22.05.2017 Views

2017 MANUAL DE CONVIVENCIA 1

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

CENTRO PILOTO SIMÓN BOLÍVAR<br />

“Educando y Ampliando Horizontes”<br />

Artículo 24. El Rector.<br />

Como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor<br />

de las decisiones del Gobierno escolar y sus funciones se encuentran establecidas<br />

la Ley 115, ley 715 y sus decretos reglamentarios, entre otros, y en el artículo 25 el<br />

decreto 1860 de 1994.<br />

CAPITULO III. CONSEJO ESTUDIANTIL<br />

Artículo 25. Definición.<br />

Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la<br />

participación por parte de los educandos. Está integrado por un vocero de cada uno<br />

de los grados ofrecido por el establecimiento. Los alumnos del nivel preescolar y de<br />

los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea<br />

conjunta para elegir a un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer<br />

grado.<br />

Artículo 26. Funciones del Consejo Estudiantil.<br />

Corresponde al consejo de estudiantes:<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

Darse su propia organización interna<br />

Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.<br />

Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas<br />

sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y aquellas que le atribuya el manual<br />

de convivencia.<br />

Proponer y ejecutar iniciativas tendientes a solucionar algún problema que a<br />

su juicio este afectando la vida estudiantil y que puede trabajar con la<br />

totalidad de los estudiantes.<br />

Artículo 27. Requisitos.<br />

Para ser candidato a vocero, líder o representante de su salón de clases, el<br />

estudiante debe cumplir como mínimo.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!