¿Cómo nació la unión europea?
aquí te enseñaremos la serie de acuerdos y sucesos que tuvieron que acontecer para que la unión europea fuera como la conocemos hoy en día, quédate y descubre todo y mas
aquí te enseñaremos la serie de acuerdos y sucesos que tuvieron que acontecer para que la unión europea fuera como la conocemos hoy en día, quédate y descubre todo y mas
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VOL. 1
ISSUE NO. 3
No.1
academic and
research magazine
in THE WORLD
¿COMO NACIO LA
UNION EUROPEA?
Europa hoy en día es un continente influyente pero
¿porque? descubre todo y mas
Índice
3
CECA
La primera medida hacia una integración europea, el pasado
es pasado es hora de formar comunidad.
7
TRATADO DE ROMA
El punto en el que el Sol se encuentra en el punto de salida o
de puesta representa la dirección de su salida o su puesta.
1 0
TRATADO DE MAASTRICHT
Cuando se observa desde otro planeta, parece que gira
alrededor del planeta una vez por año.
1 3
ZONA SCHENGEN
La posición del Sol en el cielo es una función del tiempo y de
las coordenadas geográficas del observador sobre la
superficie de la Tierra.
1 7
TRATADO DE NIZA
La medida debe realizarse sobre el diagrama, pero debe
expresarse.
1
Índice
2 0
TRATADO DE LISBOA
El punto en el que el Sol se encuentra en el punto de salida o
de puesta representa la dirección de su salida o su puesta.
2 3
BREXIT
La medida debe realizarse sobre el diagrama, pero debe
expresarse.
2 6
ASOCIACION EUROPEA DE LIBRE
COMERCIO
Cuando se observa desde otro planeta, parece que gira
alrededor del planeta una vez por año.
2 9
INTEGRACION EUROPEA
La posición del Sol en el cielo es una función del tiempo y de
las coordenadas geográficas del observador sobre la
superficie de la Tierra.
3 1
BIBLIOGRAFIA
fuentes consultadas para la elaboracion del trabajo
2
TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD
EUROPEA DEL CARBÓN Y DEL ACERO, (CECA)
ORIGENES
Los efectos desastrosos de la Segunda
Guerra Mundial y la amenaza constante
del enfrentamiento Este-Oeste hicieron de
la reconciliación franco-alemana una
prioridad fundamental.
La puesta en común de la industria del
carbón y del acero entre seis países
europeos en 1951 mediante el Tratado de
París, representó el primer paso hacia la
integración europea
P O R G A L L A R D O V A Z Q U E Z J O S E A M A U R Y
De este modo surgió la idea de poner en
común la producción de acero y carbón de
Francia y Alemania y de crear la
Comunidad Europea del Carbón y del
Acero. La lógica que inspiró tal decisión era
política además de económica, ya que
ambas materias primas eran
fundamentales para la industria y la
potencia de los dos países. El objetivo
político era reforzar la solidaridad franco
alemana, alejar los fantasmas de la
Segunda Guerra Mundial y como ya se
mencionó abrir la vía de la integración
europea.
Según Wikipedia, en un artículo
periodístico se tratan noticias actuales o
recientes.
3
Y DESPUES
QUE PASO?...
Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Luxemburgo y
los Países Bajos aceptaron el reto y
comenzaron a negociar un Tratado, en contra
de la voluntad inicial de Jean Monnet, alto
funcionario francés e inspirador de la idea,
partidario de un mecanismo más simple y
tecnócrata. Sin embargo, los seis Estados
fundadores no estaban dispuestos a aceptar un
simple esbozo y lo llevaron a cabo de cualquier
manera
Finalmente, el 18 de abril de 1951 se firmó en
París el Tratado constitutivo de la Comunidad
Europea del Carbón y del Acero, que entró en
vigor el 24 de julio de 1952 por un periodo
limitado de 50 años (El Tratado expiró el 23 de
julio de 2002).
El Tratado permitió establecer las bases de la
arquitectura comunitaria al crear un organismo
ejecutivo conocido como (Alta Autoridad), una
Asamblea Parlamentaria, un Consejo de
Ministros, un Tribunal de Justicia y un Comité
Consultivo.
4
ESTRUCTURA
El Tratado se divide en cuatro títulos:
1.El primero se refiere a la Comunidad
Europea del Carbón y del Acero.
2.El segundo a las instituciones de la
Comunidad.
3.El tercero a las disposiciones
económicas y sociales.
4.El cuarto a las disposiciones generales
Incluye también dos protocolos, uno sobre el
Tribunal de Justicia y otro sobre las relaciones
de la CECA con el Consejo de Europa. Incluye
también un convenio que recoge las
disposiciones transitorias y que se refiere a la
aplicación del Tratado, a las relaciones con
los terceros países y a las medidas generales
de protección
OBJETIVO
En primera instancia la creación de la CECA no
era, según las intenciones declaradas por sus
promotores, más que una primera etapa en la
vía que conduciría a una (Federación Europea)
El objetivo de este Tratado es contribuir,
gracias al mercado común del carbón y el
acero, a la expansión económica, al desarrollo
del empleo y a la mejora del nivel de vida, tal y
como se afirma en el artículo dos del Tratado.
