Hamilton.<br />
Dirección General de Crédito Público. Adjudicación Directa. '• '•—<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este caso corresponde a la solicitud de excepción de<br />
Licitación Pública para llevar a cabo un procedimiento de adjudicación directa para la Contratación de<br />
los Servicios del Despacho de Abogados Cleary Gottiies Steen & Hamilton, solicitado por la Dirección<br />
General de Crédito Público, con un monto estimado de $17'391,304.00 más IVA. El periodo de<br />
contratación sería a partir de la dictaminación del Comité y hasta el 31 de diciembre de 2002, la<br />
solicitud de la Dirección General de Crédito Público se presentó mediante el oficio 305-062/2002 de<br />
fecha 1 de abril de 2002; se cuenta el oficio 346-383 de fecha 8 de marzo de 2002, de autorización<br />
presupuestal de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto. La<br />
fundamentación para la decisión se encuentra en los Artículos 19, 22, 24, 25, 26, 40 y 41 fracción III y<br />
X de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como en el 19 y el 49<br />
de su Reglamento, en virtud de que existan circunstancias que puedan provocar perdidas o costos<br />
adicionales importantes debidamente justificados, y se trate de servicios de consultorias, asesorias,<br />
'estudios e investigaciones cuya difusión pudiera afectar el interés público o comprometer información<br />
de naturaleza confidencial para el Gobierno Federal, se presenta la autorización del C. Secretario de<br />
Hacienda y Crédito Público contenida en el artículo 19 de la Ley de la materia.<br />
El Presidente Suplente comentó que se tenían sugerencias del Órgano Interno de Control en esta<br />
Secretaría, respecto a que la justificación de la Dirección General de Crédito Público se presente<br />
únicamente con la información del caso que nos ocupa, y que se realice en apego a lo establecido en<br />
el Artículo 40 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector<br />
Público, que sea firmada por el Titular del área usuaria de conformidad con los Artículos 40 segundo<br />
párrafo de la Ley antes mencionada y 17 fracción V, inciso D de su Reglamento; que se acrediten<br />
V claramente los criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, a que se refiere el<br />
\ párrafo tercero del Artículo 134 Constitucional y el párrafo segundo del Artículo 40 de la Ley ya<br />
mencionada, que el servicio que se propone contratar se pacte a precio fijo, en términos de lo<br />
dispuesto en el párrafo primero del Artículo 44 de la Ley antes citada. De no ser así, se señalen<br />
I cuales son las causas que lo impiden, que se observe lo establecido en los Artículos Sexto fracción X y'<br />
II del Acuerdo que establece las disposiciones de ahorro en la Administración Pública Federal para el/<br />
;', Ejercicio Fiscal 2002, y 19 de la Ley mencionada, que se indique que no existe o se han desarrolladg!. ^<br />
trabajos similares en la Dependencia de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 19 párrafo primero<br />
de Ja Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que prevea se preciser<br />
• / s<br />
22
i-y<br />
SECRETARIA<br />
OE<br />
HtCJENDA Y CFDrro PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISiaONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
23<br />
presenten a este Órgano Colegiado los alcances de los servicios que proporcionará el Despacho, que<br />
se presente la cotización en papel membretado del mismo Despacho en el que se observe claramente<br />
el precio ofertado, periodo de prestación del servicio, características del servicio a otorgar, etc., en<br />
virtud de que en la contratación directa o adjudicación directa de un contrato administrativo, como es el<br />
caso, la designación del cocontratante por parte de la Administración Pública en el caso la Secretaría<br />
de Hacienda y Crédito Público, sin mediar el procedimiento de Licitación Pública y por consiguiente la<br />
ausencia de la concurrencia y competencia de potenciales cocontratantes, se materializa mediante<br />
estudio de mercado, consultas, cotizaciones y sondeos. Se solicitó a ia Representante de la Dirección ><br />
General de Crédito Público, diera respuesta a estas sugerencias del Órgano Interno de Control.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Público, comentó que se elaborará la justificación<br />
correspondiente como se mencionó en el caso anterior, elaborándolas por separando, donde se<br />
observen con más detalle los criterios de evaluación, y donde se indique que no existe o se han<br />
k desarrollado trabajos similares en la Secretaría, también se pediría la cotización en papel membretado<br />
como lo solicita el Órgano Interno de Control, hay un punto importante que se menciona que es el que<br />
se pacte al precio fijo, sobre el particular añadió la citada representante que se anexo la tabla de la<br />
tarifa que se cobra por hora, en el Despacho de referencia pero esto depende de las horas que se<br />
ocupen en el desarrollo del trabajo.<br />
El Representante de la Secretaria de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que ahí no hay<br />
problema porque se establece desde el inicio las tarifas por hora/hombre que cobra el Despacho.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Publico comentó que el Despacho hace ajustes a<br />
sus tarifas anualmente. •.<br />
El Representante de la Secretaria de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que debía<br />
tenerse presente que las tarifas cubrirían la actividad del Despacho para el año 2002. :<br />
La Titular del Órgano Interno de Control en esta Secretaría en uso de la palabra señaló, que la tabla de<br />
tarifa de costos que se presenta en la página con folio 181 es un fax que no tiene membrete y la<br />
persona que la firma no esta identificada, sería conveniente se presentará un escrito con el membrete<br />
del Despacho y la firma identificada. •- •<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Publico comentó que no existe ningún problema<br />
que se pediría al Despacho este escrito en papel membretado.—<br />
^El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que no queda<br />
íHPdaro lo que menciona la página con folio 143 en el penúltimo párrafo, que dice: "...En caso de<br />
presentarse una controversia entre él Gobierno Federal y BBVA Bancomer, el despacho de Abogados<br />
CGSH podría excusarse para patrocinar al Gobierno Federal en procedimientos jurídicos relativos a<br />
dicha controversia, por lo que esta Secretaria estaría en posibilidad de contratar a otro despacho de<br />
abogados para representarla en la eventual disputa...", la pregunta es, a parte de que se aclare esto, si<br />
esta situación se presentara, representaría un costo adicional para la Secretaria, en el caso de que<br />
tuviera que recurrír a otro despacho para su solución. •.—•.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Publico aclaró, que se está proponiendo que el<br />
Despacho Jurídico sea abogado tanto del Gobierno Federal como de BBVA Bancomer, por la y<br />
-. experiencia que tiene el mismo ai haber estado involucrado en la venta de las acciones, y ser abogado /><br />
\de las dos partes; si llegara haber alguna desavenencia entre el Gobierno Federal y BBVA Bancomer, /,'<br />
respecto a algún punto vinculado con la venta de las acciones, no podríamos utilizar al mismo /<br />
abogado, tendría que ser un tercero el que nos ayudara a solucionar el conflicto, ya que la mayor parte '/<br />
de la información que tiene que preparar el Despacho es con información que le esta dando BBVA y<br />
V4&/<br />
Bancomer, en realidad es muy remota la posibilidad de un conflicto, pero si llegara a darse no podemos N<br />
decir que el Despacho nos vaya a preferir a nosotros o a BBVA Bancomer, por eso es que se propone<br />
Xintervenga un tercero. •. • : j<br />
El Presidente Suplente sugirió se diera por aprobado solicitando a la Dirección General de Crédi<br />
V
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAciFNDA V csrprro PU8L ico<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
2 4<br />
• ^<br />
Público, se dé atención a las sugerencias planteadas por la Titular del Órgano Interno de Control y el<br />
Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo. No existiendo comentario<br />
adicional alguno por parte de los Miembros del Comité, procedió a darse por aprobado. Acuerdo<br />
19/2002: Aprobado, debiéndose presentar una justificación exclusivamente para la Contratación<br />
de los Servicios del Despacho de Abogados Cleary Gottiies Steen & Hamilton, en la que se<br />
especifique lo relativo a las características que deben cumplirse según el I Artículo 40 de la Ley<br />
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, asi como presentar<br />
cotización, tabla de tarifas por hora de los abogados o socios del Despacho a contratar y los<br />
alcances del servicio en papel membretado de la Empresa que se propone, con firma<br />
identificada de quien lo suscriba.<br />
6.2.3.- Servicio de Boletos de Avión. Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.<br />
Invitación a Tres Personas.<br />
^ £1 Secretario Ejecutivo Suplente, informó que este caso corresponde a la solicitud de excepción de<br />
Licitación Pública para llevar a cabo un procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas,<br />
para la contratación del Servicio de Transportación Aérea, solicitado por la Dirección Generales de<br />
Recursos Materiales y Servicios Generales, por un importe estimado de $24'000,000.00. El periodo de<br />
contratación seria a partir de la formalización del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2003, la<br />
solicitud de la Dirección General Adjunta de Control, Planeación y Sistemas de la Dirección General de<br />
Recursos materiales y Servicios Generales, se hizo mediante el oficio 321-A-232 de fecha 4 de abril de<br />
2002, la fundamentación para la decisión se encuentran en los Artículos 22, 24, 25, 26,40 y 41 fracción<br />
III y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 19 y 49 de su<br />
Reglamento. • • —<br />
^.^<br />
El Presidente Suplente informó que se tienen sugerencias del Órgano Intemo de Control en esta<br />
Secretaría, respecto a que se agregue en la justificación como fundamento legal el Artículo 49 del<br />
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que se<br />
observe oportunamente el Artículo sexto fracción IV del Acuerdo que establece las disposiciones de<br />
Ahorro en la Administración Pública Federal para el Ejercicio Fiscal 2002, agregando que el Artículo<br />
sexto fracción IV, habla de la imposibilidad de viajar en primera clase, lo que desde luego se atenderá<br />
incluyendo las excepciones a que hace referencia el propio Artículo.<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo preguntó que cuáles son<br />
l
SEcnnARiA<br />
OE<br />
HACIENDA Y CrCTO PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
El Director General Adjunto de Control, Planeación y Sistemas, contestó que es para que no se<br />
presenten agencias de viajes, ya que lo que se pretende es evitar los mismos problemas que se tiene<br />
ahora con TURISSSTE, y así evitar un Intermediario y ganar con las economías de escala.<br />
El Representante de la Secretaria de Contraloria y Desan-ollo Administrativo sugirió la posibilidad de<br />
manejar dos partidas, una para vuelos nacionales y otra para vuelos internacionales, porque no todas<br />
las líneas aéreas nacionales tienen la cobertura que requiere la Secretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público. —'• '•<br />
El Presidente Suplente, comentó que las líneas aéreas tienen convenios en ios que si la Empresa que<br />
da el servicio, no tienen el vuelo para donde uno lo requiere, utilizan la otra línea aérea que tenga<br />
autorizado dichos vuelos. '• •—<br />
El Presidente Suplente, informó que el tramite a realizar se esta identificando con el realizado por el<br />
Sistema de Administración Tributaria el año inmediato anterior.<br />
I El Representante de la Secretaría de Contraloria y Desarrollo Administrativo, comentó que el Sistema<br />
de Administración Tributaria es otra cosa, por que ellos compran un gran volumen y las condiciones<br />
cambian. • • -.<br />
El Director General Adjunto de Control, Planeación y Sistemas, comentó que las líneas aéreas saben<br />
que el Servicio de Administración Tributaria es parte de la Secretaria de Hacienda y por lo tanto nos<br />
tienen que presentar los mismos beneficios.<br />
El Presidente Suplente sugirió se diera por aprobado tomando en consideración las sugerencias del<br />
Representante de la Secretaría de Contraloria y Desarrollo Administrativo y del Órgano de Control<br />
Interno en esta Secretaria. No existiendo ningún comentario más al respecto por parte de los<br />
Miembros del Comité, se procedió a dario por aprobado. Acuerdo 20/2002: Aprobado, debiéndose<br />
presentar una ampliación de la justificación en la que se considere el Artículo 49 del<br />
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y por<br />
sugerencia del Representante de la Secretaría de Contraloria y Desarrollo Administrativo este<br />
servicio deberá observar dos partidas, una para tos viajes nacionales y otra para los<br />
Internacionales.<br />
7.-Asuntos Generales.<br />
7.1.- Nota Informativa Programa Anual de Adquisiciones. Se Anexó diskette.-<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente informó que en esta Nota Informativa se hace del conocimiento de los<br />
iMiembros de este Órgano Colegiado que, conforme lo establece el Artículo 21 dp la Ley.de<br />
^ Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Dirección General de Recursos<br />
Materiales y Servicios Generales, procedió a la elaboración del Programa Anual de Adquisiciones para<br />
el presente Ejercicio, con la información proporcionada por las Unidades Administrativas de la<br />
\ Secretaria de Hacienda y Crédito Público, incluida en el "Sistema del Programa Anual de<br />
\\ Adquisiciones" procedimiento mediante el cual se integró dicho programa anual, con los datos que<br />
\ cada responsable en la Secretaria aportó en dicho sistema. Por lo anterior, mediante oficio 378-370 de<br />
^. fecha 25 de marzo de 2002, se remitió a la Secretaria de Economía el "Programa Anual de<br />
Adquisiciones" de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, considerando la información antes<br />
señalada. Se anexa oficio y diskette con los antecedentes que se enviaron a la Secretaria de<br />
^ Economía. El Comité se da por enterado, sin comentario adicional.<br />
I', No habiendo otro asunto que tratar se dio por concluida la presente Sesión a las 11:35 horas, del día<br />
i de la fecha de su celebración, firmando para constancia los que en ella intervinieron.- ••• • —<br />
25<br />
4<br />
I
v\<br />
^<br />
SeOtrARlA DE I<br />
HAOENDA Y<br />
ataño púsiicn 1<br />
ATENTA NOTA<br />
PARA ¡Uc)siLVIA ROCHA TORRES<br />
MDIréctora General Adjunta de Procedimientos<br />
Legales de Crédito.<br />
DE JUAN MANUEL CONTRERAS STRAFFON<br />
OFICIALÍA MAYOR V ^<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS<br />
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES<br />
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE<br />
ADQUISICIONES Y CONTRATACIÓN DE<br />
SERVICIOS<br />
SUBDIRECCIÓN DE COMITÉ DE<br />
ADQUISICIONES.<br />
15 DE MAYO DEL 2002<br />
ASUNTO.- SE INFORMA CON RESPECTO A LOS<br />
ACUERDOS DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES<br />
EN LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS 03 Y<br />
04 DEL 2002<br />
m Por instrucciones del Lie. José Luis García Ramos L: Director General Adjunto de Adquisiciones y Contratación<br />
y de Servicios, me permito informar a usted con respecto del Acta de la sesión extraordinaria 03/2002 del Comité<br />
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, celebrada el 8 de abril de 2002, sesión en la que se presentaron<br />
ios casos de excepción de la Dirección General de Crédito Público.<br />
• Con oficio 352-A-378-412 de fecha 4 de abril de 2002, se envió al Director General de Crédito Público,<br />
la invitación junto con la carpeta del Comité, para contar con su asistencia a la sesión extraordinaria<br />
03/2002 del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. (ANEXO 1), a fin de plantear la<br />
solicitud de excepción de licitación de 2 contratos de Servicios Profesionales.<br />
• En la carpeta del Comité señalada en el punto anterior, en la pagina numero de folio 159 se encuentra<br />
la cédula que se sometió a consideración del Comité, la cual fue aprobada, en la que se señala el<br />
monto estimado para la contratación del Servicio de Despacho de abogados. (ANEXO 2)<br />
• Con oficio 352-A-378-470 de fecha 17 de abril de 2002, se envió al Director General de Crédito Público,<br />
la invitación junto con la carpeta del Comité, para contar con su asistencia a la siguiente sesión<br />
extraordinaria 04/2002 del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. (ANEXO 3)<br />
• En la carpeta del Comité señalada en el punto anterior, en las páginas con número de folio 10 al 25 está<br />
el Acta de la Sesión Extraordinaria 04/2002, misma que fue aprobada por los miembros de éste Comité<br />
sin observaciones.(ANEXO 4)<br />
Lo anterior se hace de su conocimiento a efecto de que si existe aclaración sobre los Acuerdos dictaminados<br />
por el pleno del Comité, lo haga saber para presentarlo en la próxima sesión del Comité de Adquisiciones, que<br />
será el 17 de mayo de' 2002.<br />
AT<br />
SH DIRECCIÓN GENERAL<br />
Q p DE CRÉDITO PUBLICO<br />
ix HAYO 16 2002 ^<br />
DIRECCIOiNi GENERAL ADJUNTA<br />
DE PROCEDIMIENTOS LEGALES<br />
DE CRÉDITO<br />
C.C.P. Lie. JOSÉ LUIS GARCÍA RAMOS L.-Director General Adjunto de Adquisiciones y Contratación de<br />
Servicios.-Presente,.-Para su Conocimiento.
^<br />
H>Ce^<br />
ACT. ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />
Director General de Crédito Púbiñico<br />
Palacio Nacional oficina 3010<br />
Presente.<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS<br />
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES<br />
378.-412<br />
Asunto: Se informa la celebración de la Sesión<br />
Extraordinaria 03 del Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios.<br />
México, D.F.. 04 Abril de 2002.<br />
De conformidad con lo señalado en el Capitulo Segundo Artículo 17 fracción IV del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Sesión Extraordinaria 03/2002 del Comité de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de esta Secretaría, se llevará a cabo el lunes 8 de abril de 2002, a<br />
las 10:00 horas, en la sala de juntas de la Ofícialia Mayor, el presente citatorio se hace con base en la<br />
delegación de funciones establecidas por el C. Oficial Mayor en su oficio número 103.-266 de fecha 7 de mayo<br />
de 2001.<br />
Por lo anterior se infonma que la Sesión Ordinaria 03 de este Comité programada para celebrarse ei pasado 27<br />
de Marzo de 2002 queda sin efecto, abriéndose el procedimiento para la sesión extraordinaria señalada.<br />
Agradezco la atención que merezca esta comunicación.<br />
^ ^ mts X í' • • "<br />
I I m A 2002" j<br />
Atenta nve^ t e.<br />
E* SUFRAGIO EFECTIVO: NO REHÍfeCCiON<br />
\ El PresidenteSuplentexíelCorriiJá^eAdquisiciones,<br />
Arrend^prnentos y^^^icios,<br />
O-ic. ifermo I. González Avila.<br />
c.c.p.- Lie. José Luis García Ramos L.- Director General Adjunto de Adquisiciones y Contratación de Servicios.<br />
Edi/icio "C" 2* Piso, Conjunto la Virgen.- Para su conocimiento.<br />
GIGA'JLGRL'JS ?'amoy<br />
O'<br />
^5
3ION EXTRAOROnfARIA: 3/20O2<br />
COBOTÉ DE i VSICIONES, ARRENDAMIENTOS Y S ^I< CIOS<br />
SO QUE SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES,<br />
ÍENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.<br />
FECHA DE SESIÓN: 8 DE ABRO, DE 2003<br />
SOUCITA AL COMITÉ LA DICTAMINACIÓN DE EXCEPCIÓN DE LICITACIÓN PÜBUCA NACIONAL PARA LLEVAR A CABO UN PROCESO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA<br />
AHTIDAD<br />
imiDAO DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO MONTO<br />
ESTIMADO<br />
SERVICIO CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS<br />
DEL DESPACHO DE ABOOAOOS<br />
*17-39I,3O4.00<br />
UABI.VJÍ<br />
CLEARY<br />
HAMILTON<br />
GOTTLIEB STEEN
SESIÓN EXTRAORDINARIA: 3/2002<br />
,/S<<br />
COMITÉ Bt. ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS l SERVICIOS<br />
CASO QUE SE SOMETE A CONSIDERACIÓN DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES.<br />
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBUCO.<br />
'-ÜÁ<br />
FECHA DE SESIÓN: 8 DE ABRO. DE 2003<br />
SE SOLICITA AL COMITÉ LA DICTAMINACIÓN DE EXCEPCIÓN DE LICITACIÓN PÚBUCA NACIONAL PARA LLEVAR A CABO UN PROCESO DE ADvIUDICACIÓN DIRECTA<br />
CASOHo<br />
11
.^JlOOOS<br />
SECRETARIA<br />
D£<br />
H>CI£NOA Y CREDaO PUBLICO<br />
U<br />
t /<br />
ACT. AI^NSO G)^RCf A'TAMES<br />
DirectorGenéü^ftde'^rldito Público<br />
Palacio.Na^ioW oficina 3010<br />
Presáicpfe. f<br />
/<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS<br />
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES<br />
378/ 47U<br />
\y:<br />
Asunto: Se. informa la celebración de la Sesión<br />
Extraordinaria 04 del Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios.<br />
México, D.F... 17 ABR. 2002<br />
De conformidad con lo señalado en el Capitulo Segundo Artículo 17 fracción IV del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Sesión Extraordinaria 04/2002 del Comité de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de esta Secretaría, se llevará a cabo el viernes 19 de abril de 2002,<br />
a las 10:00 horas, en la sala de juntas de la Oficialía Mayor, el presente citatorio se hace con base en la<br />
delegación de funciones establecidas por el C. Oficial Mayor en su oficio número 103.-266 de fecha 7 de mayo<br />
de 2001.<br />
Agradezco la atención que merezca esta comunicación.<br />
Atentam en t<br />
SUFRAGIO EFECTIVO^>JO<br />
Presidente Suplente del
MSAOas^<br />
SECRETARIA<br />
CE<br />
HACIENDA Y CREDiTO PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA 03/2002<br />
En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las diez horas del día 8 de abril del año dos mil dos,<br />
en la Sala de Juntas de la Oficialía Mayor, ubicada en Ban-anca del Muerto No. 275-2°. Piso, Col. San<br />
José Insurgentes, se reunió el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, para celebrar la<br />
Sesión Extraordinaria número tres, con la asistencia y participación de los siguientes Servidores<br />
Públicos:<br />
CARGO<br />
Presidente Suplente<br />
Secretario Ejecutivo Suplente<br />
Vocal Suplente<br />
I Vocal Titular<br />
Vocal Titular<br />
Vocal Suplente<br />
%<br />
\<br />
NOMBRE Y FIRMA<br />
Lie. Guillermo I. González Avila<br />
Director General de Recursos<br />
Materiales y Servicios Generales.<br />
Lie. José Luis García Ramos L.<br />
Director General Adjunto de<br />
Adquisiciones y Contratación de<br />
Servicios..<br />
Lid Alfredo Hernándfez Sánchez Mejorada<br />
Representante de la Dirección General de<br />
Programaciófí^ Organización y Presupuesto<br />
Líe. Edua<br />
Repre<br />
Ingresos<br />
\<br />
Ópez Velázquez<br />
de la Subsecretaría de<br />
Lie. Alejandro Contreras Reding<br />
Director Técnico Operativo de la<br />
Subsecretaría de Hacienda y<br />
Crédito PL<br />
Rodolfo E. Márq<br />
Representante de la<br />
Operativa de la<br />
ocha<br />
lireeeión Técnica<br />
de la Federación.<br />
10
M»^^^<br />
SECRETARIA<br />
OE<br />
HACIENDA Y CREPITO PUBLICO<br />
Vocal Suplente<br />
Vocal Titular<br />
m Vocal Titular<br />
Vocal Titular<br />
m Asesor<br />
Asesor<br />
Asesor<br />
iv<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
CP7R\cafSQMrf(ó\dan García<br />
Representante de la Dirección Técnica<br />
Operativa de la Procuraduría Fiscal de la<br />
Federación.<br />
Lie. Arturo Sosa Viderique<br />
Director Técnico Operativo de la^<br />
Subsecretaría de<br />
Lie. L\<br />
Director \aeMJD0ra(S(óiys^"Brvicios,<br />
Direcció\\3«j5i¿|?Kie Recursos<br />
MaterialesVservicipa^enerales.<br />
Relación de Servidores Públicos con derecho a voz que asistieron a la<br />
Sesión Extraordinaria No. 03/2002<br />
f.<br />
Arq. Andrés Méndez García<br />
Representante de la Secretaría de<br />
Contraloría y Desarrolld Administrativo.<br />
C.P. Aída Amanda Córdova Chávez<br />
Titular del Órgano Interno de<br />
Control en la Secretaría de Hacienda<br />
y Crédito Público<br />
Lie. Alejandrd^Bacá Pasos<br />
Representante de la Subproeuraduría<br />
Fiscal Federal de Legislación y Consulta,<br />
Procuraduría Fiscal de fa Federación.<br />
•><br />
11
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CREPITO PUBLICO<br />
Invitada<br />
A continuación se dio lectura al Orden del Día.<br />
1-<br />
1.1.<br />
2.-<br />
3.-<br />
4.-<br />
5.-<br />
6.-<br />
6.1.-<br />
6.1.1.<br />
6.1.2.<br />
6.2-<br />
6.2.1.<br />
6.2.2.<br />
Lista de asistencia.<br />
Determinación de Quorum legal.<br />
Aprobación del Orden del Día.-<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
Dra. Silvia Rocha Torres<br />
Directora General Adjunta de<br />
Procedimientos Legales de Crédito de la<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
Lectura y Aprobación del Acta de la Sesión Extraordinaria 02/2002 de fecha 20 de marzo de<br />
2002<br />
Seguimiento de Acuerdos de la Sesión Anterior. —<br />
Informe Trimestral (Primer Trimestre de 2002), de los asuntos dictaminados, así como los<br />
resultados generales de las adquisiciones, arrendamientos y servicios. : •<br />
Casos que se someten a dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios<br />
con fundamento en lo establecido por el Artículo 22, fracción II, de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público: —<br />
Excepción de Invitación a Cuando Menos Tres Personas para llevar a cabo procedimientos de<br />
Adjudicación Directa. [<br />
Servicio de Alimentación al Personal Adscrito a la Subsecretaría de Egresos. •<br />
Servicios de Internet con la Empresa Avantel. Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.—<br />
Excepción de Licitación Pública para llevar a cabo procedimientos de Adjudicación Directa, o<br />
Invitación a Cuando Menos Tres Personas.<br />
Servicios de un Agente Colocador Global para la Enajenación de la Posición Accionaria del<br />
Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomér. Dirección General de Crédito Público,<br />
Invitación a Tres Personas. •<br />
Contratación de los Servicios del Despacho de Abogados Cleary GottIies Steen & Hamilton.<br />
Dirección General de Crédito Publico. Adjudicación Directa.-^<br />
6.2.3.- Servicio de Boletos de Avión. Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.<br />
7.- Asuntos Generales.<br />
7.1.- Nota Informativa Programa Anual de Adquisiciones. Se Anexa diskette.<br />
•Desarrollo de la Sesión<br />
V 1,. El Lie. Guillermo González Avila, en su calidad de Presidente Suplente del Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios, dio la bienvenida a los asistentes a este acto e inició la Sesión<br />
V Extraordinaria 03/2002.<br />
\^ 1.1.- Determinación de Quorum legal.<br />
^<br />
El Presidente Suplente del Comité, preguntó al Secretario Ejecutivo Suplente, si se contaba con el<br />
quómm legal para realizar esta Sesión, informándose que había quorum para su celebración, una vez<br />
revisada la lista de asistencia. -^ •<br />
2.- Lectura y aprobación del Orden del Día. • •<br />
El Presidente Suplente procedió a someter a consideración del Comité el Orden del Día para su<br />
aprobación. Acuerdo del Comité: Aprobada. :—<br />
3.- Lectura y Aprobación del Acta de la Sesión Extraordinaria 02/20Q2 de fecha 20 de marzo de 200<br />
El Lie. Guillermo González Avila, Presidente Suplente hizo referencia al acta de la Sesión<br />
Extraordinaria 02/2002, que se adjunta a la carpeta para la revisión respectiva, relacionada con los<br />
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SECRETARIA<br />
HACIENDA Y CREPITO PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
i3<br />
asuntos que fueron tratados en esa Sesión y preguntó si había algún comentario al respecto, al no<br />
haberlo, solicitó la dispensa de la lectura del acta por tratarse de asuntos y acuerdos del conocimiento<br />
de todos los Miembros del Comité. Acuerdo del Comité: Se aprueba el acta con la dispensa de la<br />
lectura solicitada.<br />
4.- Seguimiento de Acuerdos de la Sesión Anterior.<br />
Acuerdo 01/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente comentó que este acuerdo corresponde a la<br />
adquisición de 250 Licencias Software Digital Valve Acelerator Suite (DVA Suíte), solicitadas por la<br />
Dirección Técnica Operativa de la Subsecretaría de Egresos, la cual fue aprobada en la Sesión<br />
Ordinaria 01/2002, celebrada el 3 de enero de 2002, debiéndose presentar la documentación relativa a<br />
la sustentación del cumplimiento de las características de cada una de las propuestas que se<br />
presentan en la matriz comparativa de Software para Planeación Estratégica, presentada por el Titular<br />
de la Dirección Técnica Operativa de la Subsecretaría de Egresos, así como también aclarar y ampliar<br />
(os conceptos de garantía y de la Póliza de Mantenimiento. Con oficio 400-4-1068 de fecha 15 de<br />
marzo de 2002, la Dirección Técnica Operativa de la Subsecretaría de Egresos, envió a la Dirección<br />
General Adjunta de Adquisiciones y Contratación de Servicios, una carpeta con folio 1 al 385<br />
conteniendo el estudio de mercado y la tabla con información ampliada sobre las características de<br />
cada una de la propuesta que se presentaron en matriz comparativa de software para Planeación<br />
Estratégica y documento aclaratorio sobre los conceptos de Garantía y Póliza de Mantenimiento, con lo<br />
cual se dio cumplimiento al acuerdo tomado por este Comité. Asimismo, se informó que en la Sesión<br />
Ordinaria 02/2002 de fecha 6 de marzo de 2002, en el Orden del Día en el punto 9.2.- se presentó<br />
"Nota Informativa sobre la Adquisición e Instalación de Dispositivos de Almacenamiento y<br />
Procesamiento para Incrementar la Capacidad de los Equipos de Computo de Misión Critica, así como<br />
la adquisición de 250 Licencias Digital Valué Acelerator", acordándose que la Dirección Técnica<br />
Operativa de la Subsecretaría de Egresos, solicitaría a la Dirección General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto el criterio que se pudiera tomar respecto a la autorización bianual, para<br />
definir de que manera se va a operar el presupuesto autorizado. Se informó que con oficios 400.4.-<br />
1108 y 1199 de fechas 19 y 26 de marzo de 2002, la Dirección Técnica Operativa de la Subsecretaría<br />
de Egresos, envió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, la reserva de<br />
recursos emitida por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, para los<br />
proyectos denominados "Sistema de Planeación Estratégica", "Fortalecimiento de la Infraestructura de<br />
los Equipos de Computo de Misión Crítica" y "Fortalecimiento de la Infraestructura de los Equipos de<br />
Computo para el Desarrollo de Aplicaciones e l-NET", con lo cual se da cumplimiento al acuerdo<br />
tomado en la Sesión Ordinaria 0272002. El Comité se dio por enterado, dándose por concluido el<br />
presente seguimiento. ^ •<br />
Acuerdo 03/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente comentó que este acuerdo corresponde al<br />
Presupuesto Autorizado de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el año 2002,' para la<br />
\ determinación de la actuación de las diversas Unidades Administrativas de esta Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, con base en los montos de actuación señalados en el Artículo 51 del<br />
Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación, para los efectos del Artículo 42 de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el cual fue presentado en la Sesión<br />
Ordinaria 02/2002, en la que se tomó el acuerdo de elaborar y presentar una solicitud a la Dirección<br />
General de Programación, Organización y Presupuesto, con el fin de que se clarificaran los rangos de<br />
actuación indicando el nombre de las Unidad Administrativa y Subunidades para el 2002. Se informó<br />
que con oficio 346-418 de fecha 19 de marzo de 2002, la Dirección General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto envió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servici<br />
Generales la tabla por Unidad Administrativa de esta Secretaría, con los montos máximos de actuad<br />
para Adjudicación Directa e Invitación a Cuando Menos Tres Personas. Se entregó copia de dichos<br />
montos. El Comité se dio por enterado, dándose por atendido el presente seguimiento.<br />
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3<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
Acuerdo 05/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde al diskette<br />
que contiene la información de la documentación necesaria que se deberá presentar cuando se<br />
elabore una solicitud de requerimientos a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios<br />
Generales, el cual fue entregado en la Sesión Extraordinaria 02/2002, tomándose el acuerdo por<br />
sugerencia de la Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, de que se<br />
eliminará la mención al Comité Informativo Consultivo, de conformidad con el Acuerdo por el que se<br />
abroga el diverso que creó el Comité Informático Consultivo de la Secretaria de Hacienda y Crédito<br />
Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo de 2002. Se informó que con<br />
oficios 378-374 al 385 de fecha 25 de marzo de 2002, de la Dirección General de Recursos Materiales<br />
y Servicios Generales, se realizó la entrega del diskette a los Miembros de este Comité, con las<br />
correcciones acordadas en el presente acuerdo. El Comité se dio por enterado, quedando<br />
concluido el presente seguimiento.<br />
Acuerdo 06/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde al Servicio<br />
de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Elevadores Marca Internacional, solicitado por la Dirección<br />
de Operación y Servicios de la Dirección General Adjunta de Obras y Servicios, presentado para<br />
dictaminación del Comité en la Sesión Extraordinaria 02/2002, el cual se dio por aprobado, debiéndose<br />
presentar una ampliación de la justificación técnica en la que se aclaren las condiciones de entrega y la<br />
forma de pago que se propone tal como lo establece el Artículo 49 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, presentar el certificado, actualizado<br />
expedido por Internacional de Elevadores de México, S.A. de C.V. en el cual le otorga a la empresa<br />
EHFA, S.A. de C.V. los derechos exclusivos de representación en México y cotización actualizada de la<br />
Empresa que se propone, así como el verificar con la Dirección General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto la partida presupuestal 3504, ya que la Representante de la Secretaria de<br />
Contraloría y Desarrollo Administrativo, propone se cambie por la 3503. Se informó que con oficio 333-<br />
473 de fecha 1 de abril de 2002, la Dirección de Operación y Servicios, envió la justificación técnica<br />
que incluye los preceptos de conformidad al Artículo 49 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios, en el mismo oficio dio a conocer la contestación de empresa Internacional<br />
de Elevadores de México, SA de C.V., respecto al certificado de derechos exclusivos, asimismo<br />
informó que la cotización se encuentra vigente, ya que en el texto de la misma se menciona la vigencia<br />
que es del 1 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2002. Por lo que respecta a la partida<br />
presupuestaria a la cual deberá cargarse este servicio, la Dirección General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto, con oficio 346-VIII-831 de fecha 26 de marzo de 2002, realizó la consulta<br />
a la Dirección General de Programación y Presupuesto de Servicios. Se está en espera de recibir<br />
respuesta, en cuanto se obtenga, se hará del conocimiento de este Comité. El Comité se dio por<br />
enterado, quedando pendiente este seguimiento para la próxima Sesión de Comité.<br />
Acuerdo 07/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde al Servicio<br />
. de Mantenimiento Preventivo y Con-ectivo a Elevadores Marca Goldstar, solicitado por la Dirección de<br />
\ Operación y Servicios de la Dirección General Adjunta de Obras y Servicios, presentado para<br />
dictaminación del Comité en la Sesión Extraordinaria 02/2002, el cual se dio por aprobado, debiéndose<br />
presentar una ampliación de la justificación técnica en la que se aclaren las condiciones de entrega y la<br />
forma de pago que se propone tal como lo establece el Artículo 49 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, presentar el certificado actualizado<br />
expedido por LG Industrial Systems Co., Ltd., en el cual le otorga a la empresa Sistema Industrial<br />
Coreano de México, S.A. de C.V. los derechos exclusivos de representación en México y la cotización<br />
\ actualizada de la Empresa que se propone, así como la verificación con la Dirección General de,<br />
\ Programación, Organización y Presupuesto respecto de la partida presupuestal 3504, ya que '<br />
Representante de la Secretaria de Contraloría y Desarrollo Administrativo, propone se cambie por<br />
i 3503. vSe informó que con oficio 333-473 de fecha 1 de abril de 2002, la Dirección de Operación<br />
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¿A^l^^^ COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
SECRET/WIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CREPITO PUBLICO<br />
Servicios, envió la justificación técnica que incluye los preceptos de conformidad al Artículo 49 del<br />
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; en el mismo<br />
oficio da a conocer la contestación de empresa LG Industrial Systems Cp., Ltd., respecto al'certificado<br />
de derechos exclusivos, asimismo informó que la cotización se encuentra vigente, ya que en el texto de<br />
la misma se menciona la vigencia que es a partir del 1 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2002. Por<br />
lo que respecta a la partida presupuestaría a la cual deberá cargarse este servicio, la Dirección General<br />
de Programación, Organización y Presupuesto, con oficio 346-VIII-831 de fecha 26 de marzo de 2002,<br />
realizó la consulta a la Dirección General de Programación y Presupuesto de Servicios. Se está en<br />
espera de recibir respuesta, en cuanto se obtenga se hará del conocimiento de este Comité. El<br />
((<br />
Comité se dio por enterado, quedando pendiente este seguimiento para la próxima Sesión de<br />
Comité.<br />
Acuerdo 08/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde al Servicio<br />
de Telefonía Digital (Enlaces E1's, E1's PMP, EO's y DSO's), solicitado por la Dirección de Operación y<br />
Servicios, presentado para dictaminación del Comité en la Sesión Extraordinaria 02/2002, el cual se dio<br />
por aprobado, debiéndose agregar en el fundamento legal el Artículo 47 de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por tratarse de un contrato abierto, y eliminar la fracción<br />
I del Artículo 41 de la misma Ley, en el sustento para la decisión. En cuanto a la contratación y<br />
prestación de los servicios se deberá realizar a partir de la fecha de dictaminación del Comité,<br />
asimismo se deberá de presentar una ampliación de la justificación en la que se aclaren las<br />
condiciones de entrega y la forma de pago que se propone, tal como lo establece el Artículo 49 del<br />
Reglamento de la Ley antes citada, de acuerdo con las observaciones del Órgano Interno de Control.<br />
Se informó que con oficio 333-473 de fecha 1 de abril de 2002, la Dirección de Operación y Servicios,<br />
envió la justificación técnica en la cual, en el fundamento legal se elimina la fracción I del Artículo 41 y<br />
se agrega el Artículo 47 de la Ley que se menciona, asimismo incluyó los preceptos de conformidad al<br />
Artículo 49 del Reglamento de la misma Ley. El Comité se dio por enterado, quedando concluido<br />
el presente seguimiento.<br />
Acuerdo 09/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde al Servicio<br />
de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Elevadores Marca Otis, solicitado por la Dirección de<br />
Operación y Servicios de la Dirección General Adjunta de Obras y Servicios, presentado para<br />
dictaminación del Comité en la Sesión Extraordinaria 02/2002, el cual se dio por aprobado, debiéndose<br />
presentar una ampliación de la justificación técnica en la que se aclare las condiciones de entrega y la<br />
i forma de pago que se propone tal como lo establece el Artículo 49 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y presentar cotización actualizada de la<br />
Empresa que se propone, así como la verificación en la Dirección General de Programación,<br />
X, Organización y Presupuesto la partida presupuestal 3504, ya que la Representante de la Secretaria de<br />
• > Contraloria y Desarrollo Administrativo, propone se cambie por la 3503. Se informó que con oficio<br />
\ 333-473 de fecha 1 de abril de 2002, la Dirección de Operación y Servicios, envió la justificación<br />
\ técnica que incluye los preceptos de conformidad al Artículo 49 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, asimismo anexó cotización actualizada<br />
de la empresa Elevadores Otis, S. A. De C.V. y alcances técnicos del servicio. Por lo que respecta a la<br />
partida presupuestaria a la cual deberá cargarse este servicio, la Dirección General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto, con oficio 346-VIII-831 de fecha 26 de marzo de 2002, realizó la consulta<br />
a la Dirección General de Programación y Presupuesto de Servicios. Se está en espera de recibir<br />
respuesta, en cuanto se obtenga se hará del conocimiento de este Comité. El Comité se dio por-/<br />
'\ enterado, quedando pendiente este seguimiento para ia próxima Sesión de Comité. j/i<br />
\ Acuerdo 10/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde a la Ndta<br />
: '., Informativa referente a las Adjudicaciones Directas del Servicio de Limpieza Integral y Habilitación, con \<br />
las empresas Promociones Vap, S.A. de C.V., ADC Consultores y Sen/icios, S.A. de C.V. y Mac Cleaix^^^<br />
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m<br />
SECRETAR!*<br />
HACIENDA Y CREDTO PUBUCO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
S.A. de C.V., fundamentadas en el Artículo 41 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios del Sector Público, ia cual fue presentada para conocimiento de los Miembros del Comité en<br />
la Sesión Extraordinaria 02/2002, y por sugerencia de| Representante del Órgano Interno de Control en<br />
esta Secretaría, se solicitó a la Dirección de Operación y Servicios presentara la justificación en la que<br />
informe cuales fueron las causas que activaron la l^ipótesís a que se refiere el Artículo 41 fracción V, de<br />
la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se informó que con oficio 333-<br />
488 de fecha 2 de abril de 2002, la Dirección de Operación y Servicios, presentó la justificación técnica<br />
solicitada, con la cual se da cumplimiento a este acuerdo. El Comité se dio por enterado, quedando<br />
concluido el presente seguimiento.<br />
Acuerdo 11/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde a la Nota<br />
Informativa referente a la fundamentaron y los procedimientos de pago que se llevaron a cabo para la<br />
contratación del Servicio y Mantenimiento de 183 cajones de estacionamiento en el inmueble World<br />
Trade Center, con la empresa Escala Internacional, S.A. de C.V., la cual fue presentada para<br />
conocimiento de los Miembros del Comité en la Sesión Extraordinaria 02/2002, y por sugerencia del<br />
Representante del Órgano Interno de Control en esta Secretaría, se solicitó a la Dirección de<br />
Operación y Servicios, presentara la justificación en la que se informe cuales fueron las causas que<br />
activaron la hipótesis a que se refiere el Artículo 41 fracción V, de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se informó que con oficio 333-488 de fecha 2 de abril<br />
de 2002, la Dirección de Operación y Servicios, presentó la justificación técnica solicitada, con la cual<br />
se da cumplimiento a este acuerdo. El Comité se dio por enterado, quedando concluido el<br />
presente seg uimiento.<br />
Acuerdo 12/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde a la Nota<br />
Informativa referente a la Adjudicación Directa del Servicio de Fotocopiado con fundamento en el<br />
Artículo 41 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la<br />
cual fue presentada para conocimiento de los Miembros del Comité en la Sesión Extraordinaria<br />
02/2002 celebrada el 20 de marzo de 2002, y por sugerencia del Representante del Órgano Interno de<br />
Control en esta Secretaría, se solicitó a la Dirección de Operación y Servicios, presentara la<br />
justificación en la que se informe cuales fueron las causas que activaron la hipótesis a que se refiere el<br />
Artículo 41 fracción V, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se<br />
informó que con oficio 333-488 de fecha 2 de abril de 2002, la Dirección de Operación y Servicios,<br />
presentó la justificación técnica solicitada, con la cual se da cumplimiento a este acuerdo. El Comité<br />
se dio por enterado, quedando concluido él presente seguimiento. '•—<br />
Acuerdo 13/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde a la Nota<br />
Informativa referente a la Adjudicación Directa de los Servicios Telefónicos Analógicos Locales y<br />
Telefónicos Digitales, con la empresa Teléfonos de México, S.A. de C.V., solicitadas por la Dirección<br />
de Operación y Servicios de la Dirección General Adjunta de Obras y Servicios, con fundamento en el<br />
Artículo 41 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la<br />
cual fue presentada para conocimiento de los Miembros del Comité en la Sesión Extraordinaria<br />
02/2002. Por sugerencia del Representante del Órgano Interno de Control en esta Secretaría, se<br />
solicitó a la Dirección de Operación y Servicios, presentara la justificación en la que se informe cuales<br />
.fueron las causas que activaron la hipótesis a que se refiere el Artículo 41 fracción V, de la Ley de<br />
'Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se informó que con oficio 333-473 de<br />
fecha 1 de abril de 2002, la Dirección de Operación y Servicios, presentó la justificación técnica<br />
solicitada, con la cual se da cumplimiento a este acuerdo. El Comité se dio por enterado, quedando<br />
concluido el presente seguimiento<br />
Acuerdo 14/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este acuerdo corresponde a la Nota<br />
informativa referente a la contratación del Servicio de Telefonía de Larga Distancia Automática,<br />
mediante el procedimiento de Adjudicación Directa, solicitada por la Dirección de Operación y Servicio<br />
H<br />
V^-?'<br />
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SECRETARM<br />
OE<br />
HACIENDA Y CREPTO PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
de la Dirección General Adjunta de Obras y Servicios, fundamentada en el Artículo 41 fracción V de la<br />
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la cual fue presentada para<br />
conocimiento de los Miembros del Comité en la Sesión Extraordinaria 02/2002. Por sugerencia del<br />
Representante del Órgano Interno de Control en esta Secretaría, se solicitó a la Dirección de<br />
Operación y Servicios, presentara la justificación en la que se informe cuales fueron las causas que<br />
activaron la hipótesis a que se refiere el Artículo 41 fracción V, de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se informó que con oficio 333-473 de fecha 1 de abril<br />
de 2002, la Dirección de Operación y Servicios, presentó la justificación técnica solicitada, con la cual<br />
se dio cumplimiento a este acuerdo. El Comité se dio por enterado, quedando concluido el<br />
presente seguimiento.<br />
5.- Informe del Primer Trimestre de 2002, de los asuntos dictaminados, así como los resultados<br />
generales de las adquisiciones, arrendamientos y servicios. ~<br />
El Presidente Suplente informó que en relación con este punto, se tienen algunas sugerencias hechas<br />
por el Órgano Interno de Control referente a que los formatos presentados sean firmados por el<br />
