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POR LA CUAL SE DICTA Y SE ADOPTA LA POLITICA DE ...

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El personal institucional responsable del análisis de los reclamos, sugerenciasy felicitaciones presentadas por los usuarios.El personal responsable de las llamadas de Posventa, programas oinformación quien podrá conocer exclusivamente el nombre y númerotelefónico del usuario para contactarlo y evaluar el proceso de atención o pararecordarle o cancelarle una cita pendiente.3. Por las Entidades que administran el Plan de Beneficios del Usuario (EPS,Dirección Seccional de Salud de Santander – DSSS - u otras), en las siguientessituaciones:Para solicitar autorizaciones de servicios.Para cobrar los servicios prestados al usuario por el Hospital4. Por las entidades de Vigilancia, Inspección y Control. El hospital está en el deberde proporcionar la información que soliciten instituciones como laSuperintendencia Nacional de Salud, la DSSS, Contraloría, Procuraduría, u otrassimilares, exclusivamente en el marco de sus funciones.5. Por los familiares o personas allegadas: Solamente si el usuario no está encapacidad de comunicarse, como en el caso de una urgencia grave o en unasituación de catástrofe, el Hospital podrá contactar a un familiar o a una personaallegada al usuario, y suministrarle información de carácter general sobre suestado de salud, en la medida en que sea necesario para facilitar su proceso deatención.6. Por las autoridades de Policía, en la medida en que se considere que el usuarioconstituye una amenaza grave e inminente para la salud y la seguridad de símismo o de otras personas.7. Por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) o por otros organismos dela Red de Protección Social. Cuando se sospeche de manera razonable que elusuario puede ser víctima de abuso, negligencia, violencia intrafamiliar u otrosdelitos.8. Por las Autoridades Judiciales (Fiscalía General de la Nación o Juzgados): Para elefecto será necesaria una solicitud escrita con carácter de orden judicial, solicitudde pruebas y demás procesos legales.9. La información del usuario podrá ser conocida por otras personas, en lossiguientes casos:Para Investigar posibles fraudes o abusos en la utilización de los servicios.Por la Oficina de Medicina Legal en caso de muerte, en los casos previstos porla ley.Por la Red Nacional de Transplantes, con fines de la obtención o aporte decomponentes anatómicos, de conformidad con los procedimientos de ley.Por la propia institución para llevar a cabo estudios de costos.En todos los demás casos, la E<strong>SE</strong> solicitará al usuario su autorización escrita parautilizar su información personal o para divulgarla a otra persona o institución parapropósitos o situaciones diferentes a las incluidas en esta Política.Aún si el usuario da su autorización, podrá revocarla en el momento en que lo desee.Dicha revocatoria no afectará cualquier uso permitido por su autorización mientras lamisma tenía validez.La información demográfica y administrativa suministrada por los usuarios (datos deidentificación, edad, dirección, número telefónico, código del diagnóstico, etc.) podráser conocida por personal administrativo del Hospital, en el marco de sus funciones, yúnicamente con fines estadísticos.

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