Las instituciones deben velar por el
abastecimiento regular del mercado común
garantizando un acceso equitativo a los
medios de producción, velando por el
establecimiento de los precios más bajos y
por la mejora de las condiciones laborales. A
todo ello debe unirse el desarrollo de los
intercambios internacionales y la
modernización de la producción.
5
INSTITUCIONES
QUE LO
CONFORMAN
El Tratado CECA está en el origen de las
instituciones tal y como hoy las conocemos.
Establece una Alta Autoridad, una Asamblea, un
Consejo de Ministros y un Tribunal de Justicia. Se
dota a la Comunidad de personalidad jurídica.
·La Alta Autoridad adopta decisiones, formula
recomendaciones y emite dictámenes y cuenta
con la asistencia de un Comité Consultivo
compuesto de representantes de los
productores, los trabajadores, los
consumidores y los comerciantes.
·La Asamblea está formada por 78 diputados,
delegados de los Parlamentos nacionales. El
número de escaños es de 18 para Alemania,
Francia e Italia, 10 para Bélgica y los Países
Bajos y 4 para Luxemburgo. El Tratado
confiere a esta Asamblea un poder de control.
El Consejo comprende a seis representantes
delegados de los Gobiernos nacionales. Todos
los miembros suceden en la presidencia del
Consejo por un periodo de tres meses. La
función del Consejo es armonizar la actuación
de la Alta Autoridad y la política económica
general de los Gobiernos. Las decisiones
importantes adoptadas por la Alta Autoridad
necesitan su dictamen favorable.
El Tribunal de Justicia está formado por siete
jueces nombrados de común acuerdo por los
Gobiernos de los Estados miembros por seis años.
Garantiza el respeto del derecho en la
interpretación y la aplicación del Tratado
concluciones
A fin de cuentas el balance de la CECA es positivo. La
Comunidad supo hacer frente a las crisis que
existieron, garantizando un desarrollo equilibrado y
orgánico de la producción y la distribución de los
recursos y facilitando las reestructuraciones y
reconversiones industriales necesarias. La producción
de acero se cuadruplicó con relación a los años 50 y el
acero es mejor, más barato y más limpio. Las cifras de
producción de carbón, en cambió, se han reducido, al
igual que las del empleo de este sector, aunque se
han alcanzado niveles elevados de desarrollo
tecnológico, de seguridad y de calidad
medioambiental. Los sistemas CECA de gestión social
(jubilación anticipada, indemnizaciones transitorias,
ayudas a la movilidad, formación, etc.) fueron de gran
ayuda e importancia a la hora de hacer frente a las
crisis de estos sectores
6
TRATADO
DE ROMA
P O R R O D R I G U E Z C O R T E S
J U L I O C E S A R
Los Tratados de Roma, firmados el 25 de
marzo de 1957, son dos de los tratados que
dieron origen a la Unión Europea. Ambos
tratados fueron firmados por Alemania
Federal, Bélgica, Francia, Italia,
Luxemburgo, y los Países Bajos. El primero
estableció la Comunidad Económica
Europea (CEE) y el segundo estableció la
Comunidad Europea de la Energía Atómica
(CEEA o Euratom). Ambos tratados junto
con el de la Comunidad Europea del Carbón
y del Acero (CECA), dieron origen
posteriormente a las Comunidades
Europeas
7
puntos clave del tratado de roma:
·Entrada en vigor: 1 de enero de
1958
·25 de marzo de 1957: se firmaron
en Roma dos tratados que dieron
existencia a la Comunidad
Económica Europea (CEE) y a la
Comunidad de la Energía Atómica
(EURATOM).
·Firmantes del histórico acuerdo:
1. ü Christian Pineau por Francia
2. ü Joseph Luns por los Países
Bajos
3. ü Paul Henri Spaak por Bélgica
4. ü Joseph Bech por Luxemburgo
5. ü Antonio Segni por Italia
6. ü Konrad Adenauer por la
República Federal de Alemania
Otro elemento esencial de lo
acordado en Roma fue la adopción
de una Política Agrícola Común
(PAC).
· Establece la libertad de circulación
de productos agrícolas dentro de la
CEE y la adopción de políticas
proteccionistas, que garantizaban a
los agricultores europeos un nivel de
ingresos suficiente al evitar la
competencia de productos de
terceros países y mediante la
subvención a los precios agrícola
El Tratado de Roma también
estableció la prohibición de
monopolios.
8
EURATOM,MERCADO
COMUN Y UNION
ADUANERA
EUROTOM MERCADO COOMUN UNION ADUANERO
Firmado mediante el tratado de
Roma en 25 de Marzo de 1957.
Formado por: Bélgica, Alemania
(Occidental), Francia, Países
Bajos, Luxemburgo e Italia.