Presidente del Comité y que se señale la fecha de entrega pactada en los casos 39, 40, 41, 42 y 43 del<br />
formato denominado "íi Contratos que se Encuentran con Atraso en la Entrega o Prestación de<br />
los Bienes o Servicios, así como las prorrogas otorgadas", toda vez que no se mencionan.<br />
Agregando que se tomaran en cuenta estas sugerencias para ser incluidas en dicho informe, y que el<br />
documento original lo firmara el C. Oficial Mayor, Presidente de este Comité, documento que se<br />
entregará en forma inmediata. •<br />
El Arq. Andrés Méndez García, Representante de la Secretaria de Contraloria y Desarrollo<br />
Administrativo sugirió, que aun cuando no están consideradas en las disposiciones que rigen estos<br />
trámites se agregaran dos columnas en el formato "I Procedimientos de Contratación Dictaminados<br />
Favorablemente por el Comité, conforme al Artículo 41 de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público", una en la que aparezca la fecha en que se recibe<br />
la solicitud del área requeriente y otra con la fecha en la que se adjudica el bien o servicio, agregando<br />
que en cuanto a las penas convencionales, sería conveniente que sí ya están aplicadas o no, se<br />
elaboré una Nota Aclaratoria a este respecto, para ser presentada a este Comité,<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente, comentó que se harán las adecuaciones correspondientes, este<br />
mismo día, a este Informe Trimestral de las sugerencias del Órgano Interno de Control en esta<br />
I Secretaría y de las del Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, para<br />
ser presentado con las firmas correspondientes, en la siguiente Sesión del Comité, con lo que el<br />
informe que se entregaría en forma inmediata, con las modificaciones respectivas sugeridas por el<br />
Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, se modifica como queda<br />
asentado. Acuerdo 15/2002: El Comité se da por enterado, y por sugerencia del Representante<br />
de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, se deberán agregar dos columnas<br />
en el formato (t), una con la fecha en que se recibe la solicitud del área requeriente y otra con la<br />
>. fecha en la que se adjudica el bien o servicio; en relación con las penas convencionales se<br />
deberá de presentar una Nota Aclaratoria señalando su seguimiento o su conclusión, asimismo<br />
..'•\ se deberá de señalar la fecha de entrega pactada en los casos 39,40, 41, 42 y 43 del formato (II).<br />
\6.- Casos que se someten a dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios con<br />
fundamento en lo establecido por el Artículo 22, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos<br />
y Servicios del Sector Público: '<br />
6.1.- Excepción de Invitación a Cuando Menos Tres Personas para llevar a cabo procedimientos de /'<br />
Adjudicación Directa. •—-/<br />
6.1.1.- Servicio de Alimentación al Personal Adscrito a la Subsecretaría de Egresos. T4{<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente informó que corresponde a la solicitud de excepción de invitación a<br />
cuando menos tres personas para llevar a cabo un procedimiento de adjudicación directa con HaA<br />
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SECRETARIA<br />
OE<br />
HACIENDA Y CREDfTO PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
18<br />
empresa Servicios Gastronómicos Ejecutivos, S.A. de C.V:, para el servicio de alimentación al personal<br />
adscrito a la Subsecretaría de Egresos, por un monto estimado de $834,788.45 IVA incluido, con un<br />
periodo a partir de la autorización del Comité y hasta el 31 de diciembre de 2002, solicitado por la<br />
Dirección Técnica Operativa de la Subsecretaría de Egresos, mediante los oficios 400.4.1074 y<br />
400.4.1188 de fechas 15 y 26 de marzo de 2002. En el oficio 400.4.1074 se establece que el recurso<br />
presupuestario se encuentra disponible en la línea de crédito especifica 4937 de la unidad 400,<br />
Subsecretaría de Egresos, el fundamento legal para la decisión se encuentra en los Artículos 22, 24,<br />
25, 26, 40 y 41 fracción III de la Ley de Adquisiciones, An-endamientos y Servicios del Sector Público,<br />
así como el 19 y 49 de su Reglamento, en virtud de que existan circunstancias que puedan provocar<br />
perdidas o costos adicionales importantes debidamente justificados.<br />
El Presidente Suplente informó que se tenían sugerencias del Órgano Interno de Control en esta<br />
Secretaría, respecto a que la justificación se realice en apego a lo establecido en el Artículo 49 del<br />
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que se aclaren<br />
las condiciones de entrega y la forma de pago que se propone tal como establece el Artículo antes<br />
mencionado, y que se señala bajo que partida presupuestal se encuentra el servicio a contratar. •_—<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, preguntó cuáles serían<br />
los costos adicionales, toda vez que ya se tiene una Empresa que presta el servicio.<br />
El Lie. Arturo Sosa Viderique, Director Técnico Operativo de. la Subsecretaría de Egresos, comentó que<br />
ese servicio de comedor derivado de una concesión a partir de este año y esta Empresa vende los<br />
alimentos, precisamente lo que se pretende es comprarle a esa Empresa el servicio de alimentación ya<br />
que es la que tiene las instalaciones y ofrece un precio bajo, no hay lugar donde instalar otro comedor<br />
a eso es a lo que se refieren los costos adicionales. •<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, sugirió se ampliara la<br />
justificación ofrecida por la Dirección Técnica Operativa dé la Subsecretaría de Egresos, coincidiendo<br />
con la sugerencia del Órgano Interno de Control.<br />
El Presidente Suplente propuso se aprobará este servicio, tomando en consideración las sugerencias<br />
del Representante del Órgano Interno de Control y del Representante de la Secretaría de Contraloría y<br />
Desarrollo Administrativo. Acto seguido, preguntó si había algún comentario más al respecto, al no<br />
haberlo y con la aprobación del Comité se. dicto el siguiente: Acuerdo 16/2002: Aprobado,<br />
debiéndose presentar una ampliación de la justificación en la que se aclare cuales son las<br />
• circunstancias que pueden provocar perdidas o costos adicionales de acuerdo a la fracción Itl<br />
^^ del Articulo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y se<br />
elabore en apego al Artículo 49 del Reglamento de la Ley antes citada, asi como señalar bajo<br />
que partida presupuestal se encuentra el mismo.-<br />
6.1.2.- Servicios de Internet con la Empresa Avantel, S.A., solicitado por la Subsecretaría de Hacienda<br />
y Crédito Público. • :<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente informó que corresponde a la solicitud de excepción de invitación a<br />
cuando menos tres personas para llevar a cabo un procedimiento de adjudicación directa con la<br />
empresa Avantel, S.A., para el Servicio de Internet para la Subsecretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público, con un monto estimado de $815,778.00 más IVA, por un periodo a partir de la fecha de<br />
/ autorización del Comité y hasta el 31 de diciembre de 2002, solicitado por la Dirección Técnica<br />
\Operativa de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público mediante el oficio 102-B-l 1-0505/02 de<br />
íecha 20 de marzo de 2002; se cuenta con el presupuesto asignado a la Unidad Administrativa para el<br />
presente ejercicio presupuestal con disponibilidad en la partida correspondiente, el fundamento legal<br />
'•\ para la decisión son los Artículos 22, 24, 25, 26, 40 y 41 fracción III de la Ley de Adquisiciones,/^<br />
\\ Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 19 y 49 de.su Reglamento, en virtud de qu©!'<br />
y¡ existan circunstancias que puedan provocar perdidas o costos adicionales importantes debidame,nte<br />
\ justificados.—<br />
/ " •
SECRETARIA<br />
OE<br />
HACIENDA Y CBEDITO PUBUCO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002 ,<br />
19<br />
El Presidente Suplente informó que se tenían algunas sugerencias del Órgano Interno de Control en<br />
esta Secretaría, respecto a que la justificación se realice en apegó a lo establecido en el Artículo 49 del<br />
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, solicitando al<br />
Lie. Alejandro Contreras Reding, Director Técnico Operativo de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público, una ampliación a la justificación de acuerdo a la sugerencia del Representante del Órgano<br />
Interno de Control, para ser presentada a este Comité. No habiendo ningún comentario más al<br />
respecto procedió con base en la anuencia del Comité, a dar por aprobado este servicio. Acuerdo<br />
17/2002: Aprobado, debiéndose presentar una ampliación de la justificación de acuerdo a lo<br />
establecido en el Artículo 49 del Reglamento de ia Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios del Sector Público. •• :-<br />
6.2.- Excepción de Licitación Pública para llevar a cabo procedimientos de Adjudicación Directa, o<br />
Invitación a Cuando Menos Tres Personas. '•<br />
6.2.1.-Servicios de un Agente Colocador Global para la Enajenación de la Posición Accionaria del<br />
Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer. Dirección General de Crédito Público,<br />
Invitación a Tres Personas. '•<br />
El Presidente Suplente comentó que este caso se sometió a este Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios, en el año anterior, en ese entonces se planteó que no era materia del<br />
Órgano Colegiado, pero con la reforma que se hizo a la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2002,<br />
la cual incluye un apartado de Ingresos Netos es por lo que se vuelve a retomar. Se solicitó al<br />
Secretario Ejecutivo Suplente presentara el caso al Comité.<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este caso corresponde a la solicitud de excepción de<br />
Licitación Pública para llevar a cabo un procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas,<br />
hecha por la Dirección General de Crédito Público, para la contratación de los Servicios de un Agente<br />
Colocador Global para la Enajenación de la Posición Accionaria del Gobierno Federal en Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer. El monto estimado en el formato tradicional de presentación de casos al<br />
Comité, no aplica para este servicio, por tratarse de una operación bajo el esquema de Ingresos Netos.<br />
El periodo de contratación sería dé la fecha de adjudicación de contrato a ia fecha de enajenación de<br />
las acciones o al 31 de diciembre de 2002, lo que ocurra primero, la solicitud de la Dirección General<br />
de Crédito Público se hizo mediante el oficio 305-062/2002 de fecha 1 de abril de 2002, se cuenta con<br />
los oficios 346-436 de fecha 1 de abril de 2002, de la Dirección General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto y el 311-A-846 del 1 de abril de 2002, de la Dirección General de<br />
Programación y Presupuesto de Servicios, en los que se indica que la contratación de referencia debe<br />
realizarse bajo el esquema de Ingresos Netos a que se refiere el Artículo 14 de la Ley de Ingresos para<br />
el Ejercicio Fiscal 2002, por tal motivo el trámite se realiza sin contar con el documento de suficiencia<br />
presupuestad por no ser necesario, en virtud de que no se afecta el presupuesto. Se anexa la<br />
autorización para la contratación de un Agente Colocador firmada por el C. Secretario de Hacienda y<br />
Crédito Público. La fundamentación para la decisión se encuentra en los Artículos 19, 22, 25, 26, 40 y<br />
41 fracción III y X de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como<br />
el 19 y 49 de su Reglamento, y el Artículo 14 de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2002, en<br />
virtud de que existan circunstancias que puedan provocar perdidas o costos adicionales importantes<br />
\ debidamente justificados, y se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones<br />
cuya difusión pudiera afectar el interés público o comprometer información de naturaleza confidencial<br />
para el Gobierno Federal.<br />
El Presidente Suplente informó que se tenían sugerencias del Órgano Interno de Control en esta'^<br />
Secretaría, respecto a que la justificación se presente únicamente con la información del caso que nos<br />
ocupa, que se realice en apego a lo establecido en el Artículo 49 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que sea firmada por el Titular del área<br />
usu^ha de confomnidad con los Artículos 40 segundo párrafo de la Ley antes citada y 17 fracciór^ V<br />
'A<br />
...i
SECRETARIA<br />
OE<br />
HACIENDA Y CREPITO PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
20<br />
inciso D de su Reglamento, que se acrediten claramente los criterios de economía, eficacia,<br />
imparcialidad y honradez a que se refiere el párrafo tercero del Artículo 134 Constitucional y el párrafo<br />
segundo del Artículo 40 de la Ley ya mencionada, que en el servicio que se propone contratar se pacte<br />
lo establecido en el párrafo primero del Artículo 44 de la Ley, de no ser así se señalen cuáles son las<br />
causas que lo impiden, que se presenten los criterios para la selección de los agentes a invitar en el<br />
procedimiento que se propone, que se informe a este Órgano Colegiado, cuáles son los criterios de<br />
evaluación de las propuestas técnicas y económicas a establecerse en las bases de la invitación, así<br />
como la forma de pago y el procedimiento de penalizacíón en caso de atraso, que se desarrolle un<br />
modelo de contrato, a efecto de que sea agregado en la bases de la invitación. Solicitando a la Dra.<br />
Silvia Rocha Torres Representante de la Dirección General de Crédito Público, diera respuesta a estas<br />
sugerencias. '•<br />
La Dra. Silvia Rocha Torres Representante de la Dirección General de Crédito Público, comentó que<br />
i) muchas de estas sugerencias del Órgano Interno de Control, serán informadas en sesiones posteriores<br />
de este Comité, porque van a estar ubicadas en las bases de invitación y en el modelo de contrato que<br />
se va a elaborar, por ejemplo se tiene algunas de ellas, como son los criterios de evaluación para las<br />
propuestas técnicas y económicas, el desarrollo del modelo de contrato y los criterios para la selección<br />
del servicio, eso se puede informar, y una vez que sea aprobado se procederá a incorporaria en la<br />
documentación que se elabore para este caso. También hay otros que ya fueron analizados en las<br />
Sesiones anteriores de este Comité, se tiene inclusive el oficio de la Secretaría de Contraloría y<br />
Desarrollo Administrativo en el que se dice que estos puntos ya fueron atendidos, por ejemplo los<br />
referidos a que si ya se aclararon los criterios de economía, eficiencia, imparcialidad y honradez del<br />
Artículo 134 Constitucional y si se están cumpliendo los requisitos establecidos en, el Reglamento,<br />
como: cuál es el precio, cuál es la distribución del producto, y demás. Hay dos que quisiera comentar,<br />
señalo, el primero es respecto a que se presente la justificación únicamente con el caso que nos<br />
ocupa, no sé si se refiere a que estamos citando los antecedentes de las Sesiones anteriores o a<br />
algunas precisiones de cuales son algunos de los procedimientos de la venta de las acciones, si se<br />
refiere a los antecedentes de las Sesiones anteriores, creemos que sí es importante marcarios, porque<br />
este asunto que se ha estado presentando varias veces y como primer antecedente, tenemos que se<br />
había dicho que en este .Comité nada más se iba a tomar nota, independientemente de eso se<br />
analizaron cada una de las observaciones que en su momento se habían hecho por el Órgano Interno<br />
I de Control, por eso se. consideró presentar estos antecedentes, el segundo punto que quisiera<br />
comentar es el que se refiere a que el contrato se pacte a precio fijo, ya se había comentado que eso<br />
no era posible, porque esto dependía del mecanismo de ingreso neto, también de la practica que<br />
utilizaban los agentes colocadores para la colocación de las acciones y la participación de los propios<br />
inversionistas en la compra de las acciones.<br />
La C.P. Aída Amanda Córdova Chávez Titular del Órgano Interno de Control en la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, comentó que estaba de acuerdo en la información que ofreció presentar la<br />
Representante de la Dirección General de Crédito Público, en cuanto a la justificación lo que se sugiere<br />
es que si se trata de dos contratos diferentes se tenga una justificación para cada caso, en lo que se<br />
refiere a precio fijo, no sabemos si se pudiera establecer algún porcentaje sobre la venta de las<br />
acciones. • ^-<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Público comentó a lo señalado por la Contralora,<br />
que seria muy difícil, se tiene el porcentaje de las-acciones que se van a vender que es un 49% de las<br />
acciones, pero va a depender del lugar donde se coloquen, que puede ser en México, Estados Unidoá<br />
o Europa, dependiendo de lo que va a hacer el agente colocador. — :—"<br />
La Titular del Órgano Interno de Control en esta Secretaria, comentó que el precio es muy importante<br />
en los criterios de asignación, y se precisa saber cuales son los criterios bajo los cuales se van<br />
asignar, sabemos de algunos que estuve comentado con el Director General de Crédito Público, y esa<br />
/
^^^^Mi' ' COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
SECRETARIA<br />
OE<br />
HACIENPA Y CREPITO PUBLICO<br />
son las cosas que se requiere que queden muy claras para que se vea transparente el proceso, si no<br />
es posible un porcentaje fijo, por lo menos mencionar un estimado, y si se tienen otros criterios de<br />
asignación que sean muy importantes para la Secretaría, que se mencionen.<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que en caso de<br />
que no sea factible poner estos porcentajes que se van a pagar, y como es algo muy importante se<br />
podrían poner en las invitaciones que se hagan, o como un criterio de evaluación de que el proveedor<br />
que oferte el porcentaje más bajo, sería al que se le asignaría este servicio.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Público, comentó que lo que se podría entregar al<br />
Comité es un estimado de cómo se presenta esto en las practicas de mercado, en cuanto a los criterios<br />
de evaluación ya tenemos desarrollados algunos y se podría presentar.—<br />
La Titular del Órgano Interno de Control en esta Secretaría, comentó que no sabia si con la<br />
modificación de la Ley de ingresos, el costo del servicio ya no es tan importante y pasa a un segundo<br />
lugar, porque en el ejercicio de ingresos netos los criterios son otros, porque lo que la realidad interesa<br />
el concepto de Ingresos Netos.—<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, preguntó que si el año<br />
pasado que se analizó este caso, se presentaron por el área requirente los criterios establecidos en el<br />
Artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público a que se ha<br />
referido el Órgano Interno de Control en esta Secretaría, porque en los antecedentes que se presentan<br />
en esta carpeta no vienen. En el caso de que fuera aprobado este servicio, quedaría sujeto a que<br />
fueran desarrollados estos criterios en la justificación para ser presentados en este Comité.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Público, comentó que sí estaban desarrollados,<br />
están incluidos en la carpeta del Comité pero que no hay inconveniente en volver a presentados. .<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que la Comisión<br />
Intersecretarial de Gasto Financiamiento, emitió una resolución en la fecha que marca el oficio de la<br />
página señalada con folio 141 y, a reserva de lo que opine la Procuraduría Fiscal, determinar si todavía<br />
son validos estos acuerdos que se dieron en el ejercicio anterior o, en todo caso informarie a la<br />
Comisión correspondiente para que ratifique o rectifique estos acuerdos.<br />
El Lie. Alejandro Baca Pasos, comentó que la competencia, en su caso, del Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para conocer sobre<br />
estos asuntos corresponde determinaría a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo y, es<br />
á|^ responsabilidad de los Miembros de este Comité conjuntamente con los Asesores de la Secretaría de<br />
^^^ Contraloría y Desarrollo Administrativo el determinar si las contrataciones que somete a consideración<br />
de la Dirección General de Crédito Público cumplen o no con los requisitos establecidos en la Ley de<br />
Adquisiciones , Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, la Ley de Ingresos, el<br />
Presupuesto de Egresos de la Federación para este Ejercicio y demás Normativa que resulte aplicable<br />
a los casos referidos, de lo cual dependerá la aprobación correspondiente. Ahora bien cabe mencionar<br />
que al tratarse de contrataciones cuyo objeto es diverso, esto es, por una parte los servicios de un<br />
Despacho Jurídico y por otra las de un Agente Colocador Global, se recomienda que deberá<br />
elaborarse una solicitud individual por cada una de las contrataciones mencionadas, no en forma<br />
^•._ conjunta como actualmente se contempla en el oficio por parte de la Dirección General de Crédito<br />
••\Publico presentado ante el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales y<br />
Presidente Suplente de este Comité, mediante oficio No. 305-062-2002 de fecha 1 de abril de 2002, y<br />
que obra agregada a las fojas 141 al 152 de la carpeta de esta Sesión. Lo anterior en razón de que los<br />
\ servicios del Despacho Jurídico serán con cargo al presupuesto de la partida de Asesorías, Estudios e<br />
\ \ Investigaciones y la del Agente Colocador se realizaría bajo el mecanismo de ingresos netos aunado<br />
que los antecedentes para cada contratación son distintos. Que por lo que respecta al acuerdo que,-en<br />
el año 2001 emitió la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, relacionado con este asunto,<br />
cab^ mencionar que dicha Comisión solamente se limita a tomar nota del proceso que instrumentai((a<br />
/<br />
21
SECRETARIA<br />
oe<br />
HACIENDA Y CREPITO PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
la Dirección General de Crédito Público, ya que no se encuentra en el ámbito de su competencia el<br />
emitir dictamen, por lo que se reitera que el acuerdo en mención es solamente un antecedente, ya que<br />
la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento únicamente toma conociniiento sin prejuzgar ni<br />
convalidar el proceso de enajenación de acciones de la serie "O" que tiene el Gobierno Federal y del<br />
Grupo Financiero BBVA Bancomer.—: ;<br />
El Presidente Suplente sugirió al Comité los aprobaran, siempre y cuando se dé atención y seguimiento ;<br />
por parte de la Dirección General de Crédito Público, a las sugerencias planteadas por la Titular del<br />
Órgano Interno de Control y el Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo<br />
Administrativo. No existiendo comentario adicional alguno por parte de los Miembros del Comité, lo<br />
aprobó en los témiinos propuestos. Acuerdo 18/2002: Aprobado, debiéndose presentar una<br />
justificación exclusivamente para el Servicio de un Agente Colocador Global para la<br />
Enajenación de la Posición Accionaria del Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA<br />
Bancomer, en la que se especifique que se dio cumplimiento al desarrollo de las características<br />
señaladas en el Artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector<br />
Público. Asimismo, deberán presentar los criterios de evaluación que se establecerán en las<br />
bases, para llevar a cabo este procedimiento. • '•—<br />
6.2.2.- Contratación de los Servicios del Despacho de Abogados Cleary Gottiies Steen & Hamilton.<br />
Dirección General de Crédito Público. Adjudicación Directa.<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este caso corresponde a la solicitud de excepción de<br />
Licitación Pública para llevar a cabo un procedimiento de adjudicación directa para la Contratación de<br />
los Servicios del Despacho de Abogados Cleary Gottiies Steen & Hamilton, solicitado por la Dirección<br />
General de Crédito Público, con un monto estimado de $17'391,304.00 más IVA. El periodo de<br />
contratación seria a partir de la dictaminación del Comité y hasta el 31 de diciembre de 2002, la<br />
solicitud de la Dirección General de Crédito Público se presentó mediante el oficio 305-062/2002 de<br />
fecha 1 de abril de 2002; se cuenta el oficio 346-383 de fecha 8 de marzo de 2002, de autorización<br />
presupuestal de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto. La<br />
>,<br />
fundamentación para la decisión se encuentra en los Artículos 19, 22, 24, 25, 26, 40 y 41 fracción III y<br />
X de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como en el 19 y el 49<br />
de su Reglamento, en virtud de que existan circunstancias que puedan provocar perdidas o costos<br />
adicionales importantes debidamente justificados, y se trate de servicios de consultorias, asesorias,<br />
estudios e investigaciones cuya difusión pudiera afectar el interés público o comprometer información<br />
de naturaleza confidencial para el Gobiemo Federal, se presenta la autorización del C. Secretario de<br />
Hacienda y Crédito Público contenida en el artículo 19 de la Ley de la materia.<br />
El Presidente Suplente comentó que se tenían sugerencias del Órgano Interno de Control en esta<br />
Secretaria, respecto a que la justificación de la Dirección General de Crédito Público se presente<br />
únicamente con la información del caso que nos ocupa, y que se realice en apego a lo establecido en<br />
el Artículo 40 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector<br />
Público, que sea firmada por el Titular del área usuaria de conformidad con los Artículos 40 segundo<br />
V<br />
párrafo de la Ley antes mencionada y 17 fracción V, inciso D de su Reglamento; que se acrediten<br />
claramente los criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, a que se refiere el<br />
\ párrafo tercero del Artículo 134 Constitucional y el párrafo segundo del Artículo 40 de la Ley ya<br />
mencionada, que el servicio que se propone contratar se pacte a precio fijo, en términos de lo<br />
dispuesto en el párrafo primero del Artículo 44 de la Ley antes citada. De no ser así, se señalen<br />
r cuales son las causas que lo impiden, que se observe lo establecido en los Artículos Sexto fracción X '-'<br />
11 del Acuerdo que establece las disposiciones de ahorro en la Administración Pública Federal para el/<br />
; i Ejercicio Fiscal 2002, y 19 de la Ley mencionada, que se indique que no existe o se han desarrollada!, ^<br />
trabajos similares en la Dependencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 19 párrafo primero<br />
Vi de Ja Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que prevea se precise<br />
^ ^<br />
22
(i<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
23<br />
HACIENDA Y CREPITO PUBLICO<br />
presenten a este Órgano Colegiado los alcances de los servicios que proporcionará el Despacho, que<br />
se presente la cotización en papel membretado del mismo Despacho en el que se observe claramente<br />
el precio ofertado, periodo de prestación del servicio, características del servició a otorgar, etc., en<br />
virtud de que en la contratación directa o adjudicación directa de un contrato administrativo, como es el<br />
caso, la designación del cocontratante por parte de la Administración Pública en el caso la Secretaría,<br />
de Hacienda y Crédito Público, sin mediar el procedimiento de Licitación Pública y por consiguiente la.<br />
ausencia de la concurrencia y competencia de potenciales cocontratantes, se materializa mediante ;<br />
estudio de mercado, consultas, cotizaciones y sondeos. Se solicitó a la Representante de la Dirección ><br />
General de Crédito Público, diera respuesta a estas sugerencias del Órgano Interno de Control.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Público, comentó que se elaborará la justificación<br />
correspondiente como se mencionó en el caso anterior, elaborándolas por separando, donde se<br />
observen con más detalle los criterios de evaluación, y donde se indique que no existe o se han<br />
desarrollado trabajos similares en la Secretaría, también se pediría la cotización en papel membretado<br />
como lo solicita el Órgano Interno de Control, hay un punto importante que se menciona que es el que<br />
se pacte al precio fijo, sobre el particular añadió la citada representante que se anexo la tabla de la<br />
tarifa que se cobra por hora, en el Despacho de referencia pero esto depende de las horas que se<br />
ocupen en el desarrollo del trabajo. '•<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que ahí no hay<br />
problema porque se establece desde el inicio las tarifas por hora/hombre que cobra el Despacho.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Publico comentó que el Despacho hace ajustes a<br />
sustarifasanualmente. •<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que debía<br />
tenerse presente que las tarifas cubrirían la actividad del Despacho para el año 2002.<br />
La Titular del Órgano Interno de Control en ésta Secretaría en uso de la palabra señaló, que la tabla de<br />
tarifa de costos que se presenta en la página con folio 181 es un fax que no tiene membrete y la<br />
persona que la firma no esta identificada, sería conveniente se presentará un escrito con el membrete<br />
del Despacho y la firma identificada.—<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Publico comentó que no existe ningún problema<br />
que se pediría al Despacho este escrito en papel membretado. • •<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que no queda<br />
claro lo que menciona la página con folio 143 en el penúltimo párrafo, que dice: "...En caso de<br />
presentarse una controversia entre él Gobierno Federal y BBVA Bancomer, el despacho de Abogados<br />
CGSH podría excusarse para patrocinar al Gobierno Federal en procedimientos jurídicos relativos a<br />
dicha controversia, por lo que esta Secretaría estaría en posibilidad de contratar a otro despacho de<br />
abogados para representaría en la eventual disputa...", la pregunta es, a parte de que se aclare esto, si<br />
esta situación se presentara, representaría un costo adicional para la Secretaría, en el caso de que<br />
tuviera que recurrir a otro despacho para su solución.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Publico aclaró, que se está proponiendo que el<br />
Despacho Jurídico sea abogado tanto del Gobierno Federal como de BBVA Bancomer, por la<br />
., experiencia que tiene el mismo al haber estado involucrado en la venta de las acciones, y ser abogado<br />
\de las dos partes; si llegara haber alguna desavenencia entre el Gobierno Federal y BBVA Bancomer,<br />
respecto a algún punto vinculado con la venta de las acciones, no podríamos utilizar al mismo<br />
abogado, tendría que ser un tercero el que nos ayudara a solucionar el conflicto, ya que la mayor parte "/'<br />
' de la información que tiene que preparar el Despacho es con información que le esta dando BBVA •,<br />
Bancomer, en realidad es muy remota la posibilidad de un conflicto, pero si llegara a darse no podernos/,<br />
decir que el Despacho nos vaya a preferir a nosotros o a BBVA Bancomer, por eso es que se propone<br />
intervenga un tercero. : •<br />
El Presidente Suplente sugirió se diera por aprobado solicitando a la Dirección General de Crédí
SECRETARIA<br />
OE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
2 4<br />
Público, se dé atención a las sugerencias planteadas por la Titular del Órgano Interno de Control y el<br />
Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo. No existiendo comentario<br />
adicional alguno por parte de los Miembros del Comité, procedió a darse por aprobado. Acuerdo<br />
19/2002: Aprobado, debiéndose presentar una justificación exclusivamente para la Contratación<br />
de los Servicios del Despacho de Abogados Cieary Gottiies Steen & Hamilton, en la que se<br />
especifique lo relativo a las características que deben cumplirse según el I Artículo 40 de la Ley<br />
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como presentar<br />
cotización, tabla de tarifas por hora de los abogados o socios del Despacho a contratar y los<br />
alcances del servicio en papel membretado de la Empresa que se propone, con firma<br />
identificada de quien lo suscriba.<br />
6.2.3.- Servicio de Boletos de Avión. Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales.<br />
Invitación a Tres Personas. •<br />
ti Secretario Ejecutivo Suplente, informó que este caso corresponde a la solicitud de excepción de<br />
Licitación Pública para llevar a cabo un procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas,<br />
para la contratación del Servicio de Transportación Aérea, solicitado por la Dirección Generales de<br />
Recursos Materiales y Servicios Generales, por un importe estimado de $24'000,000.00. El periodo de<br />
contratación sería a partir de la formalizacíón del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2003, la<br />
solicitud de la Dirección General Adjunta de Control, Planeación y Sistemas de la Dirección General de<br />
Recursos materiales y Servicios Generales, se hizo mediante el oficio 321-A-232 de fecha 4 de abril de<br />
2002, la fundamentación para la decisión se encuentran en los Artículos 22, 24, 25, 26, 40 y 41 fracción<br />
III y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 19 y 49 de su<br />
Reglamento. '• : '•<br />
El Presidente Suplente informó que se tienen sugerencias del Órgano Interno de Control en esta<br />
Secretarla, respecto a que se agregue en la justificación como fundamento legal el Artículo 49 del<br />
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que se<br />
observe oportunamente el Artículo sexto fracción IV del Acuerdo que establece las disposiciones de<br />
Ahorro en la Administración Pública Federal para el Ejercicio Fiscal 2002, agregando que el Artículo<br />
sexto fracción IV, habla de la imposibilidad de viajar en primera clase, lo que desde luego se atenderá<br />
incluyendo las excepciones a que hace referencia el propio Artículo.<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrolló Administrativo preguntó que cuáles son<br />
las condiciones de entrega, en el procedimiento que se presenta al Comité.<br />
El Presidente Suplente, comentó que el año pasado hubo una consulta, por parte del Sistema de<br />
Administración Tributaria el cual tiene un esquema similar, con la Unidad de Normatividad de la<br />
Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y este tramite es precisamente para obtener<br />
. economías de escala, tener mejores condiciones y descuentos en la compra de boletos de avión, y que<br />
\, cada Unidad Administrativa compre sus boletos con la aerolínea que mejores condiciones ofrezca<br />
\\ evitando la integración de Agencias de Viajes. La línea va a poner personal en cada Unidad<br />
\ Administrativa, y acumular porcentajes en las millas acumuladas.<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que la línea al<br />
poner personal en cada Unidad Administrativa estaría realizando lo de una Agencia de Viajes. ,<br />
El Ing. Edgar Rosas Chávez, Director General Adjunto de Control, Planeación y Sistemas, comentó/|<br />
. que no es así, que sería personal de la misma línea aérea el que daría atención al personal de lá<br />
Secretaría, y únicamente sería para compra de boletos de avión, dando descuentos por la comprar con<br />
, una línea, la ganadora. ^<br />
i El Director General Adjunto de Control, Planeación y Sistemas, señaló que los comentarios serán parte<br />
; ; de los conceptos que se viertan en las bases del procedimiento respectivo.—:<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, preguntó que por que no<br />
se hace una licitación pública en lugar de una invitación a cuando menos tres personas. tr \<br />
/.
SECRETAWA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CREPITO PUBLICO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
El Director General Adjunto de Control, Planeación y Sistemas, contestó que es para que no se<br />
presenten agencias de viajes, ya que lo que se pretende es evitar los mismos problemas que se tiene<br />
ahora con TURISSSTE, y así evitar un intermediario y ganar con las economías de escala.-<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo sugirió la posibilidad de<br />
manejar dos partidas, una para vuelos nacionales y otra para vuelos internacionales, porque no todas<br />
las líneas aéreas nacionales tienen la cobertura que requiere la Secretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público. '• '•<br />
El Presidente Suplente, comentó que las líneas aéreas tienen convenios en los que si la Empresa que<br />
da el servicio, no tienen el vuelo para donde uno lo requiere, utilizan la otra línea aérea que tenga<br />
autorizado dichos vuelos.^ '• ••—<br />
El Presidente Suplente, informó que el tramite a realizar se esta identificando con el realizado por el<br />
Sistema de Administración Tributaria el año inmediato anterior.<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que el Sistema<br />
de Administración Tributaria es otra cosa, por que ellos compran un gran volumen y las condiciones<br />
cambian.<br />
El Director General Adjunto de Control, Planeación y Sistemas, comentó que las líneas aéreas saben<br />
que el Servicio de Administración Tributaría es parte de la Secretaría de Hacienda y por lo tanto nos<br />
tienen que presentar los mismos beneficios.<br />
El Presidente Suplente sugirió se diera por aprobado tomando en consideración tas sugerencias del<br />
Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo y del Órgano de Control<br />
Interno en esta Secretaría. No existiendo ningún comentario más al respecto por parte de los<br />
Miembros del Comité, se procedió a dario por aprobado. Acuerdo 20/2002: Aprobado, debiéndose<br />
presentar una ampliación de la justificación en la que se considere el Artículo 49 del<br />
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y por<br />
sugerencia del Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo este<br />
servicio deberá observar dos partidas, una para los viajes nacionales y otra para los<br />
internacionales. ~ —— •<br />
7.- Asuntos Generales.<br />
7.1.- Nota Informativa Programa Anual de Adquisiciones. Se Anexó diskette.—-—<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente informó que en esta Nota Informativa se hace del conocimiento de los<br />
Miembros de este Órgano Colegiado que, conforme lo establece el Artículo 21 de !a Ley .de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Dirección General de Recursos<br />
Materiales y Servicios Generales, procedió a la elaboración del Programa Anual de Adquisiciones para<br />
el presente Ejercicio, con la información proporcionada por las Unidades Administrativas de la<br />
\ Secretaría de Hacienda y Crédito Público, incluida en el "Sistema del Programa Anual de<br />
'v\ Adquisiciones" procedimiento mediante el cual se integró dicho programa anual, con los datos que<br />
X cada responsable en la Secretaría aportó en dicho sistema. Por lo anterior, mediante oficio 378-370 de<br />
fecha 25 de marzo de 2002, se remitió a la Secretaría de Economía el "Programa Anual de<br />
\<br />
^Adquisiciones" de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, considerando la información antes<br />
señalada. Se anexa oficio y diskette con los antecedentes que se enviaron a la Secretaría de<br />
Economía. El Comité se da por enterado, sin comentario adicional.<br />
No habiendo otro asunto que tratar se dio por concluida la presente Sesión a las 11:35 horas, del día<br />
de la fecha de su celebración, firmando para constancia los que en ella intervinieron. ^<br />
25
U<br />
m<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENOA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
/ ir] 11 08<br />
^ SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE<br />
o D PROCEDIMIENTOS LEGALES DE CRÉDITO<br />
LA<br />
ZM<br />
Oficio No. 305.-VII.-098/2002.<br />
México, D.F., a 21 de mayo de 2002. S M r» «<br />
Lfc. GuinenriQ I González Avila<br />
DiVectorGehecáF dé Recursos Materiales y Servicios Gen<br />
Presen {¿^/¿^ "'-¿^<br />
* ^^^vmmm ^<br />
Me refiero a lo acordaptó por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios<br />
de esta Secretaría (^Comité), en su Sesión Extraordinaria 03/2002, celebrada el día<br />
8 de abril de 2002; referente al proceso para contratar los servicios de un Agente<br />
Coiocador Global, a efecto de llevar a cabo la enajenación de la posición accionaría<br />
del Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. (BBVA<br />
Bancomer). Asimismo, se hace referencia a los comentarios preventivos del Órgano<br />
Interno de Control en esta Secretaría en la sesión de referencia.<br />
Al respecto, por instrucciones del C. Director General de Crédito Público, y en<br />
, alcance al oficio No. 305.-069/2002 de fecha 12 de abril de 2002, se infomia lo<br />
siguiente:<br />
I. En los numerales 11 y 12 de las Bases para la Selección y Contratación de los<br />
Servicios de un Agente Coiocador Global (las Bases), aprobadas el 18 de abril<br />
de 2002 por el Subcomité Revisor de Bases de esta Secretaría, se establecen<br />
los siguientes Criterios para evaluar las propuestas de las Instituciones<br />
Participantes en el Procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres<br />
Personas No. I.T.P.I.-DGCP.-01/2002:<br />
A) Propuesta Técnica.<br />
Que el enfoque y metodología que se pretenda aplicar, su fáFrap'dad<br />
y el grado de compromiso, sea "acorde. con operaciones del esta<br />
naturaleza y con las obligaciones establecidas ^ ,el CoPitrato, y<br />
Respecto de la capacidad y experienqfFpSírá^jrealfeáf los trabajop de<br />
rj^^p Oferta de Acciones en el extranjero:<br />
HORAL<br />
) Tener experiencia como coo Jorgíobal, líder coiocador o<br />
colíder en por lo menos 10 (diez) colocaciones.<br />
a?jV''^o " '•^^^^t) Que en la conformación del equipo de trabajo se considere la<br />
y/^>.v.. ' ,^^^-'\y'' participación de un ejecutivo clave destinado específicamente al<br />
'^•-•^/¿D^ '¿yji^^ proyecto, y que no se encuentre participando como tal en otros<br />
procesos.<br />
©
^'^^^O ' SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
/^^^K%:<br />
«<br />
_ ^^í!a.^>\ o<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE<br />
PROCEDIMIENTOS LEGALES DE CRÉDITO<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAGENDA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
Oficio No. 305.-Vli.-098/2002.<br />
c) Que el ejecutivo clave a cargo del proyecto haya participado<br />
directamente desde el 1° de enero de 1997 en al menos una<br />
oferta de acciones, dentro de instituciones financieras que<br />
hubieren actuado como coordinador global, líder colocador o<br />
colíder<br />
• En ningún caso en la evaluación de las propuestas se utilizarán<br />
mecanismos de puntos o porcentajes.<br />
B) Propuesta Económica.<br />
• El contrato se adjudica a favor de la Institución Participante cuya<br />
propuesta resulte solvente porque reúne conforme a los criterios de<br />
selección establecidos en las Bases, las condiciones legales, técnicas<br />
y económicas requeridas por el Gobiemo Federal y garantiza<br />
satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.<br />
• En caso de que dos o más propuestas sean solventes porque<br />
satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados, la<br />
adjudicación del contrato será en favor de la Institución Participante<br />
que ofrezca cobrar la comisión más baja por los servicios a realizar.<br />
• En términos del artículo 44 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (el<br />
Reglamento), para el caso de que dos o más propuestas satisfagan la<br />
totalidad de los requerimientos solicitados y ofrezcan cobrar el mismo<br />
porcentaje por concepto de comisión, el resultado favorable sería en<br />
favor de la Institución Participante que resulte ganadora de un sorteo<br />
manual por insaculación que se celebre en la junta de aclaraciones, y<br />
que consiste en un boleto por cada propuesta que resulte empatada y<br />
depositados en una urna, de la que se extrae el boleto de la<br />
Institución Participante ganadora.<br />
Lo anterior, se presenta con el propósito de atender lo dispuesto en el acuerdo<br />
18/2002 adoptado por el Comité, a fin de que se incluya en el punto de<br />
"Seguimiento de Acuerdos" en su próxima reunión.
C'<br />
i ¡¿¿¡y<br />
:^>ttDQS<br />
SECRETARIA<br />
OE<br />
HACeCA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
.:,.L'.c«.^«^ .:-'«=;¿ai-%-i'j:",'¿.-;L..¿-,<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE<br />
PROCEDIMIENTOS LEGALES DE CRÉDITO<br />
Oficio No. 305.-VII.-098/2002.<br />
Con relación al proyecto de acta presentado ante el Comité en la Sesión<br />
Extraordinaria 04/2002, celebrada el 19 de abril de 2002, se precisa lo<br />
siguiente: ^<br />
• El Gobierno Federal es titular del 10.49% de las acciones de BBVA<br />
Bancomer, a través del fideicomiso No. F/22625-8 constituido en<br />
Bancomer, S.A., tal como se señaló en los acuerdos 01-XIX-4 y CID-01-<br />
XHI-2 adoptados por las Comisiones Intersecretariales de Gasto<br />
Financiamiento y de Desincorporación, respectivamente, en sesión<br />
conjunta de fecha 8 de agosto de 2001, lo cual se informó al Comité<br />
mediante oficios No. 305.-191/2001 y 305.-062/2002 de fechas 16 de<br />
agosto de 2001 y 1 de abril de 2002, respectivamente, girados por el C.<br />
Director General de Crédito Público. Asimismo, copia de los citados<br />
acuerdos se enviaron al Comité mediante oficio No. 305.Vil.-167/01 de<br />
fecha 22 de agosto de 2001 emitido por esta Dirección General Adjunta.<br />
• En relación con el monto estimado para la contratación de los servicios<br />
del despacho de abogados, se acompañaron a los oficios No. 305.-VII.-<br />
167/2001, 305.-062/2002 y 305.-069/2002 de fechas 22 de agosto de<br />
2001, y 1 y 12 de abril de 2002, respectivamente, las tarifas por la<br />
prestación de servicios legales que coljra el despacho jurídico Cleary,<br />
Gottiieb, Steen & Hamilton (CGSH), y se precisó que en virtud de la<br />
naturaleza de los servicios que presta el citado despacho, no es posible<br />
precisar el número de horas que llevará el procedimiento ni un estimado<br />
de su cotización, toda vez que el desarrollo de las actividades está en<br />
función de las tareas que realice el Agente Colocador.<br />
Cabe mencionar que: (i) No obstante que por las razones expuestas no es<br />
posible establecer un monto estimado para la contratación de los servicios<br />
en términos del artículo 49 del Reglamento, mediante el oficio No. 305.-<br />
062/2002 referido, se acompañó oficio No. 346.-383 de fecha 8 de marzo<br />
de 2002, a través del cual la C. Directora General de Programación,<br />
Organización y Presupuesto, informó a esta Dirección General de Crédito<br />
Público, que se tienen previstos recursos para realizar la contratación del<br />
despacho jurídico CGSH, del orden de 20 millones de pesos en la partida<br />
3304, capítulo 3000 del ramo 06 de Otras Asesorías para la Operación de<br />
Programas, en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación<br />
para el Ejercicio Fiscal del año 2002; y (ii) Toda vez que el despacho<br />
jurídico referido tiene su domicilio fuera del territorio nacional, no es<br />
aplicable el Impuesto al Valor Agregado.
m_<br />
^íUDOS<br />
SECRETARA<br />
DE<br />
HADENOA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE<br />
PROCEDIMIENTOS LEGALES DE CRÉDITO<br />
Oficio No. 305.-VII.-098/2002.<br />
Por lo anterior, se solicita se lleve a cabo el trámite correspondiente para que<br />
se realicen las precisiones que se han señalado.<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
Atent<br />
SUFRA<br />
La Diré<br />
a Torres<br />
O. NO REELECCIÓN.<br />
Adjunte<br />
c.c.p. Act. Alonso García Tamés.- Director General de Crédito Público.-Presente.<br />
C.P. Aída Amanda Córdova Chávez.- Titular del Órgano Interno de Control de la <strong>SHCP</strong>.-<br />
Presente.<br />
Dr. Guillermo Haro Belchez.- Titular de la Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obras<br />
Públicas, Servicios y Patrimonio Federal de la Secodam.- Presente.
