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suplemento_octubre

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MÉXICO<br />

EL PODER<br />

DE LA ABOGACÍA<br />

EN MÉXICO<br />

SUPLEMENTO ESPECIAL<br />

Octubre, 2019 | newsweekespanol.com<br />

Piedra angular de la justicia, a los<br />

profesionales del derecho se acude cuando se<br />

tiene un problema legal o antes de tomar una<br />

decisión que podría implicar consecuencias.<br />

Suplemento comercial para News for America, LLC • Coordinador editorial: Joel Aguirre A.<br />

Gerente de contenidos comerciales: Jorge Guzmán • Redacción: Patricia Sánchez


La SCJN y sus ministros:<br />

la más alta autoridad del país<br />

El máximo tribunal constitucional tiene como<br />

responsabilidad fundamental la defensa del<br />

orden establecido por la Constitución Política<br />

de los Estados Unidos Mexicanos.<br />

La Suprema Corte de Justicia de la<br />

Nación (SCNJ) es el máximo tribunal<br />

constitucional del país y preside<br />

el Poder Judicial de la Federación,<br />

encargado de impartir la justicia.<br />

Sus objetivos primordiales son, en primera<br />

instancia, velar porque se cumpla la Constitución<br />

Política de los Estados Unidos<br />

Mexicanos y mantener el equilibrio entre<br />

los distintos poderes y ámbitos de gobierno.<br />

Además, es responsable de solucionar, de<br />

manera definitiva, asuntos que son de gran<br />

importancia para la sociedad. En esa virtud,<br />

y toda vez que imparte justicia en el más alto<br />

nivel, es decir, el constitucional, no existe en<br />

nuestro país autoridad que se encuentre por<br />

encima de ella o recurso legal que pueda ejercerse<br />

en contra de sus resoluciones.<br />

La SCNJ está conformada por 11 ministros,<br />

cuyo cargo dura 15 años. Existe un<br />

presidente, y dos salas. Los ministros que<br />

conforman la corte hoy en día se enlistan<br />

a continuación.<br />

PRESIDENTE DE LA SCJN<br />

Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Nació en<br />

Querétaro, tiene 60 años y es egresado de<br />

la Escuela Libre de Derecho.<br />

Tiene especialidad en Derecho Constitucional<br />

y Administrativo por la División de<br />

Estudios de Maestría y Doctorado en Derecho<br />

de la Facultad de Derecho de la UNAM.<br />

Asumió el cargo como ministro presidente<br />

de la Suprema Corte de Justicia de la<br />

Nación el 2 de enero de 2019 y lo ocupará<br />

durante cuatro años, hasta el 31 de diciembre<br />

de 2022.<br />

Algunas de sus aportaciones en la SCJN<br />

han sido: el derecho a la igualdad y no discriminación,<br />

los criterios sobre la obligatoriedad<br />

para todos los jueces y juezas de<br />

juzgar con perspectiva de género, el uso lúdico<br />

de la marihuana, los parámetros para<br />

la efectividad de los derechos de los niños<br />

a ser escuchados y participar en procedimientos<br />

judiciales y los estándares para los<br />

procesos sobre menores víctimas de abuso<br />

sexual y víctimas de delitos de violación y<br />

secuestro.<br />

MINISTROS DE LA PRIMERA<br />

SALA<br />

Juan Luis González Alcántara Carrancá,<br />

presidente. Nació en Ciudad de México,<br />

tiene 70 años y es licenciado y doctor en<br />

Derecho por la UNAM.<br />

Tiene especialidad en finanzas públicas,<br />

maestría en Relaciones Internacionales por<br />

la Escuela Fletcher de Derecho y maestría<br />

en Derecho Civil por la Universidad de Barcelona.<br />

Asumió el cargo el 20 de diciembre de<br />

2018. Algunas de sus aportaciones son: en<br />

2000 creó el Centro de Convivencia Familiar<br />

Supervisada con la intención de reestablecer<br />

las relaciones paterno-filiales en las<br />

controversias del orden familiar; fundó el<br />

Centro de Justicia Alternativa, que permite<br />

la mediación, conciliación, y arbitraje como<br />

“métodos de despresurización de la justicia<br />

contenciosa”; e instituyó la Dirección de<br />

Derechos Humanos, considerada una de las<br />

primeras en un Tribunal Superior, destinada<br />

a sensibilizar a los operadores judiciales<br />

e impulsar una gestión judicial moderna,<br />

progresista e incluyente.<br />

Luis María Aguilar Morales. Es de Ciudad<br />

de México, tiene 69 años y egresó de la<br />

UNAM. Asumió el cargo el 1 de diciembre<br />

de 2009.<br />

Algunas de sus aportaciones son: fungió<br />

como presidente de la SCJN y del Consejo<br />

de la Judicatura Federal para el periodo<br />

de enero de 2015 a diciembre de 2018;<br />

presidente del Comité Técnico para la elaboración<br />

de los exámenes del “Concurso<br />

Interno de Oposición para la designación<br />

de jueces de distrito”, y presidente del jurado<br />

correspondiente al concurso interno<br />

en materia administrativa; y conferencista<br />

con el tema “La impartición de justicia en<br />

el Estado mexicano”, dictada en la Maestría<br />

en Administración Militar para la Seguridad<br />

y Defensa Nacionales.<br />

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Es de<br />

Cuernavaca, Morelos, tiene 50 años y estudió<br />

en la UNAM.<br />

Es maestro en Derecho por la Universidad<br />

de Harvard y certificado en Tributación<br />

Internacional.<br />

Asumió su cargo el 1 de diciembre de<br />

2012, y algunas de sus aportaciones son:<br />

sostener que la Constitución no discrimina<br />

en temas de orientación sexual; proponer<br />

que los casos sean analizados con perspectiva<br />

de género; favorecer el rol interpretativo<br />

de la Corte en casos relacionados con<br />

alegatos sobre detenciones arbitrarias,<br />

tortura, confesiones coaccionadas, abuso<br />

de la fuerza por parte de la policía, entre<br />

otros.<br />

Jorge Mario Pardo Rebolledo. Es de<br />

Xalapa, Veracruz, tiene 58 años y es egresado<br />

de la Escuela Libre de Derecho.<br />

Es maestro en Derecho de Amparo y<br />

doctorado en Ciencias Penales por el Instituto<br />

de Ciencias Jurídicas de Estudios Su-<br />

32 NEWSWEEK MÉXICO


LA SCJN es responsable de solucionar asuntos que son de gran importancia para la sociedad.<br />