Euratom Objetivos: Obtener las
condiciones necesarias a la
creación de una industria en las
energías nucleares dentro de los
estados miembros y la
existencia de un mercado
común nuclear.
Funciones:
Desarrollo de investigación
Normas en materia de
protección radiológica
Promoción en el
establecimiento de las
empresas comunes de los
estados miembros.
Garantizar el uso pacífico de
los materiales y combustibles
nucleares.
Establece un mercado común
en el que los países signatarios
acuerdan adaptar gradualmente
sus políticas económicas.
Establece un espacio económico
unificado que instaura la libre
competencia entre las
empresas. Sienta las bases para
una aproximación de las
condiciones del comercio de
productos y servicios, excepto
los ya cubiertos por los otros
Tratados [Comunidad Europea
del Carbón y del Acero (CECA) y
Euratom]
Prohíbe de forma general los
acuerdos entre empresas y
las subvenciones públicas
que puedan afectar al
comercio entre los seis
países
Incluye a los países y
territorios de ultramar de
los seis miembros a estos
acuerdos y la unión
aduanera, con el fin de
promover su desarrollo
económico y social
El Tratado suprimió los
derechos de aduana (es
decir, los límites a las
importaciones) entre los
seis signatarios y los
contingentes para las
mercancías
que
intercambian.
Estableció un arancel
aduanero exterior común
sobre las importaciones de
fuera de la CEE que
sustituyó a los aranceles
precedentes de los
distintos estados.
La unión aduanera se
acompañó de una política
comercial común que,
aplicada a nivel de la CEE
en vez de estatal, diferencia
a la unión aduanera de una
simple asociación de libre
comercio.
9
mapa de los paises que lo intengran
ZONA SCHENGEN
P O R A L V A R E Z A L A R C O N B R A N D O E M I L I A N O
Antes de adentrarnos en el tema
deberíamos preguntarnos ¿Qué es el
espacio Schengen? Pues básicamente el
Espacio Schengen es un grupo de 26
países que abolieron los controles
inmigratorios en sus fronteras comunes,
funcionando en términos de fronteras
exteriores como un solo país. Este
espacio fue creado en 1995 por el
Acuerdo de Schengen.
Con el único objetivo de:
la abolición de fronteras interiores con
otras naciones miembros y fuera de ellas
para la libre circulación y sin
restricciones de personas, bienes,
servicios y capital, en armonía con unas
normas comunes de control de fronteras
exteriores y siguiendo una lucha contra
la delincuencia mediante el
fortalecimiento del sistema judicial
común y la cooperación policial.
13
PAISES QUE LO
CONFORMAN
Austria
Bélgica
República Checa
Dinamarca
Estonia
Finlandia
Francia
Alemania
Grecia
Hungría
Islandia
Italia
Letonia
Lituania
Luxemburgo
Malta
Países Bajos
Noruega
Polonia
Portugal
Eslovaquia
Eslovenia
España
Suecia
Suiza
Liechtenstein
14
Un poco de historia... El concepto
de libre circulación entre los
países europeos es muy antiguo y
data de la Edad Media. En los
tiempos modernos, esta idea fue
discursada desde la posguerra de
la Segunda Guerra Mundial.
Sin embargo, las acciones
concretas en esta materia solo se
llevaron a cabo durante los años
80, ya que Europa se vio atrapada
en un eterno debate entre dos
bandos opuestos: el que apoyaba
la idea de una Europa libre sin
controles fronterizos internos
entre países y la otra parte que
estaba absolutamente en contra.
Francia y Alemania son los dos
países pioneros que dieron el
paso inicial en cuanto al concepto
de libre circulación, pasos aún
más concretos, ya que acordaron
comúnmente trasladar este
concepto sobre debatido a un
nivel superior. Estos dos países, el
17 de junio de 1984, fueron los
primeros en poner de relieve el
tema antes mencionado en el
marco del Consejo Europeo de
Fontainebleau, donde todos
aprobaron definir las condiciones
necesarias para la libre
circulación de los ciudadanos.
Número 27 | 234
A pesar de que se estableció el
Acuerdo de Schengen, incluidos
los tratados y las normas, la
aplicación real del Espacio
Schengen se inició finalmente el
26 de marzo de 1995, donde 7
países miembros de Schengen
(Francia, Alemania, Bélgica,
Luxemburgo, Países Bajos,
Portugal y España) decidieron
abolir sus controles en las
fronteras interiores.
15
PERO ENTONCES ¿ES LO MISMO LA ZONA
SCHENGEN Y LA UNIÓN EUROPEA?
Existe la tendencia errónea a identificar
espacio Schengen con Unión Europea, lo
que es incorrecto, ya que, como hemos
visto:
De los estados miembros de la Unión
Europea hay 5 que no forman parte del
espacio Schengen (Reino Unido, Irlanda,
Rumanía, Bulgaria y Chipre); esto supone
que si se quiere viajar a alguno de estos
países deberá solicitarse el oportuno
visado en su consulado o embajada
correspondiente, el cual no será válido
para estancias en Schengen ni tampoco
para circular libremente por dicho
espacio, excepto para tránsitos
aeroportuarios.
