DECRETOS DE LEYES EXITENTES EN EL PAIS ... - Diario La Prensa
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<strong>DE</strong>CRETO <strong>DE</strong> LEY No.<br />
<strong>DE</strong> FECHA <strong>DE</strong><br />
PUBLICACION<br />
37-87 del 07/04/1987<br />
LEY CONSTITUTIVA <strong>DE</strong><br />
LAS ZONAS<br />
INDUSTRIALES <strong>DE</strong><br />
PROCESAMI<strong>EN</strong>TO<br />
PARA<br />
EXPORTACIONES (ZIP)<br />
51-2003 del 10/04/2003<br />
LEY <strong>DE</strong> EQUIDAD<br />
TRIBUTARIA<br />
EX<strong>EN</strong>CIONES / FRANQUICIAS<br />
Artículo 11.- <strong>La</strong> Sociedad autorizada para operar la Zona<br />
Industrial de Procesamiento para Exportaciones, gozará de los<br />
siguientes beneficios fiscales: a.- Importación libre de<br />
gravámenes, derechos arancelarios, cargas, recargos, derechos<br />
consulares, impuestos internos de consumo y venta y demás<br />
impuestos, tasas y gravámenes que tengan relación directa con<br />
las operaciones aduaneras de importación, de todos los bienes<br />
que importen o que sean aplicados o todos los bienes que<br />
importe o incorporados exclusivamente al desarrollo y explotación<br />
de la Zona Industrial de Procesamiento para Exportaciones,<br />
incluyendo materiales de construcción, equipo, repuestos,<br />
maquinaria y equipo de oficina, siempre y cuando estos bienes no<br />
se produzcan en el país y con previa autorización de la Secretaria<br />
de Estado en los Despachos de Economía y Comercio: y, b<br />
Exención de Impuesto Sobre la Renta por 20 años e impuestos<br />
Municipales por 10 años.<br />
1.- Exoneración de los impuestos fiscales que graven la renta, los<br />
bienes y las operaciones de las cooperativas, 2.- exoneración de<br />
derechos arancelarios, impuestos y recargos de aduana sobre la<br />
importación de maquinaria, equipo, herramientas, vehículos de<br />
trabajo, de transporte de pasajeros, etc. 3.- de los impuestos que<br />
graven la tradición de bienes inmuebles en los programas de<br />
vivienda cuando la cooperativa sea la tradente.