12.04.2018 Views

Oviedo_Liseth_Modulo

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

titulovalor está íntimamente relacionada con la propiedad -tenencia- del título y<br />

circula con la propiedad del documento.<br />

Entendiéndose de otra manera, que el documento (titulovalor) y el derecho<br />

en él incorporado son uno mismo, ya que si no se posee el titulavor o se muestra<br />

no puede comprobarse su derecho. No puede decirse que se tiene un derecho de<br />

crédito sino se posee el documento con el cual se acredita dicho derecho. Por<br />

ejemplo, Juan dice que tiene derecho de crédito por cien dólares, sino muestra<br />

que tiene el titulovalor, tampoco puede demostrarse que en realidad tenga el<br />

derecho de reclamar los cien dólares. Caso contrario, si Juan exhibe que tiene el<br />

titulovalor que acredita su derecho de cien dólares, entonces Juan tiene derecho<br />

porque el titulovalor lo incorpora con su simple existencia.<br />

Para esto puede entenderse lo que menciona el Art. 629, cuando dice: "El<br />

tenedor de un título tiene la obligación de exhibirlo para hacer valer el derecho que<br />

en él se consigna". (Código de Comercio salvadoreño)<br />

Además, el Art. 630, al afirmar: "La transmisión del título valor implica el traspaso<br />

del derecho principal incorporado..." (Código de Comercio salvadoreño).<br />

LEGITIMACIÓN: La legitimación se refiere a la investidura formal que deriva<br />

de la posesión del título. Para que una persona se legitime - Según la RAE probar<br />

o justificar la verdad de algo o la calidad de alguien o algo conforme a las leyesun<br />

derecho a favor suyo, debe exhibir el título, y que si no lo tiene no puede probar<br />

que es verdad lo que menciona como su derecho.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!