Hay otros 4 estados que forman parte de
Schengen y no pertenecen a la Unión
Europea, 3 de ellos forman parte del
Espacio Económico Europeo y uno no
Características esenciales de la zona
Schengen
1. La abolición de las fronteras entre los
países europeos se ha traducido en:
2. Los ciudadanos de cualquier país del
mundo, cuando se encuentren en el
Espacio Schengen, podrán cruzar
libremente las fronteras interiores de los
países Schengen, libres de controles
fronterizos
3. Estándares compartidos para el cruce de
las fronteras exteriores de los países del
Espacio Schengen
4. Condiciones armonizadas de visado de
entrada y de estancia de corta duración
para todos los países Schengen
5. Mejora de la colaboración entre la policía
de los países miembros
6. Colaboración judicial privilegiada entre los
países del Espacio Schengen, incluida una
extradición más rápida de los delincuentes
y facilitación de la extradición para la
ejecución de sentencias penales
16
F E B R E R O 2 0 0 1 : F I R M A D E L
TRATADO DE
NIZA
P O R R O D R I G U E Z C O R T É S J U L I O C E S A R .
EL TRATADO DE NIZA Y LA
CONVENCIÓN SOBRE EL FUTURO DE
EUROPA
GENERAL
El Tratado de Niza solo preparó de manera
parcial a la Unión Europea para las Importantes
ampliaciones al este y al sur que tuvieron lugar
el 1 mayo de 2004 y el 1 de enero de 2007. Así
pues, a raíz de las cuestiones planteadas en la
Declaración de Laeken.
la Convención Europea se esforzó por crear una
nueva base jurídica para la Unión bajo la forma
del Tratado por el que se establece una
Constitución para Europa, que no fue ratificado
a causa del resultado negativo de los
referendos celebrados en dos Estados
miembros.
El Tratado de Niza.
1. Firma: Este Tratado, firmado el 26 de
febrero de 2001, entró en vigor el 1 de
febrero de 2003.
2. Objetivos: Hacer que las instituciones de a
Unión fueran más eficaces y legítimas y de
preparar a la Unión para su siguiente gran
ampliación.
3. Antecedentes. En las conferencias
intergubernamentales (CIG) de Maastricht
y Ámsterdam ya se había abordado una
serie de problemas institucionales («los
restos de Ámsterdam»), pero no se habían
resuelto de forma satisfactoria el tamaño y
la composición de la Comisión, la
ponderación de los votos en el Consejo y la
ampliación de la votación por mayoría
cualificada. Sobre la base de un informe de
la Presidencia finlandesa, el Consejo
Europeo de Helsinki decidió a finales de
1999 que una CIG debería tratar los «restos
de Ámsterdam», así como todos los demás
cambios necesarios para preparar la
ampliación.
17
C O N T E N I D O
D E L
T R A T A D O . . .
Contenido.
La CIG se inauguró el 14 de febrero de 2000 y
concluyó sus trabajos en Niza el 10 de diciembre
de 2000 con un acuerdo sobre las cuestiones
institucionales y sobre otros puntos, a saber: una
nueva distribución de los escaños en el
Parlamento Europeo.
Una cooperación reforzada más flexible, el control
de los derechos y valores fundamentales
en la Unión y el refuerzo del sistema judicial de la
Unión.
Ponderación de los votos en el Consejo.
Al considerar de forma conjunta el sistema de
votación en el Consejo y la composición de la
Comisión, así como, en parte, la distribución de los
escaños en el Parlamento Europeo, la CIG se dio
cuenta de que el principal imperativo era modificar
el peso relativo de los Estados miembros, un
asunto que ninguna otra CIG había abordado
desde el Tratado de Roma.
La CIG escogió un nuevo sistema de ponderación
de los votos (modificación del sistema existente).
Aunque el número de votos aumentó para todos
los Estados miembros, el peso de los Estados
miembros más poblados disminuyó: antes suponía
el 55 % de los votos y quedó reducido al 45 % a
partir de la adhesión de los diez nuevos miembros
y al 44,5 % desde el 1 de enero de 2007.
Composición:
aDesde 2005, la Comisión tiene un comisario por
Estado miembro. El Consejo está facultado para
decidir, por unanimidad, el número de comisarios así
como las disposiciones relativas al sistema de
rotación, siempre que la Comisión resultante refleje
la diversidad demográfica y geográfica de los
Estados miembros.
Organización Interna.
El Tratado de Niza faculta al presidente de la
Comisión para distribuir las carteras entre los
comisarios y redistribuirlas a lo largo de su mandato.
18
PARLAMENTO
EUROPEO.
CULTIVOS ORGÁNICOS DE CALIFORNIA
A. Composición
B Competencia.
