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seccion: contable y auditorìa - informativo vera paredes

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B<br />

Sección <strong>contable</strong> y auditoría<br />

<br />

C.P.C. Edgar Cuellar Juarez (*)<br />

I. INTRODUCCIÓN<br />

El presente tema a tratar es la revaluación<br />

a los activos el cual es una práctica<br />

<strong>contable</strong> que permite incrementar el valor<br />

en libros de los activos fijos a valores de<br />

mercado, a través de un informe técnico<br />

realizado por tasadores independientes<br />

(peritos <strong>contable</strong>s). El mayor valor de mercado<br />

atribuido al activo fijo, tiene como<br />

límite el valor de recuperación y el monto<br />

obtenido debe ser considerado como un<br />

excedente de revaluación, incrementando<br />

el patrimonio de la empresa; sin embargo,<br />

no se considera disponible para ser distribuido<br />

entre los accionistas.<br />

II. LEGISLACIÓN<br />

1. Marco Societario<br />

La ley General de Sociedades regula a<br />

las empresas o sociedades con respecto<br />

a la revaluación en su Artículo 202º,<br />

señalando que el aumento de capital<br />

puede originarse por capitalización de<br />

utilidades, reservas, beneficios, primas<br />

de capital, excedente de revaluación, así<br />

mismo el Artículo 228º señala respecto a<br />

la Amortización y revalorización del activo<br />

que los inmuebles, muebles, instalaciones<br />

y demás bienes del activo de la sociedad<br />

se contabilizan por su valor de adquisición<br />

o de costo ajustado por inflación cuando<br />

sea aplicable de acuerdo a principios de<br />

contabilidad generalmente aceptados en<br />

el país. Siendo amortizados o depreciados<br />

anualmente en proporción al tiempo de su<br />

vida útil y a la disminución de valor que<br />

sufran por su uso o disfrute. Tales bienes<br />

pueden ser objeto de revaluación, previa<br />

comprobación pericial.<br />

2. Normativa Contable<br />

La NIC 16 Inmuebles Maquinaria y Equipo<br />

en sus párrafos 31 a la 42 nos precisa lo<br />

siguiente:<br />

• Con posterioridad a su reconocimiento<br />

como activo, un elemento de<br />

Contenido<br />

INFORME<br />

Revaluación Voluntaria: Aspecto Contable - Tributario<br />

• Introducción .......................................................................................................................................................B-1<br />

• Legislación ..........................................................................................................................................................B-1<br />

• Efectos de la revaluación en los Estados Financieros ...........................................................................................B-2<br />

• Registro Contable .............................................................................................................................................B-2<br />

• Aspecto Contable .............................................................................................................................................B-2<br />

• Procedimientos de Contabilización .................................................................................................................B-3<br />

• Aspecto Tributario ............................................................................................................................................B-3<br />

• Caso Práctico ....................................................................................................................................................B-3<br />

MEMODATOS .....................................................................................................................................................B-4<br />

