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MÉXICO<br />
EL PODER<br />
DE LA ABOGACÍA<br />
EN MÉXICO<br />
SUPLEMENTO ESPECIAL<br />
Octubre, 2019 | newsweekespanol.com<br />
Piedra angular de la justicia, a los<br />
profesionales del derecho se acude cuando se<br />
tiene un problema legal o antes de tomar una<br />
decisión que podría implicar consecuencias.<br />
Suplemento comercial para News for America, LLC • Coordinador editorial: Joel Aguirre A.<br />
Gerente de contenidos comerciales: Jorge Guzmán • Redacción: Patricia Sánchez
La SCJN y sus ministros:<br />
la más alta autoridad del país<br />
El máximo tribunal constitucional tiene como<br />
responsabilidad fundamental la defensa del<br />
orden establecido por la Constitución Política<br />
de los Estados Unidos Mexicanos.<br />
La Suprema Corte de Justicia de la<br />
Nación (SCNJ) es el máximo tribunal<br />
constitucional del país y preside<br />
el Poder Judicial de la Federación,<br />
encargado de impartir la justicia.<br />
Sus objetivos primordiales son, en primera<br />
instancia, velar porque se cumpla la Constitución<br />
Política de los Estados Unidos<br />
Mexicanos y mantener el equilibrio entre<br />
los distintos poderes y ámbitos de gobierno.<br />
Además, es responsable de solucionar, de<br />
manera definitiva, asuntos que son de gran<br />
importancia para la sociedad. En esa virtud,<br />
y toda vez que imparte justicia en el más alto<br />
nivel, es decir, el constitucional, no existe en<br />
nuestro país autoridad que se encuentre por<br />
encima de ella o recurso legal que pueda ejercerse<br />
en contra de sus resoluciones.<br />
La SCNJ está conformada por 11 ministros,<br />
cuyo cargo dura 15 años. Existe un<br />
presidente, y dos salas. Los ministros que<br />
conforman la corte hoy en día se enlistan<br />
a continuación.<br />
PRESIDENTE DE LA SCJN<br />
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Nació en<br />
Querétaro, tiene 60 años y es egresado de<br />
la Escuela Libre de Derecho.<br />
Tiene especialidad en Derecho Constitucional<br />
y Administrativo por la División de<br />
Estudios de Maestría y Doctorado en Derecho<br />
de la Facultad de Derecho de la UNAM.<br />
Asumió el cargo como ministro presidente<br />
de la Suprema Corte de Justicia de la<br />
Nación el 2 de enero de 2019 y lo ocupará<br />
durante cuatro años, hasta el 31 de diciembre<br />
de 2022.<br />
Algunas de sus aportaciones en la SCJN<br />
han sido: el derecho a la igualdad y no discriminación,<br />
los criterios sobre la obligatoriedad<br />
para todos los jueces y juezas de<br />
juzgar con perspectiva de género, el uso lúdico<br />
de la marihuana, los parámetros para<br />
la efectividad de los derechos de los niños<br />
a ser escuchados y participar en procedimientos<br />
judiciales y los estándares para los<br />
procesos sobre menores víctimas de abuso<br />
sexual y víctimas de delitos de violación y<br />
secuestro.<br />
MINISTROS DE LA PRIMERA<br />
SALA<br />
Juan Luis González Alcántara Carrancá,<br />
presidente. Nació en Ciudad de México,<br />
tiene 70 años y es licenciado y doctor en<br />
Derecho por la UNAM.<br />
Tiene especialidad en finanzas públicas,<br />
maestría en Relaciones Internacionales por<br />
la Escuela Fletcher de Derecho y maestría<br />
en Derecho Civil por la Universidad de Barcelona.<br />
Asumió el cargo el 20 de diciembre de<br />
2018. Algunas de sus aportaciones son: en<br />
2000 creó el Centro de Convivencia Familiar<br />
Supervisada con la intención de reestablecer<br />
las relaciones paterno-filiales en las<br />
controversias del orden familiar; fundó el<br />
Centro de Justicia Alternativa, que permite<br />
la mediación, conciliación, y arbitraje como<br />
“métodos de despresurización de la justicia<br />
contenciosa”; e instituyó la Dirección de<br />
Derechos Humanos, considerada una de las<br />
primeras en un Tribunal Superior, destinada<br />
a sensibilizar a los operadores judiciales<br />
e impulsar una gestión judicial moderna,<br />
progresista e incluyente.<br />
Luis María Aguilar Morales. Es de Ciudad<br />
de México, tiene 69 años y egresó de la<br />
UNAM. Asumió el cargo el 1 de diciembre<br />
de 2009.<br />
Algunas de sus aportaciones son: fungió<br />
como presidente de la SCJN y del Consejo<br />
de la Judicatura Federal para el periodo<br />
de enero de 2015 a diciembre de 2018;<br />
presidente del Comité Técnico para la elaboración<br />
de los exámenes del “Concurso<br />
Interno de Oposición para la designación<br />
de jueces de distrito”, y presidente del jurado<br />
correspondiente al concurso interno<br />
en materia administrativa; y conferencista<br />
con el tema “La impartición de justicia en<br />
el Estado mexicano”, dictada en la Maestría<br />
en Administración Militar para la Seguridad<br />
y Defensa Nacionales.<br />
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Es de<br />
Cuernavaca, Morelos, tiene 50 años y estudió<br />
en la UNAM.<br />
Es maestro en Derecho por la Universidad<br />
de Harvard y certificado en Tributación<br />
Internacional.<br />
Asumió su cargo el 1 de diciembre de<br />
2012, y algunas de sus aportaciones son:<br />
sostener que la Constitución no discrimina<br />
en temas de orientación sexual; proponer<br />
que los casos sean analizados con perspectiva<br />
de género; favorecer el rol interpretativo<br />
de la Corte en casos relacionados con<br />
alegatos sobre detenciones arbitrarias,<br />
tortura, confesiones coaccionadas, abuso<br />
de la fuerza por parte de la policía, entre<br />
otros.<br />
Jorge Mario Pardo Rebolledo. Es de<br />
Xalapa, Veracruz, tiene 58 años y es egresado<br />
de la Escuela Libre de Derecho.<br />
Es maestro en Derecho de Amparo y<br />
doctorado en Ciencias Penales por el Instituto<br />
de Ciencias Jurídicas de Estudios Su-<br />
32 NEWSWEEK MÉXICO
LA SCJN es responsable de solucionar asuntos que son de gran importancia para la sociedad.<br />
FOTO: CUARTOSCURO<br />
periores. Asumió su cargo el 1 de febrero<br />
de 2011.<br />
Algunas aportaciones suyas son: en<br />
abril de 2016 votó en contra del primer<br />
amparo a cuatro personas para el autoconsumo<br />
lúdico de marihuana; elaboró<br />
el proyecto de las impugnaciones a la Ley<br />
de Seguridad Interior en el que proponía<br />
validar la competencia del Congreso de la<br />
Unión para legislar en materia de “seguridad<br />
interior”.<br />
Norma Lucía Piña Hernández. Es de<br />
Ciudad de México y egresó de la UNAM.<br />
Tiene doctorado por la División de Estudios<br />
de Posgrado de la UNAM.<br />
Asumió su cargo el 10 de diciembre de<br />
2015. Algunas de sus aportaciones son: fue<br />
presidenta de la Primera Sala de la SCJN;<br />
participó en la defensa de la voluntad pro<br />
creacional y filiación por maternidad subrogada;<br />
la modificación del acta de nacimiento<br />
para identidad de género, las<br />
pruebas oficiosas en asuntos de alimentos<br />
para menores, y el derecho de la víctima de<br />
violencia intrafamiliar a recibir indemnización<br />
por daño moral.<br />
MINISTROS DE LA SEGUNDA<br />
SALA<br />
Javier Laynez Potisek, presidente. Es de<br />
Torreón, Coahuila, tiene 60 años y estudió<br />
en la Universidad Regiomontana.<br />
Tiene maestría en Derecho Público,<br />
maestría en Administración Pública y doctorado<br />
en Derecho Público por la Universidad<br />
de París. Asumió su cargo en diciembre<br />
de 2015.<br />
Algunas aportaciones suyas son: rechazó<br />
reanudar el concurso de aspirantes<br />
a juez al detectar la venta ilegal de los<br />
exámenes del Vigésimo Octavo Concurso<br />
Interno de Oposición para Juez de Distrito;<br />
concedió la suspensión provisional a<br />
la aplicación de los decretos emitidos por<br />
Jalisco y Nayarit a principios de 2018 en los<br />
que se delimitan los territorios de Mezquitic,<br />
Jalisco, y el Nayar, Nayarit.<br />
Yasmín Esquivel Mossa. Es de Ciudad<br />
de México, tiene 56 años y es egresada de<br />
la UNAM.<br />
Es doctora en Derecho por la Universidad<br />
Complutense de Madrid y diplomada<br />
en Gobierno y Administración Pública por<br />
el Instituto Nacional de Administración<br />
Pública. Asumió su cargo el 13 de marzo<br />
de 2019.<br />
Algunas de sus aportaciones son: fue<br />
electa secretaria del Consejo Directivo de la<br />
Asociación Mexicana de Juzgadoras, A. C.;<br />
recibió la presea “Mujeres por la Igualdad<br />
2018”, que otorga la Asociación Mexicana<br />
de Juzgadoras, A. C.<br />
José Fernando Franco González Salas.<br />
Es de Ciudad de México, tiene 69 años y<br />
es egresado de la Escuela Libre de Derecho.<br />
Tiene estudios en Administración Pública<br />
y Ciencias Políticas por la Universidad<br />
de Warwick. Asumió su cargo el 12 de<br />
diciembre de 2006.<br />
Algunas aportaciones suyas son: fue<br />
presidente de la Segunda Sala de la Suprema<br />
Corte de Justicia de la Nación en el periodo<br />
2008-2009.<br />
Eduardo Tomás Medina Mora Icaza.<br />
Es de Ciudad de México, tiene 62 años y es<br />
egresado de la UNAM.<br />
Asumió su cargo el 10 de marzo de 2015,<br />
