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DESOBEDIENCIA CIVIL Y DEMOCRACIA DIRECTA

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Habermas y por los procedimientos formales de la<br />

autolegislación en Rousseau. Y también acuerdan que el<br />

individuo habitualmente no convierte sus opiniones en<br />

razonables y se orienta más bien hacia una acción no<br />

justificable a través de razones públicas.<br />

Rousseau y Habermas pretenden por igual que la<br />

democratización sea un aprendizaje que redefina intereses y<br />

que no tenga por objeto sólo procesar conflictos entre<br />

diferencias, muchas de las cuales son consideradas legítimas<br />

por el mero hecho de existir. Pero mientras Rousseau<br />

propone instituciones que presionen moldeando a los<br />

ciudadanos para que adquieran la responsabilidad necesaria<br />

al experimentar personalmente las consecuencias de sus<br />

actos, Habermas sustrae a la ética discursiva toda pretensión<br />

institucional, siendo entonces posible que la potencia<br />

racionalizadora implícita en todo acto discursivo sea<br />

frustrada tan pronto las circunstancias permitan evadirse<br />

de la misma. Para Habermas el problema de Rousseau<br />

empieza, justamente, cuando éste extiende su principio<br />

de legitimación a una propuesta concreta de<br />

institucionalización, confundiendo ambos niveles. En<br />

efecto, Rousseau no hubiera disociado el principio ético<br />

del discurso de los mecanismos que regulan las acciones<br />

políticas, y cuya relación con la búsqueda de decisiones<br />

moralmente correctas trataba de «interiorizar» en<br />

instituciones para que la voluntad general no represente<br />

una sobrecarga subjetiva y lograr el mejor ensamblaje<br />

posible entre la necesidad de universalizar las preferencias<br />

individuales y los procedimientos colectivos aptos para<br />

ello, es decir, algo que se reclama a fines del siglo XX:<br />

instituciones que promuevan la constitución<br />

autorreflexiva de identidades. Habermas, y también<br />

Apel, podrán alegar que su principio ético no puede<br />

aplicarse directamente a la política en sociedades<br />

complejas, y que defender su moralización directa<br />

significaría retroceder en el proceso<br />

de diferenciación social y avanzar hacia el de la<br />

politización total; pero eso sería pertinente para ideas<br />

sustantivas de bien aplicadas a cuestiones públicas de<br />

justicia, y no para su ética formalista y universalista<br />

limitada a justificar normas colectivamente vinculantes<br />

que, al aplicarse inmediatamente a la acción, no pueden<br />

tener nunca esos efectos.<br />

El avance fundamental que se registra con la moral<br />

deliberativa respecto de la fórmula rousseauniana consiste<br />

en zafarse del racionalismo cíclico sin recaer en el<br />

decisionismo. Quien argumenta ha reconocido sin recaer<br />

en el decisionismo. Quien argumenta ha reconocido ya<br />

contra-fácticamente la idea de comunidad ideal de<br />

comunicación en la que sólo son normas legítimas las que<br />

todos los afectados admitirían tras un diálogo en<br />

condiciones de igualdad y libertad para una<br />

argumentación, que busca el acuerdo respecto al mejor<br />

argumento sin recurso posible a la coacción. Cuestionarla<br />

requiere deliberar con la misma estructura procedimental<br />

que se denuncia, y quien reivindicara la superioridad de<br />

otras alternativas deberá hacerlo comunicativamente<br />

basándose en las mismas condiciones que rechaza.

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