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PROVIDENCIA N° DE DE 2004 - INAC

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COMISIÓN CENTRAL <strong>DE</strong> PLANIFICACIÓN<br />

INSTITUTO NACIONAL <strong>DE</strong> AERONÁUTICA CIVIL<br />

por la autoridad aeronáutica o en el exterior, por la<br />

autoridad correspondiente (el máximo error permisible<br />

PUBLICADO<br />

EN LA GACETA OFICIAL<br />

EXTRde AORDINARIA marcación en vuelo <strong>DE</strong> es de LA ± 6° REPUBLIC<br />

(grados); o A<br />

BOLIVARIANA<br />

<strong>DE</strong> VENEZUELA Nº 5.898 <strong>DE</strong><br />

disponibles durante el vuelo:<br />

FECHA 11 <strong>DE</strong> DICIEMBRE<br />

<strong>DE</strong> 2008.<br />

(4) Si la señal de verificación o el punto no están<br />

(i) Seleccionar un radial de VOR que se encuentre<br />

situado a lo largo de la línea central de una aerovía<br />

establecida por VOR;<br />

(ii) Seleccionar un punto prominente sobre el terreno a<br />

lo largo de un radial seleccionado, preferiblemente a<br />

más de 20 millas náuticas de la facilidad (VOR), y<br />

maniobrar la aeronave directamente sobre el punto a<br />

una altitud razonablemente baja; y<br />

(iii) Anotar la marcación indicada por el receptor VOR<br />

cuando se encuentre directamente sobre el punto o<br />

referencia en tierra (la variación máxima entre el radial<br />

publicado y la marcación indicada es de ± 6°).<br />

(c) Si en la aeronave está instalado un sistema dual de VOR<br />

(independiente entre ellas excepto por la antena) la persona que<br />

evaluará el equipo, podrá comparar un sistema con el otro, en<br />

lugar de ejecutar los procedimientos especificados en el<br />

parágrafo (b) de esta sección. Ambos sistemas deberán ser<br />

sintonizados a la misma estación de VOR, y se tomará nota de<br />

las marcaciones indicadas hacia la estación. La variación<br />

máxima permisible entre dos marcaciones indicadas, será de 4º.<br />

(d) Cada persona que ejecute la verificación operacional del VOR,<br />

tal como lo especifican los parágrafos (b) o (c) de esta sección,<br />

deberá registrar la fecha, lugar y error de marcación, y firmar la<br />

bitácora de la aeronave u otro registro. Además, de haberse<br />

recibido, comprobado, y usado una “señal de prueba” radiada<br />

por una Organización de Mantenimiento Aeronáutico OMA, tal<br />

como se especifica en el parágrafo (b) (1) de esta sección,<br />

corresponderá al titular del OMA o a su representante técnico,<br />

asentar la información que se encuentra en la bitácora de la<br />

aeronave o en cualquier otro registro, lo cual certificará la

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