y algunas de sus aportaciones son: es autor<br />
de diversas publicaciones en español e<br />
inglés que tratan temas relacionados con<br />
política exterior, seguridad nacional y comercio<br />
exterior.<br />
Alberto Pérez Dayán. Es de Ciudad de<br />
México, tiene 58 años y es egresado de la<br />
Universidad La Salle.<br />
Tiene especialidad en Amparo en la<br />
Universidad Panamericana y en el Instituto<br />
Mexicano del Amparo, especialidad en<br />
Derecho Constitucional y Administrativo,<br />
maestría en Derecho y doctorado en Derecho<br />
por la UNAM y especialización judicial<br />
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.<br />
Asumió su cargo el 22 de noviembre de<br />
2012, y algunas de sus aportaciones son:<br />
conferencista en Baker McKenzie en Madrid<br />
con el tema “La convencionalidad y constitucionalidad<br />
en el arbitraje”; encargado de<br />
analizar la acción de inconstitucionalidad<br />
que interpusieron senadores del PRI, PAN,<br />
PRD y Movimiento Ciudadano contra la Ley<br />
Federal de Remuneraciones de los Servidores<br />
Públicos, la cual impide que cualquier<br />
funcionario gane más que el presidente de<br />
la república.<br />
NEWSWEEK MÉXICO<br />
33
El juicio de amparo,<br />
el medio de defensa más eficaz<br />
Este instrumento legal es el más utilizado contra<br />
leyes y actos de autoridad en nuestro país.<br />
Si bien es cierto que en México el<br />
juicio de amparo tiene una larga<br />
historia de aplicación y buenos<br />
resultados a favor de los gobernados,<br />
también lo es que, frente<br />
a los cambios que la realidad política,<br />
económica, social y cultural ha traído en<br />
las relaciones entre las personas y los integrantes<br />
del gobierno, como son los Poderes<br />
Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en los niveles<br />
federal, estatal y municipal, ha sido<br />
necesario actualizar y modernizar dicho<br />
medio de defensa (en sus diferentes áreas<br />
de aplicación, como lo son, entre otras, la<br />
materia administrativa, civil y mercantil),<br />
a partir de su fuente primaria que es la<br />
Constitución Federal y su Ley Reglamentaria<br />
que es la Ley de Amparo.<br />
Dentro de los temas más destacados de<br />
tal actualización y modernización se encuentran<br />
los de: 1) El objeto ampliado del<br />
juicio de amparo; 2) El interés legítimo en<br />
el juicio de amparo; 3) La suspensión de<br />
las leyes reclamadas en cuanto a su aplicación;<br />
y la suspensión de los actos de autoridad<br />
reclamados, con efectos restitutorios<br />
para restablecer al gobernado de manera<br />
anticipada y entre tanto dura el juicio, en<br />
el goce perdido de sus derechos legalmente<br />
tutelados.<br />
Respecto al primer tema, tenemos que<br />
se precisan los derechos humanos reconocidos<br />
en la propia Constitución, así como<br />
en los tratados internacionales de los que<br />
el Estado mexicano forme parte, y las garantías<br />
específicas para su protección, las<br />
cuales surgen tanto en los elementos integrantes<br />
de los derechos humanos, como<br />
en el juicio de amparo, teniendo obligación<br />
todas las autoridades de promover, respetar,<br />
proteger y garantizar los derechos<br />
humanos, sobre la base de que las normas<br />
relativas a estos siempre deberán interpretarse<br />
y aplicarse favoreciendo en todo<br />
tiempo a las personas la protección más<br />
amplia, lo que se conoce como principio<br />
pro persona.<br />
Respecto al segundo tema, tenemos que<br />
anteriormente el juicio de amparo solo podía<br />
promoverse bajo un interés jurídico consistente<br />
en que el gobernado es el titular del<br />
derecho que estima afectado; actualmente,<br />
se ha incorporado una nueva figura para<br />
ampliar la debida y eficaz protección de los<br />
gobernados frente a las leyes y actos de autoridad<br />
que los afecten, denominada interés<br />
legítimo.<br />
Dicha figura novedosa consiste en que<br />
algún acto de autoridad cause presuntos<br />
daños a determinada persona que resienta<br />
una afectación personal o colectiva, por<br />
pertenecer a determinada colectividad y<br />
que interponga una demanda de amparo,<br />
en temas, entre otros, para la protección,<br />
de la salud, el medioambiente o el desarrollo<br />
urbano.<br />
Respecto al tercer tema, tenemos que<br />
actualmente, en un avance muy importante,<br />
la Ley de Amparo permite en materia de suspensión<br />
en contra de leyes, que el juez ordene<br />
que se impida la aplicación de los efectos y<br />
consecuencias de la norma reclamada en<br />
esfera jurídica del gobernado, como actos<br />
subsecuentes. Y atendiendo a la naturaleza<br />
de determinados actos reclamados, ahora es<br />
posible reestablecer al gobernado de manera<br />
provisional y anticipada, en el goce de los<br />
derechos que le fueron indebidamente afectados,<br />
lo que permite preservar la materia<br />
del juicio y evitar una larga espera en tanto<br />
se dicta sentencia de fondo en el amparo, así<br />
como la causación de daños, pudiendo citarse<br />
también, como ejemplo, el lanzamiento<br />
de un inquilino de la propiedad arrendada,<br />
que con base en dicha suspensión de restablecimiento<br />
en sus derechos, puede el juez<br />
de amparo decretar que regrese a ocupar el<br />
inmueble ocupado, frente a posibles violaciones<br />
causadas en su perjuicio.<br />
Para finalizar es importante comentar<br />
que, en los últimos años, la sociedad, en<br />
especial el sector empresarial, ha tomado<br />
una actitud más activa en defensa y<br />
protección de sus derechos en la materia<br />
administrativa, lo que coloca el ejercicio<br />
del juicio de amparo en tal materia en una<br />
necesidad concurrente tanto para las personas<br />
físicas como para las personas morales<br />
o sociedades, respecto al ejercicio de<br />
sus actividades, negocios u objeto social,<br />
razón por la cual la asesoría de una Firma<br />
Legal, como es el caso de Brodermann<br />
& Asociados, resulta fundamental en los<br />
ámbitos preventivos y correctivos, toda vez<br />
que somos líderes en el manejo de juicios<br />
de amparo administrativos.<br />
FOTO: ADOBE STOCK<br />
34 NEWSWEEK MÉXICO
E x c e l e n c i a e n S o l u c i o n e s J u r í d i c a s<br />
w w w . b r o d e r m a n n . c o m . m x<br />
L i t i g i o d e e x c e l e n c i a a n t e t o d a c l a s e d e a u t o r i d a d e s<br />
m a t e r i a l y f o r m a l m e n t e j u r i s d i c c i o n a l e s , a p a r t i r d e<br />
p r i n c i p i o s d e c o n v e n c i o n a l i d a d , c o n s t i t u c i o n a l i d a d ,<br />
l e g a l i d a d , r e g l a m e n t a r i o s , n o r m a t i v o s y r e g u l a t o r i o s<br />
A s e s o r í a p r e c i s a , p r e v e n t i va y c o r r e c t i va pa r a l a s n e c e s i d a d e s d e n u e s t r o s c l i e n t e s<br />
C a pa c i d a d d e c a m b i o , a c t u a l i z a c i ó n p e r m a n e n t e y m e j o r a c o n t i n u a<br />
l i t i g i o<br />
a s e s o r í a<br />
• Constitucional<br />
y amparo<br />
• Derecho corporativo<br />
y contractual<br />
• Civil y mercantil<br />
• Desarrollo urbano<br />
• Fiscal,<br />
administrativo<br />
y agrario<br />
• Energía<br />
• Propiedad intelectual<br />
• Expropiaciones<br />
• Telecomunicaciones<br />
• Comercio exterior<br />
• Competencia económica<br />
A g u s t í n M a n u e l C h á v e z N o . 1 , d e s p a c h o 1 0 4 , C o l . C e n t r o C i u d a d S t a . F e , a l c a l d í a Á l v a r o O b r e g ó n<br />
C . P. 0 1 2 1 0 , M é x i c o , C i u d a d d e M é x i c o<br />
T e l . ( 5 5 ) + 5 2 9 2 - 8 1 3 0<br />
i n f o @ b r o d e r m a n n . c o m . m x
Retos y oportunidades en materia<br />
colectiva tras la reforma laboral<br />
Desde el 1 de mayo, los juzgados laborales se incorporaron al Poder<br />
Judicial, con lo que se eliminaron las Juntas de Conciliación y Arbitraje.<br />
Tras la reforma laboral que entró en<br />
vigor el 1 de mayo de 2019, los socios<br />
fundadores de Diez de Bonilla, Kuri<br />
y Asociados, S. C. nos comparten sus<br />
visiones sobre los retos y oportunidades<br />
que esta implica en materia de derechos<br />
colectivos de trabajo.<br />
La reforma laboral, por su propia naturaleza,<br />
resulta ser de las llamadas de gran calado.<br />
Esta ordena la incorporación de los juzgados laborales<br />
dentro del Poder Judicial, con lo que se<br />
eliminan las Juntas de Conciliación y Arbitraje<br />
y se crea, a su vez, una instancia de conciliación<br />
obligatoria previa en los tribunales, el Centro<br />
Federal de Conciliación y Registro Laboral, y los<br />
centros de conciliación en el ámbito local. El primero<br />
es responsable del depósito y registro de<br />
los contratos colectivos de trabajo, tanto locales<br />
como federales, así como del registro de los sindicatos,<br />
con lo que se establecen procedimientos<br />
y requisitos para asegurar la libertad de negociación<br />
colectiva y se garantiza la representatividad<br />
de las organizaciones sindicales.<br />
Ante la exigencia actual de la representatividad<br />