FOTO: CUARTOSCURO<br />

periores. Asumió su cargo el 1 de febrero<br />

de 2011.<br />

Algunas aportaciones suyas son: en<br />

abril de 2016 votó en contra del primer<br />

amparo a cuatro personas para el autoconsumo<br />

lúdico de marihuana; elaboró<br />

el proyecto de las impugnaciones a la Ley<br />

de Seguridad Interior en el que proponía<br />

validar la competencia del Congreso de la<br />

Unión para legislar en materia de “seguridad<br />

interior”.<br />

Norma Lucía Piña Hernández. Es de<br />

Ciudad de México y egresó de la UNAM.<br />

Tiene doctorado por la División de Estudios<br />

de Posgrado de la UNAM.<br />

Asumió su cargo el 10 de diciembre de<br />

2015. Algunas de sus aportaciones son: fue<br />

presidenta de la Primera Sala de la SCJN;<br />

participó en la defensa de la voluntad pro<br />

creacional y filiación por maternidad subrogada;<br />

la modificación del acta de nacimiento<br />

para identidad de género, las<br />

pruebas oficiosas en asuntos de alimentos<br />

para menores, y el derecho de la víctima de<br />

violencia intrafamiliar a recibir indemnización<br />

por daño moral.<br />

MINISTROS DE LA SEGUNDA<br />

SALA<br />

Javier Laynez Potisek, presidente. Es de<br />

Torreón, Coahuila, tiene 60 años y estudió<br />

en la Universidad Regiomontana.<br />

Tiene maestría en Derecho Público,<br />

maestría en Administración Pública y doctorado<br />

en Derecho Público por la Universidad<br />

de París. Asumió su cargo en diciembre<br />

de 2015.<br />

Algunas aportaciones suyas son: rechazó<br />

reanudar el concurso de aspirantes<br />

a juez al detectar la venta ilegal de los<br />

exámenes del Vigésimo Octavo Concurso<br />

Interno de Oposición para Juez de Distrito;<br />

concedió la suspensión provisional a<br />

la aplicación de los decretos emitidos por<br />

Jalisco y Nayarit a principios de 2018 en los<br />

que se delimitan los territorios de Mezquitic,<br />

Jalisco, y el Nayar, Nayarit.<br />

Yasmín Esquivel Mossa. Es de Ciudad<br />

de México, tiene 56 años y es egresada de<br />

la UNAM.<br />

Es doctora en Derecho por la Universidad<br />

Complutense de Madrid y diplomada<br />

en Gobierno y Administración Pública por<br />

el Instituto Nacional de Administración<br />

Pública. Asumió su cargo el 13 de marzo<br />

de 2019.<br />

Algunas de sus aportaciones son: fue<br />

electa secretaria del Consejo Directivo de la<br />

Asociación Mexicana de Juzgadoras, A. C.;<br />

recibió la presea “Mujeres por la Igualdad<br />

2018”, que otorga la Asociación Mexicana<br />

de Juzgadoras, A. C.<br />

José Fernando Franco González Salas.<br />

Es de Ciudad de México, tiene 69 años y<br />

es egresado de la Escuela Libre de Derecho.<br />

Tiene estudios en Administración Pública<br />

y Ciencias Políticas por la Universidad<br />

de Warwick. Asumió su cargo el 12 de<br />

diciembre de 2006.<br />

Algunas aportaciones suyas son: fue<br />

presidente de la Segunda Sala de la Suprema<br />

Corte de Justicia de la Nación en el periodo<br />

2008-2009.<br />

Eduardo Tomás Medina Mora Icaza.<br />

Es de Ciudad de México, tiene 62 años y es<br />

egresado de la UNAM.<br />

Asumió su cargo el 10 de marzo de 2015,<br />

y algunas de sus aportaciones son: es autor<br />

de diversas publicaciones en español e<br />

inglés que tratan temas relacionados con<br />

política exterior, seguridad nacional y comercio<br />

exterior.<br />

Alberto Pérez Dayán. Es de Ciudad de<br />

México, tiene 58 años y es egresado de la<br />

Universidad La Salle.<br />

Tiene especialidad en Amparo en la<br />

Universidad Panamericana y en el Instituto<br />

Mexicano del Amparo, especialidad en<br />

Derecho Constitucional y Administrativo,<br />

maestría en Derecho y doctorado en Derecho<br />

por la UNAM y especialización judicial<br />

de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.<br />

Asumió su cargo el 22 de noviembre de<br />

2012, y algunas de sus aportaciones son:<br />

conferencista en Baker McKenzie en Madrid<br />

con el tema “La convencionalidad y constitucionalidad<br />

en el arbitraje”; encargado de<br />

analizar la acción de inconstitucionalidad<br />

que interpusieron senadores del PRI, PAN,<br />

PRD y Movimiento Ciudadano contra la Ley<br />

Federal de Remuneraciones de los Servidores<br />

Públicos, la cual impide que cualquier<br />

funcionario gane más que el presidente de<br />

la república.<br />

NEWSWEEK MÉXICO<br />

33


El juicio de amparo,<br />

el medio de defensa más eficaz<br />

Este instrumento legal es el más utilizado contra<br />

leyes y actos de autoridad en nuestro país.<br />

Si bien es cierto que en México el<br />

juicio de amparo tiene una larga<br />

historia de aplicación y buenos<br />

resultados a favor de los gobernados,<br />

también lo es que, frente<br />

a los cambios que la realidad política,<br />

económica, social y cultural ha traído en<br />

las relaciones entre las personas y los integrantes<br />

del gobierno, como son los Poderes<br />

Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en los niveles<br />

federal, estatal y municipal, ha sido<br />

necesario actualizar y modernizar dicho<br />

medio de defensa (en sus diferentes áreas<br />

de aplicación, como lo son, entre otras, la<br />

materia administrativa, civil y mercantil),<br />

a partir de su fuente primaria que es la<br />

Constitución Federal y su Ley Reglamentaria<br />

que es la Ley de Amparo.<br />

Dentro de los temas más destacados de<br />

tal actualización y modernización se encuentran<br />

los de: 1) El objeto ampliado del<br />

juicio de amparo; 2) El interés legítimo en<br />

el juicio de amparo; 3) La suspensión de<br />

las leyes reclamadas en cuanto a su aplicación;<br />

y la suspensión de los actos de autoridad<br />

reclamados, con efectos restitutorios<br />

para restablecer al gobernado de manera<br />

anticipada y entre tanto dura el juicio, en<br />

el goce perdido de sus derechos legalmente<br />

tutelados.<br />

Respecto al primer tema, tenemos que<br />

se precisan los derechos humanos reconocidos<br />

en la propia Constitución, así como<br />

en los tratados internacionales de los que<br />

el Estado mexicano forme parte, y las garantías<br />

específicas para su protección, las<br />

cuales surgen tanto en los elementos integrantes<br />

de los derechos humanos, como<br />

en el juicio de amparo, teniendo obligación<br />

todas las autoridades de promover, respetar,<br />

proteger y garantizar los derechos<br />

humanos, sobre la base de que las normas<br />

relativas a estos siempre deberán interpretarse<br />

y aplicarse favoreciendo en todo<br />

tiempo a las personas la protección más<br />

amplia, lo que se conoce como principio<br />

pro persona.<br />

Respecto al segundo tema, tenemos que<br />

anteriormente el juicio de amparo solo podía<br />

promoverse bajo un interés jurídico consistente<br />

en que el gobernado es el titular del<br />

derecho que estima afectado; actualmente,<br />

se ha incorporado una nueva figura para<br />

ampliar la debida y eficaz protección de los<br />

gobernados frente a las leyes y actos de autoridad<br />

que los afecten, denominada interés<br />

legítimo.<br />

Dicha figura novedosa consiste en que<br />

algún acto de autoridad cause presuntos<br />

daños a determinada persona que resienta<br />

una afectación personal o colectiva, por<br />

pertenecer a determinada colectividad y<br />

que interponga una demanda de amparo,<br />

en temas, entre otros, para la protección,<br />

de la salud, el medioambiente o el desarrollo<br />

urbano.<br />

Respecto al tercer tema, tenemos que<br />

actualmente, en un avance muy importante,<br />

la Ley de Amparo permite en materia de suspensión<br />

en contra de leyes, que el juez ordene<br />

que se impida la aplicación de los efectos y<br />

consecuencias de la norma reclamada en<br />

esfera jurídica del gobernado, como actos<br />

subsecuentes. Y atendiendo a la naturaleza<br />

de determinados actos reclamados, ahora es<br />

posible reestablecer al gobernado de manera<br />

provisional y anticipada, en el goce de los<br />

derechos que le fueron indebidamente afectados,<br />

lo que permite preservar la materia<br />

del juicio y evitar una larga espera en tanto<br />

se dicta sentencia de fondo en el amparo, así<br />

como la causación de daños, pudiendo citarse<br />

también, como ejemplo, el lanzamiento<br />

de un inquilino de la propiedad arrendada,<br />

que con base en dicha suspensión de restablecimiento<br />

en sus derechos, puede el juez<br />

de amparo decretar que regrese a ocupar el<br />

inmueble ocupado, frente a posibles violaciones<br />

causadas en su perjuicio.<br />

Para finalizar es importante comentar<br />

que, en los últimos años, la sociedad, en<br />

especial el sector empresarial, ha tomado<br />

una actitud más activa en defensa y<br />

protección de sus derechos en la materia<br />

administrativa, lo que coloca el ejercicio<br />

del juicio de amparo en tal materia en una<br />

necesidad concurrente tanto para las personas<br />

físicas como para las personas morales<br />

o sociedades, respecto al ejercicio de<br />

sus actividades, negocios u objeto social,<br />

razón por la cual la asesoría de una Firma<br />

Legal, como es el caso de Brodermann<br />

& Asociados, resulta fundamental en los<br />

ámbitos preventivos y correctivos, toda vez<br />

que somos líderes en el manejo de juicios<br />

de amparo administrativos.<br />

FOTO: ADOBE STOCK<br />

34 NEWSWEEK MÉXICO


E x c e l e n c i a e n S o l u c i o n e s J u r í d i c a s<br />

w w w . b r o d e r m a n n . c o m . m x<br />

L i t i g i o d e e x c e l e n c i a a n t e t o d a c l a s e d e a u t o r i d a d e s<br />

m a t e r i a l y f o r m a l m e n t e j u r i s d i c c i o n a l e s , a p a r t i r d e<br />

p r i n c i p i o s d e c o n v e n c i o n a l i d a d , c o n s t i t u c i o n a l i d a d ,<br />

l e g a l i d a d , r e g l a m e n t a r i o s , n o r m a t i v o s y r e g u l a t o r i o s<br />

A s e s o r í a p r e c i s a , p r e v e n t i va y c o r r e c t i va pa r a l a s n e c e s i d a d e s d e n u e s t r o s c l i e n t e s<br />

C a pa c i d a d d e c a m b i o , a c t u a l i z a c i ó n p e r m a n e n t e y m e j o r a c o n t i n u a<br />

l i t i g i o<br />

a s e s o r í a<br />

• Constitucional<br />

y amparo<br />

• Derecho corporativo<br />

y contractual<br />

• Civil y mercantil<br />

• Desarrollo urbano<br />

• Fiscal,<br />

administrativo<br />

y agrario<br />

• Energía<br />

• Propiedad intelectual<br />

• Expropiaciones<br />

• Telecomunicaciones<br />

• Comercio exterior<br />

• Competencia económica<br />

A g u s t í n M a n u e l C h á v e z N o . 1 , d e s p a c h o 1 0 4 , C o l . C e n t r o C i u d a d S t a . F e , a l c a l d í a Á l v a r o O b r e g ó n<br />