Revaluación Voluntaria: Aspecto Contable - Tributario<br />

propiedades, planta y equipo cuyo<br />

valor razonable pueda medirse con<br />

fiabilidad, se contabilizará por su valor<br />

revaluado, que es su valor razonable,<br />

en el momento de la revaluación,<br />

menos la depreciación acumulada y el<br />

importe acumulado de las pérdidas por<br />

deterioro del valor que haya sufrido.<br />

Las revaluaciones se harán con suficiente<br />

regularidad para asegurar que<br />

el importe en libros, en todo momento,<br />

no difiera significativamente del que<br />

podría determinarse utilizando el valor<br />

razonable en la fecha del balance.<br />

• Normalmente, el valor razonable de los<br />

terrenos y edificios se determinará a<br />

partir de la evidencia basada en el mercado<br />

mediante una tasación, realizada<br />

habitualmente por tasadores calificados<br />

profesionalmente. El valor razonable de<br />

los elementos de planta y equipo será<br />

habitualmente su valor de mercado,<br />

determinado mediante una tasación.<br />

• Cuando no exista evidencia de un valor<br />

de mercado, como consecuencia de la<br />

naturaleza específica del elemento de<br />

propiedades, planta y equipo y porque<br />

el elemento rara vez es vendido –salvo<br />

como parte de una unidad de negocio<br />

en funcionamiento –, la entidad podría<br />

tener que estimar el valor razonable<br />

a través de métodos que tengan en<br />

cuenta los desempeños del mismo o su<br />

costo de reposición una vez practicada<br />

la depreciación correspondiente.<br />

• La frecuencia de las revaluaciones<br />

dependerá de los cambios que experimenten<br />

los valores razonables de<br />

los elementos de propiedades, planta<br />

y equipo que se estén revaluando.<br />

Cuando el valor razonable del activo<br />

revaluado difiera significativamente de<br />

su importe en libros, será necesaria una<br />

nueva revaluación. Algunos elementos<br />

de propiedades, planta y equipo<br />

experimentan cambios significativos y<br />

volátiles en su valor razonable, por lo<br />

que necesitarán revaluaciones anuales.<br />

Tales revaluaciones frecuentes serán<br />

Infor me<br />

innecesarias para elementos de propiedades,<br />

planta y equipo con variaciones<br />

insignificantes en su valor razonable.<br />

Para éstos, pueden ser suficientes revaluaciones<br />

hechas cada tres o cinco<br />

años.<br />

• Cuando se revalúe un elemento de<br />

propiedades, planta y equipo, la depreciación<br />

acumulada en la fecha de<br />

la revaluación puede ser tratada de<br />

cualquiera de las siguientes maneras:<br />

a. Reexpresar proporcionalmente al<br />

cambio en el importe en libros bruto<br />

del activo, de manera que el importe<br />

en libros del mismo después de la<br />

revaluación sea igual a su importe<br />

revaluado. Este método se utiliza a<br />

menudo cuando se revalúa el activo<br />

por medio de la aplicación de un<br />

índice a su costo de reposición depreciado.<br />

b. Eliminada contra el importe en libros<br />

bruto del activo, de manera que lo<br />

que se reexpresa es el valor neto<br />

resultante, hasta alcanzar el importe<br />

revaluado del activo. Este método se<br />

utiliza habitualmente en edificios. La<br />

cuantía del ajuste en la depreciación<br />

acumulada, que surge de la reexpresión<br />

o eliminación anterior, forma<br />

parte del incremento o disminución<br />

del importe en libros del activo, que<br />

se contabilizará de acuerdo con lo<br />

establecido en los párrafos 39 y 40<br />

de la NIC.<br />

• Si se revalúa un elemento de propiedades,<br />

planta y equipo, se revaluarán<br />

también todos los elementos que pertenezcan<br />

a la misma clase de activos.<br />

• Una clase de elementos pertenecientes<br />

a propiedades, planta y equipo es un<br />

conjunto de activos de similar naturaleza<br />

y uso en las operaciones de una<br />

entidad. Los siguientes son ejemplos<br />

de clases separadas: (a) terrenos; (b)<br />

* Contador Público Colegiado. Auditor Financiero y<br />

Tributario, Asesor de Empresas. Miembro del Staff de<br />

Asesoría del Informativo Vera Paredes.<br />

Informativo<br />