sindical, nos encontramos con la abolición<br />
de los llamados contratos colectivos de<br />
trabajo de protección, los cuales se celebran sin<br />
el consentimiento de los trabajadores, solo con la<br />
suscripción del secretario general del sindicato<br />
y sin formalidad habilitante alguna, más que las<br />
que su propio estatuto sindical le otorgue y la<br />
del patrón. Estos contratos colectivos han sido<br />
denunciados ante la propia Organización Internacional<br />
del Trabajo (OIT) como una práctica<br />
que vulnera los derechos de la libertad sindical<br />
de los trabajadores en menoscabo de sus condiciones<br />
de trabajo.<br />
“La proliferación de los contratos colectivos<br />
de protección ha obedecido, no para vulnerar<br />
los derechos de los trabajadores ni su libertad<br />
de asociación ni tampoco para acotar sus condiciones<br />
de trabajo, sino más bien para proteger<br />
los derechos de los propios y auténticos trabajadores,<br />
así como los derechos del patrón, ante un<br />
emplazamiento a huelga espurio, es decir, sin la<br />
Alfredo Kuri y José Antonio Diez de Bonilla, fundadores<br />
de la firma Diez de Bonilla, Kuri y Asociados.<br />
representación de los trabajadores y con el solo<br />
interés de obtener la firma del contrato colectivo<br />
para el beneficio económico de la organización<br />
sindical”, asegura José Antonio Diez de Bonilla<br />
Altamirano.<br />
Ahora, al establecer la ley que debe de tenerse<br />
la certeza de la representatividad sindical,<br />
tanto para el depósito como para la solicitud en<br />
la celebración de un contrato colectivo de trabajo,<br />
ya no será necesario la celebración de contrato<br />
alguno de protección.<br />
Por lo tanto, ya no dependerá ni de la parte<br />
patronal ni del sindicato que exista o no una<br />
vida sindical en un centro de trabajo, sino propiamente<br />
de la voluntad de los trabajadores, por<br />
lo que el reto y, a su vez, oportunidad de toda<br />
empresa, será el de entablar un vínculo directo<br />
de diálogo, respeto y comunicación veraz con<br />
los propios trabajadores, sin que sea necesaria<br />
la intervención de un interlocutor, como lo es<br />
el sindicato.<br />
“Lo que se pretende es privilegiar al trabajador<br />
en sus derechos plenos y no a los sindicatos<br />
como un ente corporativo controlador y de contención”,<br />
sostiene Alfredo Kuri.<br />
Previo a esta reforma, con una ley tan permisiva<br />
para hacer valer los derechos colectivos a<br />
través de un sindicato, las autoridades laborales<br />
federales se congratulaban por no existir huelgas<br />
estalladas en México. Dicha aseveración obedecía<br />
únicamente a la inexistencia de legítima representatividad<br />
de los trabajadores.<br />
“El tema actual no es evitar la actividad sindical<br />
ni tampoco las huelgas, el objetivo es tener<br />
una verdadera representación de los trabajadores<br />
y con una autoridad que verdaderamente resuelva<br />
las contiendas”, añade Kuri Monterrubio.<br />
Nos encontramos entonces ante una gran<br />
oportunidad para revindicar el legítimo ejercicio<br />
de los derechos colectivos de los trabajadores<br />
mediante los sindicatos con certeza<br />
en su representatividad y, en consecuencia,<br />
con una eficaz negociación colectiva donde<br />
la huelga sea un medio eficiente y veraz para<br />
llegar al acuerdo, quedando pendiente el reconocer<br />
el derecho de las coaliciones obreras<br />
para el mismo efecto.<br />
Sin lugar a dudas, la reforma marca el<br />
inicio de un verdadero cambio para empoderar<br />
al trabajador y no a los sindicatos para<br />
hacer valer sus derechos colectivos. Este será<br />
el reto a cumplir.<br />
FOTO: ALEJANDRO PONCE DE LEÓN<br />
36 NEWSWEEK MÉXICO
DIEZ DE BONILLA,<br />
KURI Y ASOCIADOS<br />
A B O G A D O S<br />
áreas de práctica<br />
CONTRATACIÓN<br />
DE TRABAJADORES<br />
TERMINACIÓN DE<br />
RELACIONES DE TRABAJO<br />
PERCEPCIONES<br />
DE LOS TRABAJADORES<br />
CAPACITACIÓN<br />
Y ADIESTRAMIENTO<br />
REPARTO<br />
DE UTILIDADES<br />
SEGURIDAD<br />
E HIGIENE<br />
REGLAMENTO INTERIOR<br />
DE TRABAJO<br />
CONTRATACIÓN<br />
COLECTIVA DE TRABAJO<br />
LITIGIO<br />
ASUNTOS LABORALES<br />
Prado Norte # 125, Piso 3, Interior 301,<br />
Col. Lomas de Chapultepec,<br />
C.P. 11000, Ciudad de México<br />
Tels. +52 (55) 5531-2125, 52505398, 52505314<br />
www.diezbonilla-kuri.commx/
Gutiérrez Mateos y Asociados:<br />
litigio mercantil, civil y penal de manera personalizada<br />
Pocos despachos mantienen la especialización<br />
en estas materias. Este lo es desde 1992.<br />
Con 27 años de existencia, el despacho<br />
de abogados Gutiérrez<br />
Mateos y Asociados, especializado<br />
en el litigio personalizado<br />
en las materias mercantil, civil y<br />
penal, se distingue por contar con una amplia<br />
infraestructura jurídica para atender y<br />
hacer frente a los servicios profesionales que<br />
le son solicitados.<br />
La firma está integrada por el Mtro.<br />
Emilio Gutiérrez Mateos, socio titular que<br />
fundó la firma en el año 1992, además de un<br />
equipo de abogados asociados integrado por<br />
José Javier Peña Lucido, Ángel Oswaldo Rodríguez<br />
Fernández y Rogelio Urzúa Robles,<br />
a quienes también está unido un grupo de<br />
litigantes especialistas, pasantes y personal<br />
administrativo.<br />
De acuerdo con Gutiérrez Mateos, la ética<br />
y la honestidad son los pilares del despacho.<br />
Además, el fundamento de su filosofía<br />
es la conformación de un equipo de gente<br />
honesta, capacitada y comprometida que ha<br />
dedicado su vida al litigio.<br />
“El principal reto de la firma de abogados<br />
ha sido integrar un equipo que comparta<br />
esos ideales, con una actuación honesta, ética,<br />
preparada y responsable, y más cuando<br />
en México es complicado caminar de esta<br />
forma”, añade el fundador del despacho.<br />
El camino fácil es el que se busca —agrega—,<br />
y el difícil, el del estudio, la preparación<br />
y la responsabilidad: “Lamentablemente,<br />
es el que menos se aplica. Predicar<br />
con el ejemplo es una de las filosofías de la<br />
firma y sus integrantes. La única manera en<br />
la que uno puede transmitir es con el ejemplo:<br />
en la familia, en la casa, en el trabajo,<br />
en la profesión”.<br />
—¿Por qué especializarse en las ramas<br />
mercantil, civil y penal? —se le pregunta a<br />
Emilio Gutiérrez.<br />
—Desde el inicio de mi ejercicio profesional,<br />
prácticamente desde el primer semestre<br />
de la carrera, me enamoré del mundo del litigio:<br />
ejercer la profesión directamente ante<br />
Emilio Gutiérrez Mateos es el socio titular de la firma, la cual fundó en 1992.<br />
El despacho, que posee una amplia infraestructura jurídica, tiene 27 años de experiencia.<br />
FOTOS: CARLO ECHEGOYEN (3)<br />
38 NEWSWEEK MÉXICO
Lo más importante para Gutiérrez Mateos y Asociados es el trato personalizado con el cliente.<br />
los tribunales, defender los derechos de las<br />
personas, estar siempre involucrado en estas<br />
materias, la mercantil, civil y penal, las<br />
cuales, hasta la fecha, y desde la fundación<br />
del despacho, seguimos desarrollando todos<br />
los integrantes de la firma. Todo lo que rodea<br />
el mundo mercantil, financiero, empresarial,<br />
todos los actos que son realizados por<br />
los particulares en su vida cotidiana, y eso<br />
complementado con la rama penal.<br />
—¿Qué ventaja competitiva representa<br />
para sus clientes que pueda ofrecer estas<br />
tres especialidades?<br />
—Son pocos los despachos que mantienen<br />
la especialización en estas materias,<br />
lo que evidentemente da una opción muy<br />
importante a nuestros clientes, por no tener<br />
que diversificar en la contratación de varios<br />
abogados o despachos para el manejo de<br />
sus asuntos. Eso les resulta en una ventaja<br />
no solo en costos, al no duplicarse estos, sino<br />
que, más aún, en el ejercicio coordinado de<br />
sus acciones, lo que se refleja normalmente<br />
en el resultado final de los asuntos.<br />
—¿Qué tan importante es ofrece un servicio<br />
personalizado?<br />
—Lo más importante de todo despacho<br />
es el cliente, el trato personalizado con él.<br />
GUTIÉRREZ MATEOS<br />
Y ASOCIADOS, S. C.<br />
Es prioridad para la firma que toda aquella<br />
persona que nos busca y que pone en<br />
nuestras manos sus valores más fundamentales,<br />
en muchas ocasiones sin conocernos,<br />
encuentre un respaldo y representación<br />
legal-personal de excelencia, lo que se traduce<br />
en una inmensa responsabilidad. Esa<br />
es la verdad que hay que tener presente y<br />
enfrentar todos los días, cuando una persona<br />
llega a nuestro despacho es porque tiene<br />
una necesidad o problema.<br />
“Debe haber un complemento directo<br />
entre la prestación de un servicio profesional<br />
en materia legal y un trato personalizado<br />
—continúa—. Cuando se dan esos dos elementos,<br />
normalmente se le brinda tranquilidad<br />
a la persona porque encuentra<br />
el espacio<br />
para ser<br />
