guia gas
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V.7 - VENTILACION DE LOS RECINTOS DE CENTRALIZACION DE CONTADORES.<br />
Los recintos que contienen los contadores deben de tener ventilación superior e inferior,<br />
las aberturas pueden ser por conductos u orificios.<br />
Las aberturas de ventilación seran directas: se comunicaran con el exterior o patio de<br />
ventilación.<br />
Se entiende como ventilacion indirecta: es la que proporciona una abertura que comunique<br />
el recinto de contadores con un local de uso comun (portal, vestibulo) que si tenga<br />
comunicación directa con el exterior.<br />
Para <strong>gas</strong>es mas densos que el aire, NO SE UTILIZARA la ventilación indirecta a través de<br />
recintos o espacios que estén comunicados con otras zonas situadas a UN NIVEL INFERIOR.<br />
Los conductos o aberturas de ventilación tienen que tener la superficie libre mínima que<br />
se indica en la tabla V.<br />
Si se realiza la ventilación por conducto de más de 3 metros de longitud, la superficie libre<br />
de ventilación debe incrementarse en un 50% sobre las indicadas en la Tabla V.<br />
Las aberturas de ventilación se protegerán con una rejilla fija. La ventilación directa de los