Vera Paredes B - 1


terrenos y edificios; (c) maquinaria; (d) buques; (e) aeronaves;<br />

(f) vehículos de motor; (g) Mobiliario y utillaje y (h) equipo de<br />

oficina.<br />

• Los elementos pertenecientes a una clase, de las que componen<br />

las propiedades, planta y equipo, se revaluarán simultáneamente<br />

con el fin de evitar revaluaciones selectivas, y para<br />

evitar la inclusión en los estados financieros de partidas que<br />

serían una mezcla de costos y valores referidos a diferentes<br />

fechas. No obstante, cada clase de activos puede ser revaluada<br />

de forma periódica, siempre que la revaluación de esa clase<br />

se realice en un intervalo corto de tiempo y que los valores se<br />

mantengan constantemente actualizados.<br />

• Cuando se incremente el importe en libros de un activo como<br />

consecuencia de una revaluación, tal aumento se llevará directamente<br />

a una cuenta de superávit de revaluación, dentro<br />

del patrimonio neto. No obstante, el incremento se reconocerá<br />

en el resultado del periodo en la medida en que suponga una<br />

reversión de una disminución por devaluación del mismo<br />

activo, que fue reconocida previamente en resultados.<br />

• Cuando se reduzca el importe en libros de un activo como consecuencia<br />

de una revaluación, tal disminución se reconocerá<br />

en el resultado del periodo. No obstante, la disminución será<br />

cargada directamente al patrimonio neto contra cualquier superávit<br />

de revaluación reconocido previamente en relación con<br />

el mismo activo, en la medida que tal disminución no exceda<br />

el saldo de la citada cuenta de superávit de revaluación.<br />

• El superávit de revaluación de un elemento de propiedades,<br />

planta y equipo incluido en el patrimonio neto podrá ser<br />

transferido directamente a la cuenta de ganancias retenidas,<br />

cuando se produzca la baja en cuentas del activo. Esto podría<br />

implicar la transferencia total del superávit cuando la entidad<br />

se desapropie del activo. No obstante, parte del superávit<br />

podría transferirse a medida que el activo fuera utilizado por<br />

la entidad. En ese caso, el importe del superávit transferido<br />

sería igual a la diferencia entre la depreciación calculada según<br />

el valor revaluado del activo y la calculada según su costo<br />

original. Las transferencias desde las cuentas de superávit de<br />

revaluación a las cuentas de ganancias acumuladas no pasarán<br />

por el resultado del periodo.<br />

• Los efectos de la revaluación de propiedades, planta y equipo,<br />

sobre los impuestos sobre las ganancias, si los hubiere, se<br />

contabilizarán y revelarán de acuerdo con la NIC 12 Impuesto<br />

a las Ganancias.<br />

III. EFECTOS DE LA REVALUACIÓN EN LOS ESTADOS<br />

FINANCIEROS<br />

En el presente diagrama presentamos el efecto que produce la<br />

revaluación de activos fijos en los Estados Financieros:<br />

Al contabilizar un mayor<br />

valor en el activo fijo producto<br />

de la revaluación la<br />

empresa genera un excedente<br />

de revaluación que<br />

puede ser capitalizado o a<br />

cubrir pérdidas acumuladas<br />

Al formar parte del activo fijo este<br />

mayor valor debe también depreciarse<br />

lo cual genera que se contabilicen<br />

mayores gastos por depreciación<br />

durante los períodos siguientes. Por<br />

esta razón la decisión de revaluar<br />

debe tomarse tomando en cuenta<br />

el riesgo futuro en los resultados.<br />

Es decir que las utilidades deben<br />

ser lo suficiente para absorver<br />

este mayor cargo por depreciación<br />

B - 2<br />

Valor Adicional por Revaluación de Activo Fijo<br />

BALANCE GENERAL<br />

ACTIVO PASIVO Y PATRIMO-<br />

NIO NETO<br />

Activo Fijo 100 Excedente de<br />

Revaluación<br />

100<br />

Total 100 Total 100<br />

Activo Fijo<br />

BALANCE GENERAL<br />

ACTIVO PASIVO Y PATRIMO-<br />

NIO NETO<br />

Depreciación<br />

Acumulada<br />

100<br />

-10<br />

Excedente de<br />

Revaluación<br />

Pérdidas<br />

Acumuladas<br />

100<br />

-10<br />

Total 90 Total 90<br />

IV. REGISTRO CONTABLE<br />

Para el registro <strong>contable</strong> el párrafo 39 de la NIC 16 nos indica que<br />