C . P. 0 1 2 1 0 , M é x i c o , C i u d a d d e M é x i c o<br />

T e l . ( 5 5 ) + 5 2 9 2 - 8 1 3 0<br />

i n f o @ b r o d e r m a n n . c o m . m x


Retos y oportunidades en materia<br />

colectiva tras la reforma laboral<br />

Desde el 1 de mayo, los juzgados laborales se incorporaron al Poder<br />

Judicial, con lo que se eliminaron las Juntas de Conciliación y Arbitraje.<br />

Tras la reforma laboral que entró en<br />

vigor el 1 de mayo de 2019, los socios<br />

fundadores de Diez de Bonilla, Kuri<br />

y Asociados, S. C. nos comparten sus<br />

visiones sobre los retos y oportunidades<br />

que esta implica en materia de derechos<br />

colectivos de trabajo.<br />

La reforma laboral, por su propia naturaleza,<br />

resulta ser de las llamadas de gran calado.<br />

Esta ordena la incorporación de los juzgados laborales<br />

dentro del Poder Judicial, con lo que se<br />

eliminan las Juntas de Conciliación y Arbitraje<br />

y se crea, a su vez, una instancia de conciliación<br />

obligatoria previa en los tribunales, el Centro<br />

Federal de Conciliación y Registro Laboral, y los<br />

centros de conciliación en el ámbito local. El primero<br />

es responsable del depósito y registro de<br />

los contratos colectivos de trabajo, tanto locales<br />

como federales, así como del registro de los sindicatos,<br />

con lo que se establecen procedimientos<br />

y requisitos para asegurar la libertad de negociación<br />

colectiva y se garantiza la representatividad<br />

de las organizaciones sindicales.<br />

Ante la exigencia actual de la representatividad<br />

sindical, nos encontramos con la abolición<br />

de los llamados contratos colectivos de<br />

trabajo de protección, los cuales se celebran sin<br />

el consentimiento de los trabajadores, solo con la<br />

suscripción del secretario general del sindicato<br />

y sin formalidad habilitante alguna, más que las<br />

que su propio estatuto sindical le otorgue y la<br />

del patrón. Estos contratos colectivos han sido<br />

denunciados ante la propia Organización Internacional<br />

del Trabajo (OIT) como una práctica<br />

que vulnera los derechos de la libertad sindical<br />

de los trabajadores en menoscabo de sus condiciones<br />

de trabajo.<br />

“La proliferación de los contratos colectivos<br />

de protección ha obedecido, no para vulnerar<br />

los derechos de los trabajadores ni su libertad<br />

de asociación ni tampoco para acotar sus condiciones<br />

de trabajo, sino más bien para proteger<br />

los derechos de los propios y auténticos trabajadores,<br />

así como los derechos del patrón, ante un<br />

emplazamiento a huelga espurio, es decir, sin la<br />

Alfredo Kuri y José Antonio Diez de Bonilla, fundadores<br />

de la firma Diez de Bonilla, Kuri y Asociados.<br />

representación de los trabajadores y con el solo<br />

interés de obtener la firma del contrato colectivo<br />

para el beneficio económico de la organización<br />

sindical”, asegura José Antonio Diez de Bonilla<br />

Altamirano.<br />

Ahora, al establecer la ley que debe de tenerse<br />

la certeza de la representatividad sindical,<br />

tanto para el depósito como para la solicitud en<br />

la celebración de un contrato colectivo de trabajo,<br />

ya no será necesario la celebración de contrato<br />

alguno de protección.<br />

Por lo tanto, ya no dependerá ni de la parte<br />

patronal ni del sindicato que exista o no una<br />

vida sindical en un centro de trabajo, sino propiamente<br />

de la voluntad de los trabajadores, por<br />

lo que el reto y, a su vez, oportunidad de toda<br />

empresa, será el de entablar un vínculo directo<br />

de diálogo, respeto y comunicación veraz con<br />

los propios trabajadores, sin que sea necesaria<br />

la intervención de un interlocutor, como lo es<br />

el sindicato.<br />

“Lo que se pretende es privilegiar al trabajador<br />

en sus derechos plenos y no a los sindicatos<br />

como un ente corporativo controlador y de contención”,<br />

sostiene Alfredo Kuri.<br />

Previo a esta reforma, con una ley tan permisiva<br />

para hacer valer los derechos colectivos a<br />

través de un sindicato, las autoridades laborales<br />

federales se congratulaban por no existir huelgas<br />

estalladas en México. Dicha aseveración obedecía<br />

únicamente a la inexistencia de legítima representatividad<br />

de los trabajadores.<br />

“El tema actual no es evitar la actividad sindical<br />

ni tampoco las huelgas, el objetivo es tener<br />

una verdadera representación de los trabajadores<br />

y con una autoridad que verdaderamente resuelva<br />

las contiendas”, añade Kuri Monterrubio.<br />

Nos encontramos entonces ante una gran<br />

oportunidad para revindicar el legítimo ejercicio<br />

de los derechos colectivos de los trabajadores<br />

mediante los sindicatos con certeza<br />

en su representatividad y, en consecuencia,<br />

con una eficaz negociación colectiva donde<br />

la huelga sea un medio eficiente y veraz para<br />

llegar al acuerdo, quedando pendiente el reconocer<br />

el derecho de las coaliciones obreras<br />

para el mismo efecto.<br />

Sin lugar a dudas, la reforma marca el<br />

inicio de un verdadero cambio para empoderar<br />

al trabajador y no a los sindicatos para<br />

hacer valer sus derechos colectivos. Este será<br />

el reto a cumplir.<br />

FOTO: ALEJANDRO PONCE DE LEÓN<br />

36 NEWSWEEK MÉXICO


DIEZ DE BONILLA,<br />

KURI Y ASOCIADOS<br />

A B O G A D O S<br />

áreas de práctica<br />

CONTRATACIÓN<br />

DE TRABAJADORES<br />

TERMINACIÓN DE<br />

RELACIONES DE TRABAJO<br />

PERCEPCIONES<br />

DE LOS TRABAJADORES<br />

CAPACITACIÓN<br />

Y ADIESTRAMIENTO<br />

REPARTO<br />

DE UTILIDADES<br />

SEGURIDAD<br />

E HIGIENE<br />

REGLAMENTO INTERIOR<br />

DE TRABAJO<br />

CONTRATACIÓN<br />

COLECTIVA DE TRABAJO<br />

LITIGIO<br />

ASUNTOS LABORALES<br />

Prado Norte # 125, Piso 3, Interior 301,<br />

Col. Lomas de Chapultepec,<br />

C.P. 11000, Ciudad de México<br />

Tels. +52 (55) 5531-2125, 52505398, 52505314<br />

www.diezbonilla-kuri.commx/


Gutiérrez Mateos y Asociados:<br />

litigio mercantil, civil y penal de manera personalizada<br />

Pocos despachos mantienen la especialización<br />

en estas materias. Este lo es desde 1992.<br />

Con 27 años de existencia, el despacho<br />

de abogados Gutiérrez<br />

Mateos y Asociados, especializado<br />

en el litigio personalizado<br />

en las materias mercantil, civil y<br />

penal, se distingue por contar con una amplia<br />

infraestructura jurídica para atender y<br />

hacer frente a los servicios profesionales que<br />

le son solicitados.<br />

La firma está integrada por el Mtro.<br />

Emilio Gutiérrez Mateos, socio titular que<br />

fundó la firma en el año 1992, además de un<br />

equipo de abogados asociados integrado por<br />

José Javier Peña Lucido, Ángel Oswaldo Rodríguez<br />

Fernández y Rogelio Urzúa Robles,<br />

a quienes también está unido un grupo de<br />

litigantes especialistas, pasantes y personal<br />

administrativo.<br />

De acuerdo con Gutiérrez Mateos, la ética<br />

y la honestidad son los pilares del despacho.<br />

Además, el fundamento de su filosofía<br />

es la conformación de un equipo de gente<br />

honesta, capacitada y comprometida que ha<br />

dedicado su vida al litigio.<br />

“El principal reto de la firma de abogados<br />

ha sido integrar un equipo que comparta<br />

esos ideales, con una actuación honesta, ética,<br />

preparada y responsable, y más cuando<br />

en México es complicado caminar de esta<br />

forma”, añade el fundador del despacho.<br />

El camino fácil es el que se busca —agrega—,<br />

y el difícil, el del estudio, la preparación<br />

y la responsabilidad: “Lamentablemente,<br />

es el que menos se aplica. Predicar<br />

con el ejemplo es una de las filosofías de la<br />

firma y sus integrantes. La única manera en<br />

la que uno puede transmitir es con el ejemplo:<br />

en la familia, en la casa, en el trabajo,<br />

en la profesión”.<br />

—¿Por qué especializarse en las ramas<br />

mercantil, civil y penal? —se le pregunta a<br />

Emilio Gutiérrez.<br />

—Desde el inicio de mi ejercicio profesional,<br />

prácticamente desde el primer semestre<br />

de la carrera, me enamoré del mundo del litigio:<br />

ejercer la profesión directamente ante<br />

Emilio Gutiérrez Mateos es el socio titular de la firma, la cual fundó en 1992.<br />

El despacho, que posee una amplia infraestructura jurídica, tiene 27 años de experiencia.<br />

FOTOS: CARLO ECHEGOYEN (3)<br />

38 NEWSWEEK MÉXICO


Lo más importante para Gutiérrez Mateos y Asociados es el trato personalizado con el cliente.<br />

