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TC-0032-17

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República Dominicana<br />

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL<br />

alegando violación a los derechos constitucionales que siguen: derecho de<br />

propiedad, artículo 51; irretroactividad de la ley, artículo 110; a la función judicial,<br />

artículo 149; por lo que pretenden la nulidad de la referida sentencia núm. 56.<br />

El presente recurso de revisión fue notificado mediante comunicación núm. 8479,<br />

emitido por la secretaria general de la Suprema Corte de Justicia el veinte (20) de mayo<br />

de dos mil trece (2013), a los señores Claudio Stephen Bujater y el licenciado Reynaldo<br />

Ramos Morel y recibido el veinticuatro (24) de mayo de dos mil trece (2013), por<br />

Madali Frias.<br />

También media Acto núm. 388/13, instrumentado por el ministerial Francisco Arias<br />

Pozo, alguacil ordinario de la Suprema Corte de Justicia, el diez (10) de julio de dos<br />

mil trece (2013), mediante el que fueron notificados, Claudio Stephen Bujatier, el Lic.<br />

Reynaldo Ramos Morel, abogado del señor Claudio Stephen Bujater, y la empresa de<br />

Comercio Bello Veloz C. por A.<br />

C) Los recurrentes en revisión, señores César Rhadames Ortíz, Ángel Odalis Ortíz<br />

Martínez, y Juan José García Morillo, interpusieron el presente recurso de revisión<br />

constitucional de sentencia el nueve (9) de julio de dos mil trece (2013), ante la<br />

Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia, alegando violación al debido<br />

proceso y a la seguridad jurídica, artículos 69 y 110 de la Constitución, por lo que<br />

pretenden la nulidad de la referida sentencia núm. 56.<br />

El presente recurso de revisión fue notificado por la Suprema Corte de Justicia<br />

mediante Comunicación núm. 1<strong>17</strong>21, del dieciocho (18) de julio de dos mil trece<br />

(2013), a los señores Claudio Stephen Bujater y Lic. Reynaldo Ramos Morel.<br />

Asimismo fueron notificados mediante Acto núm. 388/13, instrumentado por el<br />

ministerial Francisco Arias Pozo, alguacil ordinario de la Suprema Corte de Justicia,<br />

el diez (10) de julio de dos mil trece (2013), Claudio Stephen Bujatier, al Lic. Reynaldo<br />

A) Expediente núm. <strong>TC</strong>-04-2013-0094, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto<br />

indistintamente por el señor Manuel Soto y la sociedad de comercio Bello Veloz, C. por A., contra la Sentencia núm. 56, dictada por la<br />

Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia el seis (6) de<br />

febrero de dos mil trece (2013); B) Expediente núm. <strong>TC</strong>-04-2013-0102, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión<br />

jurisdiccional interpuesto por los señores César Rhadamés Ortíz, Ángel Odalis Ortíz Martínez y Juan José García Morillo contra de la<br />

Sentencia núm. 56, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario de la<br />

Suprema Corte de Justicia el seis (6) de febrero de dos mil trece (2013).<br />

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