29.04.2013 Views

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS - Lombard Odier

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS - Lombard Odier

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS - Lombard Odier

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

www.lombardodier.com<br />

<strong>FOLLETO</strong> <strong>INFORMATIVO</strong> <strong>DE</strong> <strong>TARIFAS</strong> MÁXIMAS<br />

<strong>Lombard</strong> <strong>Odier</strong> & Cie (España) S.V., S.A.<br />

Paseo de la Castellana 66 – 28046 Madrid<br />

Teléfono +34 91 790 29 00 – Fax +34 91 790 29 01 – www.lombardodier.com<br />

Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 27504, Libro 0, Folio 89, Sección 8, Hoja M495584<br />

CIF A 64276280 Registro CNMV 223


Gestión discrecional de carteras<br />

Comisión sobre el valor efectivo de la cartera gestionada. Tarifas acumulativas por tramos.<br />

IMPORTES EN EUROS TASA POR TRAMOS ACUMULATIVOS<br />

Hasta 1.000.000<br />

0.75%<br />

De 1.000.001 hasta 3.000.000<br />

0.65%<br />

De 3.000.001 hasta 5.000.000<br />

0.60%<br />

De 5.000.001 hasta 10.000.000<br />

0.55%<br />

De 10.000.001 hasta 20.000.000<br />

0.50%<br />

A partir de 20.000.001<br />

0.40%<br />

Mínimo trimestral 1.750 EUR (o 7.000 EUR anual).<br />

Estas tarifas están expresadas como % de tipo anual y se liquidarán y cobrarán el último día hábil de cada trimestre natural (*). Para los períodos de tiempo<br />

inferiores al trimestre, la comisión aplicable será la proporción que resulte de la tarifa general, atendiendo al número de días que los valores hayan estado<br />

gestionados. La base para el cálculo de la comisión será el promedio trimestral del saldo efectivo final de cada mes.<br />

La parte invertida en fondos del grupo <strong>Lombard</strong> <strong>Odier</strong> está íntegramente exenta de la comisión de gestión.<br />

Se repercutirán al cliente las comisiones de intermediación señaladas en el apartado “operaciones de intermediación en mercados y transmisión de valores”<br />

correspondientes a las operaciones que se realicen y las del apartado “operaciones de depósito, registro y administración de valores”, conforme a los criterios<br />

establecidos en los mismos.<br />

(*) Para la base del cálculo se consideran los tres meses anteriores al cierre del mes del trimestre natural.<br />

Asesoramiento de inversión<br />

Comisión sobre el valor efectivo de la cartera asesorada. Tarifas acumulativas por tramos.<br />

IMPORTES EN EUROS TASA POR TRAMOS ACUMULATIVOS<br />

Hasta 1.000.000<br />

0.75%<br />

De 1.000.001 hasta 3.000.000<br />

0.65%<br />

De 3.000.001 hasta 5.000.000<br />

0.60%<br />

De 5.000.001 hasta 10.000.000<br />

0.55%<br />

De 10.000.001 hasta 20.000.000<br />

0.50%<br />

A partir de 20.000.001<br />

0.40%<br />

Mínimo trimestral 1.750 EUR (o 7.000 EUR anual).<br />

Estas tarifas están expresadas como % de tipo anual y se liquidarán y cobrarán el último día hábil de cada trimestre natural (*). Para los períodos de tiempo<br />

inferiores al trimestre, la comisión aplicable será la proporción que resulte de la tarifa general, atendiendo al número de días que los valores hayan estado<br />

gestionados. La base para el cálculo de la comisión será el promedio trimestral del saldo efectivo final de cada mes.<br />

La parte invertida en fondos del grupo <strong>Lombard</strong> <strong>Odier</strong> está íntegramente exenta de la comisión de asesoramiento.<br />

Se repercutirán al cliente las comisiones de intermediación señaladas en el apartado “operaciones de intermediación en mercados y transmisión de valores”<br />

correspondientes a las operaciones que se realicen y las del apartado “operaciones de depósito, registro y administración de valores”, conforme a los criterios<br />

establecidos en los mismos.<br />

(*) Para la base del cálculo se consideran los tres meses anteriores al cierre del mes del trimestre natural.<br />

2 Folleto informativo de tarifas máximas · junio 2012


Depósito, registro y administración de valores<br />

Comisión sobre el valor efectivo de los valores depositados. Tarifas acumulativas por tramos.<br />

TRAMOS EN EUROS TASA POR TRAMOS ACUMULATIVOS<br />

Hasta 1.000.000<br />

0.35%<br />

De 1.000.001 hasta 3.000.000<br />

0.30%<br />

De 3.000.001 hasta 5.000.000<br />

0.25%<br />

De 5.000.001 hasta 10.000.000<br />

0.20%<br />

De 10.000.001 hasta 20.000.000<br />

0.15%<br />

A partir de 20.000.001<br />

0.15%<br />

Mínimo trimestral 750 EUR (o 3.000 EUR anual).<br />

Estas tarifas están expresadas como % de tipo anual y se liquidarán y cobrarán el último día hábil de cada trimestre natural. Para los períodos de tiempo<br />

inferiores al trimestre, la comisión aplicable será la proporción que resulte de la tarifa general, atendiendo al número de días que los valores hayan estado<br />

depositados. La base para el cálculo de la comisión será el promedio trimestral del saldo efectivo final de cada mes (*).<br />

La comisión de depósito, registro y administración de valores incluye la custodia de los valores representados por títulos y el mantenimiento de la inscripción<br />

practicada de los valores representados por anotaciones en cuenta; la administración de los valores, realizando las gestiones y operaciones inherentes al depósito<br />

de valores, como canjes, conversiones, amortizaciones, cobros, pagos, recogida y depósito de acciones liberadas, etc. Asimismo, y a instancia de los clientes,<br />