cuando aumentamos el valor de un activo debemos de abonar<br />

frente a una cuenta del patrimonio en este caso seria la cuenta<br />

de excedente de revaluación.<br />

Con el Nuevo Plan Contable Empresarial se va a registrar el<br />

incremento revaluado en la cuenta 33 Inmuebles, Maquinaria<br />

y Equipo (debitado) en la subcuenta de Revaluación.<br />

Con respecto a la cuenta 57 Excedente de Revaluación se<br />

abonará el valor incrementado en las sub-divisionaria 571, y 572<br />

según los casos de operaciones de incremento.<br />

Informe<br />

de<br />

Tasación<br />

Contabilización de la Revaluación<br />

Aumento de<br />

Valor de<br />

Activo<br />

Disminución<br />

de Valor de<br />

Activo<br />

Valorización<br />

Adicional de<br />

Inmuebles,<br />

Maquinarias<br />

Cuenta de<br />

gastos<br />

Provisiones<br />

del Ejercicio<br />

Excedente de<br />

Revaluación<br />

Provisión por<br />

Desvalorización<br />

de Bienes del<br />

Activo Fijo<br />

V. ASPECTO CONTABLE<br />

Salvo si hubo anteriormente<br />

una revaluación<br />

negativa ahora<br />

se considerara como<br />

ingreso<br />

Salvo si anteriormente<br />

hubo revaluación<br />

positiva ahora<br />

se considerara como<br />

disminución de la<br />

cuenta<br />

La revaluación de activos fijos es una práctica <strong>contable</strong> que<br />

permite a las empresas presentar un mayor valor de sus activos<br />

fijos y de su patrimonio neto, lo cual ayudará sin duda a mejorar<br />

la situación patrimonial de una empresa al valorizar a valores de<br />

mercado los activos fijos pagados o por pagar. Sin embargo,<br />

hay que tener cuidado, pues este mayor valor deberá también<br />

ser extinguido a través de la vida útil originalmente estimada,<br />

es decir, que al no variarse la vida útil, la empresa deberá afrontar<br />

con sus utilidades el mayor cargo por depreciación en los<br />

períodos futuros, con el riesgo que un exceso de revalúo de<br />

activos podría mostrar se<strong>vera</strong>s pérdidas al no poder enfrentar<br />

las utilidades futuras el mayor cargo por depreciación.<br />

El efecto que se presenta en los Estados Financieros es el siguiente:<br />

Resultados Balance General Estado de<br />

Al inicio de la revalu- Mayor Activo Fijo Mayor Ninguna<br />

ación de los activos fijos Patrimonio Neto<br />

Durante el tiempo que<br />

dure la depreciación<br />

Ninguno Mayor Pérdida<br />

El cargo a los resultados por la depreciación de un activo fijo,<br />

cuyo origen es un costo pagado, se basa en la cuenta que debe<br />

extinguir el activo durante los años de su vida útil. Sin embargo,<br />

la depreciación de la revaluación no tiene un origen basado en<br />

un costo pagado, sino en un valor adicional por revaluación; por<br />

lo cual, el cargo a los resultados no es por la cuota que debe<br />

extinguir el pago de un activo, sino por la amortización del valor<br />

adicional de una revaluación.<br />

Así mismo, al no ser una inversión real, la revaluación de activos<br />

no produce un ingreso y/o beneficio económico para la empresa;<br />

por que se tiene un gasto por depreciación de un activo fijo que<br />

no ha producido ingresos mayores.<br />

Muchas empresas revalúan sus activos fijos, con la única finalidad<br />

de cubrir sus pérdidas acumuladas con el excedente<br />

de revaluación; sin embargo, debemos advertir que bajo este<br />

esquema <strong>contable</strong> se estarían activando pérdidas de años anteriores<br />

