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COOPERATIVA DE TRANSPORTADORES RAPIDO CHICAMOCHA<br />
MANUAL DE POLITICAS CONTABLES BAJO NORMAS INTERNACIONALES DE<br />
INFORMACION FINANCIERA<br />
Cód.: AP04 Fecha: 01/01/2015 Versión:1 Página 1 de 66<br />
2. Planes de Beneficios Post-Empleo.<br />
Se clasifican en:<br />
Planes de Aportaciones Definidas (Cesantías)<br />
Planes de Beneficios Definidos.<br />
* La cooperativa no reconocerá planes de beneficios definidos, puesto que la cooperativa<br />
carece de personas activas en las retribuciones pensionales.<br />
3. Beneficios por terminación.<br />
- Los establecidos por la legislación. (2014) (Articulo 64 y 65 del Código Sustantivo<br />
del trabajo) (Sección 28, 5-10)<br />
b. Reconocimiento:<br />
1. Reconocimiento General:<br />
La cooperativa reconocerá el costo de todos los beneficios a los empleados a los que<br />
éstos tengan derecho como resultado de servicios prestados durante el periodo sobre el<br />
que se informa. (Sección 28, p. 3)<br />
Cuando un beneficio al empleado no tenga un reconocimiento especifico, se recurrirá al<br />
reconocimiento general antes mencionado.<br />
2. Reconocimiento Específico:<br />
Las ausencias de carácter acumulativo, se reconocerán a medida que los empleados<br />
prestan los servicios que incrementan sus derechos al disfrute de futuras ausencias<br />
remuneradas.<br />
La cooperativa reconocerá el costo de otras ausencias o de ausencias no acumulativas<br />
cuando éstas se produzcan.<br />
Los beneficios por terminación no proporcionan a la cooperativa beneficios económicos<br />
futuros, y los reconocerá en resultados como gasto de forma inmediata. (Sección 28, p. 5)<br />
Elaborado por: Revisado por: Aprobado por:<br />
Yury Carolina Valderrama B. Bettsy Haydee Becerra T. Aura Stella Mateus Pedraza.