cartilla 2 - Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento ...
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Estructura y niveles tarifarios<br />
38<br />
• Es un factor <strong>de</strong>terminante para lograr un uso racional <strong>de</strong>l recurso<br />
cuando se une a unas tarifas <strong>de</strong> eficiencia que representen los costos<br />
reales asociados al servicio y permitan el normal <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> las<br />
entida<strong>de</strong>s prestadoras <strong>de</strong> los servicios <strong>de</strong> acueducto y alcantarillado.<br />
Por lo dispuesto en la resolución 151 <strong>de</strong> 2001, artículo 2.1.1.2, los<br />
prestadores <strong>de</strong>l servicio <strong>de</strong> acueducto tuvieron como plazo máximo el 21<br />
<strong>de</strong> julio <strong>de</strong> 2001 para instalar los micromedidores a todos los usuarios.<br />
Sin embargo la misma norma en su artículo 2.1.1.7 dice que cuando los<br />
análisis económicos <strong>de</strong>muestren su conveniencia, las personas prestadoras<br />
<strong>de</strong> servicios podrán utilizar como mecanismo <strong>de</strong> medición y racionalización<br />
<strong>de</strong> consumos, los reguladores <strong>de</strong> caudal u otros instrumentos o medios<br />
con los cuales se logre el mismo fin. La misma resolución en su artículo<br />
2.1.1.6 exceptúa <strong>de</strong> la obligación <strong>de</strong> micromedir aquellos lugares o zonas<br />
en don<strong>de</strong> el consumo medio aforado por usuario sea menor o igual<br />
a 10 metros cúbicos/usuario/mes.<br />
Rangos <strong>de</strong> consumo<br />
El consumo es la cantidad <strong>de</strong><br />
metros cúbicos <strong>de</strong> agua que utiliza<br />
un usuario durante un período <strong>de</strong><br />
tiempo <strong>de</strong>terminado, usualmente<br />
uno o dos meses, para satisfacer sus<br />
necesida<strong>de</strong>s. Se clasifica para los<br />
usuarios resi<strong>de</strong>nciales en los siguientes<br />
rangos, según la Resolución 151 <strong>de</strong> 2001<br />
expedida por la CRA:<br />
El cargo por consumo refleja<br />
los costos relacionados<br />
con la producción <strong>de</strong> agua<br />
y con las inversiones<br />
necesarias para prestar<br />
el servicio.<br />
• Consumo Básico: Es aquel que satisface las necesida<strong>de</strong>s esenciales<br />
o básicas <strong>de</strong> una familia, el cual se ha fijado en 20 metros cúbicos<br />
mensuales por suscriptor.<br />
• Consumo Complementario: Es el consumo ubicado en la franja entre<br />
los 20 y los 40 metros cúbicos mensuales <strong>de</strong> agua por cada<br />
suscriptor.<br />
• Consumo Suntuario: Es el consumo mayor a 40 metros cúbicos<br />
mensuales <strong>de</strong> agua por suscriptor.<br />
Por ejemplo, un usuario que consume 18 metros cúbicos en el mes<br />
tendrá un consumo <strong>de</strong> 18 metros cúbicos en el rango básico, 0 metros<br />
Costos y Tarifas