escuchada, para<br />
que se le explique<br />
de forma correcta<br />
y profesional cuál<br />
es su situación legal<br />
y cuáles son sus alternativas”.<br />
—¿Cuáles son<br />
los retos más importantes<br />
que enfrenta el país en materia de<br />
derecho?<br />
—El principal reto, sin duda, es que la<br />
gente vuelva a sentir seguridad jurídica en<br />
su vida y en la de su gente querida, en su<br />
libertad, propiedades, posesiones y derechos.<br />
Que la sociedad vuelva a confiar en<br />
el derecho, en los órganos que lo crean y<br />
en las autoridades que lo imparten. Que<br />
la sociedad se pueda volver a organizar a<br />
través de la debida aplicación de la ley, pero<br />
para ello hay que erradicar la impunidad y<br />
la corrupción, así como las leyes arbitrarias<br />
e impositivas.<br />
Boulevard Manuel Ávila Camacho 184, Piso 18, Col. Reforma<br />
Social. Alcaldía Miguel Hidalgo. C. P. 11650, CDMX.<br />
Tels: 55 5202 0505, 55 5985 3722, 55 2071 4831<br />
Correo electrónico: info@gutierrezmateos.com<br />
NEWSWEEK MÉXICO<br />
39
La urgencia de consolidar<br />
la cultura de la propiedad intelectual<br />
Mediante los derechos de autor<br />
y la propiedad industrial todas las personas<br />
pueden proteger marcas, patentes<br />
y creaciones intelectuales.<br />
Hace unos años, en 2015, las<br />
redes sociales se manifestaron<br />
virulentamente contra la supuesta<br />
intención de la diseñadora<br />
francesa Isabel Marant de<br />
obtener derechos exclusivos sobre diseños<br />
copiados de blusas de la comunidad mixe<br />
de Oaxaca.<br />
El caso llamó la atención por las reacciones<br />
que motivó, incluida una petición en<br />
Change.org contra la marca Antiquité Vatic<br />
y Marant, quien tuvo que publicar una<br />
aclaración, secundada por un comunicado<br />
de prensa del ayuntamiento de Santa María<br />
Tlahuitoltepec, que negaba haber recibido<br />
cualquier notificación sobre acciones legales<br />
por tal causa.<br />
No obstante, lo que más llamó la atención<br />
fue la ligereza con la que el tema fue<br />
abordado en diversos medios, los cuales informaron<br />
esencialmente que la diseñadora<br />
había “patentado” los diseños y pretendía<br />
ejercer derechos exclusivos.<br />
No todos están obligados a conocer la<br />
diferencia entre las figuras de propiedad<br />
intelectual, pero los medios sí tienen la<br />
obligación de consultar a quienes las conozcan<br />
antes de difundir información que<br />
repercuta en perjuicio de una persona física<br />
o moral.<br />
PROPIEDAD INDUSTRIAL<br />
Y DERECHO DE AUTOR<br />
En México, la Ley de la Propiedad Industrial<br />
establece como materia de una patente las<br />
invenciones nuevas, resultado de actividad<br />
inventiva y susceptibles de aplicación industrial,<br />
y define como “invención” la creación<br />
humana que permita transformar la<br />
materia o la energía que existe en la naturaleza,<br />
para su aprovechamiento por el hombre<br />
y satisfacer sus necesidades concretas.<br />
Por ello, el diseño aplicado a un producto<br />
textil no puede ser materia de una patente.<br />
La figura para proteger el diseño textil,<br />
en cambio, es el derecho de autor, reconocido<br />
respecto a “obras de arte aplicado” que<br />
incluyen el diseño gráfico o textil, como es<br />
el caso. La Ley Federal del Derecho de Autor,<br />
mediante el Instituto Nacional del Derecho<br />
de Autor (Indautor), confiere para ello<br />
el derecho a reproducir la obra como tal,<br />
mas no permite hacer extensiva esa reproducción<br />
en cualquier tipo de artículos ni en<br />
su promoción comercial.<br />
También es importante destacar que esa<br />
ley tiene un capítulo que protege las obras<br />
de arte popular o artesanal, y a todas las<br />
tradiciones de la composición pluricultural<br />
que conforman al Estado mexicano sin autor<br />
identificable, como el caso de las blusas<br />
objeto de controversia.<br />
Ese mismo capítulo dispone que las<br />
obras de arte popular o artesanal desarrolladas<br />
y perpetuadas en una comunidad o<br />
etnia originaria o arraigada en la república<br />
mexicana gozan de protección contra su<br />
deformación en su demérito o perjuicio de<br />
la reputación o imagen de la comunidad o<br />
etnia a la cual pertenecen. Pero, también,<br />
que es libre su utilización siempre que no se<br />
contravengan las disposiciones del mismo<br />
capítulo, lo cual hace la discusión básicamente<br />
bizantina y le da un cariz del rechazo<br />
a lo extranjero antes mencionado.<br />
Sin embargo, el embrollo de las blusas<br />
podría rendir frutos valiosos. Sobre todo,<br />
asimilar que México ha sido notablemente<br />
lento en adoptar mecanismos que favorezcan<br />
los procesos de protección de la propiedad<br />
intelectual mexicana en el extranjero.<br />
Ejemplo es el Arreglo de Madrid para el registro<br />
internacional de marcas, que data de<br />
1989, pero fue adoptado por México en 2012<br />
y comenzó a funcionar en 2013.<br />
¿QUÉ SABER?<br />
En México, de acuerdo con la Secretaría de<br />
Economía, la propiedad intelectual se divide<br />
en derechos de autor (obras literarias,<br />
musicales, artísticas y fotográficas, entre<br />
otras) y propiedad industrial (invenciones<br />
y registros).<br />
En este sentido, el Instituto Mexicano de<br />
la Propiedad Industrial (IMPI) tiene la autoridad<br />
legal para administrar el sistema de<br />
propiedad industrial a escala nacional. Las<br />
figuras jurídicas que este organismo protege<br />
son: patente (el producto o proceso que demuestra<br />
ser nuevo a escala internacional),<br />
modelo de utilidad (aquellas modificaciones<br />
a inventos, herramientas y maquinaria<br />
ya existentes para mejorar su desempeño)<br />
y diseños industriales (como son modelo<br />
industrial, dibujo industrial, marca, aviso<br />
comercial, nombre comercial y denominación<br />
de origen).<br />
La finalidad de la protección de la propiedad<br />
industrial es impedir toda utilización<br />
no autorizada de dichas figuras. Por<br />
ello, el IMPI se rige bajo tres características<br />
de los derechos de propiedad industrial: exclusividad,<br />
en donde el titular es el único<br />
autorizado para explotar comercialmente<br />
lo que ha protegido; territorialidad, que son<br />
los derechos otorgados dentro del territorio<br />
nacional y son independientes a los otorga-<br />
40 NEWSWEEK MÉXICO
Es importante asesorarse con algún abogado o institución cuya<br />
especialidad sea el registro correcto de la propiedad intelectual.<br />
FOTO: ADOBE STOCK<br />
dos en otros países; y temporalidad, que es<br />
el tiempo estipulado durante el cual se puede<br />
explotar comercialmente lo protegido.<br />
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE?<br />
Hoy en día, la idea de por ejemplo emprender<br />
un negocio es un pensamiento<br />
recurrente en México. Muchos emprendedores<br />
consideran que sus ideas creativas<br />
“romperán” el mercado, por lo que hacen<br />
planeaciones estratégicas, se relacionan<br />
con sus contactos, anuncian el evento de<br />
apertura y lo promueven en sus redes sociales.<br />
El problema ocurre cuando, al poco<br />
tiempo, sufren demandas legales o plagios<br />
de sus marcas por saltarse el primer paso:<br />
el registro de derechos de autor o propiedad<br />
industrial.<br />
Por ello, Daniel Villanueva, asociado<br />
senior de Propiedad Intelectual de Baker<br />
McKenzie en México, recomienda que, antes<br />
de considerar una estrategia, se comprenda<br />
perfectamente qué es y para qué<br />
sirve la propiedad intelectual.<br />
“Esta es la forma en que todas las personas,<br />
morales y físicas, podemos proteger<br />
ese activo tan importante que son intangibles<br />
como las marcas, patentes y derechos<br />
de autor. Estas figuras nos permiten proteger<br />
todo tipo de creaciones intelectuales<br />
que se desarrollan en empresas o por personas<br />
físicas”.<br />
El especialista agrega que en México<br />
hace falta cultura de propiedad intelectual,<br />
aunque con el tiempo se ha evolucionado.<br />
“Las universidades han fomentado<br />
enseñanzas de registro de patentes; los<br />
indicadores de solicitudes de marcas así<br />
lo sugieren, pues han incrementado el número<br />
de registros. Pero tenemos también<br />
indicadores muy malos en negocios informales,<br />
como la piratería, y eso representa<br />
una amenaza”, añade Villanueva.<br />
Aunque las reformas hoy en día ayudan<br />
a combatir estas actividades ilícitas, el<br />
registro de derechos de autor y propiedad<br />
industrial es el primer gran paso para combatirla,<br />
sentencia el experto: “Para ello es<br />
importante asesorarse con algún experto o<br />
institución cuya especialidad sea el correcto<br />
registro de la propiedad intelectual, que<br />
entienda la importancia que tiene y sepa<br />
identificar las necesidades inherentes”.<br />
ALGUNAS RECOMENDACIONES<br />
En ese sentido, ofrece algunas recomendaciones<br />
para realizar la mejor estrategia para<br />
la protección de la propiedad intelectual:<br />