A).- El Tratado de
Ámsterdam había fijado el
número máximo de
diputados al PE en 700.
Sin embargo, en Niza,
ante la perspectiva de la
ampliación, el Consejo
consideró necesario
revisar el número de
diputados al PE por
Estado miembro.
La nueva composición del
Parlamento también se
utilizó para compensar la
nueva ponderación de los
votos en el Consejo. Así,
el número máximo de
diputados al Parlamento
Europeo se fijó en 732.
B.- LEl Parlamento, al
igual que el Consejo, la
Comisión y los Estados
miembros, fue facultado
para interponer recursos
contra los actos del
Consejo, la Comisión o el
Banco Central Europeo
por incompetencia, vicios
sustanciales de forma,
violación del Tratado o de
cualquier norma jurídica
relativa a su ejecución o
abuso de poder.
Elartículo 191 se
transformó en una base
jurídica operativa para la
adopción.
Tribunal General
as competencias del Tribunal
General (Tribunal de Primera
Instancia hasta la
entrada en vigor del Tratado de
Lisboa el 1 de diciembre de
2009)
Proceso Legislativo.
27 de nuevas políticas y
medidas requieren ahora
votación por mayoría
cualificada en el Consejo, la
codecisión se amplió
únicamente a algunos ámbitos
menores (cubiertos por los
antiguos artículos 13, 62, 63,
65, 157, 159 y 191 del TCE).
Protección de Derechos
Fundamentales.
Se añadió un apartado al
artículo 7 del Tratado de la
Unión Europea con objeto de
abordar los casos en los que,
sin existir una vulneración
evidente de los derechos
fundamentales,
El Tribunal de Justicia de la
Unión Europea.
Se otorgó al Tribunal de
Justicia la facultad de deliberar
con diferentes composiciones:
en Salas (compuestas por tres
o cinco jueces), en una Gran
Sala (once jueces) o en
Pleno. El Consejo podía decidir
por unanimidad aumentar el
número de abogados
generales.
19
T R A T A D O D E
L I S B O A
P O R G A L L A R D O V A Z Q U E Z J O S E
A M A U R Y
E n l a a c t u a l i d a d , l o s m i e m b r o s d e l a
U n i ó n E u r o p e a ( U E ) d i s f r u t a n d e
a b u n d a n t e s b e n e f i c i o s : u n m e r c a d o
l i b r e c o n u n a d i v i s a q u e f a c i l i t a e l
c o m e r c i o y l o h a c e m á s e f i c i e n t e , l a
c r e a c i ó n d e m i l l o n e s d e p u e s t o s d e
t r a b a j o , l a m e j o r a d e l o s d e r e c h o s d e
l o s t r a b a j a d o r e s , l a l i b r e c i r c u l a c i ó n d e
p e r s o n a s y u n m e d i o a m b i e n t e m á s
l i m p i o .
S i n e m b a r g o , l a s n o r m a s a c t u a l e s s e
c o n c i b i e r o n p a r a u n a U E m u c h o m á s
p e q u e ñ a , q u e n o t e n í a a n t e s í d e s a f í o s a
e s c a l a p l a n e t a r i a c o m o e l c a m b i o
c l i m á t i c o , u n a r e c e s i ó n m u n d i a l o l a
d e l i n c u e n c i a
t r a n s f r o n t e r i z a
i n t e r n a c i o n a l . L a U E t i e n e e l p o t e n c i a l
p a r a e n f r e n t a r s e a e s o s p r o b l e m a s y e l
c o m p r o m i s o d e h a c e r l o , p e r o s o l o p o d r á
c o n s e g u i r l o s i m e j o r a s u f o r m a d e
t r a b a j a r .
E l o b j e t i v o d e l T r a t a d o d e L i s b o a , h a c e
q u e l a U E s e a m á s d e m o c r á t i c a ,
e f i c i e n t e y t r a n s p a r e n t e , a l t i e m p o q u e
d a a l o s c i u d a d a n o s y a l o s P a r l a m e n t o s
n a c i o n a l e s m á s i n f o r m a c i ó n s o b r e l o
q u e o c u r r e e n l a U n i ó n y d o t a a E u r o p a
d e u n a v o z m á s c l a r a y m á s f u e r t e e n e l
m u n d o , p r o t e g i e n d o a s i m i s m o l o s
i n t e r e s e s n a c i o n a l e s .
E l T r a t a d o d e L i s b o a e s t a b l e c e l a
( i n i c i a t i v a c i u d a d a n a ) , g r a c i a s a l a c u a l ,
p r e s e n t a n d o u n m i l l ó n d e f i r m a s , s e
p u e d e i n v i t a r a l a C o m i s i ó n E u r o p e a a
q u e p r e s e n t e n u e v a s p r o p u e s t a s
l e g i s l a t i v a s .
20
UNION PARA EL
SIGLO XXI
El Tratado de Lisboa fue firmado por los
veintisiete Estados miembros de la Unión
Europea el 13 de diciembre de 2007.