que deberán ser absorbidos obligatoriamente por los<br />

Ingresos futuros.<br />

Cabe señalar al respecto, que la Resolución Nº 12 del Consejo<br />

Normativo de Contabilidad, en su Articulo 9º Establece res-<br />

Informativo<br />

Vera Paredes


tricciones en la distribución de dividendos futuros, toda vez<br />

que reglamenta que en caso que el excedente de revaluación<br />

sea aplicado a cubrir pérdidas acumuladas, éstas deberán ser<br />

restituidas con utilidades futuras, hasta su total recuperación,<br />

previamente a la distribución de dividendos.<br />

VI. PROCEDIMIENTOS DE CONTABILIZACIÓN<br />

• Primer Método-Reestructuración proporcional<br />

Este método se usa a menudo cuando se revalúa un activo<br />

mediante un índice a su costo de reposición depreciado. Es el<br />

que mas se adapta a las condiciones actuales; es decir, permitiría<br />

a las empresas mantener un control, tanto de la depreciación<br />

acumulada así como de la depreciación proveniente del mayor<br />

valor atribuido a los activos fijos.<br />

----------------------x-----------------------------<br />

33 INMUEBLES MAQUINARIA Y EQUIPO XXXX<br />

333 Maquinarias y equipo de explotación<br />

3331 Maquinaria y equipos de explotación<br />

33312 Revaluación<br />

39 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN Y<br />

AGOTAMIENTO ACUMULADOS<br />

XXXX<br />

391 Depreciación acumulada<br />

3914 Inmuebles, maquinaria y equipo -<br />

Revaluación<br />

39142 Maquinarias y equipos de<br />

explotación<br />

57 EXCEDENTE DE REVALUACIÓN XXXX<br />

571 Excedente de Revaluación<br />

5712 Inmuebles maquinaria y equipo<br />

x/x Por el reconocimiento del incremento del valor<br />

de Libros<br />

----------------------x-----------------------------<br />

• Segundo Método: Compensación del valor bruto<br />

Este método busca eliminar la depreciación contra el valor<br />

bruto en libros del activo y el monto neto deberá ser reestructurado<br />

al monto revaluado del activo. Este método obliga<br />

a disminuir el costo computable de los bienes del activo fijo<br />

antes de proceder a revaluarlo, lo que hace necesario llevar<br />

un control extra <strong>contable</strong> de la depreciación admitida por el<br />