<strong>Lombard</strong> <strong>Odier</strong> & Cie (España) S.V., S.A. se obliga a llevar a cabo la emisión de certificados de legitimación y otros que soliciten los clientes; la suscripción de los<br />

derechos preferentes, ordenada por los clientes previa la oportuna provisión de fondos; y la tramitación de expedientes a efectos de devolución de impuestos<br />

o retenciones en la fuente.<br />

No se cobrarán los gastos repercutidos por terceros relativos al abono de cupones, amortización de obligaciones, conversiones, adjudicaciones, pago de<br />

dividendos, canjes y fusiones, siempre y cuando estos gastos repercutidos por terceros, por cada operación o cada apunte, sean inferiores a 40 EUR. Los gastos<br />

repercutidos por terceros, por cada operación o cada apunte, superiores a 40 EUR no formarán parte de la tarifa anterior y su importe íntegro se cargará por<br />

separado.<br />

Los gastos por liquidación de títulos se cargarán por separado.<br />

(*) Para la base del cálculo se consideran los tres meses anteriores al cierre del mes del trimestre natural.<br />

Folleto informativo de tarifas máximas · junio 2012 3


Operaciones de intermediación en mercados y transmisión de valores<br />

A los efectos de aplicación de las tarifas de operaciones de intermediación en mercados y transmisión de valores, se entenderá que cada orden se refiere a<br />

una operación sobre cada clase de titulo- valor, con independencia de que el cliente haya ordenado varias operaciones o sobre distintos valores en un mismo<br />

acto. Los gastos de transacción se aplicarán asimismo a cada operación realizada (ejecución), con independencia de que su origen se corresponda a una única<br />

orden del cliente.<br />

1. Clientes con Contrato de Gestión discrecional de carteras o con Contrato de Asesoramiento de inversión. Comisión en la compra/venta de acciones,<br />

renta fija pública y privada, productos estructurados, certificados y otros títulos similares.<br />

Cargo fijo de 100 EUR o equivalente en divisa por transacción realizada.<br />

En la compraventa de valores se repercutirán los gastos de ejecución del miembro del mercado cuando la entidad no sea miembro del mismo, así<br />

como los derivados de la Sociedad Rectora de dicho mercado y de los Servicios de Compensación y Liquidación, u órganos similares o que cumplan<br />

estas funciones en el extranjero.<br />

La comisión aplicable en la compraventa de derechos de suscripción no podrá superar en ningún caso el importe efectivo de la operación cuando la<br />

venta de derechos se produzca sin orden expresa del cliente, atendiendo al uso del mercado que justifica esta actuación en interés del cliente.<br />

2. Clientes con Contrato de Administración y depósito exclusivamente. Comisión en la compra/venta de acciones, renta fija pública y privada, productos<br />

estructurados, certificados y otros títulos similares.<br />

Hasta 100.000<br />

De 100.001 hasta 250.000<br />

De 250.0010 hasta 500.000<br />

De 500.001 hasta 1.000.000<br />

A partir de 1.000.001<br />

IMPORTES EN EUROS TASA POR TRAMOS ACUMULATIVOS<br />

Mínimo de 100 EUR o equivalente en divisa por transacción realizada.<br />

En la compraventa de valores se repercutirán los gastos de ejecución del miembro del mercado cuando la entidad no sea miembro del mismo, así<br />

como los derivados de la Sociedad Rectora de dicho mercado y de los Servicios de Compensación y Liquidación, u órganos similares o que cumplan<br />

estas funciones en el extranjero.<br />

La comisión aplicable en la compraventa de derechos de suscripción no podrá superar en ningún caso el importe efectivo de la operación cuando la<br />

venta de derechos se produzca sin orden expresa del cliente, atendiendo al uso del mercado que justifica esta actuación en interés del cliente.<br />

3. Comisión en la compra / venta de Instituciones de Inversión Colectiva (internos y externos).<br />

Cargo fijo de 100 EUR o equivalente en divisa por transacción realizada para las operaciones sobre IIC no comercializadas por la SV, cargándose<br />

adicionalmente al cliente los gastos de terceros repercutidos y las comisiones previstas en el folleto.<br />

4. Comisión en la compra/venta de instrumentos y productos derivados (recepción de órdenes, ejecución y liquidación).<br />

Se cobrará una comisión de 50 Euros por contrato, más los cánones y gastos de terceros correspondientes.<br />

5. Comisión en la compra/venta de divisas.<br />

Cargo fijo de 0,20% del importe, por transacción realizada. Adicionalmente, se repercutirán al cliente todos los gastos de terceros relativos a la operación<br />

Notas generales a las Tarifas<br />

Cualquier modificación de las Tarifas de comisiones y gastos repercutibles que puedan ser de aplicación a la relación contractual establecida será comunicada<br />

a los clientes por escrito, pudiendo ir incorporada a cualquier información periódica que se suministre. Los clientes dispondrán de un plazo de dos meses<br />

desde la recepción de la citada comunicación para modificar o cancelar su relación contractual con la entidad, sin que hasta que transcurra dicho plazo les<br />

sean de aplicación las tarifas modificadas. No obstante, en el supuesto de que dicha modificación implicase claramente un beneficio al cliente, se aplicará<br />

inmediatamente.<br />

Todas las tarifas son antes de impuestos, es decir, los timbres e impuestos no están incluidos.<br />

4 Folleto informativo de tarifas máximas · junio 2012<br />

0.40%<br />

0.30%<br />

0.20%<br />

0.15%<br />

0.10%<br />

Fecha entrada en vigor: 23 de diciembre de 2008

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!