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MÓDULO 5: CONCLUSIONES


Conclusiones<br />

2


Conclusiones<br />

INDICE<br />

INDICE ........................................................................................................................................................................... 3<br />

1. CONCLUSIONES ...................................................................................................................................................... 4<br />

2. RECOMENDACIONES Y PROPUESTAS DE MEJORA .......................................................................................... 6<br />

3. CENTROS DE EXCELENCIA ................................................................................................................................... 8<br />

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Conclusiones<br />

1. CONCLUSIONES<br />

Concluimos afirmando que la Colaboración Público Privada, en cualquiera de las diversas<br />

variantes que hemos analizado durante el curso, es una herramienta de provisión de<br />

infraestructuras y gestión de servicios públicos plenamente válida y en el entorno económico<br />

actual, necesaria para el desarrollo socioeconómico.<br />

El entorno económico financiero actual, se caracteriza por:<br />

• Recursos públicos limitados: por la propia situación económica y por la reducción de<br />

fondos europeos a nuestra economía.<br />

• Limitación legal del Déficit Público: debido al Pacto por la Estabilidad y el Crecimiento<br />

de la UE.<br />

• Prioridades presupuestarias: concentrar los recursos públicos en servicios<br />

económicamente no rentables.<br />

• Resistencia ciudadana a nuevos y/o mayores impuestos.<br />

Así pues, con una Administración con restricciones de crédito, con limitaciones al<br />

endeudamiento, y con unos objetivos determinados, cada vez son más los proyectos que no<br />

verán la luz si no recurren a la colaboración del sector privado y podemos ir más allá, diciendo<br />

que se producirá la extinción de muchos, dada la gestión pública directa realizada hasta la<br />

fecha.<br />

Hemos visto en los diversos temas tratados, numerosas ventajas de las CPP, que resumimos a<br />

continuación:<br />

• Ventajas para el Gobierno:<br />

o<br />

o<br />

No precisa detraer recursos de otras inversiones socialmente prioritarias<br />

(sanidad, educación…)<br />

Traslada al usuario o pospone el pago de la infraestructura.<br />

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Conclusiones<br />

• Ventajas para los usuarios:<br />

o<br />

o<br />

Disponer de la infraestructura antes de lo que sería posible con financiación<br />

presupuestaria (coste de oportunidad difícil de valorar).<br />

Disponer de una infraestructura en mejor estado de conservación.<br />

• Ventajas para los inversores privados:<br />

o<br />

Abre oportunidades de negocio rentables.<br />

• Ventajas para la sociedad:<br />

o<br />

o<br />

Impulso sobre la actividad económica en general (economías externas).<br />

Asignación eficiente de recursos (mecanismo de precios, mercado).<br />

Si bien no podemos olvidar que también suponen inconvenientes:<br />

• Inconvenientes para el Gobierno:<br />

o<br />

o<br />

o<br />

Trasladar al usuario el coste no es políticamente rentable.<br />

Posponer el pago de la infraestructura puede ahogar las cuentas públicas de<br />

futuros ejercicios si no se planifica adecuadamente.<br />

En principio es más caro que una obra presupuestaria tradicional.<br />

• Inconvenientes para los usuarios:<br />

o<br />

Pagar por usar una infraestructura puede no ser comprendido por todos.<br />

• Inconvenientes para los inversores privados:<br />

o<br />

o<br />

Negocio con más riesgos que una obra presupuestaria tradicional.<br />

Negocio sensible a estado general del mundo financiero.<br />

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Conclusiones<br />

2. RECOMENDACIONES Y PROPUESTAS DE MEJORA<br />

De la experiencia en gestión de CPP's así como del análisis de la evolución de distintos<br />

contratos celebrados en España, se extraen una serie de recomendaciones y propuestas de<br />

mejora que relacionamos a continuación:<br />

La transmisión de riesgos debe ser adecuada de tal forma que se transfieran los riesgos que la<br />

empresa privada puede gestionar mejor que la administración pública. De esta forma se<br />

introducirá la eficiencia de la empresa privada en el proceso. Transferir (de manera íntegra) el<br />

riesgo de expropiaciones o el riesgo de tráfico sin que existan "herramientas" por parte del<br />

socio privado para su gestión es introducir ineficiencias en el procedimiento que se traducirán<br />

en perjuicios para todas las partes. El riesgo y ventura debe ser real y proporcionado en toda<br />

su extensión.<br />

Se deberían licitar contratos que sean viables, y para que sean viables, deben presentar una<br />

adecuada rentabilidad, que haga atractivo el contrato a los licitadores.<br />

Los criterios de licitación deben ser claros y sencillos, además de no entrar en contradicciones<br />

entre ellos.<br />

En los estudios de viabilidad correspondientes a pagos por demanda, los estudios previos<br />