Impuesto a la Renta.<br />

----------------------x-----------------------------<br />

39 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN Y<br />

AGOTAMIENTO ACUMULADOS<br />

XXXX<br />

391 Depreciación acumulada<br />

3913 Inmuebles, maquinaria y equipo -<br />

Costo<br />

39132 Maquinarias y equipo de<br />

explotación<br />

33 INMUEBLES MAQUINARIA Y EQUIPO<br />

333 Maquinarías y equipos de explotación<br />

3331 Maquinarias y equipos de explotación<br />

33311 Costo de adquisición o<br />

producción<br />

x/x Por la eliminación de la depreciación acumulada<br />

----------------------x-----------------------------<br />

33 INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO XXXX<br />

333 Maquinarias y equipos de explotación<br />

3331 Maquinarias y equipos de explotación<br />

33312 Revaluación<br />

57 EXCEDENTE DE REVALUACIÓN XXXX<br />

571 Excedente de Revaluación<br />

5712 Inmuebles, maquinaria y equipo<br />

x/x Por el incremento en el valor en libros del bien<br />

según informe técnico<br />

----------------------x-----------------------------<br />

VII. ASPECTO TRIBUTARIO<br />

En el aspecto tributario con respecto a la Revaluación Tributaria La<br />

Ley del Impuesto a la Renta en su Artículo 104º nos precisa:<br />

• Si las sociedades o empresas acordaran la revaluación voluntaria<br />

de sus activos, la diferencia entre el mayor valor pactado<br />

y el costo computable determinado de acuerdo con el Decreto<br />

Legislativo N° 797 y normas reglamentarias estará gravado con<br />

el Impuesto a la Renta. En este caso, los bienes transferidos,<br />

así como los del adquirente, tendrán como costo computable<br />

el valor al que fueron revaluados.<br />

• Si las sociedades o empresas acordaran la revaluación<br />

voluntaria de sus activos, la diferencia entre el mayor valor<br />

pactado y el costo computable determinado de acuerdo<br />

con el Decreto Legislativo N° 797 y normas reglamentarias<br />

no estará gravado con el Impuesto a la Renta, siempre que<br />

no se distribuya. En este caso, el mayor valor atribuido<br />

con motivo de la revaluación voluntaria no tendrá efecto<br />

tributario. En tal sentido, no será considerado para efecto<br />

de determinar el costo computable de los bienes ni su<br />

depreciación.<br />

• En caso que las sociedades o empresas no acordaran la<br />

revaluación voluntaria de sus activos, los bienes transferidos<br />

tendrán para la adquirente el mismo costo computable que<br />

hubiere correspondido atribuirle en poder de la transferente,<br />

incluido únicamente el ajuste por inflación a que se refiere el<br />

Decreto Legislativo N° 797 y normas reglamentarias. En este<br />

caso no resultará de aplicación lo dispuesto en el Artículo 32°<br />

de la presente Ley.<br />

• El valor depreciable y la vida útil de los bienes transferidos por<br />

reorganización de sociedades o empresas en cualquiera de las<br />

modalidades previstas en este artículo, serán determinados<br />

conforme lo establezca el Reglamento.<br />

Una reorganización de empresas se produce por razones de<br />

índole económico-administrativo y no para obtener incentivos<br />

tributarios. Paralelamente, se consideró que las empresas reorganizadas<br />

al amparo de la Ley Nº 26283 debían adecuarse al<br />

nuevo marco legislativo, para lo cual<br />

Paralelamente, se consideró que las empresas reorganizadas al<br />

amparo de la Ley Nº 26283 debían adecuarse al nuevo marco<br />

legislativo.<br />

VIII. CASO PRÁCTICO<br />

La empresa Textil CAPSA S. A. dentro sus instalaciones de su<br />

área de producción se encuentran sus activos fijos (maquinarias)<br />

por un valor en libros neto por S/. 260,000 al 31.12.2009.<br />

La entidad a determinados activos realizo en el mismo ejercicio<br />

su respectiva revaluación voluntaria incrementando su valor de<br />

las mismas a S/. 380,000.<br />

Se va efectuar su cálculo de la Revaluación, por el método de<br />

reestructuración proporcional<br />

• Determinamos la constante<br />

K = Valor del activo revaluado 380,000.00 = 1.46154<br />

Valor del activo sin revaluar 260,000.00<br />

Cuenta Valor de Porcentaje Cons- Valor<br />

Adquisición tante Revaluado Incremento<br />

33 380,000.00 100.000 % 1.46154 555,385.00 175,385.00<br />

39 -120,000.00 -31.579 % 1.46154 -175,385.00 -55,385.00<br />

TOTAL 260,000.00 68.421 % 1.46154 380,000.00 120,000.00<br />

• Contabilización<br />

----------------------x-----------------------------<br />

33 INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO 175,385.00<br />

Informativo<br />

Vera Paredes B - 3


3331 Maquinarias y equipos de explotación<br />

33312 Revaluación<br />

39 DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN<br />

Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS<br />

B - 4<br />

55,385.00<br />

3914 Inmuebles maquinaria y equipo -<br />

Revaluación<br />

39142 Maquinarias y equipo de<br />

explotación<br />

57 EXCEDENTE DE REVALUACIÓN 120,000.00<br />

571 Excedente de Revaluación<br />

5712 Inmuebles maquinaria y equipo<br />

x/x Por el incremento de la revaluación<br />

----------------------x-----------------------------<br />

Señalamos que al efectuar el incremento de las maquinarias<br />

<strong>contable</strong>mente tenemos que existe una incidencia tributaria,<br />

