21.04.2020 Views

00 MANUAL IMPLEMENTACION SG-SST SUNAFIL

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL

7.2.1 COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD

EN EL TRABAJO

a. Los empleadores con veinte o más trabajadores a su cargo,

constituyen un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo,

el cual está conformado en forma paritaria por igual número

de representantes de la parte empleadora y de la parte

trabajadora. Los empleadores que cuenten con sindicatos

mayoritarios incorporan un miembro del respectivo sindicato

en calidad de observador.

b. En los centros de trabajo con menos de veinte trabajadores son

los mismos trabajadores quienes nombran al Supervisor de

Seguridad y Salud en el Trabajo.

c. El número de personas que componen el CSST, es definido por

acuerdo de partes no pudiendo ser menor de 4 ni mayor de 12

miembros.

d. Se podrá considerar el nivel de riesgo y el número de trabajadores.

e. A falta de acuerdo entre las partes para la conformación del

CSST éste tendrá 6 miembros para empresas que tengan más

de 100 trabajadores, adicionándose 2 miembros más por cada

100 trabajadores hasta un máximo de 12 miembros.

f. Cuando el empleador cuente con varios centros de trabajo, cada uno

de éstos puede contar con un Supervisor o Subcomité de Seguridad

y Salud en el Trabajo, en función al número de trabajadores.

g. El Comité o Supervisor de SST se eligen mediante un proceso electoral

por un periodo de 1 año como mínimo y 2 años como máximo.

h. La organización, funciones y deberes del comité se encuentran

en el anexo N° 01.

LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES

ES ESENCIAL PARA EL ÉXITO DEL SISTEMA DE

GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

15

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!