Identificar qué proteger y mediante qué<br />
figura. Es de suma importancia conocer qué<br />
es lo que tengo para entonces investigar qué<br />
herramientas puedo usar para su protección.<br />
Para ello deben plantearse las siguientes peguntas:<br />
¿Qué tengo? ¿Se trata de una marca?<br />
¿Será una invención? ¿Se trata de un derecho<br />
de autor? Si bien pudiera no tenerse<br />
mucho conocimiento sobre la figura legal<br />
en particular, tener bien identificada la materia<br />
de protección será muy útil al acercarse<br />
a un especialista o a alguna de las oficinas del<br />
IMPI o del Indautor.<br />
Priorizar. Una vez identificados los elementos<br />
que se quieren proteger, se debe<br />
priorizar qué es lo más importante o lo que<br />
tiene una mayor premura. Si bien toda la<br />
propiedad intelectual es valiosa, también<br />
puede representar gastos importantes, por<br />
lo que es muy recomendable que se priorice<br />
correctamente para poder calendarizar<br />
la aplicación de gastos y mantener debidamente<br />
protegida la propiedad intelectual.<br />
Preparar los documentos. El emprendedor<br />
debe preparar todos los documentos<br />
pertinentes, asesorado por un especialista<br />
cuando sea necesario, para que cada uno<br />
de los elementos que se identificaron sean<br />
protegidos. Esto incluye las solicitudes para<br />
el registro de marcas, patentes y derechos<br />
de autor, así como los contratos o autorizaciones<br />
que sean necesarios.<br />
Administrar. Una vez que se han iniciado<br />
trámites o gestiones para la protección<br />
de la propiedad intelectual es importante<br />
que cada uno de los elementos protegidos<br />
sea debidamente administrado, esto incluye<br />
renovar los posibles registros, hacer los<br />
pagos correspondientes a las anualidades,<br />
preparar e inscribir los contratos de licencia,<br />
franquicia o términos y condiciones<br />
cuando sea necesario, entre otros. Es importante<br />
tomar en cuenta que para algunas<br />
de estas tareas hay fechas que son fatales,<br />
por lo que se debe estar muy atento a los<br />
vencimientos.<br />
Defender. Para mantener el uso exclusivo<br />
de los elementos protegidos o no crear<br />
antecedentes que pudieran después ser<br />
utilizados en su contra, es importante no<br />
consentir infracciones por parte de otras<br />
personas o empresas, porque esto pudiera<br />
llevar a que tu marca se convierta en una<br />
denominación genérica o en el mismo<br />
nombre de los productos o servicio. De esta<br />
manera, es importante que, en el caso de<br />
una infracción, se consulte a un abogado<br />
para la debida planeación de una estrategia<br />
de litigio.<br />
NEWSWEEK MÉXICO<br />
41
Generación distribuida y abasto aislado,<br />
el nuevo panorama ante la transición gubernamental<br />
El sector de energía eléctrica en<br />
México no pasa por su mejor momento,<br />
el cambio de gobierno y,<br />
con este, el de la política energética,<br />
imprimió cierta incertidumbre<br />
en el panorama para invertir y desarrollar<br />
proyectos energéticos. El estancamiento se<br />
percibe en todo tipo de proyectos, algunos<br />
detenidos por conflictos socioambientales,<br />
otros en disputa por derechos de ocupación,<br />
la tendencia en el sector es a la desaceleración<br />
y no se ven señales de cambio próximas.<br />
Esto ha generado que una gran parte de<br />
la capacidad instalada autorizada e incluso la<br />
subastada al día de hoy no estén generando,<br />
eso aunado a la cancelación de las subastas<br />
futuras, nos pone en un panorama donde el<br />
crecimiento de la demanda eléctrica —demográfico<br />
y por desarrollo económico— podría<br />
no verse satisfecho, alejándonos más de la<br />
seguridad energética que nuestro país busca<br />
desde hace algunos años.<br />
Ahora, existen áreas de oportunidad que<br />
no dependen tanto de la voluntad política o<br />
presupuestaria, modelos que permiten la<br />
generación-consumo en el ámbito privado<br />
y, a su vez, posibilitan la venta de excedentes<br />
de energía, como es el abasto aislado y la<br />
generación distribuida.<br />
GENERACIÓN DISTRIBUIDA (GD)<br />
La GD permite a un generador exento —capacidad<br />
instalada menor a 0.5 MW—, así<br />
como a centrales eléctricas exentas que se<br />
encuentran interconectadas a un circuito<br />
de distribución que contenga una alta concentración<br />
de centros de carga, el consumir<br />
la energía generada, y en caso de estar conectados<br />
a la red, vender sus excedentes a<br />
cambio de una contraprestación —venta total<br />
o Net Billing— o una compensación entre<br />
consumo y generación —Net Meeting—. Estos<br />
A pesar de la incertidumbre que vive<br />
el sector energético en México, existen áreas<br />
de oportunidad que no dependen tanto<br />
de la voluntad política o presupuestaria.<br />
POR FRANCO LAMMOGLIA ORDIALES, JIMENA CABRERA CAMARGO Y MARÍA FERNANDA GARIBAY CARRILLO<br />
dos últimos presentan una ventaja adicional,<br />
ya que al contar con el contrato de suministro<br />
los costos del equipo de medición y sus<br />
instalaciones corren a cargo del distribuidor.<br />
Este esquema de generación no ha recibido<br />
suficiente fomento gubernamental, por<br />
ello seguimos en una etapa de adopción baja<br />
—representa menos del 0.3 por ciento de la<br />
capacidad total—, lo que no permite justificar<br />
inversión en modernización y ampliación de<br />
la red. La adopción media —superar el 5 por<br />
ciento de la capacidad instalada— tornaría<br />
rentable el modelo para la inversión gubernamental.<br />
No obstante, el crecimiento de la<br />
GD ha sido exponencial, con casi 95,000<br />
contratos que amparan casi 700 MW de capacidad<br />
instalada.<br />
Tampoco significa que el gobierno le<br />
haya dado la espalda al modelo, con las<br />
DACG vigentes se continuará otorgando certeza<br />
jurídica a los generadores de tecnología<br />
y los potenciales inversionistas en modelos<br />
de GD, sobre todo en el sector de las renovables,<br />
que concentra un mayor número de<br />
apoyos.<br />
Este esquema presenta incentivos, como<br />
los ahorros para los usuarios que sean generadores<br />
exentos o la depreciación acelerada<br />
de la inversión en maquinaria y equipo para<br />
la generación y la reducción de los derechos<br />
de suministro de agua por el uso de dispositivos<br />
ahorradores de energía o agua. Por estos<br />
y otros motivos, resulta costo efectivo el<br />
uso en el modelo de la tecnología renovable<br />
de baja escala, como los paneles solares que<br />
representan más de un 90 por ciento de las<br />
instalaciones que amparan la GD.<br />
Por todo esto, consideramos que hoy<br />
existe una ventaja competitiva en la comercialización<br />
de sistemas de generación, por lo<br />
atractivo que el producto puede ser para el<br />
consumidor, sobre todo en los lugares donde<br />
la red no llega y en aquellas zonas urbanas<br />
donde los costos son altos para los usuarios,<br />
lo que permite financiar dichos sistemas.<br />
Pero también hay incentivos para los usuarios,<br />
que pueden obtener un ahorro significativo<br />
de más de 70 por ciento en su cuenta<br />
de luz y con la posibilidad de inyectar sus<br />
excedentes a la red por una contraprestación,<br />
además de los intangibles que derivan<br />
de poner su grano de arena con el esfuerzo<br />
mundial para reducir el cambio climático.<br />
ABASTO AISLADO (AA)<br />
A raíz del cambio de impulso a la infraestructura<br />
necesaria para satisfacer las necesidades<br />
de todos los consumidores, el AA es<br />
una alternativa eficaz para los consumidores<br />
de energía a mediana y gran escala, que requieren<br />
de una generación constante, con<br />
costos ciertos y sin necesidad de cubrir costos<br />
de interconexión a la red.<br />
Esto se debe a que con el modelo de AA<br />
es posible satisfacer las necesidades eléctricas<br />
a través de una central eléctrica propia<br />
conectada por medio de una red privada, sin<br />
la necesidad de estar conectado forzosamente<br />
a la red general de distribución. Aunado a<br />
lo anterior, el poco avance en la inclusión de<br />
usuarios calificados participantes (UCP) que<br />
ha tenido el mercado eléctrico mayorista y<br />
la creciente demanda de energía de industrias<br />
y comercios de gran y mediana escala,<br />
potencializan el AA como una alternativa<br />
a la incierta inversión gubernamental para<br />
incrementar la red, así como la oferta energética<br />
del país.<br />
El AA permite generar o importar energía<br />
para la satisfacción de una necesidad<br />
propia —o del mismo grupo económico— o<br />
para la exportación, siempre que dicha energía<br />
no sea conducida por las redes nacionales.<br />
Este modelo es el heredero del modelo<br />
42 NEWSWEEK MÉXICO
FOTO: CARLO ECHEGOYEN<br />
Lammoglia Abogados representa los intereses de sus clientes frente<br />
a los Poderes Judicial, Ejecutivo y Legislativo en las tres instancias de gobierno.<br />
de autoabastecimiento previo a la reforma,<br />
