ALTERNATIVA.pdf
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normas generales - subsistema de educación alternativa y especial<br />
la interrelación con los otros Subsistemas del Sistema Educativo<br />
Plurinacional.<br />
II.<br />
Norma todas las acciones de gestión y administración de los<br />
Centros de Educación Especial, Centros de Educación Alternativa:<br />
Educación Permanente y Educación de Personas Jóvenes<br />
y Adultas, Puntos u otros Centros de Alfabetización y Postalfabetización,<br />
de carácter fiscal, convenio y privado; además<br />
del Centro Plurinacional de Educación a Distancia - CEPEAD,<br />
Centros de Capacitación Técnica de carácter privado y el Sistema<br />
Plurinacional de Certificación de Competencias - SPCC.<br />
Artículo 3.- (Gratuidad de los Servicios de Educación Alternativa<br />
y Especial). La Educación Alternativa y Especial está destinada<br />
prioritariamente a fortalecer el acceso, permanencia y conclusión<br />
de estudios de la población en situación de exclusión, marginación<br />
o discriminación, por lo que sus servicios son de carácter gratuito,<br />
quedando terminantemente prohibidos cobros por concepto de<br />
mensualidades, reservas, matrícula o derecho de ingreso de nuevos<br />
estudiantes y obtención del Diploma de Bachiller.<br />
Artículo 4.- (Jornadas de Trabajo Comunitario). I. Con el propósito<br />
de incentivar los valores de reciprocidad y corresponsabilidad,<br />
así como la participación sociocomunitaria, las Comunidades de<br />
Producción y Transformación Educativa - CPTEs del Subsistema<br />
de Educación Alternativa y Especial, bajo responsabilidad de sus<br />
Directoras/es, organizarán “Jornadas de Trabajo Comunitario” al inicio<br />
y durante la gestión educativa. En estas Jornadas se desarrollarán:<br />
limpieza de ambientes, arreglo de mobiliario y otras actividades que la<br />
comunidad considere pertinentes. Estas actividades se realizarán en<br />
coordinación con las Unidades o Centros Educativos que comparten<br />
la infraestructura y mobiliario, así como con todos los miembros de la<br />
comunidad educativa.<br />
II.<br />
Las y los Directores Distritales Educativos realizarán el<br />
acompañamiento, seguimiento y cumplimiento de la presente<br />
disposición. El detalle de las actividades planificadas y realizadas<br />
con los Centros de Educación Alternativa y Especial debe estar<br />
incluido en el informe de fin de gestión de la Dirección Distrital<br />
Educativa y Dirección Departamental de Educación respectivas.<br />
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