'**^ly<br />
^íi.-<br />
vi^lDQS<br />
Wtcy<br />
SECRETARA/ y^<br />
X<br />
HAOENDA Y CREOTO PUBLICO<br />
íf<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE<br />
PROCEDIMIENTOS LEGALES DE CRÉDITO<br />
OficiíM 305.-VII.-101/2002.""<br />
México, D.F. a 27 de mayo dé 2902<br />
i I<br />
9 33<br />
MATÍJ?;<br />
H. C<br />
MATO 07 o]i}2<br />
Lio. Guillermo I. González Avila<br />
Director General de Recursos Materiales y ServrciostGjeneral<br />
Presente. ^{a<br />
Me refiero a la enajenación de la posición accionaria jdel Gobierno Federal, por<br />
conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Públitó; en Grupo Financiero BBVA<br />
Bancomer, S.A. de C.V., que se llevará a cabo con el apoyo de los Servicios de<br />
Intermediación Bursátil para Realizar la Enajenación de Acciones Representativas del<br />
Capital Social de Grupo Financiero BBVA Bancomer y de Consultoria y/o Asesoría<br />
Jurícdica del despacho de abogados Cleary, Gottiieb, Steen & Hamilton, contratados<br />
mediante los procedimientos de Invitación Intemacional a Cuando Menos Tres<br />
Personas No. I.T.P.I,- DGCP.- 01/2002, y de Adjudicación Directa, respectivamente.<br />
Ai respecto, por instrucciones del C. Director General de Crédito Público se acompaña<br />
la siguiente documentación para que por su amable conducto se dé cumplimiento a ío<br />
establecido en el último párrafo del articulo 40 de la Ley de Adquisisciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público:<br />
• Dictamen de las Propuestas Técnicas de la Invitación Internacional a Cuando<br />
Menos Tres Personas No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002, para la contratación de los<br />
Servicios de Intermediación Bursátil para Realizar la Enajenación de Acciones<br />
Representativas del Capital Social de Grupo Financiero BBVA Bancomer.<br />
Dictamen de Adjudicación Directa para la contratación de los Servicios de<br />
Consultoria y/o Asesoría Jurídica del despacho de abogados Cleary, Gottiieb,<br />
Steen & Hamilton.<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
Aten tarh ente<br />
SUFRAGIO/EFE<br />
La Direc<br />
Silvia t. Rocha Torres<br />
c.c.p. Act. Alonso García Tamés.-Director General de Crédito Público.-Presente. ^~~ —<br />
C.P. Aída Amanda Córdova Chávez.- Titular del Órgano Interno de Control de la^JHCP^<br />
Presente<br />
^32:<br />
'.•-.';• .•<br />
v'l
^&<br />
c-<br />
'^
.'i'^^^^O^ ~ SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAOENOA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
Contratación de los "Servicios de intermediación Bursátil para Realizar la Enajenación de<br />
Acciones Representativas del Capital Social de Grupo Financiero BBVA Bancomer"<br />
Invitación Internacional a cuando menos Tres Personas No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
Mediante oficio No.305.-062/2002 de fecha 1 de abril de 2002, emitido por el O.<br />
Director General de Crédito Público, se solicitó al Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (el<br />
Comité), se dictaminara sobre la excepción a la licitación pública de los servicios<br />
de referencia, en términos del artículo 40 de la LAASSP, para llevar a cabo la<br />
contratación correspondiente a través del procedimiento de invitación a cuando<br />
menos tres personas, acompañando la documentación relativa a la justificación<br />
para acreditar los criterios que fundamentan la excepción a la licitación, el plazo de<br />
ejecución y la imposibilidad de establecer un monto estimado de los servicios<br />
requeridos.<br />
Mediante oficios No. 305.-069/2002 y 305.-VII.-098/2002 de fechas 12 de abril y 21<br />
de mayo de 2002, emitidos por el C. Director General de Crédito Público y por la<br />
C. Directora General Adjunta de Procedimientos Legales de Crédito,<br />
respectivamente, se acompañó la documentación y se hicieron las precisiones<br />
solicitadas por el Comité y por el Órgano Interno de Control en la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público.<br />
Mediante el acuerdo 18/2002 adoptado por el Comité en su sesión extraordinaria<br />
No. 03/2002 de fecha 8 de abril de 2002, con fundamento en el artículo 22 de la<br />
LAASSP, se dictaminó favorablemente la factibilidad de no celebrar licitación<br />
pública, para que la Dirección General de Crédito Público llevara a cabo la<br />
contratación de los servicios de referencia a través del procedimiento de invitación<br />
a cuando menos tres personas.<br />
De conformidad con lo establecido en el artículo 16 fracciones II y III<br />
Reglamento de la LAASSP, el 18 de abril de 2002, el Subcomité Revisor d<br />
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, celebró su Sesión Extraen<br />
02/2002, en la cual revisó y aprobó el contenido de las Bases para la selecció<br />
contratación de los servicios de intennediación bursátil para realizar la enajenación<br />
de las Acciones BBVA Bancomer correspondientes, incluyendo sus anexi<br />
Bases).
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Contratación de los "Servicios de Intermediación Bursátil para Realizar la Enajenación de<br />
Acciones Representativas del Capital Social de Grupo Financiero BBVA Bancomer"<br />
Invitación Internacional a cuando menos Tres Personas No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
• Con fundamento en los artículos 40 y 42, párrafo segundo de la LAASSP, se invitó<br />
a participar a las instituciones financieras que a continuación se mencionan:<br />
- Credit Swisse First Boston, Corp.<br />
- Deutsche Bank Securities, Inc.<br />
'^ i'' - Goldman Sachs & Co.<br />
- JP Morgan Securities, Inc.<br />
- Merrill Lynch, Pierce, Fenner & Smith, Inc.<br />
- Morgan Stanley & Co. Incorporated<br />
- Salomón Smith Barney, Inc.<br />
- UBS Warburg, LLC<br />
Con fundamento en lo establecido en el artículo 43 de la LAASSP, las instituciones<br />
referidas fueron invitadas a través de oficios de fecha 19 de abril de 2002, girados<br />
por la Dirección General de Crédito Público de esta Secretaría, a los cuales se<br />
acompañaron las Bases.<br />
• Con fecha 23 de abril del año en curso, en apego al numeral 6 de las Bases, se<br />
llevó a cabo la Junta de Aclaraciones del Procedimiento de Invitación Internacional<br />
a Cuando Menos Tres Personas No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002, en la cual se<br />
hicieron las precisiones y aclaraciones conducentes a las Bases, conforme a las<br />
m^ preguntas que las Instituciones Participantes formularon a la Dirección General de<br />
\¿Ml. Crédito Público por escrito y verbalmente el día del evento (se anexa copia simple<br />
del acta correspondiente).<br />
ú.<br />
• El día 23 de abril de 2002, se fijó en la puerta principal de la Dirección General de<br />
Crédito Público, un Aviso de Notificación señalando que las a<br />
correspondientes a los actos del Procedimiento de Invitación Internacionáka<br />
Cuando Menos Tres Personas No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002, quedarían a<br />
disposición de las instituciones participantes en las oficinas de la Dirección<br />
General de Crédito Público, por un término no menor de 5 días hábiles a partir-tíe<br />
la celebración de cada uno de dichos actos, en términos del artículo 35 d<br />
Reglamento de la LAASSP.<br />
• Con fundamento en el numeral 7 de las Bases, con fecha 25 de abril de 2002, se<br />
3
L^<br />
í."^^^^^ - SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
" "^ ' DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAOENDA Y CREÍXrO PUBIXO<br />
Contratación de los "Servicios de Intermediación Bursátil para Realizar la Enajenación de<br />
Acciones Representativas del Capital Social de Grupo Financiero BBVA Bancomer"<br />
Invitación Internacional a cuando menos Tres Personas No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
llevó a cabo el Acto de Recepción de Propuestas Técnicas y Económicas y<br />
Apertura de Propuestas Técnicas, en el cual se procedió inicialmente a realizar el<br />
registro de todas las Instituciones invitadas.<br />
Acto seguido, se llevó a cabo la recepción y revisión de propuestas, aceptándose<br />
únicamente las propuestas de las siguientes empresas:<br />
- Credit Swisse First Boston, Corp.<br />
- Deutsche Bank Securities, Inc.<br />
- Goldman Sachs & Co.<br />
- JP Morgan Securities, Inc.<br />
- Merrill Lynch, Pierce, Fenner & Smith, Inc.<br />
- Morgan Stanley & Co. Incorporated<br />
- Salomón Smith Barney, Inc.<br />
En virtud de que la propuesta de UBS Warburg, LLC, cumplió parcialmente con lo<br />
solicitado en el punto 5.2 de las Bases al presentar el poder protocolizado ante<br />
fedatario público en México, pero no cumplió con el requisito al no presentar copia<br />
simple de la identificación del representante legal, y su original para cotejo, se<br />
desechó con fundamento en los artículos 31 fracción II y 35 fracción I de la<br />
U\ASSP y 39 del Reglamento de la LAASSP, así como el numeral 10.1 pie-las<br />
Bases (se anexa testimonio notarial original del acta correspondiente).<br />
DICTAMEN<br />
Con fecha 30 de abril se celebró el Acto de Fallo Técnico y Apertura<br />
Propuestas Económicas, en el que representantes de la Dirección General de<br />
Crédito Público procedieron conforme a lo dispuesto en el artículo 35 fracción<br />
de la LAASSP, a realizar el análisis comparativo y detallado de las propue<br />
técnicas aceptadas en la primera etapa del Procedimiento de Invitación<br />
Internacional a Cuando Menos Tres Personas No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002 (se<br />
acompaña testimonio notarial original del acta correspondiente).<br />
Cpmo resultado de dicha evaluación, se otorgó Fallo Técnico favorable a las<br />
Instituciones Participantes que presentaron sus propuestas, en virtud de haber<br />
cumplido con todos los requisitos técnicos, legales y administrativos solicitados en
^<br />
C<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAOEMDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Contratación de los "Servicios de Intermediación Bursátil para Realizar la Enajenación de<br />
Acciones Representativas del Capital Social de Grupo Financiero BBVA Bancomer"<br />
Invitación Internacional a cuando menos Tres Personas No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
las Bases de acuerdo con el Dictamen Técnico elaborado por la Dirección<br />
General de Crédito Público, en su carácter de área técnica solicitante del servicio.<br />
Acto seguido, se llevó a cabo el Acto de Apertura de Propuestas Económicas, y<br />
se detenninaron como solventes las propuestas económicas de las siguientes<br />
instituciones, en virtud de que reunieron las condiciones legales, técnicas y<br />
económicas requeridas por la convocante, y garantizaban satisfactoriamente el<br />
cumplimiento de las obligaciones respectivas:<br />
- Credit Swisse First Boston, Corp.<br />
- Deutsche Bank Securities, Inc.<br />
- Goldman Sachs & Co.<br />
- JP Morgan Securities, Inc.<br />
- Merrill Lynch, Pierce, Fenner & Smith, Inc.<br />
- Morgan Stanley & Co. Incorporated<br />
- Salomón Smith Barney, Inc.<br />
Con base en lo anterior, y conforme a los artículos 36 y 37 de la LAASSP, se<br />
adjudicó el Contrato de entre las Instituciones Participantes, a Goldman, Sachs &<br />
Co., toda vez que su propuesta resultó solvente porque reunía, conforme a los<br />
criterios de adjudicación establecidos en las Bases, las condiciones legales,<br />
técnicas y económicas requeridas por la convocante, garantizaba<br />
satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas y presentó la<br />
comisión única del 0.2843%, sobre el producto bruto de la enajenación de la<br />
posición accionaria^-siecitío^ la propuesta más baja de las presentadas por las<br />
instituciones Particioantes.<br />
Alonso Pascual García Tamas<br />
Director General de Crédito Público<br />
México, D.F. a 30 de ab/il de 2002
ü:n<br />
*€S7<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Contratación de los "Servicios de Intermediación Bursátil para Realizar la Enajenación de<br />
Acciones Representativas del Capital Social de Grupo Financiero BBVA Bancomer"<br />
Invitación Internacional a cuando menos Tres Personas No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
NOMBRE<br />
Antonio Castaño Leal<br />
Silvia E. Rocha Torres<br />
Eugenio Alarcón Yturbide<br />
CARGO<br />
Director General Adjunto de<br />
Coordinación y Captación<br />
de Crédito Externo<br />
Directora General Adjunta<br />
de Procedimientos Legales<br />
de Crédito<br />
Director de Crédito Externo<br />
Daniel Muñoz Díaz Director de Proyectos<br />
Especiales "A"<br />
Las firmas que aparecen en esta hoja pertenecen al Dictamen de la Invitación<br />
Internacional a Cuando Menos Tres Personas No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002, que llevó<br />
a cabo, la Dirección General de Crédito Público en su carácter de área técnica<br />
solicitante del servicio.<br />
•.:.&
SECRETARIA<br />
. X<br />
KACIENOA Y CREOrrO PU8UC0<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Contratación de los "Servicios de Consultoría y/o Asesoría Jurídica del despacho de<br />
Abogados Cleary, Gottiieb, Steén & Hamilton para Instrumentar la Enajenación de Acciones<br />
Representativas del Capital Social de Grupo Financiero BBVA Bancomer"<br />
Al tenor de lo establecido en el artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos<br />
y Servicios del Sector Público (la LAASSP), se expide el presente Dictamen de<br />
Adjudicación Directa para la contratación de los servicios de consultoría y/o asesoría<br />
•ÍN.<br />
^¡r) jurídica del despacho de abogados Cleary, Gottiieb, Steen & Hamilton, para que se<br />
instrumente la Enajenación de Acciones Representativas del Capital Social de Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer".<br />
RESEÑA CRONOLÓGICA DE LOS ACTOS DERIVADOS<br />
DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN<br />
El Gobierno Federal a través del Fideicomiso F/22625-8 constituido en BBVA<br />
Bancomer, S.A., es titular de 949'838,031 (novecientos cuarenta y nueve millones<br />
ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones serie "O" dercapital social de<br />
Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
El objeto del procedimiento de referencia es la contratación por parte del Gobierno<br />
Federal de los servicios consultoría y/o asesoría jurídica para llevar a cabo los<br />
trabajos necesarios para instrumentar la oferta y enajenación de la posición<br />
accionaria del Gobiemo Federal.<br />
El esquema de la enajenación de la posición accionaria referido asi como los<br />
procedimientos para la contratación mencionada, está previsto en los acuerdos 01-<br />
XIX-4 y CID-01-XIII-2. y 02-V-6 y CID-02-III-1, adoptados por las Comisiones<br />
Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de Desincorporación, en sesiones<br />
conjuntas celebradas el 8 de agosto de 2001 y 6 de marzo de 2002,<br />
respectivamente.<br />
Mediante oficio No. 101.-1338, de fecha 10 de agosto de 2001, el C. Secretario de<br />
Hacienda y Crédito Público, instmyó a la Dirección General de Crédito Público<br />
para que en estricto apego al artículo 134 de la Constitución Política^iifijos<br />
Estados Unidos Mexicanos y demás nomnativa aplicable, lleve a<br />
procedimiento de enajenación aludido.
m<br />
SECRETARIA<br />
OE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Contratación de los "Servicios de Consultorta y/o Asesoría Jurídica del despacho de<br />
Abogados Cleary, Gottiieb, Steen & Hamilton para Instrumentar la Enajenación de Acciones<br />
Representativas del Capital Social de Grupo Financiero BBVA Bancomer"<br />
Mediante oficio No. 346.-383, de fecha 8 de marzo de 2002, la Dirección General<br />
de Programación, Organización y Presupuesto de la Secretaría de Hacienda y<br />
Crédito Público infomnó que con fundamento en el artículo 25 de la LAASSP,<br />
existe disponibilidad de recursos para cubrir la contratación de los servicios de<br />
consuitoría y/o asesoría jurídica, mismos que han sido reservados en la partida<br />
3304, capítulo 3000 del ramo 06 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la<br />
Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2002.<br />
Mediante oficio No. 101.-318, de fecha 26 de marzo de 2002, el C. Secretario de<br />
Hacienda y Crédito Público, autorizó la erogación para la contratación de los<br />
servicios de consuitoría y/o asesoría jurídica necesarios para instrumentar el<br />
esquema para la enajenación de acciones rerefida.<br />
Mediante oficio No.305.-062/2002 de fecha 1 de abril de 2002, emitido por el C.<br />
Director General de Crédito Público, se solicitó al Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (el<br />
Comité), se dictaminara sobre la excepción a la licitación pública de los servicios<br />
de referencia para llevar a cabo la contratación del despacho Cleary, Gottiieb,<br />
Steen & Hamilton a través del procedimiento de adjudicación directa,<br />
acompañando la documentación relativa a la justificación para acreditar los<br />
criterios que fundamentan la excepción a la licitación, el plazo de ejecución y la<br />
imposibilidad de establecer un monto estimado de los servicios requeridos en<br />
ténninos del artículo 40 de la LAASSP,<br />
Mediante oficio No. 305.-069/2002 de fecha 12 de abril de 2002, emitido por el C.<br />
Director General de Crédito Público, se acompañó la documentación y se hicieron<br />
las precisiones solicitadas por el Comité y por el Órgano Interno de Control en la<br />
Secretaria de Hacienda y Crédito Público.
m<br />
SECRETARA<br />
oe .<br />
HAOENDA Y CRÉDITO PU6UC0<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Contratación de los "Servicios de Consultoría y/o Asesoría Jurídica del despacho de<br />
Abogados Cleary, Gottiieb, Steen & Hamilton para Instrumentar la Enajenación de Acciones<br />
Representativas del Capital Social de Grupo Financiero BBVA Bancomer"<br />
DICTAMEN<br />
Mediante el acuerdo 19/2002, adoptado por del Comité en su sesión extraordinaria<br />
No. 03/2002 de fecha 8 de abril de 2002, con fundamento en el artículo 22 de la<br />
LAASSP, se dictaminó favorablemente la factibilidad de no celebrar licitación<br />
pública, para que la Dirección General de Crédito Público llevara a cabo la<br />
contratación de los servicios del despacho jurídico Cleary, Gottiieb, Steen &<br />
Hamilton, a través del procedimiento adjudicación directa.<br />
México, D.F.<br />
Público
m)<br />
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2 I-<br />
25<br />
c_> uu<br />
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i cu :_;<br />
1 — •—'<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
.mCCKM Y CREOTTO PteUCO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No, 305.-264/2OO2<br />
México, D1?ni~í6-<br />
RECIBIDO<br />
S. H. C. P.<br />
1 7 ülC<br />
le cLicianbr« de<br />
S¡?slF%^?.!'iec«„os<br />
c. Guillermo!. Gonrálei^vlla>.¿cc;cNeEN^f^^L¿^/ _ -^<br />
Director General de Reculos Matertáles'-y Servidlos QÍ&rftfiíggj/ív'TcZcoíi V<br />
Oficialía Mayor V>... ^"'y «-^^'W" «CflfCML *<br />
Presente.<br />
Me refiero a la enajenación de la posición acdonaría que mantenía el Gobierno<br />
Federal, en Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. (las Acciones BBVA<br />
Bancomer), para lo cual fue necesario contratar los servicios de un despacho de<br />
consultoria y/o asesoría jurídica medíante un procedimiento de adjudicación directa.<br />
Al respecto, en atención al acuerdo 19/2002 de la Sesión Extraordinaria 03/2002,<br />
celebrada el 8 de abril de 2002, adoptado por el Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servidos (el Comité), se informa lo siguiente:<br />
< o<br />
o LiJ<br />
< -<<br />
1-* 5'<br />
(SI<br />
C3<br />
Si<br />
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1. Con fecha 8 de abril de 2002, se sometió a consideración del Comité la<br />
contratación de Cleary, Gottiieb, Steen & Hamilton (CGSH) mediante un<br />
procedimiento de adjudicación directa, para que coadyuvara con un Agente<br />
Colocador Global en la enajenadón de las Acciones BBVA Bancomer.<br />
2. Mediante acuerdo No. 19/2002 del Comité se aprobó la contratación de<br />
CGSH, debiéndose presentar una justificación exclusivamente para la<br />
Contratación de los Servicios del Despacho de Abogados CGSH, en la que<br />
se especifique lo relativo a las características que deben cumplirse según el<br />
artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del<br />
Sector Público, así como presentar cotización, tabla de tarifas por hora de<br />
los abogados o socios del Despacho a contratar y los alcances del servicio<br />
en papel membretado.<br />
3. Mediante ofido No. 305.-069/2002 de fecha 12 de abril de 2002, emitido por<br />
esta Dirección General, se cumplió con lo solidtado en el mendonado<br />
acuerdo No. 19/2002 del Comité.<br />
4., Con fecha 13 de mayo de 2002, la Dirección General de Crédito Público y<br />
CGSH celebraron un contrato de Prestación de Servicios Profesionales,<br />
señalándose en la cláusula segunda como contraprestadón única, la<br />
cantidad-efe D§$125,000.00 (dentó veintidnco mil dólares).<br />
gQ 9 Ud ^^ •'-'<br />
5. Los trabajos tendientes a la enajenadón de la Acciones BBVA Bancomer,<br />
iniciaron el .día 16 de abril y concluyeron el 3 de julio de 2002.<br />
VX'" '""<br />
c.5?^<br />
' . ^i:;V-.<br />
"\<br />
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**355S^'<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HU3EMM Y CREOm) Pl&JCO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.-264/2002<br />
6. Con fecha 31 de octubre de 2002, CGSH presentó a esta Dirección General<br />
ia factura No. 13-5599083, por un monto de $125,000.00 (ciento veinticinco<br />
mil dólares) para su pago.<br />
7. Una vez revisada la factura y tomando en consideración que los servicios<br />
del despacho CGSH fueron prestados en tiempo y forma, con fecha 6 de<br />
diciembre de 2002. se efectuó el pago a CGSH por la cantidad de<br />
US$125,000.00 (ciento veinticinco mil dólares) equivalentes a<br />
$1*312,500.00 (un millón trescientos doce mil quinientos pesos), según<br />
datos contenidos en la cuenta por liquidar Número 06-7102370 con folio<br />
22137 con fecha de expedición 27 de noviembre de 2002.<br />
Lo anterior, se infonma a fin de que sea incluido en la próxima sesión del Comité,<br />
dentro de la sección de Seguimiento de Acuerdos y se considere como cumplido.<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
Ate ntairren^-e,-<br />
,'^=^UFRAGIQ EF.ECTIVO./<br />
tor General,<br />
NO REELECCIÓN.<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.
o ^ .<br />
w<br />
SECRETARIA<br />
OE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
\<br />
ACT. ALONSO GARCÍA TAMES<br />
Director General de Crédito Público<br />
Patio Central 3er. Piso, oficina 3010<br />
Palacio Nacional<br />
^^C3<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
DIRECCIÓN GENERAL OE RECURSOS<br />
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES<br />
378-<br />
1 r: ; o<br />
México, D.F., 30D+O002<br />
Hago referencia a su oficio N° 305.-264/2002 de fecha 16 de diciembre de 2002, en el que solicitó<br />
se informara al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Dependencia que, en<br />
relación con el acuerdo N° 19 pronunciado en la Sesión Extraordinaria N° 03/2002 de fecha 8 de<br />
abril de 2002, de dicho Órgano Colegiado y en la que se aprobó la solicitud hecha al mismo, por la<br />
Dirección General a su digno cargo, para realizar un procedimiento de Adjudicación Directa a favor<br />
del Despacho "Cleary, Gottiieb Steen & Hamilton", a fin de coadyuvar en la enajenación de la<br />
posición accionaria del Gobierno Federal en el Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C-V.<br />
En la Sesión Ordinaria N° 12/2002 de fecha 19 de diciembre de 2002, se dio a conocer su oficio de<br />
referencia, tomando nota del mismo los miembros que conforman dicho Comité.<br />
Sin otro particular, le envió un cordial saludo<br />
ATENT<br />
SUFRAGIO EFEC<br />
EL DI<br />
RECIBIDO<br />
S. H. C. P.<br />
D!r¥3CCiON OiENERAL<br />
DE CaSDITO<br />
• P'J'dUCO<br />
C.C.P. DR. AGUSTÍN CARSTENS CARSTENS.- Subsecretario de .- Presente.- Para su conocimiento.<br />
LIC. JOSÉ LUIS GARCÍA RAMOS L.-Secretario Ejecutivo Suplente del Comité de Adquisiciones.-<br />
Presente.- Mismo Fin.<br />
^.
O<br />
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O<br />
w<br />
^<br />
o X
Certificaciones de los acuerdos adoptados por el Comité<br />
18
. ,jH«»J-V.<br />
SECRETARIA<br />
OE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DRA. SILVIA E. ROCHA TORRES<br />
Directora General Adjunta de<br />
Procedimientos Legales de la<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
PRESENTE<br />
áP<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS<br />
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES<br />
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE<br />
ADQUISICIONES Y CONTRATACIÓN DE<br />
SERVICIOS.<br />
ssa^-A- 382<br />
México, D. F., a 20 de mayo de 2002<br />
En relación con su oficio 305.-VII.-088/2002, de fecha 8 de mayo de 2002, enviado al Director General<br />
de Recursos Materiales y Servicios Generales, en el que solicita una copia certificada de los acuerdos<br />
números 18 y 19 tomados en la Sesión extraordinaria 04/2002 del Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, celebrada el 19 de abril de<br />
2002, y por acuerdo de ese Servidos Público, anexo al presente remito a usted la información solicitada.<br />
ANEXO COPIA CERTIFICADA DE ACUERDOS 18<br />
Y 19 SESIÓN EXTRAORDINARIA04/2002.<br />
ATENTAMENTE<br />
SUFRAGIO EFECJiVÓv NO REELECCIÓN<br />
EL DIREjefQÍtpENÉRAL ADJUNTO<br />
f<br />
J5^ uis GARCÍA RAMOS L.<br />
ÍI3HC:RFCC;ON GENERAL<br />
jjQp DE CREniTO PiJBL.iCn<br />
V'-r<br />
(i<br />
MAYO 2i )~i<br />
íl OIRECCÍOA; GENERAL ADJUWTA<br />
i! Df f^KOCHCíWiENTOS LEGALES<br />
I! Ot CRÉDITO<br />
-^ _/ £pí''^-^.'-i^.C:0'J [JE SERVICIOS<br />
Ijh 24MAY20C2 Jlij!<br />
C.C.P. ACT. ALONSO GARCÍA TAMES.- DIRECTOR GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO.- Presente.- Para su<br />
conocimiento.<br />
LIC. GUILLERMO GONZÁLEZ ÁVILA.- DIRECTOR GENERAL DE, RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS<br />
GENERALES.-Presente.- Mismo Fin.
^é^^^^ COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 05/2002<br />
26 DE ABRIL DE 2002<br />
StCHETWW<br />
DE<br />
HAciEMJA r CRÉDITO Fuaco<br />
aprobado con el acuerdo siguiente: presentar por parte de la Dirección Técnica Operativa de la<br />
Subsecretaría del Ramo, una ampliación de la justificación de acuerdo con lo establecido en el Artículo<br />
49 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.<br />
Se informó que con oficio 102-BII-0676/02 de fecha 15 de abril de 2002, enviado por la Dirección<br />
Técnica Operativa de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, envió la ampliación a la<br />
justificación, con lo cual se da cumplimiento a este acuerdo. El Comité se da por enterado, dándose<br />
por concluido ei presente acuerdo.<br />
;<br />
Acuerdo 18/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente comentó que este acuerdo corresponde a la<br />
contratación del Servicio de un Agente Colocador Global para la Enajenación de la Posición Accionaria<br />
.del Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer, solicitada por la Dirección General de<br />
Crédito Público, el cual se presentó para dictaminación del Comité en la Sesión Extraordinaria 03/2002,<br />
;<br />
S'<br />
dándose por aprobado con el acuerdo de presentar una justificación exclusivamente para este Servicio,<br />
en la que se especificara lo relativo al Artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
[<br />
i<br />
Servicios del Sector Público, así como presentar los criterios de evaluación que se establecerán en las<br />
bases para llevar a cabo este procedimiento. Se informó que con oficio 305-069/2002 de fecha 12 de<br />
i<br />
abril de 2002, la Dirección General de Crédito Público envió la justificación exclusivamente para el [<br />
Servicio de un Agente Colocador Global para la Enajenación de la Posición Accionaria del Gobierno<br />
Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer, en los términos acordados por este Comité, asimismo<br />
i<br />
^ con los criterios de evaluación, indicando que quedarán incluidas en las bases respectivas. El Comité<br />
se da por enterado, quedemdo concluido el presente seguimiento, sin comentarlo adicional.—<br />
.Acuerdo 19/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente comentó que este acuerdo corresponde a la<br />
contratación de los Servicios del Despacho de Abogados Cléary Gottiies Steen & Hamilton, solicitado<br />
por la Dirección General de Crédito Público, el cual se presentó a dictaminación del Comité en las<br />
Sesión Extraordinaria 03/2002, en la cual se dio por aprobado, con el acuerdo de presentar por parte<br />
de la Dirección General de Crédito Público, una justificación exclusivamente para esta contratación, en<br />
la que se especifique lo relativo al Artículo 40 de !a Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios<br />
del Sector Público, así como presentar cotización, alcances del servicio en papel membretado de la<br />
Empresa que se propone y tabla de tarifas que cobran por hora de los abogados o socios del y^'<br />
Despacho a contratar. Se informó que con oficio 305-069/2002 de fecha 12 de abril de 2002. la /Y<br />
Dirección General de Crédito Público, envió la justificación exclusivamente para el Servicio del /<br />
Despacho de Abogados Cíeary Gottiies Steen & Hamilton, en los términos acordados por el Comité, se '<br />
anexaron las tarifas en papel membretado del Despacho, cobra por hora, en la forma solicitada por<br />
este Órgano Colegiado. El Comité se da por enterado, dándose por concluido el presente<br />
seguimiento, sin comentario adicional. —•—•-- ~<br />
Acuerdo 20/2002: El Secretario Ejecutivo Suplente comentó que este acuerdo corresponde al Sen/icio<br />
de Boletos de Avión, solicitado por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales<br />
a través de la Dirección General Adjunta de Control, Planeación y Sistemas, el cual presentado a<br />
dictaminación del Comité en la Sesión Extraordinaria 03/2002, en la cual se dio por aprobado con el<br />
acuerdo de presentar una ampliación de la justificación en la que se considere, el Artículo 49 del<br />
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y por<br />
sugerencja del Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo este servicio<br />
debe de observar dos partidas, una para los viajes nacionales y otra para los internacionales. Se<br />
informó que con oficio 321-A-253 de fecha 16 de abril de 2002, la Dirección General Adjunta de<br />
Control, Planeación y Sistemas, envió la ampliación de la justificación, mencionando que el contrato<br />
afectara las partidas 3811 y 3813 una para viajes nacionales y otra para viajes internacionales,<br />
respectivamente. El Comité se da por enterado, dándose por concluido el presente seguimientp,<br />
,<br />
sin comentario adicional. ^— \-<br />
El Presidente Suplente dio la bienvenida ^al Lie. Salomón Díaz Alfaro, Director General Adjunto úé—<br />
\^<br />
14
^ylADOs<br />
SECRETA<br />
DE<br />
HKSBOky CREOnX) PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE<br />
PROCEDIMIENTOS LEGALES DE CRÉDITO<br />
Oficio No. 305.-VII.-102/2002<br />
México, D.F. a 30 de mayo de 2002<br />
r^^<br />
Lie. Guillermo I. González Avila K^<br />
Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales^<br />
Presente.<br />
v=Z'-.,<br />
''-(^(01 '.-•<br />
Me refiero al oficio No. 352-A-382 de fecha 20 de mayo de 2002, mediante el cual<br />
remite certificaciones de los acuerdos 18 y 19 tomados en la Sesión Extraordinaria<br />
04/2002 del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de esta Secretaría<br />
(el Comité).<br />
Al respecto, en alcance a mi oficio No. 305.VII.-088/2002 de fecha 8 de mayo de 2002,<br />
con fundamento en el artículo 22 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios del Sector Público (la LAASSP) y 68 del Reglamento Interior de la Secretaría<br />
de Hacienda y Crédito Público, se solicita una certificación de los acuerdos adoptados<br />
en la Sesión Extraordinaria 03/2002 de fecha 8 de abril de 2002 por el Comité, relativos<br />
a la selección y contratación de los servicios necesarios para llevar a cabo la<br />
enajenación de la posición accionaria del Gobierno Federal, en Grupo Financiero<br />
BBVA Bancomer, S.A. de C.V., a saber:<br />
• Acuerdo 18/2002 mediante el cual se dictaminó favorablemente sobre la<br />
procedencia de la excepción a la licitación pública para seleccionar y contratar a un<br />
Agente Colocador Global a través del procedimiento de invitación a cuando menos<br />
tres personas, previsto en los artículos 40, 41 y 43 de la LAASSP.<br />
• Acuerdo 19/2002 relativo a la dictaminación favorable sobre la excepción a la<br />
licitación pública para la contratación de los servicios del despacho de abogados<br />
Cleary, Gottiieb, Steen & Hamilton, a través del procedimiento de adjudicación<br />
directa, conforme a lo establecido en los artículos 40 y 41 de la LAASSP.<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más disting<br />
n p.<br />
Cn'f/KAl es ^íCUfiSOS<br />
''-\n<br />
••••j<br />
J$^3dJi<br />
Atent<br />
SUFRA<br />
La Diré<br />
c.c.p. Act. Alonso García Tamés.- Director General de Crédito Público.- Presente.<br />
Lie. José Luis García Ramos Larrauri.- Director General Adjunto de Adquisiciones y<br />
Contratación de Servicios.- Presente.
