21.08.2018 Views

Contrato_prestacion_servicios_PF

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Condiciones Particulares de los Fondos de Inversión<br />

1. El Titular, persona física, podrá realizar a través de los canales disponibles en cada momento la<br />

suscripción, compra, enajenación o reembolso de valores de las Instituciones de Inversión Colectiva<br />

que en cada momento estén incorporados al Servicio ING (en adelante “los Fondos de Inversión”).<br />

En caso de que el Cliente curse la orden de compra de un Fondo de Inversión por teléfono,<br />

el Cliente conoce que le será de aplicación lo dispuesto en las Condiciones Generales y que<br />

podrá solicitar la grabación de la conversación durante un período de cinco años.<br />

ING asume el compromiso de prestar <strong>servicios</strong> de inversión y auxiliares actuando con<br />

profesionalidad, honestidad, transparencia e imparcialidad, comportándose con la máxima<br />

diligencia y cuidando de los intereses de sus clientes como si fueran los propios. ING percibe de<br />

las Entidades Gestoras y Depositarias de Instituciones de Inversión Colectiva una comisión por la<br />

comercialización de los Fondos de Inversión gestionados o depositados por dichas entidades, si<br />

bien en ningún caso esta comisión supone un coste adicional para los clientes. ING cuenta, por<br />

otra parte, con una Política detallada de Incentivos, que se encuentra a disposición de los clientes<br />

en sus oficinas y puede ser consultada en la página web www.ing.es, obligándose en todo caso<br />

a remitirla a sus clientes, previa solicitud, en cualquier momento de la relación contractual.<br />

Por defecto, y salvo comunicación escrita en otro sentido, ING otorga a todos sus clientes<br />

la protección y derechos reservados a la categoría de Cliente Minorista de conformidad con<br />

la Directiva 2004/39/CE y la normativa española (Ley 47/2007 y Real Decreto 217/2008).<br />

El cliente puede optar por recibir una menor protección y ser clasificado como Cliente<br />

Profesional si así lo desea, mediante comunicación fehaciente a ING, N.V., Sucursal en<br />

España, que evaluará si se cumplen los requisitos previstos en la normativa vigente en cada<br />

momento para la admisión de la solicitud.<br />

Esta menor protección otorgada a los Clientes Profesionales se concretará en las condiciones<br />

y en la cantidad de la información que estos recibirán de ING, que será más limitada que la<br />

recibida por los Clientes Minoristas en cuanto a las condiciones de sus contratos, los <strong>servicios</strong><br />

de inversión prestados por dicha Entidad, la naturaleza y riesgos de los instrumentos<br />

financieros vinculados a dichos <strong>servicios</strong>, los costes y gastos asociados a dichos <strong>servicios</strong> e<br />

instrumentos, la ejecución de sus órdenes, la salvaguardia de sus instrumentos financieros<br />

y sus fondos y sobre la política de ejecución de órdenes de ING.<br />

A los efectos de que ING pueda evaluar su perfil de inversor y si un producto de inversión<br />

es adecuado para usted le solicitará información sobre sus conocimientos y experiencia<br />

inversora. El hecho de que usted no facilite la información que se le solicite o lo haga de forma<br />

insuficiente impedirá a ING determinar si el producto es adecuado para usted. Cuando el<br />

Banco preste exclusivamente el servicio de ejecución o recepción y transmisión de órdenes<br />

facilitadas por el cliente sobre productos de inversión no complejos, conforme a la definición<br />

de la legislación y normas de conducta aplicables, el Banco no estará obligado a evaluar<br />

la adecuación al cliente del producto o servicio de inversión de que se trate, debiendo el<br />

cliente recabar la información que estime adecuada para valorar los riesgos inherentes a<br />

tales productos y formarse su propia opinión acerca de la adecuación del mismo a su perfil.<br />

En caso de cotitularidad, ING podrá evaluar la conveniencia del producto previsto tomando<br />

como referencia al titular con mayor conocimiento y experiencia respecto del producto o<br />

servicio concreto, lo que expresamente se acepta por todos los titulares.<br />

2. Los Fondos de Inversión comercializados por el Banco no están dirigidos a ciudadanos<br />

estadounidenses o con residencia/domicilio en Estados Unidos, pudiendo ING adoptar<br />

las medidas que resulten necesarias para garantizar el cumplimiento con la normativa<br />

estadounidense, llegando incluso a la terminación del <strong>Contrato</strong>.<br />

3. La contratación de un Fondo de Inversión requiere necesariamente la existencia a nombre<br />

del Titular de una cuenta en ING. En dicha cuenta se adeudarán y abonarán los importes<br />

correspondientes a las operaciones relacionadas con los Fondos de Inversión. El derecho de<br />

ing.es<br />

33

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!