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Informe Raxen

Informe Raxen Especial 2012 (2947 Kb.) - Injuve

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Accion Jurídica contra el Racismo y los Delitos de Odio<br />

Movimiento contra la Intolerancia<br />

Los miembros de la banda denunciaron también la vulneración del principio acusatorio por haber introducido la<br />

sentencia en el relato fáctico hechos nuevos relevantes para la acusación penal. El Alto Tribunal entiende que la “simple comparación<br />

entre las descripciones y la que se contiene en los hechos probados de la sentencia que consta en los antecedentes<br />

de esta resolución (...) patentiza la identidad sustancial de los hechos de que fueron acusados y han sido condenados”.<br />

“Existe una total congruencia al respecto, y la sola inclusión de los títulos de las canciones del grupo Odal así como<br />

referencia al tema de que trata o la difusión en los conciertos de la revista Leibstandarte o Thor’s Hammer resulta cuestión<br />

de detalle y sin ninguna relevancia desde las exigencias derivadas del respeto al principio acusatorio”, añade.<br />

Otro de los motivos que alegaron es que se violó el derecho a la presunción de inocencia “por estimar que la prueba de<br />

cargo tenida en cuenta por el Tribunal no puede provocar su decaimiento al ser manifiestamente insuficiente para ello”.<br />

El Supremo recuerda que el ámbito del control casacional en relación a la presunción de inocencia<br />

se concreta “en verificar si la motivación fáctica alcanza el estándar exigible y si, en consecuencia, la decisión<br />

alcanzada por el Tribunal sentenciador, en sí misma considerada, es lógica, coherente y razonable”.<br />

Todo ello “de acuerdo con las máximas de experiencia, reglas de la lógica y principios científicos, aunque puedan existir<br />

otras conclusiones porque no se trata de comparar conclusiones sino más limitadamente, si la decisión escogida por el<br />

Tribunal sentenciador soporta y mantiene la condena”, reza la resolución.<br />

En definitiva, destaca que en el ámbito del control casacional en relación a la presunción de inocencia, tribunales<br />

como el suyo “actúan verdaderamente como Tribunales de legitimación de la decisión adoptada en la instancia, en<br />

cuanto verificar la solidez y razonabilidad de las conclusiones alcanzadas, confirmándolas o rechazándolas, y por tanto<br />

controlando la efectividad de la interdicción de toda decisión inmotivada o con motivación arbitraria”.<br />

http://www.lavanguardia.com/local/madrid/20120217/54256014356/el-supremo-ratifica-la-condena-porasociacion-ilicita-a-15-miembros-del-grupo-neonazi-hammerskin.html<br />

El secretario de un partido ultraderechista, sentenciado a un año de cárcel . Un año de cárcel por difundir ideas<br />

genocidas. Es la pena que un juzgado de Barcelona ha impuesto a Luis Antonio G. R., de 79 años, secretario del partido<br />

ultraderechista Estado Nacional Europeo (ENE) y editor de la revista Intemperie, de la misma tendencia. La sentencia<br />

obliga, además, a cerrar la página web del partido, una de las plataformas de difusión de mensajes que “incitan a la<br />

discriminación, la exclusión y la eliminación de distintos grupos raciales”, además de exaltar “regímenes totalitarios”,<br />

según la resolución judicial.<br />

La revista Intemperie, que publicó hasta 2005 con una tirada de medio millar de ejemplares, “ridiculiza,<br />

trivializa y con ello justifica los hechos ocurridos en el Holocausto nazi durante la II Guerra Mundial”, sigue<br />

la sentencia, que viene a avalar las tesis del fiscal de delitos de odio de Barcelona, Miguel Ángel Aguilar.<br />

En el juicio, el fiscal solicitó una pena bastante más severa (cuatro años y medio de cárcel) para Luis Antonio.<br />

El juez ha absuelto, sin embargo, tanto a Luis Antonio como a otros dos colaboradores que también estaban acusados<br />

del delito de provocación a la discriminación, ya que considera que no hubo una “conducta de incitación directa”. Durante<br />

el juicio, el líder de ENE, que padece un estado delicado de salud, reconoció su “odio” hacia “los moros” porque<br />

“son el enemigo”. Y pese a todo defendió, que no es un hombre racista. (El País. 24.2.2012)<br />

22-03-12. CONDENA NEONAZIS. (Talavera de la Reina). Condenados<br />

12 ultraderechistas por asaltar la caseta de IU en 2006. Irrumpieron portando<br />

simbología neonazi y destrozaron todo lo que encontraron a su paso. Cuando<br />

intentaron detenerlos, dos policías locales fueron agredidos duramente. Han sido<br />

condenados por atentado con agravante de odio ideológico, lesiones y desordenes<br />

públicos. Las penas van de 18 a 6 meses de prisión, y multas de entre 1.100<br />

y 120 euros.<br />

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