c^^E^-v*<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
DRA. SILVIA E. ROCHA TORRES<br />
Directora General Adjunta de<br />
Procedimientos Legales de la<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
PRESENTE<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS<br />
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES<br />
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE<br />
ADQUISICIONES Y CONTRATACIÓN DE<br />
SERVICIOS.<br />
352-A- 409<br />
México, D. F., a 3 de junio de 2002<br />
200. , po, ac„e.o .a ese se.*í S IXtse^f;:^^^^^<br />
ATENTAMEN<br />
SUFRAGIO EFECTIVO. r^EÉLECClÓN<br />
EL DIRECTOR GEj^CftAL^DJUNTO<br />
m A RAMOS L.<br />
ANEXO COPIA CERTIRCADA DE ACUERDOS 18<br />
Y 19 SESIÓN EXTRAORDINARIA03/2002.<br />
Q3<br />
SH DIRECCIÓN GENERAL<br />
QpDE CRÉDITO PUBLICO<br />
i^' JUN 5 2CC2 ^<br />
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA<br />
DE PROCEDIMIENTOS LEGALES<br />
DE CRÉDITO<br />
'•'•'• co^crmo ° °*""* '*"^" • °'"^=^ °^"^"*L ''E CRÉDITO PÜBUCO.. Presente.. Para su<br />
•, GEN^R^Lfí^^SSO'FT- °'"''" '^^"^"^^ "^ "^
^té^^^ir - COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
SECRHTAHIA<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUSUCO<br />
El Presidente Suplente informó que se tenían algunas sugerencias del Órgano Interno de Control en<br />
esta Secretaría, respecto a que ia Justificación sé realice en apego a lo establecido en el Artículo 49 del<br />
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, solicitando al<br />
Lie. Alejandro Contreras Reding, Director Técnico Operativo de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público, una ampliación a la justificación de acuerdo a la sugerencia del Representante del Órgano<br />
Interno de Control, para ser presentada a este Comité. No habiendo ningún comentario más al<br />
respecto procedió con base en la anuencia del Comité, a dar por aprobado este servicio. Acuerdo<br />
17/2002: Aprobado, debiéndose presentar una ampliación de la justificación de acuerdo a lo<br />
establecido en el Artículo 49 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios del Sector Público.—<br />
6.2.- Excepción de Licitación Pública para llevar a cabo procedimientos de Adjudícadón Directa, o<br />
Invitación a Cuando Menos Tres Personas. :<br />
.2.1.- Servicios de un Agente Colocador Global para la Enajenación de la Posición Accionaria de!<br />
^Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer. Dirección General de Crédito Público,<br />
Invitación a Tres Personas.<br />
El Presidente Suplente comentó que este caso se sometió a este Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios, en el año anterior, en ese entonces se planteó que no era materia del<br />
Órgano Colegiado, pero con la refonma que se hizo a la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2002,<br />
la cual incluye un apartado de Ingresos Netos es por lo que se vuelve a retomar. Se solicitó al<br />
Secretario Ejecutivo Suplente presentara el caso al Comité. •<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este caso corresponde a la solicitud de excepción de<br />
Licitación Pública para llevar a cabo un procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas,<br />
hecha por ia Dirección General de Crédito Público, para la contratación de los Servicios de un Agente<br />
Colocador Global para la Enajenación de la Posición Accionaria del Gobierno Federal en Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer. El monto estimado en el formato tradicional de presentación de casos al<br />
Comité, no aplica para este servicio, por tratarse de una operación bajo el esquema de Ingresos Netos.<br />
El periodo de contratación seria de la fecha de adjudicación de contrato a la fecha de enajenación de<br />
las acciones o al 31 de diciembre de 2002, lo que ocurra primero, la solicitud de la Dirección General<br />
de Crédito Público se hizo mediante el oficio 305-062/2002 de fecha 1 de abril de 2002, se cuenta con<br />
los oficios 346-436 de fecha 1 de abril de 2002, de la Dirección General de Programación,<br />
^organización y Presupuesto y el 311-A-846 del 1 de abril de 2002, de la Dirección General de<br />
¿^Programación y Presupuesto de Servicios, en los que se indica que la contratación de referencia debe<br />
realizarse bajo el esquema de Ingresos Netos a que se refiere el Artículo 14 de la Ley de Ingresos para<br />
el Ejercicio Fiscal 2002, portal motivo el trámite se realiza sin contar con el documento de suficiencia<br />
presupuesta!, por no ser necesario, en virtud de que no se afecta el presupuesto. Se anexa la<br />
autorización para la contratación de un Agente Colocador firmada por el C. Secretario de Hacienda y<br />
Crédito Público, La fundamentación para la decisión se encuentra en los Artículos 19, 22, 25, 26, 40 y<br />
41 fracción III y X de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como<br />
el 19 y 49 de su Reglamento, y el Artículo 14 de ia Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2002, en<br />
^ virtud de que existan circunstancias que puedan provocar perdidas o costos adicionales importantes<br />
\ debidamente justificados, y se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones<br />
cuya difusión pudiera afectar el interés público o comprometer información de naturaleza confidencia!<br />
para el Gobierno Federal. —— ——— •— •—•—-—— ——^<br />
El Presidente Suplente informó que se tenían sugerencias del Órgano Interno de Control en es'<br />
Secretaría, respecto a que la justificación se présente únicamente con la información del caso que ijós<br />
ocupa, que se realice en apego a lo establecido en el Articulo 49 deL Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Ser>ñdos del Sector Público, que sea firmada por el Titular del área<br />
usuaria de conformidad con los Artículo;Sy40 segundo párrafo de la Ley antes dtada y 17 fracdóriVi<br />
A<br />
i<br />
/ • \<br />
y^: %<br />
19
:^CiK^^ci . COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
SECRETAfUA<br />
OE<br />
HAaENOA Y CREDfTO PUBUCO<br />
inciso D de su Reglamento, que se acrediten claramente los criterios de economía, eficacia,<br />
imparcialidad y honradez a que se refiere el párrafo tercero del Artículo 134 Constitucional y el párrafo<br />
segundo del Artículo 40 de la Ley ya mencionada, que en el servicio que se propone contratar se pacte<br />
lo establecido en el párrafo primero del Artículo 44 de la Ley, de no ser así se señalen cuáles son las<br />
causas que lo impiden, que se presenten los criterios para la selección de los agentes a invitar en el<br />
procedimiento que se propone, que se informe a este Órgano Colegiado, cuáles son los criterios de<br />
evaluación de las propuestas técnicas y económicas a establecerse en las bases de la invitación, así<br />
como la forma de pago y el procedimiento de penalizaclón en caso de atraso, que se desarrolle un<br />
modelo de contrato, a efecto de que sea agregado en la bases de la invitación. Solicitando a la Dra.<br />
Silvia Rocha Torres Representante de la Dirección General de Crédito Público, diera respuesta a estas<br />
sugerencias.<br />
La Dra. Silvia Rocha Torres Representante de la Dirección General de Crédito Público, comentó que<br />
l^nuchas de estas sugerencias del Órgano Interno de Control, serán informadas en sesiones posteriores<br />
Ihe este Comité, porque van a estar ubicadas en las bases de invitación y en el modelo de contrato que<br />
se va a elaborar, por ejemplo se tiene algunas de ellas, como son los criterios de evaluación para las<br />
propuestas técnicas y económicas, el desarrollo del modelo de contrato y los criterios para la selección<br />
del servicio, eso se puede informar, y una vez que sea aprobado se procederá a incorporaría en la<br />
documentación que se elabore para este caso. También hay otros que ya fueron analizados en las<br />
Sesiones anteriores de este Comité, se tiene inclusive el oficio de la Secretaría de Contraloría y<br />
Desarrollo Administrativo en el que se dice que estos puntos ya fueron atendidos, por ejemplo los<br />
referidos a que si ya se aclararon los criterios de economía, eficiencia, imparcialidad y honradez del<br />
Artículo 134 Constitucional y si se están cumpliendo los requisitos establecidos en el Reglamento,<br />
como: cuál es el precio, cuál es la distribución del producto, y demás. Hay dos que quisiera comentar,<br />
señalo, el primero es respecto a que se presente la justificación únicamente con el caso que nos<br />
ocupa, no sé si se refiere a que estamos citando los antecedentes de las Sesiones anteriores o a<br />
algunas precisiones de cuales son algunos de los procedimientos de la venta de las acciones, si se<br />
refiere a los antecedentes de las Sesiones anteriores, creemos que sí es importante marcados, porque<br />
este asunto que se ha estado presentando varias veces y como primer antecedente, tenemos que se<br />
habla dicho que en este Comité nada más se iba a tomar nota, independientemente de eso se<br />
analizaron cada una de las observaciones que en su momento se habían hecho por el Órgano Interno<br />
,^de Control, por eso se consideró presentar estos antecedentes, el segundo punto que quisiera<br />
^Romentar es el que se refiere a que el contrato se pacte a precio fijo, ya se había comentado que eso<br />
no era posible, porque esto dependía del mecanismo de ingreso neto, también de la practica que<br />
utilizaban tos agentes colocadores para la colocación de las acciones y la participación de los propios<br />
inversionistas en la compra de las acciones.— —— ——<br />
La C.P. Aída Amanda Córdova Chávez Trtular del Órgano Interno de Control en la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, comentó que estaba de acuerdo en la información que ofreció presentar la<br />
Representante de la Dirección General de Crédito Público, en cuanto a la justificación lo que se sugiere<br />
y es que si se trata de dos contratos diferentes se tenga una justificación para cada caso, en lo que se ,<br />
'\ refiere a precio fijo, no sabemos si se pudiera establecer algún porcentaje sobre la venta de las /X<br />
"•' acciones. '• • •• : " .' — —^——— . .-/^<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Público comentó a lo señalado por la Contralora, />'<br />
que sería muy difícil, se tiene el porcentaje de las acdones qué se van a vender que es un 49% de las// \\<br />
acciones, pero va a depender del lugar donde se coloquen, que puede ser en México, Estados Unido^ í;<br />
o Europa, dependiendo de lo que va a hacer el agente colocador.<br />
h La Titular del Órgano Interno de Control en esta Secretaría, comentó que el precio es muy importante i;.<br />
en los criterios de asignación, y se precisa sat»er cuales son tos criterios bajo los cuales se van a v<br />
asignar, sabemos de algunos que estuve
j^éíá^^^Q. - COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAPENDA Y CREPn-Q PUBUCO<br />
son las cosas que se requiere que queden muy claras para que se vea transparente el proceso, si no<br />
es posible un porcentaje fijo, por lo menos mencionar un estimado, y si se tienen otros criterios de<br />
asignación que sean muy importantes para la Secretaría, que se mencionen. • ——<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que en caso de<br />
que no sea factible poner estos porcentajes que se van a pagar, y como es algo muy importante se<br />
podrían poner en las invitaciones que se hagan, o como un criterio de evaluación de que el proveedor<br />
que oferte el porcentaje más bajo, sería ai que se le asignaría este servicio.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Público, comentó que lo que se podría entregar al<br />
Comité es un estimado de cómo se presenta esto en las practicas de mercado, en cuanto a los criterios<br />
de evaluación ya tenemos desarrollados algunos y se podría presentar. '•<br />
La Titular del órgano Interno de Control en esta Secretaría, comentó que no sabia si con la<br />
modificación de la Ley de ingresos, el costo del servicio ya no es tan importante y pasa a un segundo<br />
l:iigar, porque en el ejercicio de ingresos netos los criterios son otros, porque lo que la realidad interesa<br />
el concepto de Ingresos Netos. '• — ——<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, preguntó que si el año<br />
pasado que se analizó este caso, se presentaron por el área requirente los criterios establecidos en el<br />
Artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público a que se ha<br />
referido el Órgano Interno de Control en esta Secretaría, porque en los antecedentes que se presentan<br />
en esta carpeta no vienen. En el caso de que fuera aprobado este servicio, quedaría sujeto a que<br />
fueran desarrollados estos criterios en la justificación para ser presentados en este Comité. '•<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Público, comentó que si estaban desarrollados,<br />
están incluidos en la carpeta del Comité pero que no hay inconveniente en volver a presentados. .<br />
El Representante de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, comentó que la Comisión<br />
Intersecretarial de Gasto Financiamiento, emitió una resolución en la fecha que marca el oficio de la<br />
página señalada con folio 141 y, a reserva de lo que opine la Procuraduría Fiscal, determinar si todavía<br />
son validos estos acuerdos que se dieron en el ejercicio anterior o, en todo caso informarte a la<br />
Comisión correspondiente para que ratifique o rectifique estos acuerdos. — •—<br />
El Lie. Alejandro Baca Pasos, comentó que la competencia, en su caso, del Comité de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para conocer sobre<br />
^estos asuntos corresponde detennninaria a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo y, es<br />
ál^^sponsabilidad de los Miembros de este Comité conjuntamente con los Asesores de la Secretaría de<br />
^^Contraloría y Desan-ollo Administrativo el determinar si las contrataciones que somete a consideración<br />
de la Dirección General de Crédito Público cumplen o no con los requisitos establecidos en la Ley de<br />
Adquisiciones , Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, la Ley de Ingresos, el<br />
Presupuesto de Egresos de la Federación para este Ejercicio y demás Normativa que resulte aplicable<br />
a los casos referidos, de lo cual dependerá la aprobación correspondiente. Ahora bien calje meñdonar<br />
que al tratarse de contrataciones cuyo objeto es diverso, esto es, por una parte los servicios de un<br />
Despacho Jurídico y por otra las de un Agente Colocador Global, se recomienda que deberá<br />
elaborarse una solicitud individual por cada una de las contrataciones mencionadas, no en forma<br />
"( conjunta como actualmente se contempla en el oficio por parte de la Dirección General de Crédito y<br />
N^Público presentado ante el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales y<br />
Presidente Suplente de este Comité, mediante oficio No. 305-062-2002 de fecha 1 de abril de 2002, y<br />
que obra agregada a las fojas 141 al 152 de la carpeta de esta Sesión. Lo anterior en razón de que los<br />
?\ servicios del Despacho Jurídico serán con cargo al presupuesto de la partida de Asesorías, Estudios ie^,<br />
j \ Investigaciones y la del Agente Colocador se realizaría bajo el mecanismo de Ingresos netos aunado "^<br />
; que los antecedentes para cada contratación son distintos. Que por lo que respecta al acuerdo que/en<br />
el año 2001 emitió la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, relacionado con este asunte<br />
cabe mencionar qué dicha Comisión solamente se limita a tomar nota delproceso que instaimentana<br />
21
SKRHARUk<br />
DE<br />
HAaENDA r cRHxro PUBUCO<br />
COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
la Dirección General de Crédito Público, ya que no se encuentra en el ámbito de su competencia el<br />
emitir dictamen, por lo que se reitera que el acuerdo en mención es solamente un antecedente, ya que<br />
la Comisión Intersécretarial de Gasto Financiamiento únicamente toma conocimiento sin prejuzgar ni<br />
convalidar el proceso de enajenación de acciones de la serie "O" que tiene el Gobierno Federal y del<br />
Grupo Financiero BBVA Báncomer.<br />
El Presidente Suplente sugirió al Comité los aprobaran, siempre y cuando se dé atención y seguimiento<br />
por parte de la Dirección General de Crédito Público, a las sugerencias planteadas por la Titular del<br />
Órgano Interno de Control y el Representante de la Secretaría de Contrataría y Desarrollo<br />
Administrativo. No existiendo comentario adicional alguno por parte de los Miembros del Comité, lo<br />
aprobó en ios términos propuestos. Acuerdo 18/2002: Aprobado, debiéndose presentar una<br />
justificación exclusivamente para el Servicio de un Agente Colocador Global para la<br />
Enajenación de la Posición Accionaria del Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA<br />
^)6ancomer, en la que se especifique que se dio cumplimiento al desarrollo de las características<br />
señaladas en el Artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector<br />
Público. Asimismo, deberán presentar los criterios de evaluación que se establecerán en las<br />
bases, para llevar a cabo este procedimiento. :—<br />
6.2.2.- Contratación de los Servicios del Despacho de Abogados Cleary Gottiies Steen & Hamilton.<br />
Dirección General de Crédito Público. Adjudicación Directa. : ;<br />
El Secretario Ejecutivo Suplente informó que este caso conresponde a la solicitud de excepción de<br />
Licitación Pública para llevar a cabo un procedimiento de adjudicación directa para la Contratación de<br />
los Servicios del Despacho de Abogados Cleary Gottiies Steen & Hamilton, solicitado por la Dirección,<br />
General de Crédito Público, con un monto estimado de $17*391,304.00 más IVA. El periodo de •<br />
contratación seria a partir de la dictaminación del Comité y hasta el 31 de diciembre de 2002, la ,<br />
solicitud de la Dirección General de Crédito Público se presentó mediante el oficio 305-062/2002 de<br />
fecha 1 de abril de 2002; se cuenta el oficio 346-383 de fecha 8 de marzo de 2002, de autorización<br />
presupuestal de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto. La<br />
fundamentación para la decisión se encuentra en los Artículos 19, 22, 24, 25, 26, 40 y 41 fracción III y<br />
X de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, asi como en el 19 y el 49<br />
de su Reglamento, en virtud de que existan circunstancias que puedan provocar perdidas o costos<br />
adicionales importantes debidamente justificados, y se trate de servicios de consultorías, asesorías,<br />
I^Ésstudios e investigaciones cuya difusión pudiera afectar el interés público o comprometer información<br />
^ de naturaleza confidencial para el Gobierno Federal, se presenta la autorización del C. Secretario de<br />
Hacienda y Crédito Público contenida en el artículo 19 de la Ley de la materia.<br />
El Presidente Suplente comentó que se tenían sugerencias del Órgano Interno de Control en esta<br />
Secretaria, respecto a que la justificación de la Dirección General de Crédito Público se presente<br />
únicamente con la información del caso que nos ocupa, y que se realice en apego a lo establecido en<br />
el Artículo 40 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector<br />
Público, que sea firmada por el Titular del área usuaria de conformidad con los Artículos 40 segundo<br />
párrafo de la Ley antes mencionada y 17 fracción V, inciso D de su Reglamento; que se acrediten<br />
V claramente los criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, a que se refiere el<br />
párrafo tercero del Artículo 134 Constitucional y el párrafo segundo del Artículo 40 de la Ley ya<br />
mencionada, que e| servicio que se propone contratar se pacte a precio fijo, en términos de lo<br />
dispuesto en el párrafo primero del Artículo 44 de la Ley antes citada. De no ser así, se señalen<br />
cuales son las causas que lo impiden, que se observe lo establecido en los Artículos Sexto fracción X<br />
del Acuerdo que establece las disposiciones de ahorro en la Administración Pública Federal para el<br />
Ejercicio Fiscal 2002, y 19 de la Ley mencionada, que se indique que no existe o se han desarroílad(it'><br />
trabajos similares en la Dependencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 19 párrafo primeo<br />
de Ja Ley de Adquisiciones, Arrendamientos^y Servicios del Sector Público, que prevea se preci<br />
I<br />
2 2
^«ÍÉ^^C - COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS<br />
SESIÓN EXTRAORDINARIA No. 04/2002<br />
19 DE ABRIL DE 2002<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENOA Y CREDTO PUBLICO<br />
presenten a este Órgano Colegiado los alcances de los servicios que proporcionará el Despacho, que<br />
se presente la cotización en papel membretado del mismo Despacho en el que se observe claramente<br />
el precio ofertado, periodo de prestación del servicio, características del servicio a otorgar, etc., en<br />
virtud de que en la contratación directa o adjudicación directa de un contrato administrativo, como es el<br />
caso, la designación del cocontratante por parte de la Administración Pública en el caso la Secretaría<br />
de Hacienda y Crédito Público, sin mediar el procedimiento de Licitación Pública y por consiguiente la<br />
ausencia de la concurrencia y competencia de potenciales cocontratantes, se materializa mediante<br />
estudio de mercado, consultas, cotizaciones y sondeos. Se solicitó a la Representante de la Dirección<br />
General de Crédito Público, diera respuesta a estas sugerencias del Órgano Interno de Control.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Público, comentó que se elaborará la justificación<br />
correspondiente como se mencionó en el caso anterior, elaborándolas por separando, donde se<br />
observen con más detalle los criterios de evaluación, y donde se indique que no existe o se han<br />
Jesanrollado trabajos similares en la Secretaria, también se pediria la cotización en papel membretado<br />
^como.lo solicita el Órgano Interno de Control, hay un punto importante que se menciona que es el que<br />
se pacte al precio fijo, sobre el particular añadió la citada representante que se anexo la tabla de la<br />
tarifa que se cobra por hora, en el Despacho de referencia pero esto depende de las horas que se<br />
ocupen en el desarrollo del trabajo.<br />
El Representante de la Secretaría de Contraíoría y Desarrollo Administrativo, comentó que ahí no hay<br />
problema porque se establece desde el inicio las tarifas por hora/hombre que cobra el Despacho.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Publico comentó que el Despacho hace ajustes a<br />
sus tarifas anualmente.<br />
El Representante de la Secretaría de Contraíoría y Desarrollo Administrativo, comentó que debía<br />
tenerse presente que las tarifas cubrirían la actividad del Despacho para el año 2002. :<br />
La Titular del Órgano Interno de Control en esta Secretaría en uso de la palabra señaló, que la tabla de<br />
tarifa de costos que se presenta en la página con folio 181 es ún fax que no tiene membrete y la<br />
persona que la firma no esta identificada, sería conveniente se presentará un escrito con el membrete<br />
del Despacho y la firma identificada.<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Publico comentó que no existe ningún problema<br />
que se pediría al Despacho este escrito en papel membretado.<br />
El Representante de la Secretaría de Contraíoría y Desan^ollo Administrativo, comentó que no queda<br />
laro lo que menciona la página con folio 143 en el penúltimo párrafo, que dice; "...En caso de<br />
^^^, resentarse una controversia entre el Gobiemo Federal y BBVA Bancomer, el despacho de Abogados<br />
CGSH podría excusarse para patrocinar al Gobiemo Federal en procedimientos jurídicos relativos a<br />
dicha controversia, por lo que esta Secretaria estaría en posibilidad de contratar a otro despacho de<br />
abogados para representada en la eventual disputa...", la pregunta es, a parte de que se aclare esto, si<br />
esta situación se presentara, representaría un costo adicional para la Secretaría, en el caso de que<br />
tuviera que recurrir a otro despacho para su solución. — ; r-<br />
La Representante de la Dirección General de Crédito Publico aclaró, que se está proponiendo que el<br />
V Despacho Jurídico sea abogado tanto del Gobiemo Federal como de BBVA Bancomer, por la<br />
experiencia que tiene el mismo al haber estado involucrado en la venta de las acciones, y ser abogado<br />
\de las dos partes; si llegara haber alguna desavenencia entre el Gobiemo Federal y BBVA Bancomer,<br />
respecto a algún punto vinculado con la venta de las acciones, no podríamos utilizar al mismo<br />
abogado, tendría que ser un tercero el que nos ayudara a solucionar el conflicto, ya que la mayor parte /<br />
de la información que tiene que preparar el Despacho es con información que le esta dando BBVA",,<br />
Bancomer, en realidad es muy remota la posibilidad de un conflicto, pero si llegara a darse no podemos, V<br />
decir que el Despacho nos vaya a preferir a nosotros o a BBVA Bancomer, por eso es que se propqné^<br />
.; intervenga un tercero,——^^- —'• •. \ ———'•—— ^-<br />
V El Presidente P{esidente Suplente<br />
sugirió se diera por aprobado solicitando a la Dirección General de Crédi'tcKA<br />
f x^r-f i '!<br />
9 Q
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Trámite ante el Subcomité Revisor de Bases para la contratación del<br />
agente colocador<br />
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SECRETARIA<br />
DE<br />
HAaENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
El Gobierno Federal ha iniciado los trabajos tendientes a llevar a cabo la oferta global de<br />
las Acciones BBVA Bancomer (la "Oferta de Acciones") tanto en los Estados Unidos<br />
Mexicanos ("México"), como en los Estados Unidos de Arhérica ("Estados Unidos"), y, en<br />
su caso, en otros países.<br />
En tal virtud, con base en el acuerdo del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Servicios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en su sesión extraordinaria No.<br />
03/2002 de fecha 8 de abril de 2002, el Gobierno Federal lleva a cabo el presente<br />
procedimiento de invitación internacional a cuando menos tres personas, cuyos actos<br />
serán presididos por los CC. Director General de Crédito Público y/o Director General<br />
Adjunto de Coordinación y Captación de Crédito Externo y/o Director General Adjunto de<br />
Procedimientos Legales de Crédito, actuando conjunta o separadamente.<br />
B. DESCRIPCIÓN.<br />
El Gobierno Federal desea contratar el servicio de intermediación bursátil para realizar la<br />
enajenación de las Acciones BBVA Bancomer en los mercados de valores de México, los<br />
Estados Unidos, y, en su caso en otros países, de acuerdo con lo señalado en las<br />
presentes "Bases para la Selección y Contratación de los Servicios de Intermediación<br />
Bursátil para realizar la Enajenación de Acciones Representativas del Capital Social de<br />
BBVA Bancomer" (en lo sucesivo las "Bases").<br />
Es objeto del presente procedimiento la selección y contratación por parte del Gobierno<br />
Federal de los servicios de intermediación bursátil para llevar a cabo los trabajos<br />
necesarios para la Oferta de Acciones, misma que deberá realizarse en el mercado de<br />
valores de México, de los Estados Unidos, y en su caso, de otros países.<br />
El contrato que se adjudique como resultado de este procedimiento, se asignará por<br />
partida única a una sola institución financiera participante; las instituciones financieras que<br />
deseen participar deberán presentar una sola proposición, que cumpla en su totalidad con<br />
las especificaciones técnicas solicitadas, así como con todos los requisitos y condiciones<br />
de las presentes Bases, y las precisiones realizadas en la junta de aclaraciones a que se<br />
refiere el numeral 6.<br />
Con relación a las proposiciones conjuntas a que se refiere el artículo 34 de la Ley, se<br />
deberá atender lo dispuesto en dicho artículo, y en el artículo 31 del Reglamento.
^ y ^<br />
i U<br />
Ai>lVDQS SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAQENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
2. ALCANCES DE LOS SERVICIOS.<br />
Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
La institución participante que resulte seleccionada en este proceso actuará como líder<br />
colocador global (el "Coordinador Global") y tendrá a su cargo las responsabilidades que se<br />
señalan en el contrato que se adjunta a las presentes Bases como anexo 6 (en lo sucesivo el<br />
"Contrato"), el cual forma parte integral de las mismas.<br />
Una vez formalizado el Contrato a que se refieren las presentes Bases, el Coordinador Global<br />
deberá celebrar con el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (el "IPAB"), en caso de<br />
que éste se lo solicite, un contrato de intermediación bursátil para la enajenación de la<br />
posición accionaria del IPAB en BBVA Bancomer, en las mismas condiciones pactadas entre<br />
el Coordinador Global y el Gobierno Federal, en el entendido de que: (i) la posición accionaria<br />
del IPAB en BBVA Bancomer podrá ser incluida en el o los respectivos prospectos de<br />
colocación y en Q\ roadshov\i de las Acciones BBVA Bancomer, así como ofertarse y ser<br />
enajenada paralelamente con la del Gobierno Federal; y (ii) la relación jurídica entre el IPAB y<br />
el Coordinador Global es ajena al ámbito y alcances de las presentes Bases y del Contrato,<br />
por lo que no forma parte de los servicios, gastos, costos, garantías, obligaciones, la<br />
"Comisión" (según se define en el Contrato) o cualquier otro concepto a que éstos se refieren,<br />
ni el Gobierno Federal asume responsabilidad u obligación alguna derivada de dicha relación<br />
jurídica.<br />
El Coordinador Global tendrá el carácter de líder colocador internacional y deberá realizar los<br />
trabajos y actos jurídicos necesarios para efectuar la enajenación de las Acciones BBVA<br />
Bancomer en los Estados Unidos y, en su caso, en otros países. Al efecto, deberá obtener los<br />
servicios de las instituciones financieras que actuarán como colíderes (los "Colíderes") para la<br />
Oferta de Acciones.<br />
Las instituciones financieras invitadas que presenten en tiempo y forma sus propuestas<br />
técnica y económica (la "Institución Participante" o las "Instituciones Participantes", según sean<br />
referidas de manera singular o plural) deberán estar en posibilidad por sí mismas, o a través<br />
de terceros, de efectuar la Oferta de Acciones en México, en los Estados Unidos, y en su<br />
caso, en otros países.<br />
Para el caso de la Oferta de Acciones en México, la Institución Participante a la que se<br />
adjudique el Contrato, es decir el Coordinador Global, deberá obtener los servicios de un<br />
intermediario colocador debidamente autorizado para actuar como intermediario colocador en<br />
México (la "Casa de Bolsa") en términos del Contrato.<br />
El Coordinador Global será responsable de coordinar a la Casa de Bolsa y a los Colíderes en<br />
los trabajoajBJativos a la Oferta de Acciones tanto en México como en el extranjero, así como<br />
de cgoric los costDscorrespondientes, en términos de lo señalado en el Contrato.
^<br />
6-<br />
3 iC^R^'* ^-<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAOENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
La Casa de Bolsa y los Colíderes que en su caso participen en la colocación de Acciones<br />
BBVA Bancomer, tanto en México como en el extranjero, deberán ser, a criterio y bajo la<br />
responsabilidad del Coordinador Global, de reconocido prestigio y contar con amplia<br />
experiencia y capacidad de colocación y distribución de acciones. Tanto en el caso de los<br />
Colíderes como de la Casa de Bolsa, se requerirá el consentimiento por escrito del Gobierno<br />
Federal para que el Coordinador Global proceda a su contratación.<br />
Adicionalmente, la Casa de Bolsa y los Colíderes deberán manifestar al Coordinador Global,<br />
bajo protesta de decir verdad, que en los procesos de ofertas de acciones en las cuales<br />
participan actualmente la Casa de Bolsa y/o los Colíderes, o sus respectivas entidades<br />
afiliadas, no afectan adversamente o generan conflicto de interés respecto de su participación<br />
en la Oferta de Acciones.<br />
Se entenderá que existe un conflicto de interés cuando la Casa de Bolsa y/o alguno de los<br />
Colíderes, o sus respectivas entidades afiliadas: (i) tengan un litigio pendiente en contra de<br />
BBVA Bancomer o sus subsidiarias; y/o (ii) pretendan realizar una emisión de acciones o<br />
instrumentos de deuda subordinada de sus entidades afiliadas en México durante los tres<br />
meses anteriores o posteriores a la fecha en la que se realice la enajenación de las Acciones<br />
BBVA Bancomer.<br />
Para efecto de estas Bases, se entenderá por entidad afiliada a una persona que controla, es<br />
controlada por, o se encuentra bajo el control común de otra persona. Para efectos de la<br />
presente definición, una persona se encontrará en control de otra persona, si directa o<br />
indirectamente tiene el poder para dirigir o causar que se dirija de cualquier manera su<br />
administración o políticas, ya sea por participación accionaria, por cualquier acuerdo o por<br />
cualquier otra causa.<br />
3. INSUMOS Y MATERIAL DE APOYO.<br />
El Gobierno Federal y BBVA Bancomer, en términos del convenio celebrado entre ellos el 21<br />
de agosto de 2001 (el "Convenio BBVA Bancomer"), cuyo objeto principal es asegurar la<br />
colaboración de BBVA Bancomer para facilitar el proceso de enajenación de las Acciones<br />
BBVA Bancomer, entregarán a la Institución Participante que resulte ganadora la<br />
documentación e información que resulte necesaria para la realización de las actividades y<br />
trabajos inherentes a la preparación de la Oferta de Acciones. Copia de este Convenio BBVA<br />
Bancomer se les entregará a las Instituciones Participantes.<br />
4-
KM<br />
"^2^^.<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
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Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
4. VIGENCIA Y PLAZOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.<br />
El Contrato estará vigente desde la fecha en que se haya notificado el resultado del proceso<br />
de selección a la Institución Participante seleccionada, y hasta la fecha de firma del contrato<br />
de colocación (el "Contrato de Colocación") requerido en este tipo de operaciones, o hasta el<br />
31 de diciembre de 2002, lo que ocurra primero, en el entendido de que en cualquier momento<br />
antes de la fecha de terminación, podrá ser prorrogado por decisión del Gobierno Federal,<br />
mismo que deberá notificar dicha prórroga por escrito al Coordinador Global.<br />
El Coordinador Global deberá concluir los trabajos preparatorios para la Oferta de Acciones a<br />
que se refiere el Contrato, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, a más tardar el<br />
día 14 de junio de 2002, plazo que podrá ser ampliado por el Gobierno Federal en términos<br />
de dicho instrumento.<br />
En cuanto a la realización de la Oferta de Acciones, ésta se llevará a cabo una vez concluidos<br />
los trabajos de preparación, y cuando las condiciones del mercado sean propicias, en el<br />
entendido de que la mencionada Oferta de Acciones se realizará en el momento que<br />
determine el Gobierno Federal a propuesta de! Coordinador Global.<br />
Para tal efecto, el Coordinador Global deberá realizar la actualización de los trabajos referidos<br />
que se requieran conforme a las disposiciones legales aplicables. Asimismo, el Coordinador<br />
Global presentará por escrito y en los términos que le solicite el Gobierno Federal, informes<br />
periódicos de los avances y resultados que se obtengan en la preparación de la Oferta de<br />
Acciones.<br />
5. REQUISITOS PARA PARTICIPAR.<br />
5.1. Las instituciones financieras invitadas que deseen participar en este proceso, deberán<br />
remitir, en términos del numeral 17, el día hábil siguiente a la notificación de la<br />
invitación correspondiente, a más tardar a las 18:00 horas, la carta-compromiso de<br />
confidencialidad cuyo formato se adjuntó a la invitación, en la cual se manifieste que<br />
por sí mismas o a través de ínterpósíta persona, se abstendrán de adoptar conductas<br />
para que los servidores públicos de la dependencia o entidad, induzcan o alteren las<br />
evaluaciones de las propuestas, en el resultado del procedimiento, u otros aspectos<br />
que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.<br />
Dichos documentos deberán estar suscritos por su representante legal, quien deberá<br />
contar con las facultades suficientes para obligar a la institución que represente. No<br />
icípar las instituciones que no cumplan con lo señalado en este párrafo.<br />
5-
TLy<br />
SECRETARIA .<br />
DE<br />
HAaENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
5.2. Las instituciones financieras invitadas que deseen participar en este proceso, deberán<br />
presentar en el acto de presentación de propuestas poder protocolizado ante fedatario<br />
público en México, del cual se desprenda que el representante o los representantes<br />
cuentan con facultades suficientes para obligar a la Institución Participante. Asimismo,<br />
se deberá presentar un escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir<br />
verdad, que cuenta con facultades suficientes para suscribir a nombre de su<br />
representada la propuesta correspondiente, conforme al formato del anexo 2,<br />
acompañando copia simple de la Identificación del representante legal, y su original<br />
para cotejo.<br />
5.3. El representante de la Institución Participante que asista al acto de presentación y<br />
apertura de proposiciones, en caso de no ser el mismo firmante a que se refiere el<br />
numeral 5.2, deberá acreditar su personalidad presentando adicionalmente al poder<br />
protocolizado en México referido en el mencionado numeral 5.2, una carta poder<br />
(simple), así como original y copia simple de su identificación oficial vigente con<br />
fotografía (credencial para votar, pasaporte, cartilla o cédula profesional) en el formato<br />
que se acompaña como anexo 3. La falta de presentación de esta identificación no<br />
será motivo de desechamiento de la propuesta, sin embargo, la persona que no<br />
presente identificación sólo podrá participar en el acto en calidad de oyente.<br />
5.4 Las Instituciones Participantes, deberán presentar en el acto de presentación de<br />
propuestas una carta en la que manifiesten lo siguiente:<br />
5.4.1 Bajo protesta de decir verdad, que no se encuentran en ninguno de los supuestos<br />
del artículo 50 de la Ley, y del artículo 8 fracción XX de la ley Federal de<br />
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.<br />
5.4.2 Bajo protesta de decir verdad:<br />
a) Que los procesos de ofertas de acciones en las cuales participan<br />
actualmente las Instituciones Participantes o sus respectivas entidades<br />
afiliadas, no afectan adversamente o generan conflicto de interés respecto<br />
de su participación en la Oferta de Acciones.<br />
Para los efectos de este inciso a), se entenderá que existe un conflicto de<br />
interés cuando la Institución Participante o sus entidades afiliadas: (i) tengan<br />
un litigio pendiente en contra de BBVA Bancomer q sus subsidiarias; y/o (ii)<br />
pretendan realizar una emisión de acciones o instrumentos de deuda<br />
subordinada de las entidades afiliadas en México de la institución<br />
icipante durante los tres meses anteriores o posteriores a la fecha en la<br />
^ realice la enajenación de las Acciones BBVA Bancomer.
s*^*^^^ SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
^«1^^^% DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAQENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
b) Que la Institución Participante correspondiente o sus entidades afiliadas no<br />
han causado directa o indirectamente algún menoscabo patrimonial al Fondo<br />
Bancario de Protección al Ahorro y/o al Fondo de Apoyo al Mercado de<br />
Valores y/o al IPAB, ni mantienen acciones judiciales o jurisdiccionales en<br />
contra de dichas instituciones.<br />
5.4.3 Bajo protesta de decir verdad, que conocen y aceptan el contenido de las<br />
presentes Bases y del Contrato, y de cada una de las condiciones establecidas en<br />
dichos documentos.<br />
5.4.4 En caso de ser seleccionadas, se obligan a responder de cualquier responsabilidad<br />
en que incurran, en los términos señalados en el Contrato y en la legislación<br />
vigente.<br />
5.4.5 En caso de que se presente retraso o incumplimiento del Contrato, imputable a la<br />
Institución Participante que resulte seleccionada, y si del mismo resultare perjuicio<br />
al Gobierno Federal, se hará efectiva la garantía de cumplimiento prevista en el<br />
numeral 15 dé estas Bases.<br />
5.4.6 Declaración de integridad en términos del artículo 30 fracción Vil del Reglamento.<br />
5.4.7 Bajo protesta de decir verdad, que el domicilio consignado en sus propuestas<br />
técnica y económica, será el lugar donde la Institución Participante recibirá toda<br />
clase de notificaciones que resulten de los actos, contratos y convenios que celebre<br />
de conformidad con la Ley y el Reglamento, comprometiéndose a notificar por<br />
escrito al Gobierno Federal dentro de los cinco días naturales siguientes, el cambio<br />
de domicilio, que en su caso ocurra. Mientras no señale otro distinto, el<br />
manifestado en sus propuestas se tendrá como domicilio convencional para<br />
practicar toda clase de notificaciones.<br />
5.5 Carta compromiso de respetar las especificaciones y características técnicas<br />
generales y de calidad de los servicios ofrecidos conforme a su propuesta técnica, en<br />
el formato que se adjunta a las presentes Bases como anexo 5.<br />
5.6 El Contrato, que deberá entregarse debidamente rubricado de conformidad en todas<br />
sus páginas por el representante de la Institución Participante. En el Contrato<br />
rubricado en esta etapa del procedimiento, deberá omitirse el porcentaje de la<br />
Comisión respectiva.<br />
7-
^<br />
C<br />
^ISÍÍ^.<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAaENDA Y CRÉDITO PIBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
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5.7 Respecto de la experiencia para realizar los trabajos de la Oferta de Acciones en el<br />
extranjero, lo siguiente:<br />
a) Una propuesta descriptiva de su capacidad de colocación y distribución de<br />
acciones en, al menos, los mercados estadounidense y europeo.<br />
b) La información que acredite su experiencia de por lo menos un año en los<br />
mercados de valores dentro de un período comprendido del 1° de enero de<br />
1997 a la fecha, en la que se detalle:<br />
i) Su participación como coordinador global, líder colocador o colíder en<br />
ofertas de acciones bajo la Regla 144A y la Regulación S del Securities Act<br />
of 1933 de los Estados Unidos, en términos de porcentaje de colocación por<br />
empresa, por monto total de la oferta y por sector al que pertenece la<br />
empresa; y/o<br />
ii) Su intervención como coordinador global, líder colocador o colíder en<br />
procesos de colocación de acciones en general; y/o<br />
iii) Su intervención como coordinador global, líder colocador o colíder en<br />
procesos de colocación de acciones del sector de instituciones financieras;<br />
y/o<br />
iv) Su intervención como coordinador global, líder colocador o colíder en<br />
procesos de colocación de acciones de empresas latinoamericanas.<br />
c) El curriculum vitae de cada uno de los ejecutivos clave y de los miembros del<br />
equipo de trabajo de la institución que tendrían a su cargo el proceso para la<br />
Oferta de Acciones, con especial mención del porcentaje de tiempo que<br />
destinará cada uno a dicho proceso. Por lo menos un ejecutivo clave del<br />
Coordinador Global estará comprometido de tiempo completo en la preparación<br />
de la Oferta de Acciones, por lo que no deberá estar participando como tal en<br />
otros procesos de colocación de acciones.<br />
Se entenderá por ejecutivo clave, aquella persona con experiencia en ofertas de<br />
valores y con capacidad de decisión dentro del Coordinador Global.<br />
-8-
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PLBUCO<br />
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5.8 Sobre cerrado número 1 que contenga la propuesta técnica conforme al numeral 8.1<br />
de estas Bases.<br />
5.9 Sobre cerrado número 2 que contenga la propuesta económica conforme al numeral<br />
8.2 de estas Bases.<br />
Se sugiere que, preferentemente y a elección de la Institución Participante, toda la<br />
documentación referida en los numerales 5.2, 5.3, 5.4, 5.5, 5.6 y 5.7 sea incluida dentro del<br />
sobre cerrado previsto en el numeral 5.8, que contenga la propuesta técnica. Las<br />
identificaciones originales que se presenten conforme al numeral 5.2, serán devueltas al<br />
finalizar el acto de presentación de las propuestas.<br />
La carta señalada en el numeral 5.4 deberá presentarse en original en el formato que se<br />
adjunta como anexo 4, firmándose por el representante legal de la Institución Participante.<br />
6 JUNTA DE ACLARACIONES.<br />
6.1 Se realizará la junta de aclaraciones de las presentes Bases el dia 23 de abril de<br />
2002 a las 10:00 horas, en el domicilio que se señala en el numeral 17. La asistencia<br />
a dicha junta será optativa para las instituciones invitadas.<br />
6.2 En la citada junta, se dará resolución a las solicitudes de aclaración, que deberán<br />
presentarse por escrito conforme al numeral 17, preferentemente un día hábil antes<br />
de la sesión, a más tardar a las 14:00 horas. Asimismo, se levantará acta en la que se<br />
harán constar las modificaciones a las Bases que, en su caso, hubiere determinado el<br />
Gobierno Federal como resultado de la junta, misma que será proporcionada a las<br />
instituciones interesadas que hubieren asistido a la citada junta.<br />
6.3 Se pondrá a disposición de las Instituciones Participantes que no asistan a la junta de<br />
aclaraciones una copia del acta de la reunión de aclaraciones, en el domicilio que se<br />
señala en el numeral 17.<br />
6.4 Cualquier modificación a las presentes Bases y sus anexos, derivada del resultado de<br />
la junta de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias Bases.<br />
7 PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.<br />
El acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo en dos etapas: en la<br />
prjmera se presentarán las propuestas técnicas y económicas y se procederá a la apertura<br />
estas técnicas, en tanto que, en la segunda, se procederá a la apertura de las<br />
prbfKíestas ebonómicas. Estas etapas se desarrollarán conforme a lo siguiente:
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SECRETARIA<br />
DE<br />
HAOENDAY CRÉDITO PUBLICO<br />
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Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
7.1 Las instituciones interesadas en presentar propuestas, deberán presentar una<br />
propuesta técnica y una económica el día 25 de abril de 2002, en un acto que se<br />
celebrará a las 10:00 horas, en el domicilio que se establece en el numeral 17 de<br />
estas Bases.<br />
7.2 Las propuestas deberán entregarse en sobres cerrados, indicando en cada uno de<br />
ellos la institución que los presenta y el tipo de propuesta contenida. Una vez concluida<br />
la entrega de propuestas, se procederá a la apertura de las propuestas técnicas<br />
presentadas y se desecharán las que hubieren omitido alguno de los requisitos<br />
exigidos.<br />
7.3 Por lo menos un representante de cada institución Participante, si asistiere alguno, y el<br />
representante del Gobierno Federal que presidirá el acto, rubricarán las partes'de las<br />
propuestas técnicas, así como los correspondientes sobres cerrados que contengan<br />
las propuestas económicas de las Instituciones Participantes. De lo anterior dará fe un<br />
fedatario público, invitado para tal efecto.<br />
7.4 Asimismo, las Instituciones Participantes deberán indicar la documentación que<br />
entregan en ese acto por medio del formato que se adjunta a las presentes Bases<br />
como anexo 8, mismo que se utilizará como constancia de recepción de cada<br />
Institución Participante.<br />
7.5 Toda propuesta que se presente después de la fecha y hora fijada para su recepción,<br />
no será recibida.<br />
7.6 Se levantará un acta de la primera etapa, en la que se dejará constancia de las<br />
propuestas técnicas aceptadas para su análisis, así como las que hubieren sido<br />
desechadas y las causas que lo motivaron. El acta será firmada por las Instituciones<br />
Participantes asistentes, poniéndose a su disposición copia de la misma. La falta de<br />
firma de alguna de las Instituciones Participantes no invalidará su contenido y efectos,<br />
poniéndose a partir de esa fecha a disposición de las que no hubieren asistido, para su<br />
notificación, en el domicilio señalado en el numeral 17.<br />
7.7 Al efecto, concluido el acto anterior, el Gobierno Federal procederá a realizar la<br />
evaluación y análisis de las propuestas técnicas aceptadas, cuyo resultado se dará a<br />
conocer en términos del numeral 7.11.<br />
7.8 El día 26 de abril de 2002, en el domicilio que se establece en el numeral 17 de estas<br />
Bases, a la hora que al efecto se señale a las Instituciones Participantes, éstas podrán<br />
realizar una exposición oral meramente informativa ante las personas que evaluarán<br />
)ropuestas en términos del numeral 11 de las presentes Bases. El Gobierno<br />
FedeTlíNnformará previamente a las Instituciones Participantes la hora en que cada<br />
un^podrq) realizar su exposición.<br />
-10-
\ay<br />
m y<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
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7.9 Las Instituciones Participantes que realicen una exposición oral meramente<br />
informativa, tendrán 40 (cuarenta) minutos para dicha exposición y podrán auxiliarse<br />