los tribunales, defender los derechos de las<br />

personas, estar siempre involucrado en estas<br />

materias, la mercantil, civil y penal, las<br />

cuales, hasta la fecha, y desde la fundación<br />

del despacho, seguimos desarrollando todos<br />

los integrantes de la firma. Todo lo que rodea<br />

el mundo mercantil, financiero, empresarial,<br />

todos los actos que son realizados por<br />

los particulares en su vida cotidiana, y eso<br />

complementado con la rama penal.<br />

—¿Qué ventaja competitiva representa<br />

para sus clientes que pueda ofrecer estas<br />

tres especialidades?<br />

—Son pocos los despachos que mantienen<br />

la especialización en estas materias,<br />

lo que evidentemente da una opción muy<br />

importante a nuestros clientes, por no tener<br />

que diversificar en la contratación de varios<br />

abogados o despachos para el manejo de<br />

sus asuntos. Eso les resulta en una ventaja<br />

no solo en costos, al no duplicarse estos, sino<br />

que, más aún, en el ejercicio coordinado de<br />

sus acciones, lo que se refleja normalmente<br />

en el resultado final de los asuntos.<br />

—¿Qué tan importante es ofrece un servicio<br />

personalizado?<br />

—Lo más importante de todo despacho<br />

es el cliente, el trato personalizado con él.<br />

GUTIÉRREZ MATEOS<br />

Y ASOCIADOS, S. C.<br />

Es prioridad para la firma que toda aquella<br />

persona que nos busca y que pone en<br />

nuestras manos sus valores más fundamentales,<br />

en muchas ocasiones sin conocernos,<br />

encuentre un respaldo y representación<br />

legal-personal de excelencia, lo que se traduce<br />

en una inmensa responsabilidad. Esa<br />

es la verdad que hay que tener presente y<br />

enfrentar todos los días, cuando una persona<br />

llega a nuestro despacho es porque tiene<br />

una necesidad o problema.<br />

“Debe haber un complemento directo<br />

entre la prestación de un servicio profesional<br />

en materia legal y un trato personalizado<br />

—continúa—. Cuando se dan esos dos elementos,<br />

normalmente se le brinda tranquilidad<br />

a la persona porque encuentra<br />

el espacio<br />

para ser<br />

escuchada, para<br />

que se le explique<br />

de forma correcta<br />

y profesional cuál<br />

es su situación legal<br />

y cuáles son sus alternativas”.<br />

—¿Cuáles son<br />

los retos más importantes<br />

que enfrenta el país en materia de<br />

derecho?<br />

—El principal reto, sin duda, es que la<br />

gente vuelva a sentir seguridad jurídica en<br />

su vida y en la de su gente querida, en su<br />

libertad, propiedades, posesiones y derechos.<br />

Que la sociedad vuelva a confiar en<br />

el derecho, en los órganos que lo crean y<br />

en las autoridades que lo imparten. Que<br />

la sociedad se pueda volver a organizar a<br />

través de la debida aplicación de la ley, pero<br />

para ello hay que erradicar la impunidad y<br />

la corrupción, así como las leyes arbitrarias<br />

e impositivas.<br />

Boulevard Manuel Ávila Camacho 184, Piso 18, Col. Reforma<br />

Social. Alcaldía Miguel Hidalgo. C. P. 11650, CDMX.<br />

Tels: 55 5202 0505, 55 5985 3722, 55 2071 4831<br />

Correo electrónico: info@gutierrezmateos.com<br />

NEWSWEEK MÉXICO<br />

39


La urgencia de consolidar<br />

la cultura de la propiedad intelectual<br />

Mediante los derechos de autor<br />

y la propiedad industrial todas las personas<br />

pueden proteger marcas, patentes<br />

y creaciones intelectuales.<br />

Hace unos años, en 2015, las<br />

redes sociales se manifestaron<br />

virulentamente contra la supuesta<br />

intención de la diseñadora<br />

francesa Isabel Marant de<br />

obtener derechos exclusivos sobre diseños<br />

copiados de blusas de la comunidad mixe<br />

de Oaxaca.<br />

El caso llamó la atención por las reacciones<br />

que motivó, incluida una petición en<br />

Change.org contra la marca Antiquité Vatic<br />

y Marant, quien tuvo que publicar una<br />

aclaración, secundada por un comunicado<br />

de prensa del ayuntamiento de Santa María<br />

Tlahuitoltepec, que negaba haber recibido<br />

cualquier notificación sobre acciones legales<br />

por tal causa.<br />

No obstante, lo que más llamó la atención<br />

fue la ligereza con la que el tema fue<br />

abordado en diversos medios, los cuales informaron<br />

esencialmente que la diseñadora<br />

había “patentado” los diseños y pretendía<br />

ejercer derechos exclusivos.<br />

No todos están obligados a conocer la<br />

diferencia entre las figuras de propiedad<br />

intelectual, pero los medios sí tienen la<br />

obligación de consultar a quienes las conozcan<br />

antes de difundir información que<br />

repercuta en perjuicio de una persona física<br />

o moral.<br />

PROPIEDAD INDUSTRIAL<br />

Y DERECHO DE AUTOR<br />

En México, la Ley de la Propiedad Industrial<br />

establece como materia de una patente las<br />

invenciones nuevas, resultado de actividad<br />

inventiva y susceptibles de aplicación industrial,<br />

y define como “invención” la creación<br />

humana que permita transformar la<br />

materia o la energía que existe en la naturaleza,<br />

para su aprovechamiento por el hombre<br />

y satisfacer sus necesidades concretas.<br />

Por ello, el diseño aplicado a un producto<br />

textil no puede ser materia de una patente.<br />

La figura para proteger el diseño textil,<br />

en cambio, es el derecho de autor, reconocido<br />

respecto a “obras de arte aplicado” que<br />

incluyen el diseño gráfico o textil, como es<br />

el caso. La Ley Federal del Derecho de Autor,<br />

mediante el Instituto Nacional del Derecho<br />

de Autor (Indautor), confiere para ello<br />

el derecho a reproducir la obra como tal,<br />

mas no permite hacer extensiva esa reproducción<br />

en cualquier tipo de artículos ni en<br />

su promoción comercial.<br />

También es importante destacar que esa<br />

ley tiene un capítulo que protege las obras<br />

de arte popular o artesanal, y a todas las<br />

tradiciones de la composición pluricultural<br />

que conforman al Estado mexicano sin autor<br />

identificable, como el caso de las blusas<br />

objeto de controversia.<br />

Ese mismo capítulo dispone que las<br />

obras de arte popular o artesanal desarrolladas<br />

y perpetuadas en una comunidad o<br />

etnia originaria o arraigada en la república<br />

mexicana gozan de protección contra su<br />

deformación en su demérito o perjuicio de<br />

la reputación o imagen de la comunidad o<br />

etnia a la cual pertenecen. Pero, también,<br />

que es libre su utilización siempre que no se<br />

contravengan las disposiciones del mismo<br />

capítulo, lo cual hace la discusión básicamente<br />

bizantina y le da un cariz del rechazo<br />

a lo extranjero antes mencionado.<br />

Sin embargo, el embrollo de las blusas<br />

podría rendir frutos valiosos. Sobre todo,<br />

asimilar que México ha sido notablemente<br />

lento en adoptar mecanismos que favorezcan<br />

los procesos de protección de la propiedad<br />

intelectual mexicana en el extranjero.<br />

Ejemplo es el Arreglo de Madrid para el registro<br />

internacional de marcas, que data de<br />

1989, pero fue adoptado por México en 2012<br />

y comenzó a funcionar en 2013.<br />

¿QUÉ SABER?<br />

En México, de acuerdo con la Secretaría de<br />

Economía, la propiedad intelectual se divide<br />

en derechos de autor (obras literarias,<br />

musicales, artísticas y fotográficas, entre<br />

otras) y propiedad industrial (invenciones<br />

y registros).<br />

En este sentido, el Instituto Mexicano de<br />

la Propiedad Industrial (IMPI) tiene la autoridad<br />

legal para administrar el sistema de<br />

propiedad industrial a escala nacional. Las<br />

figuras jurídicas que este organismo protege<br />

son: patente (el producto o proceso que demuestra<br />

ser nuevo a escala internacional),<br />

modelo de utilidad (aquellas modificaciones<br />

a inventos, herramientas y maquinaria<br />

ya existentes para mejorar su desempeño)<br />

y diseños industriales (como son modelo<br />

industrial, dibujo industrial, marca, aviso<br />

comercial, nombre comercial y denominación<br />

de origen).<br />

La finalidad de la protección de la propiedad<br />

industrial es impedir toda utilización<br />

no autorizada de dichas figuras. Por<br />

ello, el IMPI se rige bajo tres características<br />

de los derechos de propiedad industrial: exclusividad,<br />

en donde el titular es el único<br />

autorizado para explotar comercialmente<br />

lo que ha protegido; territorialidad, que son<br />

los derechos otorgados dentro del territorio<br />

nacional y son independientes a los otorga-<br />

40 NEWSWEEK MÉXICO


Es importante asesorarse con algún abogado o institución cuya<br />

especialidad sea el registro correcto de la propiedad intelectual.<br />

FOTO: ADOBE STOCK<br />

dos en otros países; y temporalidad, que es<br />

el tiempo estipulado durante el cual se puede<br />

explotar comercialmente lo protegido.<br />

¿POR QUÉ ES IMPORTANTE?<br />

Hoy en día, la idea de por ejemplo emprender<br />

un negocio es un pensamiento<br />

recurrente en México. Muchos emprendedores<br />

consideran que sus ideas creativas<br />

“romperán” el mercado, por lo que hacen<br />

planeaciones estratégicas, se relacionan<br />

con sus contactos, anuncian el evento de<br />

apertura y lo promueven en sus redes sociales.<br />

El problema ocurre cuando, al poco<br />

tiempo, sufren demandas legales o plagios<br />

de sus marcas por saltarse el primer paso:<br />

el registro de derechos de autor o propiedad<br />

industrial.<br />

Por ello, Daniel Villanueva, asociado<br />

senior de Propiedad Intelectual de Baker<br />

McKenzie en México, recomienda que, antes<br />

de considerar una estrategia, se comprenda<br />

perfectamente qué es y para qué<br />

sirve la propiedad intelectual.<br />

“Esta es la forma en que todas las personas,<br />

morales y físicas, podemos proteger<br />

ese activo tan importante que son intangibles<br />

como las marcas, patentes y derechos<br />

de autor. Estas figuras nos permiten proteger<br />

todo tipo de creaciones intelectuales<br />

que se desarrollan en empresas o por personas<br />

físicas”.<br />

El especialista agrega que en México<br />

