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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES<br />
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS<br />
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS<br />
ANEXO VIII<br />
AGENTES DE RECAUDACION<br />
COMUNICACIÓN IMPOSICION DE MULTA<br />
POR OMISION DE PRESENTACION DE DECLARACION JURADA N°…………<br />
RESOLUCION N° / DGR /<br />
RAZON SOCIAL: XXXXXXXX S.A.<br />
AGENTE DE RECAUDACION Nº 00000-0<br />
C.U.I.T. Nº 00-000000-0<br />
DOMICILIO FISCAL: XXXXXXXXXXXX<br />
CODIGO POSTAL: (XXXX) CABA<br />
CONTRIBUYENTE DE LA CIUDAD:<br />
Buenos Aires, XX/XX/20XX<br />
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de<br />
Buenos Aires continúa trabajando por un sistema tributario más equitativo, con reglas claras que<br />
conjuguen un creciente control de las obligaciones, con los beneficios del buen cumplimiento.<br />
Dado que Usted según nuestros registros al día XX/XX/20XX y hora 00:00, no ha presentado la<br />
declaración jurada del periodo 00/20XX, se ha aplicado una multa de $ XX.XXX.-, dispuesta por<br />
Resolución N° 0000/DGR/20XX .<br />
ACCION DEL CONTRIBUYENTE:<br />
Dentro del plazo previsto en los instrumentos para su pago, podrá hacer uso de la opción de<br />
presentación de la declaración jurada y pago voluntario siendo beneficiado con una reducción del 50 %<br />
del importe de la misma, o sea $ X.XXX, no considerándose la infracción como un antecedente en su<br />
contra. A tal fin, en el instrumento de pago que en esta oportunidad se le remite, se ha consignado el<br />
citado importe reducido.<br />
De no hacer uso del beneficio de la reducción mencionada en el párrafo anterior, deberá utilizar el<br />
instrumento de pago que contempla la multa a su valor nominal del 100 %.<br />
En caso de no pagarse la multa o no cumplirse con la presentación de la declaración jurada omitida, se<br />
substanciara el sumario respectivo de acuerdo con las prescripciones contenidas por el Capitulo XI del<br />
Código Fiscal (t. o. 2010) y modificatorias, sirviendo la constancia de recepción de la presente como<br />
apertura de la actuación sumarial en sustitución de la resolución instructora, por lo que se le acuerdan<br />
quince (15) días para la presentación del descargo correspondiente, conforme al Art. 128 del citado<br />
Código.<br />
La multa abonada no será susceptible de repetición o compensación en ningún caso.<br />
QUEDA USTED NOTIFICADO<br />
FIRMA DEL SEÑOR SUBDIRECTOR DE AREA