diferencia temporal con el impuesto a pagar.<br />

CUENTA CONTABLE TRIBUTARIA DIFERENCIA<br />

TEMPORAL<br />

33 555,385.00 380,000.00 174,385.00<br />

39 175,385.00 120,000.00 55,385.00<br />

Valor Neto 380,000.00 260,000.00 120,000.00<br />

• A continuación vamos a efectuar el cálculo del impuesto a la<br />

renta diferido:<br />

S/. 120,000 x 30% = 36,000<br />

----------------------x-----------------------------<br />

57 EXCEDENTE DE REVALUACIÓN 36,000.00<br />

571 Excedente de Revaluación<br />

5712 Inmuebles, maquinaria y<br />

equipo<br />

49 PASIVO DIFERIDO 36,000.00<br />

491 Impuesto a la renta diferido<br />

4911 Impuesto a la renta diferido<br />

Patrimonio<br />

x/x Por el impuesto diferido<br />

----------------------x-----------------------------<br />

• A continuación vamos a efectuar el cálculo de la depreciación<br />

del ejercicio y su registro <strong>contable</strong>:<br />

Maquinaria Tasa Valor de<br />

Adquisi-<br />

Depreciación<br />

acu<br />

Depreciación<br />

Total<br />

Deprecia-<br />

ción mulada<br />

31.12.2008<br />

del Ejercicio ción<br />

COSTO 20% 380,000.00 120,000.00 76,000.00 196,000.00<br />

MONTO<br />

REVAL.<br />

20% 175,385.00 55,385.00 35,077.00 48,000.00<br />

TOTALES 555,385.00 175,385.00 111,077.00 244,000.00<br />

• Contabilización<br />

----------------------x-----------------------------<br />

68 VALUACIÓN Y DETERIORO<br />

DE ACTIVOS Y PROVISIONES<br />

681 Depreciación<br />

6814 Depreciación de inmuebles<br />

maquinaria y equipo -<br />

Costo<br />

68142 Maquinaria y 76,000.00<br />

equipo de<br />

explotación<br />

111,077.00<br />

6815 Depreciación inmuebles<br />

maquinaria y equipo -<br />

Revaluación<br />

68152 Maquinaria y 35,077.00<br />

equipos de<br />

explotación<br />

39 DEPRECIACIÓN Y AMORTI-<br />

111,077.00<br />

ZACION Y AGOTAMIENTO<br />

ACUMULADOS<br />

391 Depreciación acumulada<br />

3913 Inmuebles, maquinaria<br />

y equipo - Costo<br />

39132 Maquinarias y 76,000.00<br />

equipos de<br />

explotación<br />

3914 Inmuebles, maquinaria<br />

y equipo - Revaluación<br />

39142 Maquinarias y 35,077.00<br />

equipos de<br />

explotación<br />

x/x Por efectuar la depreciación del<br />

ejercicio<br />

----------------------x-----------------------------<br />

90 COSTO DE PRODUCCIÓN 111,077.00<br />

79 CARGAS IMPUTABLES A<br />

111,077.00<br />

CUENTAS DE COSTO Y GASTOS<br />

x/x Por el destino a su costo de<br />

producción<br />

----------------------x-----------------------------<br />

Memodatos<br />

ACTIVOS INMOVILIZADOS<br />

Son bienes patrimoniales que se espera<br />

mantener por un lapso mayor a un ejercicio<br />

económico, destinados a ser utilizados<br />

en las actividades principales de la entidad,<br />

o en actividades que soportan o complementan<br />

a esas actividades principales.<br />

DESARROLLO<br />

Es la aplicación de los resultados de la<br />

investigación o cualquier conocimiento<br />

científico o tecnológico, a un plan o diseño<br />

en particular para la producción de bienes,<br />

métodos, procesos o nuevos sistemas,<br />

fundamentalmente mejorados, antes de<br />

su producción o utilización comercial.<br />

NEGOCIOS CONJUNTOS<br />

Es un acuerdo contractual por medio del<br />

cual dos o más partes emprenden una<br />

actividad económica que está sujeta a un<br />

control conjunto.<br />

FONDOS FIJOS<br />

Es el efectivo sobre un monto fijo o determinado,<br />

también llamado Caja chica.<br />

Los desembolsos para los que han sido<br />

destinados se liquidan periódicamente, de<br />

tal manera que los fondos se mantengan<br />

en el tiempo.<br />

INVESTIGACIÓN<br />

Se refiere a los estudios, originales y<br />

planificados, que se empreden con la finalidad<br />

de obtener nuevos conocimientos<br />

científicos o tecnológicos.<br />

VALOR RAZONABLE<br />

Es el valor al que un bien o servicio<br />

puede ser intercambiado a la fecha de<br />

los estados financieros, entre dos o más<br />

agentes económicos, comprador(es) y<br />

vendedor(es), conocedores del objeto del<br />

intercambio, en una transacción de libre<br />

competencia.<br />

Informativo<br />

Vera Paredes

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