hace falta cultura de propiedad intelectual,<br />

aunque con el tiempo se ha evolucionado.<br />

“Las universidades han fomentado<br />

enseñanzas de registro de patentes; los<br />

indicadores de solicitudes de marcas así<br />

lo sugieren, pues han incrementado el número<br />

de registros. Pero tenemos también<br />

indicadores muy malos en negocios informales,<br />

como la piratería, y eso representa<br />

una amenaza”, añade Villanueva.<br />

Aunque las reformas hoy en día ayudan<br />

a combatir estas actividades ilícitas, el<br />

registro de derechos de autor y propiedad<br />

industrial es el primer gran paso para combatirla,<br />

sentencia el experto: “Para ello es<br />

importante asesorarse con algún experto o<br />

institución cuya especialidad sea el correcto<br />

registro de la propiedad intelectual, que<br />

entienda la importancia que tiene y sepa<br />

identificar las necesidades inherentes”.<br />

ALGUNAS RECOMENDACIONES<br />

En ese sentido, ofrece algunas recomendaciones<br />

para realizar la mejor estrategia para<br />

la protección de la propiedad intelectual:<br />

Identificar qué proteger y mediante qué<br />

figura. Es de suma importancia conocer qué<br />

es lo que tengo para entonces investigar qué<br />

herramientas puedo usar para su protección.<br />

Para ello deben plantearse las siguientes peguntas:<br />

¿Qué tengo? ¿Se trata de una marca?<br />

¿Será una invención? ¿Se trata de un derecho<br />

de autor? Si bien pudiera no tenerse<br />

mucho conocimiento sobre la figura legal<br />

en particular, tener bien identificada la materia<br />

de protección será muy útil al acercarse<br />

a un especialista o a alguna de las oficinas del<br />

IMPI o del Indautor.<br />

Priorizar. Una vez identificados los elementos<br />

que se quieren proteger, se debe<br />

priorizar qué es lo más importante o lo que<br />

tiene una mayor premura. Si bien toda la<br />

propiedad intelectual es valiosa, también<br />

puede representar gastos importantes, por<br />

lo que es muy recomendable que se priorice<br />

correctamente para poder calendarizar<br />

la aplicación de gastos y mantener debidamente<br />

protegida la propiedad intelectual.<br />

Preparar los documentos. El emprendedor<br />

debe preparar todos los documentos<br />

pertinentes, asesorado por un especialista<br />

cuando sea necesario, para que cada uno<br />

de los elementos que se identificaron sean<br />

protegidos. Esto incluye las solicitudes para<br />

el registro de marcas, patentes y derechos<br />

de autor, así como los contratos o autorizaciones<br />

que sean necesarios.<br />

Administrar. Una vez que se han iniciado<br />

trámites o gestiones para la protección<br />

de la propiedad intelectual es importante<br />

que cada uno de los elementos protegidos<br />

sea debidamente administrado, esto incluye<br />

renovar los posibles registros, hacer los<br />

pagos correspondientes a las anualidades,<br />

preparar e inscribir los contratos de licencia,<br />

franquicia o términos y condiciones<br />

cuando sea necesario, entre otros. Es importante<br />

tomar en cuenta que para algunas<br />

de estas tareas hay fechas que son fatales,<br />

por lo que se debe estar muy atento a los<br />

vencimientos.<br />

Defender. Para mantener el uso exclusivo<br />

de los elementos protegidos o no crear<br />

antecedentes que pudieran después ser<br />

utilizados en su contra, es importante no<br />

consentir infracciones por parte de otras<br />

personas o empresas, porque esto pudiera<br />

llevar a que tu marca se convierta en una<br />

denominación genérica o en el mismo<br />

nombre de los productos o servicio. De esta<br />

manera, es importante que, en el caso de<br />

una infracción, se consulte a un abogado<br />

para la debida planeación de una estrategia<br />

de litigio.<br />

NEWSWEEK MÉXICO<br />

41


Generación distribuida y abasto aislado,<br />

el nuevo panorama ante la transición gubernamental<br />

El sector de energía eléctrica en<br />

México no pasa por su mejor momento,<br />

el cambio de gobierno y,<br />

con este, el de la política energética,<br />

imprimió cierta incertidumbre<br />

en el panorama para invertir y desarrollar<br />

proyectos energéticos. El estancamiento se<br />

percibe en todo tipo de proyectos, algunos<br />

detenidos por conflictos socioambientales,<br />

otros en disputa por derechos de ocupación,<br />

la tendencia en el sector es a la desaceleración<br />

y no se ven señales de cambio próximas.<br />

Esto ha generado que una gran parte de<br />

la capacidad instalada autorizada e incluso la<br />

subastada al día de hoy no estén generando,<br />

eso aunado a la cancelación de las subastas<br />

futuras, nos pone en un panorama donde el<br />

crecimiento de la demanda eléctrica —demográfico<br />

y por desarrollo económico— podría<br />

no verse satisfecho, alejándonos más de la<br />

seguridad energética que nuestro país busca<br />

desde hace algunos años.<br />

Ahora, existen áreas de oportunidad que<br />

no dependen tanto de la voluntad política o<br />

presupuestaria, modelos que permiten la<br />

generación-consumo en el ámbito privado<br />

y, a su vez, posibilitan la venta de excedentes<br />

de energía, como es el abasto aislado y la<br />

generación distribuida.<br />

GENERACIÓN DISTRIBUIDA (GD)<br />

La GD permite a un generador exento —capacidad<br />

instalada menor a 0.5 MW—, así<br />

como a centrales eléctricas exentas que se<br />

encuentran interconectadas a un circuito<br />

de distribución que contenga una alta concentración<br />

de centros de carga, el consumir<br />

la energía generada, y en caso de estar conectados<br />

a la red, vender sus excedentes a<br />

cambio de una contraprestación —venta total<br />

o Net Billing— o una compensación entre<br />

consumo y generación —Net Meeting—. Estos<br />

A pesar de la incertidumbre que vive<br />

el sector energético en México, existen áreas<br />

de oportunidad que no dependen tanto<br />

de la voluntad política o presupuestaria.<br />

POR FRANCO LAMMOGLIA ORDIALES, JIMENA CABRERA CAMARGO Y MARÍA FERNANDA GARIBAY CARRILLO<br />

dos últimos presentan una ventaja adicional,<br />

ya que al contar con el contrato de suministro<br />

los costos del equipo de medición y sus<br />

instalaciones corren a cargo del distribuidor.<br />

Este esquema de generación no ha recibido<br />

suficiente fomento gubernamental, por<br />

ello seguimos en una etapa de adopción baja<br />

—representa menos del 0.3 por ciento de la<br />

capacidad total—, lo que no permite justificar<br />

inversión en modernización y ampliación de<br />

la red. La adopción media —superar el 5 por<br />

ciento de la capacidad instalada— tornaría<br />

rentable el modelo para la inversión gubernamental.<br />

No obstante, el crecimiento de la<br />

GD ha sido exponencial, con casi 95,000<br />

contratos que amparan casi 700 MW de capacidad<br />

instalada.<br />

Tampoco significa que el gobierno le<br />

haya dado la espalda al modelo, con las<br />

DACG vigentes se continuará otorgando certeza<br />

jurídica a los generadores de tecnología<br />

y los potenciales inversionistas en modelos<br />

de GD, sobre todo en el sector de las renovables,<br />

que concentra un mayor número de<br />

apoyos.<br />

Este esquema presenta incentivos, como<br />

los ahorros para los usuarios que sean generadores<br />

exentos o la depreciación acelerada<br />

de la inversión en maquinaria y equipo para<br />

la generación y la reducción de los derechos<br />

de suministro de agua por el uso de dispositivos<br />

ahorradores de energía o agua. Por estos<br />

y otros motivos, resulta costo efectivo el<br />

uso en el modelo de la tecnología renovable<br />

de baja escala, como los paneles solares que<br />

representan más de un 90 por ciento de las<br />

instalaciones que amparan la GD.<br />

Por todo esto, consideramos que hoy<br />

existe una ventaja competitiva en la comercialización<br />

de sistemas de generación, por lo<br />

atractivo que el producto puede ser para el<br />

consumidor, sobre todo en los lugares donde<br />

la red no llega y en aquellas zonas urbanas<br />

donde los costos son altos para los usuarios,<br />

lo que permite financiar dichos sistemas.<br />

Pero también hay incentivos para los usuarios,<br />

que pueden obtener un ahorro significativo<br />

de más de 70 por ciento en su cuenta<br />

de luz y con la posibilidad de inyectar sus<br />

excedentes a la red por una contraprestación,<br />

además de los intangibles que derivan<br />

de poner su grano de arena con el esfuerzo<br />

mundial para reducir el cambio climático.<br />

ABASTO AISLADO (AA)<br />

A raíz del cambio de impulso a la infraestructura<br />

necesaria para satisfacer las necesidades<br />

de todos los consumidores, el AA es<br />

una alternativa eficaz para los consumidores<br />

de energía a mediana y gran escala, que requieren<br />

de una generación constante, con<br />

costos ciertos y sin necesidad de cubrir costos<br />

de interconexión a la red.<br />

Esto se debe a que con el modelo de AA<br />

es posible satisfacer las necesidades eléctricas<br />

a través de una central eléctrica propia<br />

conectada por medio de una red privada, sin<br />

la necesidad de estar conectado forzosamente<br />

a la red general de distribución. Aunado a<br />

lo anterior, el poco avance en la inclusión de<br />

usuarios calificados participantes (UCP) que<br />

ha tenido el mercado eléctrico mayorista y<br />

la creciente demanda de energía de industrias<br />

y comercios de gran y mediana escala,<br />

potencializan el AA como una alternativa<br />

a la incierta inversión gubernamental para<br />

incrementar la red, así como la oferta energética<br />

del país.<br />

El AA permite generar o importar energía<br />

para la satisfacción de una necesidad<br />

propia —o del mismo grupo económico— o<br />

para la exportación, siempre que dicha energía<br />

no sea conducida por las redes nacionales.<br />

Este modelo es el heredero del modelo<br />

42 NEWSWEEK MÉXICO


FOTO: CARLO ECHEGOYEN<br />

Lammoglia Abogados representa los intereses de sus clientes frente<br />

a los Poderes Judicial, Ejecutivo y Legislativo en las tres instancias de gobierno.<br />