Para que el Tratado entre en vigor todos los
Estados de la UE deben ratificarlo de
acuerdo con sus respectivos procedimientos
nacionales
¿Por qué fue necesario el Tratado de
Lisboa?
La UE ha evolucionado. El número de
Estados miembros se ha cuadruplicado. Tan
solo en los últimos cinco años, su número ha
pasado a ser casi el doble.
Además, el mundo está cambiando a toda
velocidad. Europa debe enfrentarse a
grandes retos en el siglo XXI, como la crisis
económica, el cambio climático, el desarrollo
sostenible, la seguridad del
aprovisionamiento energético y la lucha
contra la delincuencia transfronteriza
internacional.
¿POR QUÉ FUE NECESARIO EL TRATADO DE
LISBOA?
•El Tratado de Lisboa modifica y actualiza los
anteriores Tratados de la UE.
• El Tratado tiene en cuenta el hecho de quela UE
ha pasado de los seis Estados fundadores a los
veintisiete actuales, así como los abundantes
cambio ocurridos en los últimos cincuenta años.
• Si se aprueba en todos y cada uno de los
veintisiete Estados miembros, el Tratado mejorará
los métodos de trabajo para que la Unión
funcione de la manera más eficiente y eficaz
posible en el siglo XXI.
• El Tratado contribuye a que la UE defienda
mejor los intereses de los ciudadanos, dándoles
la palabra sobre los asuntos europeos mediante
la nueva iniciativa ciudadana.
21
Protege sus derechosgracias a la Carta de
Derechos Fundamentales.
Refuerza el papel del Parlamento Europeo
y otorga nuevas competencias a los
Parlamentos nacionales.
Hace que la toma de decisiones a nivel
europeosea más eficiente.
Contribuye a que la Unión Europea hable
con una sola voz en el mundo. Introduce
nuevas medidas para hacer frente a
problemas acuciantes que afectan a
nuestra calidad de vida, como el cambio
climático, la delincuencia transfronteriza y
la energía.
Al mismo tiempo,protege los derechosde
cada Estado miembro, especialmente en
asuntos sensibles como la fiscalidad y la
defensa
VALORES DEL
TRATADO DE
LISBOA
El tratado establece la finalidad
de:
Paz
Democracia
Respeto de los derechos
humanos
Justicia
Igualdad
Estado de Derecho
Sostenibilidad.
22
EL BREXIT
El Reino Unido en la Unión Europa
El Reino Unido nunca ha sido visto como un Estado
europeísta. De hecho, aunque en los años previos a la
Segunda Guerra Mundial se mostró como un firme defensor
de la creación de una organización internacional de
cooperación en Europa,13 como miembro de la UE su papel
se ha caracterizado por el escepticismo respecto de la
construcción europea.
El primer ministro británico se considera uno de los padres
fundadores de la actual Unión Europea. A pesar de ello, la
actitud del Reino Unido siempre fue tibia, pues sus
intereses se encontraban lejos de Europa: en la
Commonwealth. De hecho, su reacción a la creación de
las Comunidades Europeas fue la organización de la
Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA, por sus siglas
en inglés), que tenía el propósito que más les interesaba: la
creación de un espacio de cooperación económica y libre
mercado entre sus Estados miembros.
No podemos obviar que desde sus inicios la permanencia
del Reino Uní do en la construcción europea resultó
controvertida, especialmente si tenemos en cuenta que,
dos años después de materializarse su adhesión a ella, se
celebró el primer referéndum sobre su continuidad.
La respuesta de la UE a las dudas
británicas:
De todo lo anterior se entiende claramente que el Consejo
Europeo colaboró de forma sustantiva para que el resultado
del referéndum celebrado fuera diferente al finalmente
obtenido. Sin embargo, la realidad nos ha evitado observar
las consecuencias de la vigencia de la Decisión en cuestión,
no sólo respecto del Reino Unido, sino también en lo que se
refiere a la aplicación generalizada de sus consideraciones.
El rechazo del Reino Unido a la Unión
Europea
El referéndum realizado en Reino Unido el pasado 23 de
junio produjo un resultado muy ajustado pues el 51.9% de
los votantes apoyaron la salida frente al 48.1%.41 Datos que
ilustran una sociedad muy dividida no sólo atendiendo al
resultado, sino también al hecho de que la participación en
la consulta (del 72.2%) Lo anterior nos conduce al
crecimiento de los populismos en el Reino Unido,
transformados en localistas y alejados de los objetivos
comunes que prenden en el continente europeo. No es de
extrañar que otros líderes de formaciones de extrema
derecha igualmente populistas se hayan congratulado del
resultado de la consulta británica.
23
E L B R E X I T Y S U
R E L E V A N C I A
E N E L
C O M E R C I O
E X T E R I O R
La iniciativa de una Gran Bretaña Global
La apuesta del Reino Unido es la “Gran Bretaña
Global”, iniciativa cuyo fin es la colaboración a
través de acuerdos y tratados no solo con los
países pertenecientes a la Unión Europea, sino
con múltiples países, entre los que destacan a
manera general los de la región del “Indo-
Pacífico”.