de medios electrónicos provistos por ellos mismos para tal efecto.<br />
7.10 La exposición oral meramente informativa, que deberá apegarse al contenido de la<br />
propuesta técnica, tiene como objeto facilitar la comprensión de la misma, en el<br />
entendido de que la evaluación técnica se sustentará en las propuestas escritas<br />
presentadas conforme al numeral 8.1.<br />
7.11 El día 30 de abril de 2002, en un acto que se celebrará a las 10:00 horas, en el<br />
domicilio que se establece en el numeral 17, previa lectura del resultado de la<br />
evaluación técnica, se efectuará la apertura de las propuestas económicas de las<br />
Instituciones Participantes cuya propuesta técnica no hubiere sido desechada como<br />
resultado de dicha evaluación, y se dará lectura a las comisiones ofertadas por la<br />
Instituciones Participantes en sus respectivas propuestas.<br />
7.12 Las propuestas económicas serán rubricadas por lo menos por un representante de<br />
cada Institución Participante, si asistiere alguno, y por el representante del Gobierno<br />
Federal que preside el acto.<br />
7.13 No se abrirán los, sobres de las propuestas económicas de las Instituciones<br />
Participantes cuyas propuestas técnicas hubieren sido desechadas como resultado<br />
de la evaluación técnica, conservándose hasta el fin del procedimiento.<br />
7.14 Se levantará acta de la segunda etapa, en la que se hará constar el resultado de la<br />
evaluación técnica, las propuestas económicas aceptadas para su análisis, sus<br />
porcentajes, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo<br />
motivaron. El acta será firmada por las Instituciones Participantes asistentes y se<br />
pondrá a su disposición copia de la misma.<br />
7.15 El Gobierno Federal emitirá el resultado definitivo, mismo que se dará a conocer en<br />
términos de lo dispuesto por el numeral 12.5.<br />
7.16 La falta de firma de alguna Institución Participante de las actas correspondientes a<br />
los actos a que se refieren estas Bases, no invalidará su contenido y efectos,<br />
poniéndose a partir de la fecha en que se celebren dichos actos, a disposición de las<br />
Instituciones Participantes que no hubieren asistido, para efectos de notificación, en<br />
jcílio señalado en el numeral 17, sin perjuicio de lo establecido en el artículo<br />
ento.<br />
11
\.^y<br />
Malvóos SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
' " ^ ^<br />
SECRETARIA<br />
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HAaENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
7.17 El Gobierno Federal podrá prorrogar el plazo para la presentación o apertura de<br />
propuestas mediante notificación por escrito, con por lo menos 24 (veinticuatro) horas<br />
de anticipación, en cuyo caso todos los derechos y obligaciones del Gobierno Federal<br />
y de las Instituciones Participantes quedarán sujetos al nuevo plazo.<br />
8 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS.<br />
8.1 Propuesta técnica (en sobre cerrado):<br />
Cada Institución Participante deberá presentar en sobre cerrado su propuesta técnica en<br />
original, en idioma español, preferentemente con 6 (seis) copias simples, y que no<br />
exceda de 30 (treinta) cuartillas (la falta de cumplimiento de este requisito no será causa<br />
de desechamiento de las propuestas), con el siguiente contenido:<br />
8.1.1 Una exposición sobre las condiciones imperantes en los mercados de valores<br />
nacional e internacionales y su estimado sobre las expectativas de evolución de los<br />
mismos, identificando posibles ventanas de oportunidad para llevar a cabo la Oferta<br />
de Acciones.<br />
8.1.2 Una exposición sobre su análisis, perspectiva y propuestas para la Oferta de<br />
Acciones que deberá incluir una descripción de la estrategia y estructura de<br />
colocación para la Oferta de Acciones. En esta sección deberá incluirse la<br />
propuesta de distribución estimada de las Acciones BBVA Bancomer en los<br />
mercados de México, Estados Unidos y, en su caso, de otros países.<br />
8.1.3 Una propuesta de calendario para iniciar y concluir los trabajos preparatorios de la<br />
Oferta de Acciones, en el que se destaque el tiempo estimado para llevar a cabo<br />
los trabajos más relevantes, tanto en México como en el extranjero. La fecha de<br />
inicio prevista en dicha propuesta deberá ser a más tardar el a más tardar el 2 de<br />
mayo de 2002.<br />
8.1.4 Una exposición sobre la necesidad de incluir una opción de sobreasignación de las<br />
Acciones BBVA Bancomer (greenshoe), la cual no deberá exceder del 7% de las<br />
acciones materia de la enajenación a que se refiere el procedimiento de invitación a<br />
por lo menos tres personas.<br />
8.1.5 Una propuesta de distribución de la Comisión entre la Casa de Bolsa y los<br />
Colíderes Internacionales, que dé incentivos para que en la enajenación de las<br />
Acciones BBVA Bancomer se maximice su precio. Este esquema deberá<br />
^rse en porcentajes sobre la Comisión, misma que no deberá revelarse de<br />
.ninguna^TRanera en esta propuesta técnica.<br />
12-
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^-^^^" DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAQENDA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
8.2 Propuesta económica (en sobre cerrado):<br />
Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
Las propuestas económicas deberán ser presentadas en sobre cerrado conforme al<br />
formato que se adjunta como anexo 9, y deberán especificar un solo porcentaje (un entero<br />
y cuatro decimales) con número y letra, que como Comisión (partida única) la Institución<br />
Participante pretende cobrar por la Oferta de Acciones. En caso de discrepancia, se<br />
considerará como válida la cantidad escrita en letra.<br />
La Comisión se aplicará en el momento que el Coordinador Global reciba los recursos<br />
derivados de dicha enajenación, y se descontará del producto de la venta de las Acciones<br />
BBVA Bancomér en moneda de curso legal de Estados Unidos. Dicha Comisión será la<br />
única contraprestación para el Coordinador Global, y cubrirá los costos derivados de los<br />
servicios prestados por la Casa de Bolsa y los Colíderes por la prestación de sus servicios,<br />
así como cualesquier otro gasto en términos del Contrato.<br />
La propuesta presentada por las Instituciones Participantes tendrá validez obligatoria<br />
durante el periodo de ejecución de los servicios.<br />
9 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.<br />
9.1 Cada Institución Participante deberá presentar una propuesta técnica y una propuesta<br />
económica.<br />
9.2 La información contenida en cada propuesta se presentará preferentemente en papel<br />
membretado de cada Institución Participante, sin tachaduras ni enmendaduras, y<br />
preferentemente engargolada para su mejor manejo. Se recomienda integrar la<br />
propuesta en el mismp orden que se señaló en los numerales 5 y 8, utilizar<br />
separadores que identifiquen cada uno de los documentos solicitados, e indicar por<br />
medio de un índice el contenido de la propuesta.<br />
El original y las copias de las propuestas técnica y económica serán elaboradas en<br />
idioma español y firmadas en todas sus hojas por el representante legal de cada<br />
Institución Participante, Identificando su firma con su nombre en la última hoja.<br />
Todas las páginas de las propuestas técnica y económica, excepto las que contengan<br />
material impreso, deberán estar debidamente numeradas y contener la rúbrica del<br />
sentante legal. Adicionalmente, deberán de cumplir con este requisito los<br />
cumentDs
''•tí..^'<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAOENDA Y CRÉDITO PUBIICO<br />
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Se entiende por material impreso, aquel cuya edición hubiere sido encomendada a un<br />
tercero para la promoción o divulgación de información o servicios de la Institución<br />
Participante y que no hubiere sido especialmente elaborada para el procedimiento de<br />
selección.<br />
Los requisitos relativos al número de copias y la forma de presentación de la<br />
información para su mejor manejo, tienen por objeto una mejor conducción del<br />
procedimiento, por lo que su incumplimiento no será causa de descalificación.<br />
9.3 En caso de discrepancia entre el contenido del texto original y el de las copias, el<br />
contenido del texto original prevalecerá sobre el de las copias.<br />
9.4 Los costos que se generen por la preparación y presentación de las propuestas y, en<br />
su caso, la formalización del Contrato, serán por cuenta de las Instituciones<br />
Participantes.<br />
9.5 En caso de que se acompañe información en idioma distinto al español, ésta deberá<br />
acompañarse de una traducción simple al idioma español.<br />
10 DESCALIFICACIÓN.<br />
Serán causas de descalificación de las Instituciones Participantes, las siguientes:<br />
10.1 El incumplimiento de alguno de los requisitos especificados en las presentes Bases.<br />
10.2 Si se comprueba que alguna Institución Participante ha acordado con otra u otras<br />
Instituciones Participantes elevar los precios de los servicios, o cualquier otro<br />
acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre las demás Instituciones<br />
Participantes como se menciona en el artículo 31 fracción IV de la Ley.<br />
10.3 Si se incluye en la propuesta técnica, cualquier información o dato que induzca o se<br />
refiera a comisiones o cualquier otro elemento relativo a la propuesta económica.<br />
10.4 En caso de incongruencia entre la propuesta técnica y la propuesta económica.<br />
10.5 Encontrarse en alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 50 de la Ley.<br />
itación de propuestas condicionadas.<br />
-14
^^ilDOS SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
" - ^ ^<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAQENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
Invitación No. I.T.P.I.-DGCP.-01/2002<br />
11 CRITERIOS PARA EVALUAR LAS PROPUESTAS.'<br />
A) Propuesta Técnica.<br />
11.1 Un grupo conformado por cinco representantes de la Subsecretaría de Hacienda y<br />
Crédito Público de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, evaluarán las<br />
propuestas presentadas por las Instituciones Participantes conforme a los siguientes<br />
criterios:<br />
11.1.1 Que el enfoque y metodología que pretenden aplicar, su capacidad y el grado de<br />
compromiso, sea acorde con operaciones de esta naturaleza y con las obligaciones<br />
establecidas en el Contrato, y<br />
11.1.2 Respecto de la capacidad y experiencia para realizar los trabajos de la Oferta de<br />
Acciones en el extranjero:<br />
a) Tener experiencia como coordinador global, líder colocador o colíder en por lo<br />
menos 10 (diez) colocaciones.<br />
b) Que en la conformación del equipo de trabajo se considere la participación de un<br />
ejecutivo clave destinado específicamente al proyecto, y que no se encuentre<br />
participando como tal en otros procesos.<br />
c) Que el ejecutivo clave a cargo del proyecto haya participado directamente desde<br />
el 1° de enero de 1997 en al menos una oferta de acciones, dentro de<br />
instituciones financieras que hubieren actuado como coordinador global, líder<br />
colocador o colíder.<br />
11.2 El Gobierno Federal efectuará la evaluación considerando exclusivamente los<br />
requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases y los derivados de la<br />
junta de aclaraciones.<br />
11.3 En ningún caso en la evaluación de las propuestas se utilizarán mecanismos de<br />
puntos o porcentajes.<br />
11.4 Ninguna de las condiciones contenidas en las presentes Bases podrán ser<br />
modificadas una vez celebrada la junta de aclaraciones; asimismo, ninguna de las<br />
propuestas presentadas por las Instituciones Participantes podrá ser negociada.<br />
Para q^e unarpíopuesta sea aceptada técnicamente deberá cumplir en su totalidad con las<br />
especifiba^ionesy^ características técnicas solicitadas en el anexo 5 de estas Bases.<br />
-15-
o<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAQENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
B) Propuesta Económica.<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
El Gobierno Federal elaborará un cuadro comparativo en el que se relacionen las comisiones<br />
que propongan cada una de las Instituciones Participantes que no hayan sido descalificadas ni<br />
sus propuestas desechadas en la etapa técnica, y se verificará que su propuesta económica<br />
sea congruente con su propuesta técnica.<br />
12 RESULTADO.<br />
^ 12.1 Una vez hecha la evaluación de las propuestas, se dará a conocer el resultado<br />
correspondiente, y se adjudicará el Contrato en favor de la Institución Participante<br />
cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de selección<br />
establecidos en las presentes Bases, las condiciones legales, técnicas y económicas<br />
requeridas por el Gobierno Federal y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de<br />
las obligaciones respectivas.<br />
12.2 Al efecto, el Gobierno Federal elaborará un dictamen que servirá de fundamento<br />
para dar a conocer el resultado del procedimiento, el cual contendrá una reseña<br />
cronológica de los actos del procedimiento, el análisis de las propuestas y las razones<br />
para la aceptación o desechamiento de las mismas.<br />
12.3 Si resultare que dos o más propuestas son solventes porque satisfacen la totalidad<br />
de los requerimientos solicitados, el resultado será en favor de la Institución<br />
Participante que ofrezca cobrar la Comisión más baja por los servicios a realizar.<br />
12.4 Para el caso en que dos o más propuestas satisfagan la totalidad de los<br />
requerimientos solicitados y ofrezcan cobrar el mismo porcentaje por concepto de<br />
Comisión, el resultado favorable será, conforme a lo dispuesto por el articulo 44 de!<br />
Reglamento, en favor de la Institución Participante que resulte ganadora de un sorteo<br />
manual por insaculación que se celebrará en la propia junta en que se dé a conocer el<br />
resultado, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que<br />
resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto de la<br />
Institución Participante ganadora.<br />
12.5 En acto público que se celebrará el día 30 de abril de 2002, a las 12:30 horas, se<br />
dará a conocer el resultado de este procedimiento, y podrán asistir las Instituciones<br />
Participantes que hubieren participado en el acto de presentación y apertura de<br />
proposiciones, levantándose el acta respectiva que firmarán los asistentes, a quienes<br />
se entregará copia de la misma. La falta de firma de alguna Institución Participante no<br />
ndará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los<br />
an asistido, para efectos de su notificación.<br />
16
^y<br />
CP"<br />
'-i<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
El Gobierno Federal podrá optar por notificar el resultado del procedimiento por escrito<br />
a cada una de las Instituciones Participantes.<br />
En la misma forma y con la comunicación referida, el Gobierno Federal proporcionará<br />
por escrito a las Instituciones Participantes la información acerca de las razones por<br />
las cuales su propuesta no resultó ganadora.<br />
En términos del artículo 37 de la Ley, contra la resolución que contenga el resultado no<br />
procederá recurso alguno; sin embargo, procederá la inconformidad que se interponga<br />
por las Instituciones Participantes en términos del artículo 65 de la misma Ley.<br />
12.6 De conformidad con lo establecido en los artículos 38 y 43 de la Ley, el Gobierno<br />
Federal podrá declarar desierto el procedimiento, sin que por ello se incurra en<br />
responsabilidad alguna, en los siguientes casos: i) que no se cuente con un mínimo de<br />
tres propuestas susceptibles de evaluarse técnicamente; ii) que las propuestas<br />
presentadas no reúnan los requisitos establecidos en las Bases; (iii) la Comisión<br />
incluida en las propuestas no fuera aceptable por el Gobierno Federal en términos de<br />
los artículos 23 fracción II y 41 del Reglamento; o (iv) por caso fortuito o fuerza mayor.<br />
13 ADJUDICACIÓN Y FIRMA DEL CONTRATO.<br />
La Institución Participante seleccionada, previa a la suscripción del Contrato, deberá proveer<br />
dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la notificación del resultado: (i) copia<br />
certificada del acta constitutiva de la institución; (ii) testimonio del poder otorgado ante<br />
fedatario público que acredite la personalidad de quien suscribirá el Contrato; y (iii) para el<br />
caso de persona moral de nacionalidad mexicana, presentar un escrito en el que manifieste,<br />
bajo protesta de decir verdad, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus<br />
obligaciones fiscales y con las autoridades financieras; en caso de que la Institución<br />
Participante no sea de nacionalidad mexicana, deberá manifestar bajo protesta de decir<br />
verdad que no se encuentra obligada a presentar declaraciones fiscales en México, para lo<br />
cual se adjunta a las presentes Bases, el formato correspondiente como anexo 7. En caso de<br />
que la Institución Participante no tenga nacionalidad mexicana, el Poder que acredite la<br />
personalidad del apoderado debe surtir efectos dentro de México.<br />
El Contrato estará vigente desde la fecha en que se notifique el resultado a la Institución<br />
Participante ganadora, y hasta la fecha en que se firme el Contrato de Colocación o hasta el<br />
31 de diciembre de 2002, lo que ocurra primero, en el entendido de que podrá darse por<br />
•terminadoo prorrogarse, en los términos que al efecto se establezcan en el mismo.<br />
/ •<br />
-17-
% : • • • /<br />
yj-<br />
^!íSí
^)<br />
^YUDOS SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAQENDAY CREKTO PUBLICO<br />
15 GARANTÍAS Y PENA CONVENCIONAL.<br />
invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
15.1 A más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del Contrato, la<br />
Institución Participante ganadora deberá otorgar a favor de la Tesorería de la<br />
Federación una garantía de cumplimiento del Contrato, por el monto que resulte de<br />
aplicar el 10% (diez por ciento) de la Comisión establecida en su propuesta económica<br />
al valor de las Acciones BBVA Bancomer, considerando para tal efecto el precio de<br />
cierre de la acción de BBVA Bancomer en la Bolsa Mexicana de Valores en la fecha<br />
en que se adjudique el Contrato. En caso de que en dicha fecha no exista cotización<br />
de la acción de BBVA Bancomer, se tomará el último precio disponible; en el supuesto<br />
de que exista discrepancia en el precio de la acción de BBVA Bancomer, se tomará el<br />
precio más alto.<br />
Dicha garantía se deberá constituir mediante el depósito previsto en los artículos 7° de<br />
la Ley Orgánica de Nacional Financiera y 137 fracción I del Reglamento de la Ley del<br />
Sen/icio de Tesorería de la Federación, o carta de crédito incondicional e irrevocable<br />
en moneda de curso legal de los Estados Unidos, al tipo de cambio para solventar<br />
obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana<br />
que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha en<br />
que se adjudique el Contrato, cuya vigencia será igual a la del Contrato más treinta<br />
días naturales, y sus términos y condiciones deberán ser previamente aprobados por<br />
el Gobierno Federal.<br />
En caso de que se presente retraso o incumplimiento del Contrato, imputable a la<br />
Institución Participante que resulte seleccionada, y si del mismo resultare perjuicio al<br />
Gobierno Federal, se hará efectiva la garantía mencionada.<br />
Asimismo, en caso de que el Coordinador Global diera por terminado el presente<br />
Contrato sin causa justificada o el Gobierno Federal lo diera por tenninado con causa<br />
justificada, distinta al caso fortuito o fuerza mayor, el Coordinador Global perderá la<br />
garantía referida.<br />
15.2 En caso de que el Coordinador Global se retrase en .la oportuna prestación de sus<br />
servicios por causas imputables a él, el Coordinador Global pagará al Gobierno<br />
Federal una pena convencional de 2/1000 (dos al millar) sobre el monto de los<br />
servicios no prestados por cada día de retraso.<br />
pena convencional se aplicará hasta por el monto de la garantía de cumplimiento<br />
ato; de continuar el retraso, se procederá a rescindir el Contrato.<br />
19-
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAaENDA Y CREHTO PUBLICO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
Para la determinación del monto de la pena convencional, se tomará en cuenta el<br />
precio de cierre que tenga la acción de BBVA Bancomer en la BMV en la fecha en que<br />
se verifique el incumplimiento. En caso de que en dicha fecha no exista cotización de<br />
la acción de BBVA Bancomer, se tomará el último precio disponible; en el supuesto de<br />
que exista discrepancia en el precio de la acción de BBVA Bancomer, se tomará el<br />
precio más alto. La determinación del monto y la aplicación estará a cargo de la<br />
Dirección General de Crédito Público.<br />
16 CANCELACIÓN DEL PROCESO E IMPREVISTOS.<br />
16.1 El procedimiento de selección podrá ser cancelado por el Gobierno Federal por<br />
caso fortuito o fuerza mayor o cuando existan circunstancias debidamente justificadas<br />
que provoquen la extinción de la necesidad para contratar la prestación de los<br />
servicios.<br />
16.2 En los aspectos no previstos en estas Bases, el Gobierno Federal resolverá lo<br />
conducente, haciéndolo del conocimiento de las Instituciones Participantes en forma<br />
oportuna.<br />
17 DOMICILIOS.<br />
Cualquier comunicación o notificación relativa al proceso que se describe en las presentes<br />
Bases, así como la presentación de los documentos a que se refieren los numerales €.1 y<br />
6.2, se realizarán en el siguiente domicilio:<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público<br />
Palacio Nacional, Patio Central, oficina 3010, Colonia Centro<br />
c.p. 06000, México, Distrito Federal<br />
Teléfonos 55-21-62-21 y 55-42-99-47; Fax. 52-28-11-56<br />
Los actos a que se refieren los numerales 6.1, 7.1, 7.8 y 7.11 de estas Bases, se realizarán<br />
en el Auditorio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ubicado en:<br />
o Nacional, Planta Baja, Entre Patio Centra! y Primer Patio Mariano<br />
Colonia Centro, c.p. 06000, México, Distrito Federal<br />
20
#<br />
^ i /<br />
A^<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAQENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
18 MODIFICACIONES.<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCiÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
A. En términos del artículo 33 de la Ley, las modificaciones que se realicen a las presentes<br />
Bases en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados<br />
originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus<br />
características.<br />
B. Conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley, se podrán celebrar convenios<br />
modificatorios en la vigencia del Contrato, sin tener que recurrir a una nueva invitación, y<br />
deberá formalizarse por escrito, siempre que la ampliación de dicha vigencia no rebase el<br />
20% (veinte por ciento) de la vigencia original.<br />
19 INCONFORMIDADES.<br />
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley y conforme al artículo 47 del<br />
Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, las<br />
Instituciones Participantes podrán presentar escrito de inconformidad ante el área de<br />
responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público, ubicado en Av. Universidad No. 1074, 2° piso, col. Xoco, México, D.F., por los actos<br />
que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la Ley, dentro de los<br />
diez días hábiles siguientes a aquél en que éste ocurra o el inconforme tenga conocimiento<br />
del acto impugnado.<br />
Los interesados podrán optar por presentar sus inconformidades a través de medios remotos<br />
de comunicación electrónica (compranet), en los términos de la disposición décima del<br />
Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de agosto del 2000.<br />
20 CONTENIDO DE LAS BASES Y PROPUESTAS.<br />
Ninguna de las condiciones contenidas en las presentes Bases y, en su caso, de sus<br />
modificaciones, así como en las propuestas que presenten las Instituciones Participantes<br />
podrán ser negociadas.<br />
21 CONTROVERSIAS.<br />
Las controversias que se susciten en el proceso de invitación, se resolverán con apego a lo<br />
previsto en las disposiciones que establece la Ley, el Reglamento, y demás disposiciones<br />
ígaíe^-vigentes en la materia.<br />
21
•S<br />
M\ttI>QS<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAOENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
22 JURISDICCIÓN.<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCiÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />
Cualquier interpretación o controversia que resulte derivada del procedimiento de selección en<br />
términos de las presentes Bases, se resolverá conforme a las leyes de los Estados Unidos<br />
Mexicanos, en los tribunales Federales competentes ubicados en la Ciudad de México, Distrito<br />
Federal.<br />
En términos del artículo 16 de la Ley, cualquier interpretación o controversia que resulte<br />
derivada de! Contrato, cuando éste se haya formalizado y se encuentre en vigor, se resolverá<br />
conforme a las leyes de los Estados Unidos, en los tribunales competentes de la ciudad de<br />
Nueva York, Estados Unidos.<br />
/ AlunJ>u Pai>u al García Tuiítes<br />
Director Generé de Crédito ^úblico.<br />
rsñA<br />
'Secretaría de Hacienda y Crécftto Público<br />
22<br />
\
V..,<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS<br />
DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL PARA REALIZAR LA OFERTA DE ACCIONES<br />
REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
ANEXO 1<br />
PODER PROTOCOLIZADO ANTE<br />
FEDATARIO PÚBLICO EN MÉXICO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS<br />
DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL PARA REALIZAR LA OFERTA DE ACCIONES<br />
REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
ANEXO 2<br />
FORMATO DE ACREDITACIÓN DE REPRESENTACIÓN LEGAL RELATIVA AL<br />
NUMERAL 5.2 DE LAS BASES<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
PRESENTE.<br />
(nombre) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí<br />
asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con<br />
facultades suficientes para suscribir la proposición en la presente invitación internacional<br />
a cuando menos tres personas formulada mediante oficio de fecha de<br />
2002, emitido por la Dirección General de Crédito Público de la Secretaría de Hacienda y<br />
Crédito Público, a nombre y representación de: (persona física o moral).<br />
Registro Federal de Contribuyentes:<br />
Domicilio;<br />
Calle y número:<br />
Colonia:<br />
Código Postal:<br />
Teléfonos:<br />
Correo Electrónico:<br />
(Este formato deberá llenarse únicamente en lo aplicable)<br />
Delegación o Municipio:<br />
Entidad Federativa:<br />
Fax:<br />
No. de la Escritura Pública en la que consta su Acta Constitutiva: Fecha:<br />
Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se dio fe de la misma:<br />
Apellido Patemo: Apellido Materno: Nombre (s)<br />
Descripción del objeto social:<br />
Rerormas al Act&
^<br />
B<br />
Nombre del apoderado o representante:<br />
Datos de! documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades:<br />
Escritura Pública Número: Fecha:<br />
Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se otorgó:<br />
(Lugar y fecha)<br />
Protesto lo necesario<br />
(firma)<br />
NOTA: Este es un modelo de la carta, mismo que preferentemente se presentará en papel<br />
membretado que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del participante.
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS<br />
DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL PARA REALIZAR LA OFERTA DE ACCIONES<br />
REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
FORMATO DE ACREDITACIÓN DE REPRESENTACIÓN LEGAL RELATIVA AL<br />
NUMERAL 5.3 DE LAS BASES<br />
México, D.F., a de de<br />
ANEXO 3<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
PRESENTE.<br />
En cumplimiento con lo establecido en el numeral 5.3 de las Bases para la contratación de<br />
servicios de intermediación bursátil para realizar la oferta de acciones representativas del<br />
capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., en mi carácter de<br />
representante de , manifiesto bajo protesta de decir verdad que<br />
tengo facultades suficientes para otorgar, y en este acto otorgo al (los) Sr. (Sres.)<br />
poder amplio, cumplido y bastante para que a nombre y representación<br />
de , asista (n) a los actos de presentación y apertura de proposiciones de las<br />
Instituciones Participantes, así como a los demás actos del proceso, y realice (n) los<br />
trámites necesarios entre los que se encuentran, de manera enunciativa mas no limitativa:<br />
entregar y/o rubricar documentos; firmar listas de asistencia, acusar de recibido, oír y<br />
recibir notificaciones, exponer las propuestas correspondientes, etc.<br />
ATENTAMENTE.<br />
Nombre y firma del Representante Legal.<br />
Testigo Testigo<br />
un modelo de la carta, mismo que preferentemente se presentará en papel<br />
que^ontenga la denominación, domicilio y teléfonos del participante.
'feí<br />
^<br />
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS<br />
DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL PARA REALIZAR LA OFERTA DE ACCIONES<br />
REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
ANEXO 4<br />
CARTA DE MANIFESTACIÓN RELATIVA AL NUMERAL 5.4 DE LAS BASES<br />
México, D.F., a de de<br />
h . . .<br />
y SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
PRESENTE.<br />
En cumplimiento con lo establecido en el numeral 5.4 de las Bases para la<br />
contratación de servicios de intermediación bursátil para realizar la oferta de acciones<br />
representativas del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.,<br />
("BBVA Bancomer") por medio de la presente, en mi carácter de representante de<br />
se declara que:<br />
• Bajo protesta de decir verdad, no se encuentra en ninguno de los<br />
supuestos que se establecen en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones,<br />
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como que conoce el contenido y<br />
alcances del artículo 8 fracción XX de la Ley Federal de Responsabilidades<br />
Administrativas de los Servidores Públicos.<br />
• Bajo protesta de decir verdad, los procesos de ofertas de acciones en las cuales<br />
participan actualmente y sus afiliadas, no afectan adversamente o<br />
generan conflicto de interés respecto de la participación de en la Oferta<br />
de Acciones de BBVA Bancomer.<br />
• Bajo protesta de decir verdad, y sus entidades afiliadas: (i) no tienen<br />
litigio pendiente con BBVA Bancomer o sus subsidiarías; y/o (ii) no pretenden realizar<br />
una emisión de acciones o instrumentos de deuda subordinada de sus entidades<br />
afiliadas en México durante los tres meses anteriores o posteriores a la fecha en la<br />
que se realice la enajenación de las Acciones BBVA Bancomer.<br />
Bajo protesta.de decir verdad, y sus entidades afiliadas no han causado<br />
íSta o indirectamente algún menoscabo patrimonial al Fondo Bancario de<br />
'roteccíSThal Ahorro y/o al Fondo de Apoyo al Mercado de Valores y/o al Instituto para
^<br />
y ^<br />
\<br />
la Protección al Ahorro Bancario, ni mantienen acciones judiciales o jurisdiccionales en<br />
contra de dichas instituciones.<br />
Bajo protesta de decir verdad, conoce y acepta el contenido de las<br />
Bases y del Contrato, y de cada una de las condiciones establecidas en dichos<br />
documentos.<br />
• se obliga a responder de cualquier otra responsabilidad en que.<br />
incurra, en los términos señalados en el Contrato y en la legislación aplicable.<br />
• Se obliga y reconoce que se hará efectiva la garantía de cumplimiento prevista en el<br />
numeral 15 de las Bases, para el caso en que se presente retraso o incumplimiento<br />
del Contrato y si del mismo resultare perjuicio al GotDiemo Federal.<br />
• En términos del artículo 30 fracción Vil del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Sen/icios del Sector Público, bajo protesta de<br />
decir verdad, _^_^__ por sí misma o por interpósita persona se abstendrá<br />
M<br />
'^J de adoptar conductas para que los servidores públicos de la dependencia,<br />
induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del<br />
procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con<br />
relación a los demás participantes.<br />
• Bajo protesta de decir verdad, el domicilio consignado en las propuestas técnica y<br />
económica, será el lugar donde recibirá toda clase de notificaciones que<br />
resulten de los actos, contratos y convenios que celebre de conformidad con la<br />
Ley y el Reglamento, comprometiéndose a notificar por escrito al Gobierno Federal<br />
dentro de los cinco días naturales siguientes, el cambio de domicilio, que en su<br />
caso ocurra. Mientras no señale otro distinto, el manifestado en las propuestas de<br />
se tendrá como domicilio convencional para practicar toda clase de<br />
notificaciones.<br />
Atentamente.<br />
Nombre y firma del Representante Legal.<br />
Cargo<br />
NOTA: Este es un modelo de la carta, mismo que preferentemente se presentará en papel<br />
membretado que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del participante.
Vix;<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS<br />
DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL PARA REALIZAR LA OFERTA DE ACCIONES<br />
REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
CARTA COMPROMISO RELATIVA AL NUMERAL 5.5 DE LAS BASES<br />
México, D.F., a_ de de<br />
ANEXOS<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
PRESENTE.<br />
En cumplimiento con lo establecido en el numeral 8.1.6 de las Bases para la contratación<br />
de servicios de intermediación bursátil para realizar la oferta de acciones representativas<br />
del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., por medio de la<br />
presente, en mi carácter de representante de , . manifiesto mi<br />
compromiso de respetar las especificaciones y características técnicas generales y de<br />
calidad de ios servicios, que mi representada ofrece conforme a su propuesta técnica.<br />
ATENTAMENTE.<br />
Nombre y firma del Representante Legal.<br />
NOTA: Este es un modelo de la carta, mismo que preferentemente se presentará en papel<br />
membretado que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del participante.
W<br />
a í<br />
ANEXO 6<br />
(PAPEL MEMBRETADO DEL COORDINADOR GLOBAL)<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
Palacio Nacional, Patio Central<br />
Oficina 3010, Colonia Centro<br />
México, Distrito Federal<br />
Apreciables señores:<br />
, por cuenta propia, someto a la consideración de la Secretaría<br />
de Hacienda y Crédito Público, el presente contrato (en adelante el "Contrato"), derivado del<br />
procedimiento de invitación internacional a por lo menos tres personas ,<br />
para actuar como (i) asesor financiero y de banca de inversión con el carácter de agente<br />
colocador del Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría<br />
de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección General de Crédito Público (en<br />
adelante el "Accionista Vendedor"), en relación con la enajenación de 949*838,031<br />
(novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones<br />
serie "O" como tales o a través de American Depositary Shares (ADS) o American<br />
Depositary Receipts (ADR) del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de<br />
C.V. (en adelante las "Acciones BBVA Bancomer"), y (ii) coordinador global y líder<br />
colocador Internacional (en adelante el "Coordinador Global") respecto de la propia oferta<br />
para la enajenación de las Acciones BBVA Bancomer.<br />
La oferta de las mencionadas Acciones BBVA Bancomer de Grupo Financiero BBVA<br />
Bancomer, S.A. de C.V. (en adelante "BBVA Bancomer"), se llevará a cabo a través de una<br />
oferta a nivel mundial que deberá realizarse tanto en los Estados Unidos Mexicanos (en<br />
adelante "México"), como en los Estados Unidos de América (en adelante los "Estados<br />
Unidos") y, en caso de ser necesario y/o conveniente, en otros países distintos (en adelante<br />
la "Oferta Internacional"). A ia oferta que se realizará en México (en adelante la "Oferta<br />
Mexicana") y a la Oferta Internacional referidas de manera conjunta se les denominará en<br />
adelante la "Oferta de Acciones".<br />
La Oferta Internacional se llevará a cabo bajo la Regla 144, la Regulación S y la Ley de<br />
Valores de 1933 de los Estados Unidos {Securities Act of 1933).<br />
El Coordinador Global será responsable de coordinar los trabajos relativos a ia Oferta<br />
Mexicana, para lo cual deberá obtener los servicios de un intermediario colocador<br />
autorizado para actuar como intermediario colocador en México (en adelante la "Casa de<br />
BolsaryTdebiefíttexontar con el consentimiento por escrito del Accionista Vendedor para su<br />
^contratación. Dicha)Casa de Bolsa deberá reunir los siguientes requisitos:
a) Tener experiencia en colocación de acciones en ofertas públicas de acciones<br />
industriales, comerciales o de servicios por un importe mínimo de 150 millones de pesos<br />
(en términos nominales) por oferta, en el mercado mexicano desde el 1° de enero de<br />
1997.<br />
b) Tener una operatividad de al menos 5% del mercado mexicano de renta variable<br />
(acciones), a través de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A. de C.V. (en adelante la<br />
"BMV"), en al menos dos de los últimos tres años concluidos (acciones se refiere a:<br />
acciones industriales, comerciales y de servicio; bancarias, casas de bolsa, seguros,<br />
fianzas y certificados de participación ordinarios sobre acciones).<br />
En cualquier momento el Accionista Vendedor podrá liberar al Coordinador Global de su<br />
obligación de llevar a cabo la Oferta Mexicana, para lo cual dicha liberación deberá ser<br />
notificada por escrito.<br />
Asimismo, el Coordinador Global, previa aprobación del Accionista Vendedor, contratará al<br />
menos dos (número que podrá modificar el Accionista Vendedor) instituciones financieras<br />
extranjeras que:<br />
1. Sean de reconocido prestigio internacional;<br />
2. Cuenten con amplia experiencia y capacidad de colocación y distribución de acciones a<br />
nivel internacional, preferentemente de instituciones del sector financiero, que en su<br />
caso requiera;<br />
Dichas instituciones financieras extranjeras actuarán como colíderes del Coordinador<br />
Global o con cualquier otro carácter respecto de la Oferta Internacional que convengan (en<br />
adelante los "Colíderes Internacionales"). Al Coordinador Global, los Colíderes<br />
Internacionales y a la Casa de Bolsa referidos conjuntamente, se les denominará en<br />
adelante los "Agentes Colocadores".<br />
Considerando las características de esta operación, los Colíderes Internacionales y la Casa<br />
de Bolsa deberán tener una participación activa en el mercadeo de las Acciones BBVA<br />
Bancomer, por lo que se deberán proponer elementos para que dichas instituciones tengan<br />
los incentivos para que éstas participen en la distribución en México y en el extranjero,<br />
según sea el caso. En particular, se deberá buscar que los Colíderes Internacionales y la<br />
Casa de Bolsa utilicen su red de ventas y sus áreas de análisis de manera complementaria<br />
a las del Coordinador Global, con el propósito de maximizar así el precio de venta y la<br />
calidad de la demanda.<br />
Debido a lo anterior, las Instituciones Participantes deberán presentar al Accionista<br />
Vendedor la propuesta de distribución de la Comisión a que se refiere el numeral 2 de este<br />
Contrato, entre los Colíderes Internacionales y la Casa de Bolsa.<br />
El Coordinador Global será, sin perjuicio de los derechos que se le otorgan por virtud del<br />
presente Contrato, el único responsable frente al Accionista Vendedor para llevar a cabo<br />
todos los trabajos tendientes a la realización de la Oferta Mexicana y la Oferta<br />
Internacional, así como para determinar, previa opinión razonable del Accionista Vendedor,<br />
el nivel de participación que tendrá cada uno de los Agentes Colocadores durante los<br />
trabajos relativos a la Oferta Mexicana y a la Oferta Internacional, lo cual quedará<br />
e^atelecidCLde manera definitiva en el contrato de colocación referido en el párrafo segundo<br />
i^jenuimeral 1.<br />
2-
^<br />
Sin perjuicio de lo establecido en los cuatro párrafos anteriores, el presente Contrato se<br />
refiere a las obligaciones del Coordinador Global respecto a la Oferta Mexicana y la Oferta<br />
Internacional, en el entendido que de no ser vendidas la totalidad de las Acciones en dichas<br />
ofertas, el Accionista Vendedor se reserva el derecho de realizar una o más ofertas<br />
públicas contratando como colocadores al Coordinador Global y/o a los Agentes<br />
Colocadores y/o a personas distintas, en cuyo caso no sé efectuará pago alguno en las<br />
sucesivas ofertas al Colocador Global por concepto de comisiones o cualquier otro<br />
concepto derivados de la Oferta de Acciones. Sin embargo, las mencionadas obligaciones<br />
del Coordinador Global podrán extenderse a subsecuentes ofertas públicas, previo acuerdo<br />
por escrito de las partes, sin que esto represente un derecho de preferencia.<br />
La distribución de las Acciones BBVA Bancomer entre los distintos mercados será llevada a<br />
cabo conforme lo establezca el Coordinador Global, previa aprobación del Accionista<br />
Vendedor.<br />
Asimismo, en cuanto a la realización de la Oferta de Acciones, ésta se llevará a cabo una<br />
P) vez concluidos los trabajos de preparación, y cuando las condiciones del mercado sean<br />
~' propicias, en el entendido de que la mencionada Oferta de Acciones se realizará en el<br />
momento que determine el Accionista Vendedor a propuesta del Coordinador Global. El<br />
Accionista Vendedor podrá reservarse el derecho de que no se realice la enajenación de<br />
las Acciones BBVA Bancomer si considera que las condiciones no son adecuadas.<br />
1. SERVICIOS QUE PRESTARÁ EL COORDINADOR GLOBAL.<br />
1.1 Mediante la celebración del presente Contrato, el Accionista Vendedor encomienda<br />
al Coordinador Global, y por su parte el Coordinador Global se compromete a<br />
realizar, las siguientes actividades y gestiones:<br />
a) Auxiliar al Accionista Vendedor y a BBVA Bancomer en la elaboración de un<br />
prospecto de colocación así como versiones preliminares del mismo, necesarias<br />
para llevar a cabo la Oferta Internacional (dicho prospecto conjuntamente con<br />
cualquier borrador preliminar o modificación del mismo se denominan<br />
conjuntamente como el "Prospecto de la Oferta Internacional"). El Prospecto de<br />
la Oferta Internacional deberá contener la información requerida en este tipo de<br />
operaciones y cumplir los requisitos legales que establezca la legislación<br />
aplicable a la Oferta Internacional, incluyendo la Ley de Valores de 1933 de los<br />
Estados Unidos, así como las leyes locales que al respecto sean aplicables.<br />
b) Auxiliar, a través de la Casa de Bolsa, al Accionista Vendedor y a BBVA<br />
Bancomer en la elaboración de un prospecto de colocación y versiones<br />
preliminares al mismo, necesarias para llevar a cabo la Oferta Mexicana (dicho<br />
prospecto conjuntamente con cualquier borrador preliminar o modificación del<br />
I<br />
' mismo se denominan conjuntamente en el presente Contrato como el<br />
"Prospecto de la Oferta Mexicana"). El Prospecto de la Oferta Mexicana deberá<br />
contener la información requerida en este tipo de operaciones y cumplir con los<br />
requisitos legales que sean necesarios conforme a la legislación mexicana<br />
aplicable a la Oferta Mexicana como lo es la Ley del Mercado de Valores y las<br />
I, -d disposiciones de carácter general emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y<br />
/ ' /<br />
res (en adelante la "CNBV");<br />
-3-
c) Asimismo, en caso de llevarse a cabo ofertas en jurisdicciones distintas a los<br />
Estados Unidos y México, y en caso de que se requiera uno o más prospectos<br />
de colocación, el Coordinador Global coadyuvará en su preparación;<br />
d) En caso de ser necesario, coadyuvar con el Accionista Vendedor o con quien<br />
éste le indique, en las negociaciones que se requieran con el custodio y la<br />
institución depositaría;<br />
e) Llevar a cabo los trámites y gestiones que se requieran frente a la Securities<br />
and Exchange Comission (SEC) de los Estados Unidos, la CNBV, la BMV, el<br />
RNV y el S.D. Indeval, S.A. de C.V., Institución para el Depósito de Valores<br />
(Indeval), y las demás autoridades o instituciones que se requiera;<br />
f) Realizar una revisión legal y de negocio de BBVA Bancomer (en lo sucesivo<br />
"due diligence"). En el caso de la Oferta Mexicana, las tareas relacionadas con<br />
^J^ el mencionado due diligence deberán estar reservadas exclusivamente al<br />
^^ Coordinador Global, lo cual deberá estar previsto en la formalización de los<br />
actos jurídicos que para tal efecto lleve a cabo el Coordinador Global con la<br />
Casa de Bolsa;<br />
g) Organizar, coordinar y llevar a cabo la estrategia de premercadeo en los<br />
distintos mercados, así como presentar los resultados de la misma al Accionista<br />
Vendedor;<br />
h) Coordinar la organización y realización de giras de promoción (en adelante el<br />
"Roadshow") para la comercialización de la Oferta de Acciones con posibles<br />
inversionistas, en las ciudades que previamente apruebe el Accionista<br />
Vendedor;<br />
i) Asegurar la disponibilidad de los analistas de alto nivel jerárquico dentro de la<br />
estructura de los Agentes Colocadores que regularmente se dedican a realizar<br />
la cobertura y a emitir análisis económicos y financieros del sector financiero del<br />
Coordinador Global en todos aquellos eventos y reuniones que son parte de las<br />
íí^)<br />
**^ prácticas en este tipo de operaciones, siempre y cuando no exista impedimento<br />
legal o derivado de las prácticas de mercado y/o de sus regulaciones internas;<br />
j) Pemiitir al Accionista Vendedor, en cualquier momento a partir de la firma del<br />
presente Contrato, el acceso al libro de registro de propuestas de compra de las<br />
Acciones BBVA Bancomer;<br />
k) Someter a la consideración y aprobación del Accionista Vendedor el precio de<br />
colocación de las Acciones BBVA Bancomer, así como la propuesta de<br />
distribución de las mismas entre los diferentes postores en los mercados de<br />
valores mexicano e internacionales, ambos planteados con base en el<br />
portamiento y calidad de la demanda;
•CT:<br />
I) Presentar al Accionista Vendedor informes periódicos relativos a los avances<br />
que se obtengan en la realización de sus servicios relacionados con la<br />
preparación de la Oferta de Acciones; y<br />
m) Realizar los demás actos establecidos en el presente Contrato, así como<br />
aquellos que sean necesarios de conformidad con las disposiciones legales<br />
aplicables o que se acostumbre de acuerdo con la práctica común en este tipo<br />
de operaciones, así como aquellos que el Accionista Vendedor y el Coordinador<br />
Global, de común acuerdo, consideren convenientes para concretar la Oferta de<br />
Acciones y llevar a cabo de forma exitosa la venta de las Acciones BBVA<br />
Bancomer.<br />
Para la aprobación de las propuestas del Prospecto de la Oferta Internacional y del<br />
Prospecto de la Oferta Mexicana por parte del Coordinador Global, éste deberá<br />
contar con la opinión favorable del Accionista Vendedor.<br />
1.2 El Coordinador Global deberá concluir los trabajos preparatorios de la Oferta de<br />
Acciones a más tardar el día 14 de junio de 2002.<br />
El plazo mencionado en el párrafo anterior podría ser prorrogado por el Accionista<br />
Vendedor, en caso de que éste lo considere necesario, por el tiempo que estime<br />
necesario, mediante escrito dirigido al Coordinador Global con 10 días naturales de<br />
anticipación, señalando el nuevo plazo.<br />
Lo que se establece en el párrafo anterior es sin perjuicio de lo señalado en el<br />
numeral 4 de este Contrato.<br />
1.3 El Coordinador Global acepta y se compromete a realizar su mejor esfuerzo para<br />
mantener al equipo de trabajo y a los ejecutivos clave que estarán a cargo del<br />
proyecto, conforme lo señaló en su propuesta técnica, durante la vigencia del<br />
presente Contrato, por lo que deberá obtener la aprobación previa del Accionista<br />
Vendedor para modificar la conformación del equipo de trabajo o de ejecutivos clave,<br />
en el entendido de que tratándose de renuncia o despido, dicha aprobación del<br />
Accionista Vendedor sólo se requerirá para efectos de aprobar a la persona que<br />
sustituirá a algún miembro del equipo de trabajo o al ejecutivo clave, la cual deberá<br />
contar con igual o mayor experiencia y capacidad, a la persona que renunció o fue<br />
despedida.<br />
El Accionista Vendedor podrá solicitar en cualquier tiempo que se sustituya a<br />
cualesquiera de los miembros del equipo de trabajo o de los ejecutivos clave, cuando<br />
considere que éstos no están realizando sus funciones a satisfacción del mismo.<br />
1.4 El Accionista Vendedor reconoce y conviene que este Contrato no constituye un<br />
compromiso por parte del Coordinador Global para comprar, vender, ofrecer o<br />
colocar las Acciones BBVA Bancomer, ni que éste garantiza el éxito o realización de<br />
Oferta de Acciones. En todo caso, dicho compromiso se incluirá en el Contrato de<br />
ColocaCtóQ (según se define dicho término más adelanté) que se formalizará como<br />
orrespondeSa este tipo de ofertas.