de autoabastecimiento previo a la reforma,<br />

igualmente permite inyectar los excedentes<br />

—previa interconexión—, sólo que, en<br />

este caso, sí se recibe una contraprestación<br />

a cambio.<br />

Aun cuando el modelo requiere de que<br />

el titular del permiso de generación deba ser<br />

el mismo titular o una de las personas —físicas<br />

o morales— que pertenecen al mismo<br />

grupo económico del titular, permite la contratación<br />

de terceros para realizar el financiamiento,<br />

la instalación, el mantenimiento<br />

y operación necesaria para generar energía<br />

eléctrica y entregarla a los centros de carga<br />

del titular.<br />

Al igual que la GD, la capacidad instalada<br />

en AA no es relevante en la integración<br />

de la canasta energética actual, no obstante,<br />

existe un nicho de oportunidad, ya que solo<br />

se cuenta con casi 50 permisos de generación<br />

de energía eléctrica bajo este modelo,<br />

lo que representa una capacidad total de<br />

generación de aproximadamente 650 MW,<br />

permite un margen de actuación muy amplio<br />

en términos de demanda in situ. El AA<br />

permite no solo tener un mayor control sobre<br />

la energía producida, también reduce los<br />

costos de la energía y no se tiene que incurrir<br />

en potencia ni en el derecho financiero<br />

de transmisión.<br />

Ahora bien, estos no son los únicos beneficios<br />

económicos con los que cuenta el<br />

modelo del AA. En el caso de que la central<br />

eléctrica opere con energías renovables,<br />

es posible obtener los CEL, que permiten<br />

incentivar la generación. Un CEL es un título<br />

que acredita la producción de 1 MW<br />

de energía eléctrica limpia, el cual deberán<br />

adquirir los suministradores —básicos<br />

y calificados—, los usuarios calificados y<br />

los finales de abasto aislado, para cumplir<br />

con los porcentajes que son requeridos para<br />

dar cumplimiento a nuestras obligaciones<br />

internacionales manifestadas en la Ipcc y<br />

sus Estados miembros.<br />

Los obligados a adquirir un porcentaje<br />

equivalente de CEL respecto del total de su<br />

producción tienen que hacerlo por un total<br />

de CEL que constituya el 7.4 por ciento de su<br />

generación para 2020, 10.9 por ciento para<br />

2021 y de 13.9 por ciento para 2022.<br />

La demanda que genera este modelo,<br />

además del mercado<br />

voluntario que contempla,<br />

fomenta el<br />

uso de energías renovables<br />

para los modelos<br />

de abasto aislado,<br />

lo que potencializa sus<br />

beneficios para el generador-consumidor,<br />

además de que lo libera<br />

de la incertidumbre<br />

de la política nacional<br />

y la pérdida de foco<br />

que ha tenido el tema<br />

frente a otros que al parecer resultan más<br />

importantes para el actual gobierno.<br />

Según lo manifestado en el Primer Informe<br />

de Gobierno, respecto a la transición<br />

a energías renovables continúa la meta de alcanzar<br />

35 por ciento de generación eléctrica<br />

a través de energías limpias para el año 2024.<br />

Asimismo señaló que, durante los meses de<br />

enero a junio de 2019 se observó un aumento<br />

de la generación fotovoltaica de 0.70 a 2.44<br />

por ciento, y en aras de dar cumplimiento a<br />

la meta, de acuerdo con dicho informe, “se<br />

ha desarrollado un programa específico para<br />

que los contratos adjudicados a través de las<br />

subastas realizadas instalen la infraestructura<br />

necesaria”, el cual todavía no ha sido<br />

publicado.<br />

Sin embargo, cabe aclarar que las obras<br />

que se requieran para interconectar las CE<br />

con las RGD serán a cargo de los peticionarios,<br />

siempre que estos no hayan solicitado<br />

que la infraestructura requerida fuera agregada<br />

al PRODESEN, los cuales podrán optar<br />

por realizarlas a su costa o por hacer aportaciones<br />

a CFE para que esta las realice y así<br />

beneficiarse de las mismas.<br />

Como despacho de abogados especializados<br />

en energía y desarrollo de proyectos,<br />

asistimos a nuestros clientes durante todas<br />

las etapas de su proyecto, desde la auditoría<br />

de factibilidad jurídica y los estudios<br />

socioambientales, la asistencia o asesoría<br />

en los modelos contractuales, la obtención<br />

de permisos, autorizaciones, licencias o, en<br />

su caso, concesiones, hasta el desarrollo de<br />

auditorías para la consecución de financiamientos.<br />

Con nuestro equipo de expertos<br />

podemos ofrecer soluciones integrales a<br />

todos los agentes del mercado para dar certidumbre<br />

a sus inversiones y garantizar su<br />

correcto desarrollo para que genere la rentabilidad<br />

proyectada.<br />

LAMMOGLIA ABOGADOS<br />

Litigio administrativo,<br />

consultoría / corporativo,<br />

políticas públicas.<br />

Dirección: Providencia 1215,<br />

colonia del Valle Centro, 03100, CDMX<br />

Teléfonos: 55 6381 9516 y 55 6585 6599<br />

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NEWSWEEK MÉXICO<br />

43


Nuevo paradigma:<br />

prevención de la defraudación fiscal<br />

a través de facturas apócrifas<br />

Es necesario que el contribuyente se asesore<br />

con expertos para tomar las debidas<br />

precauciones y cerciorarse de que cada<br />

factura que posee es legal.<br />

POR ALBERTO MAYA COHEN Y ZURY NEHMAD GUINDI<br />

Es de amplio conocimiento público<br />

que la producción, así como<br />

la compra y venta de facturas y<br />

comprobantes fiscales apócrifos,<br />

han generado ganancias ilícitas<br />

multimillonarias a los intervinientes en<br />

dichos negocios, tales como contribuyentes<br />

comunes, hasta grandes empresarios<br />

y la misma delincuencia organizada. De<br />

acuerdo con cifras oficiales del SAT, se estima<br />

que solamente del año 2014 a la fecha<br />

se han generado comprobantes fiscales apócrifos<br />

con un valor aproximado de 2 billones<br />

de pesos, y es que la factura electrónica<br />

o CFDI se ha ocupado por la delincuencia<br />

organizada como un comprobante que les<br />

ampara servicios o productos irregulares o<br />

inexistentes, pero que les generan ingresos.<br />

Por otra parte, la Procuraduría de la<br />

Defensa del Contribuyente (Prodecon),<br />

establece que las Empresas Facturadoras<br />

de Operaciones Simuladas (EFO) cometen<br />

fraudes al emitir facturas apócrifas<br />

sobre operaciones, compras o servicios no<br />

realizados con el fin de simular aumentos<br />

de gastos de operación para pagar menos<br />

impuestos. Y es que, de acuerdo con dicha<br />

Institución, “la compra de facturas falsas<br />

representa el 6 por ciento del producto interno<br />

bruto (PIB), y el 70 por ciento de esos<br />

comprobantes fiscales falsos son adquiridos<br />

por entidades del sector público”.<br />

No obstante, la Secretaría de Hacienda y<br />

Crédito Público advirtió en marzo del presente<br />

el grave problema que representa la<br />

evasión y elusión fiscal para el país, la cual,<br />

de acuerdo con la dependencia, representa<br />

entre 3 y 4 puntos del PIB.<br />

No cabe duda de que los particulares<br />

han llevado a cabo dichas operaciones al total<br />

amparo de nuestras autoridades, incluso<br />

de manera muy preocupante desde el Gobierno<br />

Federal, dado que los recursos públicos<br />

destinados para la compra de bienes<br />

y servicios no han sido lo suficientemente<br />

blindados frente a la corrupción de la que<br />

han sido parte gobernantes y funcionarios<br />

públicos en colusión con empresas y contratistas<br />

que influyen y se favorecen de adjudicaciones<br />

directas en perjuicio del bien<br />

común y que ha desatendido demandas<br />

básicas de la población como educación,<br />

salud y vivienda.<br />

Cabe señalar que el beneficio de las personas<br />

que compran facturas es que reciben<br />

el efectivo de la transacción, restándole la<br />

comisión que cobra la empresa o persona<br />

física que vende la factura, por lo que la<br />

carga monetaria del comprador de la factura<br />

ronda entre el 4 y el 7 por ciento de la<br />

totalidad de la transacción.<br />

El procurador fiscal recientemente reconoció<br />

que defraudar al fisco se ha convertido<br />

en un “deporte nacional” que se estima<br />

en un quebranto fiscal por empresas<br />

fantasma o facturas falsas de 500,000 millones<br />

de pesos anuales, cifra que equivale<br />

a la décima parte del presupuesto público<br />

del país o al ahorro que se espera lograr con<br />

las medidas de austeridad, o bien, superior<br />

al presupuesto conjunto de la Secretaría de<br />

Salud y la de Educación.<br />

Como dato importante, en ningún caso<br />

hay algún encarcelado por el delito de compra-venta<br />

de facturas, cuando se trata de un<br />

boquete al erario tan grave que comprende<br />

una amplia red de vendedores y compradores<br />

de facturas, cuyas operaciones también<br />

son objeto de lavado de dinero.<br />

COMPRAVENTA DE FACTURAS:<br />

DE ESTRATEGIA FISCAL A DELITO<br />

DE SEGURIDAD NACIONAL<br />

En la actualidad y durante muchos años, la<br />

compra de facturas apócrifas ha sido una<br />

práctica común, considerada incluso como<br />

una “buena estrategia fiscal” para pagar<br />

menos impuestos. Sin embargo, dicha conducta<br />

se encuentra tipificada como delito<br />

de defraudación fiscal y tiene graves consecuencias<br />

legales de acuerdo con lo dispuesto<br />

por el Código Fiscal de la Federación, el<br />

cual prohíbe tajantemente expedir, vender o<br />

comprar comprobantes fiscales que amparen<br />

operaciones inexistentes, falsas o actos<br />

jurídicos simulados.<br />

Ante ello, los legisladores han tomado<br />

cartas en el asunto y buscan endurecer aún<br />

más las penas y castigar dicho delito hasta<br />

con ocho años de prisión, en virtud de que<br />

existe una iniciativa de ley que incluso ya<br />

fue aprobada el pasado 10 de septiembre<br />

por el Senado en lo general, que propone<br />

catalogar dicha conducta como delincuencia<br />