Parte del pensamiento económico del Reino
Unido detrás del Brexit, es que la salida del bloque
liberará al Reino Unido de las supuestas
restricciones que significaba pertenecer a la Unión
Europea, una de las cuales es contar con libertad
de negociar acuerdos comerciales con todo el
mundo.
Relación actual y futura del Reino Unido con
México tras el Brexit.
Aún y cuando el Reino Unido dejó de ser un
Estado Miembro de la Unión Europea, el mismo se
encuentra obligado a cumplir con los acuerdos
internacionales con terceros países hasta que
concluya el periodo de transición.
En este sentido, mediante el Comunicado No.
012, de fecha 30 de enero de 2020, la Secretaría
de Economía informó, que México y el Reino
Unido mantendrán la relación comercial
preferencial que han sostenido al amparo
delTratado de Libre Comercio Unión Europea-
México (TLCUEM) desde el año 2000, como
resultado del Acuerdo de Retirada entre la Unión
Europea y el Reino Unido.
Cabe comentar que México y el Reino Unido lanzaron
el año pasado el Fondo de Prosperidad, mediante el
cual el Reino Unido financiará una serie de acciones. A
este respecto México y el Reino Unido firmaron un
memorándum de entendimiento con la participación
de la Secretaría de la Función Pública, el Sistema
Nacional Anticorrupción, así como la Oficialía Mayor de
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con los
Servicios Digitales del Gobierno del Reino Unido en
materia de gobierno digital.
El Fondo de Prosperidad, se encuentra en fase de
implementación, el cual tiene como propósito, el
contribuir al desarrollo económico y la reducción de la
pobreza a través de diferentes ejes, incluyendo
anticorrupción y Estado de Derecho, servicios
financieros, energía, educación
y ciudades del futuro. 25
ASOCIACION EUROPEA DE
LIBRE COMERCIO
POR ALVAREZ ALARCON BRANDO EMILIANO
La Asociación Europea de Libre Cambio
(AELC) o Acuerdo Europeo de Libre Comercio
(también conocida por sus siglas en inglés
EFTA - European Free Trade Area) es un
bloque comercial creado el 4 de enero de
1960 por la Convención de Estocolmo como
alternativa a la Comunidad Económica
Europea (1957) y por los países Austria,
Dinamarca, Gran Bretaña, Noruega, Portugal,
Suecia y Suiza. Entró en vigor en junio de
1960. En 1961 entró Finlandia, en 1970
Islandia y en 1991 Liechtenstein.
La AELC agrupa a los países que prefirieron
no ingresar a la Unión Europea
Su objetivo consiste en favorecer la
expansión económica y la estabilidad
financiera de todos sus miembros.
La AELC tiene las siguientes instituciones:
la secretaria que tiene sede en ginebra
el tribunal del AELC
el consejo de la AELC
la autoridad de la vigilancia de la AELC
Las especiales relaciones de la UE con los
vecinos países de la EFTA obedecen tanto a la
prioridad de definir un espacio económico
europeo como a exigencias de tipo
estratégico
Lista de los 4 países de la AELC
La Asociación Europea de Libre Comercio
(EFTA en inglés) está formada por 4 Estados
miembros:
Liechtenstein
Noruega
Islandia
Suiza
26
UN POCO
DE
HISTORIA
La primera ampliación de la CE supuso ya
la adhesión de ciertos miembros de la
EFTA (Reino Unido y Dinamarca) y, con
ese motivo, se estableció
progresivamente una ZLC para los
restantes países de la EFTA. La realización
posterior del Mercado Único llevó a
dichos países a buscar fórmulas de
participación en el mismo, que
desembocaron en la creación del Espacio
Económico Europeo (EEE) por el Tratado
de Oporto de 1992 .
Tras el abandono de la AELC y entrada en
la CEE de Gran Bretaña y Dinamarca en
1973, Portugal en 1986, Austria, Suecia y
Finlandia en 1995, el papel de la AELC ha
disminuido notablemente. Permanecen
dos países alpinos: Liechtenstein y Suiza,
los cuales son paraísos fiscales; y dos
países nórdicos, Noruega e Islandia,
aunque este último ha iniciado los
trámites para adherirse a la UE, por lo que
es probable que en los próximos años
deje de ser miembro de esta
organización.
Ese “mercado europeo ampliado” entró
en vigor en todos los países de la EFTA
excepto en Suiza e implica una ZLC para
productos industriales y productos
agrícolas transformados. A la vez, se
avanza en la liberalización del comercio
de productos de la agricultura y de la
pesca. El Acuerdo se completa con la libre
circulación de personas, servicios y
capitales.
En la actualidad, sólo quedan en la EFTA
Islandia, Noruega, Liechtenstein y Suiza.
Los tres primeros forman parte del EEE,
mientras que Suiza mantiene acuerdos
separados con la UE.