á<br />
vC^y<br />
La Oferta de Acciones se efectuará por el Coordinador Global y los Colíderes<br />
Internacionales por lo que se refiere a la Oferta Internacional y por la Casa de Bolsa,<br />
contratada por el Coordinador Global, por lo que se refiere a lá Oferta Mexicana.<br />
Ambas ofertas estarán sujetas a la celebración de un contrato de colocación entre el<br />
Accionista Vendedor y el Coordinador Global (en adelante el "Contrato de<br />
Colocación") que contendrá, entre otros, los acuerdos que se mencionan a<br />
continuación:<br />
a) La designación del Coordinador Global como: (i) Coordinador Global de la<br />
Oferta de Acciones y líder colocador internacional para la Oferta de Acciones;<br />
(ii) administrador único del registro de propuestas de compra de las Acciones<br />
BBVA Bancomer (bookrunnei); y (iii) instrumentador único de las tareas de<br />
revisión legal y de negocio de BBVA Bancomer {due diligence) por lo que<br />
respecta a la Oferta Mexicana.<br />
b) La contraprestación a que se refiere el numeral 2 de este Contrato.<br />
c) El compromiso del Coordinador Global de comprar un porcentaje o la totalidad<br />
de las Acciones BBVA Bancomer (Toma en Firnie) según lo acuerden con el<br />
Accionista Vendedor, considerando las condiciones del mercado, el<br />
comportamiento y la calidad de la demanda.<br />
d) La obligación del Coordinador Global de enterar al Accionista Vendedor, a<br />
través de la Tesorería de la Federación, en la cuenta que al efecto le indique<br />
por escrito el Accionista Vendedor, los recursos producto de la enajenación de<br />
las Acciones BBVA Bancomer después de haber descontado la<br />
contraprestación que le corresponda en los términos y condiciones de este<br />
Contrato.<br />
e) Que el Accionista Vendedor asume responsabilidad frente, y únicamente<br />
indemnizará, en su caso, al Coordinador Global, en los términos comúnmente<br />
utilizados, por reclamaciones derivadas de la propiedad de las Acciones BBVA<br />
Bancomer.<br />
El Contrato de Colocación incluirá términos y condiciones comúnmente utilizados en<br />
este tipo de operaciones pero, en todo caso, su celebración estará sujeta a la previa<br />
aprobación del Accionista Vendedor.<br />
1.5 El Coordinador Global deberá celebrar con el Instituto para la Protección al Ahorro<br />
Bancario (en adelante el "IPAB"), en caso de que éste se lo solicite, un contrato de<br />
intennediación bursátil para la enajenación de la posición accionaria del IPAB en<br />
BBVA Bancomer, en las mismas condiciones pactadas entre el Coordinador Global y<br />
el Accionista Vendedor, en el entendido de que: (i) la posición accionaria del IPAB en<br />
BBVA Bancomer podrá ser incluida en el Prospecto de la Oferta Mexicana y/o en el<br />
Prospecto d^ la Oferta Internacional, y en el roadshow, así como ofertarse y ser<br />
enajenada paralelamente con la del Accionista Vendedor; y (íi) la relación jurídica<br />
entre el IPAB y el Coordinador Global es ajena al ámbito y alcances de este<br />
Contrato, por lo que no forma parte de los servicios, gastos, costos, garantías,<br />
obligaciones, la "Comisión" o cualquier otro concepto a que éstos se refieren, ni el<br />
donista Vendedor asume responsabilidad u obligación alguna derivada de dicha<br />
relacioftSgrídica.<br />
6-
2. CONTRAPRESTACIÓN.<br />
La contraprestación que obtendrá el Coordinador Global por la enajenación de las Acciones<br />
BBVA Bancomer, consistirá en una comisión única igual al *.**** % del producto bruto de<br />
dicha enajenación (la "Comisión"). Este porcentaje será fijo, y la Comisión se aplicará en el<br />
momento que el Coordinador Global reciba los recursos derivados de dicha enajenación. La<br />
Comisión se descontará del producto de la venta de las Acciones BBVA Bancomer en<br />
moneda de curso legal de Estados Unidos.<br />
(*.****) [en este lugar deberá precisarse el porcentaje presentado en la propuesta económica<br />
de la institución que resulte seleccionada].<br />
La Comisión será la única contraprestación para el Coordinador Global, y cubrirá los costos<br />
derivados de los servicios prestados por los Agentes Colocadores por la prestación de sus<br />
servicios.<br />
3. GASTOS Y COSTOS.<br />
El Accionista Vendedor no pagará anticipos, ni cubrirá gastos. En caso de no llevarse a<br />
cabo la enajenación de las Acciones BBVA Bancomer, el Accionista Vendedor no pagará la<br />
Comisión.<br />
El Accionista Vendedor únicamente será responsable del pago de los gastos relacionados<br />
con los servicios profesionales de carácter legal que requiera el propio Accionista Vendedor<br />
y BBVA Bancomer, necesarios para instrumentar la enajenación de las Acciones BBVA<br />
Bancomer.<br />
El Coordinador Global será responsable de cubrir cualquier gasto y/o costo asociado con<br />
los siguientes conceptos:<br />
a) Impresión y distribución del Prospecto de la Oferta Mexicana y el Prospecto de la Oferta<br />
Internacional, o cualquier otro que fuera necesario.<br />
b) Honorarios y gastos derivados del premercadeo (premarketing) y promoción<br />
{Roadshow).<br />
c) Honorarios y gastos de los asesores legales, y de otros asesores o consultores que<br />
contrate el Coordinador Global en relación con la Oferta de las Acciones.<br />
d) Honorarios del custodio y, en su caso, de la institución depositaría.<br />
e) Honoraríos y gastos del o los auditores y despachos de contadores que se requieran,<br />
cuya designación por parte del Coordinador Global deberá contar previamente con la<br />
conformidad del Accionista Vendedor.<br />
f) Gastos y/o costos de ios registros y/o listados ante las distintas bolsas de valores o<br />
sdes de los distintos mercados en donde se llegasen a colocar las Acciones<br />
ler.
a.<br />
Cualquier otro gasto necesario para llevar a cabo la enajenación de las Acciones BBVA<br />
Bancomer será responsabilidad del Coordinador Global.<br />
Los servicios que el Coordinador Global contrate o subcontrate conforme a este numeral,<br />
se entenderán como parte de una relación comercial propia, por lo que, la contratación de<br />
alguna persona por parte del Coordinador Global será su responsabilidad y se considerará<br />
como Persona Relacionada de este último, debiendo en consecuencia sujetarse a lo que al<br />
efecto se establece en el presente Contrato como una obligación a cargo del Coordinador<br />
Global.<br />
Para efectos del presente Contrato, se entenderá como Persona Relacionada, a cualquier<br />
entidad afiliada, representante, socio, agente o empleado, incluyendo consultores externos<br />
en cualquier materia, que por su relación con el Coordinador Global y en general con los<br />
Agentes Colocadores, tengan o llegaren a tener alguna relación con la Oferta de Acciones.<br />
4. CONFIDENCIALIDAD.<br />
Independientemente de la terminación del presente Contrato o de la terminación del<br />
correspondiente Contrato de Colocación, el Coordinador Global ratifica y acepta que el<br />
compromiso de confidencialidad que asumió frente al Accionista Vendedor, mismo que se<br />
agrega como anexo único al presente, continuará vigente durante todo el proceso relativo a<br />
la Oferta de Acciones y hasta un plazo de 2 (dos) años posteriores a la terminación del<br />
presente Contrato.<br />
Adicionalmente, el Coordinador Global deberá negociar y suscribir un convenio de<br />
confidencialidad con BBVA Bancomer.<br />
5. TERMINACIÓN.<br />
5.1 El presente Contrato estará vigente a partir del [la fecha en que se haya<br />
notificado el resultado del proceso de selección al Coordinador Global] y hasta la<br />
formalización del Contrato de Colocación, o hasta el 31 de diciembre de 2002, lo que<br />
ocurra primero, por lo que no podrá darse por terminado antes de esta fecha sino de<br />
conformidad con lo previsto en este numeral 5, en el entendido de que en cualquier<br />
momento antes de la fecha de terminación, podrá ser prorrogado por decisión del<br />
Accionista Vendedor, mismo que deberá notificar dicha prórroga por escrito al<br />
Coordinador Global.<br />
Las partes acuerdan que las obligaciones que se establecen en el presente Contrato<br />
que no se contengan en el Contrato de Colocación, permanecerán vigentes hasta su<br />
cumplimiento.<br />
5.2 Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 5.1, el Accionista Vendedor podrá dar por<br />
terminado este Contrato en cualquier momento con causa justificada. La mencionada<br />
terminación deberá realizarse mediante notificación por escrito con cuando menos 15<br />
luínce) días naturales de anticipación a la fecha de terminación propuesta.<br />
-8-
-¡^<br />
En caso de que el Accionista Vendedor pretenda dar por terminado el presente<br />
Contrato por causa justificada, el Coordinador Global gozará de un término de 15<br />
(quince) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación<br />
de terminación, para corregir y remediar la situación específica que la motivó o, en<br />
su caso, demostrar que se encuentra realizando gestiones necesarias para corregir<br />
o remediar dicha situación. Por lo anterior, en caso de que el Coordinador Global no<br />
remedie o demuestre estar realizando las acciones necesarias para remediar la<br />
situación especifica que motivó la notificación referida, la temninación del presente<br />
Contrato surtirá sus efectos en los términos que se establecen en el primer párrafo<br />
de este numeral 5.2.<br />
Para efectos de este Contrato, se entiende como causa justificada el caso fortuito o<br />
fuerza mayor y la negligencia grave de cualquiera de los Agentes Colocadores en el<br />
cumplimiento de sus obligaciones, así como la violación al contenido de la cartacompromiso<br />
de confidencialidad y de declaración de integridad que se anexa al<br />
presente instrumento, por lo que para que surta efectos la terminación por esta<br />
causa, la correspondiente notificación deberá estar debidamente fundada por el<br />
Accionista Vendedor.<br />
Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán dar por terminado el presente Contrato<br />
de común acuerdo en cualquier tiempo, para lo cual deberán suscribir un documento<br />
en el que se establezca el acuerdo de tenninación correspondiente.<br />
GARANTÍA Y PENA CONVENCIONAL.<br />
6.1 A más tardar 10 días naturales siguientes a la firma del presente Contrato, el<br />
Coordinador Global deberá garantizar el cumplimiento de este Contrato mediante el<br />
otorgamiento de una carta de crédito incondicional e irrevocable a favor de la<br />
Tesorería de la Federación, o la constitución de un depósito conforme lo disponen<br />
los artículos 7° de la Ley Orgánica de Nacional Financiera y 137 fracción II del<br />
Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, por el monto que<br />
resulte de aplicar el 10% (diez por ciento) de la Comisión al valor de las Acciones<br />
BBVA Bancomer, considerando para tal efecto el precio de cierre de la acción de<br />
BBVA Bancomer en la BMV el día que fue adjudicado el presente Contrato. En caso<br />
de que en dicha fecha no exista cotización de la acción de BBVA Bancomer, se<br />
tomará el último precio disponible. En el supuesto de que exista discrepancia en el<br />
precio de la acción de BBVA Bancomer, se tomará el precio más alto<br />
La carta de crédito y el depósito deberán ser expedidos a satisfacción del Accionista<br />
Vendedor y deberán tener una vigencia hasta el 31 de enero de 2003. En todo caso,<br />
la garantía se liberaría 30 días naturales posteriores a la terminación del Contrato de<br />
Colocación.<br />
Dicha garantía se deberá ser en moneda de curso legal de los Estados Unidos, al<br />
de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera<br />
pagadercrs>.en la República Mexicana que publique el Banco de México en el Diario<br />
Oficial de laFederación el día que fue adjudicado el presente Contrato.<br />
-9
En caso de que se presente retraso o incumplimiento del Contrato, imputable al<br />
Coordinador Global, y si del mismo resultare perjuicio al Accionista Vendedor, se<br />
hará efectiva la garantía referida.<br />
Asimismo, en caso de que el Coordinador Global diera por terminado el presente<br />
Contrato sin causa justificada o el Accionista Vendedor lo diera por terminado con<br />
causa justificada, distinta al caso fortuito o fuerza mayor, el Coordinador Global<br />
perderá la garantía referida.<br />
6.2 En caso de que el Coordinador Global se retrase en la oportuna prestación de sus<br />
servicios por causas imputables a él, el Coordinador Global pagará al Accionista<br />
Vendedor una pena convencional de 2/1000 (dos al millar) sobre el monto de los<br />
servicios no prestados por cada día de retraso.<br />
Esta pena convencional se aplicará hasta por el monto de la garantía de<br />
cumplimiento del Contrato; de continuar el retraso, se procederá a rescindir el<br />
Contrato.<br />
Para la determinación del monto de la pena convencional, se tomará en cuenta el<br />
precio de cierre que tenga la acción de BBVA Bancomer en la BMV en la fecha que<br />
se verifique el incumplimiento. En caso de que en dicha fecha no exista cotización de<br />
la acción de BBVA Bancomer, se tomará el último precio disponible; en el supuesto<br />
de que exista discrepancia en el precio de la acción de BBVA Bancomer, se tomará<br />
el precio más alto. La determinación del monto y la aplicación estará a cargo de la<br />
Dirección General de Crédito Público.<br />
7. INFORMACIÓN Y COOPERACIÓN.<br />
El Accionista Vendedor conviene en cooperar con el Coordinador Global y proporcionar o<br />
pedir que se proporcione la información razonable de BBVA Bancomer, o tener acceso para<br />
que los funcionarios y/o miembros del Consejo de Administración de dicho grupo financiero<br />
provean dicha información, conforme al convenio celebrado entre el Accionista Vendedor y<br />
dicha institución, que el Coordinador Global solicite.<br />
Las partes convienen en que el presente Contrato, así como la información que haya<br />
proporcionado el Coordinador Global al Accionista Vendedor, derivada del procedimiento de<br />
selección previo a la celebración de este instrumento, podrá hacerse del conocimiento del<br />
IPAB, en caso de que dicho instituto lo solicite.<br />
8. CONFLICTO DE INTERÉS.<br />
8.1 El Coordinador Global manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que no tiene<br />
conflicto de interés para realizar la Oferta de Acciones en los términos y condiciones<br />
de este Contrato.<br />
Para efebtos de este Contrato entenderá que existe un conflicto de interés cuando la<br />
el Coordinador Global o sus entidades afiliadas: (i) tengan un litigio pendiente en<br />
contra de BBVA Bancomer o sus subsidiarias; y/o (ii) pretendan realizar una emisión<br />
de acciones o instrumentos de deuda subordinada de ,sus entidades afiliadas en<br />
éxico durante los tres meses anteriores o posteriores a la fecha en la que se<br />
la enajenación de las Acciones BBVA Bancomer.<br />
10-
9 9.<br />
8.2<br />
8.3<br />
Por lo anterior, el Coordinador Global y cualquier entidad afiliada a éste, que<br />
participen directamente en cuestiones relativas a la Oferta de Acciones, se obligan a<br />
no prestar servicio alguno que pudiera generar conflicto de interés con respecto a la<br />
Oferta de Acciones.<br />
Asimismo, el Coordinador Global manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que los<br />
procesos de ofertas públicas de acciones en los cuales se encuentra participando<br />
actualmente, no afectan adversamente o generan confiicto de interés respecto de su<br />
participación en la Oferta de Acciones.<br />
El Coordinador Global deberá obtener para si por<br />
Internacionales y de la Casa de Bolsa, previamente a<br />
Colocación:<br />
parte de los Colíderes<br />
la firma del Contrato de<br />
a) Una manifestación bajo protesta de decir verdad, de que: (i) no han causado<br />
directa o indirectamente algún menoscabo patrimonial al Fondo Bancario de<br />
Protección al Ahorro y/o al Fondo de Apoyo al Mercado de Valores y/o al IPAB;<br />
(íi) no mantienen acciones judiciales o jurisdiccionales en contra de dichas<br />
instituciones; (ííi) se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus<br />
obligaciones fiscales y con las autoridades financieras; y (iv) en los procesos de<br />
ofertas de acciones en las cuales participan ella y/o participan sus respectivas<br />
entidades afiliadas en México, no afectan adversamente o generan conflicto de<br />
interés respecto de su participación en la Oferta de Acciones.<br />
b) Una carta-compromiso de confidencialidad en términos del anexo "A" previsto<br />
en el numeral 4 de este Contrato.<br />
Para efectos de este Contrato, entenderá por entidad afiliada a una persona que<br />
controla, es controlada por o se encuentra bajo el control común de otra persona.<br />
Para efectos de la presente definición, una persona se encontrará en control de otra<br />
persona si directa o indirectamente tiene el poder para dirigir o causar que se dirija<br />
de cualquier manera su administración o políticas, ya sea por participación<br />
accionaria, por cualquier acuerdo o por cualesquiera otras causas.<br />
MODIFICACIONES.<br />
Conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y<br />
Sen/icios del Sector Público, se podrán celebrar convenios modificatorios en la vigencia del<br />
Contrato, sin tener que recurrir a una nueva invitación, y deberá formalizarse por escrito,<br />
siempre que la ampliación de dicha vigencia no rebase el 20% (veinte por ciento) de la<br />
vigencia original.<br />
10. NOTIFICACIONES.<br />
Toda notificación que cualquiera de las partes requiera realizar en témriinos y para los<br />
efectos del presente Contrato, deberá efectuarse por escrito, en idioma español y con<br />
acuse v se considerará efectuada cuando sea efectivamente recibida por su<br />
de'stinatafip en los sibjJientes domicilios:<br />
11
11.<br />
El Accionista Vendedor:<br />
Atención:<br />
El Coordinador Global<br />
Atención:<br />
VARIOS.<br />
11.1 Este Contrato se regirá conforme a las leyes aplicables del Estado de Nueva York de<br />
los Estados Unidos.<br />
11.2 Para cualquier controversia o interpretación relacionada con este Contrato, las<br />
Partes se someten a los tribunales federales competentes de los Estados Unidos en<br />
la Ciudad de Nueva York.<br />
11.3 Ninguno de los derechos u obligaciones de las partes conforme a este Contrato<br />
podrá ser cedido y/o asumido por cualquier otra persona sin el previo consentimiento<br />
por escrito de las demás.<br />
11.4 La nulidad de cualquiera de los términos del presente Contrato no afectará la validez<br />
de las demás disposiciones del mismo, las cuales permanecerán en pleno vigor y no<br />
se verán afectadas, menoscabadas o anuladas de modo alguno.<br />
Leído el presente Contrato que consta de páginas, lo firman de conformidad las partes<br />
involucradas el ] de abril de 2002, en tantos originales, en la ciudad de Nueva<br />
York, Estados Unidos, de conformidad con el artículo 16 primer párrafo de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Sen/icios del Sector Público.<br />
EL COORDINADOR GLOBAL. SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO<br />
PUBLICO<br />
12<br />
Por:<br />
Cargo:
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS<br />
DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL PARA REALIZAR LA OFERTA DE ACCIONES<br />
REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
CARTA DE MANIFESTACIÓN RELATIVA AL NUMERAL 13 DE LAS BASES<br />
ANEXO 7<br />
(únicamente aplicable a la Institución Participante seleccionada,<br />
si es de nacionalidad extranjera)<br />
México, D.F., a_ de de<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
PRESENTE.<br />
En cumplimientp con lo establecido en el numeral 13 de las Bases para la contratación de<br />
servicios de intermediación bursátil para realizar la oferta de acciones representativas del<br />
capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., por medio de la<br />
presente, en mi carácter de representante de • , declaro bajo<br />
protesta de decir verdad, que mi representada es una sociedad mercantil de nacionalidad<br />
extranjera que presta sus servicios profesionales fuera de los Estados Unidos Mexicanos,<br />
por lo que no se encuentra obligada a presentar declaraciones de carácter fiscal en este<br />
país.<br />
ATENTAMENTE.<br />
Nombre y firma del Representante Legal,<br />
NOTA: Este es un modelo de la carta, mismo que preferentemente se presentará en papel<br />
membretado que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del participante.
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS<br />
DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL PARA REALIZAR LA OFERTA DE ACCIONES<br />
REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
CARTA DE MANIFESTACIÓN RELATIVA AL NUMERAL 13 DE LAS BASES<br />
ANEXO 7<br />
(únicamente aplicable a la Institución Participante seleccionada,<br />
si es de nacionalidad mexicana)<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
PRESENTE.<br />
México, D.F., a_ de de<br />
Para efectos y en los términos establecidos por el Artículo 32-D del Código Fiscal de la<br />
Federación y la Regla número 2.1.14 de la Décima Cuarta Resolución de Modificaciones<br />
a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2000, publicada en el Diario Oficial de la<br />
Federación el 11 de abril de 2001, el que suscribe, en nombre y representación de<br />
, manifiesto bajo protesta de decir verdad, lo siguiente.<br />
a) Que (denominación o razón social de la institución financiera mexicana) ha cumplido<br />
con la presentación en tiempo y forma de las declaraciones de impuestos federales,<br />
correspondientes a los tres últimos ejercicios fiscales (o según sea el caso), así como<br />
que ha presentado las declaraciones de pagos provisionales correspondientes a 2000<br />
y a 2001, por los mismos impuestos, y<br />
b) Que (denominación o razón social de la institución financiera mexicana) a la fecha, no<br />
tiene adeudos fiscales firmes por impuestos federales.<br />
Nota: En caso de contar con autorización para pago a plazo de contribuciones, manifestar<br />
en este inciso que no ha incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el<br />
artículo 66 fracción III del Código Fiscal de la Federación.<br />
ATENTAMENTE.<br />
Nombre y firma del Representante Legal.<br />
ui\modelo de la carta, mismo que preferentemente se presentará en papel<br />
ntenga la denominación, domicilio y teléfonos del participante.
IP<br />
m<br />
f\<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS<br />
DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL PARA REALIZAR LA OFERTA DE ACCIONES<br />
REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
NOMBRE DEL PARTICIPANTE :<br />
ANEXOS<br />
RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SE PRESENTAN<br />
DOCUMENTOS<br />
1. Acreditación del Representante (Poder<br />
protocolizado ante fedatario Público en<br />
México (Anexo 1 de las Bases)<br />
2. Formato de acreditación del representante<br />
legal (Anexo 2 de las Bases)<br />
3. Carta poder simple, así como original y<br />
copia simple de la identificación oficial<br />
(Anexo 3 de las Bases)<br />
4. Carta de Manifestaciones (Anexo 4 de las<br />
Bases)<br />
5. Carta Compromiso de respetar las<br />
especificaciones y características de los<br />
servicios (Anexo 5 de las Bases)<br />
5. Contrato Rubricado (Anexo 6 de las Bases)<br />
6. Descripción de la Experiencia<br />
7. Obligaciones Fiscales (Anexo 7 de las<br />
Bases)<br />
8. Relación de documentos (Anexo 8 de lasa<br />
Bases)<br />
Sobre cerrado número 1<br />
9. Propuesta técnica<br />
Sobre cerrado número 2<br />
10. Propuesta económica (Anexo 9 de las<br />
Bases)<br />
México, D.F., a de de<br />
REFERENCIA<br />
DE LAS BASES<br />
5.2<br />
5.2<br />
5.3<br />
5.4<br />
5.5<br />
2<br />
5.7<br />
13<br />
7.4<br />
8.1<br />
8.2<br />
Entregó Recibió<br />
Firma Firma<br />
ENTREGA<br />
SI NO<br />
NOTA: Éste es un rnbdelo de la carta, mismo que se deberá presentar preferentemente<br />
en papel m^bretago que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del<br />
participante.
ÍD<br />
W<br />
a^<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS<br />
DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL PARA REALIZAR LA OFERTA DE ACCIONES<br />
REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE<br />
GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />
FORMATO PARA PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA<br />
México, D.F., a_ de de<br />
ANEXO 9<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
PRESENTE.<br />
, en mi carácter de representante de en<br />
cumplimiento con lo señalado en los numerales 7 y 8.2 de las Bases para la selección y<br />
contratación de servicios de intermediación bursátil para realizar la oferta de acciones<br />
representativas del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., por<br />
medio de la presente manifiesto que la comisión única que propongo cobrar por la<br />
realización de la Oferta de Acciones, será de:<br />
COMISIÓN: %<br />
(número)*<br />
*Un entero y cuatro decimales<br />
L J<br />
letra<br />
Sabemos y aceptamos que dicha comisión se cubrirá en los términos y condiciones<br />
señalados en el Contrato a que se refiere el numeral 2 de las Bases.<br />
Asimismo, se acepta que la comisión propuesta será la única contraprestación que<br />
recibirá el Coordinador Global. El Coordinador Global cubrirá ios costos derivados de los<br />
servicios que obtenga de los Colíderes según se define en las Bases, así como de los<br />
servicios que requiera para llevar a cabo la Oferta de Acciones de Grupo Financiero<br />
BBVA Bancomer, S.A. de C.V.<br />
ATENTAMENTE.<br />
Nombre y firma del Representante Legal.<br />
Cargo<br />
Ijn modelo de la carta, mismo que preferentemente se presentará en papel<br />
nga la denominación, domicilio y teléfonos del participante.
é)<br />
í.^^^^.<br />
IW-''<br />
SECRETARA /<br />
DE<br />
HW3ENDA Y CREDTTO PUBLK<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO<br />
PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
.Oficio No. 305.-071/2002<br />
m)<br />
México, D.F., a 16 de abril del 20qSr\ C ''TA<br />
/ i'J . ~i¡ írA<br />
J y. MP :!8 2002 f; " f;<br />
Lie. Guillermo I. González Avila<br />
Director General Gent de Recursos Materiales y Servicios Genera^
9<br />
INVESTIGACIÓN SOBRE LA FACTIBILIDAD DE REALIZAR LA TOTALIDAD DE LA COLOCACIÓN DE<br />
LAS ACCIONES DE GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE c.v. A TRAVÉS DE UNA<br />
CASA DE BOLSA MEXICANA<br />
En términos de lo dispuesto por los artículos 8 y 23 del Reglamento de la Ley de<br />
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se advierte la<br />
inexistencia de oferta nacional para la prestación de los servicios, conforme al<br />
siguiente análisis:<br />
tj Necesidad de llevar a cabo una colocación de acciones internacional<br />
En los últimos años el mercado nacional ha registrado una importante disminución en<br />
el número de colocaciones que en él se hacen. Las colocaciones que se han hecho<br />
solamente en México han sido relativamente pequeñas y en las que se han hecho<br />
ofertas en México y en el extranjero la mayor parte ha sido absorbida por<br />
inversionistas internacionales. El caso más dramático es el de Grupo Aeroportuario<br />
del Sureste, S.A. de C.V. (ASUR), oferta en la cual menos del 8% de la colocación se<br />
hizo en México, aun cuando esta emisión fue de sólo 335 millones de dólares (33%<br />
del valor actual del paquete de acciones que se pretende colocar), esta información<br />
fue proporcionada por el agente colocador de estas acciones.<br />
Debido a lo anterior, colocar el paquete de acciones del capital social de Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. (las "Acciones") en el mercado mexicano<br />
resultaría muy difícil y, de ser posible, provocaría una disminución en el precio de<br />
venta de las Acciones dada la incapacidad del mercado para absorber la oferta<br />
adicional, con la consecuente disminución en el ingreso neto para el Gobierno<br />
Federal.<br />
Es importante también señalar que si bien los inversionistas extranjeros podrían<br />
proveer la liquidez necesaria para realizar dicha oferta en el mercado de valores<br />
mexicano, existe un impedimento jurídico para ofrecer ó mercadear estos títulos en<br />
los Estados Unidos de América ("Estados Unidos") para su venta en la Bolsa<br />
Mexicana de Valores. Por lo anterior resulta difícil aprovechar la demanda externa por<br />
estos títulos en el mercado de valores nacional.<br />
Asimismo es importante notar que el promedio diario del valor intercambiado de las<br />
Acciones en el mercado mexicano de valores es de alrededor de 125 millones de<br />
pesos para los últimos seis meses. El valor de mercado del paquete de las Acciones<br />
del Gobierno Federal es de alrededor de 9,200 millones de pesos al día de hoy, lo que<br />
índica que la oferta de estas Acciones difícilmente sería asimilada por el mercado ya<br />
que representa más de 70 días de operación.<br />
Por lo anterior se considera que una oferta del monto total de la posición del Gobierno<br />
Federal no podría ser asimilada por el mercado nacional por lo que no representa la<br />
opción que maximizaría el valor de venta de las Acciones.<br />
2) Recomendación para Realizar una Invitación Internacional a cuando menos<br />
tres personas.<br />
Para vender las Acciones en las mejores condiciones se requiere ampliar el universo<br />
de potenciales compradores, para lo cual es necesario incluir inversionistas<br />
internacionales, la mayoría de los cuales operan en el mercado norteamericano. Para
lo anterior se requiere crear un instrumento conocido como American Depositary<br />
Receipt ("ADR"), el cual es emitido y negociado en Estados Unidos.<br />
Los ADR's sólo pueden ser promovidos en los Estados Unidos por instituciones<br />
registradas ante la Securities and Exchange Commissionen ese país, por lo que no lo<br />
podría hacer una casa de bolsa mexicana.<br />
Después de analizar tablas de clasificación de instituciones financieras con respecto a<br />
su participación en colocaciones globales de acciones para el año 2001, tanto<br />
primarias como secundarias, publicadas por el sistema de información electrónico<br />
Bloomberg, se puede observar la ausencia de casas de bolsa mexicanas dentro de<br />
las 20 primeras instituciones con mayor experiencia en este tipo de colocaciones. Por<br />
lo que se recomienda llevar a cabo una invitación internacional a cuando lo menos<br />
tres personas que permita contar con la participación de instituciones financieras con<br />
la mejor capacidad y experiencia en procesos de esta naturaleza.<br />
Nota: A menos que se indique lo contrario, toda la información financiera que se<br />
1^, presenta en este documento proviene del servicio electrónico de información<br />
financiera denominado "Bloomberg".<br />
México, D.F., a 17 de abril de 2002<br />
EUGENIO ALARCÓN YTURBIDE SERGIO RÁBAGO MORENO<br />
DIRECTOR DE CRÉDITO EXTERNO DIRECTOR JURÍDICO DE CRÉDITO
HtiK-i7-£eec u:5: DO Ut:<br />
DE<br />
KÍ'.ahNÜÁt CREDiTO fJSLlCQ<br />
ACT. ALOMSO GARCÍA TAMÉS<br />
DiRtCTOR GENERAL<br />
Du CRÉD'.TO POWÍ ACÓ<br />
PALACIO NACIONAL<br />
^;ED!F!G!0 2. SEGUNDO PISO<br />
'COL. CENTRO<br />
MEK'CO, D.F.<br />
H:3Dü¿5i77i<br />
OFíCiALÍA fy'AYOR<br />
DiKÉCCiÓN SENERAL DE RECURSOS MATEWALES Y<br />
SERViCSOS GENERALES<br />
DiRECCJÓfi GENERAL ADJUNTA DE ADQUISlCiuhiES V<br />
CONTRATAGÍÓN DE SERVICIOS<br />
ORCK:» 352 A-II-1 402<br />
MÉXICO, D.F., A 17 DE c ¿SiEi', ABRIL DE r!f; críT!?<br />
Atencón; Dra, Silvia E. Rocha Torres<br />
Directora Genera! Adjunta de Procedimieniob<br />
Legales de Crédito.<br />
Con e! propósito reaii¿ar ia revisiár; üs las íwses corríispondientes a la onntnaiación dei "Servicie de un<br />
Agertte Coiocador Giübaí", soSidiado por la Dirección General de Crédito Púbiiuj, se hace um atenw<br />
irY/itacinn para qua üésigne ur. rspresenlñn»» de la Dirección Genera! a sii digno cargo, para que participe en tá<br />
Sesión txíraoiuinario 02/2002 de! Subcomiié Revisor de Bases, que w^ nevará a ui&o ei díajucveE 18 di» ahrü<br />
dei año en cursc, fi tóc 17:00 hr*, en ia Sala de Lidtadones de la Dtrecaón Geriersl Adivnta de Adquisiciones<br />
y Conimláción de Ssr.-icioE sita en Calz. de (a Vii^?}rí 2799, EtW "0°, 2- riso, Cü). C.T.M. C'J.tvje:fÁt\ C.F,<br />
CMWBO, DeicQocicn Coycacár», México. D.F.<br />
Sin otro partictáar de rnoinenio, íe envío un cordial ssludo<br />
Anexe: Un ju^gn de büsfes<br />
ATENTAWE.NTE<br />
n I ^ n I mvt kJíí i B<br />
SUFRAGiOtreCTWO, KQ REELECCIÓN<br />
cup DIRECTOR<br />
\<br />
\<br />
C,c.(i.- GUILLERf/.O!, GONZÁLEZ ÁVILA.- Director General de Recurso* Materiales y Servtóo* Gwicíiéj- Prsssr.ts<br />
L!G. JOSÉ LUIS GARCÍA RAMOS L- Director ©«rwnBl Apunto de Aáqusiúuiíii» y CortíBÍación de Sea'jcm.';- Hiesente<br />
I<br />
CMR/.ICAu--'/<br />
r-.c:<br />
I - 1 .
'm<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAOEMDA Y CREDÍTO PUBUCO<br />
I^ACTA CORRESPONDIENTE ÁPVSE¿i6N£X7nAÓFU}ÍNAIVA^(^<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
Dirección General de Recursos<br />
Materiales y Servicios Generales<br />
Dirección General Adjunta de<br />
Adquisiciones y Contratación de<br />
Servicios<br />
iN\m^ciÍN IÍNTÍRNACIÍTO^<br />
Y CONTRATACIÓN DE U3S SERVICIOS DÉ^NTERIMEOiÁCiÓNBURSÁTIlJPA^<br />
LÁ ENAJENACIÓN DÉ ACCIONES REPRESENTANTIVASOELCAPITAL:édCiÁt^E GRUPO<br />
FINANCIERO BBVABANCOMER,^;Á^DEÍCiy^liOS^M^<br />
SIENDO LAS 17:00 HRS. DEL DÍA JUEVES 18 DE ABRIL DE 2002, SE REUNIERON EN LA SALA DE JUNTAS DE LA<br />
DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS. LOS INTEGRANTES DEL<br />
SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES Y LOS REPRESENTANTES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA<br />
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBUCO QUE SE INDICAN AL RNAL DE LA PRESENTE ACTA, PARA U<br />
REVISIÓN DEL PROYECTO DE BASES PARA LLEVAR A CABO LA INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS<br />
TRES PERSONAS PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATAaÓN DE LOS SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL<br />
PARA REALIZAR LA ENAJENACIÓN DE ACCIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE GRUPO<br />
FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V., EN LOS MERCADOS DE VALORES DE MÉXICO Y EL EXTRANJERO." .<br />
REQUERIDO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDirO PÚBUCO DE LA SECRETARÍA A TRAVÉS DE LA<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES.<br />
LA PRESENTE SESIÓN FUE CONVOCADA POR LA SUBDIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE<br />
OFICIOS Nos 352-A-II-401 AL 405 DE FECHA 17 DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, A PETICIÓN DE LA DE LA<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO, SEGÚN OFICIO NÚMERO 305-071/2002. DE FECHA 16 DE ABRIL DEL<br />
PRESENTE.<br />
LA CONDUCCIÓN DE LOS ACTOS QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN<br />
INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, SERÁ RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE<br />
CRÉDITO PÚBUCO, CONFORME AL OFICIO No 101-3.18, DE FECHA 26 DE MARZO DEL 2002, SUSCRITO POR EL<br />
TITULAR DE LA DEPENDENCIA, QUEDANDO ESTABLECIDO QUE DICHA ÁREA SERÁ LA ÚNICA FACULTADA PARA<br />
ACEPTAR Y DESECHAR LAS PROPUESTAS Y, EN GENERAL, PARA TOMAR TODAS LAS DECISIONES DURANTE U<br />
REALIZACIÓN DE LOS ACTOS, ASÍ COMO DE LA SUPERVISIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.<br />
EL REPRESENTANTE DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO<br />
PÚBLICO, SUGIERE A LOS RESPONSABLES DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y A LAS ÁREAS TÉCNICAS<br />
USUARIAS, OBSERVEN OPORTUNAMENTE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LA LEY ADJETIVA APLICABLE Y<br />
SU REGLAMENTO VIGENTE. A EFECTO DE GARANTIZAR AL ESTADO LAS MEJORES CONDIOONES EN CUANTO A<br />
CALIDAD, PRECIO. OPORTUNIDAD Y FINANCIAMIENTO.<br />
y 1.-INFORMACIÓN GENERAL DE LA INVITACIÓN<br />
a) TIPO DE PROCEDIMIENTO: INVITACIÓN INTERNACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS<br />
b) TIPO DE CONTRATO: CERRADO<br />
c) MONTO ESTIM ADO DEL CONTRATO (EN PESOS) :N/A<br />
d) VIGENCIA DEL CONTRATO: DESDE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN DEL RESULTADO DE SELECCIÓN Y<br />
HASTA LA FECHA DE FIRMA DEL CONTRATO DE COLOCAaÓN O HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2002,<br />
LO QUE OCURRA PRIMERO.<br />
2.- DESARROLLO DE LA SESIÓN<br />
LA SESIÓN TIENE POR OBJETO REVISAR, SANCIONAR Y EN SU CASO, APROBAR LAS BASES DE LA INVITACIÓN<br />
1
•^1<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
OFICIALÍA MAYOR<br />
Dirección General de Recursos<br />
Materiales y Servicios Generales<br />
Dirección General Adjunta de<br />
Adquisiciones y Contratación de<br />
Servicios<br />
VACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA 02/2002 iDEL^SUBCOMITE;r><br />
::>^iV^V ^ ;iJ;::^-;>- ^ii^mí^':rí>\^REVISOR DE BASES ÍÍÍ>V j>t^::;i:y%:=^^:^^<br />
INVITACIÓN INTERNACIONAL Á CUANDO MENOS TRES PERSONAS J>ARÁ'LÁ ¿ELECCIÓN<br />
Y CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL PARA BEAUZAR<br />
LA ENAJENACIÓN DE ACCIONES REPRESENTANTIVAS DEL CAPITAL SOCiAL:t)E GRUPO<br />
FINANCIERO BBVA BANCOMER; SÍA. DE C.V., EN LOS MERCADOS DE VALORES DE<br />
MÉXICO Y EL EXTRANJERO"<br />
riA ROCHA TORRES<br />
:TOfít< GJ^NERAL ADJUNTA DE<br />
PROCEDIMIENTOS LEGALES DE<br />
CRÉDITO<br />
EUGENIO ALARCON YTURBIDE<br />
DIRECTOR DE CRÉDITO EXTERN<br />
DANlEi^UNOZ DÍAZ<br />
DIRECTOR DE PROYECTOS ESPECIALES<br />
NOE GUSTAVO VELA PAVÓN<br />
REPRESENTANTE<br />
ALEJANDRA OCHOA<br />
REPRESENTANTE<br />
SERGIO RABAGO 3AG0>»ORÉN ENO<br />
IRIECTOR JURÍD ÍDjeODE CRÉ CRÉDITO
m<br />
Invitación a cuando menos tres personas (contratación del agente<br />
colocador)<br />
20
»<br />
xu.<br />
^<br />
Oficios de invitación<br />
21<br />
(i% ;
^<br />
"^^^S^<br />
'^•^m^<br />
SaCRETUüA /"<br />
OE / 1<br />
WQENDA r CREnTOPUBLCO<br />
Credit Suisse<br />
Presen<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.-072/2002<br />
México, D.F., a 19 de abril de 2002.<br />
oston Corp.<br />
o<br />
ro<br />
en<br />
—O<br />
Z3<br />
co<br />
:wí<br />
s<br />
El Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección General de Crédito Público, y con<br />
base en lo acordado por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de esta<br />
Dependencia en su sesión extraordinaria 03/2002, de fecha 8 de abril de 2002, realizará un<br />
procedimiento de invitación Intemacional a cuando menos tres personas, con el objeto de<br />
seleccionar y contratar a la institución que preste los servicios de intermediación bursátil<br />
para llevar a cabo, en los mercados de valores de México, los Estados Unidos de América<br />
y, en su caso, en otros países, los trabajos necesarios para la enajenación de 949'838,031<br />
(novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones<br />
serie "O" representativas del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de<br />
C.V.<br />
En tal virtud, se invita a Credit Suisse First Boston Corp. a participar en el procedimiento de<br />
selección, mismo que se llevará a cabo conforme a las Bases y sus anexos que se adjuntan<br />
al presente.<br />
Al efecto, en caso de que Credit Suisse First Boston Corp. desee participar, en términos del<br />
numeral 5.1 de las mencionadas Bases, deberá remitir a más tardar el día hábil siguiente al<br />
que se reciba esta invitación una carta-compromiso de confidencialidad en términos del<br />
formato que se adjunta a la presente. Dicha carta deberá estar suscrita por el representante<br />
legal de la institución, quien deberá contar con facultades suficientes para obligaría. No<br />
podrán participar las instituciones que no cumplan con lo señalado en este párrafo.<br />
El documento mencionado, deberá presentarse en original entre las 9:00 y las 18:00 horas<br />
del día 22 de abril de 2002, a la atención y domicilio que se mencionan a continuación:<br />
Alonso Pascual García Tamés,<br />
Director General de Crédito Público.<br />
Palacio Nacional, Patio Central,<br />
Piso 3, Oficina 3010,<br />
Col. Centro, Deleg. Cuahutémoc,<br />
C.P. 06000, México D.F.<br />
•o<br />
Wtí^'i'ftí Ofiví'^W<br />
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SECRETARIA<br />
DE<br />
WOBffiA Y CREtXTO PUBUCO<br />
Tel: 55-21-62-21.<br />
55-42-99-47.<br />
Fax: 52-28-11-56.<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.-072/2002<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
REELECCIÓN.<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.
^<br />
Act. Alonso García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público<br />
Presente<br />
México, Distrito Federal<br />
19 de abril de 2002.<br />
Javier Nájera Muñoz, en mi carácter de Managing Director de Credit Suisse First<br />
Boston Corp. lo cual acredito mediante copia de mi credencial de empleado, recibí del<br />
Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección General de Crédito Público:<br />
(i) el Oficio No. 305.-(a¡j2co¿de fecha 19 de abril de 2002, mediante el cual se invita a<br />
Credit Suisse First Boston Corp. a participar en el procedimiento de invitación<br />
internacional a cuando menos tres personas, con el objeto de seleccionar y contratar<br />
a la institución que preste los servicios de intermediación bursátil para llevar a cabo,<br />
los trabajos necesarios para la oferta de 949'838,031 (novecientos cuarenta y nueve<br />
millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones serie "O" representativas<br />
del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.; y (ii) las Bases<br />
para llevar a cabo el procedimiento mencionado, incluyendo sus anexos.<br />
, .A', JfTAi^n t a m e n t e ,<br />
Püilí<br />
Javier Nájera Muñoz.<br />
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REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES<br />
CREDENCIAL MRA VOTAR<br />
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MUÑOZ<br />
JAVIER<br />
C PéHOS 48 501<br />
SAN CLEMENTE 1740<br />
ALVARO col's OBREGON ,D.F.<br />
FOCr 012191118 «ÜOOEREGKTTO 1991<br />
cuvEOíafcioR II1JHZJV66010309H200<br />
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010 uicum 0001 iEcaw 3S23<br />
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HMXNOA Y CRSXro FUeUCO<br />
Tal: 55-21-62-21,<br />
55-42-99-47.<br />
Fax: 52-28-11-56.<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305." 073/2002<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
t e n^^m e n t<br />
jCRAGlbCFEj: e,<br />
I^TIVO.<br />
General,<br />
o5sb Ha^ual GarcíaLIamés<br />
O REELECCIÓN.<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.
!)<br />
Act. Alonso García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público<br />
Presente<br />
Deutsche Bank izi<br />
México, Distrito Federal<br />
19 de abril de 2002<br />
David Alerhand Wilk, en mi carácter de Director del área de Banca de Inversión de Deutsche<br />
Bank, lo cual acredito mediante copia de credencial de elector No.71843176, recibí del Gobierno<br />
Federal de ios Estados Unidos ^Aexicanos, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público, por conducto de la Dirección General de Crédito Público: (i) el Oficio No. 305.f<br />
T^/jc'r^ de fecha 18 de abril de 2002, mediante el cual se invita a Deutsche Bank<br />
Securities Inc. a participar en el procedimiento de invitación internacional a cuando menos tres<br />
personas, con el objeto de seleccionay y contratar a la institución que preste los servicios de<br />
intermediación bursátil para llevar a cabo, los trabajos necesarios para la oferta de<br />
949*838,031 (novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un)<br />
acciones serie "O" representativas del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A.<br />
de C.V., y (ii) las Bases para llevar a cabo el procedimiento mencionado, incluyendo sus anexos.<br />
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Deutsche Ba nK0<br />
Lu/s Enrique Arantes<br />
. INSTTTUTO FEDERAL ELECTORAL<br />
;,jr REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES<br />
- CREDENCIAL MRA VOTAR<br />
NOMBRE<br />
ARONTES<br />
MENA<br />
LUIS ENRIQUE<br />
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C CHICOmSTOC 9 2<br />
COL APATLACO 9430<br />
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007 .«..~„ 0001 Bao, 2387<br />
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Lie. Franco de Nígrís<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público<br />
Presente<br />
Deutsche Bank m<br />
México, Distrito Federal<br />
19 de abril de 2002<br />
Por medio de la presente autorizo al Sr. Luis Enrique Arontes Mena recoger las bases para el<br />
procedimiento de selección de la Institución Financiera que prestará los servicios de<br />
Intermediación Bursátil para la enajenación de las acciones del Grupo Financiero BBVA<br />
Bancomer S.A. de C.V.<br />
A t e n t a-m e n
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m)<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
HAOEMOA Y CRÉDITO PUBUCO<br />
Tel: 55-21-62-21,<br />
55-42-99-47.<br />
Fax: 52-28-11-56.<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 074/2002<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
A t e rK^ menté,<br />
íTivo. i)ío REELECCIÓN.<br />
leral,<br />
ames<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.
Act. Alonso García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público<br />
Presente<br />
México, Distrito Federal<br />
19 de abril de 2002.<br />
Lara Mosti, en mi carácter de Analista de Goldman, Sachs & Co. lo cual acredito<br />
mediante copias de mi tarjeta de presentación y de mi credencial de empleado, recibí<br />
del Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección General de Crédito Público:<br />
(i) el Oficio No. 305.--^4/2^-6de fecha 19 de abril de 2002, mediante el cual se invita a<br />
Goldman, Sachs & Co. a participar en el procedimiento de invitación internacional a<br />
cuando menos tres personas, con el objeto de seleccionar y contratar a la institución<br />
que preste los servicios de intermediación bursátil para llevar a cabo, los trabajos<br />
necesarios para la oferta de 949'838,031 (novecientos cuarenta y nueve millones<br />
ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones serie "O" representativas del<br />
capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.; y (ii) las Bases para<br />
llevar a cabo el procedimiento mencionado, incluyendo sus anexos.<br />
Atentamente,<br />
Lara Mosti<br />
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LARA<br />
MOSTI<br />
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SECRETARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
J.P. Morgan Se<br />
Presen<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 075/2002<br />
México, D.F., a 19 de abril de 2002..<br />
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SECRETARIA<br />
DE<br />
%<br />
HAOBNOA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
Tel: 55-21-62-21,<br />
55-42-99-47.<br />
Fax: 52-28-11-56.<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 075/2002<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
EFECTIVO/ NO REELECCIÓN.<br />
£neral,<br />
'^-Alons^T^ascuarGai' JfrTamés<br />
T<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.