igualmente permite inyectar los excedentes<br />
—previa interconexión—, sólo que, en<br />
este caso, sí se recibe una contraprestación<br />
a cambio.<br />
Aun cuando el modelo requiere de que<br />
el titular del permiso de generación deba ser<br />
el mismo titular o una de las personas —físicas<br />
o morales— que pertenecen al mismo<br />
grupo económico del titular, permite la contratación<br />
de terceros para realizar el financiamiento,<br />
la instalación, el mantenimiento<br />
y operación necesaria para generar energía<br />
eléctrica y entregarla a los centros de carga<br />
del titular.<br />
Al igual que la GD, la capacidad instalada<br />
en AA no es relevante en la integración<br />
de la canasta energética actual, no obstante,<br />
existe un nicho de oportunidad, ya que solo<br />
se cuenta con casi 50 permisos de generación<br />
de energía eléctrica bajo este modelo,<br />
lo que representa una capacidad total de<br />
generación de aproximadamente 650 MW,<br />
permite un margen de actuación muy amplio<br />
en términos de demanda in situ. El AA<br />
permite no solo tener un mayor control sobre<br />
la energía producida, también reduce los<br />
costos de la energía y no se tiene que incurrir<br />
en potencia ni en el derecho financiero<br />
de transmisión.<br />
Ahora bien, estos no son los únicos beneficios<br />
económicos con los que cuenta el<br />
modelo del AA. En el caso de que la central<br />
eléctrica opere con energías renovables,<br />
es posible obtener los CEL, que permiten<br />
incentivar la generación. Un CEL es un título<br />
que acredita la producción de 1 MW<br />
de energía eléctrica limpia, el cual deberán<br />
adquirir los suministradores —básicos<br />
y calificados—, los usuarios calificados y<br />
los finales de abasto aislado, para cumplir<br />
con los porcentajes que son requeridos para<br />
dar cumplimiento a nuestras obligaciones<br />
internacionales manifestadas en la Ipcc y<br />
sus Estados miembros.<br />
Los obligados a adquirir un porcentaje<br />
equivalente de CEL respecto del total de su<br />
producción tienen que hacerlo por un total<br />
de CEL que constituya el 7.4 por ciento de su<br />
generación para 2020, 10.9 por ciento para<br />
2021 y de 13.9 por ciento para 2022.<br />
La demanda que genera este modelo,<br />
además del mercado<br />
voluntario que contempla,<br />
fomenta el<br />
uso de energías renovables<br />
para los modelos<br />
de abasto aislado,<br />
lo que potencializa sus<br />
beneficios para el generador-consumidor,<br />
además de que lo libera<br />
de la incertidumbre<br />
de la política nacional<br />
y la pérdida de foco<br />
que ha tenido el tema<br />
frente a otros que al parecer resultan más<br />
importantes para el actual gobierno.<br />
Según lo manifestado en el Primer Informe<br />
de Gobierno, respecto a la transición<br />
a energías renovables continúa la meta de alcanzar<br />
35 por ciento de generación eléctrica<br />
a través de energías limpias para el año 2024.<br />
Asimismo señaló que, durante los meses de<br />
enero a junio de 2019 se observó un aumento<br />
de la generación fotovoltaica de 0.70 a 2.44<br />
por ciento, y en aras de dar cumplimiento a<br />
la meta, de acuerdo con dicho informe, “se<br />
ha desarrollado un programa específico para<br />
que los contratos adjudicados a través de las<br />
subastas realizadas instalen la infraestructura<br />
necesaria”, el cual todavía no ha sido<br />
publicado.<br />
Sin embargo, cabe aclarar que las obras<br />
que se requieran para interconectar las CE<br />
con las RGD serán a cargo de los peticionarios,<br />
siempre que estos no hayan solicitado<br />
que la infraestructura requerida fuera agregada<br />
al PRODESEN, los cuales podrán optar<br />
por realizarlas a su costa o por hacer aportaciones<br />
a CFE para que esta las realice y así<br />
beneficiarse de las mismas.<br />
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en los modelos contractuales, la obtención<br />
de permisos, autorizaciones, licencias o, en<br />
su caso, concesiones, hasta el desarrollo de<br />
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NEWSWEEK MÉXICO<br />
43
Nuevo paradigma:<br />
prevención de la defraudación fiscal<br />
a través de facturas apócrifas<br />
Es necesario que el contribuyente se asesore<br />
con expertos para tomar las debidas<br />
precauciones y cerciorarse de que cada<br />
factura que posee es legal.<br />
POR ALBERTO MAYA COHEN Y ZURY NEHMAD GUINDI<br />
Es de amplio conocimiento público<br />
que la producción, así como<br />
la compra y venta de facturas y<br />
comprobantes fiscales apócrifos,<br />
han generado ganancias ilícitas<br />
multimillonarias a los intervinientes en<br />
dichos negocios, tales como contribuyentes<br />
comunes, hasta grandes empresarios<br />
y la misma delincuencia organizada. De<br />
acuerdo con cifras oficiales del SAT, se estima<br />
que solamente del año 2014 a la fecha<br />
se han generado comprobantes fiscales apócrifos<br />
con un valor aproximado de 2 billones<br />
de pesos, y es que la factura electrónica<br />
o CFDI se ha ocupado por la delincuencia<br />
organizada como un comprobante que les<br />
ampara servicios o productos irregulares o<br />
inexistentes, pero que les generan ingresos.<br />
Por otra parte, la Procuraduría de la<br />
Defensa del Contribuyente (Prodecon),<br />
establece que las Empresas Facturadoras<br />
de Operaciones Simuladas (EFO) cometen<br />
fraudes al emitir facturas apócrifas<br />
sobre operaciones, compras o servicios no<br />
realizados con el fin de simular aumentos<br />
de gastos de operación para pagar menos<br />
impuestos. Y es que, de acuerdo con dicha<br />
Institución, “la compra de facturas falsas<br />
representa el 6 por ciento del producto interno<br />
bruto (PIB), y el 70 por ciento de esos<br />
comprobantes fiscales falsos son adquiridos<br />
por entidades del sector público”.<br />
No obstante, la Secretaría de Hacienda y<br />
Crédito Público advirtió en marzo del presente<br />
el grave problema que representa la<br />
evasión y elusión fiscal para el país, la cual,<br />
de acuerdo con la dependencia, representa<br />
entre 3 y 4 puntos del PIB.<br />
No cabe duda de que los particulares<br />
han llevado a cabo dichas operaciones al total<br />
amparo de nuestras autoridades, incluso<br />
de manera muy preocupante desde el Gobierno<br />
Federal, dado que los recursos públicos<br />
destinados para la compra de bienes<br />
y servicios no han sido lo suficientemente<br />
blindados frente a la corrupción de la que<br />
han sido parte gobernantes y funcionarios<br />
públicos en colusión con empresas y contratistas<br />
que influyen y se favorecen de adjudicaciones<br />
directas en perjuicio del bien<br />
común y que ha desatendido demandas<br />
básicas de la población como educación,<br />
salud y vivienda.<br />
Cabe señalar que el beneficio de las personas<br />
que compran facturas es que reciben<br />
el efectivo de la transacción, restándole la<br />
comisión que cobra la empresa o persona<br />
física que vende la factura, por lo que la<br />
carga monetaria del comprador de la factura<br />
ronda entre el 4 y el 7 por ciento de la<br />
totalidad de la transacción.<br />
El procurador fiscal recientemente reconoció<br />
que defraudar al fisco se ha convertido<br />
en un “deporte nacional” que se estima<br />
en un quebranto fiscal por empresas<br />
fantasma o facturas falsas de 500,000 millones<br />
de pesos anuales, cifra que equivale<br />
a la décima parte del presupuesto público<br />
del país o al ahorro que se espera lograr con<br />
las medidas de austeridad, o bien, superior<br />
al presupuesto conjunto de la Secretaría de<br />
Salud y la de Educación.<br />
Como dato importante, en ningún caso<br />
hay algún encarcelado por el delito de compra-venta<br />
de facturas, cuando se trata de un<br />
boquete al erario tan grave que comprende<br />
una amplia red de vendedores y compradores<br />
de facturas, cuyas operaciones también<br />
son objeto de lavado de dinero.<br />
COMPRAVENTA DE FACTURAS:<br />
DE ESTRATEGIA FISCAL A DELITO<br />
DE SEGURIDAD NACIONAL<br />
En la actualidad y durante muchos años, la<br />
compra de facturas apócrifas ha sido una<br />
práctica común, considerada incluso como<br />
una “buena estrategia fiscal” para pagar<br />
menos impuestos. Sin embargo, dicha conducta<br />
se encuentra tipificada como delito<br />
de defraudación fiscal y tiene graves consecuencias<br />
legales de acuerdo con lo dispuesto<br />
por el Código Fiscal de la Federación, el<br />
cual prohíbe tajantemente expedir, vender o<br />
comprar comprobantes fiscales que amparen<br />
operaciones inexistentes, falsas o actos<br />
jurídicos simulados.<br />
Ante ello, los legisladores han tomado<br />
cartas en el asunto y buscan endurecer aún<br />
más las penas y castigar dicho delito hasta<br />
con ocho años de prisión, en virtud de que<br />
existe una iniciativa de ley que incluso ya<br />
fue aprobada el pasado 10 de septiembre<br />
por el Senado en lo general, que propone<br />
catalogar dicha conducta como delincuencia<br />