organizada y, en consecuencia, que<br />

amerite prisión preventiva oficiosa, es decir,<br />

que las personas que sean investigadas por<br />

realizar dichos actos tendrán que llevar un<br />

proceso privadas de su libertad.<br />

FOTO: CARLO ECHEGOYEN<br />

44 NEWSWEEK MÉXICO


Los miembros<br />

del despacho son<br />

profesionales que<br />

han tenido una gran<br />

experiencia en el<br />

estudio y litigio del<br />

derecho en sus<br />

diversas ramas.<br />

De acuerdo con los legisladores, dicha<br />

reforma es necesaria en virtud de que el<br />

país requiere una revisión y un cambio<br />

sustancial en el marco legal para lograr una<br />

mayor transparencia, eficacia en el ejercicio<br />

de los recursos públicos, mayor control y<br />

vigilancia por parte de las instancias competentes<br />

para prevenir, investigar, denunciar<br />

e imponer sanciones, para obtener<br />

resultados diferentes que permitan ir en<br />

contra de los evasores fiscales con nombre<br />

y apellido, haciendo énfasis en que, “al<br />

combatir la compra-venta de facturas falsas,<br />

se estarán blindando los ingresos públicos<br />

del país, su estabilidad y el bienestar<br />

de la población”.<br />

Contrario a lo anterior, hay quienes califican<br />

la reforma como “terrorismo fiscal”,<br />

al señalar que criminaliza a contribuyentes<br />

que, sin dolo, cometen errores en su declaración<br />

fiscal.<br />

Lo más preocupante de dicha propuesta<br />

es que no diferencia entre empresarios<br />

que actúan de buena fe y que por “error” o<br />

falta de información pudieran poseer una<br />

factura falsa, y quienes hacen de las facturas<br />

apócrifas un modo de vida, situación<br />

que afectará de manera directa el patrimonio<br />

e incluso la libertad de los contribuyentes.<br />

No debe perderse de vista que el procedimiento<br />

a través del cual las autoridades<br />

fiscales podrán detectar este tipo de<br />

prácticas será invasivo, sin previo aviso ni<br />

autorización del contribuyente a través de<br />

revisiones electrónicas. En caso de que el<br />

SAT notifique que el contribuyente tiene<br />

facturas que no se pueden justificar, estará<br />

obligado a probar su inocencia y justificar<br />

inmediatamente sus actividades, así como<br />

el origen y destino de las facturas y activos<br />

con la finalidad de demostrar que los documentos<br />

y los servicios o productos que<br />

amparan son reales. De lo contrario, se<br />

tendrá por acreditado que dichas facturas<br />

fueron compradas ilícitamente y se iniciará<br />

el procedimiento penal en su contra.<br />

Será responsabilidad de los legisladores<br />

lograr una reforma equilibrada que sancione<br />

la facturación falsa, pero también salvaguarde<br />

los derechos de los contribuyentes<br />

cumplidos.<br />

Sin embargo,<br />

es recomendable<br />

que los contribuyentes<br />

no se<br />

dejen llevar por<br />

promesas falsas<br />

de ahorro en<br />

el pago de sus<br />

contribuciones,<br />

ya que dichas<br />

prácticas no son<br />

legales.<br />

Asimismo, resulta necesario que el<br />

contribuyente se informe y se asesore<br />

correctamente con expertos en la materia<br />

y abogados en defensa fiscal para<br />

tomar las debidas precauciones y cerciorarse<br />

de que cada factura que posee<br />

fue obtenida de manera legal o que no<br />

se encuentre en la lista negra del SAT. La<br />

información adecuada es su mejor arma<br />

para no poner en riesgo sus bienes y su<br />

libertad personal.<br />

MEDIDAS DE PREVENCIÓN<br />

—Asesoría legal y contable especializada<br />

en materia fiscal.<br />

—Revisión y verificación periódica de<br />

la documentación (facturas).<br />

—Capacitación preventiva al personal<br />

de empresas.<br />

MAYA Y NEHMAD ABOGADOS<br />

Especialidades: materia penal, materia mercantil, materia familiar,<br />

arrendamiento, contratos y fideicomiso, auditoría legal, migratorio,<br />

propiedad industrial y derecho de autor.<br />

Boulevard Manuel Ávila Camacho 184, piso 11-A, Torre del Árbol.<br />

Col. Lomas de San Isidro. C. P. 11620, CDMX.<br />

Tels. 55 5281 2263 y 55 5280 2101<br />

NEWSWEEK MÉXICO<br />

45


Escuelas de derecho,<br />

una panacea para los actuales tiempos<br />

A lo largo de los años, en México las áreas<br />

de especialización de la abogacía han<br />

crecido de manera exponencial.<br />

Decía el filósofo Emmanuel Kant<br />

que el derecho es el conjunto de<br />

condiciones que permiten a la libertad<br />

de cada uno acomodarse<br />

a la libertad de todos. De ahí que,<br />

desde tiempos remotos, las distintas culturas<br />

han establecido las leyes en las que se puedan<br />

delimitar dichas libertades. Ejemplos de ello<br />

son El Código de Hammurabi, que data de<br />

1760 a. C., considerada la primera manifestación<br />

jurídica impresa, y el Cuerpo de Derecho<br />

Civil (Corpus iuris civilis), que reunió constituciones<br />

imperiales y jurisprudencia romana<br />

del año 117 al 565.<br />

El derecho, ya como carrera, fue incluida<br />

en la primera universidad, la de Bolonia,<br />

en 1088. En México, fue la Real y Pontificia<br />

Universidad de México, creada por Carlos V e<br />

inaugurada en 1533, el primer recinto donde<br />

se impartió la cátedra de leyes, y el 21 de junio<br />

de 1760 se fundó el Ilustre y Real Colegio de<br />

Abogados de México.<br />

Hoy la escuela más antigua que sobrevive<br />

es la Facultad de Derecho de la UNAM, sucesora<br />

de la entonces Escuela de Jurisprudencia,<br />

creada en 1867 como una escuela profesional<br />

en la que se impartían las carreras para ser<br />

abogado, notario o agente de negocios. Los<br />

abogados egresados de sus aulas, tras seis<br />

años de estudio, podían dedicarse profesionalmente<br />

al litigio o al desempeño de la administración<br />

judicial.<br />

A lo largo de los años las áreas de especialización<br />

de la carrera y el campo laboral<br />

han crecido de manera exponencial. Aquí te<br />

compartimos, en orden alfabético, algunas de<br />

las escuelas para estudiar derecho en el país,<br />

así como sus propuestas educativas.<br />

BENEMÉRITA UNIVERSIDAD<br />

AUTÓNOMA DE PUEBLA<br />

Destaca: por ofrecer la carrera en sistema escolarizado<br />

y semiescolarizado.<br />

Propuesta educativa: su formación se<br />

divide en derecho privado (civil, familiar y<br />

mercantil), derecho social (del trabajo y seguridad<br />

social), derecho público penal, derecho<br />

público en sus variaciones de constitucional y<br />

amparo o fiscal y derecho público social (económico<br />

e internacional), así como el área de<br />

investigación jurídica.<br />

Semestres: 8.<br />

CENTRO DE INVESTIGACIÓN<br />

Y DOCENCIA ECONÓMICAS<br />

Destaca: por ser una escuela de alto rendimiento<br />

que busca un gran nivel de excelencia<br />

en sus alumnos, a los cuales prepara para<br />

ser altamente competitivos en su área a escala<br />

internacional.<br />

Propuesta educativa: sus egresados están<br />

preparados para sumarse a la administración<br />

pública y la investigación. Su objetivo es formar<br />

abogados “mediante el análisis sistémico<br />

de casos y de problemas jurídicos, con habilidades<br />

para solucionar problemas complejos<br />

con base en una formación teórica sólida”.<br />

Semestres: 8.<br />

ESCUELA LIBRE DE DERECHO<br />

Destaca: por ser una de las más importantes<br />

escuelas de derecho del país. Su principal propuesta<br />

es la cátedra libre y se especializa en la<br />

formación de servidores públicos.<br />

Propuesta educativa: su plan de estudio<br />

permite la especialización en cinco ramas:<br />

administrativa, propiedad y recursos naturales,<br />

procesal, mercantil-corporativo, civil y<br />

formación teórica.<br />

Semestres: 10.<br />

INSTITUTO TECNOLÓGICO<br />

AUTÓNOMO DE MÉXICO<br />

Destaca: por su formación académica apoyada<br />

en foros, congresos y seminarios. Fomenta<br />

que sus alumnos participen en concursos<br />

sobre simulacros y juicios como el P. Jessup,<br />

el de la Corte Penal Internacional, la Corte<br />

Interamericana de Derechos Humanos, de<br />

arbitraje comercial o de derecho de la OMC.<br />

Propuesta educativa: se considera pionera<br />

en ofrecer el desarrollo de habilidades en<br />

áreas como derecho internacional público,<br />

derechos humanos, derecho humanitario,<br />

derecho penal internacional y arbitraje comercial.<br />

Semestres: 9.<br />

INSTITUTO TECNOLÓGICO<br />

DE ESTUDIOS SUPERIORES<br />

DE MONTERREY<br />

Destaca: por ser la primera universidad nombrada<br />

como Institución de Excelencia Académica<br />

por la Secretaría de Educación Pública<br />

de México. La fundaron los jesuitas en 1957.<br />

Propuesta educativa: promueve la participación<br />

de los alumnos en concursos,<br />

congresos y prácticas nacionales e internacionales.<br />

Entre las materias que ofrece<br />

se encuentran criminalística, criminología,<br />

contratos internacionales, derechos de la<br />

seguridad social y clínicas, resolución de<br />

conflictos, paz y desarrollo.<br />

Semestres: 9.<br />

UNIVERSIDAD ANÁHUAC<br />

Destaca: por el programa Café Chesterton, actividad<br />

organizada por el Centro de Derechos<br />

Humanos que fomenta el debate y el pensamiento<br />

crítico. Varios de sus docentes pertenecen<br />

al Sistema Nacional de Investigadores.<br />

Propuesta educativa: sus áreas de profesionalización<br />

incluyen derecho corporativo,<br />

comercio internacional, administración pública<br />

y ciencias penales. Cuenta con el programa<br />

Empleo Seguro, en el que participan<br />

varias empresas que brindan la oportunidad<br />

a los estudiantes de excelencia de hacer sus<br />

prácticas profesionales y les aseguran su contratación.<br />

Semestres: 10.<br />

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA<br />

DE NUEVO LEÓN<br />

Destaca: por tener seis campos distribuidos<br />

46 NEWSWEEK MÉXICO


El estudio del derecho en México goza de un amplio prestigio y reconocimiento.<br />