Act. Alonso García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Publico<br />
Presente<br />
^'^JPMorgan<br />
México, Distrito Federal<br />
19 de abril de 2002<br />
Pablo Ibarra Rodríguez, en mi carácter de Analista de J.P. Morgan Chase Bank, lo cual acredito<br />
V.OÍ' mediante copias de mi tarjeta de representación y de mi credencial de empleado, recibí del<br />
Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de Hacienda y<br />
Crédito Público, por conducto de las Dirección General de Crédito Público: (i) el Oficio No.<br />
305.-DlS / £C£i^de fecha 19 de abril de 2002, mediante el cual se invita a J.P. Morgan<br />
Securities Inc., a participar en el procedimiento de invitación internacional a cuando menos tres<br />
personas, con el objeto de seleccionar y contratar a la institución que preste los ser\'icios de<br />
intemiediación bursátil para llevar a cabo, los trabajos necesarios para la oferta de 949,838,031<br />
(novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones<br />
serie "O" representativas del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.;<br />
y (ii) las Bases para llevar a cabo el procedimiento mencionado, incluyendo sus anexos.<br />
Atentamente,<br />
Í%S^:<br />
Pablo lban»,Rodríguez<br />
JPMorgan Chase Bank Oficina de Representación en México<br />
Paseo de las Palmas 405 Piso 16, Lomas de Chapultepec, 11000 México, D.F.,<br />
Teléfono: 52 5540 9333
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ESTADOS UNIDOS MEXICANOS<br />
Caicoo'ie Slalc/CD(K Ou iwy3 «mvitettr<br />
P MEX 98380039206,<br />
A;)tiȟDs/Siirru'Tie/hD(T) i<br />
IBARRA i<br />
RODRÍGUEZ I<br />
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PABLO<br />
MEXICANA i<br />
,21 SEP 1971 I<br />
M MÉXICO, D.F. I<br />
I 26 AGO 1998<br />
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MAÍDOS x<br />
SECRETARIA<br />
DE<br />
Hi.CIENOA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
Merrill Lynch, Piecee,<br />
Fenner & SmiÜTrncorporated<br />
Prese nX^.<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 076/2002<br />
México, D.F., a 19 de abril de 2002.<br />
El Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaria de<br />
Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección General de Crédito Público, y con<br />
base en lo acordado por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de esta<br />
Dependencia en su sesión extraordinaria 03/2002, de fecha 8 de abril de 2002, realizará un<br />
procedimiento de invitación internacional a cuando menos tres personas, con el objeto de<br />
seleccionar y contratar a la institución que preste los servicios de intermediación bursátil<br />
para llevar a cabo, en los mercados de valores de México, los Estados Unidos de América<br />
y, en su caso, en otros países, los trabajos necesarios para la enajenación de 949*838,031<br />
(novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones<br />
serie "O" representativas del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de<br />
C.V.<br />
En tal virtud, se invita a Merrill Lynch, Pierce, Fenner & Smith Incorporated ("Merrill Lynch")<br />
a participar en el procedimiento de selección, mismo que se llevará a cabo conforme a las<br />
Bases y sus anexos que se adjuntan al presente.<br />
Al efecto, en caso de que Merrill Lynch desee participar, en términos del numeral 5.1 de las<br />
mencionadas Bases, deberá remitir a más tardar el día hábil siguiente al que se reciba esta<br />
invitación una carta-compromiso de confidencialidad en términos del formato que se adjunta<br />
a la presente. Dicha carta deberá estar suscrita por el representante legal de la institución,<br />
quien deberá contar con facultades suficientes para obligada. No podrán participar las<br />
instituciones que no cumplan con lo señalado en este párrafo.<br />
El documento mencionado, deberá presentarse en original entre las 9: 00^ las 1 8:0Qrtíoras<br />
del día 22 de abril de 2002, a la atención y domicilio que se mencionan a continu<br />
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Alonso Pascual García Tamés,<br />
Director General de Crédito Público.<br />
Palacio Nacional, Patio Central,<br />
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^isoS^ficina 3010, O O. ! ? ? 0'^ ^<br />
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^,ol. CeriTroí^eleg. Cuahutémoc,<br />
CP;N06000, K^éxico D.F.<br />
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SeCRETARIA<br />
DE<br />
mOENOA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
Tel: 55-21-62-21,<br />
55-42-99-47.<br />
Fax: 52-28-11-56.<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.-076/2002<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
_nt^ mente,<br />
FECnVO. N0 REELECCIÓN.<br />
Geheral,<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.
Act. Alonso García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Secretaria de Hacienda y Crédito Público<br />
Presente<br />
México, Distrito Federal<br />
19 de abril de 2002.<br />
Alfredo Alvarez, en mi carácter de Analista de Merill Lynch,/Pierce, Fenner & Smith<br />
Incorporated lo cual acredito mediante copia de mi orodonotaído omploodo, recibí del<br />
Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaria de<br />
Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección General de Crédito Público:<br />
(i) el Oficio No. 305.- ijjMxy^te fecha 19 de abril de 2002, mediante el cual se invita a<br />
Merill Lynch, Pierce, Fenner & Smith Incorporated a participar en el procedimiento de<br />
invitación internacional a cuando menos tres personas, con el objeto de seleccionar y<br />
contratar a la institución que preste los servicios de intermediación bursátil para llevar<br />
a cabo, los trabajos necesarios para la oferta de 949'838,031 (novecientos cuarenta y<br />
nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones serie "O"<br />
representativas del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.;<br />
y (ii) las Bases para llevar a cabo el procedimiento mencionado, incluyendo sus<br />
anexos.<br />
Atentamente,/<br />
i fiAÍpaúoJil Wíarez<br />
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SECRCTARIA<br />
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HADENOA Y CRÉDITO PIBLICO<br />
Tel: 55-21-62-21,<br />
55-42-99-47.<br />
Fax: 52-28-11-56.<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 077/2002<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
Alonso-Cflscual Garefa-Tamés<br />
O REELECCIÓN.<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.
^...<br />
Morgan<br />
^>^ Act. Alonso García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público<br />
Presente<br />
Ni-w York. NV !riíi3(><br />
México, Distrito Federal<br />
19 de Abril de 2002<br />
Yo, Alfredo A. Capote, en mi carácter de Vicepresidente de MORGAN STANLEY & CO.<br />
INCORPORATED, lo cual acredito mediante copia de la identificación oficial de la compañía<br />
(No. 46340), recibí del Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección General de Crédito<br />
Público: (i) el Oficio No. 305.-C[n/2a^ de fecha 19 de abril de 2002, mediante el cual se<br />
invita a MORGAN STANLEY & CO. INCORPORATED a participar en el procedimiento de<br />
invitación internacional a cuando menos tres personas, con el objeto de seleccionar y<br />
contratar a la institución que preste los servicios de intermediación bursátil para llevar a<br />
cabo, los trabajos necesarios para la oferta de 949'838,031 (novecientos cuarenta y nueve<br />
millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones serie "O" representativas del<br />
capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomei' S.A. de C.V.; y (ii) las Bases para llevar<br />
a cabo el procedimiento mencionado, incluyendo sus anexos.<br />
Atentamente<br />
Alfredo X Calote<br />
Vicepresidente<br />
Morgan Stanley & Co. Incorporated
w^éüm-^&é^^^^i^i^.<br />
Lie. No.<br />
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS<br />
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL<br />
^ S,Kñri^FII\ Be TIVin8f!8fnt8 T YIAUB^B<br />
jJ • :Í:Í r.ciA PARA CONDUCIR<br />
ALFREDO A<br />
CAPOTE GARZA<br />
CXGA710705<br />
vtim al<br />
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Ntclonilldid<br />
MEXICANA<br />
txpMMn. i6/oa?00i<br />
AnllgUedad:06'0-i"9B5<br />
Folio pago; ?J77IB<br />
^•-:x;:*^ííi5a^»Sé& ^M^^^^^MWS^^^^^<br />
ALFREDO<br />
CAPOTE<br />
46340<br />
••••:• '•.i\ ,•.'. I..
T^<br />
•^1í ^<br />
ALFREDO<br />
CAPOTE<br />
46340<br />
Alfredo A. Capote ^''^'^<br />
MorganStanley<br />
alfredo.capore@morganstanlev.com<br />
Brc>;idw;i\'<br />
York. NY ! 00,^6<br />
re i : 12 "61 4:'2~<br />
12 ~6l 0367
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SECRETARIA<br />
DE<br />
HADENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
Salomón Smith Barney Inc.<br />
P r e s e-fi t e.<br />
X<br />
^r3<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO TOI PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICb<br />
Oficio No. 305.-078/2002<br />
México, D.F., a 19 de abril de 2002.<br />
O<br />
5? Ti<br />
HeM^^de?' fo^^sd^rf<br />
/*^ /oi/o7<br />
El Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección General de Crédito Público, y con<br />
base en lo acordado por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de esta<br />
Dependencia en su sesión extraordinaria 03/2002, de fecha 8 de abril de 2002, realizará un<br />
procedimiento de invitación internacional a cuando menos tres personas, con el objeto de<br />
seleccionar y contratar a la institución que preste los servicios de Intermediación bursátil<br />
para llevar a cabo, en los mercados de valores de México, los Estados Unidos de América<br />
y, en su caso, en otros países, los trabajos necesarios para la enajenación de 949*838,031<br />
(novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones<br />
serie "O" representativas del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de<br />
C.V.<br />
En tal virtud, se invita a Salomón Smith Barney Inc. a participar en el procedimiento de<br />
selección, mismo que se llevará a cabo conforme a las Bases y sus anexos que se adjuntan<br />
al presente.<br />
Al efecto, en caso de que Salomón Smith Barney Inc. desee participar, en términos del<br />
numeral 5.1 de las mencionadas Bases, deberá remitir a más tardar el dia hábil siguiente al<br />
que se reciba esta invitación una carta-compromiso de confidencialidad en ténminos del<br />
formato que se adjunta a la presente. Dicha carta deberá estar suscrita por el representante<br />
legal de la institución, quien deberá contar con facultades suficientes para obligarla. No<br />
podrán participar las instituciones que no cumplan con lo señalado en este pácrafo.<br />
El documento mencionado, deberá presentarse en original entre las 9:00 yí^s 18:0Qtil)ras /<br />
del día 22 de abril de 2002, a la atención y domicilio que se mencionan a corOmuacióníi-?'::': '<br />
Alonso Pascual Garcia Tamés, : '--^ -• ;<br />
Director General de Crédito Público. ' .; •.,<br />
^—PalaGioNacional, Patio Central, r ZB ^ U<br />
VfisosTOficinaSOlO, ;.': QD á'-^<br />
CoL Centro, peleg. Cuahutémoc, P: '" '^<br />
C.P>Q,6000yMéxico D.F. 'r^ ^ S t<br />
^<br />
LO<br />
co
SECRETA/ilA<br />
• DE<br />
HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
leí: 55-21-62-21,<br />
55-42-99-47.<br />
Fax: 52-28-11-56.<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.-078/2002<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
A t e-u;! a fti e ti t er<br />
lAÓiO EFECTIVO. N(¿ REELECCIÓN.<br />
ual García/I ames<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.
SALOMONSMITHBARNEY<br />
Oficina de Representación en México<br />
A memberof citigrQujJr<br />
México. D.F. a 19 de abril del 2002.<br />
Act. Alonso García Tames<br />
Director General de Crédito Publico<br />
Secretaria de Hacienda y Crédito Publico<br />
Presente<br />
Christian Hernández, en mi carácter de Analista Financiero de Salomón Smith Bamey<br />
Inc, io cual acredito mediante copia de credencial de Salomón Smith Bamey Inc, recibí<br />
del Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección General de Crédito Publico; (i)<br />
el Oficio No. >65'de fecha>S'de abril de 2002, mediante el cual se invita a Salomón<br />
Smith Bamey Inc. a participar en el procedimiento de invitación intemacional a cuando<br />
menos tres personas, con el objeto de seleccionar y contratar a la institución que preste<br />
los serx'icios de intermediación bursátil para llevar a cabo, los trabajos necesarios para la<br />
oferta de 5*49,838,031 (novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho<br />
mi i treinta y un) acciones serie "O" representativas del capital social del Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.; (ii) las Bases .para llevar a cabo el<br />
procedimiento mencionado, incluyendo sus anexos.<br />
Atentamente<br />
Christian Hemández
íiigGví:;^-- ,..•:• 'mmMem ^^iw^mí ^:;MM<br />
m<br />
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL<br />
REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES<br />
CREDENCIAL PARA VOTAR<br />
NOMBRE<br />
HERNÁNDEZ EDAD 19<br />
PAPSOORF SEXO H<br />
CHRISTIAN<br />
ooMiaiio<br />
AV ADOLFO PRÍETO 1324 501<br />
COL DEL VALLE 3100<br />
BENITO JUÁREZ ,D.F.<br />
FOLIO 107478211 ASO OE REGISTRO 1997 00<br />
ciAVEof ELECTOR HRPPCH78032909H500<br />
ESTADO 09 BSJmio<br />
MUKICW 014 lOtíllOAO 0001 StCCI» 4370<br />
^5:;^^í>:!i^:¿í^^i/;••"'v;'?:í^i 'im¿^^^¥0^^^^^ Reforma 390 Piso 7<br />
^<br />
Col. Juárez<br />
México, D.F.<br />
CHRISTIAN HERNÁNDEZ<br />
FINANCIAL ANALYST<br />
Valid 2004<br />
S,'>vLOMON SMITH BARKE^'<br />
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>iSÍI>QS^<br />
'^<br />
El Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Dirección General de Crédito Público, y con<br />
base en lo acordado por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de esta<br />
Dependencia en su sesión extraordinaria 03/2002, de fecha 8 de abril de 2002, realizará un<br />
procedimiento de invitación internacional a cuando menos tres personas, con el objeto de<br />
seleccionar y contratar a la institución que preste los servicios de intermediación bursátil<br />
para llevar a cabo, en los mercados de valores de México, los Estados Unidos de América<br />
y, en su caso, en otros países, los trabajos necesarios para ia enajenación de 949*838,031<br />
(novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones<br />
serie "O" representativas del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de<br />
C.V.<br />
En tal virtud, se invita a UBS Warburg LLC a participar en el procedimiento de selección,<br />
mismo que se llevará a cabo conforme a las Bases y sus anexos que se adjuntan al<br />
presente.<br />
Al efecto, en caso de que UBS Warburg LLC desee participar, en términos del numeral 5.1<br />
de las mencionadas Bases, deberá remitir a más tardar el día hábil siguiente al que se<br />
reciba esta invitación una carta-compromiso de confidencialidad en términos del formato<br />
que se adjunta a la presente. Dicha carta deberá estar suscrita por el representanteJegal de - ;<br />
la institución, quien deberá contar con facultades suficientes para obliggria. No^^odráiíft^<br />
participar las instituciones que no cumplan con lo señalado en este párrafo^ en •Í^''-<br />
El documento mencionado, deberá presentarse en original éntrelas 9:00 £fas 18:(5íShora^3l.<br />
del día 22 de abril de 2002, a la atención y domicilio que se mencionan a cogjinuación<br />
Alonso Pascual García Tamés,<br />
Director General de Crédito Público.<br />
Palacio Nacional, Patio Central,<br />
—-RsQ^, Oficina 3010,<br />
Col. Centro, Deleg. Cuahutémoc,<br />
C.<br />
.P. 06000, México D.F.<br />
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SECRBARIA<br />
DE<br />
HACIENDA Y CREOTTO PUBLICO<br />
Tel: 55-21-62-21,<br />
55-42-99-47.<br />
Fax: 52-28-11-56.<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.- 079/2002<br />
Sin otro particular, reitero las seguridades de mi consideración más distinguida.<br />
Ate ríTam e n re^—iJFRAGIO<br />
EgECTIVO<br />
Díí^tor Genera!,<br />
REELECCIÓN.<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.- Presente.<br />
Lie. Luis Manuel Gutiérrez Levy.- Oficial Mayor.- Presente.
Act. Alonso García Tamés<br />
Director General de Crédito Público<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público<br />
Presente<br />
México, Distrito Federal<br />
19 de abril de 2002.<br />
Roberto Rocha, en mi carácter de Analista de UBS Warburg LLC lo cual acredito<br />
mediante copia de mi credencial de empleado, recibí del Gobierno Federal de los<br />
Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,<br />
por conducto de la Dirección General de Crédito Público: (i) el Oficio No. 305.- o"^*^ f 7JOO'~L.<br />
de fecha 19 de abril de 2002, mediante el cual se invita a UBS Warburg LLC a<br />
participar en el procedimiento de invitación internacional a cuando menos tres<br />
personas, con el objeto de seleccionar y contratar a la institución que preste los<br />
servicios de intermediación bursátil para llevar a cabo, los trabajos necesarios para la<br />
oferta de 949*838,031 (novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y<br />
ocho mil treinta y un) acciones serie "O" representativas del capital social de Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V.; y (ii) las Bases para llevar a cabo el<br />
procedimiento mencionado, incluyendo sus anexos.
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ESTADOS UNIDOS MEXICANOS<br />
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SECRHAfilA<br />
DÉ<br />
woEtot. Y cREorro PUBUCO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO \<br />
Oficio No. 305.- 082/2002<br />
• — . _ ; • . - « • •<br />
México, D.F. , a 22 de abr'&íéV 2002.<br />
--..i'JO-D.<br />
• "'! LA<br />
^'TAí<br />
Lío. Jonathan Davis Arzac<br />
Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores... ^<br />
Presente. — ^^ _. O X"<br />
Me refiero al procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas para la /<br />
selección y contratación de los servicios de Intermediación bursátil para realizar 1^<br />
enajenación de acciones representativas del capital social de Grupo Financiero<br />
BBVA Bancomer, S.A. de C.V., propiedad del Gobierno Federal, a través de la<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.<br />
Al respecto, le extiendo una cordial Invitación para que designe a la persona que<br />
considere conveniente para que asista y participe como invitado (sin derecho a<br />
voz ni voto) a los actos relativos al citado procedimiento, a saber:<br />
• Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, que se celebrará el día 25'de<br />
abril a las 10:00 horas. ¿5-í'<br />
• Acto de Apertura de Propuestas Económicas, que se celebrará elidia 30 de<br />
abril a las 10:00 horas. \-'-.<br />
Los actos a que se hace referencia, se llevarán a cabo en el Auditorio ile esta<br />
Secretaria, ubicado en Palacio Nacional, Planta Baja, entre Patio Central y Primer<br />
Patio Mariano, Colonia Centro, C.P. 06000, México, D.F.<br />
Sin más por el momento, reitero las seguridades de mi considetcación más,<br />
distinguida. ;•' [^ ;-'•:<br />
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SECRFTi<br />
DE<br />
mCEND* T CREDfTO PUBJCO<br />
^ SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
v^ DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
^ : \^<br />
'Oficio No. 305.-083/2002<br />
México, D.F. a 22 de abril de 2ÜQ2g,^^cciñ'fSiín?i'ctR\cüfiso3<br />
, »B¡). 22 200Z<br />
Lie. Guillermo I. González Ávila.<br />
Director General de Recursos Materiales y Servicios Generalas i—» ^ "<br />
Presente.<br />
H DIRECCIÓN mm ^<br />
Me refiero al procedimiento de invitación a cuando menos tres personas<br />
No. I.T.P.I.-DGCP.-01/2002, para la selección y contratación de los servicios<br />
de intermediación bursátil para realizar la enajenación de acciones representativas<br />
del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., propiedad<br />
del Gobierno Federal, a través de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.<br />
A! respecto, le extiendo una cordial invitación para que designe a la persona que<br />
considere conveniente para que asista y participe a ios actos relativos al citado<br />
procedimiento, a saber:<br />
• Junta de Aclaraciones, que se celebrará el día 23 de abril a las 10:00 horas.<br />
• Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, que se celebrará el dia 25 de<br />
abril a las 10:00 horas.<br />
• Exposición oral meramente infomnativa, que se celebrará el día 26 de abril a<br />
partir de las 08:00 horas.<br />
• Actos de Apertura de Propuestas Económicas y Fallo, que se celebrarán el dfá''<br />
30 de abril a las 10:00 y 12:30 horas, respectivamente.<br />
Los actos a que se hace referencia, se llevarán a cabo en el Auditorio de esta<br />
Secretaría, ubicado en Palacio Nacional, Planta Baja, entre Patio Central y Primer<br />
Patio Mariano, Colonia Centro, C.P. 06000. México, D.F.<br />
^' ''•\ S^<br />
¿: Sin más por el momento, reitero las seguridades ijle mi consíderaeiwfcjwiás<br />
^ sdistingiga. =^ • -^ ' '.^, ^'^^Í:<br />
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Aten 1^ m e ii tv, ~><br />
V^t^J^^Í^^TIVO. ÑO REELECCIÓN,<br />
ti Direct^NGerlerai, / VJ;^ Q -a<br />
X<br />
GárcíáTahies— -i O<br />
c.c.p. Sr. Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Subsecnetario^>dé^f^acienda inetario^e.Placi y CrédItB Público.-<br />
Presente. ^ •^<br />
C.P. Aída Amanda Córdova Chávez.- Titular del órgano Interno de Control de la <strong>SHCP</strong>.-<br />
Presente<br />
S
c:5<br />
^^Fí<br />
-/<br />
K<br />
HOPO* Y CREttTO PUBUCO<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
í DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
Oficio No. 305.-084/2002 :_.-<br />
México, D.F. a 22 de abril de 2002.<br />
C.P. Aída Amanda Córdova Cháver ' i;/ fó; ~;^ ^i^<br />
Titular del Órgano Interno de Control de la <strong>SHCP</strong> , C"' ;,,; ro ',<br />
Presente. ^-^ . ^o T;<br />
Me refiero al procedimiento de invitación a cuando.:Tnenc^tres personas<br />
No.I.T.P.I.-DGCP.-01/2002. para la selección y contrataciÓTt de los servicios<br />
de intermediación bursátil para realizar la enajenación ^^cíBn«s repr
Designación del Grupo de Evaluación<br />
22
SECRETARÍA DE<br />
IIP<br />
I<br />
HACIENDA Y|<br />
CRÉDITO PÚBLICO 11<br />
PARA: DRA. SILVIA E. ROCHA TORRES<br />
DE: ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y ~ •<br />
CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
México, D.F., a 19 de abril de 2002.<br />
Asunto: Invitación No. I.T.P.I.-DGCP.-01/2002.<br />
Me refiero a! procedimiento de invitación internacional a cuando menos tres personas No. I.T.P.I.-<br />
DGCP.-01/2002, para seleccionar y contratar a un Agente Colocador Global que lleve a cabo la<br />
enajenación de la posición accionaria del Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, en el Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., así como al<br />
oficio No. 101.-1338 de fecha 10 de agosto de 2001, mediante el cual el C. Secretario de<br />
Hacienda y Crédito Público instruyó a esta Dirección General a llevar a cabo la enajenación de la<br />
mencionada posición accionaria.<br />
Al respecto, en términos de| numeral 11.1 de las Bases para el procedimiento de referencia, se le<br />
designa para que, conjuntamente con el suscrito, forme parte del grupo que evaluará las<br />
propuestas que presenten las Instituciones Participantes, y para que coadyuve en la<br />
instrumentación de los demás actos relativos al mismo.<br />
Sin otro particular, quedo a sus órdenes.<br />
c.cp. Dr Agustín Carstens Carstens,- Subsecretario de,<br />
Presente.<br />
ecretáría de Hacienda y Crédito Público.<br />
l^j.-,.:^^^:^--
SECRETARIA DE I<br />
IP<br />
HACIENDA Y<br />
CRÉDITO PÚBLICO<br />
PARA: Lie. DANIEL MUÑOZ DIA2<br />
DE: ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y i^ ;<br />
CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
México, D.F., a 19 de abril de 2002.<br />
Asunto: Invitación No. I.T.P.I.-DGCP.-01/2002.<br />
Me refiero al procedimiento de invitación internacional a cuando menos tres personas No. I.T.P.I.-<br />
DGCP.-01/2002, para seleccionar y contratar a un Agente Colocador Global que lleve a cabo la<br />
enajenación de la posición accionaria del Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, en el Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., así como al<br />
oficio No. 101.-1338 de fecha 10 de agosto de 2001, mediante el cual el C. Secretario de<br />
Hacienda y Crédito Público instruyó a esta Dirección General a llevar a cabo la enajenación de la<br />
mencionada posición accionaria.<br />
Al respecto, en términos del numeral 11.1 de las Bases para el procedimiento de referencia, se le<br />
designa para que, conjuntamente con el suscrito, forme parte del grupo que evaluará las<br />
propuestas que presenten las Instituciones Participantes, y para que coadyuve, en-la<br />
instrumentación de los demás actos relativos al mismo. : - .: -<br />
Sin otro particular, quedo a sus órdenes.<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretario<br />
Presente.<br />
de Hacienda y Crédito Público.'
SECRETARÍA DE 11<br />
CRÉDITO PÚBLICO 11<br />
PARA: Lie. EUGENIO ALARCON YTURBIDE<br />
DE: ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y J-^^<br />
CRÉDITO PÚBLICO<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
México, D.F., a 19 de abril de 2002.<br />
Asunto: Invitación No. I.T.P.I.-DGCP.-01/2002.<br />
Me refiero a! procedimiento de invitación internacional a cuando menos tres personas No. I.T.P.I.-<br />
DGCP.-01/2002, para seleccionar y contratar a un Agente Colocador Global que lleve a cabo la<br />
enajenación de la posición accionaria del Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de<br />
Klacienda y Crédito Público, en el Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., así cerno al<br />
oficio No 101.-1338 de fecha 10 de agosto de 2001, mediante el cual el C. Secretario de<br />
Hacienda y Crédito Público instruyó a esta Dirección General a llevar a cabo la enajenación de ia<br />
mencionada posición accionaria.<br />
A! respecto, en términos del numeral 11.1 de las Bases para el procedimiento de referencia, se le<br />
designa para que, conjuntamente con el suscrito, forme parte del grupo que evaluará las<br />
propuestas que presenten las Instituciones Participantes, y pana que coadyuve en la<br />
instrumentación de los demás actos relativos al mismo.<br />
Sin otro particular, quedo a sus órdenes.<br />
ENTE,<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.- Subsecretarig^e la Secretaría de Hacienda y Créditc Público.-<br />
Presente.<br />
«1 ' •'"<br />
ji<br />
AER. 19 200?
I<br />
m<br />
SECRETARIA DE I (<br />
HACIENDA Y r<br />
CRÉDITO PÚBLICO 11<br />
PARA: ACT. ANTONIO CASTAÑO LEAL<br />
DE: ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y |^- ^<br />
CRÉDITO PÚBLICO ^^—-<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />
México, D.F., a 19 de abril de 2002.<br />
Asunto: Invitación No. I.T.P.I.-DGCP.-01/2002.<br />
Me refiero al procedimiento de invitación internacional a cuando menos tres personas No. I.T.P.I.-<br />
DGCP.-01/2002, para seleccionar y contratar a un Agente Colocador Global que lleve a cabo la<br />
enajenación de la posición accionaria del Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público, en el Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., así como al<br />
oficio No. 101.-1338 de fecha 10 de agosto de 2001, mediante el cual el C. Secretario de<br />
Hacienda y Crédito Público instruyó a esta Dirección General a llevar a cabo la enajenación de la<br />
mencionada posición accionaría.<br />
Al respecto, en términos del numeral 11.1 de las Bases para el procedimiento de referencia, se le<br />
designa para que, conjuntamente con el suscrito, forme parte del grupo que evaluará las<br />
propuestas que presenten las Instituciones Participantes, y para que coadyuve en la<br />
instrumentación de los demás actos relativos al mismo.<br />
Sin otro particular, quedo a sus órdenes.<br />
c.c.p. Dr. Agustín Carstens Carstens.<br />
Presente.<br />
ENTE,<br />
Subsecretario/de la Secretaria de Hacienda y Crédito Púbiico.-<br />
IjQpDE CRÉDITO PÜBUCOil<br />
.ABR 10 2002 .-í<br />
; Di^tCCiO^: GíKiíríAL ADJUÍ^iTA<br />
! í)F CQüRülkACiOb' V CAPTACíOV<br />
i CE CREPITO EXTERivü
Cartas de confidencialidad<br />
^ í<br />
23
CARTA-COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
Palacio Nacional, Patio Central,<br />
Piso 3, Oficina 3010,<br />
Colonia Centro, Deleg. Cuahutémoc,<br />
C.P. 06000, México D.F.<br />
Presente.<br />
Deutsche Bank \¿\<br />
BIvd. M. Avila Camacho No. 40 Piso 17<br />
Col. Lomas de Chapultepec<br />
11000 México, D.F.<br />
David Alerhand Wilk, en nombre y representación de Deutsche Bank Securities, Inc. , (la<br />
"Institución") y con facultades suficientes para suscribir el. presente instrumento, por este<br />
conducto manifiesta al Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Dirección General de Crédito<br />
Público (el "Accionista Vendedor"), que: (i) asume expresamente las obligaciones y<br />
compromisos contenidos en este instrumento (el "Compromiso de Confidencialidad"), a fin de<br />
participar en el procedimiento de selección y contratación por parte del Accionista Vendedor (el<br />
"Procedimiento de Selección"), de la Institución financiera que prestará los servicios de<br />
intermediación bursátil para la enajenación de 949'838,031 (novecientos cuarenta y nueve<br />
millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones serie "O" (las "Acciones BBVA<br />
Bancomer") representativas del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de<br />
C,V., ("BBVA Bancomer"); y (ii) participará en caso de resultar seleccionada, en la realización y<br />
desarrollo de los trabajos para llevar a cabo la oferta de las Acciones BBVA Bancomer (la<br />
Oferta de las Acciones") en los mercados de valores de México y de otros países.<br />
Definiciones.<br />
Por lo anterior, para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, se entenderán<br />
incluidos dentro del término "Oferta de las Acciones", los procedimientos conforme a los usos y<br />
sanas prácticas de mercado para la colocación de las Acciones BBVA Bancomer tanto en<br />
México como en el extranjero, así como cualquier acto, gestión y en general cualquier acción o<br />
trabajo que tenga relación con la misma, desde el inicio del Procedimiento de Selección y hasta<br />
después de concluida la enajenación de las Acciones BBVA Bancomer, en apego a los<br />
convenios y demás documentos legales que para tal efecto se adopten.<br />
Asimismo, se entenderá como "Persona Relacionada" de la Institución, a cualquier entidad<br />
afiliada (según se define en las Bases para la selección y contratación de los servicios de<br />
intermediación bursátil para realizar la enajenación de acciones representativas del capital<br />
social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. en los mercados de valores de<br />
México y el extranjero (las "Bases")), representante, socio, agente y empleado, que por<br />
cualquier razón tengan o llegaren a tener relación alguna con la Oferta de las Acciones.<br />
'hi^l -^
IZI<br />
De igual manera, se entenderá que el término "Información" comprende cualquier notificación,<br />
dato, documento o comunicación, a la que de manera previa o posterior a la fecha del presente<br />
compromiso, la Institución o cualquier Persona Relacionada a este, tenga acceso, genere o le<br />
entregue el Accionista Vendedor, BBVA Bancomer, o sus subsidiarias, entidades filiales (como<br />
dicho término se define en las Bases), agentes, funcionarios y/o representantes, por virtud del<br />
Procedimiento de Selección o de la Oferta de las Acciones.<br />
No se considerará para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, aquella<br />
Información que se encuentre disponible al público en general. Asimismo, no se considerará<br />
para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, la Información o cualquier parte de,<br />
ella, cuando por virtud de cualquier disposición legal aplicable se considere o deba considerarse<br />
como del dominio público o, cuando por mandamiento de autoridad competente, se requiera<br />
hacer pública.<br />
Obligaciones.<br />
La institución se compromete a notificar de forma fehaciente e inmediata al Accionista<br />
Vendedor, para el caso de que la Institución o cualquier Persona Relacionada, requiera hacer<br />
pública la Información o parte de ella, por virtud de: (i) la entrada en vigor de una disposición<br />
legislativa y/o (ii) ordenamiento de autoridad competente. Asimismo, la Institución deberá<br />
obtener el consentimiento del Accionista Vendedor para usar la información en algún<br />
procedimiento administrativo, judicial o jurisdiccional. Lo anterior con la finalidad de que el<br />
Accionista Vendedor se encuentre en condiciones de tomar las medidas que al efecto estime<br />
pertinentes.<br />
La Institución se obliga por sí y solidariamente por cualquier Persona Relacionada, a no divulgar<br />
el hecho de tener Información, así como a mantener la confidencialidad de la misma y no<br />
proporcionar, reproducir, divulgar, referir, fotocopiar o de cualquier otra forma revelar a terceros,<br />
ya sea directa o indirectamente, parcial o totalmente dicha Información, salvo en los casos<br />
expresamente previstos en el presente Compromiso de Confidencialidad.<br />
Asimismo, la Institución se obliga informar a sus funcionarios, directores, empleados y<br />
consultores externos, sobre los términos y condiciones del presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, sea cual fuere su área de experiencia, y cuando por sus actividades<br />
profesionales tengan acceso a la Información, por lo que se hace responsable de que dichos<br />
funcionarios se sujeten a lo establecido por este instrumento y que únicamente utilicen la<br />
Información para efectos de la Oferta de las Acciones.<br />
De igual manera, la Institución se obliga a devolver, en cualquier tiempo y a petición expresa del<br />
Accionista Vendedor, toda la Información que le fuera proporcionada por el Accionista Vendedor<br />
o por cualquier otra persona en relación con el Procedimiento de Selección o la Oferta de las<br />
Acciones, incluyendo cualquier copia o reproducción por cualquier medio de dicha Información.<br />
Lo anterior, en el entendido de que: (i) de no ser devuelta la Información, se entenderá que se<br />
ha violado el presente Compromiso de Confidencialidad en perjuicio del Accionista Vendedor;<br />
salvo que previamente le notifique que se procederá a su destrucción y (ii) la Información que<br />
se hubiere proporcionado por vía oral, continuará sujeta a los términos y condiciones del<br />
presente Compromiso de Confidencialidad.
^*j*íi-'<br />
iZi<br />
Sin perjuicio de lo anterior, si, en relación con la Oferta de Acciones, la Institución distribuye el<br />
Prospecto de la Oferta Internacional (según dicho término se define en el Contrato anexo a las<br />
Bases), o firma el contrato de colocación con el Accionista Vendedor, lo dispuesto en esta<br />
Compromiso de Confidencialidad no evitará que tanto la Institución como el Accionista<br />
Vendedor, cumplan con las leyes y otras disposiciones aplicables en relación con dicha Oferta<br />
de Acciones, así como tampoco evitará que la Institución conserve documentos o cualquier otra<br />
información en relación con el due diligence (según dicho término se define en el Contrato<br />
anexo a las Bases) o que utilice dichos documentos o cualquier otra información como medio<br />
de defensa en contra de reclamaciones o posibles reclamaciones formuladas por los<br />
compradores, autoridades regulatorias o cualquier otra persona en relación con la Oferta de<br />
Acciones,<br />
La violación, infracción o incumplimiento de cualquier clase de las obligaciones y compromisos<br />
establecidos en el Compromiso de Confidencialidad por parte de la Institución o cualquier<br />
Persona Relacionada serán responsabilidad exclusiva de la Institución frente al Accionista<br />
Vendedor.<br />
La Institución acepta expresamente que el Compromiso de Confidencialidad estará vigente a<br />
partir de la fecha de su suscripción, y hasta la fecha en que se enajenen las Acciones BBVA<br />
Bancomer o el 31 de diciembre de 2003.<br />
La Institución se somete expresamente a la jurisdicción de las leyes aplicables y tribunales<br />
competentes del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América.<br />
El presente Compromiso de Confidencialidad se regirá, para efectos de su interpretación y<br />
cumplimiento, por las leyes aplicables y tribunales competentes del Estado de Nueva York,<br />
Estados Unidos de América.<br />
De acuerdo con lo expuesto, se firma y acepta de conformidad el presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, el dia 22 de abril de 2002.<br />
Por la Institución:<br />
Sr DAVID AL<br />
Representante lega
Goldman, Sachs & Co. j 85 Broad Street j NewYork. New York 10004<br />
Tel: 212-902-1000<br />
CARTA-COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD<br />
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
^P) Palacio Nacional, Patio Central,<br />
'^ Piso 3, Oficina 3010,<br />
Colonia Centro, Deleg. Cuahutémoc,<br />
C.P. 06000, México D.F.<br />
Presente.<br />
J)/5-'^<br />
í \ ^J<br />
Cerrado Varoli, en nombre y representación de Goldman, Sachs & Co., (la 'Institución") y con<br />
facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, por este conducto manifiesta al<br />
Gobierno Federa! de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de Hacienda y<br />
Crédito Público por conducto de la Dirección General de Crédito Público (el "Accionista<br />
Vendedor"), que: (i) asume expresamente las obligaciones y compromisos contenidos en este<br />
instrumento (el "Compromiso de Confidencialidad"), a fin de participar en el procedimiento de<br />
selección y contratación por parte del Accionista Vendedor (el 'Procedimiento de Selección"), de<br />
la institución financiera que prestará los servicios de intermediación bursátil para la enajenación<br />
de 949'838,031 (novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y<br />
un) acciones serie "O" (las 'Acciones BBVA Bancomer") representativas del capital social de<br />
Gnjpo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., ("BBVA Bancomer"); y (ii) participará en caso<br />
de resultar seleccionada, en la realización y desan-ollo de ios trabajos para llevar a cabo la<br />
oferta de las Acciones BBVA Bancomer (la 'Oferta de las Acciones") en los mercados de<br />
valores de México y de otros países.<br />
Definiciones.<br />
Por lo anterior, para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, se entenderán<br />
incluidos dentro del término "Oferta de las Acciones", los procedimientos conforme a los usos y<br />
sanas prácticas de mercado para la colocación de las Acciones BBVA Bancomer tanto en<br />
México como en el extranjero, así como cualquier acto, gestión y en general cualquier acción o<br />
trabajo que tenga relación con la misma, desde el inicio del Procedimiento de Selección y hasta<br />
después de concluida la enajenación de las Acdones BBVA Bancomer, en apego a ios<br />
convenios y demás documentos legales que para tal efecto se adopten.<br />
Asimismo, se entenderá como "Persona Relacionada' de la Institución, a cualquier entidad<br />
afiliada (según se define en las Bases para la selección y contratación de los servicios de<br />
íi(!kiin;in<br />
SHCIIS
J<br />
intermediación bursátil para realizar la enajenación de acciones representativas del capital<br />
social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, SA de C.V. en los mercados de valores de<br />
México y el extranjero (las "Bases')), representante, socio, agente y empleado, que por<br />
cualquier razón tengan o llegaren a tener relación alguna con la Oferta de las Acciones.<br />
De igual manera, se entenderá que el término 'Información' comprende cualquier notificación,<br />
dato, documento o comunicación, a la que de manera previa o posterior a la fecha del presente<br />
compromiso, la institución o cualquier Persona Relacionada a este, tenga acceso, genere o le<br />
entregue el Accionista Vendedor, BBVA Bancon^er, o sus subsidiarías, entidades filíales (como<br />
dicho término se define en las Bases), agentes, fundonaríos y/o representantes, por virtud del<br />
Procedimiento de Selección o de la Oferta de las Acdones. '<br />
No se considerará para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, aquella<br />
Información que se encuentre disponible al público en general. Asimismo, no se considerará<br />
para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, la Información o cualquier parte de<br />
ella, cuando por virtud de cualquier disposición legal aplicable se considere o deba considerarse<br />
como del dominio público o, cuando por mandamiento de autoridad competente, se requiera<br />
hacer pública.<br />
Obligaciones.<br />
La institución se compromete a notificar de forma fehaciente e inmediata al Accionista<br />
Vendedor, para el caso de que la Institución o cualquier Persona Relacionada, requiera hacer<br />
pública la información o parte de ella, por virtud de: (i) la entrada en vigor de una disposición<br />
legislativa y/o (ii) ordenamiento de autoridad competente. Asimismo, la Institución deberá<br />
obtener el consentimiento del Accionista Vendedor para usar la información en algún,<br />
procedimiento administrativo, judicial o jurisdiccional. Lo anterior con la finalidad de que el<br />
Accionista Vendedor se encuentre en condiciones de tomar las medidas que al efecto estime<br />
pertinentes.<br />
La institución se obliga por sí y solidariamente por cualquier Persona Relacionada, a no divulgar<br />
el hecho de tener Información, así como a mantener la confidencialidad de la misma y no<br />
proporcionar, reproducir, divulgar, referir, fotocopiar o de cualquier otra forma revelar a terceros,<br />
ya sea directa o indirectamente, parcial o totalmente dicha Información, salvo en ios casos<br />
expresamente previstos en el presente Compromiso de Confidencialidad.<br />
Asimismo, la Institución se obliga informar a sus funcionarios, directores, empleados y<br />
consultores extemos, sobre los términos y condiciones del presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, sea cual fuere su área de experiencia, y cuando por sus actividades<br />
profesionales tengan acceso a la Información, por lo que se hace responsable de que dichos<br />
funcionarios se sujeten a lo establecido por este instrumento y que únicamente utilicen la<br />
Información para efectos de la Oferta de las Acdones.<br />
De igual manera, la Institución se obliga a devolver, en cualquier tiempo y a petición expresa del<br />
Accionista Vendedor, toda la Información que le fuera proporcionada por el Acdonista Vendedor<br />
o por cualquier otra persona en relación con el Procedimiento de Selección o la Oferta de las<br />
Acciones, incluyendo cualquier copia o reproducdón por cualquier medio de dicha información.<br />
Lo anterior, en el entendido de que: (I) de no ser devuelta la información, se entenderá que se i<br />
ha violado et presente .Compromiso de Confidencialidad en perjuicio del Acdonista Vendedor. Q \J<br />
salvo que previamente le notifique que se procederá a su destnjcción y (ii) la información que ^
«<br />
se hubiere proporcionado por vía oral, continuará sujeta a los términos y condidones del<br />
presente Compromiso de Confidencialidad.<br />
Sin perjuicio de lo anterior, si, en relación con la Oferta de Acciones, ia Institución distribuye el<br />
Prospecto de la Oferta internacional (según dicho término se define en el Contrato anexo a las<br />
Bases), o firma el contrato de colocación con el Accionista Vendedor, lo dispuesto en esta<br />
Compromiso de Confidencialidad no evitará que tanto la Institución como el Accionista<br />
Vendedor, cumplan con las leyes y otras disposiciones aplicables en relación con dicha Oferta<br />
de Acciones, así como tampoco evitará que la Institución conserve documentos o cualquier otra<br />
información en relación con el due diligence (según dicho término se define en el Contrato<br />
anexo a las Bases) o que utilice dichos documentos o cualquier otra información como medio<br />
de defensa en contra de reclamaciones o posibles reclamaciones fonmuladas por los<br />
compradores, autoridades regulatorías o cualquier otra persona en relación con la Oferta de<br />
Acciones.<br />
La violación, infracción o incumplimiento de cualquier clase de las obligaciones y compromisos<br />
establecidos en el Compromiso de Confidencialidad por parte de la Institución o cualquier<br />
Persona Relacionada serán responsabilidad exclusiva de la Institución frente al Accionista<br />
Vendedor.<br />
La Institución acepta expresamente que el Compromiso de Confidencialidad estará vigente a<br />
partir de la fecha de su suscripción, y hasta la fecha en que se enajenen las Acciones BBVA<br />
Bancomer o el 31 de diciembre de 2003.<br />
La Institución se somete expresamente a la jurisdicción de las leyes aplicables y tribunales<br />
competentes del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América.<br />
El presente Compromiso de Confidencialidad se regirá, para efectos de su interpretación y<br />
cumplimiento, por las leyes aplicables y tribunales competentes del Estado de Nueva York,<br />
Estados Unidos de América.<br />
De acuerdo con lo expuesto, se firma y acepta de confomiidad el presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, el día 22 de abril de 2002.<br />
Por la Institución:<br />
Sr. Cerrado Varoli<br />
Representante legal
Merrill Lynch<br />
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
Palacio Nacional, Patio Central,<br />
Piso 3, Oficina 3010,<br />
Colonia Centro, Deleg. Cuahutémoc,<br />
C.P. 06000, México D.F.<br />
Presente.<br />
José Manuel Guillemot<br />
Representante<br />
Merrill Lynch , Pieree, Fenner & Smith,<br />
Oficina de Representación en México<br />
Torre Óptima<br />
Paseo de las Palmas No. 405, 8o. piso<br />
Lomas de Chapultepec<br />
11000 México, D.F.<br />
Tel. 201-3221/3200<br />
Fax:201-3222<br />
Inc. \U^<br />
José Manuel Guillemot Cesari, en nombre y representación de Merrill Lynch, Pieree, Fenner &<br />
Smitn, Inc., (la "Institución") y con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento,<br />
por este conducto manifiesta al Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de<br />
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Dirección General de Crédito<br />
Público (el "Accionista Vendedor"), que: (i) asume expresamente las obligaciones y<br />
compromisos contenidos en este instrumento (el "Compromiso de Confidencialidad"), a fin de<br />
participar en el procedimiento de selección y contratación por parte del Accionista Vendedor (el<br />
"Procedimiento de Selección"), de la institución financiera que prestará los servicios de<br />
intermediación bursátil para la enajenación de 949'838,031 (novecientos cuarenta y nueve<br />
millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones serie "O" (las "Acciones BBVA<br />
Bancomer") representativas del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de<br />
C.V., ("BBVA Bancomer"); y (ii) participará en caso de resultar seleccionada, en la realización y<br />
desarrollo de los trabajos para llevar a cabo la oferta de las Acciones BBVA Bancomer (la<br />
"Oferta de las Acciones") en los mercados de valores de México y de otros países.<br />
Definiciones.<br />
Por lo anterior, para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, se entenderán<br />
incluidos dentro del término "Oferta de las Acciones", los procedimientos conforme a los usos y<br />
sanas prácticas de mercado para la colocación de las Acciones BBVA Bancomer tanto en<br />
México como en el extranjero, así como cualquier acto, gestión y en general cualquier acción o<br />
trabajo que tenga relación con la misma, desde el inicio del Procedimiento de Selección y hasta<br />
después de concluida la enajenación de las Acciones BBVA Bancomer, en apego a los<br />
convenios y. demás documentos legales que para tal efecto sé adopten.<br />
Asimismo, se entenderá como "Persona Relacionada" de la Institución, a cualquier entidad<br />
afiliada (según se define en las Bases para la selección y contratación de los servicios de<br />
intermediación bursátil para realizar la enajenación de acciones representativas del capital<br />
social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. en los mercados de valores de<br />
México y el extranjero (las "Bases")), representante, socio, agente y empleado, que por<br />
cualquier razón tengan o llegaren a tener relación alguna con la Oferta de las Acciones.<br />
1<br />
t>¡^lZ
J<br />
Merrill Lynch<br />
De igual manera, se entenderá que el término "Información" comprende cualquier notificación,<br />
dato, documento o comunicación, a la que de manera previa o posterior a la fecha del presente<br />
compromiso, la Institución o cualquier Persona Relacionada a este, tenga acceso, genere o le<br />
entregue el Accionista Vendedor, BBVA Bancomer, o sus subsidiarias, entidades filiales (como<br />
dicho término se define en las Bases), agentes, funcionarios y/o representantes, por virtud del<br />
Procedimiento de Selección o de la Oferta de las Acciones.<br />
No se considerará para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, aquella<br />
Información que se encuentre disponible al público en general. Asimismo, no se considerará<br />
para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, la Información o cualquier parte de<br />
ella, cuando por virtud de cualquier disposición legal aplicable se considere o deba considerarse<br />
como del dominio público o, cuando por mandamiento de autoridad competente, se requiera<br />
hacer pública.<br />
Obligaciones.<br />
La Institución se compromete a notificar de forma fehaciente e inmediata al Accionista<br />
Vendedor, para el caso de que la Institución o cualquier Persona Relacionada, requiera hacer<br />
pública la Información o parte de ella, por virtud de: (i) la entrada en vigor de una disposición<br />
legislativa y/o (ii) ordenamiento de autoridad competente. Asimismo, la Institución deberá<br />
obtener el consentimiento del Accionista Vendedor para usar la información en algún<br />
procedimiento administrativo, judicial o jurisdiccional. Lo anterior con la finalidad de que el<br />
Accionista Vendedor se encuentre en condiciones de tomar las medidas que al efecto estime<br />
pertinentes.<br />
La Institución se obliga por sí y solidariamente por cualquier Persona Relacionada, a no divulgar<br />
el hecho de tener Información, así como a mantener la confidencialidad de la misma y no<br />
proporcionar, reproducir, divulgar, referir, fotocopiar o de cualquier otra forma revelar a terceros,<br />
ya sea directa o indirectamente, parcial o totalmente dicha Información, salvo en los casos<br />
expresamente previstos en el presente Compromiso de Confidencialidad.<br />
Asimismo, la Institución se obliga informar a sus funcionarios, directores, empleados y<br />
consultores externos, sobre los términos y condiciones del presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, sea cual fuere su área de experiencia, y cuando por sus actividades<br />
profesionales tengan acceso a la Información, por lo que se hace responsable de que dichos<br />
funcionarios se sujeten a lo establecido por este instrumento y que únicamente utilicen la<br />
Información para efectos de la Oferta de las Acciones.<br />
De igual manera, la Institución se obliga a devolver, en cualquier tiempo y a petición expresa del<br />
Accionista Vendedor, toda la Información que le fuera proporcionada por el Accionista Vendedor<br />
o por cualquier otra persona en relación con el Procedimiento de Selección o la Oferta de las<br />
Acciones, incluyendo cualquier copia o reproducción por cualquier medio de dicha Información.<br />
Lo anterior, en el entendido de que: (i) de no ser devuelta la Información, se entenderá que se<br />
ha violado el presente Compromiso de Confidencialidad en perjuicio del Accionista Vendedor;<br />
salvo que previamente le notifique que se procederá a su destrucción y (ii) la Información que<br />
se hubiere proporcionado por vía oral, continuará sujeta a los términos y condiciones del<br />
presente Compromiso de Confidencialidad.