deben hacerse con la mayor exactitud posible, integrando cuantas variables sean necesarias y<br />

empleando, en la medida de lo posible, los datos de demanda más próximos y actualizados en<br />

el tiempo que sea posible. Además, la Administración debe detectar ofertas agresivas que<br />

liciten con tráficos (demanda) que no se ajusten a la realidad.<br />

La Administración debe ser cautelosa a la hora de analizar las ofertas de los licitadores<br />

debiendo primar, por encima de todo, el análisis técnico y económico, aplicado a todo el plazo<br />

del contrato, evitando decisiones políticas, o análisis erróneos (menor plazo sin atender a otros<br />

criterios, menor coste inicial, etc.).<br />

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Conclusiones<br />

El reequilibrio de los contratos debe aplicarse siempre que proceda, beneficie a la parte que<br />

beneficie, y siempre cuando suponga una mejora en el objeto del contrato y en el servicio<br />

asociado al mismo. No debe utilizarse nunca para compensar bajas agresivas, gestiones<br />

ineficaces o actuaciones oportunistas de la Administración.<br />

La Administración debe ser firme en la interpretación de los contratos y consecuente con sus<br />

actos. En los pagos por disponibilidad, debe hacerse una objetiva, clara y "simétrica" definición<br />

de los indicadores y una estricta aplicación de los mismos.<br />

Debe eliminarse el vínculo entre la Responsabilidad Patrimonial de la Administración y las<br />

ofertas agresivas, ya que utilizan la RPA como garantía ante las entidades financieras como<br />

criterio de licitación, lo que puede considerase una postura oportunista.<br />

En general, debe existir más transparencia en el proceso, sobre todo de cara al usuario o al<br />

ciudadano, que dependiendo de en qué casos, es el que acaba "pagando" el servicio.<br />

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Conclusiones<br />

3. CENTROS DE EXCELENCIA<br />

Los centros de excelencia son organismos sin ánimo de lucro cuyos objetivos principales<br />

radican en optimizar las licitaciones que llevan a cabo en materia de CPP las Administraciones<br />

Públicas, así como proveer apoyo en el desarrollo de los contratos de colaboración públicoprivada.<br />

Una característica muy importante de este tipo de organismos es que no persigue obtener<br />

beneficios, lo que garantiza su independencia.<br />

Los centros de excelencia, están indicados principalmente para ayudar al Sector Público y a<br />

Asociaciones Empresariales (construcción, operadores de servicios, financieras, legales, de<br />

seguros, comunicaciones, etc.). Para ello y con el fin de dar un apoyo adecuado a las<br />

Administraciones y asociaciones, requieren de un carácter investigador y a su vez didáctico.<br />

En el Reino Unido, uno de los países de referencia en materia de colaboraciones público<br />

privadas, se ha creado el PUK (Partnerships United Kingdom), que en sí mismo es una CPP<br />

puesto que está participada en un 51% por el sector privado y en un 49% por el sector público.<br />

El PUK participa en la mayoría de procesos de CPP en Reino Unido para garantizar su calidad<br />

e idoneidad, gozando de total apoyo de las Administraciones y de autonomía de decisión.<br />

En España se ha creado el Centro Español de Excelencia y Conocimiento de la Colaboración<br />

Público Privada, que se desarrolla en el apartado siguiente.<br />

Finalmente, en otros países como Alemania, Francia o Australia también utilizan la fórmula que<br />

maneja el Reino Unido a pesar de tener una tradición concesional mucho menor a la de<br />

España.<br />

CECOPP<br />

El Centro Español de Excelencia y Conocimiento de la Colaboración Público Privada nace,<br />

como se define en su página web, para valorizar la evolución positiva que han tenido en los<br />

últimos decenios los contratos de Concesión Administrativa de Obra Pública en España y para<br />

poner de manifiesto la solvencia profesional y los motivos del creciente prestigio de muchas<br />

compañías españolas aupadas a los primeros lugares del ranking mundial de PPPs.<br />

8


Conclusiones<br />

De la misma manera, CECOPP pretende impulsar el perfeccionamiento de las actuaciones en<br />

el campo de la Participación Privada en la financiación y gestión de Servicios Públicos tanto<br />

para las Administraciones Públicas, sea cual fuere su ámbito de influencia territorial, como para<br />

Instituciones y Asociaciones Públicas y Privadas de los agentes intervinientes en todo el<br />

proceso.<br />

CECOPP también está enfocada a la difusión de información, la agilización de trámites, la<br />

revisión de proyectos bajo perspectivas de idoneidad y viabilidad de los trabajos y sus<br />

condiciones de ejecución y operación y la labor de arbitraje ante las legítimas discrepancias,<br />

así como el fomento de las relaciones profesionales tanto a nivel nacional como internacional<br />

constituyendo un foro permanente de diálogo, contraste de metodologías y relaciones<br />

intersectoriales, sin olvidar tareas fundamentales como la pedagógica y la editorial.<br />