organizada y, en consecuencia, que<br />
amerite prisión preventiva oficiosa, es decir,<br />
que las personas que sean investigadas por<br />
realizar dichos actos tendrán que llevar un<br />
proceso privadas de su libertad.<br />
FOTO: CARLO ECHEGOYEN<br />
44 NEWSWEEK MÉXICO
Los miembros<br />
del despacho son<br />
profesionales que<br />
han tenido una gran<br />
experiencia en el<br />
estudio y litigio del<br />
derecho en sus<br />
diversas ramas.<br />
De acuerdo con los legisladores, dicha<br />
reforma es necesaria en virtud de que el<br />
país requiere una revisión y un cambio<br />
sustancial en el marco legal para lograr una<br />
mayor transparencia, eficacia en el ejercicio<br />
de los recursos públicos, mayor control y<br />
vigilancia por parte de las instancias competentes<br />
para prevenir, investigar, denunciar<br />
e imponer sanciones, para obtener<br />
resultados diferentes que permitan ir en<br />
contra de los evasores fiscales con nombre<br />
y apellido, haciendo énfasis en que, “al<br />
combatir la compra-venta de facturas falsas,<br />
se estarán blindando los ingresos públicos<br />
del país, su estabilidad y el bienestar<br />
de la población”.<br />
Contrario a lo anterior, hay quienes califican<br />
la reforma como “terrorismo fiscal”,<br />
al señalar que criminaliza a contribuyentes<br />
que, sin dolo, cometen errores en su declaración<br />
fiscal.<br />
Lo más preocupante de dicha propuesta<br />
es que no diferencia entre empresarios<br />
que actúan de buena fe y que por “error” o<br />
falta de información pudieran poseer una<br />
factura falsa, y quienes hacen de las facturas<br />
apócrifas un modo de vida, situación<br />
que afectará de manera directa el patrimonio<br />
e incluso la libertad de los contribuyentes.<br />
No debe perderse de vista que el procedimiento<br />
a través del cual las autoridades<br />
fiscales podrán detectar este tipo de<br />
prácticas será invasivo, sin previo aviso ni<br />
autorización del contribuyente a través de<br />
revisiones electrónicas. En caso de que el<br />
SAT notifique que el contribuyente tiene<br />
facturas que no se pueden justificar, estará<br />
obligado a probar su inocencia y justificar<br />
inmediatamente sus actividades, así como<br />
el origen y destino de las facturas y activos<br />
con la finalidad de demostrar que los documentos<br />
y los servicios o productos que<br />
amparan son reales. De lo contrario, se<br />
tendrá por acreditado que dichas facturas<br />
fueron compradas ilícitamente y se iniciará<br />
el procedimiento penal en su contra.<br />
Será responsabilidad de los legisladores<br />
lograr una reforma equilibrada que sancione<br />
la facturación falsa, pero también salvaguarde<br />
los derechos de los contribuyentes<br />
cumplidos.<br />
Sin embargo,<br />
es recomendable<br />
que los contribuyentes<br />
no se<br />
dejen llevar por<br />
promesas falsas<br />
de ahorro en<br />
el pago de sus<br />
contribuciones,<br />
ya que dichas<br />
prácticas no son<br />
legales.<br />
Asimismo, resulta necesario que el<br />
contribuyente se informe y se asesore<br />
correctamente con expertos en la materia<br />
y abogados en defensa fiscal para<br />
tomar las debidas precauciones y cerciorarse<br />
de que cada factura que posee<br />
fue obtenida de manera legal o que no<br />
se encuentre en la lista negra del SAT. La<br />
información adecuada es su mejor arma<br />
para no poner en riesgo sus bienes y su<br />
libertad personal.<br />
MEDIDAS DE PREVENCIÓN<br />
—Asesoría legal y contable especializada<br />
en materia fiscal.<br />
—Revisión y verificación periódica de<br />
la documentación (facturas).<br />
—Capacitación preventiva al personal<br />
de empresas.<br />
MAYA Y NEHMAD ABOGADOS<br />
Especialidades: materia penal, materia mercantil, materia familiar,<br />
arrendamiento, contratos y fideicomiso, auditoría legal, migratorio,<br />
propiedad industrial y derecho de autor.<br />
Boulevard Manuel Ávila Camacho 184, piso 11-A, Torre del Árbol.<br />
Col. Lomas de San Isidro. C. P. 11620, CDMX.<br />
Tels. 55 5281 2263 y 55 5280 2101<br />
NEWSWEEK MÉXICO<br />
45
Escuelas de derecho,<br />
una panacea para los actuales tiempos<br />
A lo largo de los años, en México las áreas<br />
de especialización de la abogacía han<br />
crecido de manera exponencial.<br />
Decía el filósofo Emmanuel Kant<br />
que el derecho es el conjunto de<br />
condiciones que permiten a la libertad<br />
de cada uno acomodarse<br />
a la libertad de todos. De ahí que,<br />
desde tiempos remotos, las distintas culturas<br />
han establecido las leyes en las que se puedan<br />
delimitar dichas libertades. Ejemplos de ello<br />
son El Código de Hammurabi, que data de<br />
1760 a. C., considerada la primera manifestación<br />
jurídica impresa, y el Cuerpo de Derecho<br />
Civil (Corpus iuris civilis), que reunió constituciones<br />
imperiales y jurisprudencia romana<br />
del año 117 al 565.<br />
El derecho, ya como carrera, fue incluida<br />
en la primera universidad, la de Bolonia,<br />
en 1088. En México, fue la Real y Pontificia<br />
Universidad de México, creada por Carlos V e<br />
inaugurada en 1533, el primer recinto donde<br />
se impartió la cátedra de leyes, y el 21 de junio<br />
de 1760 se fundó el Ilustre y Real Colegio de<br />
Abogados de México.<br />
Hoy la escuela más antigua que sobrevive<br />
es la Facultad de Derecho de la UNAM, sucesora<br />
de la entonces Escuela de Jurisprudencia,<br />
creada en 1867 como una escuela profesional<br />
en la que se impartían las carreras para ser<br />
abogado, notario o agente de negocios. Los<br />
abogados egresados de sus aulas, tras seis<br />
años de estudio, podían dedicarse profesionalmente<br />
al litigio o al desempeño de la administración<br />
judicial.<br />
A lo largo de los años las áreas de especialización<br />
de la carrera y el campo laboral<br />
han crecido de manera exponencial. Aquí te<br />
compartimos, en orden alfabético, algunas de<br />
las escuelas para estudiar derecho en el país,<br />
así como sus propuestas educativas.<br />
BENEMÉRITA UNIVERSIDAD<br />
AUTÓNOMA DE PUEBLA<br />
Destaca: por ofrecer la carrera en sistema escolarizado<br />
y semiescolarizado.<br />
Propuesta educativa: su formación se<br />
divide en derecho privado (civil, familiar y<br />
mercantil), derecho social (del trabajo y seguridad<br />
social), derecho público penal, derecho<br />
público en sus variaciones de constitucional y<br />
amparo o fiscal y derecho público social (económico<br />
e internacional), así como el área de<br />
investigación jurídica.<br />
Semestres: 8.<br />
CENTRO DE INVESTIGACIÓN<br />
Y DOCENCIA ECONÓMICAS<br />
Destaca: por ser una escuela de alto rendimiento<br />
que busca un gran nivel de excelencia<br />
en sus alumnos, a los cuales prepara para<br />
ser altamente competitivos en su área a escala<br />
internacional.<br />
Propuesta educativa: sus egresados están<br />
preparados para sumarse a la administración<br />
pública y la investigación. Su objetivo es formar<br />
abogados “mediante el análisis sistémico<br />
de casos y de problemas jurídicos, con habilidades<br />
para solucionar problemas complejos<br />
con base en una formación teórica sólida”.<br />
Semestres: 8.<br />
ESCUELA LIBRE DE DERECHO<br />
Destaca: por ser una de las más importantes<br />
escuelas de derecho del país. Su principal propuesta<br />
es la cátedra libre y se especializa en la<br />
formación de servidores públicos.<br />
Propuesta educativa: su plan de estudio<br />
permite la especialización en cinco ramas:<br />
administrativa, propiedad y recursos naturales,<br />
procesal, mercantil-corporativo, civil y<br />
formación teórica.<br />
Semestres: 10.<br />
INSTITUTO TECNOLÓGICO<br />
AUTÓNOMO DE MÉXICO<br />
Destaca: por su formación académica apoyada<br />
en foros, congresos y seminarios. Fomenta<br />
que sus alumnos participen en concursos<br />
sobre simulacros y juicios como el P. Jessup,<br />
el de la Corte Penal Internacional, la Corte<br />
Interamericana de Derechos Humanos, de<br />
arbitraje comercial o de derecho de la OMC.<br />
Propuesta educativa: se considera pionera<br />
en ofrecer el desarrollo de habilidades en<br />
áreas como derecho internacional público,<br />
derechos humanos, derecho humanitario,<br />
derecho penal internacional y arbitraje comercial.<br />
Semestres: 9.<br />
INSTITUTO TECNOLÓGICO<br />
DE ESTUDIOS SUPERIORES<br />
DE MONTERREY<br />
Destaca: por ser la primera universidad nombrada<br />
como Institución de Excelencia Académica<br />
por la Secretaría de Educación Pública<br />
de México. La fundaron los jesuitas en 1957.<br />
Propuesta educativa: promueve la participación<br />
de los alumnos en concursos,<br />
congresos y prácticas nacionales e internacionales.<br />
Entre las materias que ofrece<br />
se encuentran criminalística, criminología,<br />
contratos internacionales, derechos de la<br />
seguridad social y clínicas, resolución de<br />
conflictos, paz y desarrollo.<br />
Semestres: 9.<br />
UNIVERSIDAD ANÁHUAC<br />
Destaca: por el programa Café Chesterton, actividad<br />