FOTO: ADOBE STOCK<br />

en Monterrey y en el área metropolitana de<br />

Nuevo León.<br />

Propuesta educativa: ofrece las carreras<br />

de derecho y criminología, ambas en la<br />

modalidad mixta. Los egresados de derecho<br />

pueden acreditarse en los Comités Interinstitucionales<br />

para la Evaluación de la Educación<br />

Superior, A. C.; el Consejo para la Acreditación<br />

de la Educación Superior, A. C. y, a<br />

escala internacional, ante el Generation of<br />

Resources for Accreditation in Nations of the<br />

America, en Canadá.<br />

Semestres: 10.<br />

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA<br />

METROPOLITANA<br />

Destaca: por tener un bufete jurídico mediante<br />

el cual sus estudiantes apoyan a personas<br />

de escasos recursos.<br />

Propuesta educativa: ofrece especialización<br />

en régimen de la administración y las<br />

finanzas públicas, ciencias penales y criminológicas,<br />

derecho del trabajo y de la seguridad<br />

social. las modalidades de titulación son<br />

por proyecto terminal, por promedio o por<br />

experiencia laboral.<br />

Trimestres: 12.<br />

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA<br />

Destaca: por ser considerada la segunda<br />

universidad pública más importante a escala<br />

nacional después de la UNAM. Posee<br />

15 campus en el estado de Jalisco y cuenta<br />

con siete salas de práctica para juicios orales.<br />

Propuesta educativa: dependiendo del<br />

plantel, el título puede ser de licenciatura en<br />

derecho o abogado y se puede elegir entre la<br />

modalidad escolarizada o semiescolarizada.<br />

Semestres: 9.<br />

UNIVERSIDAD DE LAS AMÉRICAS<br />

PUEBLA<br />

Destaca: por estar acreditada por el Southern<br />

Association of Colleges and Schools<br />

– Commission on Colleges (Sacscoc), en los<br />

niveles de licenciatura, maestría y doctorado.<br />

Propuesta educativa: además del título<br />

y cédula profesional, al terminar la licenciatura<br />

el alumno recibe un título avalado por<br />

el Sacscoc con reconocimiento en todo el<br />

mundo. El programa incluye 11 materias de<br />

habilidades y prácticas legales, 11 de derecho<br />

corporativo y 18 de fundamentos teóricos<br />

del derecho.<br />

Semestres: 8.<br />

UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA<br />

Destaca: por especializarse en tratados internacionales,<br />

derechos humanos, derecho<br />

internacional, juicios orales y medios alternativos<br />

para la solución de controversias.<br />

Propuesta educativa: el nuevo plan de<br />

estudios atiende cinco temas fundamentales<br />

para la sociedad mexicana: justicia; protección<br />

de los derechos humanos; seguridad;<br />

protección del medioambiente y una mejor<br />

distribución de la riqueza.<br />

Semestres: 9.<br />

UNIVERSIDAD NACIONAL<br />

AUTÓNOMA DE MÉXICO<br />

Destaca: por ser la más antigua del país y<br />

contar con un bufete jurídico que brinda<br />

asesoría gratuita a personas de bajos recursos.<br />

Propuesta educativa: el plan de estudios<br />

2020 apuesta por la orientación “iusfilosófica<br />

neoconstitucionalista, garantista”, cuyo<br />

contenido de la norma y validez se deberán<br />

entender conforme a los derechos humanos<br />

integrados en la Constitución y en los tratados<br />

internacionales.<br />

Será el primer plan de estudios que promueva<br />

“un sistema de enseñanza-aprendizaje<br />

que incorpore de manera transversal,<br />

en todas las asignaturas, la perspectiva de<br />

género, el enfoque de derechos humanos y<br />

el estudio del convencionalismo”.<br />

Semestres: 10.<br />

NEWSWEEK MÉXICO<br />

47


Ortega Abogados Asociados SC:<br />

Somos enemigos de hacer promesas que no podremos cumplir<br />

Desde su fundación, en el año 1973, este despacho<br />

se ha caracterizado por su tradición de excelencia en<br />

la amplia gama de servicios jurídicos que ofrece.<br />

Fundado hace más de 46 años, Ortega<br />

Abogados ofrece a su clientela<br />

nacional e internacional una amplia<br />

gama de servicios integrales que ha<br />

convertido a esta firma en una de las<br />

más prestigiosas del país.<br />

Integrada por profesionales con amplia<br />

experiencia, los abogados de este despacho<br />

han ocupado destacadas posiciones en la<br />

administración pública, la procuración de<br />

justicia y la educación; además de que son<br />

continuamente llamados a impartir cátedras<br />

y pláticas en importantes foros nacionales e<br />

internacionales.<br />

Con el paso de los años, Ortega Abogados<br />

ha logrado mantener excelentes relaciones<br />

de trabajo con los sectores financiero, industrial<br />

y empresarial, así como un trato atento<br />

y respetuoso con las diversas autoridades del<br />

gobierno mexicano.<br />

En la actualidad los servicios legales que<br />

ofrece están concentrados en el litigio, particularmente<br />

en los rubros civil, mercantil, penal,<br />

administrativo, familiar y de concursos<br />

mercantiles.<br />

“Tenemos socios especializados en cada<br />

una de esas ramas, lo que nos permite que,<br />

cuando se somete a consideración un asunto,<br />

el equipo interdisciplinario pueda analizar el<br />

tema y proporcionar estrategias prácticas y<br />

novedosas que se adecuen a las necesidades<br />

del cliente.<br />

“Así, habrá ocasiones en que un asunto<br />

por ejemplo pueda tener derivaciones de litigio<br />

mercantil y penal o bien familiar y penal,<br />

en cuyo caso el cliente no tendrá la necesidad<br />

de acudir a dos despachos de abogados para<br />

que atiendan su asunto, sino que aquí podemos<br />

darle esa solución y a un costo mucho<br />

más razonable”, considera José María Ortega<br />

Ortiz, socio de la firma.<br />

ESTRATEGIAS PRÁCTICAS<br />

Y NOVEDOSAS<br />

El objetivo del bufete es poder representar a<br />

“En el despacho tenemos la convicción de que a los clientes hay que comunicarles<br />

con claridad cuáles son sus posibilidades reales de éxito”.<br />

sus clientes con estrategias prácticas y novedosas,<br />

ya que sus abogados cuentan con experiencia<br />

en negociaciones, mediación, arbitraje<br />

y litigio.<br />

“La ética y la honestidad son pilares fundamentales<br />

en el ejercicio de cualquier profesión,<br />

más aún en el derecho, ya que el cliente<br />

pone en tus manos su patrimonio y a veces<br />

hasta su libertad.<br />

“En el despacho tenemos la convicción de<br />

que a los clientes hay que comunicarles con<br />

claridad cuáles son sus posibilidades reales<br />

de éxito en sus asuntos y, eso sí, intentar, con<br />

dedicación y esfuerzo, potencializar los resultados.<br />

Somos enemigos de hacer promesas<br />

que no podremos cumplir. Nuestra ética y resultados<br />

nos han llevado a estar en el mercado<br />

ofreciendo servicios de excelencia por prácticamente<br />

cinco décadas. Queremos continuar<br />

en esa ruta por muchos años más con las nuevas<br />

generaciones que se están formando en el<br />

interior”, añade Ortega Ortiz.<br />

La firma cuenta con abogados especializados<br />

en diversas ramas capaces de trabajar en<br />

inglés y español, y están preparados para atender<br />

con eficiencia y oportunidad las complejas<br />

necesidades de su clientela.<br />

“Estamos viviendo una etapa diferente<br />

con esta nueva administración en el gobierno<br />

federal, la cual busca hacer cambios, dejar su<br />

huella, y así hemos sido testigos de sus ajustes.<br />

Confiamos en que se respetará la división de<br />

los tres poderes de la Unión, principalmente<br />

la autonomía del Poder Judicial, para que este<br />

pueda continuar conduciéndose con independencia<br />

y sin la intervención de terceros en su<br />

quehacer de impartición de justicia”, finaliza<br />

Ortega Ortiz.<br />

FOTO: CARLO ECHEGOYEN<br />

48 NEWSWEEK MÉXICO


NUESTRO OBJETIVO:<br />

Representar a nuestros clientes con<br />

estrategias prácticas y novedosas e<br />

implementarlas de forma eficiente.<br />

NUESTROS ABOGADOS<br />

CUENTAN CON EXPERIENCIA EN:<br />

Litigio Civil<br />

Litigio Mercantil<br />

Concursos Mercantiles<br />

Litigio Penal<br />

Litigio Administrativo<br />

Litigio Familiar<br />

Arbitraje<br />

Marsella No. 21. Col. Juárez. Ciudad de México, C.P. 06600<br />

Tel. 55 5566-0199; 55 5535-1586; 55 5703-2147<br />

www.ortegaabogados.com

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