Tal y como define el CECOPP en sus estatutos sus funciones son las siguientes:<br />

• Velar por la satisfacción de los intereses generales en el ámbito concesional y de la<br />

colaboración público-privada para el desarrollo y gestión de infraestructuras y la<br />

prestación de servicios públicos.<br />

• Promover la constante mejora de la calidad de los mecanismos y procedimientos<br />

concesionales y de contratación.<br />

• Colaborar con la Administración General del Estado, Administraciones Autonómicas y<br />

Locales en el ejercicio de sus respectivas competencias.<br />

• Promover y organizar actividades, seminarios, cursos y conferencias, cara a la<br />

divulgación y mejor conocimiento general de los procedimientos concesionales y de<br />

la colaboración público-privada.<br />

• Permanecer en contacto permanente con la Universidad al objeto de promover,<br />

conjuntamente, aquellas actividades de estudios que fueren pertinentes en cada<br />

momento.<br />

• Realizar estudios, emitir informes, elaborar estadísticas y llevar a cabo cualesquiera<br />

otras actividades relacionadas con sus fines, que le sean solicitadas o que acuerde<br />

por su propia iniciativa.<br />

• Organizar un servicio de <strong>doc</strong>umentación especializado en el ámbito de la<br />

colaboración público-privada y en materia de concesiones administrativas, con<br />

especial hincapié en pliegos de cláusulas administrativas.<br />

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Conclusiones<br />

Constituir un fondo bibliográfico especializado y actualizado permanentemente, al<br />

objeto de reunir, en la mayor medida posible, la bibliografía y publicaciones de todo<br />

tipo existente en relación con el mundo concesional.<br />

• Proponer y promover las modificaciones legislativas que fueren pertinentes en el<br />

ámbito concesional, dentro de los cauces y por los procedimientos establecidos por la<br />

legislación vigente.<br />

• Ofrecer, organizar y promover un servicio de asesoramiento y apoyo y de información<br />

técnica, en el ámbito concesional, abierto a cuantas personas, entidades y<br />

Administraciones lo soliciten.<br />

• Ejercer cuantas iniciativas o acciones sean necesarias o convenientes para el<br />

cumplimiento de los fines y funciones previstos en los apartados anteriores.<br />

• Difundir la información, experiencias, precedentes y buenas prácticas en el ámbito de<br />

la colaboración público-privada y en materia concesional de infraestructuras y<br />

servicios públicos.<br />

• Promover la racionalización de métodos y prácticas que permitan unificar y agilizar<br />

trámites, evitar conflictos, optimizar costes en el ámbito concesional.<br />

• Fomentar las relaciones con entidades, centros e instituciones, comunitarios y no<br />

comunitarios, públicos o privados que dediquen sus esfuerzos a finalidades<br />

coincidentes con el Centro con objeto de intercambiar experiencias y conocer<br />

desarrollos de supuestos de colaboración público-privada y concesionales de<br />

infraestructuras y servicios públicos en otros países.<br />

• Estudiar y promocionar acciones de comunicación encaminadas a crear y mantener<br />

una imagen positiva de la colaboración público-privada en el ámbito de las<br />

infraestructuras y servicios públicos.<br />

• Informar en todas aquellas consultas que se formulen por sus asociados o por<br />

terceros, poniendo en conocimiento de los mismos la información que posea sobre<br />

todos aquellos problemas que puedan ser de su interés y emitir los dictámenes que<br />

se le soliciten.<br />

• Informar proyectos y planes a petición de cualesquiera Administraciones y poner a<br />

disposición de aquellas que lo soliciten la experiencia contrastada de proyectos<br />

similares ya adjudicados.<br />

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Conclusiones<br />

• Identificar y estudiar los problemas técnicos, jurídicos, administrativos, financieros y<br />

fiscales que planteen las actividades concesionales de infraestructuras y servicios<br />

públicos y cualquier fórmula de colaboración público-privada.<br />

• Ejercer funciones de arbitraje en los asuntos y conflictos que sean sometidos a su<br />

conocimiento para su resolución, todo ello conforme a la legislación vigente general<br />

en la materia.<br />

• Elaborar y aprobar sus propios presupuestos anuales de ingresos y gastos y formular<br />

y aprobar las cuentas anuales de la entidad.<br />

• Establecer y exigir las aportaciones económicas y/o cuotas que se establezcan de<br />

sus asociados.<br />

• Cualquier otra función que pueda asumir por acuerdo de la Asamblea General en el<br />

ámbito genérico de su competencia.<br />

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