Merrill Lynch<br />
Sin perjuicio de lo anterior, si, en relación con la Oferta de Acciones, la Institución distribuye el<br />
Prospecto de la Oferta Internacional (según dicho término se define en el Contrato anexo a las<br />
Bases), o firma el contrato de colocación con el Accionista Vendedor, lo dispuesto en este<br />
Compromiso de Confidencialidad no evitará que tanto la Institución como ei Accionista<br />
Vendedor, cumplan con las leyes y otras disposiciones aplicables en relación con dicha Oferta<br />
de Acciones, así como tampoco evitará que la Institución conserve documentos o cualquier otra<br />
información en relación con el due diligence (según dicho término se define en el Contrato<br />
anexo a las Bases) o que utilice dichos documentos o cualquier otra Información como medio<br />
de defensa en contra de reclamaciones o posibles reclamaciones formuladas por los<br />
compradores, autoridades regulatorias o cualquier otra persona en relación con la Oferta de<br />
Acciones.<br />
La violación, infracción o incumplimiento de cualquier clase de las obligaciones y compromisos<br />
establecidos en el Compromiso de Confidencialidad por parte de la Institución o cualquier<br />
Persona Relacionada serán responsabilidad exclusiva de la Institución frente al Accionista<br />
Vendedor.<br />
La Institución acepta expresamente que el Compromiso de Confidencialidad estará vigente a<br />
partir de la fecha de su suscripción, y hasta la fecha en que se enajenen las Acciones BBVA<br />
Bancomer o el 31 de diciembre de 2003.<br />
La Institución se somete expresamente a la jurisdicción de las leyes aplicables y tribunales<br />
competentes del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América.<br />
El presente Compromiso de Confidencialidad se regirá, para efectos de su interpretación y<br />
cumplimiento, por las leyes aplicables y tribunales competentes del Estado de Nueva York,<br />
Estados Unidos de América.<br />
De acuerdo con lo expuesto, se firma y acepta de conformidad el presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, el día 22 de abril de 2002.<br />
Por la Institución:<br />
Sr. José Manuel GuillemotJCesari<br />
Representante legal.<br />
Merrill Lynch, Pierce, Fenner & Smith, Inc
•<br />
Morgan Stanley<br />
CARTA-COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD<br />
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
Palacio Nacional, Patio Central,<br />
Piso 3. Oficina 3010,<br />
Colonia Centro, Deleg. Cuahutémoc,<br />
C.P. 06000, México D.F.<br />
P resé n te.<br />
El Sr. Tito O. Vidaun-i, en nombre y representación de MORGAN STANLEY & CO. INCORPORATED,<br />
(la "Institución") y con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, por este conducto<br />
manifiesta al Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de<br />
Hacienda y Crédito Público por conducto de la Dirección General de Crédito Público (el "Accionista<br />
Vendedor"), que: (i) asume expresamente las obligaciones y compromisos contenidos en este<br />
instrumento (el "Compromiso de Confidencialidad"), a fin de participar en el procedimiento de<br />
selección y contratación por parte del Accionista Vendedor (el "Procedimiento de Selección"), de la<br />
institución financiera que prestará los servicios de intermediación bursátil para la enajenación de<br />
949'838,031 (novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un)<br />
acciones serie "O" (las "Acciones BBVA Bancomer") representativas del capital social de Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., ("BBVA Bancomer"); y (ii) participará en caso de resultar<br />
seleccionada, en la realización y desarrollo de los trabajos para llevar a cabo la oferta de las<br />
Acciones BBVA Bancomer (la "Oferta de las Acciones") en los mercados de valores de México y de<br />
otros países.<br />
Definiciones.<br />
Por lo anterior, para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, se entenderán incluidos<br />
dentro del término "Oferta de las Acciones", los procedimientos conforme a los usos y sanas<br />
prácticas de mercado para la colocación de las Acciones BBVA Bancomer tanto en México como en<br />
el extranjero, asi como cualquier acto, gestión y en general cualquier acción o trabajo que tenga<br />
relación con la misma, desde el inicio del Procedimiento de Selección y hasta después de concluida<br />
la enajenación de las Acciones BBVA Bancomer, en apego a los convenios y demás documentos<br />
legales que para tal efecto se adopten.<br />
Asimismo, se entenderá como "Persona Relacionada" de la Institución, a cualquier entidad afiliada<br />
(según se define en las Bases para la selección y contratación de los servicios de intermediación<br />
bursátil para realizar la enajenación de acciones representativas del capital social de Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. en los mercados de valores de México y el extranjero (las<br />
"Bases")), representante, socio, agente y empleado, que por cualquier razón tengan o llegaren a<br />
tener relación alguna con la Oferta de las Acciones.<br />
Í^^J<br />
T^i/<br />
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i<br />
Morgan Stanley<br />
De igual manera, se entenderá que el término "Infomiación" comprende cualquier notificación, dato,<br />
documento o comunicación, a la que de manera previa o posterior a la fecha del presente<br />
compromiso, la Institución o cualquier Persona Relacionada a este, tenga acceso, genere o le<br />
entregue el Accionista Vendedor, BBVA Bancomer, o sus subsidiarias, entidades filiales (como dicho<br />
témnino se define en las Bases), agentes, funcionarios y/o representantes, por virtud del<br />
Procedimiento de Selección o de la Oferta de las Acciones.<br />
No se considerará para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, aquella Información<br />
que se encuentre disponible al público en general. Asimismo, no se considerará para efectos del<br />
presente Compromiso de Confidencialidad, la Información o cualquier parte de ella, cuando por virtud<br />
de cualquier disposición legal aplicable se considere o deba considerarse como del dominio público<br />
o, cuando por mandamiento de autoridad competente, se requiera hacer pública.<br />
Obligaciones.<br />
La Institución se compromete a notificar de forma fehaciente e inmediata al Accionista Vendedor,<br />
para el caso de que la Institución o cualquier Persona Relacionada, requiera hacer pública la<br />
Información o parte de ella, por virtud de: (i) la entrada en vigor de una disposición legislativa y/o (ii)<br />
ordenamiento de autoridad competente. Asimismo, la Institución deberá obtener el consentimiento<br />
del Accionista Vendedor para usar la información en algún procedimiento administrativo, judicial o<br />
jurisdiccional. Lo anterior con la finalidad de que el Accionista Vendedor se encuentre en condiciones<br />
de tomar las medidas que al efecto estime pertinentes.<br />
La Institución se obliga por sí y solidariamente por cualquier Persona Relacionada, a no divulgar el<br />
hecho de tener Información, así como a mantener la confidencialidad de la misma y no proporcionar,<br />
reproducir, divulgar, referir, fotocopiar o de cualquier otra forma revelar a terceros, ya sea directa o<br />
indirectamente, parcial o totalmente dicha Información, salvo en los casos expresamente previstos en<br />
el presente Compromiso de Confidencialidad.<br />
Asimismo, la Institución se obliga informar a sus funcionarios, directores, empleados y consultores<br />
externos, sobre los términos y condiciones del presente Compromiso de Confidencialidad, sea cual<br />
fuere su área de experiencia, y cuando por sus actividades profesionales tengan acceso a la<br />
Información, por lo que se hace responsable de que dichos funcionarios se sujeten a lo establecido<br />
por este instrumento y que únicamente utilicen la Información para efectos de la Oferta de las<br />
Acciones.<br />
De igual manera, la Institución se obliga a devolver, en cualquier tiempo y a petición expresa del<br />
Accionista Vendedor, toda la Información que le fuera proporcionada por el Accionista Vendedor o<br />
por cualquier otra persona en relación con el Procedimiento de Selección o la Oferta de las Acciones,<br />
incluyendo cualquier copia o reproducción por cualquier medio de dicha Información. Lo anterior, en<br />
el entendido de que: (i) de no ser devuelta la Infonnación, se entenderá que se ha violado el presente<br />
Compromiso de Confidencialidad en perjuicio del Accionista Vendedor; salvo que previamente le<br />
notifique que se procederá a su destrucción y (ii) la Infonnación que se hubiere proporcionado por vía<br />
oral, continuará sujeta a los términos y condiciones del presente Compromiso de Confidencialidad.<br />
7V(/
MorganStanley<br />
Sin perjuicio de lo anterior, si, en relación con la Oferta de Acciones, la Institución distribuye el<br />
Prospecto de la Oferta Internacional (según dicho término se define en el Contrato anexo a las<br />
Bases), o firma el contrato de colocación con el Accionista Vendedor, lo dispuesto en esta<br />
Compromiso de Confidencialidad no evitará que tanto la Institución como el Accionista Vendedor,<br />
cumplan con las leyes y otras disposiciones aplicables en relación con dicha Oferta de Acciones, así<br />
como tampoco evitará que la Institución conserve documentos o cualquier otra información en<br />
relación con el due diligence (según dicho término se define en el Contrato anexo a las Bases) o que<br />
utilice dichos documentos o cualquier otra información como medio de defensa en contra de<br />
reclamaciones o posibles reclamaciones formuladas por los compradores, autoridades regulatorias o<br />
cualquier otra persona en relación con la Oferta de Acciones.<br />
La violación, infracción o incumplimiento de cualquier clase de las obligaciones y compromisos<br />
1) establecidos en el Compromiso de Confidencialidad por parte de la Institución o cualquier Persona<br />
Relacionada serán responsabilidad exclusiva de la Institución frente al Accionista Vendedor.<br />
La Institución acepta expresamente que el Compromiso de Confidencialidad estará vigente a partir de<br />
la fecha de su suscripción, y hasta la fecha en que se enajenen las Acciones BBVA Bancomer o el 31<br />
de diciembre de 2003.<br />
La Institución se somete expresamente a la jurisdicción de las leyes aplicables y tribunales<br />
competentes del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América.<br />
El presente Compromiso de Confidencialidad se regirá, para efectos de su interpretación y<br />
cumplimiento, por las leyes aplicables y tribunales competentes del Estado de Nueva York, Estados<br />
Unidos de América.<br />
De acuerdo con lo expuesto, se firma y acepta de conformidad el presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, el día 22 de abril de 2002.<br />
Por la Institución:<br />
Sr. Tito O. Vidaurri<br />
Representante legal.
J.P. Morgan<br />
Securities Inc<br />
270 Park Avenue<br />
New York, N.Y.<br />
10017<br />
^ • -<br />
^^JPMorgan<br />
CARTA-COMPROMISO DE CONFIDENCIALIPAD<br />
SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
Palacio Nacional, Patio Central,<br />
Piso 3, Oficina 3010,<br />
Colonia Centro, Deleg. Cuahutémoc,<br />
C.P. 06000, México D.F.<br />
Presente.<br />
Robert Rodríguez Canney, en nombre y representación de JPMorgan Securities, Inc., (la<br />
"Institución") y con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, por este<br />
conducto manifiesta al Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Dirección General de Crédito<br />
Público (el "Accionista Vendedor"), que: (i) asume expresamente las obligaciones y<br />
compromisos contenidos en este instrumento (el "Compromiso de Confidencialidad"), a<br />
fin de participar en el procedimiento de selección y contratación por parte del Accionista<br />
Vendedor (el "Procedimiento de Selección"), de la institución financiera que prestará los<br />
servicios de intermediación bursátil para la enajenación de 949'838,031 (novecientos<br />
cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones serie "O"<br />
(las "Acciones BBVA Bancomer") representativas del capital social de Grupo Financiero<br />
BBVA Bancomer, S.A. de C.V., ("BBVA Bancomer"); y (ii) participará en caso de<br />
resultar seleccionada, en la realización y desarrollo de los trabajos para llevar a cabo la<br />
oferta de las Acciones BBVA Bancomer (la "Oferta de las Acciones") en los mercados de<br />
valores de México y de otros paises.<br />
Definiciones.<br />
Por lo anterior, para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, se entenderán<br />
incluidos dentro del término "Oferta de las Acciones", los procedimientos conforme a los<br />
usos y sanas prácticas de mercado para la colocación de las Acciones BBVA Bancomer<br />
tanto en México como en el extranjero, asi como cualquier acto, gestión y en general<br />
cualquier acción o trabajo qué tenga relación con la misma, desde el inicio del /<br />
Procedimiento de Selección y hasta después de concluida la enajenación de las Acciones vj'<br />
BBVA Bancomer, en apego a los convenios y demás documentos legales que para tal<br />
efecto se adopten.<br />
Asimismo, se entenderá como "Persona Relacionada" de la Institución, a cualquier<br />
entidad afiliada (según se define en las Bases para la selección y contratación de los<br />
servicios de intermediación bursátil para realizar la enajenación de acciones<br />
representativas del capital social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. en<br />
los mercados de valores de México y el extranjero (las "Bases")), representante, socio,<br />
agente y empleado, que por cualquier razón tengan o llegaren a tener relación alguna con<br />
la Oferta de las Acciones.
^^JPMorgan<br />
De igual manera, se entenderá que el término "Información" comprende cualquier<br />
notificación, dato, documento o comunicación, a la que de manera previa o posterior a la<br />
fecha del presente compromiso, la Institución o cualquier Persona Relacionada a este,<br />
tenga acceso, genere o le entregue el Accionista Vendedor, BBVA Bancomer, o sus<br />
subsidiarias, entidades filiales (como dicho término se define en las Bases), agentes,<br />
funcionarios y/o representantes, por virtud del Procedimiento de Selección o de la Oferta<br />
de las Acciones.<br />
No se considerará para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, aquella<br />
Información que se encuentre disponible al público en general. Asimismo, no se<br />
considerará para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, la Información o<br />
cualquier parte de ella, cuando por virtud de cualquier disposición legal aplicable se<br />
considere o deba considerarse como del dominio público o, cuando por mandamiento de<br />
autoridad competente, se requiera hacer pública.<br />
Obligaciones.<br />
La Institución se compromete a notificar de forma fehaciente e inmediata al Accionista<br />
Vendedor, para el caso de que la Insfitución o cualquier Persona Relacionada, requiera<br />
hacer pública la Información o parte de ella, por virtud de: (i) la entrada en vigor de una<br />
disposición legislativa y/o (ii) ordenamiento de autoridad competente. Asimismo, la<br />
Institución deberá obtener el consentimiento del Accionista Vendedor para usar la<br />
información en algún procedimiento administrativo, judicial o jurisdiccional. Lo anterior<br />
con la finalidad de que el Accionista Vendedor se encuentre en condiciones de tomar las<br />
medidas que al efecto estime pertinentes.<br />
La Institución se obliga por sí y solidariamente por cualquier Persona Relacionada, a no<br />
divulgar el hecho de tener Información, asi como a mantener la confidencialidad de la<br />
misma y no. proporcionar, reproducir, divulgar, referir, fotocopiar o de cualquier otra<br />
forma revelar a terceros, ya sea directa o indirectamente, parcial o totalmente dicha<br />
Información, salvo en los casos expresamente previstos en el presente Compromiso de<br />
Confidencialidad.<br />
Asimismo, la Institución se obliga informar a sus funcionarios, directores, empleados y • \i ^<br />
consultores extemos, sobre los términos y condiciones del presente Compromiso de \\j<br />
Confidencialidad, sea cual fuere su área de experiencia, y cuando por sus acti\ádades<br />
profesionales tengan acceso a la Información, por lo que se hace responsable de que<br />
dichos funcionarios se sujeten a lo establecido por este instrumento y que únicamente<br />
uülicen la Información para efectos de la Oferta de las Acciones.<br />
De igual manera, la Institución se obliga a devolver, en cualquier tiempo y a petición<br />
expresa del Accionista Vendedor, toda la Información que le fuera proporcionada por el<br />
Accionista Vendedor o por cualquier otra persona en relación con el Procedimiento de:<br />
Selección o la Oferta de las Acciones, incluyendo cualquier copia o reproducción por<br />
cualquier medio de dicha Información. Lo anterior, en el entendido de que: (i) de no ser<br />
devuelta la Información, se entenderá que se ha violado el presente Compromiso de
^'^JP Morgan<br />
Confidencialidad en perjuicio del Accionista Vendedor; salvo que previamente le<br />
notifique que se procederá a su destrucción y (ii) la Información que se hubiere<br />
proporcionado por vía oral, continuará sujeta a los términos y condiciones del presente<br />
Compromiso de Confidencialidad.<br />
Sin perjuicio de lo anterior, si, en relación con la Oferta de Acciones, la Institución<br />
distribuye el Prospecto de la Oferta Internacional (según dicho término se define en el<br />
Contrato anexo a las Bases), o firma el contrato de colocación con el Accionista<br />
Vendedor, lo dispuesto en esta Compromiso de Confidencialidad no evitará que tanto la<br />
Institución como el Accionista Vendedor, cumplan con las leyes y otras disposiciones<br />
aplicables en relación con dicha Oferta de Acciones, así como tampoco evitará que la<br />
Institución conserve documentos o cualquier otra información en relación con el due<br />
diligence (según dicho término se define en el Contrato anexo a las Bases) o que utilice<br />
dichos documentos o cualquier otra información como medio de defensa en contra de<br />
reclamaciones o posibles reclamaciones formuladas por los compradores, autoridades<br />
regulatorias o cualquier otra persona en relación con la Oferta de Acciones.<br />
La violación, infracción o incumplimiento de cualquier clase de las obligaciones y<br />
compromisos establecidos en el Compromiso de Confidencialidad por parte de la<br />
Institución o cualquier Persona Relacionada serán responsabilidad exclusiva de la<br />
Institución frente al Accionista Vendedor.<br />
La Institución acepta expresamente que el Compromiso de Confidencialidad estará<br />
vigente a partir de la fecha de su suscripción, y hasta la fecha en que se enajenen las<br />
Acciones BBVA Bancomer o el 31 de diciembre de 2003.<br />
La Institución se somete expresamente a la jurisdicción de las leyes aplicables y tribunales<br />
competentes del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América.<br />
El presente Compromiso de Confidencialidad se regirá, para efectos de su interpretación y<br />
cumplimiento, por las leyes aplicables y tribunales competentes del Estado de Nueva<br />
York, Estados Unidos de América.<br />
De acuerdo con lo expuesto, se firma y acepta de conformidad el presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, el día 22 de abril de 2002.<br />
Por la Institución:<br />
Sr. Robert Rodríguez Canney<br />
Representante legal
CREDIT i FIRST<br />
SUISSE i BOSTON<br />
CREDIT SUISSE FIRST BOSTON CORPORATION<br />
Eleven Madison Avenue Telephone (212) 325-2000<br />
New York, New York 10010<br />
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
Palacio Nacional, Patio Central,<br />
Piso 3, Oficina 3010,<br />
Colonia Centro, Deleg. Cuahutémoc,<br />
C.P. 06000, México D.F.<br />
Presente.<br />
Jaime Martínez Negrete Espinosa, en nombre y representación de Credit Suisse First Boston<br />
Corporation, (la "Institución") y con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, por<br />
este conducto manifiesta al Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la<br />
Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Dirección General de Crédito Público (el<br />
"Accionista Vendedor"), que: (i) asume expresamente las obligaciones y compromisos contenidos en<br />
este instrumento (el "Compromiso de Confidencialidad"), a fin de participar en el procedimiento de<br />
selección y contratación por parte del Accionista Vendedor (el "Procedimiento de Selección"), de la<br />
institución financiera que prestará los servicios de intermediación bursátil para la enajenación de<br />
949'838,031 (novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un)<br />
acciones serie "O" (las "Acciones BBVA Bancomer") representativas del capital social de Grupo<br />
Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., ("BBVA Bancomer"); y (ii) participará en caso de resultar<br />
seleccionada, en la realización y desarrollo de los trabajos para llevar a cabo la oferta de las Acciones<br />
BBVA Bancomer (la "Oferta de las Acciones") en los mercados de valores de México y de otros países.<br />
Definiciones.<br />
Por lo anterior, para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, se entenderán incluidos<br />
dentro del término "Oferta de las Acciones", los procedimientos conforme a los usos y sanas prácticas<br />
de mercado para la colocación de las Acciones BBVA Bancomer tanto en México como en el<br />
extranjero, así como cualquier acto, gestión y en general cualquier acción o trabajo que tenga relación<br />
con la misma, desde el inicio del Procedimiento de Selección y hasta después de concluida la<br />
enajenación de las Acciones BBVA Bancomer, en apego a los convenios y demás documentos legales<br />
que para tal efecto se adopten.<br />
Asimismo, se entenderá como "Persona Relacionada" de la Institución, a cualquier entidad afiliada<br />
(según se define en las Bases para la selección y contratación de los servicios de intermediación<br />
bursátil para realizar la enajenación de acciones representativas del capital social de Grupo Financiero<br />
BBVA Bancomer, S.A. de C.V. en los mercados de valores de México y el extranjero (las "Bases")),<br />
representante, socio, agente y empleado, que por cualquier razón tengan o llegaren a tener relación<br />
alguna con la Oferta de las Acciones.<br />
De igual manera, se entenderá que el término "Información" comprende cualquier notificación, dato,<br />
documento o comunicación, a la que de manera previa o posterior a la fecha del presente compromiso,<br />
la Institución o cualquier Persona Relacionada a este, tenga acceso, genere o le entregue el Accionista<br />
Vendedor, BBVA Bancomer, o sus subsidiarias, entidades filiales (como dicho término se define en las<br />
Bases), agentes, funcionarios y/o representantes, por virtud del Procedimiento de Selección o de la<br />
Oferta de las Acciones.<br />
/ c-
CREDIT i FIRST c=:=>
CREDIT : FIRST<br />
SUrSSE : BOSTON<br />
CREDIT SUISSE FIRST BOSTON CORPORATION<br />
Eleven Madison Avenue Telephone (212) 325-2000<br />
New York. New York 10010<br />
Sin perjuicio de lo anterior, si, en relación con la Oferta de Acciones, la Institución distribuye el<br />
Prospecto de la Oferta Internacional (según dicho término se define en el Contrato anexo a las Bases),<br />
o firma el contrato de colocación con el Accionista Vendedor, lo dispuesto en esta Compromiso de<br />
Confidencialidad no evitará que tanto la Institución como el Accionista Vendedor, cumplan con las<br />
leyes y otras disposiciones aplicables en relación con dicha Oferta de Acciones, así como tampoco<br />
evitará que la Institución conserve documentos o cualquier otra información en relación con el due<br />
diligence (según dicho término se define en el Contrato anexo a las Bases) o que utilice dichos<br />
documentos o cualquier otra información como medio de defensa en contra de reclamaciones o<br />
posibles reclamaciones formuladas por los compradores, autoridades regulatorias o cualquier otra<br />
persona en relación con la Oferta de Acciones.<br />
La violación, infracción o incumplimiento de cualquier clase de las obligaciones y compromisos<br />
establecidos en el Compromiso de Confidencialidad por parte de la Institución o cualquier Persona<br />
Relacionada serán responsabilidad exclusiva de la Institución frente al Accionista Vendedor.<br />
La Institución acepta expresamente que el Compromiso de Confidencialidad estará vigente a partir de<br />
la fecha de su suscripción, y hasta la fecha en que se enajenen las Acciones BBVA Bancomer o el 31<br />
de diciembre de 2003.<br />
La Institución se somete expresamente a la jurisdicción de las leyes aplicables y tribunales<br />
competentes del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América.<br />
El presente Compromiso de Confidencialidad se regirá,, para efectos de su interpretación y<br />
cumplimiento, por las leyes aplicables y tribunales competentes del Estado de Nueva York, Estados<br />
Unidos de América.<br />
De acuerdo con lo expuesto, se firma y acepta de conformidad el presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, el día 22 de abril de 2002.<br />
Por la Institución:<br />
Sr. Jaime<br />
Representante
I<br />
m<br />
SALOMÓN SMITH BARNEY 212-«16-«000<br />
A member of citiqroup'<br />
CARTA-COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD<br />
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
Palacio Nacional, Patio Central,<br />
Piso 3, Oficina 3010,<br />
Colonia Centro, Deleg. Cuahutémoc,<br />
C.P. 06000, México D.F.<br />
Presente.<br />
John A. Boord, en nombre y representación de Salomón Smith Barney Inc., (la "Institución") y<br />
con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento, por este conducto manifiesta<br />
al Gobierno Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de Hacienda y<br />
Crédito Público por conducto dé la Dirección General de Crédito Público (el "Accionista<br />
Vendedor"), que: (i) asume expresamente las obligaciones y compromisos contenidos en este<br />
instrumento (el "Compromiso de Confidencialidad"), a fin de participar en el procedimiento de<br />
selección y contratación por parte del Accionista Vendedor (el "Procedimiento de Selección"), de<br />
la institución financiera que prestará los servicios de intermediación bursátil para la enajenación<br />
de 949'838,031 (novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y<br />
un) acciones serie "O" (las "Acciones BBVA Bancomer") representativas del capital social de<br />
Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., ("BBVA Bancomer"); y (ii) participará en caso<br />
de resultar seleccionada, en la realización y desarrollo de los trabajos para llevar a cabo la<br />
oferta de las Acciones BBVA Bancomer (la "Oferta de las Acciones") en los mercados de<br />
valores de México y de otros países.<br />
Definiciones.<br />
Por lo anterior, para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, se entenderán<br />
incluidos dentro del término "Oferta de las Acciones", los procedimientos conforme a los usos y<br />
sanas prácticas de mercado para la colocación de las Acciones BBVA Bancomer tanto en<br />
México como en el extranjero, así como cualquier acto, gestión y en general cualquier acción o<br />
trabajo que tenga relación con la misma, desde el inicio del Procedimiento de Selección y hasta<br />
después de concluida la enajenación de las Acciones BBVA Bancomer, en apego a los<br />
convenios y demás documentos legales que para tal efecto se adopten.<br />
Asimismo, se entenderá como "Persona Relacionada" de la Institución, a cualquier entidad<br />
afiliada (según se define en las Bases para la selección .y contratación de los servicios de<br />
intermediación bursátil para realizar la enajenación de acciones representativas del capital<br />
social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. en los mercados de valores de<br />
México y el extranjero (las "Bases"), representante, socio, agente y empleado, que por cualquier<br />
razón tengan o llegaren a tener relación alguna con la Oferta de las Acciones.<br />
.«ÍAI OMDN SMITH RARMPV iwr -íRB r;ro»r„.,i^K ci,»
I<br />
SALOMÓN SMITH BARNEY 212-816-8000<br />
A member of citigroup<<br />
De igual manera, se entenderá que el término "Información" comprende cualquier notificación,<br />
dato, documento o comunicación, a la que de manera previa o posterior a la fecha del presente<br />
compromiso, la Institución o cualquier Persona Relacionada a este, tenga acceso, genere o le<br />
entregue el Accionista Vendedor, BBVA Bancomer, o sus subsidiarias, entidades filiales (como<br />
dicho término se define en las Bases), agentes, funcionarios y/o representantes, por virtud del<br />
Procedimiento de Selección o de la Oferta de las Acciones.<br />
No se considerará para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, aquella<br />
Información que se encuentre disponible ai público en general. Asimismo, no se considerará<br />
para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, la Información o cualquier parte de<br />
ella, cuando por virtud de cualquier disposición legal aplicable se considere o deba considerarse<br />
como del dominio público o, cuando por mandamiento de autoridad competente, se requiera<br />
hacer pública.<br />
Obligaciones.<br />
La Institución se compromete a notificar de forma fehaciente e inmediata al Accionista<br />
Vendedor, para el caso de que la Institución o cualquier Persona Relacionada, requiera hacer<br />
pública la Información o parte de ella, por virtud de: (i) la entrada en vigor de una disposición<br />
legislativa y/o (ii) ordenamiento de autoridad competente. Asimismo, la Institución deberá<br />
obtener el consentimiento del Accionista Vendedor para usar la información en algún<br />
procedimiento administrativo, judicial o jurisdiccional. Lo anterior con la finalidad de que el<br />
Accionista Vendedor se encuentre en condiciones de tomar las medidas que al efecto estime<br />
pertinentes.<br />
La Institución se obliga por sí y solidariamente por cualquier Persona Relacionada, a no divulgar<br />
el hecho de tener Información, así como a mantener la confidencialidad de la misma y no<br />
proporcionar, reproducir, divulgar, referir, fotocopiar o de cualquier otra forma revelar a terceros,<br />
ya sea directa o indirectamente, parcial o totalmente dicha Información, salvo en los casos<br />
expresamente previstos en el presente Compromiso de Confidencialidad.<br />
Asimismo, la Institución se obliga informar a sus funcionarios, directores, empleados y<br />
consultores externos, sobre los términos y condiciones del presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, sea cual fuere su área de experiencia, y cuando por sus actividades<br />
profesionales tengan acceso a la Infonnación, por lo que se hace responsable de que dichos<br />
funcionarios se sujeten a lo establecido por este instrumento y que únicamente utilicen la<br />
Información para efectos de la Oferta de las Acciones.<br />
De igual manera, la Institución se obliga a devolver, en cualquier tiempo y a petición expresa del<br />
Accionista Vendedor, toda la Infonnación que le fuera proporcionada por el Accionista Vendedor<br />
o por cualquier otra persona en relación con el Procedimiento de Selección o la Oferta de las<br />
Acciones, incluyendo cualquier copia o reproducción por cualquier medio de dicha Información.<br />
SALOMÓN SMITH BARNEY INC. 3B8 Greénwich Strf.pt Now YnrW KÍY tnni'í
SALOMÓN SMITH BARNEY 212-816-8000<br />
A memberof Citigroup*<br />
Lo anterior, en el entendido de que: (i) de no ser devuelta la Información, se entenderá que se<br />
ha violado el presente Compromiso de Confidencialidad en perjuicio del Accionista Vendedor;<br />
salvo que previamente le notifique que se procederá a su destrucción y (ii) la Información que<br />
se hubiere proporcionado por vía oral, continuará sujeta a los términos y condiciones del<br />
presente Compromiso de Confidencialidad.<br />
Sin perjuicio de lo anterior, si, en relación con la Oferta de Acciones, la Institución distribuye el<br />
Prospecto de la Oferta Internacional (según dicho término se define en el Contrato anexo a las<br />
Bases), o firma el contrato de colocación con el Accionista Vendedor, lo dispuesto en esta<br />
Compromiso de Confidencialidad no evitará que tanto la Institución como el Accionista<br />
Vendedor, cumplan con las leyes y otras disposiciones aplicables en relación con dicha Oferta<br />
de Acciones, así como tampoco evitará que la Institución conserve documentos o cualquier otra<br />
información en relación con el due diligence (según dicho término se define en el Contrato<br />
anexo a las Bases) o que utilice dichos documentos o cualquier otra información como medio<br />
de defensa en contra de reclamaciones o posibles reclamaciones formuladas por los<br />
compradores, autoridades regulatorias o cualquier otra persona en relación con la Oferta de<br />
Acciones.<br />
La violación, infracción o incumplimiento de cualquier clase de las obligaciones y compromisos<br />
establecidos en el Compromiso de Confidencialidad por parte de la Institución o cualquier<br />
Persona Relacionada serán responsabilidad exclusiva de la Institución frente al Accionista<br />
Vendedor.<br />
La Institución acepta expresamente que el Compromiso de Confidencialidad estará vigente a<br />
partir de la fecha de su suscripción, y hasta la fecha en que se enajenen las Acciones BBVA<br />
Bancomer o el 31 de diciembre de 2003.<br />
La Institución se somete expresamente a la jurisdicción de las leyes aplicables y tribunales<br />
competentes del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América.<br />
El presente Compromiso de Confidencialidad se regirá, para efectos de su interpretación y<br />
cumplimiento, por las leyes aplicables y tribunales competentes del Estado de Nueva York,<br />
Estados Unidos de América.<br />
SALOMÓN SMITH BARNEY INC. 388 Greenwirh .«ítropt WPW YniV NY inni^
m<br />
SALOMONSMITH BARNEY 212-S16-8000<br />
A member of citigroup<br />
De acuerdo con lo expuesto, se firma y acepta de conformidad el presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, el día 22 de abril de 2002.<br />
Por la Institución:<br />
John A Boord<br />
Representante legal.<br />
SALOMÓN SMITH BARNEY INC. 388 Greenwich Street New York. NY 10013
-V<br />
^ UBS Warburg<br />
CARTA-COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD<br />
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />
Dirección General de Crédito Público<br />
Palacio Nacional, Patio Central,.<br />
Piso 3, Oficina 3010,<br />
Colonia Centro, Deleg. Cuahutémoc,<br />
C.P. 06000, México D.F.<br />
Presente.<br />
UBS Warburg LLC<br />
299 Park Avenue<br />
New York, NY 10171-0026<br />
Telephone212 821-4000<br />
www.ubswarburg.com<br />
m) Karl Freí, en nombre y representación de UBS Warburg LLC, (la "Institución") y con facultades<br />
suficientes para suscribir el. presente instrumento, por este conducto manifiesta al Gobierno<br />
Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito<br />
Público por conducto de la Dirección General de Crédito Público (el "Accionista Vendedor"),<br />
que: (i) asume expresamente las obligaciones y compromisos contenidos en este instrumento<br />
(el "Compromiso de Confidencialidad"), a fin de participar en el procedimiento de selección y<br />
. contratación por parte del Accionista Vendedor (el "Procedimiento de Selección"), de la<br />
institución financiera que prestará los servicios de intermediación bursátil para la enajenación<br />
de 949'838,031 (novecientos cuarenta y nueve millones ochocientos treinta y ochó mil treinta y<br />
un) acciones serie "O" (las "Acciones BBVA Bancomer") representativas del capital social de<br />
Grupo Financiero BBVA. Bancomer, S.A. de C.V., ("BBVA Bancomer"); y (ii) participará en caso<br />
de resultar seleccionada, en la realización y desarrollo de los trabajos para llevar a cabo la<br />
oferta de las Acciones BBVA Bancomer (la "Oferta de las Acciones") en los mercados de<br />
valores de México y de otros países.<br />
Definiciones.<br />
Por lo anterior, para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, se entenderán<br />
incluidos dentro del término "Oferta de las Acciones", los procedimientos conforme a los usos y<br />
sanas prácticas de mercado para la colocación de las Acciones BBVA Bancomer tanto en<br />
México como en el extranjero, así como cualquier acto, gestión y en general cualquier acción o<br />
trabajo que tenga relación con la misma, desde el inicio del Procedimiento de Selección y hasta<br />
después de concluida la enajenación de las Acciones BBVA Bancomer, en apego a los<br />
convenios y demás documentos legales que para tal efecto se adopten.<br />
Asimismo, se entenderá como "Persona Relacionada" de la Institución, a cualquier entidad<br />
afiliada (según se define en las Bases para la selección y contratación de los servicios de<br />
intermediación bursátil para realizar la enajenación de acciones representativas del capital<br />
social de Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. en los mercados de valores de<br />
México y el extranjero (las "Bases")), representante, socio, agente y empleado, que por<br />
cualquier razón tengan o llegaren a tener relación alguna con la Oferta de las Acciones.<br />
UBS Warburg LLC is a subsidiary of UBS AG.<br />
UBS Warburg is a financia! services group of UBS AG.<br />
Member SIPC<br />
Member New York Stock Exchange<br />
and other Principal Exchanges<br />
2>/-r'
v<br />
^ UBS Warburg<br />
De igual manera, se entenderá que el término "Información" comprende cualquier notificación,<br />
dato, documento o comunicación, a la que de manera previa o posterior a la fecha del presente<br />
compromiso, la institución o cualquier Persona Relacionada a este, tenga acceso, genere o le<br />
entregue el Accionista Vendedor, BBVA Bancomer, o sus subsidiarias, entidades filiales (como<br />
dicho término se define en las Bases), agentes, funcionarios y/o representantes, por virtud del<br />
Procedimiento de Selección o de la Oferta de las Acciones.<br />
No se considerará para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, aquella<br />
Información que se encuentre disponible al público en general. Asimismo, no se considerará<br />
para efectos del presente Compromiso de Confidencialidad, la Información o cualquier parte de<br />
ella, cuando por virtud de cualquier disposición legal aplicable se considere o deba considerarse<br />
como del dominio público o, cuando por mandamiento de autoridad competente, se requiera<br />
hacer pública.<br />
Obligaciones.<br />
La Institución se compromete a notificar de forma fehaciente e inmediata al Accionista<br />
Vendedor, para el caso de que la Institución o cualquier Persona Relacionada, requiera hacer<br />
pública la Información p parte de elia, por virtud de: (i) la entrada en vigor de una disposición<br />
legislativa y/o (ii) ordenamiento de autoridad competente. Asimismo, la Institución deberá<br />
obtener el consentimiento del Accionista Vendedor para usar la información en algún<br />
procedimiento administrativo, judicial o jurisdiccional. Lo anterior con la finalidad de que el<br />
Accionista Vendedor se encuentre en condiciones de tomar las medidas que al efecto estime<br />
pertinentes.<br />
La Institución se obliga por sí y solidariamente por cualquier Persona Relacionada, a no divulgar<br />
el hecho de tener Información, así como a mantener la confidencialidad de la misma y no<br />
proporcionar, reproducir, divulgar, referir, fotocopiar o de cualquier otra forma revelar a terceros,<br />
ya sea directa o indirectamente, parcial o totalmente dicha Información, salvo en los casos<br />
expresamente previstos en el presente Compromiso de Confidencialidad.<br />
Asimismo, la Institución se obliga informar a sus funcionarios, directores, empleados y<br />
consultores externos, sobre los términos y condiciones del presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, sea cual fuere su área de experiencia, y cuando por sus actividades<br />
profesionales tengan acceso a la Información, por lo que se hace responsable de que dichos<br />
funcionarios se sujeten a lo establecido por este instrumento y que únicamente utilicen la<br />
Información para efectos de la Oferta de las Acciones.<br />
De igual manera, la Institución se obliga a devolver, en cualquier tiempo y a petición expresa del<br />
Accionista Vendedor, toda la Información que le fuera proporcionada por el Accionista Vendedor<br />
o por cualquier otra persona en relación con el Procedimiento de Selección o la Oferta de las<br />
Acciones, incluyendo cualquier copia o reproducción por cualquier medio de dicha Información.<br />
Lo anterior, en el entendido de que: (i) de no ser devuelta la Información, se entenderá que se<br />
ha violado el presente Compromiso de Confidencialidad en perjuicio del Accionista Vendedor;<br />
salvo qué previamente le notifique que se procederá a su destrucción y (ii) la Información que<br />
se hubiere proporcionado por vía oral, continuará sujeta a los términos y condiciones del<br />
presente Compromiso de Confidencialidad.<br />
UBS Warburg UC
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Sin perjuicio de lo anterior, si, en relación con la Oferta de Acciones, la Institución distribuye el<br />
Prospecto de la Oferta Internacional (según dicho término se define en el Contrato anexo a las<br />
Bases), o firma el contrato de colocación con el Accionista Vendedor, lo dispuesto en esta<br />
Compromiso de Confidencialidad no evitará que tanto la Institución como el Accionista<br />
Vendedor, cumplan con las leyes y otras disposiciones aplicables en relación con dicha Oferta<br />
de Acciones, así como tampoco evitará que la Institución conserve documentos o cualquier otra<br />
información en relación con el due diligence (según dicho término se define en el Contrato<br />
anexo a las Bases) o que utilice dichos documentos o cualquier otra información como medio<br />
de defensa en contra de reclamaciones o posibles reclamaciones formuladas por los<br />
compradores, autoridades regulatorias o cualquier otra persona en relación con la Oferta de<br />
Acciones.<br />
La violación, infracción o incumplimiento de cualquier clase de las obligaciones y compromisos<br />
establecidos en el Compromiso de Confidencialidad por parte de la Institución o cualquier<br />
Persona Relacionada serán responsabilidad exclusiva de la Institución frente al Accionista<br />
Vendedor.<br />
La Institución acepta expresamente que el Compromiso de Confidencialidad estará vigente a<br />
partir de la fecha de su suscripción, y hasta la fecha en que se enajenen las Acciones BBVA<br />
Bancomer o el 31 de diciembre de 2003.<br />
La Institución se somete expresamente a la jurisdicción de las leyes aplicables y tribunales<br />
competentes del Estado de Nueva York, Estados Unidos de América.<br />
El presente Compromiso de Confidencialidad se regirá, para efectos de su interpretación y<br />
cumplimiento, por ias leyes aplicables y tribunales competentes del Estado de Nueva York,<br />
Estados Unidos de América.<br />
De acuerdo con lo expuesto, se firma y acepta de conformidad el presente Compromiso de<br />
Confidencialidad, el día 22 de abril de 2002.<br />
Sr. Karl Frei<br />
Representante legal.<br />
UBS Warburg UC