organizada por el Centro de Derechos<br />
Humanos que fomenta el debate y el pensamiento<br />
crítico. Varios de sus docentes pertenecen<br />
al Sistema Nacional de Investigadores.<br />
Propuesta educativa: sus áreas de profesionalización<br />
incluyen derecho corporativo,<br />
comercio internacional, administración pública<br />
y ciencias penales. Cuenta con el programa<br />
Empleo Seguro, en el que participan<br />
varias empresas que brindan la oportunidad<br />
a los estudiantes de excelencia de hacer sus<br />
prácticas profesionales y les aseguran su contratación.<br />
Semestres: 10.<br />
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA<br />
DE NUEVO LEÓN<br />
Destaca: por tener seis campos distribuidos<br />
46 NEWSWEEK MÉXICO
El estudio del derecho en México goza de un amplio prestigio y reconocimiento.<br />
FOTO: ADOBE STOCK<br />
en Monterrey y en el área metropolitana de<br />
Nuevo León.<br />
Propuesta educativa: ofrece las carreras<br />
de derecho y criminología, ambas en la<br />
modalidad mixta. Los egresados de derecho<br />
pueden acreditarse en los Comités Interinstitucionales<br />
para la Evaluación de la Educación<br />
Superior, A. C.; el Consejo para la Acreditación<br />
de la Educación Superior, A. C. y, a<br />
escala internacional, ante el Generation of<br />
Resources for Accreditation in Nations of the<br />
America, en Canadá.<br />
Semestres: 10.<br />
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA<br />
METROPOLITANA<br />
Destaca: por tener un bufete jurídico mediante<br />
el cual sus estudiantes apoyan a personas<br />
de escasos recursos.<br />
Propuesta educativa: ofrece especialización<br />
en régimen de la administración y las<br />
finanzas públicas, ciencias penales y criminológicas,<br />
derecho del trabajo y de la seguridad<br />
social. las modalidades de titulación son<br />
por proyecto terminal, por promedio o por<br />
experiencia laboral.<br />
Trimestres: 12.<br />
UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA<br />
Destaca: por ser considerada la segunda<br />
universidad pública más importante a escala<br />
nacional después de la UNAM. Posee<br />
15 campus en el estado de Jalisco y cuenta<br />
con siete salas de práctica para juicios orales.<br />
Propuesta educativa: dependiendo del<br />
plantel, el título puede ser de licenciatura en<br />
derecho o abogado y se puede elegir entre la<br />
modalidad escolarizada o semiescolarizada.<br />
Semestres: 9.<br />
UNIVERSIDAD DE LAS AMÉRICAS<br />
PUEBLA<br />
Destaca: por estar acreditada por el Southern<br />
Association of Colleges and Schools<br />
– Commission on Colleges (Sacscoc), en los<br />
niveles de licenciatura, maestría y doctorado.<br />
Propuesta educativa: además del título<br />
y cédula profesional, al terminar la licenciatura<br />
el alumno recibe un título avalado por<br />
el Sacscoc con reconocimiento en todo el<br />
mundo. El programa incluye 11 materias de<br />
habilidades y prácticas legales, 11 de derecho<br />
corporativo y 18 de fundamentos teóricos<br />
del derecho.<br />
Semestres: 8.<br />
UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA<br />
Destaca: por especializarse en tratados internacionales,<br />
derechos humanos, derecho<br />
internacional, juicios orales y medios alternativos<br />
para la solución de controversias.<br />
Propuesta educativa: el nuevo plan de<br />
estudios atiende cinco temas fundamentales<br />
para la sociedad mexicana: justicia; protección<br />
de los derechos humanos; seguridad;<br />
protección del medioambiente y una mejor<br />
distribución de la riqueza.<br />
Semestres: 9.<br />
UNIVERSIDAD NACIONAL<br />
AUTÓNOMA DE MÉXICO<br />
Destaca: por ser la más antigua del país y<br />
contar con un bufete jurídico que brinda<br />
asesoría gratuita a personas de bajos recursos.<br />
Propuesta educativa: el plan de estudios<br />
2020 apuesta por la orientación “iusfilosófica<br />
neoconstitucionalista, garantista”, cuyo<br />
contenido de la norma y validez se deberán<br />
entender conforme a los derechos humanos<br />
integrados en la Constitución y en los tratados<br />
internacionales.<br />
Será el primer plan de estudios que promueva<br />
“un sistema de enseñanza-aprendizaje<br />
que incorpore de manera transversal,<br />
en todas las asignaturas, la perspectiva de<br />
género, el enfoque de derechos humanos y<br />
el estudio del convencionalismo”.<br />
Semestres: 10.<br />
NEWSWEEK MÉXICO<br />
47
Ortega Abogados Asociados SC:<br />
Somos enemigos de hacer promesas que no podremos cumplir<br />
Desde su fundación, en el año 1973, este despacho<br />
se ha caracterizado por su tradición de excelencia en<br />
la amplia gama de servicios jurídicos que ofrece.<br />
Fundado hace más de 46 años, Ortega<br />
Abogados ofrece a su clientela<br />
nacional e internacional una amplia<br />
gama de servicios integrales que ha<br />
convertido a esta firma en una de las<br />
más prestigiosas del país.<br />
Integrada por profesionales con amplia<br />
experiencia, los abogados de este despacho<br />
han ocupado destacadas posiciones en la<br />
administración pública, la procuración de<br />
justicia y la educación; además de que son<br />
continuamente llamados a impartir cátedras<br />
y pláticas en importantes foros nacionales e<br />
internacionales.<br />
Con el paso de los años, Ortega Abogados<br />
ha logrado mantener excelentes relaciones<br />
de trabajo con los sectores financiero, industrial<br />
y empresarial, así como un trato atento<br />
y respetuoso con las diversas autoridades del<br />
gobierno mexicano.<br />
En la actualidad los servicios legales que<br />
ofrece están concentrados en el litigio, particularmente<br />
en los rubros civil, mercantil, penal,<br />
administrativo, familiar y de concursos<br />
mercantiles.<br />
“Tenemos socios especializados en cada<br />
una de esas ramas, lo que nos permite que,<br />
cuando se somete a consideración un asunto,<br />
el equipo interdisciplinario pueda analizar el<br />
tema y proporcionar estrategias prácticas y<br />
novedosas que se adecuen a las necesidades<br />
del cliente.<br />
“Así, habrá ocasiones en que un asunto<br />
por ejemplo pueda tener derivaciones de litigio<br />
mercantil y penal o bien familiar y penal,<br />
en cuyo caso el cliente no tendrá la necesidad<br />
de acudir a dos despachos de abogados para<br />
que atiendan su asunto, sino que aquí podemos<br />
darle esa solución y a un costo mucho<br />
más razonable”, considera José María Ortega<br />
Ortiz, socio de la firma.<br />
ESTRATEGIAS PRÁCTICAS<br />
Y NOVEDOSAS<br />
El objetivo del bufete es poder representar a<br />
“En el despacho tenemos la convicción de que a los clientes hay que comunicarles<br />
con claridad cuáles son sus posibilidades reales de éxito”.<br />
sus clientes con estrategias prácticas y novedosas,<br />
ya que sus abogados cuentan con experiencia<br />
en negociaciones, mediación, arbitraje<br />
y litigio.<br />
“La ética y la honestidad son pilares fundamentales<br />
en el ejercicio de cualquier profesión,<br />
más aún en el derecho, ya que el cliente<br />
pone en tus manos su patrimonio y a veces<br />
hasta su libertad.<br />
“En el despacho tenemos la convicción de<br />
que a los clientes hay que comunicarles con<br />
claridad cuáles son sus posibilidades reales<br />
de éxito en sus asuntos y, eso sí, intentar, con<br />
dedicación y esfuerzo, potencializar los resultados.<br />
Somos enemigos de hacer promesas<br />
que no podremos cumplir. Nuestra ética y resultados<br />
nos han llevado a estar en el mercado<br />
ofreciendo servicios de excelencia por prácticamente<br />
cinco décadas. Queremos continuar<br />
en esa ruta por muchos años más con las nuevas<br />
generaciones que se están formando en el<br />
interior”, añade Ortega Ortiz.<br />
La firma cuenta con abogados especializados<br />
en diversas ramas capaces de trabajar en<br />
inglés y español, y están preparados para atender<br />
con eficiencia y oportunidad las complejas<br />
necesidades de su clientela.<br />
“Estamos viviendo una etapa diferente<br />
con esta nueva administración en el gobierno<br />
federal, la cual busca hacer cambios, dejar su<br />
huella, y así hemos sido testigos de sus ajustes.<br />
Confiamos en que se respetará la división de<br />
los tres poderes de la Unión, principalmente<br />
la autonomía del Poder Judicial, para que este<br />
pueda continuar conduciéndose con independencia<br />
y sin la intervención de terceros en su<br />
quehacer de impartición de justicia”, finaliza<br />
Ortega Ortiz.<br />
FOTO: CARLO ECHEGOYEN<br />
48 NEWSWEEK MÉXICO
NUESTRO OBJETIVO:<br />
Representar a nuestros clientes con<br />
estrategias prácticas y novedosas e<br />
implementarlas de forma eficiente.<br />
NUESTROS ABOGADOS<br />
CUENTAN CON EXPERIENCIA EN:<br />
Litigio Civil<br />
Litigio Mercantil<br />
Concursos Mercantiles<br />
Litigio Penal<br />
Litigio Administrativo<br />
Litigio Familiar<br />
Arbitraje<br />
Marsella No. 21. Col. Juárez. Ciudad de México, C.P. 06600<br />
Tel. 55 5566-0199; 55 5535-1586; 55 5703-2147<br />
www.ortegaabogados.com