Compras Verdes. Compra y Contratación Pública Verde en Aragón
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social, política social y derechos humanos que son ratifi cados<br />
de manera voluntaria por los Estados miembros. Una vez<br />
ratifi cado es obligatoria su aplicación a nivel nacional y aceptar la<br />
supervisión de su cumplimi<strong>en</strong>to.<br />
En la contratación pública se puede hacer refer<strong>en</strong>cia a ellas<br />
cuando se desea por ejemplo evitar la compra de productos<br />
manufacturados mediante explotación infantil. Los licitadores<br />
deberán declarar o certifi car que cumpl<strong>en</strong> con las conv<strong>en</strong>ciones<br />
de la OIT que especifi que el órgano de contratación.<br />
En caso de que no aport<strong>en</strong> ninguna declaración, los licitantes<br />
quedan excluidos por incumplimi<strong>en</strong>to de las especifi caciones<br />
contractuales.<br />
Las Conv<strong>en</strong>ciones básicas relativas a derechos labores son:<br />
conv<strong>en</strong>ción 29 y 105, relativas a la supresión del trabajo<br />
forzado u obligatorio <strong>en</strong> todas sus formas.<br />
conv<strong>en</strong>ción 87, que establece el derecho de todos<br />
los trabajadores y empleadores de formar y unirse a<br />
organizaciones de su propia elección sin autorización previa.<br />
conv<strong>en</strong>ción 98, acerca del derecho a organizarse y promover la<br />
negociación colectiva.<br />
conv<strong>en</strong>ción 100, que exige la equidad <strong>en</strong> cuanto a salario y<br />
b<strong>en</strong>efi cios para hombres y mujeres <strong>en</strong> trabajo de igual valor.<br />
conv<strong>en</strong>ción 111, relativa a políticas nacionales para eliminar la<br />
discriminación <strong>en</strong> acceso a empleo, formación y condiciones<br />
laborales por razones de raza, color, sexo, religión, opinión<br />
política, extracción nacional u orig<strong>en</strong> social y para promover<br />
igualdad de oportunidades y tratami<strong>en</strong>to.<br />
conv<strong>en</strong>ción 138, que busca la abolición del trabajo infantil<br />
estableci<strong>en</strong>do que la edad mínima para admisión al empleo no<br />
debe ser m<strong>en</strong>or que la edad de fi nalización de la escolarización<br />
obligatoria.<br />
Empresas e iniciativas de economía social<br />
Las empresas de economía social cumpl<strong>en</strong> una serie de<br />
principios como:<br />
el respeto de la legislación nacional y europea <strong>en</strong> materia de<br />
derechos humanos, derechos laborales, derecho social y el<br />
respeto de las reglas promulgadas por la OIT.<br />
la satisfacción de manera equilibrada de los intereses<br />
respectivos de todos los protagonistas (trabajadores,<br />
empresarios, socios de la asociación o accionistas de la<br />
empresa, cli<strong>en</strong>tes, proveedores, comunidad local, nacional e<br />
internacional) interesados por las actividades de la empresa o<br />
de la organización.<br />
la creación de empleos estables y el acceso a personas<br />
desfavorecidas o poco cualifi cadas.<br />
la g<strong>en</strong>eración de acciones, productos y métodos de producción<br />
no perjudiciales para el medio ambi<strong>en</strong>te a corto y largo plazo.<br />
la promoción de la cooperación <strong>en</strong> lugar de la compet<strong>en</strong>cia<br />
d<strong>en</strong>tro y fuera de la organización.<br />
C • O • M • P • R • A • S V• E • R • D • E • S<br />
El carácter no lucrativo de las iniciativas solidarias, la promoción<br />
humana y social, lo cual no obsta para que sea imprescindible<br />
el equilibrar la cu<strong>en</strong>ta de ingresos y gastos, e incluso, si es<br />
posible, la obt<strong>en</strong>ción de b<strong>en</strong>efi cios. Los posibles b<strong>en</strong>efi cios no<br />
se repart<strong>en</strong> como b<strong>en</strong>efi cio particular sino que se reviert<strong>en</strong> a<br />
la sociedad mediante el apoyo a proyectos sociales, a nuevas<br />
iniciativas solidarias o a programas de cooperación al desarrollo,<br />
<strong>en</strong>tre otros.<br />
Compromiso con el <strong>en</strong>torno, ya que las iniciativas solidarias<br />
están pl<strong>en</strong>am<strong>en</strong>te integradas <strong>en</strong> el <strong>en</strong>torno social <strong>en</strong> el<br />
que se desarrollan, lo cual exige la cooperación con otras<br />
organizaciones que afrontan diversos problemas del territorio y la<br />
implicación <strong>en</strong> redes, como único camino para que experi<strong>en</strong>cias<br />
solidarias concretas puedan g<strong>en</strong>erar un modelo socio-económico<br />
alternativo.<br />
Con el fi n de fom<strong>en</strong>tar la Economía Solidaria, y contribuir a<br />
una mejor coordinación <strong>en</strong>tre las <strong>en</strong>tidades dedicadas a ella,<br />
se constituyó <strong>en</strong> el año 1995 una Red Estatal de Economía<br />
Alternativa y Solidaria, d<strong>en</strong>ominada REAS.<br />
www.economiasolidaria.org.<br />
Entidades Sociales para la Inclusión<br />
La Red Aragonesa de Entidades Sociales para la Inclusión es<br />
una asociación sin ánimo de lucro que aglutina a <strong>en</strong>tidades<br />
sociales aragonesas cuyo fi n primordial sea trabajar a favor de<br />
los colectivos más desfavorecidos de la sociedad (personas que<br />
viv<strong>en</strong> <strong>en</strong> situación de pobreza y exclusión social).<br />
www.redaragonesa.org<br />
Sistemas de Gestión Ética y Socialm<strong>en</strong>te Responsable<br />
Los Sistemas de Gestión Ética y Socialm<strong>en</strong>te Responsable,<br />
certifi cados bajo la norma SGE 21:2005 constituy<strong>en</strong> un refer<strong>en</strong>te<br />
europeo <strong>en</strong> materia de Certifi cación de la Responsabilidad Social<br />
Empresarial (RSE) o Responsabilidad Social Corporativa (RSC).<br />
La norma contempla al m<strong>en</strong>os tres elem<strong>en</strong>tos básicos <strong>en</strong> el<br />
sistema de gestión:<br />
una política de gestión ética y RSE, a través de la cual la<br />
dirección hace público su compromiso con los valores de la<br />
organización. Esta política ha de ser conocida por todos los<br />
empleados y empleadas.<br />
un código de conducta que concrete estos valores <strong>en</strong> pautas de<br />
actuación aplicables a toda la organización.<br />
un comité <strong>en</strong>cargado de at<strong>en</strong>der cualquier incid<strong>en</strong>cia <strong>en</strong> la<br />
aplicación de las políticas de responsabilidad social y otros<br />
confl ictos de carácter ético, y que es el máximo responsable<br />
del diálogo con las partes interesadas.