ÁMBITO DEL ACUERDO EEE (ESPACIO
ECONÓMICO EUROPEO)
El objetivo del Acuerdo EEE, según se
establece en el artículo 1, es:
"... promover un reforzamiento continuo y
equilibrado de las relaciones comerciales
y económicas entre las Partes
Contratantes, en igualdad de condiciones
de competencia y en observancia de unas
normas comunes, con miras a crear un
Espacio Económico Europeo homogéneo
...".
27
¿COMO
LOGRAN SUS
OBJETIVOS?
Para lograr estos objetivos, el Acuerdo EEE
incluye la eliminación (sobre todo en sus aspectos
técnicos) de los obstáculos a la libre circulación
de mercancías, servicios, capital y personas entre
la UE y los Estados de la AELC. Estas son las
llamadas "cuatro libertades", a través de las cuales
se amplía el mercado único de la UE de 15
miembros a Noruega, Islandia y Liechtenstein,
según lo mencionado ya anteriormente.
Además de las normas referentes a las llamadas
cuatro libertades, el Acuerdo implica la aplicación
de las normas de competencia. Además, el
Acuerdo EEE cubre las llamadas "políticas de
acompañamiento y horizontales", con la intención
de consolidar el mercado interior.
Estos campos adicionales de la cooperación
incluyen la política social, la protección del
consumidor, el medio ambiente, la educación, la
investigación y el desarrollo, las estadísticas, el
turismo, las pequeñas y medianas empresas, la
cultura, la información, y los servicios
audiovisuales.
La cooperación entre la Comunidad Europea y los
Estados EEE-AELC al margen de las cuatro
libertades está cubierta por el protocolo 31 del
Acuerdo EEE. Los socios EEE-AELC participan en
programas comunitarios en los ámbitos antes
mencionados y tienen voz en su desarrollo y
gestión a través de la participación en sus
comités. Ya se han tomado las medidas
legislativas para facilitar la plena participación de
los miembros del EEE en los programas
comunitarios referentes a la cooperación cultural.
28
MÉXICO
Y LA
INTEGRACIÓN
EUROPEA
La UE y México ya mantienen una
estrecha relación de comercio e
inversión. En 1997, firmaron un
acuerdo de asociación económica,
concertación política y cooperación.
Este acuerdo, conocido como el
acuerdo global, incluía una parte
sobre comercio abierto, que
básicamente abría el comercio de
mercancías. Este acuerdo comercial
entró en vigor en 2000.
La parte del acuerdo relativa al
comercio de servicios entró en vigor
en 2001.
En el año 2018 se sustituye el que era
el actual acuerdo global por uno
nuevo. Su parte comercial abrirá aún
más el mercado mexicano a los
exportadores e inversores de la UE e
incluirá nuevos ámbitos, como los
servicios y los alimentos y bebidas. El
nuevo acuerdo global será la base de
la futura relación de la UE con
México (Fonseca, 2020).
29
EL COMERCIO
ENTRE
MEXICO Y LA
UE
ENTRE LOS PRINCIPALES
PRODUCTOS
EXPORTADOS POR
MÉXICO A LA UNIÓN
EUROPEA DESTACAN LOS
AUTOMÓVILES,
TELÉFONOS CELULARES,
INSTRUMENTOS Y
APARATOS DE MEDICINA,
CIRUGÍA, ODONTOLOGÍA
O
VETERINARIA,
COMPUTADORAS Y
OTROS; MIENTRAS QUE
ALGUNOS DE LOS
PRODUCTOS
IMPORTADOS SON
MEDICAMENTOS,
AUTOMÓVILES
Y
APARATOS PARA LA
FABRICACIÓN DE
CIRCUITOS ELÉCTRICOS.
(SECRETARIA
DE
ECONOMIA 2020)
Esta relación comercial también
permite a
México y Europa las siguientes
disposiciones:
-Un mejor acceso al mercado
del sector agropecuario y
pesquero
-No a los monopolios de
exportación e importación
-Establecimientos
de
condiciones y mejores en la
desigualdad
-Mayor participación en la
inversión extranjera
-Regulación del comercio digital
-Instaurar principios para
empresas gubernamentales
-Lucha común contra la
corrupción
-Apoyo a las Pyme´s
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INTEGRANTES
ALVAREZ ALARCON
BRANDO EMILIANO
201945846
GUEVARA MARTINEZ
ADRIAN
201937655
GALLARDO VAZQUEZ JOSE
AMAURY
201936789
RODRIGUEZ CORTES JULIO
CESAR
201955982
LOPEZ RAMOS SALVADOR
JESUS
201923785
BIBLIOGRAFIA
Fernández A. (2018),historia de una union, extraido de:
https://www.lavanguardia.com/vida/junior-report/20180507/443242616512/unioneuropea-historia.html
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exterior, extraido de:
https://drive.google.com/file/d/1CS7M0c611Di4Jo79DNo37_svxrR_Z8nq/view
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