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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA 1RA BRIGADA DE INFANTERIA ERD

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EJÉRCITO <strong>DE</strong> REPÚBLICA DOMINICANA<br />

MP<strong>ERD</strong>-1B<br />

el respeto al poder civil legalmente constituido y la promoción y defensa de<br />

los derechos humanos. La lealtad a la Constitución está por encima de los<br />

intereses personales o de grupos particulares. (Ley Orgánica de las Fuerzas<br />

Armadas, 2013, artículo 2, acápite 1).<br />

Este principio denota las obligaciones inherentes que tienen las Fuerzas<br />

Armadas en su papel de garante de la Constitución y las leyes, tomando<br />

estas como referente al momento de cumplir sus misiones, además, pone<br />

en relieve la relación jerárquica subordinada y obediente al poder civil legalmente<br />

constituido, así también se pone de manifiesto el respeto a los<br />

derechos humanos como ideal a defender y fomentar para la protección de<br />

los derechos inviolables que poseen las personas.<br />

Asimismo, esta ley les indica a los miembros de las Fuerzas Armadas<br />

que la lealtad a la Constitución de la República no puede estar supeditada a<br />

ningún deseo personal o grupal, debe ser el ente primario en sus convicciones.<br />

La Primera Brigada de Infantería como parte integral del Ejército de<br />

República Dominicana debe tener como norte el cumplimiento de este principio,<br />

además, al ser una unidad con múltiples misiones que le llevan a<br />

interactuar con la ciudadanía en diferentes situaciones, se hace obligatoria<br />

la orientación de las tropas en este precepto.<br />

1.4.2 Patriotismo<br />

El amor a la Patria es un sentimiento que todo militar y todo ciudadano<br />

debe llevar en su convicción personal, el militar debe procurar el bien de la<br />

Patria en todas sus dimensiones.<br />

En ese sentido el patriotismo establece el compromiso ciudadano y fomenta<br />

el respeto que debemos a la Nación y sus símbolos. Es la vinculación<br />

moral y espiritual del militar con respecto a la Patria, implicando un constante<br />

sentimiento de defensa y preservación de ésta por cada uno de sus ciudadanos.<br />

(ley orgánica de las Fuerzas Armadas, 2013, artículo 2, acápite 2).<br />

1.4.3 No Deliberantes<br />

Los militares somos obedientes al poder civil, y por ende, las decisiones<br />

u órdenes emanadas por este, son inequívocamente para cumplimiento,<br />

siempre que estas disposiciones estén apegadas al inviolable ordenamiento<br />

de la Constitución y las leyes que rigen el estado de derecho de la nación.<br />

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